COMPARATIVO DE LEY DE INGRESOS VIGENTE VS LEY DE INGRESOS PROPUESTA AFECTACIONES EN EL AREA DE RESTAURANTEROS CONCEPTO LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO- APERTURA O REFRENDO ANUAL
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
PROPUESTA EN PESOS
INCREMENTO EN %
Min - SMG
Max - SMG
Min - UMA
Max - UMA
$88,36
$88,36
$80,60
$80,60
Min
Max
(IX 98.I) Clubs, centros nocturnos, bares, cabarets y discotecas, en que se expendan bebidas alcohólicas.
15,00
30,00
20,00
50,00
$1.325,40
$2.650,80
$ 1.612,00
$ 4.030,00
22%
52%
(IX 98.II) Restaurantes, fondas, loncherías, minisúper y demás en que se expendan bebidas alcohólicas de:
2,50
15,00
5,00
20,00
$220,90
$1.325,40
$
403,00
$ 1.612,00
82%
22%
LIX. Restaurantes sin venta de bebidas alcohólicas
3,50
8,00
10,00
50,00
$309,26
$706,88
$
806,00
$ 4.030,00
161%
470%
LVII. Restaurantes con bebidas alcohólicas, con vino de mesa excepto cerveza
8,00
14,00
50,00
300,00
$706,88
$1.237,04
$ 4.030,00
$ 24.180,00
470%
1855%
LVIII. Restaurantes con venta de cerveza y bebidas alcohólicas
5,50
10,00
50,00
300,00
$485,98
$883,60
$ 4.030,00
$ 24.180,00
729%
2637%
LX. Salones de espectáculos LXIII. Supermercados
3,00 5,50
10,00 12,00
100,00 100,00
500,00 1000,00
$265,08 $485,98
$883,60 $1.060,32
$ 8.060,00 $ 8.060,00
$ 40.300,00 $ 80.600,00
2941% 1559%
4461% 7501%
XVIII. Cabarets, cantinas, salones de baile y establecimientos similares
12,00
28,00
100,00
500,00
$1.060,32
$2.474,08
$ 8.060,00
$ 40.300,00
660%
1529%
XXIII. Congeladora y empacadora de mariscos
5,50
28,00
300,00
1000,00
$485,98
$2.474,08
$ 24.180,00
$ 80.600,00
4876%
3158%
XXVIII. Expendio de bebidas alcohólicas en envase cerrado: a) Al mayoreo:
5,50
12,00
50,00
100,00
$485,98
$1.060,32
$ 4.030,00
$ 8.060,00
729%
660%
XXVIII. Expendio de bebidas alcohólicas en envase cerrado: b) Al menudeo:
5,50
10,00
50,00
100,00
$485,98
$883,60
$ 4.030,00
$ 8.060,00
729%
812%
XXIX. Expendio de gasolina y aceite
5,50
10,00
50,00
100,00
$485,98
$883,60
$ 4.030,00
$ 8.060,00
729%
812%
Existe una incongruencia muy grande entre tasar rubros como clubs, centros nocturnos, bares, cabarets y discotecas con bebidas alcohólicas vs un restaurante con venta de bebidas alcohólicas, teniendo el primero un máximo de 50 UMAS ($,4030 pesos aproximadamente) y un restaurante familiar con un máximo de 300 UMAS ($24,180 pesos aproximadamente). Con esto, se está fomentando el giro de negocios más riesgosos y hay una afectación mayor a negocios sanos. Existe una gran preocupación en el sector restaurantero por la posible llegada de restaurantes de cadena, los cuales desplazarían a los pequeños restaurantes, quienes, por no poder cubrir estos incrementos excesivos, estarían condenados al cierre, abriendo la puerta a negocios más grandes. Todo esto se contrapone con nuestra escencia de un Pueblo con Encanto y la intención a futuro de convertirnos en un Pueblo Mágico.
