MINISTERIO DE DEFENSA
AUDITORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS INFORME ANUAL
27 febrero 2009 27 febrero 2010
MINISTERIO DE DEFENSA
AUDITORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
INFORME ANUAL
27 febrero 2009 - 27 febrero 2010
AUTORIDADES NACIONALES Presidenta de la Nación Dra. Cristina Fernández de Kirchner Ministra de Defensa Dra. Nilda Garré
Garré, Nilda Informe anual 2009 - Auditoría general de las Fuerzas Armadas - 1a ed. - Buenos Aires : Ministerio de Defensa, 2010. 220 p. ; 16x22 cm. ISBN 978-987-25356-9-8 1. Auditoría . Circulares. 2. Dictámenes. I. Título CDD 657.45 Fecha de catalogación: 12/2010 Auditoría general de las Fuerzas Armadas Informe Anual 27 febrero 2009- 27 febrero 2010 1.000 ejemplares ISBN 978-987-25356-9-8 Queda hecho el depósito que establece la Ley 11.723. Libro de edición argentina. No se permite la reproducción total o parcial, el almacenamiento, el alquiler, la transmisión o la transformación de este libro, en cualquier forma o por cualquier medio, sea electrónico o mecánico, mediante fotocopias, digitalización u otros métodos, sin el permiso previo y escrito del editor. Su infracción está penada por las leyes 11.723 y 25.446.
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AUDÍTORIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
PRÓLOGO
CAPÍTULO 1
CAPÍTULO 2
Pág. 7
Pág. 15
Pág. 19
CAPÍTULO 3
CAPÍTULO 4
CAPÍTULO 5
Pág. 29
Pág. 59
Pág. 173
INTRODUCCIÓN
EXPEDIENTES
ORGANIZACIÓN
CIRCULARES
DICTÁMENES
ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS
ÍNDICE
INFORME ANUAL 27 febrero 2009 - 27 febrero 2010
PRÓLOGO Al inicio de mi gestión asumí como un imperativo la necesidad de llevar adelante una política activa de modernización institucional para las Fuerza Armadas, que fortaleciera en todos los órdenes la adecuación del instrumento militar de la Nación al Estado Democrático de Derecho. Ocupó así un lugar central la reforma integral del antiguo sistema de justicia militar. Dicho sistema fue reemplazado —luego de un proceso de trabajo participativo y coordinado entre civiles y militares— por el nuevo Sistema de Justicia Militar, sancionado por la ley Nº 26.394, que comenzó a regir el 27 de febrero de 2009. El nuevo sistema de administración de justicia militar constituye una herramienta que cumple una doble exigencia: en primer lugar ha incorporado los estándares internacionales en materia de garantías y respeto a los derechos humanos del personal militar y, en segundo lugar, ha resultado un instrumento articulado y dinámico que responde a las actuales necesidades funcionales de las Fuerzas Armadas. Así, las interrelaciones que mantienen el Derecho Penal Militar y el Derecho Disciplinario Militar se han estructurado en función de la autonomía reciproca relativa, lo cual tiene una importancia decisiva que otorga un alto grado de ejecutoriedad y celeridad al instrumento disciplinario para el ejercicio del mando, al tiempo que jerarquiza la respuesta disciplinaria. Tal autonomía, desde el punto de vista del sistema de derechos y garantías es acompañada por una configuración clara y precisa del debido proceso legal. Lo mismo puede afirmarse respecto de la supresión de los tribunales militares permanentes y su reserva para casos de excepción absoluta en el marco de conflictos armados —siempre sujeta a revisión posterior—, lo que evita que las instituciones castrenses deban tomar a su cargo esta tarea ajena a sus cometidos funcionales transfiriéndola a los órganos constitucionalmente competentes y especializados. El presente informe da cuenta de los esfuerzos llevados adelante para la implementación de la ley 26.394 durante su primer año de vigencia. A su vez, como cualquier informe de estas características, permite vislumbrar los desafíos que se tienen por delante. Evidentemente, llevar adelante adecuadamente toda esta transformación institucional requiere de instancias especializadas que, siendo parte de la reforma, cuenten con la idoneidad técnica necesaria para el desarrollo de su función. En tal sentido, la organización de un cuerpo de oficiales auditores que consagre la independencia de criterio y la formación y capacitación conjunta era vital para la correcta y eficaz puesta en marcha del nuevo sistema de administración de justicia militar. Esta nueva comunidad jurídica, integrada por los oficiales auditores de las tres fuerzas y 7
conducida técnicamente por la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, consagra en el ámbito de los cuerpos profesionales de abogados de las fuerzas, el principio del actuar conjunto como guía fundamental de la organización militar. Es aquí donde la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, dependiente del Ministerio de Defensa, como máxima instancia del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas, está llamada a enfrentar un doble desafío. Por un lado, sus principales ejes de trabajo deben estar orientados al fortalecimiento, consolidación y modernización de su estructura y, por el otro, habiendo sido redefinido como una instancia relevante del sistema de justicia militar, debe conducir al servicio de justicia conjunto de las FFAA en los retos que presenta el cambio de paradigma. Por ello, la rendición de cuentas de esta instancia de asesoramiento jurídico cobra gran relevancia; ya que sus dictámenes, intervenciones y circulares son, en definitiva, los distintos modos mediante los cuales ejerce su conducción del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas y, además, son una clara muestra del camino recorrido hasta ahora para la definitiva consolidación del cambio cultural que nos encontramos transitando. Esta primera edición de la memoria institucional de la Auditoría es un reflejo de las líneas de acción concretas que se han desarrollado en pos de lograr su máximo objetivo: el óptimo cumplimiento del rol del cuerpo de servicio de justicia conjunto en el nuevo sistema de justicia militar. En este sentido, esperamos que se constituya en una herramienta útil de trabajo para los oficiales auditores de las Fuerzas Armadas en el desarrollo de su importante labor y también que para la academia y para quienes tengan que tomar decisiones o proponer políticas sobre la materia. Tengo la plena seguridad que el trabajo desarrollado hasta ahora y el que nos espera constituye un aporte que tiene la particularidad de traducir, en las formas de administración disciplinaria, una idea rectora de las actuales políticas institucionales, como es la concepción del funcionario público militar como un funcionario de uniforme.
Nilda Garré Ministra de Defensa
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INTRODUCCIÓN La Ley Nº 26.394 (Anexo V) del 26 de agosto de 2008 - en condiciones de vigencia a partir del 27 de febrero de 2009 – creó el Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas, determinando su conformación. Al hacerlo, previó como instancia máxima de dicho servicio, a la Auditoría General de las Fuerzas Armadas. Conforme lo estableció el artículo 2° de la citada normativa, la titularidad de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, debe ser ejercida por un oficial superior perteneciente a los, hasta ese momento, servicios de justicia de las Fuerzas Armadas, de la jerarquía de general o equivalente, que debe ser designado por el presidente de la Nación, a propuesta del Ministro de Defensa. A esos fines y con carácter previo, el Ministerio de Defensa debe publicar los datos personales y antecedentes del oficial superior a fin de viabilizar adhesiones y/u oposiciones en el término de TREINTA (30) días corridos – se contará desde la última publicación – (artículo 3º). La titularidad aludida de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas será ejercida, alternativa y rotativamente, durante el lapso de dos (2) años, por oficiales superiores que hayan estado integrados a los servicios de justicia de cada una de las Fuerzas Armadas (artículo 4º). Secundará al auditor general de las Fuerzas Armadas, el Auditor General adjunto, quien deberá pertenecer a una Fuerza Armada diferente a la de aquél, ostentará igual grado, se desempeñará por igual lapso y será designado en igual forma (artículo 5º). Así, por Resolución Nro. 184 del 25 de febrero de 2009, del Ministerio de Defensa, se instruyó al entonces Auditor General de las Fuerzas Armadas en funciones, el Contraalmirante Don José Agustín REILLY, a fin de que continúe la gestión de Auditor General hasta tanto el PODER EJECUTIVO NACIONAL, designe al nuevo titular de la máxima instancia de contralor de legalidad del ámbito castrense. Asimismo, por igual resolución se determinó que, hasta que pueda procederse a la designación del Auditor General Adjunto, ejerza las funciones correspondiente a ese alto cargo un oficial superior, revestido de la idoneidad y demás antecedentes con los que necesariamente debe contar quien subrogue el cargo de que se trata. En este sentido, se consideró que el Coronel Mayor Auditor Don Manuel Omar LOZANO satisfacía holgadamente el perfil señalado, además de haber participado en el proceso de reforma del Sistema de Justicia Militar actual, y en otros anteriores.
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En lo que respecta a la integración de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, la ley de referencia previó que se conformara con CUATRO (4) departamentos, uno por cada fuerza, cuyas jefaturas serán ejercidas por oficiales superiores de los servicios jurídicos de las Fuerzas Armadas y el departamento Administración, cuya jefatura será ejercida por un oficial superior de la fuerza a la que pertenezca el Auditor General de las Fuerzas Armadas. Dicha estructura será inmodificable, y sólo podrá ampliarse previa propuesta del Auditor General de las Fuerzas Armadas, la que deberá contar con la conformidad del Ministro de Defensa y mediante el dictado del pertinente decreto por parte del señor Presidente de la Nación en su carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas. En todos los casos, y cualquiera sea la estructura orgánica que se establezca, las correspondientes designaciones serán efectuadas por el Ministro de Defensa (artículo 7º). Por su parte, también de conformidad a lo previsto por la norma en consideración, la integración de cada uno de los departamentos será fijada por el Auditor General de las Fuerzas Armadas e informada al Ministerio de Defensa, en el término de SESENTA (60) días de producida su designación, a los efectos de los pertinentes nombramientos y pases. Igual procedimiento adoptará el Auditor General de las Fuerzas Armadas, anualmente, con carácter previo al último trimestre, a los efectos de asegurar los reemplazos que fuera menester realizar (artículo 8º). Conforme la propuesta efectuada oportunamente por el Auditor General de las Fuerzas Armadas, por Resolución 1370, del 28 de diciembre de 2009, la titular del Ministerio de Defensa, Doctora Nilda GARRÉ, aprobó la integración total de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas Finalmente, es preciso no omitir que, los integrantes de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, dependen, a todo efecto, del Ministerio de Defensa, mientras dure su desempeño en la misma (artículo 10º). Esbozados, someramente por cierto, los aspectos que caracterizaron la creación del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas y la conformación de su máxima instancia, previo adunar, el texto completo del Anexo V de la Ley 26.394, se emite el pertinente Informe Anual de la Auditoría General de las Fuerza Armadas.
