Edición 22 de Octubre 2013

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MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 / AÑO XXXIX / NÚM.12152 / SAN JUAN, PUERTO RICO

AL DESAMPARO LAS ESCUELAS EL VOCERO/ Archivo

Varias escuelas públicas han sido víctimas de la ola de violencia tras la cancelación de un contrato de vigilancia con la consecuente perdida de recursos para los estudiantes más necesitados P.4

LOCALES

P.6

Defensa federal de los acuerdos

Evalúa ofertas para regresar a radio y TV

ESCENARIO

P.18

La Jefa de Fiscalía federal asegura que se han reducido los crímenes por las iniciativas conjuntas con la Policía

Serie Mundial: Enfocado el dúo dinámico boricua

DEPORTES

P.30


EL VOCERO / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

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LOCALES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

EN VOCERO.COM

El amor está en el aire y en la web Suministrada

El uso del internet para conseguir pareja está perdiendo su mala fama de recurso para los desesperados, pero la gente que acude a sitios tales como Match.com y eHarmony sigue siendo minoría en Estados Unidos. Escanee el código para más detalles de un estudio sobre el uso de internet para encontrar pareja.

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índice

El periódico de Puerto Rico

Salsoul promete

gran junte salsero

con Víctor Manuelle, Domingo Quiñones, entre otros artistas. P.18

Tierna y valiente reacción

ESTADOS UNIDOS P.14

Crédito: YouTube

Escanee el código para ver el vídeo de un perro que 'lloró' y 'rescató' a su amo, cuando pensó que este corría peligro en un cuerpo de agua.

NEGOCIOS P.16 ESCENARIO P.18 CLASIFICADOS P.20 ESQUELAS P.27 DEPORTES P.31

En compás de espera aumento de la leche

Agua embotellada Si acostumbra comprar agua embotellada en la oficina, cuando va de compras o de paseo puede estar gastando alrededor de $100 a $125 mensuales, lo que puede significar un gasto anual de $1,250. Ahora bien, puede modificar dicho hábito de consumo y llegar a ahorrar dinero comprando por cajas el agua embotellada. Simple matemática: caja $3.99, 24 botellas ,17 centavos c/u, al mes $5.10 y a fin de año $61.20.

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P.16

Cotto todavía no piensa en su próximo oponente P.29

REDACCIÓN

Editor y Director Peter W. Miller Directora Ejecutiva Maricelis Rivera Santos Director Asociado de Noticias Roberto Orsini Herencia Subdirector Asociado de Noticias Obed Betancourt Directora de Cultura y Farándula Ana Giselle Torres Director de Negocios Carlos Antonio Otero Director Asociado de Deportes Víctor O. López Hernández ADMINISTRACIÓN Presidente Peter W. Miller VP de Recursos Humanos María Luisa Roca VP Mercadeo y Relaciones Públicas Stephanie M. Moore VP Sénior de Ventas Edwin Cruz Directora de Recursos Humanos Wandy Gomila Directora Clasificados Dolores Barreiro Directora de Tráfico Ilia M. Pérez Centeno Director de Operaciones y Control de Calidad Prensa Eligio Dekony Dirección Postal Apartado 9027515, San Juan, P.R. 00902-7515 Dirección Física EL VOCERO DE PUERTO RICO 206 Ave. Constitución San Juan, Puerto Rico 00901 Dirección Electrónica redacción@vocero.com El Vocero de Puerto Rico se publica 5 días a la semana, de lunes a viernes. Cuadro: (787) 622-2300 (787) 721-2300 Servicio al cliente: (787) 622-7480 Clasificados: (787) 622-7495 (787) 724-1485


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EL VOCERO/ Archivo

El periódico de Puerto Rico

EN PORTADA

Las autoridades acordaron intensificar la presencia de la Uniformada en los alrededores de las escuelas con rondas y patrullaje.

Escalan múltiples escuelas y el DE no se alarma CARMEN MILAGROS DÍAZ Y MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

Desde el mes de mayo hasta agosto se reportaron 55 delitos contra la propiedad en las aulas

