Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba
Pleno ordinario del Ayuntamiento de Collado Villalba 30 de enero de 2014 PARTE DISPOSITIVA 1. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013. Solicitamos que en la página 36, en mi intervención digo, en el debate de la Cuenta General 2012, que reconozco que se han mejorado los periodos de pago, y esto si se refleja, pero apunto que se han pasado de 200 a 70 días, y considero que este apunte numérico debería ir reflejado. En la página 54, en el debate de la moción sobre el hospital de día de Guadarrama, se indica que Mariola Vargas votará a favor, pero en realidad el voto era en contra, como así se refleja en el resultado de la votación. No figura la pregunta 5 de Izquierda Unida, relativa si iban a invitar al club ADC al concurso de licitación para el polideportivo de Los Negrales. Para terminar, la sesión se cierra al finalizar las preguntas de la oposición, que fue a las 22:57 sin embargo en el acta figura como hora de fin las 23:16 que fue cuando terminaron las preguntas del público, que no constan en acta y están fuera de sesión, por lo que en consecuencia no debería constar como tiempo de sesión ¿no?
CONTROL Y FISCALIZACIÓN 1. DAR CUENTA DE LA SOLICITUD EFECTUADA A LA GERENCIA TERRITORIAL DEL CATASTRO PARA LA ACTUALIZACIÓN DE VALORES CATASTRALES PARA EL MUNICIPIO DE COLLADO VILLALBA. Cuando en el pleno de octubre de 2012, y en cada debate de presupuestos, solicitamos la revisión de los valores catastrales el grupo popular argumentó para votar en contra de la petición dos cosas: 1. Que el plan de ajuste impedía la revisión. 2. Que la revisión catastral no podía solicitarse hasta 2015.
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Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Bueno, pues afortunadamente han comprendido, tras mucho insistirles, que se puede si se quiere, y que es responsabilidad de la administración atender a las necesidades reales y actuales de los vecinos, que están cada año pagando por sus viviendas un IBI a precios de la burbuja inmobiliaria cuando la realidad es que sus inmuebles ahora valen muchísimo menos, pero se les cobra como si nada hubiera cambiado en este país y no hubiese crisis, no sé si de tanto negarla unos y otros. Más vale tarde que nunca así que nos alegramos de que hayan asumido este reto y se vaya a solicitar la revisión catastral, primer paso para que los vecinos paguen un IBI acode con el valor real de sus viviendas.
2. MOCIÓN PRESENTADA POR LOS GRUPOS MUNICIPALES PSOE E IU-LV CON MOTIVO DEL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA POR LA QUE EL GOBIERNO DE ESPAÑA PRETENDE REVISAR LA LEGISLACIÓN VIGENTE EN ESPAÑA SOBRE LA SALUD SEXUAL Y REPROTUCTIVA E INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO. Cuando el anterior gobierno de José Luís Rodríguez Zapatero propuso su ley del aborto lo hizo sin consenso, por puro frentismo, sin estar en su programa y para ocultar la grave crisis económica que nos negaban cada día. Ahora, el gobierno de Mariano Rajoy, vuelve a incurrir en los mismos errores, porque no ha buscado el consenso necesario y porque no busca solucionar problemas reales de los ciudadanos sino distraernos de la realidad con cuestiones morales que, por supuesto, nos preocupan a todos. Porque el asunto del aborto es una cuestión moral, y no debería ser un problema legal. La ley de Zapatero quiso convertir la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en una ley reguladora del derecho al aborto, una idea que implicaba, a nuestro juicio, una regresión de las libertades públicas. Porque no corresponde al Gobierno ni al Parlamento, sino a la Constitución, dar o quitar derechos fundamentales a los ciudadanos. UPyD declaró entonces que instituir de algún modo el “derecho al aborto”, en lugar de proceder a su despenalización en determinados supuestos o plazos, otorgaba a las instituciones una capacidad de dar —y, por tanto, de quitar— derechos básicos, una prerrogativa claramente predemocrática. Pues bien, la ley de Rajoy sigue la misma concepción intervencionista, autoritaria que rechazamos radicalmente. Porque vivir en una democracia
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Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba avanzada implica asumir el principio de que todo lo que la ley no prohíbe expresamente se atiene a derecho. Si la interrupción libre del embarazo hasta determinado plazo deja de ser un delito, nadie puede ser incriminado por hacerlo: es la libre decisión de una mujer libre. Rajoy, y también Zapatero en su momento parecen haber decidido que sus Gobiernos tienen derecho a tomar decisiones sustituyendo a sus legítimas propietarias, todas las mujeres. Con la ley Zapatero una niña debía soportar más controles para hacerse un tatuaje o ponerse un piercing que para abortar; con la ley Rajoy, una mujer adulta está obligada a renunciar a su libre albedrío. Rechazamos en su día la ley actual también porque daba a las menores, a partir de 16 años, el derecho a la interrupción del embarazo sin necesidad de recabar el consentimiento de sus padres o tutores y sin siquiera informarles. Este proyecto actual, el de Rajoy, pretende atender únicamente al principio de la moral religiosa de parte de sus votantes, y termina prohibiendo a todas las mujeres adultas e informadas que tomen la decisión de ser o no ser madres, lo que viene a ser una apropiación del libre albedrío de las mujeres. El actual proyecto de ley no mejora la legislación vigente sobre el aborto voluntario, que debiera ser su principal objetivo. La alternativa que defiende UPyD es la despenalización del aborto mediante una ley de plazos que deje a la mujer gestante la decisión definitiva sobre la interrupción del embarazo dentro de un plazo legal mayor que el actual de 14 semanas, que deberá ser establecido en base al consenso médico y científico sobre la viabilidad del feto y sobre la detección precoz de malformaciones, con el objetivo de conciliar el derecho de la madre a una maternidad consentida y la protección del no nacido, bien jurídico protegido tal y como reconocen la Constitución y la jurisprudencia. En todo caso, la ley deberá prever la posibilidad de interrumpir el embarazo fuera de plazo si posteriormente se detectan anomalías que hagan inviable el feto o circunstancias sobrevenidas que pongan en riesgo la salud de la madre. Los poderes públicos han de garantizar el derecho de la mujer a recibir una información objetiva e imparcial sobre el aborto y también sobre las ayudas públicas a la maternidad o el procedimiento aplicable para la adopción. Pero cualquier otra exigencia, sea moral o de supuestos clínicos, mezclaría cuestiones extralegales y traería como consecuencia tratar a la mujer embarazada como una menor de edad necesitada de tutela, en lugar de como
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Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba a una ciudadana responsable y autónoma en plenitud de derechos y obligaciones. -- intervenciones del resto de grupos -Siempre que traen a debate estos asuntos coincide con las crisis, parece que para distraernos. Unos y otros, PP y PSOE han decidido que las mujeres son menores de edad y que deben decidir sobre su autonomía sexual y reproductiva, y unos y otros, PP y PSOE, no terminan de entender que la interrupción voluntaria del embarazo es una cuestión que atañe única y exclusivamente a las mujeres, y que la responsabilidad de los gobiernos es despenalizar este problema moral, y no darle la categoría de penal, mucho menos de ideológico o confesional. No obstante, como la moción propuesta propone retirar el actual anteproyecto del gobierno de Rajoy, que incurre en todos los errores que hemos expuesto, votaremos a favor de la moción.
3. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO IU-LV POR LA RETIRADA DE LA PLACA DE LA INFANTA CRISTINA DE LA BIBLIOTECA MIGUEL HERNÁNDEZ. En este turno de intervención simplemente quiero aprovechar para recordar que Unión Progreso y Democracia es un partido de vocación republicana y federal. No obstante quisiera antes hacer alguna pregunta a Izquierda Unida: ¿A quien propone Izquierda Unida para que conste como que inauguró la biblioteca Miguel Hernández? Porque alguien la inauguró ¿no?, aunque claro, la otra persona que la inauguró fue el anterior alcalde, el ínclito que ustedes le llaman, y claro, tampoco es como para hacerle favores con la deuda que nos ha dejado. Si al final resulta que la justicia declara no culpable a la infanta Cristina de todos los posibles cargos ¿presentará Izquierda Unida una nueva moción para reflejar quien inauguró la biblioteca Miguel Hernández? La infanta Cristina de Borbón no ha causado, que se sepa, ningún daño directo a los vecinos de Collado Villalba, salvo aquella visita para inaugurar la biblioteca, que aún causa pesadillas a los niños y pesadumbres a los mayores, supongo. ¿Propondrá también Izquierda Unida retirar todas las placas donde figuren personas que han causado daños directos a los vecinos de Villalba, como la de inauguración del túnel de Honorio Lozano, por poner solo un ejemplo? Página 4 de 23
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-- intervenciones del resto de grupos -Me sigue pareciendo mentira que propongan al pleno municipal este tipo de cosas, que entiendo que en las reuniones de su partido, por cuestiones ideológicas, de hace dos siglos, consideren relevantes para la vida de los vecinos, pero las preocupaciones de los villalbinos son otras y bien distintas. Ya saben que no estoy en contra de las mociones galácticas, siempre y cuando procuren o busquen provocar una reacción que repercuta al final en un bien para los vecinos de Villalba o todos los españoles, pero esto no es una moción galáctica, es cuanto menos intergaláctica. Es también extraño cómo contradicen a su propio líder, el señor Cayo Lara, que en declaraciones televisivas en horario de máxima audiencia manifestó que su partido considera que una persona imputada es una persona inocente mientras no se demuestre lo contrario, todo hay que decirlo para cubrir las espaldas a los propios, involucrados en denuncias por corrupción en el fraude de las preferentes y cosas así, pero en cualquier caso razonable en su exposición. Por eso sigo sin entender por qué traen al pleno esta moción, sinceramente. Sé que es una estrategia conjunta, pues están pidiendo que se quite el nombre de la infanta a un hospital y no sé cuantas placas más pero realmente ¿qué quieren conseguir con esta moción? UPyD estamos a favor de la igualdad de todos ante la ley, también de la Casa Real, pero, al contrario que el resto de partidos aquí presentes, también de la independencia judicial y la separación de poderes, pues hemos sido el único partido que hemos denunciado, incluso penalmente, el reparto de la tarta judicial. Pero también porque estamos a favor de la independencia judicial no se nos ocurre realizar ningún tipo de presión sobre juicios en curso, ni decidimos que alguien es culpable de nada ni pedimos que desaparezca de la faz de la tierra todo recuerdo suyo, mucho menos sin que un juez dictamine. Por todo esto hemos denunciado las injerencias de la fiscalía en el juicio abierto sobre el caso Noos, e interpelado al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, sobre sus declaraciones sobre lo bien que le va a ir a la infanta en el juicio, pero de ahí a querer re-escribir la realidad hay un trecho, que solo se les ocurre a ustedes, y para lo que no van a contar ni con nuestro voto y ni siquiera con nuestra simpatía. Les guste o no, la monarquía es una institución del estado español, al que ustedes han prometido, por imperativo legal pero han prometido, en su toma de Página 5 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba posesión como concejales, acatar la constitución, también el Título 2 referido a la Corona. Les guste o no, la realidad es tozuda, y la infanta Cristina de Borbón inauguró la biblioteca Miguel Hernández. Ya sabemos todos que los regímenes totalitarios tienden a querer re-escribir la historia, pero en España impera la ley, y a veces hasta el sentido común, y esta vez, siento decirlo, a ustedes les ha faltado ambas cosas. Pero no quiero terminar la intervención sin animarles, ahora si, a pedir la retirada de placas de calles dedicadas a terroristas, confirmados, pues no solo es que no presenten mociones para denunciar ese insulto a todo español de bien sino que incluso Izquierda Unida ha defendido este tipo de homenajes a terroristas, tanto en el País Vasco (como en Lejona con calles dedicadas a 4 terroristas) como en Cataluña (con calle dedicada a Martínez Vendrell, terrorista condenado), por poner solo unos ejemplos, y miren, eso si que es una vergüenza, son hechos consumados, y no, ahí no presentan mociones para quitar esos infames homenajes sino todo lo contrario, cuando la presentan otros partidos votan en contra. De verdad, revisen los criterios morales de su formación política, pues no tiene sentido que les indigne tanto una placa inaugural, que no homenaje, donde costa una personalidad de una institución del estado no condenada, mientras no denuncian que se dediquen calles a terroristas. Votaremos en contra de este sinsentido de moción.
4. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL UPYD SOBRE LA REVISIÓN DEL CÁLCULO DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR AÑADIDO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Procedo a leer la moción: El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), denominado tradicionalmente como Plusvalía ya que este tributo sustituyó al tradicional Arbitrio sobre las Plusvalías, ha mostrado una gran resistencia a los efectos de la crisis. Observamos, según los datos de las Liquidaciones que publica el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que en 2011 se liquidaron 1.369 millones de euros, de los cuales se recaudaron nada menos que 1.055 millones, algo que no está muy lejos de los 1.125 millones de 2005 o los 1.010 de 2008. Página 6 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Como vemos los datos de la liquidación no reflejan el hundimiento del número de transacciones inmobiliarias. Esto se debe al modo en que se calcula la base imponible, a través del número de años transcurridos, y al hecho de que grava cualquier transmisión, incluidos los desahucios y las daciones en pago. Este impuesto, regulado en los artículos 104 a 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, no grava los incrementos de valor, en contra de lo que dice el artículo 104 de dicho Real Decreto: “El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos” y de lo que dice el artículo 107 punto 1 del mismo Real Decreto: “La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos”. Lo que en la realidad grava es la mera transmisión del inmueble, sea con pérdida o con ganancia, otorgando a los mismos un valor previamente estipulado por la Administración con total independencia del valor real. Si atendemos a lo expuesto cabe plantearse que debería fijarse como base imponible el incremento real del valor de los terrenos, es decir, la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta, o en su defecto entre los valores catastrales iniciales y finales. Por el contrario la base imponible se calcula aplicando un porcentaje anual al valor catastral del terreno en el momento del devengo (artículo 107) al que a su vez se le aplica un tipo de gravamen (regulado en el artículo 108), sin tener en cuenta ni el precio de compra ni el de venta ni, como tan frecuentemente ocurre, el muy inferior de adjudicación en caso de subasta judicial. El Tribunal Supremo en sentencia de 5 de febrero de 2001, señalaba que el fundamento de este impuesto es el aumento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, experimentado en un periodo máximo de 20 años. Indicaba, asimismo, que el impuesto se justifica en el principio de equidad, pues considera que un propietario de un terreno urbano que no efectúa ninguna inversión ni actividad en su propiedad puede obtener un incremento del valor del mismo debido exclusivamente a fenómenos de evolución natural o a las inversiones que en terrenos próximos haya hecho la Administración, o bien, a las derivadas de un Página 7 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba planeamiento general municipal que delimita, precisa y fija el aprovechamiento del suelo en su calidad urbanística. Esta doctrina tiene su fundamento en el propio artículo 47 de la Constitución Española cuando señala que "la comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los poderes públicos". Pero el problema viene en que el posterior desarrollo legislativo no ha tenido en cuenta el incremento real del valor de los terrenos y se ha limitado a estimarlo de un modo bastante inexacto. Tanto es así que se puede estar gravando una situación de enriquecimiento o beneficio inexistentes, por tratarse en realidad de una minusvalía, situación ciertamente habitual en el contexto económico que nos encontramos, con importantes caídas del valor del suelo en nuestro municipio y en España en general. En la actualidad, los inmuebles adquiridos en un plazo inferior a 10 años presentan pérdida de valor, que no es óbice para tener que hacer frente a un considerable desembolso para satisfacer este impuesto. Cabe preguntarse por qué se calcula de este modo la plusvalía y la razón es muy simple, mucha gente declara un valor de venta inferior al real, por lo que termina pagando de plusvalía menos de lo que en realidad le corresponde, pero el Gobierno en vez de perseguir este fraude ha preferido arrojar la toalla. Reconoce su incapacidad de perseguir dicho fraude y lo que hace es elaborar una estimación irreal e inexacta, que se basa en un incremento anual del valor de las viviendas y de los terrenos urbanos de alrededor del 3%, cifra que claramente beneficiaba a los propietarios durante los años de la burbuja inmobiliaria, ya que los incrementos eran mayores, pero que ahora es claramente injusta ya que tanto los terrenos urbanos como las viviendas no suben, bajan año tras año, por lo que deben pagar una plusvalía elevada cuando sus viviendas valen menos que cuando las compraron. Esta situación contrasta claramente con el trato dado por el Gobierno Central al “Banco Malo” o SAREB. La Ley 9/2012 de 14 de Noviembre, de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito, a través de su disposición final decimosexta añade un apartado 4 en el artículo 104 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, que viene a establecer una exención para que las transferencias de propiedades inmobiliarias de Página 8 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba los bancos al denominado “Banco Malo” o SAREB, que sí llevan en muchos casos aparejadas beneficio económico, estén exentas de pagar a los Ayuntamientos el Impuesto de Incremento del Valor de los Terrenos Urbanos o Plusvalías. Un problema adicional es que si para el cómputo de la cuota a liquidar tomamos el valor catastral del suelo en el momento de la transmisión del inmueble, estaremos calculando el incremento de valor del suelo previsto en el futuro y no una estimación del incremento en años pasados. El