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ANEXOS CREACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS ARTÍCULO 1º.- Créase el Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas. ARTÍCULO 2º.- Créase, en el ámbito del Ministerio de Defensa, la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, cuya titularidad será ejercida por un oficial superior de los servicios de justicia de las Fuerzas Armadas, de la jerarquía de general o equivalente, que será designado por el presidente de la Nación, a propuesta del ministro de Defensa. ARTÍCULO 3º.- Con carácter previo al procedimiento fijado en el artículo anterior, el Ministerio de Defensa publicitará debidamente los datos personales y antecedentes del oficial superior a proponer a los efectos de su designación, y en el término de treinta (30) días corridos —que se contará desde la última publicación— recibirá eventuales adhesiones y oposiciones. ARTÍCULO 4º.- La titularidad de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas será ejercida, alternativa y rotativamente, durante el lapso de dos (2) años, por oficiales pertenecientes a los servicios de justicia de cada una de las Fuerzas Armadas. ARTÍCULO 5º.- Secundará al auditor general de las Fuerzas Armadas, el auditor general adjunto, quien deberá pertenecer a una fuerza armada diferente
a la de aquel, ostentará igual grado, se desempeñará por igual lapso y será designado en igual forma. ARTÍCULO 6º.- En caso de impedimento accidental, el auditor general de las Fuerzas Armadas será reemplazado, en primer término, por el auditor general adjunto, y en su caso, por quien desempeñándose como jefe de departamento de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, le suceda jerárquicamente al último de los mencionados. Se considerará accidental todo impedimento que no exceda de tres (3) meses. ARTÍCULO 7º.- La Auditoría General de las Fuerzas Armadas, se integrará, a partir de la vigencia de la presente ley, con cuatro departamentos, uno por cada fuerza, cuyas jefaturas serán ejercidas por oficiales superiores de los servicios jurídicos de las Fuerzas Armadas y el departamento de Administración, cuya jefatura será ejercida por un oficial superior de la fuerza a la que pertenezca el auditor general de las Fuerzas Armadas. Dicha estructura será inmodificable, y sólo podrá ampliarse previa propuesta del auditor general de las Fuerzas Armadas, la que deberá contar con la conformidad del ministro de Defensa y mediante el dictado del pertinente decreto por parte del señor presidente de la Nación en su carácter de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas. En todos los casos, y cualquiera sea 11
la estructura orgánica que se establezca, las correspondientes designaciones serán efectuadas por el Ministro de Defensa. ARTÍCULO 8º.- La integración de cada uno de los departamentos será fijada por el auditor general de las Fuerzas Armadas e informada al Ministerio de Defensa, en el término de sesenta (60) días de producida su designación, a los efectos de los pertinentes nombramientos y pases. Igual procedimiento adoptará el auditor general de las Fuerzas Armadas, anualmente, con carácter previo al último trimestre, a los efectos de asegurar los reemplazos que fuera menester realizar. ARTÍCULO 9º.- En igual término al previsto en el primer párrafo del artículo precedente, el auditor general de las Fuerzas Armadas deberá presentar por ante el Ministerio de Defensa, a los efectos de su aprobación, la normativa que fijará el régimen funcional de la máxima instancia de contralor de legalidad. Idéntico temperamento adoptará, cuando circunstancias propias de su labor específica, evidencien la necesidad de modificar la norma de mención. ARTÍCULO 10°.- Los integrantes de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas dependerán, a todo efecto, del Ministerio de Defensa, mientras dure su desempeño en la misma. ARTÍCULO 11°.- Corresponderá al auditor general de las Fuerzas Armadas: 1. Asesorar en cuestiones jurídicas al Ministerio de Defensa, al Estado Mayor
Conjunto de las Fuerzas Armadas, a los jefes de estados mayores generales de las Fuerzas Armadas y a las misiones de mantenimiento de la paz, personal y contingentes destacados en el extranjero. 2. Determinar las exigencias de naturaleza técnico-jurídica inherentes al procedimiento de ingreso, contenidos de los cursos de inserción y especializaciones exigidas a lo largo de la carrera de los ciudadanos que aspiren a ingresar, e ingresen, a los Servicios de Justicia de las Fuerzas Armadas. En todos los casos, los requerimientos de participación del auditor general de las Fuerzas Armadas se canalizarán otorgando previa intervención al Ministerio de Defensa. ARTÍCULO 12°.- La intervención del auditor general de las Fuerzas Armadas, ante requerimientos formulados por el ministro de Defensa, por el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, o por cualquiera de los jefes de los estados mayores generales de las Fuerzas Armadas es inexcusable, y en su caso, la reticencia u omisión, constituirá falta grave. ARTÍCULO 13°.- A los efectos de asegurar el logro de su cometido, el auditor general de las Fuerzas Armadas podrá, por sí o por intermedio de personal dependiente, realizar inspecciones a cualquiera de las instancias que cuenten con oficial auditor de las Fuerzas Armadas. También podrá requerir, en forma directa, de cualquiera de esas instancias, la emisión de un informe pormenorizado relacionado con sus incumbencias.
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ARTÍCULO 14°.- El auditor general de las Fuerzas Armadas emitirá circulares que deberán ser conocidas y acatadas por la totalidad del personal perteneciente a los servicios de justicia de las Fuerzas Armadas, con la finalidad de emitir información, de uniformar la asistencia técnico-jurídica brindada por las diferentes instancias de asesoramiento o cuando por cualquier otra causa lo considere necesario. ARTÍCULO 15°.- Será responsabilidad del auditor general de las Fuerzas Armadas, mediante la gestión del departamento de administración, crear y mantener actualizada la Biblioteca Militar de la República Argentina, donde se archivarán, debidamente clasificados, además de la bibliografía específica pertinente, la totalidad de los dictámenes emitidos por la máxima instancia de contralor de legalidad. Dicha biblioteca será de acceso público y gratuito. ARTÍCULO 16°.- En el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, ejercerá la titularidad de la asesoría pertinente y será el principal responsable en el asesoramiento técnico-jurídico y el contralor de la legalidad, un oficial superior perteneciente al servicio de justicia, de cualquiera de las Fuerzas Armadas, designado por el Ministro de Defensa. La asesoría jurídica del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas se integrará conforme a la estructura orgánica que se determine, atento a sus necesidades específicas, previo conocimiento y aprobación del auditor general de las Fuerzas Armadas.
ARTÍCULO 17°.- En cada una de las Fuerzas Armadas, un oficial superior perteneciente al servicio de justicia y designado por el jefe del estado mayor general de la fuerza correspondiente, ejercerá la titularidad de la asesoría jurídica y será el principal responsable en el asesoramiento técnico-jurídico y el contralor de la legalidad. ARTÍCULO 18°.- La asesoría jurídica de la Fuerzas Armada de que se trate, se integrará conforme a la estructura orgánica que determine el jefe del estado mayor General de la fuerza correspondiente, atento a sus necesidades específicas. Cualquier alteración o modificación, deberá realizarse por decisión de igual autoridad, o previa recomendación del auditor general de las Fuerzas Armadas y decisión del Ministerio de Defensa. ARTÍCULO 19°.- Cada una de las Fuerzas Armadas determinará las diversas instancias en las que destacará oficiales auditores a los efectos de asegurar la misión de asesoramiento técnico-jurídico que considere necesario. Cualquier alteración o modificación deberá realizarse por decisión de igual autoridad, o previa recomendación del auditor general de las Fuerzas Armadas y decisión del Ministerio de Defensa. ARTÍCULO 20°.- A partir de la entrada en vigencia del presente, la totalidad de los integrantes de los servicios de justicia de las Fuerzas Armadas poseerán absoluta independencia de criterio, encontrando como única limitación las directivas emi13
tidas mediante circulares, por el auditor general de las Fuerzas Armadas. No obstante ello, todo oficial perteneciente a los servicios de justicia de las Fuerzas Armadas, mantendrá la facultad de consignar su opinión personal.
ARTÍCULO 24°.- Será responsabilidad de la máxima instancia jerárquica de cada una de las Fuerzas Armadas, la oportuna adaptación de la normativa interna, y la emisión de nuevas directivas, de conformidad a lo previsto por la presente ley.
ARTÍCULO 21°.- Cada una de las Fuerzas Armadas reclutará y formará a los ciudadanos abogados que se incorporen al servicio de justicia correspondiente, con las únicas limitaciones que podrá determinar el auditor general de las Fuerzas Armadas. ARTÍCULO 22°.- Los planes de carrera de los oficiales auditores de las diferentes Fuerzas Armadas, deberán ser idénticos en cuanto a máxima jerarquía — general o equivalente —, a años de servicio de la carrera, años por grado, y demás circunstancias vinculadas, de manera de evitar alteraciones cíclicas que incidan sobre las jerarquías. ARTÍCULO 23°.Los oficiales pertenecientes a los servicios de justicia de las Fuerzas Armadas no podrán ser empleados en tareas ajenas a las fijadas por la presente ley. La procuración y gestión judicial, en causas que alcancen a personal de las Fuerzas Armadas, cualquiera sea su naturaleza, sólo podrá llevarse a cabo mediando el consentimiento del oficial auditor de que se trate y previa intervención del auditor general de las Fuerzas Armadas.
