ENMIENDA A LA TOTALIDAD Grupo Municipal UPyD Collado Villalba
D. Fernando Tellado García, portavoz del Grupo Municipal UPyD en el Ayuntamiento de Collado Villalba, por medio de este escrito y al amparo del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento, presenta la siguiente: ENMIENDA A LA TOTALIDAD AL PROYECTO DE PRESUPUESTOS DE 2014 DEL AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El proyecto de presupuestos generales 2014, presentado en el pleno del Ayuntamiento de Collado Villalba el 22 de noviembre de 2013 para su aprobación inicial, a juicio del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia (UPyD), contiene errores que pueden comprometer gravemente la sostenibilidad económica y financiera del Ayuntamiento de Collado Villalba, y los considera suficientes como para requerir su retirada y revisión, por lo que presenta esta ENMIENDA A LA TOTALIDAD basada en los siguientes puntos, que se detallan a continuación: 1. Incumplimiento de Planes de Ajuste 2. Remanente negativo de tesorería 3. Incumplimiento del Plan de Saneamiento 2010-2015 4. Incumplimiento del Marco Presupuestario 5. Consolidación de puestos de coordinadores 6. Incumplimiento del Plan de Acción contra la Pobreza 7. No ofrece soluciones frente a las consecuencias de la crisis
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1. INCUMPLIMIENTO DE PLANES DE AJUSTE En el Proyecto de Presupuestos del Ayuntamiento de Collado Villalba para 2014 se incumplen, sin justificación ni modificación alguna que lo enmiende los siguientes compromisos de los Planes de Ajuste suscritos: 1. No existen informes económicos que justifiquen los ingresos adicionales en licencias urbanísticas, impuesto de actividades económicas, impuesto sobre construcciones instalaciones y obras o el convenio con la BESCAM, máxime cuando tampoco se han cubierto las previsiones de los presupuestos de años anteriores como ya les avisó el grupo municipal Unión Progreso y Democracia, no garantizándose de este modo la solvencia económica y cumplimiento de los respectivos Planes de Ajuste, ni proponiendo modificaciones a los mismos. 2. Imposibilidad de crear nuevos puestos de personal y obligación de amortizar las jubilaciones, pero se han creado y consolidado nuevos puestos de confianza, que incumplen claramente este compromiso y no se han amortizado todas las jubilaciones. 3. Desviación sobre las previsiones presupuestarias comprometidas en los Planes de Ajuste, por una diferencia de + 7.125.080 euros, pues para 2014 se había comprometido un presupuesto global de 42.393.920 euros y se propone un montante de 49.519.000 euros, que hacen imposible el cumplimiento de los mismos ante tan pronunciadas diferencias.
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2. REMANENTE NEGATIVO DE TESORERÍA Según se detalla en el artículo 193 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales: 1. En caso de liquidación del presupuesto con remanente de tesorería negativo, el Pleno de la corporación o el órgano competente del organismo autónomo, según corresponda, deberán proceder, en la primera sesión que celebren, a la reducción de gastos del nuevo presupuesto por cuantía igual al déficit producido. La expresada reducción sólo podrá revocarse por acuerdo del Pleno, a propuesta del presidente, y previo informe del Interventor, cuando el desarrollo normal del presupuesto y la situación de la tesorería lo consintiesen. 2. Si la reducción de gastos no resultase posible, se podrá acudir al concierto de operación de crédito por su importe, siempre que se den las condiciones señaladas en el artículo 177.5 de esta ley. 3. De no adoptarse ninguna de las medidas previstas en los dos apartados anteriores, el presupuesto del ejercicio siguiente habrá de aprobarse con un superávit inicial de cuantía no inferior al repetido déficit. En consecuencia, no se puede absorber un remanente negativo de tesorería en varios ejercicios, sino que se debe dotar presupuestariamente un solo ejercicio, y presentar un superávit en ese ejercicio, suficiente como para sufragar el déficit que arroje el Remanente Negativo de Tesorería, pudiendo acudir a operaciones de crédito en caso de necesidad. Este precepto legal viene incumpliéndose sistemáticamente por parte del equipo de gobierno pues, aunque se ha reducido el remanente negativo de tesorería mediante la conversión de deuda comercial en financiera, acogiéndose a los distintos planes de pago a proveedores facilitados por el Ministerio de Hacienda, en ningún caso se ha cumplido la legalidad contemplado en los presupuestos el superávit obligado. En los datos facilitados hasta la fecha, existe un REMANENTE NEGATIVO DE TESORERÍA de -3.786.030,30 euros, y en el Proyecto de Presupuestos 2014 no se contemplan medidas ni operación de crédito alguna para subsanar este déficit, que es uno de los indicadores fundamentales de la solvencia económica del Ayuntamiento.