valor a emplear debiera ser, a nuestro entender, el del momento de su adquisición. De hecho hay sentencias a favor de esta interpretación, como la Sentencia nº 366/2010 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, de 21 de septiembre de 2010, que afirmaba lo siguiente: "…de aplicar la fórmula del Ayuntamiento, lo que se estaría calculando sería el incremento de valor del suelo en años sucesivos y no en años pasados, al aplicar el incremento sobre el valor final, el de devengo,… ". Esta interpretación fue respaldada por el TSJ, a través de la Sentencia 85/2012, de 17 de abril de 2012. En el caso concreto de nuestro municipio este impuesto además ha sufrido un fuerte incremento este año, del 33% respecto al año 2013 ya que una bonificación existente ha pasado del 40% al 20%. Y va a volver a subir bastante ya que en el año 2015 desaparece esta bonificación, lo que implicará otra subida adicional del 25%. Pasando esto a cifras concretas y a modo de ejemplo, una vivienda cuyo terreno tenga un valor catastral de 50.000 euros, en caso de venta en el 2015 pagaría de plusvalía 1.479 euros si hacía tres años que se había comprado, pagaría 3.480 euros si se había comprado ocho años atrás y pagaría 4.901 euros si se había comprado trece años atrás. En cualquiera de los casos el beneficio real es más que dudoso dada la situación actual del mercado inmobiliario, con fuertes bajadas año tras año, que obligan a vender con perdida en la mayoría de los casos. También conviene mencionar que la bonificación en transmisiones «mortis causa» a favor de descendientes y ascendientes por naturaleza o adopción y del cónyuge, está fijada en el 40%, muy lejos del 95% que permite la ley. Página 9 de 23
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Mientras el gravamen está casi en el máximo (el 29% en vez del 30%) y el porcentaje anual también está cerca del máximo: • • • •
3,4% 3,0% 2,6% 2,2%
en en en en
vez vez vez vez
de de de de
3,7% en el rango hasta 5 años 3,5% en el rango hasta 10 años 3,2% en el rango hasta 15 años 3% en el rango hasta 20 años
Esta situación, con los gravámenes casi en máximos y las bonificaciones muy lejos de los máximos posibles, viene a empeorar aún más la situación del vendedor que sufre una pérdida en la venta. UPyD considera que ante la realidad en la que se encuentra el mercado inmobiliario es aconsejable revisar profundamente este impuesto, sin perjuicio de que se puedan modificar, mientras tanto, los tipos impositivos y bonificaciones citados. Los Ayuntamientos en su empeño recaudatorio han cargado las tintas sobre un hecho imponible que se produce en un momento de liquidez del ciudadano, sin reparar en que están desnaturalizando el impuesto. Además, que para los vecinos es muy difícil comprender por qué hay que pagar al Ayuntamiento un impuesto denominado Incremento del Valor de los Terrenos, cuando no ha habido tal incremento. Por todo ello, el Grupo Municipal UPyD presenta la siguiente MOCIÓN para que sea aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Collado Villalba con arreglo a la siguiente resolución: ACUERDO 1. Instar al Gobierno del Estado Español a modificar el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para que se utilice como base imponible el incremento real del valor de los terrenos, diferencia entre el precio de adquisición y venta. 2. Mientras dicho cambio no tenga lugar se mitigaran los efectos actuales de la plusvalía mediante: a. Adoptar las medidas correctoras sobre porcentajes anuales y tipo de gravamen, para adecuarlos a la evolución del mercado Página 10 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba inmobiliario. Si no hubiera plusvalía, dichos coeficientes (porcentaje y tipo de gravamen) deberán reducirse al menor valor posible o, incluso, eliminar su pago aplicando un porcentaje o tipo de gravamen cero. b. Usar el valor inicial del terreno urbano, calculado como: Valor Inicial = Valor Final/(1+nº de años x % de incremento) a la hora de calcular la base imponible, que quedaría como sigue: Base imponible = Valor Final x nº de años x % de incremento/(1+nº de años x % de incremento). c. Aumentar la bonificación legal para las transmisiones «mortis causa» en favor de descendientes y ascendientes por naturaleza o adopción, acercándola lo más posible al 95% que recoge el artículo 108, punto 4 Real Decreto Legislativo 2/2004. -- primera intervención del resto de grupos -Antes de nada voy a concretar que se está pidiendo en la moción porque parece que no queda del todo claro, ya que veo que hay interpretaciones levemente distintas. Decimos que este es un impuesto que según la legislación actual grava el incremento de valor de los terrenos urbanos, por tanto uno podría suponer que si no hay incremento de patrimonio, lo que se conoce como venta con pérdidas, algo muy habitual hoy en día, no tendría que abonar este impuesto, que es lo que espera el vecino con ‘plusvalía’, si no hay plusvalía no tendría que pagar, pero no es así, si que tiene que pagar. En contra de lo que dice la ley, no grava el incremento de valor, lo que se grava es la venta del inmueble, sea con pérdida o con ganancia, que no es lo que dice la ley. No se usan los valores de compra ni de venta a la hora de calcular la plusvalía, que es de lo que nos quejamos en esta moción. Por el contrario la administración estima el incremento de valor suponiendo una subida FICTICIA de alrededor del 3% todos los años, por lo que en función de los años que se haya tenido en propiedad el inmueble se establece un incremento de valor, inexacto e irreal, que en ningún caso contempla que pueda haber perdidas, algo muy habitual. Lo que venimos a pedir es que se apliquen los valores de compra y venta, es decir, que se calcule correctamente la plusvalía, que se calcule bien ya que ahora se está calculando mal. Alguien que pierde 30, 40 o 50.000 euros en la venta de su vivienda todavía debe pagar 4.000 o 5.000 de una plusvalía totalmente ficticia e inexistente.
