Redes sociales y Habeas data

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REDES SOCIALES Edna Delgado Natalia Pacheco


Qué son las redes sociales?

➜ Las redes sociales son páginas o aplicaciones que permiten a sus usuarios conectarse con amigos y familiares o crear relaciones con nuevas personas, grupos o comunidades con los que les una un interés común. Los usuarios de las redes sociales no tienen la obligación de ser solo individuos, ya que las empresas, entidades sin ánimo de lucro e instituciones gubernamentales también están presentes en las redes sociales.


Para qué sirven las redes sociales? ➜ No todas las redes sociales sirven para lo mismo. Existen redes sociales generales y otras dirigidas a un público más específico, pero se puede dividir la utilidad de las redes sociales en cuatro puntos: ○ Comunicación ○ Intercambio de información ○ Entretenimiento ○ Marketing

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Facebook es la red social más usada del mundo, con un total de 1.700 millones de usuarios YouTube se encuentra en el segundo lugar. Cuenta con unos 1.325 millones de usuarios. Qzone, es una red completamente desconocida en nuestro país y porque sus 675 millones de usuarios, en su mayoría, son chinos. Instagram cuenta con 600 millones de usuarios y sigue teniendo crecimiento actualmente. LinkedIn es una red profesional por excelencia, se encuentra en el quinto puesto con 70 millones de usuarios. Tras la cinco primeras redes sociales, se encuentran Google+, con 350 millones de usuarios; Twitter con 317; y Snapchat con un poco más d 300 millones de usuarios. 4


HABEAS DATA


GENERALIDADES QUÉ ES?

MARCO CONSTITUCIONAL ART 15

El Habeas Data es el derecho que tiene toda persona para conocer, actualizar y rectificar toda aquella información que se relacione con ella y que se recopile o almacene en centrales de información. Este derecho está regulado por la ley 1266 de 2008.

“Todas las personas tienen

derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas”. 6


QuĂŠ es un dato personal? âžœ Ley 1581 de 2012: Cualquier informaciĂłn vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables. 7


EXCLUSIONES 

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Bases de datos o archivos mantenidos en un ámbito exclusivamente personal o doméstico Bases de datos que tengan por finalidad la seguridad y defensa nacional y la prevención, y control del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Bases de datos de inteligencia y contrainteligencia. Bases de datos y archivos periodísticos y otros contenidos editoriales. Bases de datos reguladas por la Ley 1266 de 2008 (datos financieros – crediticios). Bases de datos del DANE.


TIPOS DE DATOS ➜ Dato Público: Calificado como tal en la ley. Dato que no es semiprivado, privado o sensible (Ej. datos relativos al estado civil de las personas, su profesión u oficio, su calidad de comerciante o servidor público y aquellos que pueden obtenerse sin reserva alguna). ➜ Dato semiprivado: Dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento interesa al titular y a cierto sector o grupo de personas o a la sociedad en general (Ej. datos financieros y crediticios, dirección, teléfono, correo electrónico,). ➜ Datos privado: Dato que solo es relevante para su titular (Ej. fotografías, videos, datos relacionados con su estilo de vida.) ➜ Datos sensibles: Categoría especial de datos personales. 9


DATOS SENSIBLE S 10


Está QUÉ COMPRENDEN? Aquellos que afectan la intimidad de la personas o cuyo uso indebido puede generar discriminación. (Origen racial o étnico, orientación política, convicciones filosóficas o religiosas, pertenencia a sindicatos u organizaciones sociales o de derechos humanos, datos de salud, vida sexual y biométricos).

prohibido su tratamiento, a excepción de estos casos:  Autorización explicita del titular  Salvaguarda de interés vital del titular Actividades legítimas por fundaciones, ONG, asociación u organismo sin ánimo de lucro. Reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.  Finalidad histórica, estadística o científica (anonimizar).

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MULTAS  Multas de carácter personal e institucional hasta por 2000 SMLMV.  Suspensión de actividades relacionadas con el tratamiento hasta por 6 meses. En acto de cierre se indicarán los correctivos.  Cierre temporal de las operaciones si no se adoptan los correctivos.  Cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles. Sólo aplican a personas de naturaleza privada. Frente a autoridades públicas se remitirá actuación a la Procuraduría General de la Nación. 12


DERECHOS DEL TITULAR

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NUESTROS DERECHOS • Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a Responsables y Encargados . • Solicitar prueba de la autorización al Responsable. • Ser informado respecto del uso de los datos. • Presentar quejas ante la SIC. • Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato (no procede si el titular tiene el deber legal o contractual de permanecer en la base de datos); y • Acceder en forma gratuita a sus datos personales

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