En medio de la cancelación de los guardias de seguridad privada en las escuelas, unos siete planteles fueron escalados el fin de semana, cifra que no sorprendió al Comisionado de Seguridad del Departamento de Educación (DE), José Rodríguez, por encontrarse dentro de los “parámetros”. Rodríguez sostuvo que aún con la presencia de los guardias privados en el pasado, las escuelas han sido objeto de vandalismo y robo. Precisó que desde el mes de mayo hasta agosto se reportaron 55 delitos contra la propiedad en las aulas, que incluyó el robo de equipo. “Esto que pasó ha ocurrido siempre. Lo que pasa es que coincide con el retiro de los guardias, pero no es nada que uno deba alarmarse”, manifestó. “Ese número está dentro de los parámetros”. El Comisionado de Seguridad escolar y el Secretario interino del DE, Harry Valentín, tuvieron una reunión con el superintendente auxiliar de la Policía para delinear estrategias. De acuerdo con Rodríguez, se llegaron a acuerdos para intensificar la presencia de la uniformada en los alrededores de las escuelas con rondas y patrullaje. En algunos casos se entregará una llave de la escuela para que el oficial entre con su patrulla. “Se reforzará el área investigativa para esclarecer los casos y que cualquier persona a la que se le ocurra cometer un acto delictivo cumpla con

la ley”, sentenció Rodríguez, al tiempo que exhortó a la ciudadanía a reportar los casos.

en el barrio Saltos, en San Sebastián. En este plantel los vándalos intentaron pegarle fuego a la escuela.

En Toa Baja, desconocidos robaron equipo en dos escuelas. En la superior Adolfina Irizarry de Puig, los ladrones se llevaron 28 televisores de 32 pulgadas, nueve computadoras laptops, teclados y equipo de sonido y música. Lograron acceso al plantel al romper los candados del portón y de los salones. Parte de las computadoras y equipo robado fue rescatado cerca del mediodía de ayer.

En Cayey fue escalada la Escuela Rexford Guy Tugwell, que ubica en la carretera PR7721. Los ladrones se llevaron equipo deportivo, tres baterías de computadoras, juegos electrónicos y una fotocopiadora, además le causaron daño a varias pizarras digitales.

En la escuela Dr. Efraín Sánchez en Toa Baja también se llevaron un plasma y una computadora del salón de educación especial. También en la Escuela Cristóbal Vicent, que ubica en el barrio Cordillera de la carretara 149 en Ciales se reportó un escalamiento. Los candados fueron forzados y se llevaron tres televisores plasma de 42”, tres DVD, dos abanicos y cinco dólares. Asimismo, en la escuela José Berríos Berdecía, en Barranquitas alguien forzó una de las ventanas del salón de Educación Especial y del interior y se apropió de una computadora portátil, una caja convertidora, dinero en efectivo y otra propiedad, todo valorado en $800. Entre otras querellas, la Policía informó que hubo actos de vandalismo en las Escuelas Patria La Torre, en el barrio Piedras Blancas y Segunda Unidad Carmelo Serrano,

Igualmente la escuela bilingue de Cidra fue objeto de escalamiento el pasado viernes y la escuela Segunda Unidad Almirante Norte en Vega Baja. Desde el pasado mes tanto el secretario de Educación Rafael Román Meléndez como Rodríguez iniciaron conversaciones con la Policía para establecer un plan de rondas preventivas en torno a las escuelas que se quedaran sin vigilancia nocturna ni los fines de semana. Según supo EL VOCERO, desde la semana pasada los trece jefes de las Áreas Policíacas habían recibido instrucciones para que cada precinto y distrito asignara personal para atender la vigilancia en las escuelas. No obstante, la medida no surtió efecto. Educación emitió un comunicado que señala que también hubo reuniones con los comisionados de seguridad de San Juan, Caguas, Carolina, Cayey y Arecibo, así como con el presidente de la Asociación de Alcaldes, José A. Santiago.


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El bufete Faccio & Pabón Roca Law Offices aclaró que no tiene un contrato con el Municipio de San Juan (MSJ) por 11 meses ascendente a $55 mil, sino con el Municipio de Caguas. EL VOCERO reportó que el MSJ parece haberse dado a la tarea de rescatar a políticos derrotados, exfuncionarios de Gobierno y figuras vinculadas con el PPD mediante la otorgación de contratos en asesoría legal, entre ellos el del Lcdo. Irving Faccio, exdirector de campaña del gobernador Alejandro García Padilla. No obstante, la Oficina del Contralor, donde deben ser reportados los contratos de gobierno, así lo reflejaban. La imprecisión se debe a errores humanos en dicha Oficina, según se informó. Al cierre de esta edición, la administración municipal de San Juan no contestó las llamadas de este rotativo para conocer las tareas que realizan los contratistas o la justificación de los contratos otorgados a estas figuras vinculadas con el PPD. Los contratos del MSJ son con el expresidente del PPD, Héctor Ferrer Ríos, el excandidato a la comisaría residente del PPD, Rafael Cox Alomar, mediante su firma Washington Strategy Group, el exsecretario de Justicia durante la administración de Aníbal Acevedo Vilá, Roberto Sánchez Ramos con contratos por $170 mil y la firma Edge Legal Strategies PSC de Eliseo Roques. También con los abogados William Vázquez Irizarry y Ricardo Ramos Soto. La búsqueda en el Registro de Contratos en la Oficina del Contralor no incluye las enmiendas que cada uno de los contratistas pudo obtener para ampliar el tope de facturación.

MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO

Aunque reconoce que de la noche a la mañana el problema de la criminalidad en la Isla no será erradicado, la jefa de la fiscalía federal Rosa Emilia Rodríguez, afirmó que los esfuerzos conjuntos entre las autoridades federales y estatales, a través de las diferentes iniciativas. han conllevado una reducción de los crímenes violentos. “La violencia en general se puede evitar con los esfuerzos que estamos llevando a cabo para controlar el nivel de violencia. Estas masacres obedecen a venganzas por narcotráfico. El problema es que las hacen ante personas inocentes y en ocasiones a plena luz del día”, afirmó Rodríguez durante entrevista con EL VOCERO. “No existe aquí el poder de resolver las cosas de la noche a la mañana. Le estamos buscando una solución”, agregó la funcionaria. Al ser cuestionada sobre la reducción que reflejan las estadísticas en los asesinatos, mientras los informes de prensa reportan masacres y otros delitos violentos, respondió “le puedo decir a la gente es que va a tomar tiempo. Por lo menos, estamos viendo resultados, ya que a largo plazo serán mejores, pero serán a largo plazo”, acotó.

EL VOCERO / Alvin J. Báez

YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

“Va a tomar tiempo” reducir la criminalidad

ROSA EMILIA RODRÍGUEZ

el 2011 era un año que presagiaba que las cosas se iban a poner peor, darle freno a un caballo desbocado no es fácil, pero se hizo”, mantuvo.

la que asumen la jurisdicción del procesamiento de acusados que usen armas de fuego durante la comisión de delitos violentos, trasiego de Drogas o carjacking”.

Rechazó que las iniciativas entre las autoridades federales y estatales para impactar los puntos de droga puedan ser interpretadas como mano dura.

Apuntó que los asesinatos han disminuido en las áreas en donde se mantienen las iniciativas conjuntas. Destacó que desde que se implantaron los “Task Force” los asesinatos disminuyeron en un 22%.

“Nosotros rechazamos el término de mano dura como se ha utilizado en el pasado para describir las intervenciones de la Guardia Nacional y la Policía en los residenciales públicos”, expuso.

Asimismo, el Caribbean Corridor Strike Force, que tiene a su cargo la detención de embarcaciones en alta mar antes de que lleguen a Puerto Rico. De igual forma, los “Strike Force”, cuyo propósito es atacar las pandillas de narcotraficantes a través de toda la Isla. Desde enero a la pasada semana se han arrestado unas 894 personas. En cuanto a las armas de fuego, en lo que va de año se ha incautado un total de 205.

“No solamente es que lo hemos bajado. No hemos permitido que sigan subiendo...

Las estrategias conjuntas son el “Ilegal Firearms and Violent Crimes Task Force”, en

Rodríguez indicó que contratarán ocho nuevos fiscales.

Alcalde Loíza le reclama seguridad al Gobernador CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO

El gobierno y la Policía han dejado solo al municipio de Loíza y su gente en la gestión de combatir la criminalidad en días recientes, denunció el alcalde Eddie Manso Fuentes.

estoy seguro que si el cuartel fuera para ubicarse en Condado o en San Juan el dinero aparecía. Estamos hablando de Loíza que como siempre hemos sido marginados, hemos sido olvidados”, puntualizó.

Este emplazó ayer al gobernador Alejandro García Padilla y al superintendente, Héctor Pesquera para que establezcan un cuartel de la Policía en Piñones.

Señaló que antes había un cuartel de la Policía montada pero fue trasladado a Bayamón. Explicó que actualmente los policías que brindan servicio de vigilancia y seguridad a Loíza salen del distrito, ubicado en el casco urbano, y recorren un trayecto de 20 minutos para atender una situación en Piñones.

EL VOCERO / Alvin J. Báez

Bufete Faccio rechaza tener contrato con municipio SJ

Loíza tuvo un fin de semana violento, con un saldo de cuatro víctimas en una masacre. El fin de semana anterior hubo otra masacre que dejó otros cuatro muertos.

EL VOCERO / Archivo

El ejecutivo municipal dijo que el Superintendente no se ha comunicado con él para analizar estrategias de seguridad ni brindarle detalles de la investigación. Dijo que sabe muy poco de las víctimas. Manifestó que tampoco ha recibido una llamada de la Fortaleza. LUIS PABÓN ROCA

“Llevamos una lucha exigiendo a la Policía que en Piñones por ser área residen-

cial y turística es hora de tener un cuartel”, expresó.