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Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Y encima, de manera indecente y vergonzosa, los bancos SI están exentos de pagar este impuesto en el caso de las viviendas que entregan a la SAREB o banco “malo”. Los ayuntamientos hay sí que podrían perfectamente recoger un dinero que creo que estaría justificado porque en estos casos si que hay muchas veces beneficio económico. En cambio al vecino que vende con perdidas le toca pagar una plusvalía inexistente. El caso de las herencias, que también han generado ciertos comentarios. Lo que decimos es que deben volver a pagar más impuestos por algo que ya los pago en el momento de la compra, ya que la vivienda está bastante gravada. En muchos casos los herederos, si no tienen liquidez, se ven obligados a pedir un crédito que no siempre les otorgan si no tienen con que avalarlo, haciendo que sea muy difícil regularizar la situación de su herencia. Por eso también pedimos en esta moción un trato más favorable para las herencias. Cuando digo más favorable, si se fijan, no está cuantificado, no digo que tenga que ser el 95%, digo que se bonifique un poquito más, tampoco digo que se bonifique a todos por igual, lo que decimos es que las herencias son un caso especial y deberían tener un trato mejor al actual. De hecho, a nivel nacional se contempla la bonificación del 95%, es decir, si se contempla la herencia como un caso particular, pero en este ayuntamiento en vez de aplicar el 95% se aplica un 40%, que está bastante lejos. Yendo uno por uno, para contestar a cada grupo municipal. IU nos dice que es un impuesto básico para el mantenimiento de las arcas municipales, CIERTO, totalmente cierto, pero es injusto, lo que decimos en la moción es que es un impuesto injusto, que se calcula mal y que se paga una cantidad que no corresponde con la realidad. Revisemos como se calcula esta cantidad y ajustemos el valor que se tiene que pagar a algo cercano a la realidad. La situación inmobiliaria ha cambiado mucho y este impuesto ya no se corresponde con lo que actualmente pasa. Nos dice que antes las viviendas subían un 10, 12 o 15% y estaba mal, porque se aplicaba sólo un 3% y estaba mal, pues hagámoslo bien, las leyes tienen que ser razonables y justas, si estaba mal se debía haber subido en su momento, en el 2004 o en el 2005, los tipos impositivos. Pero ahora el 3% está totalmente alejado de la realidad, corrijámoslo, pongamos un valor que sea acorde con lo que está pasando. Al tema de la herencia ya le he contestado antes. En cuanto al tipo impositivo del 20% al 40% en la herencia, está mal en la web, que es lo que ven todos los vecinos, sugiero que se actualice para que los vecinos no se equivoquen. E insisto, no digo en la moción de bonificar a todos por igual, digo de subir la bonificación ya que el 40% es poco para un caso especial como es la herencia. En cuanto al PSOE, nos dice que sí se deben gravar las plusvalías, pero que el impuesto se ha desvirtuado, lo mismo que nos dice IU, que está mal calculado. Es decir, IU nos dice que está mal calculado, ustedes también dicen que está mal calculado y nosotros tenemos la misma percepción, que está mal calculado, no se cumple con la intención del impuesto. Página 12 de 23
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Nos dice que excede la competencia municipal, lo siento pero no puedo estar de acuerdo. En el primer punto instamos al gobierno, así que nada, en el segundo punto apartado a decimos de adaptar los coeficientes, porcentaje y tipo de gravamen, por tanto estamos dentro del ámbito municipal, en el segundo apartado pedimos que se use el valor inicial calculado a partir del valor final, que es lo que nos dicen las sentencias que le he citado antes, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca, sentencia nº 366/2010, y el TSJ de Castilla la Mancha, en su Sentencia 85/2012. La interpretación que hacen estas dos sentencias de la ley es que hay que usar el valor de devengo para calcular el valor inicial. Hay que usar el valor de devengo porque es lo que nos dice la ley, pero la ley no nos dice como se tiene que calcular la base imponible. Esta interpretación de la ley, que tiene el respaldo de dos sentencias judiciales, dice que hay que calcular el valor inicial para calcular el incremento de valor que ha tenido el terreno mientras ha sido propiedad del vendedor, porque sino estamos calculando el incremento de valor a futuro y eso es algo que el vendedor en ningún momento va a ver. Lo que digo es que seamos respetuosos con estas dos sentencias, que son muy claras al respecto, pero se lo vuelvo a leer por si no ha quedado claro: "…de aplicar la fórmula del Ayuntamiento, lo que se estaría calculando sería el incremento de valor del suelo en años sucesivos y no en años pasados, al aplicar el incremento sobre el valor final, el de devengo,… ". Por tanto lo que nos dice es que si que hay que usar el valor de devengo, pero para calcular el valor inicial, adjunta una formula que creo que es la correcta y por eso pedimos su aplicación. Y en cuanto al tercer apartado, también es de ámbito municipal, la bonificación en caso de herencia la establece el ayuntamiento. Por tanto, creo que tanto el punto a, como el punto b, como el punto c, los tres son de ámbito municipal, otra cosa que haya o no voluntad por parte del equipo de gobierno de asumirlo. Ya he remarcado que tanto el PSOE como IU dicen que se calcula mal, pero creo que la interpretación por parte del PP es distinta. Ha dicho dos veces que parte del beneficio debe ir al ayuntamiento, totalmente de acuerdo y de hecho lo planteo así en la moción. Pero, ¿qué pasa si no hay beneficio? Encima que ha tenido perdidas, ¿le gravamos con gastos adicionales? Cuando no ha habido beneficio, hay que suponer que las distintas actuaciones que ha tenido el ayuntamiento en la zona no han supuesto ningún beneficio para él, por lo menos el no ha visto ningún beneficio. ¿Por qué tiene que repartir un beneficio inexistente? Es más, repartamos el beneficio, beneficio cero, la mitad para el ayuntamiento y la otra mitad para él, ¡la mitad de cero es cero! Si lo que pedimos es que se calcule correctamente, si no hay beneficio, al aplicar el gravamen, sea un 28%, 29% o 30%, sobre cero nos daría CERO. Me dicen, parte del beneficio debe ir al ayuntamiento, totalmente de acuerdo, si está recogido hasta en la constitución, pero si no hay beneficio, ¿qué estamos gravando? Es que encima que ha perdido 30-40.000 euros en la venta todavía le estamos poniendo 5.000 euros más de clavo sin necesidad. Página 13 de 23