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3. INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE SANEAMIENTO 2010-2015 Está aún vigente el Plan de Saneamiento 2010-2015, aprobado en pleno municipal de 23 de julio de 2009, acogiéndose al Real Decreto Ley 5/2009 de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las entidades locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos. Este plan se viene incumpliendo sistemáticamente, sin ofrecer ni declarar alternativa al mismo, derogación o modificación y, al ser un compromiso adquirido en pleno se debe afrontar en vez de simplemente incumplirlo. Existe actualmente un saldo negativo frente a lo comprometido en el citado PLAN DE SANEAMIENTO, de -4.878.424,79 euros, que requiere un replanteamiento del citado plan y elaborar las medidas necesarias para su cumplimiento, algo no contemplado en el Proyecto de Presupuestos para 2014. 4. INCUMPLIMIENTO DEL MARCO PRESUPUESTARIO Cómo se extrae del informe de intervención 198-2013, no se cumple el MARCO PRESUPUESTARIO puesto que no se cubren saldos deudores ni gastos relativos a ejercicios anteriores. Se deben contemplar presupuestariamente estos incumplimientos para cumplir escrupulosamente el compromiso adquirido en Decreto de Alcaldía de 1 de octubre de 2013 por el que se aprobaba el marco presupuestario, remitido, además, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 5. CONSOLIDACIÓN DE PUESTOS DE COORDINADORES La CONSOLIDACIÓN DE LOS PUESTOS DE COORDINADORES CREADOS EN EL EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2012 es algo inaceptable ya que en su momento no se cumplieron los requisitos que la legislación vigente establece para la designación y provisión de ascensos de personal adscrito a la administración. Ya en su momento, el 22 de Diciembre de 2011, se solicitó informe de Secretaría acerca de si el proceso de ascenso a coordinadores, decidido por el equipo de gobierno de manera arbitraria y sin convocatoria pública, se ajustaba o no al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). En dicho informe de secretaría (7/12) se indica textualmente, entre otros extremos, lo siguiente: Página 4 de 8
ENMIENDA A LA TOTALIDAD Grupo Municipal UPyD Collado Villalba 1. 2.
La LRBRL establece la necesidad de que haya publicidad y que se sigan los principios de mérito y capacidad para cubrir cualquier plaza pública ya sea de funcionario de carrera o laboral. Esto mismo lo establece la Constitución Española de 1978 en el artículo 23.
Por otra parte el Estatuto Básico del Empleado Público en su artículo 78 de “Principios y procedimientos de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de carrera” dice textualmente: 1. 2.
Las Administraciones Públicas proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. La provisión de puestos de trabajo en cada Administración Pública se llevará a cabo por los procedimientos de CONCURSO Y LIBRE DESIGNACIÓN CON CONVOCATORIA PÚBLICA.