Denunció que ayer en la mañana el superintendente asociado, Ricardo Martínez, alegadamente le dijo que no hay los recursos para habilitar un cuartel. Manso hizo un llamado a “que recorten en algún lugar y le suplan la seguridad”.

“Hago un llamado al Superintendente que si no tiene el dinero que de alguna manera se las invente para suplirle a Loíza, a esa comunidad de Piñones, un cuartel. Yo

Como medida, el alcalde enmenderá una ordenanza municipal para limitar el horario en el que pueden operar los comercios en Piñones durante el fin de semana.

EDDIE MANSO FUENTES


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Podría llegar al tribunal proyecto colegiación compulsoria abogados MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

obligarlo a pertenecer a una organización. El representante popular Luis Vega Ramos, presidente de la Comisión cameral de lo Jurídico, dijo que los abogados deben estar colegiados por las características de esta profesión. EL VOCERO / Ingrid Torres

Previo a la sesión, el representante penepé Ricardo Llerandi sugirió en vez realizar una consulta entre los abogados y sugirió además que, de ser obligatoria la colegiación, se una el Colegio de Abogados a la Rama Judicial y se Junto a este proyecto, se CARLOS VARGAS ponga bajo la tutela del aprobarían además uno para colegiar también a los notarios – Tribunal Supremo. Al cierre de esta ediproyecto al que se opusieron estos pro- ción, el debate que se extendería por casi fesionales – y otro para contar con la opi- cinco horas todavía no había concluido nión de los abogados a la hora de nombrar y los proyectos no habían ido a votación. jueces. En calendario estaba además un proyecto para restituir las funciones del Mientras, la agencia CyberNews reseJuez Presidente del Tribunal Supremo y ñó que la Asociación de Abogados que fueron cambiadas durante el pasa- presentó en el Tribunal Supremo un do cuatrienio. La colegiación compulso- recurso de mandamus contra el Coleria de los abogados fue eliminada el gio de Abogados para que entreguen los expedientes de los miles de cuatrienio pasado. abogados que optaron por no coleDurante el debate del proyecto en la giarse. Según el presidente de la Asosesión cameral de ayer, Vargas anun- ciación, Héctor Ramos, la ley 121 ció que votaría en contra de la medi- de 2009 obliga al Colegio a entreda por entender que nadie debe gar esos expedientes.

Cataloga de precipitado voto de huelga en AMA CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO

El presidente de la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), Alberto Figueroa Medina, catalogó de precipitado el voto de huelga que dieron los empleados este domingo en momentos en que alegadamente fluyen las conversaciones. Mientras, el líder de la unión denunció aumentos de sueldo festinados entre la gerencia. Las negociaciones formales con la Unión de Trabajadores Unidos de la AMA (TUAMA) comenzaron en agosto sin que se produzca un tranque, aseguró Figueroa, quien agregó que no han llegado a la sección económica del convenio. A su entender el voto de huelga plantea dudas del futuro de las conversaciones. “Estamos compartiendo artículos, ya se han firmado siete artículos del convenio y nosotros le habíamos entregado a la unión nueve artículos. Estábamos en la espera de sentarnos a ver cuáles son los comentarios de la unión pero no hubo un tranque en las negociaciones”, manifestó. Mencionó que la ficha de tranque pudiera estar en los cambios que quiere hacer al convenio para adquirir mayores poderes en lo relacionado a las áreas de disciplina y orden, así como en las de las prerrogativas que tienen los gerenciales

para tomar algunas decisiones. Sobre este tema dijo que ha conversado de manera informal con el gremio. “Lo que en el sistema ideal de Nueva York se hace con dos empleados, aquí se hace con cinco”, argumentó.

MELISSA CORREA VELÁZQUEZ y YENNIFFER ALVAREZ JAIMES, EL VOCERO

El gobierno de Puerto Rico apeló ante el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito varias órdenes del juez federal Daniel Domínguez en relación con el pleito incoado por el procurador de las Personas con Impedimentos Iván Díaz Carrasquillo. En una moción radicada por el secretario de justicia Luis Sánchez Betances y Wandymar Burgos de la división de litigio federal, se apela la orden de Domínguez en la que concedió una orden de interdicto preliminar para que el funcionario permanezca en su puesto hasta que se resuelva el caso. De igual forma, apela en el Tribunal de Apelaciones de Boston la certificación interjurisdiccional al Tribunal Supremo para que responda varias interrogantes relacionadas con el interés propietario cuando un demandante efectúa funciones cuasi judiciales y ejecutivas. Domínguez entiende que Díaz Carrasquillo tiene un puesto “híbrido”, por lo que tiene serias reservas sobre la aplicación de la ley estatal. Díaz Carrasquillo demandó al gobernador Alejandro García Padilla, luego de que nombrara a su puesto a Ramón Calzada como procurador interino. El demandante fue nombrado a ese cargo por el exgobernador Luis Fortuño. Mientras, el procurador del veterano, Agustín Montañez Allman, regresó ayer a su oficina después que el Tribunal federal ordenó la reinstalación del funcionario en su puesto. Montañez Allman fue separado de su cargo durante dos meses, pero el juez federal Juan M. Pérez Giménez determinó que el funcionario fue nombrado por el gobernador Fortuño y confirmado por el Senado, como procurador del veterano por un término de 10 años.