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CAPÍTULO 1
ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO 1 - ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO 1 ORGANIZACIÓN ORGANIZACIÓN DE LA AUDITORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Auditor General de las Fuerzas Armadas: Contraalmirante Auditor José Agustín REILLY Encargado Ayudantía: Suboficial Primero Alberto Raúl CORDOBA Encargado Automotor: Suboficial Primero Héctor Darío RODRÍGUEZ Encargado Cocina: Suboficial Mayor Cocinero Jorge Gustavo PONCE Encargado Cafetería: Suboficial Primero Rubén Eduardo BARRIONUEVO Suboficial Primero Cayetano Mario DIAZ Auditor General Adjunto de las Fuerzas Armadas: General de Justicia Manuel Omar LOZANO Encargado Ayudantía: Suboficial Primero Cocinero Raúl Aníbal ZENTNER Encargado Automotor: Cabo 1ro Conductor Walter Ariel GORIA Encargado Cafetería: Sargento Camarero José Alejandro MANSILLA Encargado de la Auditoria: Suboficial Mayor Oficinista Antonio OLIVIERI Encargado Guardia de Prevención: Suboficial Segundo Carlos Julián TORRES Encargado Bienes de Patrimonio: Suboficial Segundo Claudio Domingo FERNÁNDEZ Departamento Administración: Jefe: Capitán de Navío Auditor Alfredo Italo TORRADA 2do Jefe: Capitán de Fragata Auditor Daniel Oscar BRUNO Jefe de la División Asuntos Generales: Teniente de Navío Auditor Máximo Gastón GARCIA Jefe de la División Asuntos Administrativos: 16
CAPÍTULO 1 - ORGANIZACIÓN
Teniente de Fragata Auditor Alejandra Marcela GUTIERREZ Encargado Departamento: Suboficial Principal Oficinista Rubén Darío CARDOZO Encargado Mesa de Entradas y Biblioteca: Suboficial Principal Oficinista Juan Carlos Antonio MARASI Encargado Asuntos Generales: Cabo Oficinista Art 11 Etel Anahi SANTANA Encargado Asuntos Administrativos: Cabo Principal Sebastián Francisco MARTINEZ Encargado Legajos Cabo Oficinista Art 11 Gabriela Soledad GALLARDO Archivo Histórico Jurídico Coordinador del Archivo Histórico Jurídico: Coronel Com (R-Art 62) Eduardo Enrique CATANEO Encargado General del Archivo Histórico: Suboficial Mayor Com José Apolinario JAUREGUIS (EA) Encargado de Patrimonio: Suboficial Mayor Jorge Adán CEDERMAZ (GEN) Encargado de la Mesa de Entradas y Salidas: Sargento Ayudante Oficinista Ricardo Oscar MALSENIDO Encargado de Documentación Jurídica: Suboficial Principal Oficinista Ismael TOLEDO (EA) Encargado de Registros: Sargento Ayudante Oficinista Diego Rene IBARRA Encargado de Archivo: Cabo Principal Carlos Candido BORDON (FAA) Departamento Ejército Argentino: Jefe: Coronel Auditor Roberto ESCOBAR ALDAO 2do Jefe: Teniente Coronel Auditor Ricardo Rubén BAVICH Jefe de la División Dictámenes: Mayor Auditor Jorge Alberto HUARTE Jefe de la División Trámites Internos e Inspecciones: Capitán Auditor María Lorena MARTINEZ Encargado Departamento: Sargento Oficinista Elizabeth Carolina TURELLA 17
CAPÍTULO 1 - ORGANIZACIÓN
Departamento Armada Argentina: Jefe: Capitán de Navío Auditor Andrés Guillermo PELLEGRINO 2do Jefe: Capitán de Fragata Auditor Raúl Alberto LACHNICHT Jefe de la División Dictámenes: Teniente de Fragata Auditor Maria Belén MEDINA Jefe de la División Trámites Internos e Inspecciones: Teniente de Fragata Auditor Melisa Sabrina DONADIO Encargado Departamento: Suboficial Primero Luis Rubén ARO Encargado Trámites Generales: Cabo Principal Luis Javier JUBERT Encargado Trámites Internos e Inspecciones: Cabo Primero Cristian Daniel SULCA Departamento Fuerza Aérea Argentina: Jefe: Comodoro Auditor Armando Alberto BONADEO 2do Jefe: Vice comodoro Jorge Osvaldo ZAS (E-Jur) (FAA) Jefe de la División Dictámenes: Primer Teniente Romina MOLTALBANO (E- Jur) (FAA) Jefe de la División Trámites Internos e Inspecciones: Primer Teniente José Alberto REINOSO (E-Jur) (FAA) Encargado Departamento: Suboficial Principal Walter Rubén SANGRONI Encargado Trámites Generales: Cabo Primero María Soledad RODRÍGUEZ Encargado Trámites Internos e Inspecciones: Cabo Primero Pablo José SILVERO Personal Mantenimiento del Edificio: Suboficial Principal Daniel Ernesto DEMCZUK (ARA) Suboficial Principal Ariel Hugo ZAPATA (ARA) Suboficial Primero Miguel Erasmo PINTO (ARA) Suboficial Segundo Juan Carlos TORRES (ARA)
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CAPÍTULO 2
DICTÁMENES
CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
CAPÍTULO 2 DICTÁMENES* DICTÁMENES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO EJÉRCITO ARGENTINO (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nº 240866
FECHA SUMARIO 27 Abr 09 Se emitió dictamen en virtud de la presentación formulada por el ex ......................................, ante la Ministra de Defensa, en virtud de la legitimidad de la sanción disciplinaria interpuesta.
240868
26 May 09 Se emitió dictamen en virtud de la presentación del .................... en relación a que no recibió comunicación alguna de resarcimiento económico por el accidente que sufrió mientras formaba parte de la Misión Argentina de las Fuerzas de Paz de las Naciones Unidas en HAITÍ.
240870
29 May 09 Se emitió dictamen en virtud de la presentación relacionada con la nota enviada por la Señora ...................., esposa del .............., quién sufrió un accidente mientras formaba parte de la Misión Argentina de las Fuerzas de Paz de las Naciones Unidas en CROACIA (BEA VI).
240871
01 Jun 09 Se emitió dictamen en relación con la denuncia efectuada por la Agente Civil ............, contra el ............. perteneciente a la Escuela de Defensa Nacional..
240881
24 Ago 09 Expediente remitido por el Ministerio de Defensa a solicitud del JEMGE, relacionado con el pedido de intervención propiciado por el señor Oficial Auditor adscripto al Comando de Operaciones Terrestres de dicha Fuerza.
240882
28 Ago 09 Se emitió dictamen en virtud del expediente relacionado con la nota enviada por el ................... a la señora Ministra de Defensa solicitando se revea lo determinado por la Junta Superior de Calificaciones, que desestimó su ascenso.
7828 C
22 Dic 09
Se emitió dictamen respecto del temperamento adoptado, correctivos disciplinarios y tratamiento asignado a la víctima de las inconductas pesquisadas, relacionadas con los hechos ocurridos en instalaciones del Regimiento de Infantería Mecanizada 7, de la localidad de ARANA, Provincia de BUENOS AIRES. 20
CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
DICTÁMENES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO ARMADA ARGENTINA (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).-
Nº 240902
FECHA 18 Dic 09
SUMARIO Sra Ministra de Defensa, relacionado con la presentación efectuada por el .............................., mediante la cual requiere un resarcimiento económico y moral ante los perjuicios que le ocasionó la baja de la Armada Argentina, ocurrida en 1993, como consecuencia de que si bien tramitó la venia de enlace (en ese entonces prevista reglamentariamente), contrajo matrimonio con anterioridad a su resolución, siendo la misma denegatoria. Asesoramiento a la señora Ministra de Defensa, relacionado con el proyecto de un nuevo Reglamento General de la Administración Naval, destinado a reemplazar su última edición autorizada por el Decreto Nro.° 314/1973, y el decreto a través del cual se propicia su aprobación.
240911
30 Dic 09
240916
29 Ene 10
Dictamen dirigido a la señora Ministra de Defensa, relacionados con la presentación efectuada por el señor........................, mediante la cual solicitó la revisión de las cuestiones fácticas – jurídicas que le impiden ascender al grado inmediato superior por imposición del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada. Actuaciones sustanciadas como consecuencia de la Resolución N° 836, de fecha 11 de agosto de 2009, de la señora Ministra de Defensa. Mediante la cual, la máxima instancia del área de la Defensa resolvió: “ARTÍCULO 1º.- Instrúyase al Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA para que disponga el retiro o la baja obligatorios, según corresponda, del ....................., a partir del 14 de julio del año 2008.
EXPTE.Nº 17684/2003 MINIDEF CIJ Nº 7408/03 AUFA,9ET Nº 66/09
* La presente publicación ha tomado los recaudos necesarios a fin de cumplir con la obligación de proteger los datos personales, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 25326. 21
CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
DICTÁMENES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO FUERZA AEREA ARGENTINA (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).17825 C
14 Jul 09
Solicitud del Ministerio de Defensa a la Auditoria General de las Fuerzas Armadas de expedirse respecto de la situación administrativa del ...........................
240884 P
03 Sep 09
Solicitud de incorporación al Cuerpo de los Servicios Profesionales de la Fuerza Aérea Argentina del ....................
240893 P
27 Oct 09
El causante señor ..............................., plantea la nulidad del Art 2º de la Resolución Nº 1176/08 del JEMGFAA, por la que se le fijó como fecha de su retiro obligatorio la del 29 de noviembre de 1999.
240912
05 Ene 10
240920
10 Feb 10
240921
12 Feb 10
240922
18 Feb 10
Referente a solicitud efectuada por el ............................, para que se deje sin efecto Resolución Nº 088/98 del JEMGFAA. Salio con Dictamen previo solicitando se agreguen todos los antecedentes. Vuelve a consideración, con los antecedentes agregados, solicitud efectuada por el .........................., para que se deje sin efecto Resolución Nº 088/98 del JEMGFAA, se efectuó dictamen . Opinión respecto del Proyecto de Manual Conjunto del Derecho Internacional de los Conflictos Armados. Referente a solicitud de ascenso efectuada por el .......................
240924
23 Feb 10
Referente a Proyecto de Decreto de solicitud de reubicación jerárquica efectuada por la señora ....................
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
DICTÁMENES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nº FECHA SUMARIO 17821 C 26 Feb 09 Se emite opinión en el sumario instruido a los efectos de determinar la eventual comisión del delito militar de “OTRAS FALSEDADES”, previsto y penado por el artículo 853 del Código de Justicia Militar, por parte del señor ......................
240862 19 Mar 09 En Expediente relacionado con la presentación del ..............., P por la cual solicita la revisión de la medida que dispuso su baja del Ejército Argentino, se solicitó al EMGE, como medida previa a emitir opinión, la totalidad de los antecedentes existentes en la Fuerza y la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército. 240863 30 Mar 09 Se requiere opinión sobre solicitud de pensión militar derivada P del extinto ................................. en beneficio de su nieto menor de edad. 17822 C 03 Abr 09 Se requiere asesoramiento respecto a la presentación efectuada por el .........................., quien solicita una indemnización por discapacidad laboral en los términos de la Ley de Riesgo del Trabajo Nro.° 24.557. 17823 C 04 Abr 09 Se requiere opinión respecto a las presentaciones formuladas por el señor .................................., a través de las cuales solicitó la constitución de Tribunales Superiores de Honor. 240864 P
15 Abr 09 Se solicita asesoramiento sobre la presentación formulada por profesores de la Universidad de San Andrés en el marco del Decreto Nro.° 1172/03 (Información Pública).
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15 Abr 09 Se requiere opinión sobre la presentación del .............................. a través de la cual solicitó la revisión del acto administrativo por el que se ordenó su pase a situación de retiro obligatorio. 240867 04 Abr 09 Se emite asesoramiento sobre la presentación formulada por el P ........................., mediante la que solicitó que la compensación establecida por el Decreto Nro.° 1653/08 sea considerada remunerativa y bonificable, y que se otorgue con el concepto sueldo.
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
17824 C 18 May 09 Se requiere análisis y opinión respecto a la determinación del derecho a la percepción de la “compensación por vivienda”, en el caso de matrimonio entre personal militar en actividad que no ocupa vivienda fiscal, en virtud de una inquietud planteada por el señor Director General de Personal Naval, a raíz del Dictamen Nro. 7222 emitido por el señor Director General de Asuntos Legales del Ministerio de Defensa. 240869 26 May 09 Se solicita opinión respecto de la petición efectuada por variP os civiles argentinos descendientes de británicos y por el ............................, a los fines que se los considere como Veteranos de la Guerra de Malvinas. 240872 12 Jun 09 Se requiere asesoramiento sobre la presentación formulada por el P ............................., relacionada con la instrumentación de suplementos diferenciados para los integrantes de las Fuerzas Armadas que obtengan títulos Universitarios, con independencia de los que hoy se le liquidan al personal profesional. 240873 17 Jun 09 Se emite opinión vinculada a la solicitud del beneficio de pensión P que efectuara el .........................., en su carácter de esposo viudo, de la extinta ............................ 240875 29 Jun 09 En Expediente relacionado con la presentación de la señora P .........................., por la cual solicita se le conceda a su padre el extinto ....................................., los beneficios previstos en la Ley 23.223, se solicitó al EMGE, como medida previa a emitir opinión, la totalidad de los antecedentes existentes en la Fuerza y la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército.
240876 P
03 Jul 09
240877 P
03 Jul 09
Se requiere asesoramiento respecto de la presentación efectuada por ante la señora Directora Nacional de Derechos Humanos y Derechos Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa por parte de la ....................................., vinculada a su imposibilidad de efectivizar el traslado ordenado por la Dirección de Armamento del Personal Naval. Se emite opinión vinculada a la solicitud del beneficio de pensión que efectuara el señor ...................... en su carácter de esposo viudo de la extinta .....................................
