10 de Diciembre: Día Internacional de Derechos Humanos
El Derecho a la Vivienda Digna, también es un Derecho Humano Introducción La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 reconoce el derecho de toda persona a una vivienda adecuada.
El derecho a una vivienda adecuada incumbe a todos los Estados, puesto que todos ellos han ratificado por lo menos un tratado internacional relativo a la vivienda adecuada y se han comprometido a proteger este derecho mediante declaraciones y planes de acción internacionales o documentos emanados de conferencias internacionales.
A pesar de su importancia, el número de personas que no cuentan con una vivienda adecuada excede ampliamente los 1.000 millones en todo el mundo. Millones de personas más sufren todos los años desalojos forzosos o son amenazadas con desalojos forzosos de sus hogares.
En nuestro caso, el derecho a la vivienda fue retirado de la actual Constitución Política, ocasionando que muchos peruanos vean cada vez más lejano el sueño de contar con una vivienda propia y digna.
Sólo en nuestro país, cerca de la tercera parte de la población vive en condiciones peligrosas para la vida o la salud, hacinadas en tugurios y asentamientos improvisados, o en otras condiciones que no respetan sus derechos humanos ni su dignidad.
El presente documento informativo comienza con una explicación del derecho a una vivienda adecuada, expone la realidad de falta de vivienda en nuestro país, a través análisis internacionales y propone la restitución del derecho a la vivienda en nuestra Constitución Política.
¿Qué es el derecho a la vivienda? El derecho a la vivienda integra el
derecho a un nivel de vida adecuado. Por ello, no se reduce únicamente a un techo y cuatro paredes, sino que abarca el derecho de cualquier persona a tener acceso a un hogar y a una comunidad seguros para vivir en paz, con dignidad y salud física y mental.
Más que un techo y cuatro paredes
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Toda vivienda adecuada debe incluir: 1. Seguridad jurídica en la tenencia, es decir, vivir en un sitio sin miedo a ser desalojados o a recibir amenazas indebidas o inesperadas. 2. Acceso a servicios, bienes públicos e infraestructura, tales como energía eléctrica, saneamiento y recojo de basura. 3. Acceso a bienes ambientales, tales como tierra y agua, y a un medio ambiente equilibrado y libre de contaminación. 4. Vivienda a un precio accesible o con subsidios o financiaciones que garanticen costes compatibles con los niveles de ingresos. 5. Buenas condiciones de habitabilidad, respetando un tamaño mínimo, con protección frente al frío, calor, lluvia, viento u otras amenazas a la salud, riesgos estructurales o físicos. 6. Acceso preferente a la vivienda para grupos en situación de vulnerabilidad o discriminación (mujeres, personas con habilidades especiales, personas de la tercera edad, etc)
Ideas erróneas más frecuentes sobre el derecho a una vivienda adecuada ✦
El derecho a una vivienda adecuada NO exige que el Estado construya viviendas para toda la población.
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El derecho a una vivienda adecuada NO es solamente una meta programática que debe alcanzarse a largo plazo.
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El derecho a una vivienda adecuada NO prohíbe los proyectos de desarrollo que podrían desplazar a las personas.
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El derecho a una vivienda adecuada NO es lo mismo que el derecho a la propiedad.
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El derecho a una vivienda adecuada NO es lo mismo que el derecho a la tierra.
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El derecho a una vivienda adecuada incluye tener acceso a servicios adecuados.
Fuente: El derecho a una vivienda adecuada. ONU - HABITAT. Folleto Informativo Nº 21. Serie DDHH. 2010.
7. Ubicación adecuada, con acceso a servicios de salud, centros laborales, escuelas y transporte, en áreas urbanas o rurales.
Qué dicen los tratados internacionales
8. Adecuación cultural, construida con materiales, estructuras y disposición espacial acorde a la expresión cultural y la diversidad de los individuos y grupos que la habitan.
Artículo 25, párrafo 1º. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de los medios de subsistencia por circunstancias independientes a su voluntad.
Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH)
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) Artículo 17, párrafo 1º. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, en su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.