AFECTACIONES EN EL AREA DE ECOTURISMO CONCEPTO LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO- APERTURA O REFRENDO ANUAL (LXXII) Parques temático, de diversiones y ecoturisticos
VIGENTE EN SGM Min - SMG
Max - SMG
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
Min - UMA
Max - UMA
$88,36
100,00
1000,00
$88,36
PROPUESTA EN PESOS $80,60
$80,60
$ 8.060,00
$ 80.600,00
INCREMENTO EN % Min
Max
Se adiciona este rubro
Este rubro en particular es preocupante para la zona de la Ruta de Los Centoes, que hasta hoy ha sido un diferenciador de nuestro pueblo y del cual viven muchas personas de nuestro municipio. Querer tasar con un rango de 8 mil a 80 mil pesos a un pequeño negocio de giro ecoturístico ubicado en una región carente de recursos y servicios como Delirios o Leona Vicario, sería devastador. En este rubro debería existir un desglose en el que se considere el tamaño y la infraestructura del desarrollo ecoturístico que se quiera tasar, porque no es lo mismo un parque como Xenotes contra un pequeño predio con un cenote sin más infraestructura operado como un parque ecológico familiar.
AFECTACIONES EN EL AREA DE CONSTRUCCION CONCEPTO LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO- APERTURA O REFRENDO ANUAL LXXIV. Venta de materiales para construcción
XXXI. Fábricas de bloques, mosaicos y cal LXXVIII. Inmobiliarias XXIV. Constructoras
XXXIV. Ferreterías LXXIII. Transportes de materiales para construcción por unidad
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
Min SMG
Max SMG
Min - UMA
Max - UMA
5,50 5,50
12,00 10,00
100,00 100,00
500,00 500,00
$485,98 $485,98
1,00 5,50 3,10
5,00 14,00 8,50
50,00 50,00 10,00
300,00 300,00 100,00
$88,36 $485,98 $273,92
0,50
1,00
3,00
14,00
$44,18
88,36
88,36
PROPUESTA EN PESOS 80,60
Min
Max
$1.060,32 $ 8.060,00 $883,60 $ 8.060,00
$ 40.300,00 $ 40.300,00
1559% 1559%
3701% 4461%
$441,80 $ 4.030,00 $1.237,04 $ 4.030,00 $751,06 $ 806,00
$ 24.180,00 $ 24.180,00 $ 8.060,00
4461% 729% 194%
5373% 1855% 973%
$ 1.128,40
447%
1177%
$88,36 $
80,60
INCREMENTO EN %
241,80
Existe una discrepancia muy grande entre lo que tendría que pagar un negocio como una tienda de materiales o una fábrica de bloques contra el monto máximo tasado para una Inmobiliaria o constructora. En Puerto Morelos no tenemos tiendas grandes de materiales, no hay Home Depot, Boxito, etc, todos son negocios pequeños, familiares, y no se puede comparar una tienda de fabricación de block contra una constructora como ITM que tiene desarrollos residenciales y comerciales gigantescos en
la zona. Como es posible que un negocio pequeño tuviera que pagar de 8 mil a 40 mil pesos mientras que una empresa como ITM u otras de similar tamaño paguen la mitad (4 mil a 24 mil pesos). Esto es una incongruencia, y a la larga hará que los negocios pequeños del ramo de la construcción se vean forzados a cerrar (solo como ejemplo, un incremento de un 973% para una pequeña ferretería de un año a otro es desproporcionado).
AFECTACIONES EN EL AREA DE HOTELERIA CONCEPTO LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO- APERTURA O REFRENDO ANUAL
XXXVI. Hoteles: a) De primera (cuatro y cinco estrellas): XXXVI. Hoteles: b) De segunda (dos y tres estrellas): XXXVI. Hoteles: d) De casa de huéspedes:
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
PROPUESTA EN PESOS
INCREMENTO EN %
Min SMG
Max SMG
Min - UMA
Max - UMA
88,36
88,36
80,60
80,60
Min
Max
12,00
28,00
100,00
1000,00
$1.060,32
$2.474,08
$ 8.060,00
$ 80.600,00
660%
3158%
8,00 1,60
12,00 5,50
50,00 10,00
500,00 50,00
$706,88 $141,38
$1.060,32 $485,98
$ 4.030,00 $ 806,00
$ 40.300,00 $ 4.030,00
470% 470%
3701% 729%
En cuanto al trámite de licencia de funcionamiento, están proponiendo incrementos en los rangos mínimos y máximos que van desde un 470% a un 3,700%, siendo los más afectados los hoteles pequeños de 2 y 3 estrellas con el mayor porcentaje de incremento. Dichos hoteles son los del centro de Puerto Morelos, todos ellos con menos de 30 cuartos de hotel cada uno. Los hoteles de 4 y 5 estrellas tienen en promedio 400 cuartos. A un hotel pequeño de 2 estrellas pretenden cobrarle un 50% de lo que le cobrarían a un hotel AlI Inclusive de 5 estrellas, no habiendo punto de comparación entre ambos en cuanto a tamaño, ingresos y recursos. Se requiere un desglose más detallado en este rubro para poder tasar adecuadamente en base a las características de cada grupo y manejando valores razonables de acuerdo a cada uno, considerando entre varios factores el tamaño y la ubicación. Mención aparte merece el nuevo rubro que quieren adicionar para el sector hotelero: CONCEPTO
SERVICIOS DE PROTECCION Y SANEAMIENTO AMBIENTAL Derecho de Saneamiento ambiental
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
-
0,30
-
PROPUESTA EN PESOS $
24,18
INCREMENTO EN % Se adiciona este rubro.