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
240878 P
23 Jul 09
240879 P
23 Jul 09
240880 P
240883 P 240885 P 240886 P
240888 P
240889 P
Se requiere asesoramiento sobre la presentación efectuada por el señor ................................, a través de la cual solicitó se revea su pase a situación de retiro obligatorio y se le otorgue el asenso a la jerarquía de Capitán de Fragata.
Se emite opinión respecto del recurso jerárquico interpuesto por la señora ......................, hija incapacitada del extinto ..............., por el cual solicita se haga lugar a su pedido de pensión militar. 24 Ago 09 Se requiere asesoramiento respecto del recurso jerárquico interpuesto por la señora ..................... contra la Resolución del JEMGE, que le denegara el pedido de pensión en su carácter de conviviente del extinto ................................... 03 Sep 09 Se requiere opinión respecto a la presentación efectuada por el ex ................................., mediante la cual solicitó su inclusión en la nomina de Veteranos de Guerra de Malvinas. 07 Sep 09 Se solicita asesoramiento respecto del recurso jerárquico interpuesto por el ex ................... contra la Resolución que le denegara el reconocimiento de Veterano de Guerra de Malvinas. 24 Sep 09 Se requiere opinión respecto de un Proyecto de Resolución mediante el cual se aprueba el Régimen de Funcionamiento y el Protocolo de Atención de las Oficinas de Género en el ámbito de cada una de las Fuerzas. 30 Sep 09 En Expediente relacionado con la interposición de un recurso jerárquico presentado por el ............................., en atención a la denegatoria de su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas, se solicitó al EMGE, como medida previa a emitir opinión, la totalidad de los antecedentes existentes en la Fuerza y la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército. 30 Sep 09 En Expediente relacionado con la presentación formulada por el .........................., mediante la cual solicita la reincorporación a la Fuerza Aérea Argentina y/o la jubilación que le correspondiese, se solicitó a la Fuerza de origen, como medida previa a emitir opinión, la correspondiente intervención de la máxima instancia de asesoramiento jurídico.
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
240890 P
30 Sep 09 En Expediente relacionado con la interposición de un recurso jerárquico presentado por el ....................., por el cual ataca la denegatoria de su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas, se solicitó al EMGE, como medida previa a emitir opinión, la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército.
240891 P
16 Oct 09
En Expediente relacionado con la presentación formulada por el ..................., en el cual solicita su inclusión en el listado de Veteranos de Guerra de Malvinas, se solicitó al EMGE, como medida previa a emitir opinión, la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército.
240892 P
16 Oct 09
En Expediente relacionado con la presentación formulada por la señora .............................., en el cual solicita el otorgamiento de una indemnización por incapacidad sufrida por el ......................, se solicitaron al EMGE, como medidas previas a emitir opinión, la realización de diversas diligencias probatorias y por último la correspondiente intervención de la Asesoría Jurídica del Ejército.
240894
28 Oct 09
Se solicita asesoramiento respecto de la presentación interpuesta por el .............................., mediante la que solicita se le reconozca la jerarquía de Suboficial Principal dentro del marco de la Ley Nro.° 20.508.
240895
16 Nov 09 Se requiere opinión respecto a la retroactividad del haber mensual permanente (Art. 78 inciso 3 Ley 19.101) otorgado al .................. .................. 03 Dic 09 En Expediente relacionado con el recurso jerárquico interpuesto por el ................................, contra la Disposición que le denegara el reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas, se solicitó a la Fuerza de origen, como medida previa a emitir opinión, la correspondiente intervención de la máxima instancia de asesoramiento jurídico.
240896 P
240897 P
03 Dic 09
Se emite opinión respecto de las funciones y los cargos a los que dentro de la AGFFAA correspondería otorgar el Suplemento por Responsabilidad de Cargo o Función (Art. 1° Decreto Nro.° 2769/03).
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
240898 P
15 Dic 09
En Expediente relacionado con el recurso jerárquico interpuesto por el ..........................., contra la Disposición que le denegara el reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas, se solicitó a la Fuerza de origen, como medida previa a emitir opinión, la correspondiente intervención de la máxima instancia de asesoramiento jurídico.
240899 P
15 Dic 09
240900
15 Dic 09
240901
15 Dic 09
240903
23 Dic 09
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23 Dic 09
240905
23 Dic 09
240906
23 Dic 09
En Expediente relacionado con la interposición de un recurso jerárquico presentado por tripulantes del “B/T CABO ESPIRITU SANTO” contra la Resolución que les denegara su condición de Veteranos de Guerra de la Armada, se solicitó previo a emitir opinión la realización de diligencias previas. En Expediente relacionado con la interposición de un recurso de queja y jerárquico presentado por el señor.......................... contra la Disposición que le denegara su condición como Veterano de Guerra de la Armada, se solicitó la realización de diligencias previas antes de emitir opinión. En Expediente relacionado con la interposición de un recurso jerárquico presentado por el señor .............................. contra la Disposición que le denegara su condición como Veterano de Guerra de la Armada, se solicitó previo a emitir opinión la realización de diligencias previas. Solicitud de beneficio de pensión efectuado por el señor ..................... en su carácter de esposo viudo de la extinta ............................ Presentación efectuada por el ........................... solicitando un reajuste de su haber de retiro conforme las previsiones de la Ley Nro. 19.392. Recurso Jerárquico interpuesto por el .............................. contra la Disposición del señor Director de Bienestar del Ejército por la cual se le denegara su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas. Solicitud interpuesta por el señor ....................., a efectos de que se le otorgue el grado de Oficial Naval que le corresponda por las acciones militares que manifiesta haber desempeñado en la Armada Argentina.
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CAPÍTULO 2 - DICTÁMENES
240907
28 Dic 09
240908
28 Dic 09
240909
29 Dic 09
240910
29 Dic 09
240913
11 Ene 10
240914
13 Ene 10
240915
18 Ene 10
240917
29 Ene 10
240918
05 Feb 10
240919
05 Feb 10
240925
25 Feb 10
Requerimiento de beneficio de pensión interpuesto por la señora .................., en su carácter de madre soltera del extinto ......................... Solicitud de pronto despacho en recurso jerárquico interpuesto por el ................................, a efectos de dilucidar si dicha presentación daría lugar a un reproche disciplinario. Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio interpuesto por la señora ................. contra la Resolución del señor JEMGE que le denegara el otorgamiento del beneficio de pensión en calidad de hija soltera mayor de cincuenta años. Recurso Jerárquico interpuesto por el ......................., contra Disposición del señor Director de Bienestar del Ejército que le denegara su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas. Presentaciones formuladas por el ................................. mediante las que solicita la revisión de la medida que dispuso su destitución y consecuente baja del Ejército Argentino y el otorgamiento de la pensión graciable vitalicia establecida por la Ley Nro. 24.310. Presentación efectuada por el señor ................................. mediante la cual solicita se revea su baja obligatoria de la Armada Argentina con el consecuente pase a situación de retiro a fin de poder percibir el beneficio previsto por la Ley Nro. 13.324 Solicitud efectuada mediante correo electrónico por el ......................... por la cual solicita se le reconozca la jerarquía de Suboficial Mayor. Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio interpuesto por la señora ........................ contra la Resolución del señor JEMGE que le denegara el otorgamiento del beneficio de pensión en calidad de viuda del ....................... Recurso Jerárquico interpuesto por el ................... contra la Disposición del señor Director de Bienestar del Ejército por la cual se le denegara su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas. Presentación efectuada por el ......................, mediante la que solicita su reincorporación a la Fuerza Área. Recurso Jerárquico interpuesto por el ..................... contra la Disposición del señor Director de Bienestar del Ejército por la cual se le denegara su reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas. 28
CAPÍTULO 3
EXPEDIENTES
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
CAPÍTULO 3
EXPEDIENTES EXPEDIENTES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO EJÉRCITO ARGENTINO* (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nro.
FECHA
SUMARIO Se solicitó al Comando Educación y Doctrina (COEDOC), que se informe las exigencia de naturaleza técnico jurídicas vigentes y especializaciones exigidas para los ciudadanos que aspiran a ingresar al Servicio Jurídico de la Fuerza. (Art 11 Inc. 2 Anexo V Ley 26.394). Se solicitó a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, que se informe la autoridad designada a cargo del Registro Único de Estado Disciplinario del Ejército, asimismo dirección de su sede, datos telefónicos y del correo electrónico. (Art 48 Anexo IV Ley 26.394).
Se solicitó a la Dirección General de Personal, del Estado Mayor General del Ejército, que se informe la estructura Orgánica de la Asesoría Jurídica del Ejército.(Art 18 Anexo V Ley 26.394). Se solicitó al Ministerio de Defensa (Dirección de Asuntos Militares) que se adopte el temperamento a fin de excitar los estudios de carácter conjunto que viabilicen las decisiones a efecto de alcanzar el objetivo determinado por la prescripciones de la Ley 26.394 (Art 22 Anexo V Ley 26.394).
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se solicitó a la Jefatura III Operaciones, del Estado Mayor General del Ejército, que en el caso de autoridades militares que efectúen denuncias de un ilícito, en cumplimiento a lo establecido por Art 24 Anexo I, Ley 26.394, se remita un parte circunstanciado detallando los hechos que lo motivaron, indicando Juzgado interviniente, carátula y número de la causa. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 1/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se solicitó a la Dirección General de Personal, del Estado Mayor General del Ejército, que se informe los elementos de la Fuerza que cuenten con oficiales auditores en sus cuadros de organización, como asimismo que se notifique cualquier alteración o modificación que se realice en el futuro. (Art. 19 Anexo V Ley 26.394). Se solicitó a la Dirección General de Personal, del Estado Mayor General del Ejército, que se informe el régimen establecido para reclutar y formar a los ciudadanos que aspiren a incorporarse al servicio de Justicia de la Fuerza. (Art 38 Resolución MD Nro. 112/2009). Se solicitó a la Secretaría General del Estado Mayor General del Ejército, se comunique a la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, toda decisión que se adopte a fin de ajustar la normativa interna vigente o constituya la emisión de una nueva directiva, relacionadas con lo establecido por la Ley 26.394, Art. 24, Anexo V.