Pacto Internacional de los Derechos Económicos Sociales y Culturales Artículo 11, párrafo 1º. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para uno mismo y para su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. Actualmente, ya hay más de 12 textos distintos de las Naciones Unidas que reconocen el derecho a la vivienda. Sin embargo, la implementación de dicho derecho es aún un gran desafío. Fuente: www.derechoalavivienda.info
Resumen del informe de la visita al Perú del Relator especial de la ONU para la vivienda El Relator especial Miloon Kothari estuvo en misión en Perú del 3 al 15 de marzo del 2003 y constató que la situación de la vivienda en el país era grave, con un déficit estimado en 1,2 millones de unidades. Durante la misión, recibió mucha información acerca de las dificultades para la obtención de títulos de propiedad y acceso al agua, así como acerca de viviendas construidas en zonas de alto riesgo y deslizamiento de tierras debido a las actividades mineras. También conoció la situación de familias y comunidades expuestas a los desalojos y a la contaminación del aire y del agua. El Relator reconoció los esfuerzos del gobierno y su empeño para resolver los problemas de vivienda, pero señaló que éstos eran insuficientes para abarcar todos los aspectos de la cuestión. Así por ejemplo, los distintos programas de vivienda no favorecían a la población más empobrecida, que comprende el 25% del total de la población, cuya situación precaria impide el acceso a préstamos. El Relator recomendó dedicar más atención a las políticas de subsidio para la población empobrecida y a las políticas
Problema habitacional en números En Perú, al igual que en muchos otros países de América Latina y el Caribe, las ciudades han crecido aceleradamente, sobrepasando toda planificación urbana, lo que ha ocasionado inmensos asentamientos precarios en zonas periurbanas, donde la gente vive en riesgos: físicos, psicológicos, sanitarios, ambientales, geológicos, de desalojo; sin servicios básicos ni públicos, sin documentos de propiedad, etc. Fuentes: Perú: Mapa del Déficit Habitacional a Nivel Distrital, 2007. Lima: INEI, 2009 La inversión inmobiliaria en el Perú: oportunidades y riesgos. Lima: INEUR, 2008 Estudio de Segmentación del Mercado Mayoritario de Vivienda. Lima: BID, 2007
destinadas a garantizar los derechos de las mujeres jefas de hogar.
su realidad con los escasos recursos disponibles.
La misión comprobó que la red institucional para tratar los problemas de la vivienda en las zonas rurales era explícitamente menos importante que las redes de salud y educación, a pesar de que el derecho a la vivienda adecuada no puede estar separado del derecho a la salud, al agua y a la alimentación.
El Relator recomendó que el gobierno de Perú reestructurara su enfoque en relación a las políticas de vivienda y acceso a la tierra para priorizar instrumentos y programas de apoyo a los esfuerzos e iniciativas de la población. Fuente: www.derechoalavivienda.info
El Relator también advirtió que no existía ningún reconocimiento constitucional del derecho a la vivienda adecuada y pidió la introducción de ese derecho en la revisión de la Constitución que estaba prevista para ese entonces. Además, recomendó la realización de estudios más detallados acerca de la privatización de los servicios públicos. El Relator celebró hechos positivos, como la invitación permanente para recibir misiones de los relatores especiales de las NNUU y la convicción de la Comisión de Vivienda del Congreso para dar carácter constitucional al derecho a la vivienda. La impresión más significativa que el Relator se llevó del país fue la cordialidad y empeño de los peruanos para transformar
8 millones 342 mil 116
1 millón 860 mil 692
41%
peruanos viven en condiciones habitacionales inadecuadas
viviendas hacen falta para cubrir el déficit habitacional. 64.9% urbano y 35.1% rural
1/3
39.5%
88.4%
de las viviendas del país se abastece de agua no apta para el consumo humano
de hogares viven en condiciones de hacinamiento
de la población hacinada está conformada por niños, jóvenes y adultos jóvenes.
3/4
52.3%
140 mil
de los hogares con déficit habitacional son liderados por jefes de hogar varones
hogares con déficit habitacional tiene capacidad económica baja o muy baja
viviendas por año son necesarias para reducir el déficit habitacional existente
100 mil
60%
77%
viviendas se autoconstruyen cada año en el país. La construccción formal llega a 30 mil unidades
de la demanda insatisfecha de viviendas requiere precios inferiores a los 20 mil dólares
declara tener título de propiedad del lote donde se ubica su vivienda
de hogares a nivel nacional no cuenta con desagüe. En la zona rural el número equivale al 92,4% de viviendas
El Derecho a la Vivienda en el Perú Contar con una vivienda adecuada es un derecho del cual todo ciudadano peruano debería disfrutar. Sin embargo, cerca de la tercera parte de la población del país vive en condiciones habitacionales inadecuadas: precariedad, hacinamiento, riesgo físico, sin electricidad, agua y saneamiento, sin ser propietarios y con amenaza de ser desalojados. Si bien la problemática habitacional es problema de larga data, también es cierto que son los sectores más pobres los más golpeados año tras año; sobretodo desde que el derecho a la vivienda fuera eliminado de la Constitución Política de 1993 por lo cual dejó de ser una responsabilidad del Estado para con sus ciudadanos y se convirtió en un producto más del libre mercado. Así como sucede en América Latina, durante la última década, aquí el sector vivienda ha sido impulsado por cuatro fuertes tendencias globales: urbanización, democratización, descentralización y globalización. Estas tendencias han provocado un mayor desarrollo de los sistemas financieros, la ampliación de la gama de instrumentos financieros para la vivienda y la transformación del rol de los gobiernos, los cuales pasan a ser habilitadores de viviendas en vez de simples proveedores, afirma el BID. A pesar de estas “positivas” tendencias, en el país el déficit de vivienda en aún alto: 1 millón 860 mil 692 viviendas. Cifra que irá en aumento a la par del incremento de la población y la formación de nuevos hogares. En los últimos cuatro años y medio, bajo su nuevo rol promotor y facilitador de iniciativas privadas, el Estado apenas si pudo gestionar 190 mil viviendas construidas, ampliadas y mejoradas. Cifra escueta pues los expertos afirman que es necesario construir por lo menos 140 mil viviendas formales anualmente para tratar de aminorar el déficit nacional. Señalan, también, que el 60% de la demanda insatisfecha se concentra en los sectores de menos recursos y para satisfacerla deberían ofrecerse viviendas a menos de veinte mil dólares. Ante la inoperancia del Estado y la indiferencia de empresariado para invertir en los sectores pobres, la autoconstrucción del hábitat por parte de las personas ha sido la solución más habitual durante los últimos años para hacer frente a la falta de vivienda y la pobreza: el 64.9% del déficit habitacional es urbano y 100 mil viviendas informales se construyen o mejoran anualmente.