* Cobro por cada habitación/noche de hospedaje
Pretenden agregar un nuevo impuesto al sector hotelero el cual afectaría a un más el ya de por si complicado panorama turístico para los próximos años. Hay que tomar en cuenta que ya desde hace varios años se aplica un impuesto del 3% de hospedaje (adicional al 16% de IVA). Dicho impuesto, solo aplicable al ramo hotelero, en su momento se justificó como destinado para realizar promoción turística pero la realidad es que al día de hoy se desconoce su destino. Esto significa que actualmente ya se grava con un 19% de impuestos a la hotelería. Y ahora pretenden incluir un impuesto más de 0.30 UMAS por cada noche de hotel. Aunque para justificarlo dicen que no es un impuesto, y lo llamen “derecho”, al final es un pago que se tiene que hacer por cada noche de hotel recibida, y aunque mencionan que es un cobro que tiene que hacer el huésped, la realidad es que el que lo paga al gobierno es el hotelero, el cual tiene que incluir en su factura al cliente este nuevo derecho. A final de cuentas, este monto de
$24.18 pesos se tiene que agregar al monto que se le cobrará al huésped, incrementando así los precios y haciendo que se pierda competitividad ante otros destinos turísticos. Cabe destacar que para hoteles de 2 y 3 estrellas con menos de 30 cuartos y con tarifas promedio de 500 a mil pesos, $25.18 pesos puede traducirse entre un 2.5% a un 5% adicional de carga tributara, y esto aunado al 3% de hospedaje y al 16% de IVA se eleva a un total de hasta 24% por cada peso recibido (sin deducir gastos de operación ni descontar el ISR después de la utilidad).
AFECTACIONES EN EL AREA DE CULTURA CONCEPTO LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO- APERTURA O REFRENDO ANUAL XXVII. Diversiones y espectáculos públicos: a) Por un día: XXVII. Diversiones y espectáculos públicos: c) Por más de tres meses, hasta seis meses: XXVII. Diversiones y espectáculos públicos: b) Por más de un día, hasta tres meses: XXVII. Diversiones y espectáculos públicos: d) Por más de seis meses, hasta un año:
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
VIGENTE EN PESOS
PROPUESTA EN PESOS
INCREMENTO EN %
Min SMG
Max SMG
Min - UMA
Max - UMA
88,36
88,36
80,60
0,30
1,60
50,00
100,00
$26,51
$141,38
$ 4.030,00
$ 8.060,00 15103%
5601%
1,60
3,00
300,00
500,00
$141,38
$265,08
$ 24.180,00
$ 40.300,00 17003%
15103%
0,70
3,00
100,00
300,00
$61,85
$265,08
$ 8.060,00
$ 24.180,00 12931%
9022%
3,00
5,50
300,00
500,00
$265,08
$485,98
$ 24.180,00
$ 40.300,00
8193%
80,60
Min
9022%
Max
Creemos que deberíamos fomentar más la realización de eventos culturales y deportivos en áreas públicas para beneficio de los habitantes de Puerto Morelos, los jóvenes, la gente mayor, los turistas y cualquier ciudadano Qué pasará con las actividades en los parques como circos itinerantes, eventos deportivos o culturales que quisieran venir a realizar un evento en Puerto Morelos? Tal vez muchos de ellos decidirán realizar sus eventos en otros destinos en donde no les implique gastos tan onerosos para poder realizar su evento. La cancelación de eventos afectará la derrama económica para el destino, impactando directamente tanto a artesanos, restauranteros, tiendas de conveniencia, hoteleros, etc. lo cual a la larga se traduce en una menor recaudación de impuestos.