* La presente publicación ha tomado los recaudos necesarios a fin de cumplir con la obligación de proteger los datos personales, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 25326. 31
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se solicitó a la Dirección General de Personal, del Estado Mayor General del Ejército, que se informe la nómina de oficiales auditores que, de conformidad al régimen disciplinario se desempeñarán como defensores y/o instructores. (Art 33 Resolución MD Nro. 112/2009) Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro 2/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se solicitó a la Asesoría Jurídica del Ejército, que en cumplimiento de la misión asignada a la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, respecto del contralor del régimen disciplinario (Art. 7, Anexo IV de la Ley 26.394), todas las instancias jerárquicas de la Fuerza, informe en oportunidad de VEINTICUATRO (24) horas, mediante mensaje militar, la instrucción de actuaciones, informaciones, por la eventual comisión de faltas disciplinarias “prima face”, cotizadas gravísimas. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de las CIRCULARES AGFFAA Nro. 3 y 4/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se solicitó a la Dirección de Bienestar, del Estado Mayor General del Ejército, se remita un listado de la totalidad de los Oficiales Auditores en situación de retiro de la Fuerza, en la que se consigne, último domicilio y número(s) telefónico(s) registrados.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro 6/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 7/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 8/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 9/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se reiteró a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe los elementos de la Fuerza que cuenten con oficiales auditores en sus cuadros de organización, como asimismo que se notifique cualquier alteración o modificación que se realice en el futuro. (Art 19 Anexo V Ley 26.394). Se reiteró a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe la integración del Consejo General de Disciplina, la identidad de quien se desempeña como Secretario, como asimismo dirección de su sede, datos telefónicos y del correo electrónico.(Art 35 Anexo IV Ley 26.394). Se reiteró a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe la autoridad designada a cargo del Registro Único de Estado Disciplinario del Ejército, asimismo dirección de su sede, datos telefónicos y del correo electrónico. (Art 48 Anexo IV Ley 26.394). Se elevó a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, el contenido de examen de ingreso de auditores, conforme la Creación del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas (Art. 11, Inc 2, Anexo V Ley 26.394). Se solicitó a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, que se adopte el temperamento necesario a fin de asegurar el estricto cumplimiento de lo previsto por el Art. 22, Anexo V de la Ley 26.394, relacionado al grado con que se incorporan los ciudadanos que ingresan al Escalafón Justicia de la Fuerza. 34
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 10/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 11/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09.
Se elevó anteproyecto de Reglamentación del Procedimiento Penal Militar para Tiempo de Guerra y otros conflictos Armados. Se solicitó a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, que al momento de determinarse las vacantes de ingreso correspondientes a los ciudadanos que aspiran a ingresar al Servicio de Justicia Militar Conjunto de las Fuerzas Armadas, se tenga en cuenta no solo las necesidades propias y específicas de la Fuerza, sino también las que derivan de las condiciones de vigencia de la reciente sancionada Ley Nro. 26.394. Se reiteró por segunda vez, a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe la nómina de oficiales auditores que, de conformidad al régimen disciplinario se desempeñarán como defensores y/o instructores. (Art 33 Resolución MD Nro. 112/2009). Se reiteró por segunda vez, a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe la autoridad designada a cargo del 35
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Registro Único de Estado Disciplinario del Ejército, asimismo dirección de su sede, datos telefónicos y del correo electrónico. (Art 48 Anexo IV Ley 26.394). Se reiteró por segunda vez, a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe la integración del Consejo General de Disciplina, la identidad de quien se desempeña como Secretario, como asimismo dirección de su sede, datos telefónicos y del correo electrónico. (Art 35 Anexo IV Ley 26.394). Se reiteró por segunda vez, a la Dirección General de Personal del Estado Mayor General del Ejército, a fin de que se informe los elementos de la Fuerza que cuenten con oficiales auditores en sus cuadros de organización, como asimismo que se notifique cualquier alteración o modificación que se realice en el futuro. (Art 19 Anexo V Ley 26.394) Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 12/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 13/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 14/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 15/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó informe a la Secretaría de Formación del Ministerio de Defensa, respecto a la realización del Seminario – Taller, dictado por el Cnel. My LOZANO, efectuado en la Escuela de Defensa de la República Argentina, los días 21 Ago 09 y 04 Sep 09. Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General del Ejército, que se comunique al personal designado para conformar el equipo de trabajo conjunto que elaborará el Plan de Carrera de Oficiales del Cuerpo de Auditores, que día 14 Oct 09, deberá concurrir a una reunión de coordinación a realizarse en la Auditoría General de las Fuerzas Armadas. Se elevó en devolución al Ministerio de Defensa (Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario), el resultado de la encuesta realizada en octubre de 2008, por el Ministerio Defensa, en el Marco del programa “Por un ambiente libre de discriminación y violencia laboral”. Asimismo se informa que con relación a este tema se emitió la CIRCULAR AGFFAA Nro 15/2009. Se elevó expediente al Ministerio de Defensa, vinculada con el alcance de la falta tipificada en el Art 10, Inc 12, del Anexo IV del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y en virtud de ello se emitió la CIRCULAR AGFFAA Nro 16/2009.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro 16/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se elevó expediente a la señora Ministra de Defensa, relacionado con la propuesta efectuada por el señor Comandante del Grupo Militar de los Estados Unidos en la República Argentina, en orden a la realización de un evento por parte del Comité Jurídico Militar de las Américas (COJUMA), en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se elevó a la Asesoría Jurídica del Ejército copia certificada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 17/2009, de conformidad con lo previsto por el artículo 14 Anexo V de la Ley 26.394, a los efectos de su acabado cumplimiento, lo previsto por los artículo 27 y 28, de la Resolución MD Nro. 112/09. Se dirigió nota a la Asesoría Jurídica del Ejército, informando que se llevará a cabo jornadas académicas los días 30 de noviembre, 1 y 2 de diciembre en el Instituto Nacional de Derecho Aeronáutico y Espacial de la Fuerza Aérea Argentina (INDAE), sito en la calle Viamonte 153, de esta ciudad, cuyo tema seleccionado será “Las Contrataciones en ámbito castrense”. Asimismo se solicitó la intervención de DOCE (12) auditores adscriptos y que presten servicios vinculados al tema. Se dirigió nota a la Contaduría General del Ejército, solicitando la colaboración de la Doctora Patricia ARIAS, para disertar en las jornadas académicas organizadas, por la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, los días 30 de noviembre, 1 y 2 de diciembre en el Instituto Nacional de Derecho Aeronáutico y Espacial de la Fuerza Aérea Argentina (INDAE), sito en la calle Viamonte 153, de esta ciudad, cuyo tema seleccionado será “Las Contrataciones en ámbito castrense”. 38
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se elevó nota al Ministerio de Defensa (Dirección de Asuntos Militares), solicitando que se arbitren los medios necesarios a fin de contar la Auditoría General de las Fuerzas Armadas, con una página web, de utilidad para la difusión de la normativa inherente al ámbito castrense y otros de menor entidad. Se elevó información en un CD, al Ministerio de Defensa (Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario), a fin de ser incorporada a la página web de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas. Se informó a la Señora Ministra de Defensa, el resultado de las actividades llevadas a cabo por los equipos de trabajo conformados por las respectivas Fuerzas Armadas, con la finalidad de estructurar un plan de carrera para sus Oficiales Auditores. Se informó a la Señora Ministra de Defensa, respecto de la re-redacción de los textos reglamentarios inherentes a cada Fuerza Armada del Código de Disciplina vigente para el ámbito castrense (Anexo IV de la Ley 26.394), y se elevó las actas suscripta por los representantes de cada una de las Fuerzas Armadas, respecto de las incorporaciones que se propicia efectuar en el Reglamento General de Disciplina. Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General del Ejército (Registro Único de Estado Disciplinario), que se eleve con fecha 28 de diciembre de 2009, 27 de enero de 2010 y 23 de marzo de 2010, los datos correspondientes al estado disciplinario de la Fuerza. Se reiteró al Jefe del Estado Mayor General del Ejército (Registro Único de Estado Disciplinario), que eleve con fecha 28 de diciembre de 2009, los datos correspondientes al estado disciplinario de la Fuerza. Se elevó expediente a la Asesoría Jurídica del Ejército, relacionado con la solicitud de pronto despacho formulada por el ................., informando que no obran actuaciones en la Auditoría General de las Fuerzas Armadas. 39
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
EXPEDIENTES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO ARMADA ARGENTINA (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nro.
FECHA
SUMARIO Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada información respecto de la autoridad designada a cargo del Registro Único de Estado Disciplinario, como asimismo su sede, dirección, datos telefónicos y correo electrónico. (Art. 48 Anexo IV Ley 26.394). Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada información sobre los integrantes del Consejo General de Disciplina, así como su sede, dirección, datos telefónicos y correo electrónico. (Art. 35 Anexo IV de la Ley 26.394). Asimismo se solicitó idénticos datos respecto de la totalidad de los Consejos de Disciplina de las Fuerzas (Art. 40 y 41 de la citada norma). Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre los requisitos exigidos a los efectos de ingresar como Auditor al Servicio Jurídico. (Art. 11 inc. 2 Anexo V Ley 26.394). Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre la estructura orgánica de la Asesoría Jurídica de la Armada. (Art. 18 Anexo V de la ley 26.394). Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre las Autoridades Navales que cuenten con Oficiales Auditores en sus cuadros de organización, así como cualquier alteración o modificación en ese orden que se realice en el futuro. (Art. 19 Anexo V Ley 26.394 y 35 de la Resolución MINIDEF Nro. 112/09). Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, según el artículo 24 del anexo V de la Ley 26.394, sobre las medidas que oportunamente se hayan adoptado y/o impongan en el futuro, tendientes a la adaptación de la normativa interna de la Armada a las previsiones de la citada ley.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
De conformidad a lo establecido en el artículo 38 de la Resolución MD Nro. 112/09 (Reglamentación del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas), se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre el régimen vigente para reclutar y formar a los ciudadanos que aspiren a incorporarse como Oficiales Auditores al Servicio de Justicia de la Armada. De conformidad a lo establecido en el artículo 33 de la Resolución MD Nro. 112/09 (Reglamentación del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas), se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre la nomina de Oficiales Auditores que, de conformidad al nuevo régimen disciplinario, se desempeñarán como defensores y/o instructores. Para conocimiento del Jefe del Estado Mayor General de la Armada se elevó un ejemplar de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 2/09, emitida de conformidad con lo previsto por el articulo 14 del Anexo V de la Ley 26.394, relacionada con las facultades y obligaciones impuestas a las autoridades navales, en el caso de la comisión de delito en jurisdicción militar. Para conocimiento del señor Asesor Jurídico de la Armada, se remitió un ejemplar de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 2/09, emitida de conformidad con lo previsto por el articulo 14 del Anexo V de la Ley 26.394, relacionada con las facultades y obligaciones impuestas a las autoridades navales, en el caso de la comisión de delito en jurisdicción militar. Se solicitó al Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se arbitren los medios necesarios a fin de asegurar que toda instancia jerárquica de la Fuerza que ordene la instrucción de actuaciones -información- por la eventual comisión de faltas disciplinarias “prima facie” consideradas gravísimas, lo informe a la Auditoria General dentro del término de 24 horas, mediante mensaje naval.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se solicitó al señor del Jefe del Estado Mayor General de la Armada por la ley 26.394, remita listado de la totalidad de los Oficiales Auditores en situación de retiro, en la que se consigne, además, último domicilio y número(s) telefónico(s) registrados. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 3/09, emitida de conformidad con lo previsto por el artículo 14 del Anexo V de la Ley 26.394, relacionada con la obligación de acatamiento de las circulares por parte de la totalidad del personal perteneciente al servicio de justicia de la Fuerza. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 4/09, emitida de conformidad con lo previsto por el artículo 14 del Anexo V de la Ley 26.394, relacionada con aspectos generales de la función de los auditores en su intervención en las contrataciones sobre adquisición de bienes y servicios, así como concesiones o permisos de espacios e inmuebles de la Fuerza. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 5/09, emitida de conformidad con lo previsto por el artículo 14 del Anexo V de la Ley 26.394, relacionada con recomendaciones vinculadas a investigaciones disciplinarias que se lleven a cabo en la Fuerza. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 6/09, relacionada con la tramitación de los requerimientos de intervención del Auditor General de las FF.AA. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 7/09, relacionada con las anomalías mas frecuentes detectadas en los legajos de contrataciones. 42