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Me dice también que es galáctica, lo siento, no es galáctica, los que pagan la plusvalía son nuestros vecinos, por tanto de galáctica no tiene nada. Me dice que estoy pidiendo que desaparezca el impuesto, en absoluto, lo que estoy pidiendo es que se paguen en función al espíritu de la ley y no gravemos cosas inexistentes. Tampoco digo que se pague menos, digo que se pague en función de lo que le corresponde, si ahora mismo llevamos 10 años de bajadas en el sector inmobiliario no podemos mantener la plusvalía exactamente igual que hace 15 o 20 años. Me habla del IRPF, a ver, son cosas distintas. La plusvalía lo que intenta recoger son las actuaciones que ha tenido el municipio sobre ese terreno que han incrementado su valor, no tiene nada que ver con el IRPF, son impuestos distintos y están gravando cosas distintas. Por tanto, si el IRPF se calcula bien, dejémoslo como está, la plusvalía se calcula mal, busquemos como podemos hacer para que el vecino pague una cantidad justa y razonable. También me dice que durante la época de la bonanza pagaba el 3% cuando subía más, el mismo argumento que han usado antes, y que nadie se quejaba. Obviamente, si la situación le beneficia el vecino no se va a quejar, y nosotros que le estamos representando tampoco, pero en ese momento lo que se debía haber hecho es ajustar los tipos impositivos a algo cercano a la realidad. Y mejor inclusive, dejémonos de tipos impositivos, usemos el valor de compra y el valor de venta, si el valor de venta es muy superior al valor de compra porque la vivienda se revalorizaba cada pocos meses, ya lo recoge. A día de hoy el valor de venta es inferior al valor de compra, no hay beneficio y también se recoge, por eso en el primer punto decimos de usar directamente el valor compra y de venta, para que no haya que andar ajustando cada pocos los tipos impositivos. Cree que he contestado todos los puntos, de todos modos queda la segunda intervención. Respecto a lo que me ha dicho el PSOE, de si hay que quitar el segundo punto, lo siento, pero como les he dicho creo que los tres apartados se ajustan correctamente al ámbito municipal y por tanto creo que no hay que quitarlo porque si que es pertinente. -- segunda intervención del resto de grupos -Me llama bastante la atención la actitud tanto de IU como del PSOE. ¿Por qué? porque ambos dicen que está mal calculado, que está mal como se hace ahora el cálculo de la plusvalía pero uno se abstiene y otro vota en contra, cuando dicen los dos que se calcula mal. ¿Entonces que hacemos? ¿Se calcula mal pero lo dejamos como está, mal calculado? ¿Qué los vecinos se aguante y Página 14 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba paguen una plusvalía injusta? Sinceramente no entiendo su postura. Estamos aquí para ayudar a los vecinos, no para decirles que, aunque pensamos que está mal calculada, deben pagarla igualmente aunque sea injusta. Me dice que es una interpretación, sí, pero de dos tribunales, uno de ellos el TSJ de CM. Creo que su criterio es más válido que el suyo y que el mío, y también que el del concejal de hacienda. Si el TSJ de CM interpreta que esa es la formula correcta para calcular la base imponible, creo que tiene bastante más criterio que nosotros. Me parece que intentar discutir una interpretación que hace el TSJ es cuando menos delicado. Por supuesto que la ley está sujeta a interpretación, lo vemos con sentencias judiciales todos los días pero estamos hablando del TSJ de CM frente a 25 concejales, que dudo que tengan la misma formación que tiene el TSJ en este tema. Su interpretación va en contra de estas sentencias judiciales, lo siento, pero no lo puedo compartir. Por parte del PP me dice que a lo mejor lo que habría que hacer es cambiarle el nombre, sinceramente, con eso no solucionamos nada. Creo que han perdido de vista el espíritu de la ley, este impuesto viene a gravar los incrementos que se sufren en las transmisiones, leo textualmente “La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos”, si no hay incremento de valor no hay base imponible. Esto lo dice el artículo 107.1, por mucho que le cambiemos el nombre al impuesto mientras no redactemos de otra forma el texto legal, repito: “La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos”, si no hay incremento no hay base imponible. Podemos llamarlo como quiera pero va a seguir siendo cero. Artículo 104: “El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos” Creo sinceramente que cambiando el nombre al impuesto no vamos a solucionar el problema, es insuficiente. Estaba tentado de quitar el segundo punto para reflejar que iba a hacer IU y el PSOE, pero como no va a salir porque el PP ya ha dicho claramente que no la va a apoyar no lo haré. ¿Por qué? Lo digo básicamente porque por nuestra parte lo que queremos es mejorar la situación de los vecinos, aunque sólo fuese media moción, aunque sólo fuese el punto uno, para nosotros eso es mejor que nada aunque creo de verdad que el segundo punto es importante Votaremos a favor.
5. MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL UPYD SOBRE LA PLUSVALÍA EN CASO DE PÉRDIDA DE LA VIVIENDA HABITUAL Y ÚNICA. Procedo a leer la moción: Página 15 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba La crisis actual y los altos niveles de paro, que afectan a más de 4,8 millones de personas en España, es decir, a más del 25% de la población activa, han supuesto que centenares de miles de familias hayan llegado a situaciones límite que, en muchos casos, no les permiten cubrir sus necesidades más básicas. Las consecuencias han sido que muchas familias hayan perdido su vivienda por no poder hacer frente a sus deudas. Según los últimos datos del Servicio de Estadística Judicial del Consejo General del Poder Judicial, en 2012 se iniciaron en los órganos judiciales españoles 91.622 ejecuciones hipotecarias, un 17,7% más que en 2011. Además, los juzgados españoles tramitaban al final del año pasado 198.116 ejecuciones hipotecarias. Es decir, es un problema creciente que año a año afecta a más familias. Y aunque la ejecución hipotecaria es el supuesto más frecuente no es sin embargo el único, pues cualquier impago de deudas puede llevar al mismo fin: la subasta de la vivienda a través de un procedimiento judicial que no por ser más largo resulta menos doloroso. En la mayoría de los casos, estas familias se enfrentan no solo a la pérdida de su vivienda sino también a una condena económica de por vida. Cuando la subasta de la vivienda queda desierta, como sucede en la mayoría de los casos desde el inicio de la crisis, el ejecutante se adjudica el inmueble por un 60% del valor de tasación y sigue reclamando la deuda (principal, intereses y costas judiciales) a las personas en situación de insolvencia y sus eventuales avalistas. Así pues estas familias están siendo condenadas de por vida a la exclusión social y la economía sumergida. En cualquier caso, ya sea porque pierdan la vivienda por una ejecución hipotecaria u otro procedimiento judicial, o porque consigan acordar una dación en pago con el banco, estas familias además de perder su vivienda tienen que abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, también conocido como Plusvalía, al ayuntamiento. Al producirse una transmisión de un terreno urbano a titulo oneroso se da lugar al hecho imponible y el transmitente (ejecutado o donante) se convierte en sujeto pasivo de acuerdo con el articulo Página 16 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba 106.1.b del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El Real Decreto Ley 6/2012, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, adicionó un punto 3 a este articulo 106 que estableció un cambio en el sujeto pasivo en el tributo en cuestión, por el que en los casos de dación en pago el sujeto pasivo sustituto pasa a ser la entidad adquirente sin posibilidad de repercutir. Ahora bien este Real Decreto, además