Varias organizaciones que agrupan a los veteranos se dieron cita ayer en la sede de la procuraduría para demostrar su apoyo a Montañez Allman. El Procurador del Veterano explicó en rueda de prensa que hoy comenzaría la transición de las labores para saber qué se hizo durante los dos meses que estuvo ausente del puesto. “Estamos listos para seguir trabajando. La Ley 79 no elimina la plaza mía, la ley mencionaba que los empleados pasaban a la nueva agencia. Y hay jurisprudencia que dice que si la función tiene poderes cuasi judiciales y cuasi legislativos el funcionario no puede removerse arbitrariamente, por eso estábamos confiados”, sentenció. Ayer, el secretario de Justicia, Luis Sánchez Betances, adelantó a EL VOCERO, que la agencia apelaría el interdicto del juez Pérez Giménez en el Primer Circuito de Apelaciones de Boston. Sánchez Betances indicó que un futuro no se descarta que el tribunal pudiera consolidar estos casos por su similitud. Ante esto, Montañez Allman, dijo que “ya está claro cuál es el (estado de) derecho”. Al mismo tiempo, sostuvo que la senadora del Partido Popular Democrático (PPD), Rossana López “está vengativa por lo que le pasó a ella hace unos años atrás”, luego que la legisladora expresó que se debe apelar el fallo del juez Pérez Giménez. López fue destituida durante la pasada administración de su cargo como procuradora de las personas de edad avanzada cuando se fusionaron varias procuradurías. La senadora López indicó a EL VOCERO que gracias al nuevo estatuto se devuelven los poderes “cuasi judiciales a los procuradores”.

Por su parte, el presidente de TuAMA, Antonio Días, negó que el convenio otorgara días libres para celebrar el Día de las Naciones Unidas y el Día del Astronauta, como dijo Figueroa. “Si él encuentra ahí ‘(en el convenio) un día feriado en honor a los astronautas, yo renuncio, pero si no lo hay, que renuncie él”, emplazó Díaz en entrevista radial por WKAQ. Emplazó a la gerencia a reducir gastos antes de hacer recortes a los empleados al mencionar que Figueroa, a tres meses de haber llegado a la AMA, se aumentó el salario de $7,500 a $10 mil. Sostuvo que los empleados de confianza tuvieron un incremento salarial también. El líder sindical igualmente denunció la reducción de vehículos disponibles para dar el servicio. Según se reveló, la AMA ha perdido hasta un 70% de usuarios en la última década y su enlace con el Tren Urbano sigue siendo inefectivo.

SUMINISTRADA

El proyecto que restituye la colegiación compulsoria de los abogados se aprobaría ayer en la Cámara por un voto luego de que el representante popular Carlos Vargas anunciara que no favorecería el proyecto del Partido Popular Democrático (PPD). El representante novoprogresista Enrique Meléndez advirtió que llevará el asunto a los tribunales y se aventuró a decir que la medida recibirá el rechazo en el Tribunal Supremo.

A Boston Gobierno con decisión Procurador de Impedidos

Honran legado de Luis A. Ferré El Capitolio - La Delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP) en la Cámara de Representantes le rindió tributo a la memoria del prócer Don Luis A. Ferré con motivo del décimo aniversario de su fallecimiento. “La obra de Don Luis traspasó las barreras políticas; su legado en el gobierno, las artes, la filantropía y su lucha hacia la igualdad son inspiración para cada puertorriqueño y puertorriqueña. Hoy, como todos los años, honramos su vida y obra”, comentó la portavoz del PNP en la Cámara, Jenniffer González Colón, en la foto a la derecha.