En el mismo sentido se pronuncia para el personal laboral en el artículo 83 de “Provisión de puestos y movilidad del personal laboral” que dice: “La provisión de puestos y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo que establezcan los convenios colectivos que sean de aplicación y, en su defecto por el sistema de provisión de puestos y movilidad del personal funcionario de carrera.” En los ascensos designados que no afectan a personal laboral se trataría de puestos a cubrir por libre designación, para lo cual hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, que se aplica supletoriamente a la Administración Local. En cuyo Capítulo III del Titulo III se regula la forma de proveer los puestos que en la RPT figuren como de libre designación. En concreto el artículo 52 dice: “La designación se realizará previa convocatoria pública, en la que, además de la descripción del puesto y requisitos para su desempeño contenidos en la relación de puestos de trabajo, podrán recogerse las especificaciones derivadas de la naturaleza de las funciones encomendadas al mismo.” Página 5 de 8
ENMIENDA A LA TOTALIDAD Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Por tanto, no se deben ni se pueden consolidar estos puestos de coordinadores visto que no se han respetado los procesos de selección de personal que marca la administración. 6. INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE ACCIÓN CONTRA LA POBREZA Con fecha de firma de 26 de abril de 2012, en sesión plenaria del Ayuntamiento de Collado Villalba, se acordó con el voto unánime de todos los grupos políticos elaborar un Plan Integral de Acción contra la Pobreza y la Exclusión Social que, en su punto 3º acordaba: Con los resultados del dictamen de la Comisión de Estudio, Elaborar un Plan Integral de lucha contra la pobreza y la exclusión social (2013 - 2015) en el que el Ayuntamiento, durante el último semestre de cada año con objeto de que sea contemplado dentro de las partidas presupuestarias de cada ejercicio. Este Plan tendrá en cuenta las conclusiones de la Comisión de Estudio englobada en el Consejo de Bienestar Social, Salud y Consumo de Collado Villalba que propone el presente acuerdo La citada Comisión de Estudio elaboró sus conclusiones, igualmente acordadas por todos los participantes en la misma, entre las que se incluían acciones concretas a dotarse presupuestariamente que no están reflejadas en el Proyecto de Presupuestos para 2014 como …
Vales de alimentos Comedores integrados en programas de intervención social Ayudas en pagos de agua y luz Ayudas en el pago de tasas para desempleados y otras personas en situación de riesgo Ayudas para el transporte
En vez de eso se han creado partidas nuevas para subvenciones a clubes deportivos en el área de deportes y de promoción sociocultural en barrios que suman 200.000 euros, así como otra partida de 1.000.000 de euros para la creación de un nuevo pabellón deportivo, al mismo tiempo que no se atienden, como se acordó, las necesidades fundamentales de los principales afectados por la crisis y el desempleo, en riesgo de pobreza y exclusión social.
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ENMIENDA A LA TOTALIDAD Grupo Municipal UPyD Collado Villalba 7. NO OFRECE SOLUCIONES FRENTE A LAS CONSECUENCIAS DE LA CRISIS Todo el país sufre una de las peores crisis de nuestra historia reciente, que también afecta a los vecinos de Collado Villalba. En nuestra ciudad hay más de 6.000 familias con algún desempleado, negocios que cierran prácticamente a diario, afectados por la estafa de las preferentes, dramas como desahucios de primera vivienda y una situación de desigualdad creciente. Las administraciones tienen como misión fundamental y prioritaria atender las necesidades de los ciudadanos, gestionando el dinero público para atender situaciones de desigualdad y necesidad como prioridad. El proyecto de presupuestos del Ayuntamiento de Collado Villalba para 2014 no atiende a esta responsabilidad principal, primando nuevos desarrollos e infraestructuras que no atienden las necesidades de los más desfavorecidos, que debería ser la prioridad, mientras que al mismo tiempo reducen las partidas sociales, que son precisamente las destinadas a atender las situaciones de desigualdad y extrema necesidad, como se ha reflejado en la Comisión de Estudio sobre la pobreza y la exclusión social. Pero el proyecto de presupuestos del Ayuntamiento de Collado Villalba para 2014 no solo no atiende estas necesidades básicas, responsabilidad de los representantes públicos, sino que, por el contrario, deja sin cobertura atención primaria a los vecinos más necesitados al no compensar los recortes en gasto social de la Comunidad de Madrid en los presupuestos municipales. Capítulo aparte merece el Plan de acción contra la pobreza emanante de esta citada comisión de estudio, un compromiso de todo el consistorio, aprobado por unanimidad en pleno municipal, que no ha visto reflejo presupuestario en este proyecto para 2014, lo que también era un compromiso expreso del pleno.
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ENMIENDA A LA TOTALIDAD Grupo Municipal UPyD Collado Villalba Por todas las razones expuestas, el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia (UPyD), por medio de su portavoz, D. Fernando Tellado García, con esta ENMIENDA A LA TOTALIDAD rechaza el Proyecto de Presupuestos Municipales 2014 del Ayuntamiento de Collado Villalba y pide su devolución para su revisión y ajuste antes de su aprobación definitiva. En Collado Villalba a 16 de January de 2014 Firmado: Fernando Tellado Portavoz Grupo Municipal UPyD
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