de afectar exclusivamente a los deudores hipotecarios, exige unas condiciones muy restrictivas, tanto en lo relativo al hipotecado que transmite (artículo 3) como al precio máximo de adquisición del inmueble (artículo 5.2), que hacen que normalmente este cambio en el sujeto pasivo no se produzca. Por todo esto, en la mayoría de los supuestos, donantes y ejecutados resultan obligados a la liquidación del impuesto a pesar de haber perdido su vivienda y no haber experimentado, de facto, ningún incremento de valor en su patrimonio, sino por el contrario una importantísima pérdida, lo que constituye un caso flagrante de injusticia tributaria. Esta situación debería recibir un tratamiento distinto al resto de trasmisiones, ya que en ningún caso ven dinero o beneficio alguno y de hecho ni siquiera sería algo novedoso. El Gobierno Central ha modificado la Ley Reguladora de las Haciendas Locales a través de la Ley 9/2012 de 14 de Noviembre, de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito, que a través de su disposición final decimosexta añade un apartado 4 en el artículo 104 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, que viene a establecer una exención para que las transferencias de propiedades inmobiliarias de los bancos al denominado “Banco Malo” o SAREB, que sí llevan en muchos casos aparejadas beneficio económico, estén exentas de pagar a los Ayuntamientos el Impuesto de Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o Plusvalías. Esta modificación de las Plusvalías ha quedado redactada así: “No se devengará el impuesto con ocasión de las aportaciones o transmisiones de bienes inmuebles efectuadas a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria regulada en la disposición adicional séptima de la Ley 9/2012 de 14 Página 17 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba de noviembre de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito”. La comprensión que ha mostrado el Gobierno con los bancos es la que pedimos en esta moción con las familias desahuciadas. Por todo ello, el Grupo Municipal UPyD presenta la siguiente MOCIÓN para que sea aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Collado Villalba con arreglo a la siguiente resolución: ACUERDO 1. Instar al Gobierno del Estado Español a completar la modificación del artículo 106 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el sentido de hacer extensiva a todas las subastas judiciales, hipotecarias o no, de vivienda única y habitual y las entregas de estas como dación en pago, la modificación introducida por el artículo 9 del Real Decreto Ley 6/2012 por el que el sujeto pasivo sustituto del contribuyente pasa a ser la entidad adquiriente del inmueble, de forma que se asigne la condición de sustituto del contribuyente, sin posibilidad de repercusión, al acreedor de la deuda que recibe el inmueble en pago o promueve el proceso de ejecución, liberando así al ejecutado de la carga de sufragar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. 2. Mientras dicho cambio no tenga lugar, habilitar una partida presupuestaria destinada a ayudar a los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en los casos de dación en pago y ejecución judicial de la vivienda única y habitual, ayuda que no se librará al beneficiario sino que se destinará exclusivamente al pago del tributo. La cuantía de la ayuda vendrá establecida por los servicios sociales tras estudiar cada caso. -- primera intervención del resto de grupos -Presentamos esta moción porque creemos de verdad que estamos asistiendo a una situación bastante injusta. Las familias que pierden su casa, ya sea en subasta judicial o por una dación en pago, además de perder su vivienda y Página 18 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba todos sus ahorros, deben hacer frente al pago de la plusvalía, lo que creemos que es totalmente injusto, porque en ningún caso ven dinero y no tienen un incremento de patrimonio. Además, en el proceso judicial estas familias suelen perder los pocos recursos económicos que les quedaban. Por tanto, se enfrentan a una situación muy complicada ya que si no pagan, las cantidades se incrementarán año tras año por los intereses que se les aplica. Por eso pedimos en esta moción que sea siempre el banco quien asuma el pago de este impuesto en caso de pérdida de la vivienda única y habitual, como parcialmente viene contemplado en el real decreto de protección de deudores hipotecarios, que, como ya ha indicado IU, establece condiciones muy restrictivas. Este trato de favor ya se da con los bancos que entregan viviendas a la SAREB o banco “malo”, por lo que tampoco sería algo novedoso. Creo, en respuesta al concejal de Hacienda, que el esfuerzo que le pedimos a las arcas del ayuntamiento tampoco sería muy relevante, ya que los casos no son muchos y además muchas veces no pagan la plusvalía, simplemente porque no pueden, porque no les queda nada de dinero. Por lo tanto, los ingresos que se perderán entendemos que no serán significativos y de este modo mostraremos a estas familias necesitadas que la administración puede ser comprensiva y cercana, ayudándoles cuando más lo necesitan. Por eso, sinceramente, me duele ver que no va a salir ya que lo que estamos haciendo es cebarnos con la gente más débil, gente que no tiene recursos, que ha perdido su vivienda y sus ahorros. Nosotros en la moción, si se fija, pedimos que se bonifique pero no pedimos una cuantía exacta, lo dejamos abierto, para en caso de que se apruebe la moción, que ya veo que no, pues discutir con los técnicos como se implementaría todo esto. ¿Una bonificación del 40%, del 50%, del 60% no es asumible? Por lo menos le pido, ahora en pleno, que intente dar una fecha de cuando podremos tener algún tipo de solución para estas familias que creo de verdad que lo están pasando muy mal, por lo menos que sepan cuando se van a acabar sus problemas. -- segunda intervención del resto de grupos -Creo que las cuantías serán incluso inferiores a lo que ha dicho el PSOE, porque eso es lo pendiente de cobro, pero no se va a cobrar. Lo ha dicho muy bien el señor Alcalde, como no pueden pagar pues no pagan, por lo que serán cantidades menores. Creo que es importante darle una solución porque estas familias se quedan durante años con la incertidumbre de si se les va a perseguir judicialmente y con una deuda que va a ir creciendo año tras año por los intereses. Se quedan con una situación muy preocupante porque encima de que no tienen dinero saben que tienen una deuda con el ayuntamiento, que en cualquier momento Página 19 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba se puede producir un cambio en el equipo de gobierno o simplemente hay un apuro económico y se pone a perseguir todas las deudas pendientes. Es decir, que ellos saben que tienen durante varios años una deuda pendiente que le pueden reclamar en cualquier momento y que además se va incrementando año tras año por los intereses. Hay que buscarle una solución porque sino es un sin vivir de esta gente que ya lo está pasando bastante mal. Dentro de un tiempo le recordaremos su compromiso, si en dos o tres meses no vemos ninguna solución, más que nada porque creemos que es un tema necesario. Además la cuantía no será muy importante. Votaremos a favor.