Entre todas las carencias que afectan a los empobrecidos, la falta de servicios básicos es quizá la más dramática. Eso lo saben muy bien quiénes habitan las 520 mil 822 viviendas en el país que no cuentan con energía eléctrica, agua y baño o desagüe. Como si eso no fuera poco, el sistema de cobertura de agua no cuenta con programas de inversión que promuevan la ampliación sostenida del recurso; tampoco se tiene establecido su uso, de suerte tal que el uso industrial, comercial y recreacional compiten con el uso doméstico, atentando contra la calidad de vida de todos los peruanos. La inexistencia de un plan de expansión urbana ha ocasionado un crecimiento desordenado de todas las ciudades. La mayoría de las familias ha elegido zonas vulnerables para construir sus viviendas, poniendo en riesgo la posibilidad de contar con saneamiento legal del suelo que ocupan. En otros casos, poblaciones enteras habitan en zonas industriales, donde los altos niveles de contaminación superan los estándares ambientales. Aún teniendo conocimiento de ello, la falta de capacidad de las instituciones públicas, amparada en la ambigua legislación ambiental, deja a su suerte a éstos pueblos (estudios realizados confirman la presencia de plomo en las poblaciones más vulnerables). Igual suerte corren los habitantes de los centros históricos que requieren con urgencia la aprobación de la Ley General de Renovación Urbana con fines de Vivienda para proteger su derecho de residencia y la seguridad de la tenencia, regulando así el proceso de renovación urbana que necesitan nuestras las ciudades. De otro lado, los proyectos municipales y estatales que se realizan en la ciudad (nuevas vías o mejora de servicios públicos) suelen conllevar desalojos forzosos. Ante ello es necesario plantear políticas para preservar el derecho de las familias afectadas y, cuando su traslado sea inevitable, proponer alternativas de reubicación dentro del mismo barrio, preservando los derechos adquiridos. Como especialistas en problemática urbana estamos convencidos que revertir este escenario sólo será posible si se restituye el derecho a la vivienda digna en la Constitución Política; acompañado claro está de la implementación de una política nacional de vivienda inclusiva con programas acordes a la realidad de los que menos tienen y una mayor asignación presupuestal.
Vivienda rural, tarea pendiente Aun cuando la población rural en el Perú se acerca al 30% y el déficit habitacional equivale a 653 mil viviendas en esta zona, los programas promovidos por el Estado y el sector privado en los últimos años no han estado al alcance de sus habitantes, muchos de los cuales viven en condiciones de extrema pobreza y las ofertas de vivienda existentes no se adaptan a las condiciones sociales, culturales y económicas del sector rural. Un ejemplo claro de ello, lo constituye el lento accionar del Gobierno Central durante el terremoto de Pisco, que dejó más de 75 mil viviendas destruidas o inhabitables (10,647 estaban en la zona rural). La ayuda gubernamental no llegó adecuadamente, ante ello las ONG y agencias de cooperación, con apoyo de los gobiernos locales, se encargaron de la reconstrucción de viviendas, a través del Grupo de Viviendas Seguras y Saludables (GVSS), que a la fecha ha construido 3,800 viviendas empleando materiales locales y tecnologías sismo resistentes desarrolladas en el país. En abril del 2009, el Ministerio de Vivienda promulgó el Decreto Supremo 008-2009, que crea el Programa de Vivienda Rural priorizando la construcción de viviendas en las zonas rurales del país, con especial atención a las zonas afectadas por el sismo. El diciembre de ese mismo año se publica su reglamento; pero recién en julio de 2010 se inicio el proceso de convocatoria para la entrega de 200 Bonos Familiares Habitacionales para el área rural, sin que a la fecha se ejecuten. Como GVSS, del cual Cidap es parte, creemos que el Gobierno debe impulsar la implementación del Programa de Vivienda Rural; que realice ajustes necesarios al Reglamento Operativo; que comprometa mayores recursos para lograr un avance significativo, y que eleve el decreto supremo a rango de ley para asegurar su sostenibilidad. Las familias de las zonas rurales del Perú merecen una vivienda digna, segura y saludable. Fuente: GVSS