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó contenido examen de ingreso de auditores. Se comunicó al señor Asesor Jurídico de la Armada, que el día 11 de junio de 2009, a partir de las 10,00 horas, en sede del Salón San Martín del Edificio Libertador Azopardo 250 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, con motivo de conmemorarse, en fecha próxima, el Día del Auditor Militar y de los Cuerpos Jurídicos de las Fuerzas Armadas, se llevará a cabo una jornada académica que reconocerá como tema convocante: “Las Contrataciones en ámbito de las Fuerzas Armadas”. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 8/09, relacionada con un listado de cuestiones o temas a controlar por los Oficiales Auditores, para facilitar su tarea de asesoramiento y con la finalidad de que las contrataciones se realicen regularmente. Se comunicó al señor Asesor Jurídico de la Armada, que con motivo día del Auditor Militar y de los Cuerpos Jurídicos de las Fuerzas Armadas, se llevará a cabo una jornada académica que reconocerá como tema convocante “Las Contrataciones en el ámbito de las Fuerzas Armadas”. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 9/09, la cual trata sobre el procedimiento a seguir ante las situaciones relacionadas con la falta de deserción. Se reiteró al señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, información sobre las Autoridades Navales que cuenten con Oficiales Auditores en sus cuadros de organización, así como cualquier alteración o modificación en ese orden que se realice en el futuro. (Art. 19 Anexo V Ley 26.394 y 35 de la Resolución MINIDEF Nro. 112/09). 43
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Se reiteró al señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, según el artículo 24 del anexo V de la Ley 26.394, información sobre las medidas que oportunamente se hayan adoptado y/o impongan en el futuro, tendientes a la adaptación de la normativa interna de la Armada a las previsiones de la citada ley. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se informo que esta Auditoría General de las Fuerzas Armadas, ha emitido recientemente la Circular Nro. 11/09, entre otras cuestiones, con la designación de oficiales instructores en casos de faltas disciplinarias graves. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 10/09, relacionada con un listado de cuestiones o temas a controlar por los Oficiales Auditores, para facilitar su tarea de asesoramiento en la oportunidad de la emisión del dictamen jurídico previo al acto administrativo de aprobación y adjudicación de contrataciones. Se informó a la Dirección de Educación Naval, que se ha presentado el ......................, a los fines de que pueda rendir las materias que le faltan para finalizar los estudios de nivel medio y teniendo en cuenta que el causante se encuentra en el frente de ascenso, elevo el presente a sus efectos. Se informó a la Dirección de Armamento de Personal Naval, (Anexo 30), la solicitud para realizar estudios particulares del señor ....................... Se dirigió al señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, en relación con la misión asignada a esta Auditoría General de las Fuerzas Armadas, respecto del contralor del funcionamiento general del régimen disciplinario ordenado en el tercer apartado del Art. 7, anexo IV de la Ley 26394 y en especial con el informe de conclusiones que anualmente debe elevar este órgano asesor al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas y al Ministerio de Defensa. 44
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
En cumplimiento de lo ordenado por Mensaje Naval GFH 171226 JUL 2009, se elevó a la Dirección de Educación Naval, el informe relacionado con el señor ......... ................................ Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, y tomado conocimiento de la Disposición SJEM Nro. 4/09, relacionada con la promulgación de la Publicación R.G.-6-003“P” – REGLAMENTO DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS MILITARES – (REAAM) – 1ra. Edición 2009, se solicitó un ejemplar de la misma por cuanto resulta de interés contar con ella en el Departamento Armada de esta Auditoria General. Se solicitó a la Secretaría General Naval, tarjeta de estacionamiento como estafetero para el SIFU Luis Rubén ARO. Se informó a la Dirección de Educación Naval, en cumplimiento de lo ordenado por Mensaje Naval GFH 171226 JUL 2009, emitido por ese destino, el informe relacionado con el señor ................................... Se solicitó a la Dirección de Educación Naval mesa examinadora para el Cabo Principal Furriel MR 4052953 Luis Javir JUBERT. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 12 /09, elaborada a los efectos de precisar el alcance del texto de la falta leve prevista en el artículo 9º, inciso 21 del Anexo IV de la Ley Nro. 26.394. Se solicitó a la Dirección de Educación Naval, los trámites necesarios para suspender la percepción de la “Compensación para Adquisición de Textos y demás elementos de Estudios”, del ..................... de acuerdo a lo establecido en la Publicación R.A-6-004 “P” “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL PERSONAL DE LA ARMADA (R.A.P.A.) – Volumen I – Personal Militar Superior – Artículo 1.08.04 Punto 8. 45
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Por orden del señor Asesor Jurídico de la Armadas y a tenor de lo dispuesto en la Resolución del señor Secretario de Hacienda Nro. 353/00 y en el Decreto P.E.N. Nro. 691/00, informo que se presentó el ............. .................... perteneciente a esta Auditoria, solicitando se gestione la extensión del Certificado de Haberes a los efectos de tramitar ante el INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA un Crédito Hipotecario. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 13 /09, la cual trata del estricto y acabado cumplimiento de los procedimientos en materia disciplinaria, fijados por la Ley Nro. 26.394. Se solicitó a la Dirección de Comunicaciones e Informática de la Armada, (Indicativo Colectivo), que en atención a haberse creado el Servicio de Justicia Conjunto de la Fuerzas Armadas (Anexo V Ley Nro. 26.394), el cual se halla integrado por la totalidad de los Oficiales Auditores de la Armada Argentina, además de los del Ejército Argentino y la Fuerza Aérea Argentina (Artículo 1º Anexo I Resolución Ministerial Nro. 112/09), se sugirió agregar en la próxima edición del PCN-105 un indicativo colectivo conformado con las Autoridades Navales y destinos que cuentan con Oficiales Auditores en sus cuadros de organización. Se elevó a la Dirección de Educación Naval, certificado parcial de estudios, del señor ....................., según lo establecido en la Publicación R.A. –6–004 “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DE LA ARMADA” (R.A.P.A.) Volumen 1 - Titulo 1- Personal Militar de Oficiales - Artículo 1.08.04 – Inc. 7. .
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Para conocimiento del señor Director de Armamento del Personal Naval, agregado remito oficio S/Nro. S/L “R”, mediante el cual el señor ................................, solicitó se le conceda la baja de Armada Argentina, a partir del 30 de septiembre del corriente año (Artículo 1.09.05 – Inc. 1. Sub inciso 1.2. - Publicación R.A. –6–004 “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL PERSONAL DE LA ARMADA” (R.A.P.A.) - Volumen 1 - Título 1 - Personal Militar de Oficiales. Para conocimiento del señor Director de Armamento del Personal Naval y a tenor de lo establecido en la publicación R.A. 6–004 - “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL PERSONAL DE LA ARMADA” (R.A.P.A.) Volumen 1 - Título 1 - Personal Militar de Oficiales - Artículo 1.09.06 Inc. 2, agregado remito oficio S/Nro. S/L “C” suscripto por el señor ................... en el cual informó las causales de la solicitud de baja de la Institución. Se elevó a la Secretaria General Naval según lo solicitado en Memorando SSRI, PFY Nro. 45/09, Declaraciones Juradas, correspondientes al Personal Militar que revista en este destino, debidamente firmadas. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 14 /09, se Informó que la citada circular fue elaborada con la finalidad de determinar el proceder idóneo a asumir por parte de la autoridad naval correspondiente, según el tipo de acción que corresponda al delito cuya comisión se impute a personal militar, en el caso que contempla el inciso 23 del artículo 13 del Anexo IV de la Ley Nro. 26.394.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 15 /09, la cual trata de la “violencia laboral” y de sus implicancias disciplinarias en el nuevo régimen impuesto por la Ley Nro. 26.394. En cumplimiento a lo establecido en el artículo 1.12.04 de la Publicación R.A-6-004 – “P” - “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DE LA ARMADA” (R.A.P.A.) Volumen 1 – Titulo 1- Personal Militar de Oficiales, agregado se eleva a la Dirección de Armamento del Personal Naval, la solicitud efectuada por la señora Teniente de Fragata Auditor Doña Melisa Sabrina DONADIO, en la cual solicita autorización para usar el “Distintivo Capacitación de Infantería de Marina”. Para conocimiento del señor Director de Armamento del Personal Naval, se elevó, (ANEXO 30), solicitud para realizar estudios particulares del CPCPAU Raúl LACHNICHT. Para conocimiento del señor Director de Armamento del Personal Naval, se elevó, (ANEXO 30), solicitud para realizar estudios particulares de la señora Teniente de Fragata Auditor Doña Melisa Sabrina DONADIO. En cumplimiento a lo establecido en la Publicación R.A. –6–004 “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DE LA ARMADA” (R.A.P.A.) Volumen 1 - Titulo 1- Personal Militar de Oficiales - Artículo 1.08.04 – Inc. 7, agregado se elevó a la Dirección de Educación Naval, cuatro (4) fotocopias autenticadas de las materias aprobadas de los cursos: “Derecho de los Contratos” y “Derecho de la Salud”, de la señora Teniente de Fragata Auditor Doña Marcela Alejandra GUTIERREZ. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se eleve fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 16 /09, la cual trata de las implicancias disciplinarias de los distintos supuestos que pudieran constituir incompatibilidades en el ejercicio profesional, por parte del personal militar abogado. 48
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada JEMGA, se elevó fotocopia autenticada de la CIRCULAR AGFFAA Nro. 17 /09, la cual recuerda la obligatoriedad de la observación de determinados recaudos en la intervención de las instancias de asesoramiento técnico jurídico superior. Para conocimiento del señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, se informó que fueron publicados los Traslados Generales de Suboficiales correspondientes al periodo 2009-2010, incluyendo el movimiento de personal que presta servicio en destino. Se remitió a la Dirección de Educación Naval, la nota S/ Nro. S/L subscripta por el señor .........................., a sus efectos. Se solicitó a la Dirección de Educación Naval mesa examinadora para el Cabo Principal Furriel MR 405295-3 Luis Javir JUBERT. Para conocimiento del señor Comandante de la Fuerza de Submarinos, Adjunto se remite UN (1) recibo de Compensación Cambio de Destino, perteneciente al ..................., debidamente conformado.(T – C N 158485) Para conocimiento del señor Director de Armamento de Personal Naval y tomado conocimiento por el ...................... y en cumplimiento de los solicitado en el último párrafo del oficio cabeza, remito el presente. (Propuesto para el Ascenso). Para conocimiento del señor Director de Armamento de Personal Naval y tomado conocimiento y en cumplimiento de lo solicitado en el último párrafo del oficio cabeza, remito el presente. (Retiro ................... próximo 01 de febrero de 2011). AUFA,9ET Nro. 01/10 ”C”
Se elevó al Señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, Almirante Dn. Jorge Omar GODOY, para conocimiento y trámites ulteriores, el original del expediente .................., al que se ha incorporado copia de la Resolución AUFA Nro° 01/2010 “C”, mediante la cual esta AUDITORÍA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS 49
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
resolvió el pedido de recusación efectuado por el .................., de los miembros del Consejo General de Disciplina de la Armada. El expediente que elevo corresponde al proceso Nro. 06/09, en el cual el Consejo de Disciplina Puerto Belgrano le impusiera al causante la sanción de Destitución por considerar que incurrió en la falta gravísima de “Insubordinación”, siendo apelada por el mismo ante el referido Consejo General.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
EXPEDIENTES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO FUERZA AÉREA ARGENTINA (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nro. 5.737.075
5.737.077
5.737.078
5.737.076
5.737.559
5.738.712
5.738.711
5.738.714
FECHA SUMARIO 11 Mar 09 Requerimiento de informe efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir.Gral. Pers.), sobre la Autoridad de la FAA designada a cargo del Registro Único de Entrada Disciplinaria, sede, teléfonos, etc. 11 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir. Gral. Pers.), sobre la integración del Consejo General de Disciplina de la F.A.A. 11 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir. Gral. Pers.), relacionado con la Estructura Orgánica de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la F.A.A. 11 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Comando de Personal), relacionado con las exigencias técnico jurídicas y especializaciones para ingresar como Auditor en la F.A.A. 13 Mar 09 Requerimiento de informe efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, respecto de denuncia de ilícitos (Art. 24 del Anexo 1 de la Ley Nro. 26.394). 28 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Director de Asuntos Jurídicos), relacionado con ajustes de la normativa interna vigente y nuevas directivas relacionadas con la Ley Nro. 26.394. 26 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir Grl Pers), respecto a los Oficiales Auditores que se desempeñaran como defensores y/o instructores . 26 Mar 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir Grl Pers), relacionado con Organismos y Unidades de la F.A.A. que cuentan con oficiales del cuerpo profesional – escalafón jurídico.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
LA 07/09
5.747.814
5.738.713
5.758.413
5.758.492
21 May 09 Expediente del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, informando la integración de la “Comisión para la reglamentación del procedimiento penal militar para tiempos de guerra y otros conflictos armados”. 01 Jun 09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Dir Grl Pers), informando sobre la Jornada Académica de “Contrataciones en el ámbito de las Fuerzas Armadas” . 26 Ago09 Requerimiento efectuado al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea (Comando de Personal), relacionado con el Régimen para reclutar y formar a los ciudadanos que aspiren a ingresar al servicio de justicia de la F.A.A. 02 Oct 09 Ref. Plan de Carrera de los Oficiales del Cuerpo de Auditores, se solicita al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, la designación del personal que integrará el equipo de trabajo conjunto que elaborará la citada propuesta. 06 Oct 09 El Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, informa que designó para conformar el equipo de trabajo de revisión del Reglamento de Disciplina al Com José Luis Ayala y el Vcom Amador Gustavo Blanco.