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EL VOCERO / Tania Dumas

Menos parejas casadas en las familias INTER NEWS SERVICES

Las familias lideradas por parejas casadas se redujeron de 71.6 a 57.6% en 21 años, mientras que se incrementó a un 41% la cantidad de mujeres jefas de familia. Así lo expuso ayer el Departamento de la Familia durante la audiencia pública sobre la resolución de la Cámara 281, que ordena a la Comisión de Desarrollo de Asuntos de la Mujer y Equidad a realizar una investigación sobre la situación de las mujeres en la isla y para mejorar la condición económica y el bienestar general de este sector de la población. Además, la agencia expuso que según los datos del Censo de 2010 el 33.6% de la familias en Puerto Rico son liderados por mujeres. Ante este escenario, la inmensa cantidad de madres solteras jefas de familia no debe considerarse como un problema, sino como una realidad que vive el país, señaló la licenciada Jenise Vázquez en representación de la secretaria de Familia, Idalia Colón Rondón. La funcionaria hizo hincapié en que las instituciones de ayuda no deben estigmatizar a las familias lideradas por mujeres y se debe trabajar para realizar propuestas que mejoren las perspectivas de género. “Las familias lideradas por mujeres no son el problema, Esa es la composición familiar de esa familia. Esas son familias con características particulares que debemos tomar en cuenta para apoyarlas”, afirmó Vázquez en la ponencia presentada a la presidenta de la comisión, la representante Brenda López de Arrarás. Dentro de las estadísticas presentadas, sobresale que los hogares con jefas de familia que tiene niños de cinco años resultó ser el tipo de composición familiar con el porcentaje más alto (69%) que vive para el nivel de pobreza. López de Arrarás le dio un plazo de siete días a la Oficina de la Procuraduría de las Mujeres para que presente información, resultados y recomendaciones sobre los trabajos realizados en el tema de madres solteras, ya que esos antecedentes no fueron incluidos en su ponencia.

Agustín Carbó Lugo, director de ADS, anunció la creación de una alianza interagencial para desarrollar proyectos de energía removable.

Recuperarán el gas metano de los vertederos YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

El Gobierno anunció la creación de una alianza interagencial para desarrollar proyectos de energía renovable como fincas solares y recuperación de metano en los vertederos clausurados del País. Se trata de un acuerdo entre la Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS), la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y la Administración de Asuntos Energéticos (AAE) para desarrollar proyectos de mitigación en vertederos y rellenos sanitarios cerrados o encaminados a cerrar operaciones. Agustín Carbó Lugo, director de ADS, informó que en 30 días estará lista la solicitud de propuesta (RFP, por sus siglas en inglés) para que los proponentes puedan presentar sus proyectos. Se espera que para final de año la agencia tenga las solicitudes de propuestas formales, adelantó el funcionario. En la actualidad, hay 39 vertederos alrededor de la Isla en donde los proponentes pueden desarrollar este tipo de proyectos.

Carbó Lugo explicó que el metano es uno de los gases de efecto invernadero que provoca más daño en el medioambiente. El metano puede convertirse en energía. “El gas metano se produce por la descomposición orgánica de los materiales que se depositan en un vertedero y si no se captura se libera a la atmosfera, por eso es que entendemos que capturarlo es mitigar el efecto al ambiente”, abundó. Asimismo, agregó que ADS es la operadora de muchos de los vertederos del País, por lo que la agencia servirá como intermediaria para llegar a acuerdos con los municipios donde están ubicados. Por su parte, el director ejecutivo de la AEE, Juan Alicea, aseguró que los proyectos pueden ser conectados al sistema de la corporación pública. Calificó que los proyectos son a escala mayor y no compiten con los proyectos grandes de energía renovable que ya acordó la corporación pública.

A la corte otro partido contra la CEEC

El PAC busca que el TA ordene a la CEE a permitir que esa colectividad inspeccione su propio expediente en la Secretaría de la CEE y que emita una serie de certificaciones solicitadas. Según el PAC, la Comisión ha sido negligente en notificar ciertas decisiones y ha causado perjuicio en las apelaciones y otras acciones que puede tomar el partido. Cuando el PAC intentó verificar una serie de hechos a través de su expediente en la secretaría de la Comisión, se les requirió que canalizaran la petición a través de un abogado de la CEE bajo contrato. “El Secretario (de la CEE) con su evasi-

REDACCIÓN, EL VOCERO

El grupo Igualdad, que promueve la estadidad para Puerto Rico, llamó a sus filas a ir a Washington D.C. en noviembre ante la “crisis existencial que hace evidente y necesario la necesidad de un cambio radical de estatus”. Según una comunicación de José M. Saldaña a los integrantes del movimiento, el cambio de estatus es la “única alternativa real para evitar la inviabilidad de la isla como sociedad política organizada”. Saldaña, exsecretario auxiliar de Salud bajo el primer mandato del popular Rafael Hernández Colón y presidente de la Universidad de Puerto Rico en su tercer mandato, sostiene que en este viaje a Washington D.C., denominado “Jornada puertorriqueña por la Igualdad”, se debe buscar también un acercamiento a los sectores moderados del GOP y aprovechar la reciente derrota por el presupuesto de los sectores más radicales de ese partido agrupados bajo el Tea Party. “Esto (la derrota del Tea Party) hace necesario que los miembros moderados del GOP sientan la necesidad de allegarse y congraciarse con sectores de la población puertorriqueña a los que no se hayan acercado en el pasado, en aras de tener posibilidades en las elecciones congresionales del próximo año. Esto nos presenta una gran oportunidad de visitar a los congresistas miembros del GOP moderados y tratar de conseguir su apoyo para el proyecto HR 2000 o cualquiera otro que se radique en el Congreso”, alertó.

va se ha negado a cumplir con su deber ministerial de recibir y canalizar con el personal de la Secretaría la solicitud del PAC, y ha obligado al PAC a presentar esta solicitud de Mandamus”, indica el PAC ante el Tribunal de Apelaciones.