6. DECRETOS DE ALCALDÍA Nada que alegar
7. RUEGOS Y PREGUNTAS RUEGOS 1. Ya hace meses que se adjudicó el servicio del restaurante de la Laguna de El Carrizal, pero no solo es que no se hayan hecho cargo del servicio sino que cada vez están más deterioradas las instalaciones, con roturas de cristales que suponen un riesgo para los viandantes y vecinos que pasean con sus mascotas. Rogamos se de solución lo antes posible. 2. También en la Laguna de El Carrizal hay unas casetas para los patos que están a punto de terminar de hundirse, y presentan un aspecto lamentable, por lo que rogamos se arreglen o se ponga una solución alternativa. 3. Y, de nuevo, en la Laguna El Carrizal, rogamos se realicen tareas de limpieza de la misma, cada vez más deteriorada. 4. En la calle Ruiz de Alda, en la acera de la izquierda según se va hacia los Belgas, junto a una peluquería hay dos viviendas de las que sobresalen escalones que ocupan casi la mitad de la acera, provocando que los vecinos tengan que salirse a la calle para poder pasar en cuando pasan dos, no digamos si van con carrito de compra o bebé. Ayer mismo sin ir más lejos un anciano tropezó en uno de estos escalones, teniendo que ser atendido por la Policía Municipal, que le llevaron al ambulatorio. Rogamos, lógicamente, que se busque una solución urgente al problema que provocan estos escalones, antes de que tengamos una desgracia mayor. Página 20 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba 5. Cómo viene siendo habitual, pedimos que se atienda el ruego de los vecinos del barrio de El Gorronal de mejorar la limpieza del paseo del río Guadarrama. 6. También hemos recibido quejas acerca de que sigue habiendo menudeo de drogas en el Parque de las Bombas, y nos piden más vigilancia policial. 7. Hace días estuve comentando con la concejal de cultura los problemas de calefacción y wifi de la Biblioteca Miguel Hernández, y me informó de que está haciendo gestiones para poner calefactores mientras no se pueda abordar una solución definitiva, pero al respecto de la wifi no parece haber solución, y nos ruegan – y me consta que también al alcalde a través de su perfil en Facebook – que hay problemas con este servicio, por lo que rogamos se de alguna solución, pues es algo básico para los estudiantes que usan la biblioteca. 8. Nos solicitan que el Ceda el Paso del cruce de la antigua Iglesia con Morales Antuñano, parece ser que alguna vez que ha habido golpes y sería deseable sustituir esa señal por una de Stop. 9. Nos ruegan que se solucionen cuanto antes los baches y desniveles que han quedado tras la primeras acciones de asfaltado. 10. Rogamos se revise el estado de mantenimiento de la biblioteca pues hay paredes agrietadas a pesar de que tiene pocos años de vida, y sería importante un análisis para descartar posibles daños mayores que pudieran ser un peligro.
PREGUNTAS 1. Se ha anunciado y consolidado en el proyecto de presupuestos para 2014 una partida de subvenciones a los clubes deportivos por importe de 100.000 euros ¿qué criterio se va a seguir para el reparto de las mismas? --- respuesta del equipo de gobierno --Entendemos que se asignan en base a cada proyecto presentado, gracias. 2. ¿Cuándo se va a realizar en todo el municipio el proyecto “Desayunos saludables” presupuestado con una partida de 50.000 euros y qué criterio de implantación se ha definido? --- respuesta del equipo de gobierno --Página 21 de 23
Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Gracias 3. ¿Cuándo se va a abrir el comedor social en los terrenos cedidos al Arzobispado de Madrid, anunciado para final de 2013? --- respuesta del equipo de gobierno --Recordamos que esto era una promesa del alcalde, incumplida, que indicó que se abriría antes de terminar 2013. 4. ¿Cuáles han sido las acciones concretas realizadas durante 2013 para paliar los indicadores detectados en el estudio de la pobreza y la exclusión social en Collado Villalba? --- respuesta del equipo de gobierno --Ruego se nos remita por escrito la relación de acciones a todos los grupos pues estos datos deben ser objeto de seguimiento. 5. ¿Qué acciones concretas tienen previstas para 2014 para paliar los indicadores detectados en el estudio de la pobreza y la exclusión social en Collado Villalba? --- respuesta del equipo de gobierno --Solicito, igualmente, que se remita por escrito a todos los grupos. No obstante, quiero apuntar algo importante. Ayer mismo se publicaba el último informe de la ONG Save the Children, donde se reflejaba que 2.826.449 niños en España están en riesgo severo de pobreza y exclusión social. O sea, que el 33,8%, o si lo prefieren más de 1 de cada 3 niños españoles vive en hogares en situación de pobreza, que amenazan su futuro y conculcan sus derechos, reconocidos por todos los organismos nacionales e internacionales. Ante datos como estos prácticamente todo lo demás se me antoja casi irrelevante, porque si no somos capaces de garantizar el presente y futuro de nuestros niños es que estamos fracasando como sociedad. Pues bien, en Villalba aprobamos entre todos llevar a cabo un plan de acción contra la pobreza y la exclusión social, se hizo un estudio y nos comprometimos a una serie de medidas, y les pido, ruego, imploro, que prioricen este tipo de acciones de manera prioritaria, y que no recaiga en nuestras espaldas, por responsabilidad, haber destrozado el futuro de nuestros niños. Las medidas expuestas deben abordar los problemas detectados así que requerimos una revisión de las mismas.
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Intervenciones en pleno Grupo Municipal UPyD Collado Villalba El estado y sus instituciones son responsables, y no puede ser que al mismo tiempo que se ha rescatado a los bancos no se incrementen las políticas y partidas de protección social, especialmente para los que más lo necesitan y cuyo futuro depende de nosotros como sociedad. En Villalba nos hemos dotado de herramientas para abordar estas situaciones, por favor aprovechémoslas, no comprometamos el futuro de nuestro país.
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