5.762.275
13 Nov 09 Al Director de Asuntos Jurídicos de la Fuerza Aérea, informando sobre Jornadas Académicas en el INDAE, asunto “Las Contrataciones en Ámbito Castrense”.
Nota Nro. 09/09 letra carácter “1”
03 Dic 09 Al Ministerio de Defensa informando sobre la designación de las autoridades de la Escuela de Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas.
5.765.160
16 Dic 09 Al Jefe del Registro Único de Estado Disciplinario de la Fuerza, informando que se deberá elevar el Estado disciplinario en las fechas 28/12/09 - 27/01/10 - 23/03/10.
Exp. 5.766.215 FAA
30 Dic 09 Al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, Asesoría Jurídica. Informar, vacante para posgrado “Magister en Defensa Nacional” y “Curso Superior de Defensa Nacional”.
52
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES Exp. 5.766.272 FAA
05 Ene 10 Al Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, Registro Único de Estado Disciplinario. Reiterar solicitud sobre elevaciones de Estado disciplinario de fechas 28/12/09 - 27/01/10 - 23/03/10.
Exp. 5.766.684 FAA
13 Ene 10 Al Señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuera Aérea. Elevación de copia certificada de la Res. Nro. 1370/09.
Exp. 5.766.886 FAA
18 Ene 10 Al Señor Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, Dir. Gral. de Asuntos Jurídicos. Solicitar Auditores de esa Fuerza que se desempeñen como docente.
Nota Nro. 05/10 18 Ene 10 Al Señor Jefe del Estado Mayor General del Ejercito, Cód. 4º Letra A Asesor Jurídico. Solicitar Auditores de esa Fuerza que se Carácter P desempeñen como docente. Nota Nro. 06/10 18 Ene 10 Al Señor Jefe del Estado Mayor General de la Armada, Cód. 4º Letra A Asesor Jurídicos. Solicitar Auditores de esa Fuerza que se Carácter P 18 desempeñen como docente. ene 10
21 Ene 10 El Director General “Acc” de Asuntos Jurídicos informa denuncia penal por robo en unidad militar, causante NN.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
EXPEDIENTES EMITIDOS POR EL DEPARTAMENTO ADMINISTRACIÓN (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).FECHA
12 Mar 09
25 Mar 09
30 Mar 09
17 Abr 09
17 Abr 09
17 Abr 09
17 Abr 09
SUMARIO Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 9, en autos “SAGGESE ROBERTO MIGUEL CONTRA INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA FUERZA AEREA ARGENTINA sobre personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad” (EXPTE Nro. 2488/05), adjuntando dictamen 240524/00 y 240507/03. Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 7, en autos “FERNANDEZ SERGIO HORACIO C/E.N-EMGE-S/RETIRO MILITAR Y FUERZAS DE SEGURIDAD” (EXPTE Nro. 17339/94), adjuntando dictamen 240521/03. Oficio remitido al Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nro. 4, en autos “MUSSUMECI TIMAR C/E.N-MINISTERIO DEL INTERIOR- GENDARMERIA NACIONAL-S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y SEGURIDAD” ( EXPTE Nro. 28457/05), adjuntando dictamen Nro. 240465/02. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “GALIZZI RAMON Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- D.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 05-G-06), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “ZUIN EDUARDO DANEIL C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- D.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 370-Z-07), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “ANDRADA EMILIO JULIO Y OTROS C/E.N - MINISTERIO DE DEFENSAD.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 255-A-06), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “RODRIGUEZ SANTIAGO Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSAD.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 266-R-07), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
17 Abr 09
22 Abr 09
08 May 09
27 May 09
29 May 09
Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “CAÑETE JULIO CESAR C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- D.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 283-C-06), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 3 en autos “AROSA RAMON ANTONIO C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- SOBRE PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEGURIDAD” por el cual se remitió autenticada la copia del dictamen Nro. 17362). Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 3 en autos “AROSA RAMON ANTONIO C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- ARMADA ARGENTINA SOBRE PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEGURIDAD” (EXPTE Nro. 49695-95), adjuntando dictámenes Nro. 16979, 17126 y 17394. Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 2 en autos “VEGA MIRTA ALISI Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- EJERCITO ARGENTINO SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS” (EXPTE Nro. 2303-08), informando que esta Auditoría no cuenta con el archivo de actuaciones de justicia del tipo que se solicita. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “MALDONADO VICTOR MANUEL Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSAD.ORDINARIO” (EXPTE Nro. 321-M-07), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94.
29 May 09
Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 3 en autos “DIAZ CARLOS HECTOR C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- EJERCITO ARGENTINO Dto. Nro. 628/92 SOBRE PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEGURIDAD” adjuntando dictámenes Nro. 239514/94, 17234/94, 239387/94 y 17500/98.
03 Jun 09
Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 12 en autos “CABRERA DEBORA RUTH C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- EJERCITO ARGENTINO SOBRE PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEGURIDAD” (EXPTE Nro. 31578/06), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 16766/92.
55
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
05 Jun 09
25 Jun 09
25 Jun 09
31 Ago 09
31 Ago 09
31 Ago 09
28-Oct-09
28-Oct-09
Oficio remitido al Juzgado Federal de Primera instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Posadas, Misiones en autos “MEDINA PEDRO LUCIO Y OTROS C/E.N Y/ O-MINISTERIO DEL INTERIOR Y/O GENDARMERIA NACIONAL SOBRE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO” (EXPTE Nro. 188/06), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 16766/92. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “ESCUDERO MIGUEL Y OTROS C/E.N- F.A.A-ORDINARIO” (EXPTE Nro. 322E-07), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “HUBER EMILIO JUAN Y OTROS C/E.N- MINISTERIO DE DEFENSA-ORDINARIO” (EXPTE Nro. 033-H-07), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “LAVINI ALEJANDRO DANIEL C/E.N- MINISTERIO DE DEFENSA-D. ORDINARIO” (EXPTE Nro. 233-L-08), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “VILLA NUEVA OSVALDO Y OTROS C/E.N- MINISTERIO DE DEFENSA-ORDINARIO” (EXPTE Nro. 342-V-08), adjuntando dictámenes Nro. 236831/84 y 239514/94. Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 6 en autos “VANNAY ANGEL ENRIQUE Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DE DEFENSA- EJERCITO ARGENTINO SOBRE PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEGURIDAD” adjuntando dictámenes Nro. 240655/05, 240703/06, 240776/07 y 240777-07. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “RAMÍREZ JUAN CARLOS Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA – D. ORDINARIO” (Expte. Nro. 397-R-06) adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “GARCÍA OSCAR A. C/ ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA – D. ORDINARIO” (Expte Nro. 384-G-07) adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94.
56
CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
09 Dic 09
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09 Dic 09
09 Dic 09
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Oficio remitido al Juzgado de Primera Instancia Federal de la ciudad de Pasos de los Libres, Pcia. de Corrientes en autos “CORDOBA ALFREDO DANIEL C/PREFECTURA NAVAL ARGENTINA – MINISTERIO DEL INTERIOR – ESTADO NACIONAL P/RELIQUIDACION DE HABERES Y MEDIDA CAUTELAR” (Expte. Nro. 2-11.009/07), adjuntando fotocopia autenticada del Decreto Nro. 1081/05. Oficio remitido al Juzgado de Primera Instancia Federal de la ciudad de Pasos de los Libres, Pcia. de Corrientes en autos “TISOCCO HORACIO RAUL Y OTROS C/PREFECTURA NAVAL ARGENTINA – MINISTERIO DEL INTERIOR – ESTADO NACIONAL S/ORDINARIO MEDIDA CAUTELAR” (Expte. Nro. 2-11417/07), adjuntando fotocopia autenticada del Decreto Nro. 1081/05. Oficio remitido al Juzgado de Primera Instancia Federal de la ciudad de Pasos de los Libres, Pcia. de Corrientes en autos “SAMPAYO ROQUE RAMON C/PREFECTURA NAVAL ARGENTINA – MINISTERIO DEL INTERIOR – ESTADO NACIONAL S/PLANTEA INCOSTITUCIONALIDAD Y MEDIDA CAUTELAR HOY RELIQUIDACION DE HABERES Y MEDIDA CAUTELAR” (Expte. Nro. 2-10791/06), adjuntando fotocopia autenticada del Decreto Nro. 1081/05. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 1 de Córdoba en autos “OVIEDO MIGUEL CEFERINO Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSAFUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte. Nro. 15-O-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 1 de Córdoba en autos “LUCCHINI VICTOR RAUL Y OTRO C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte. Nro. 41-L-07), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “DE LA VEGA WALTER ADRIAN Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSAFUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte. Nro. 468-D-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “DOPICO FERNANDO ARIEL Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSAFUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte. Nro. 333-D-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94.