El viaje de cabildeo está planificado para el 18 al 21 de noviembre. Para esas fechas Igualdad pautará un anuncio bajo el título “Cinco siglos de colonia es demasiado”, en un periódico “político” de la ciudad capital con un mensaje sobre las condiciones políticas de Puerto Rico.

“El Secretario intenta evadir su responsabilidad ministerial de recibir y canalizar la solicitud del PAC de inspeccionar su propio expediente que obra en la Secretaria de la CEE y de que se expidan las certificaciones de las constancias solicitadas”, se agregó en el escrito.

El grupo se manifestará frente al Congreso para denunciar que “llevamos 520 años de ser una colonia”. Contarán, señala, con congresistas demócratas y republicanos que se dirigirán al público en esa y otra actividad que aún planifican.

Este partido, supo EL VOCERO, también se apresta a radicar un recurso porque la CEE tiene un alegado patrón de descartar el 33% de las firmas de endoso para inscribir la colectividad. Precisamente el PPT tiene ya en corte un recurso a esos efectos.

Los días 20 y 21 visitarán distintas oficinas de congresistas para indicarles los resultados del reciente plebiscito de estatus. Igualdad busca la participación de distintas organizaciones preocupadas por los derechos y políticas.

OBED BETANCOURT, EL VOCERO

El Tribunal de Apelaciones (TA) acogió una solicitud de Mandamus radicado por el Partido Acción Civil (PAC) contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y verá el asunto tan pronto esta sea emplazada.

Reclamarán igualdad en Washington


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MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

GUAYANILLA – Las autoridades estatales y federales indagaban confidencias que vinculaban el asesinato de Julio Ángel Torres Morales, de 42 años, ocurrida en la noche del sábado en la calle Del Parque, en el barrio Playa, con la incautación por parte de agentes de la agencia de Inmigración y Aduanas, por sus siglas en inglés ICE, de siete fardos de cocaína. La droga fue hallada en la madrugada del viernes en el sector El Faro, y los agentes federales incautaron la droga, varios vehículos de motor y armas de fuego. El contrabando entró a Puerto Rico, al ser burlado nuevamente el “escudo costero”. Según las confidencias los dueños de la droga enviaron a dos encapuchados a darle muerte a Torres Morales.

De la mano de los federales el ‘Escudo Costero’ MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

En lo que va de año la intervención del denominado ‘Escudo Costero’ ha producido la incautación de 1,500 kilos de cocaína y la detención de más de 214 indocumentados, reveló el superintendente de la Policía, Héctor Pesquera, quien reiteró que el trabajo se hace de la mano de agencias federales. “Queda claro que en lo relativo al tráfico de armas y municiones ilegales, en lo que respecta al correo y a los aeropuertos, la Policía trabaja en coordinación con las agencias federales antes mencionadas”, dijo Pesquera en una ponencia escrita presentada ante la Comisión cameral de Seguridad Pública que investiga “la condi-

ción de la seguridad pública de la sociedad puertorriqueña, identificar asuntos prioritarios y alternativas de intervención con los problemas de seguridad”. La resolución fue radicada en marzo por el presidente de la Comisión, José Báez y por el presidente cameral, Jaime Perelló. A la vista de ayer había varias entidades citadas, sin embargo se excusaron. Pesquera envió al teniente Ángel Álvarez de las Fuerzas Unidas de Rápida Acción (FURA) marítima. A preguntas del representante novoprogresista Ángel Rodríguez, acordaron proveer información sobre el costo de este ‘Escudo Costero’, para el cual se activa la Guardia Nacional.