AFECTACIONES EN EL AREA DE DESARROLLO URBANO Y CATASTRO
CONCEPTO
DESARROLLO URBANO
VIGENTE EN SGM
PROPUESTA EN UMAS
Min - SMG Max - SMG Min - UMA Max - UMA
VIGENTE EN PESOS
PROPUESTA EN PESOS
INCREMENTO EN %
88,36
88,36
80,60
80,60
Min
Max
Expedición de toda licencia de construcción, refrendos y terminación. Casa habitación- de interés medio, con más de 55 m2 hasta 95 m2, se pagara por m2 de construcción
0,15
0,15
0,60
0,60
$13,25
$13,25
$48,36
$48,36
265%
265%
Residencial, con más de 95 m2 hasta 160 m2 por m2 de construcción. 1. Zona urbana
0,25
0,25
0,70
0,70
$22,09
$22,09
$56,42
$56,42
155%
155%
Residencial, con más de 95 m2 hasta 160 m2 por m2 de construcción. 2. Zona turistica
0,30
0,30
0,80
0,80
$26,51
$26,51
$64,48
$64,48
143%
143%
Residencial de lujo con más de 160 m2, por m2 de construcción. 1. Zona urbana
0,90
0,90
$72,54
$72,54
Se adiciona este rubro
Residencial de lujo con más de 160 m2, por m2 de construcción. 2. Zona turistica
1,00
1,00
$80,60
$80,60
Se adiciona este rubro
Por revisión, validación y aprobación de planos:1. En la primera planta m2. 2. En la segunda planta m2. 3. En la tercera planta y subsecuentes.
0,08
0,08
$0,00
$0,00
$6,45
$6,45
Se adiciona este rubro
Cuando se trate de construcciones destinadas a fines comerciales, de servicios, industriales y/o hotelero de cualquier índole distinta a la establecida en la fracción anterior se pagará por m2 de construcción. a) Comercial, de servicios, industrial y hotelero, zona urbana. Cuando se trate de construcciones destinadas a fines comerciales, de servicios, industriales y/o hotelero de cualquier índole distinta a la establecida en la fracción anterior se pagará por m2 de construcción. b) Comercial de servicios, industrial y hotelero, zona turística. Licencias de demolición. Casa – habitación cualquiera que sea su tipo por m2 Construcciones destinadas a fines distintos por m2
0,30
0,30
0,80
0,80
$26,51
$26,51
$64,48
$64,48
143%
143%
0,60
0,60
1,00
1,00
$53,02
$53,02
$80,60
$80,60
52%
52%
0,15
0,15
0,30
0,30
$13,25
$13,25
$24,18
$24,18
82%
82%
0,30
0,30
0,60
0,60
$26,51
$26,51
$48,36
$48,36
82%
82%
3,00
3,00
$241,80
$241,80
Se adiciona este rubro
10,00
10,00
$806,00
$806,00
52%
Por autorización de régimen de propiedad en Condominio. Interés Social
Medio
6,00
6,00
$530,16
$530,16
52%
Residencial zona urbana
8,00
8,00
15,00
15,00
$706,88
$706,88
$1.209,00 $1.209,00
Residencial zona turística
20,00
20,00
$1.612,00 $1.612,00
Comercial zona urbana Comercial zona turística
15,00
15,00
$1.209,00 $1.209,00
10,00
20,00
20,00
10,00
500,00
30,00 100,00
50,00 500,00
20,00
5000,00
1000,00
5000,00
10,00
$883,60
$883,60
$1.612,00 $1.612,00
71%
71%
Se adiciona este rubro Se adiciona este rubro
82%
82%
CONSTANCIAS DE USO DE SUELO Y SERVICIOS CATASTRALES Constancia de uso de suelo y destino de suelo: Residencial de Lujo
Comercial, industrial, de servicio y hotelero, zona urbana Comercial, industrial, de servicio y hotelero, zona turística
$2.418,00 $8.060,00
$4.030,00
$44.180,00 $40.300,00 $883,60 $1.767,20 $441.800,00 $80.600,00 $403.000,00
Se adiciona este rubro
812%
-9%
4461%
-9%
Este rubro afecta a toda la ciudadanía que pretenda ampliar su casa que con tanto esfuerzo le ha costado labrar, afecta además a todo emprendedor o negocio ya establecido el cual requiere de constancias de uso de suelo o servicios catastrales para realizar trámites de operación de su negocio. Lo alarmante de estos rubros es que el cobro es POR METRO CUADRADO, lo cual multiplicado por cualquier tamaño de construcción se vuelve una cantidad que muchos no podrían solventar.