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CAPÍTULO 3 - EXPEDIENTES
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04 Feb 10
Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “REYNA JULIO CESAR Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte Nro. 514-R-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “GIAVARINI ANIBAL HONORIO C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte Nro. 361-G-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “BALLESTEROS JUAN CARLOS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte Nro. 164-B-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 3 de Córdoba en autos “BAIGORRIA NESTOR FABIAN Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSAFUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte Nro. 471-B-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Federal Nro. 1 de Córdoba en autos “MEDINA CRISTIAN LUIS Y OTROS C/E.N -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA - ORDINARIO” (Expte Nro. 361-G-08), adjuntando dictámenes Nro. 236.831/84 y 239.514/94. Oficio remitido al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro° 10, Secretaría Nro° 19 en los autos “BARDERI ANDRES C/ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE DEFENSA – AA. DTO. 1490/02 S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FF.AA Y DE SEGURIDAD” (EXPTE Nro. 8370/07).
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CAPÍTULO 4
CIRCULARES
CAPÍTULO 4 - CIRCULARES
CAPÍTULO 4 CIRCULARES CIRCULARES DE LA AGFFAA (Período 27 de febrero de 2009 / 26 de febrero de 2010).Nº
FECHA
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SUMARIO Facultades limitadas y precisas que debe cumplir la autoridad castrense en caso de comisión de injustos penales (deber de notificación). Facultades limitadas y precisas que debe cumplir la autoridad castrense en caso de comisión de injustos penales (preservación de rastros, aprehender a presuntos culpables, etc.). Responsabilidad del oficial auditor que reciba circulares o en su caso máxima instancia jurídica jerárquica de asegurar el acabado conocimiento del contenido de las circulares. Aspectos a tener en cuenta por el auditor en tema respecto a los contratos de adquisición de bienes y servicios efectuados por instituciones castrenses. Procedimiento en la sustanciación de actuaciones (información disciplinaria) en caso de eventual comisión de una falta disciplinaria grave o gravísima. Requisito ineludible de intervención del Ministerio de Defensa, previo a la intervención de la Auditoría General de las Fuerzas Armadas.
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Anormalidades detectadas en los legajos de contrataciones de las Fuerzas Armadas. Cuestiones o temas a controlar por oficiales auditores para facilitar el asesoramiento en contrataciones castrenses. Aspectos relacionados con la falta gravísima de deserción. Cuestiones o temas a controlar por los Oficiales Auditores, referente al tema de las contrataciones de las fuerzas armadas; para facilitar la tarea de asesoramiento en la oportunidad de la emisión del dictamen jurídico previo al acto administrativo de aprobación y adjudicación. Designación del oficial auditor para la sustanciación de una información disciplinaria en casos de faltas disciplinarias graves, cuando exista complejidad. Procedimiento a seguir en la conducta llevada a cabo por el militar que no informare o diere información falsa al superior de toda modificación a su estado civil o integración del grupo familiar Vigencia del nuevo Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas. Procedimiento a asumir por la autoridad militar, a fin de ejercer las facultades disciplinarias en caso de comisión de delitos de acción pública, dependientes de acción privada.
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Violencia laboral, posible implicancia disciplinaria. Posible incompatibilidad en el ejercicio de la profesión, alcance del articulo 10, inciso 12 del Anexo IV de la Ley 26.394. Estricta observancia de requisitos que se deberán tener en cuenta en la evaluación de expedientes por parte de los Auditores de las Fuerzas. Creación de la “Escuela del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas”. Acoso Sexual.
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CAPÍTULO 5
ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS
CAPÍTULO 5 - ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS
CAPÍTULO 5 ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS Entre las funciones principales que la Ley Nro. 26.394 asignó a la Auditoria General de las Fuerzas Armadas se encuentra la de ejercer la supervisión y contralor general del funcionamiento del sistema disciplinario. El artículo 7 del Código Disciplinario de las Fuerzas Armadas, en su último párrafo, dispone que: “No obstante el régimen de control sobre casos particulares, la Auditoría General de las Fuerzas Armadas deberá evaluar el funcionamiento general del régimen disciplinario en relación al cumplimiento de sus finalidades. El titular de dicha instancia de contralor presentará, anualmente, con sus conclusiones ante el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas y el ministro de Defensa.” Como puede advertirse, corresponde a la máxima instancia del Servicio de Justicia Conjunto de las Fuerzas Armadas dos tipos de control sobre el sistema disciplinario: 1. Particular, esto es, evaluando caso por caso en la medida que llegan a su conocimiento. 2. Estructural, es decir, observando el funcionamiento general del sistema detectando los aspectos centrales en términos globales. El nuevo régimen disciplinario para las Fuerzas Armadas comenzó a regir, luego de un periodo de seis meses de vacancia, en el mes de febrero de 2009. Poco tiempo antes el Ministerio de Defensa, considerando las necesidades, emitió la Resolución Nro. 125/09 la cual reglamenta en cuatro diferentes anexos, los aspectos generales del régimen disciplinario y los particulares de cada Fuerza. Luego de aproximadamente un año y medio de funcionamiento, el sistema disciplinario ha comenzado a arrojar sus primeros resultados. Los datos que acompañan el presente Informe de la Auditoria General de las Fuerzas Armadas muestran el funcionamiento del sistema disciplinario en su primer año de aplicación efectiva. En términos absolutos, al 28 de febrero de 2010, las diferentes instancias de las tres Fuerzas Armadas aplicaron un total de 7.063 sanciones disciplinarias. Dicha cantidad se 174
CAPÍTULO 5 - ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS
distribuye de la siguiente manera: Ejército (5376), Armada (1411) y Fuerza Aérea (276). Este dato es marcadamente significativo habida cuenta del heterogéneo escenario en cada una de las Fuerzas que, evidentemente, no puede ser explicado únicamente a partir de las diferentes cantidades de dotación de personal militar que cada una posee. Asimismo, la frecuencia en el uso de las diferentes clases de sanciones en los casos de la Armada y la Fuerza Aérea respetan la graduación establecida legalmente en el artículo 14 del Código de Disciplina evidenciándose una mayor aplicación de la sanción de apercibimiento, luego la sanción de arresto simple, después la sanción de arresto riguroso y finalmente la sanción de destitución. Por su parte, este orden recibe una pequeña alteración en el caso del Ejército, donde el apercibimiento queda en segundo lugar respecto del arresto simple. Por su parte, también con respecto a las faltas disciplinarias cometidas y sancionadas se observar una graduación similar teniendo las faltas leves, en las tres Fuerzas, un porcentaje superior al 90%, siguiendo en segundo lugar las faltas graves y las faltas gravísimas que al momento del cierre del presente informe solo se habían registrado una sanción firme y consentida y tres en instancia de apelación en el ámbito de la Armada mientras que, en el marco del Ejército y de la Fuerza Aérea, no se había aun sancionado falta gravísima alguna. Conviene tener en cuenta, sobre el punto, que la aplicación de sanciones gravísimas exige una instrucción previa con una duración máxima de seis meses de acuerdo a lo establecido por el artículo 31 del Código de Disciplina. En ese sentido, debe señalarse que una cierta cantidad de investigaciones por posibles comisiones de faltas gravísimas se encontraban en curso de instrucción al mes de febrero del corriente año.1 Con respecto a los grupos de personal militar sancionado cabe decir que el mayor peso del régimen disciplinario recae sobre el cuadro de Tropa en términos comparativos. En efecto, debe tenerse en cuenta que en términos absolutos la cantidad de sanciones impuestas al persona de Soldados Voluntarios es menor con relación, por ejemplo, al del Cuadro de Suboficiales; no obstante, la menor cantidad de personal militar de Cuadro de Tropa en la cantidad total de personal militar de cada Fuerza muestra una relación de “cantidad de sanciones/cantidad de personal militar” que arroja un porcentaje mayor.2 1 En el caso de la Armada las instrucciones en curso de desarrollo resultaban 18, en el caso del Ejército 148 y ninguna en el caso de la Fuerza Aérea. 2 Esta situación es bien ilustrada en el caso de la Armada en donde, por ejemplo, la cantidad de personal militar del Cuadro de Tropa es de 1627 y la cantidad de sanciones aplicadas 328 dado como resultado un % 20,15, mientras que la cantidad de personal militar del Cuadro de Suboficiales es de 14.355 y la cantidad de sanciones disciplinarias aplicadas de 913, dando como resultado un % 6,36. En síntesis, un 20 % del personal de Tropa es sancionado mientras sólo un 6 % del personal de Suboficiales. 175
CAPÍTULO 5 - ESTADO DISCIPLINARIO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Asimismo, en relación con la distribución por sexos en la aplicación de correctivos disciplinarios se deduce que del total de sanciones disciplinarias aplicadas en las Fuerzas Armadas durante el primer año de vigencia del nuevo régimen el 8,48 % fueron sobre personal militar femenino. Dicha relación se desprende del siguiente cuadro:3
Ejército Armada Fuerza Aérea Totales
Femenino 477 91 31 599
Masculino 4899 1320 245 6464
A continuación se incluyen los cuadros y diagramas estadísticos elaborados en base a los Registros Únicos de Estado Disciplinario de cada Fuerza Armada que se encuentran previstos en el artículo 48 del Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas y funcionan en la órbita de las Direcciones Generales de Personal de cada Fuerza.
3 Debe tenerse en cuenta que el personal militar femenino de las Fuerzas Armadas es cuantitativamente menor al masculino, por lo cual, podría inferirse que proporcionalmente existe una desigualdad estructural (en proceso de transformación paulatina) que no puede desconocerse al momento de analizar los datos según estas variables. Si bien porcentualmente la mayor carga del ejercicio disciplinario recae por el momento sobre el personal militar masculino, el hecho de que sólo el 11,56 % del personal militar sea del sexo femenino obliga a una valoración cualitativa de la realidad disciplinaria que podría indicar lo inverso a los datos exclusivamente numéricos. 176
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Autoridades del Ministerio de Defensa Dra. Nilda Garré Ministra de Defensa Lic. Gustavo Sibilla Secretario de Estrategiay Asuntos Militares Lic. Oscar Julio Cuattromo Secretario de Planeamiento Lic. Alfredo Waldo Forti Secretario de Asuntos Internacionales de la Defensa Dr. Raúl Alberto Garré Jefe de Gabinete Lic. Mauro Vega Subsecretario de Planificación Logística y Operativa de la Defensa Lic. Juan Estanislao López Chorne Subsecretario de Planeamiento Estratégico y Política Militar Dra. Sabina Frederic Subsecretaria de Formación Dra. Mirta Iriondo Subsecretaria de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico Lic. Patricia Báez Rocha Subsecretaria de Coordinación Dra. Ileana Arduino Directora Nacional de Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario Lic. Jorge Luis Bernetti Director de Comunicación Social 189