TODOS LOS GRUPOS MUNICIPALES
Adjunto remito “Moción por la devolución del céntimo sanitario”, una vez consensuada, para su inclusión en el Orden del Día del próximo Pleno Ordinario del mes de abril de 2014. Ruego su inclusión como Moción y su debate previo en la junta de Portavoces o en la Comisión Informativa correspondiente. Así como se facilite copia de la misma a todos los Grupos Municipales.
Collado Villalba, a 25 de April de 2014 Firmado: Fernando Tellado Portavoz Grupo Municipal UPyD
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D. Fernando Tellado, portavoz del grupo municipal UPyD, D. Juan José Morales, portavoz del grupo municipal PSOE, Dña. Isabel Hernánz Melones, portavoz del grupo municipal IU-LV, y D. José Flores González, portavoz del grupo municipal PP, al amparo de lo establecido por la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el RD 568/1986 de 29 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales, artículo 97.3, presenta la siguiente: MOCIÓN POR LA DEVOLUCIÓN DEL CÉNTIMO SANITARIO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia de 27 de febrero de 2014 y respondiendo a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, declaró ilegal el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), más conocido como céntimo sanitario. El hecho imponible del IVMDH estaba constituido por las ventas minoristas y el autoconsumo de la gasolina, el gasóleo, el fuel óleo, el queroseno (salvo como combustible de calefacción), los hidrocarburos líquidos que se utilicen como combustible de calefacción y los que, con excepción del gas natural, metano, gas licuado del petróleo y demás productos gaseosos equivalentes, se destinen a ser utilizados como carburante, como aditivos para carburante o para aumentar el volumen final de un carburante. La Ley 21/2001 que desarrolla el contenido de la Ley Orgánica 7/2001 por la que se actualiza la LOFCA, incluye el IVMDH entre los tributos cedidos a las comunidades autónomas, siendo la Comunidad de Madrid una de las trece comunidades que lo mantuvo vigente desde el 1 de enero de 2002 hasta finales de 2012 con el fin de financiar la sanidad. La sentencia del TJUE estima que dicha medida “vulnera la legislación comunitaria” y “no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español no obró de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años”. Además, tiene carácter retroactivo y supone que todo aquel que pagó el impuesto se puede beneficiar de la devolución siempre que se pueda justificar con facturas el pago de dicho gravamen. Página 2 de 4
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La reclamaci贸n puede solicitarse ante Hacienda a trav茅s de una reclamaci贸n de ingresos indebidos, que es lo que los grupos municipales estiman necesario y reclaman.
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Por todo ello, todos los grupos municipales representados en el Ayuntamiento de Collado Villalba presentan la siguiente MOCIÓN para que sea aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Collado Villalba con arreglo a la siguiente resolución: ACUERDO 1.
Solicitar la devolución de los importes pagados por el Ayuntamiento de Collado Villalba en concepto de Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos, una vez que las instituciones comunitarias se hayan pronunciado definitivamente en dicho sentido, a la consulta elevada por el Gobierno central.
2.
Destinar el importe de los recursos recuperados íntegramente a Ayudas de Emergencia Social.
En Collado Villalba a 25 de April de 2014
Fernando Tellado Portavoz grupo municipal UPyD
Isabel Hernánz Portavoz grupo municipal IU-LV
Juan José Morales Portavoz grupo municipal Socialista
José Flores Portavoz grupo municipal Popular
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