Balacera acabó con la paz MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

LOIZA – La bicicletada por la paz había terminado hacia un buen rato, pero continuaba llegando público y se acomodaban en torno a la tarima instalada frente al negocio ‘Bamboobie’, ya que las actividades seguían con la presentación entre otros del reguetonero Julio Voltio. Hasta ahí saben las autoridades, ya que la balacera que ocurrió casi a las 9:00 de la noche que segó cuatro vidas, entre ellas la de un primo del organizador de la actividad, se ha ido nutriendo de muchas versiones y de informaciones encontradas recibidas mediante confidencias. A raíz de la balacera en la que la esposa de una de las víctimas resultó herida, las primeras versiones eran que habían llegado unos sicarios en dos automóviles color blanco y abrieron fuego. Otras versiones apuntaban a que los sicarios estaban entre el público y que tuvieron un problema posiblemente con una de las víctimas identificada preliminarmente como un tal Víctor Fuentes, de Río Grande. Sin embargo, entrada la tarde, las autoridades advirtieron que no había sido identificado oficialmente y que se hablaba de otro individuo que era buscado por un ‘car-jacking’ cuya identidad no estaba clara. No se

descartaba tampoco que hubiera ocurrido un fuego cruzado entre algunas de las víctimas y los sicarios.

doméstica, que también portaba una pistola Glock. Su esposa Sheila Tapia Rivera, de 27 años, recibió una herida en el antebrazo derecho.

El estruendo de los disparos se escuchó en Isla Verde. Tras las ráfagas cayeron muertos Carlos Javier Verdejo, de 39 años, vecino de Torrecilla Baja en Loíza, quien tenía una

El coronel Francisco Rodríguez, director de la Región Norte de la Policía, había estado supervisando los planes de vigilancia para Piñones, que se intensificaron tras la masacre que cobró otras cuatro víctimas el domingo 13. A unos 100 pies del lugar de la balacera había agentes, pero los asesinos --- según algunos testigos eran cuatro --- lograron huir por la atestada carretera. SUMINISTRADA

Posible asesinato por fardos de cocaína

JUAN NIEVES

pistola Glock. Este era primo del músico Hiram Abrante, que era el organizador de la bicicletada. Otros miembros de la familia ayudaban en la misma. Las otras víctimas fueron Noel Vázquez Rey, de 30 y residente en Barrio Obrero en Santurce, con antecedentes por Ley de Armas y Juan M. Nieves Carrillo, de 32 y residente en Alturas de Río Grande, con antecedentes por violencia

El superintendente de la Policía, Héctor M. Pesquera se encuentra fuera del país desde el pasado miércoles, y entre otras actividades acudió a Filadelfia a un encuentro de jefes de policías. No hubo reacción de la masacre. De otra parte, Alana Feldman, coordinadora general de Taller Salud, una organización feminista emitió un comunicado condenando los hechos ocurridos “precisamente durante una actividad organizada para promover la paz en el municipio de Loíza”. Señala el comunicado que Taller Salud no era la organizadora de la actividad “Pedaleando por la Paz”, sino que ésta había sido convocada y coordinada por el Sr. Hiram Abrante, residente de Piñones.

Matan fémina en Fajardo y a hombre en Vieques MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

La narcoguerra en Vieques, que este año ha cobrado oficialmente 14 vidas y otras dos que aguardan por los protocolos de autopsia, se trasladó a Fajardo, donde a las 11:00 de la mañana de ayer fue asesinada a balazos la narcotraficante Irma (Emma) Torres Santos, vecina del sector Villa Borinquén, en la isla municipio. Horas antes la Policía había hallado en la playa de Sun Bay, en Vieques, el cadáver de un individuo con heridas de aparente bala en la cabeza, cuya muerte no fue catalogada como asesinato. La mujer asesinada había acu-

dido al Centro Judicial de Fajardo para acompañar a un individuo identificado como Abdiel Rivera Velázquez, quien tenía una vista preliminar por drogas ante la jueza Rosa del Carmen Benítez. La jueza determinó causa y pautó el juicio para iniciar el 5 de noviembre. Hasta la tarde de ayer la Policía continuaba tratando de obtener cintas de video y testimonios para dar con los autores del asesinato de ‘Emma’ que ocurrió cuando apenas salía del Centro Judicial para buscar un automóvil. La violencia en lo transcurrido de mes ha cobrado 64 vidas.


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INTERNACIONALES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Dos muertos y dos heridos por balacera en Nevada

JULIE PACE, THE ASSOCIATED PRESS

SCOTT SONNER, THE ASSOCIATED PRESS

WASHINGTON— El presidente Barack Obama dijo ayer que “no hay excusas” para la cascada de problemas que afectaron el lanzamiento de un elemento crucial de su ley de gastos médicos, pero dijo confiar en que habrá una solución rápida. “De nada sirve dorar la píldora”, afirmó el mandatario. “Nadie se siente más frustrado que yo”.

unas siete millones de personas obtendrían cobertura durante el primer año.

AP / Charles Dharapak

Obama garantizó que todo el que quiera obtener cobertura a través del nuevo sistema podrá hacerlo, aunque deba registrarse por teléfono o llenar una solicitud en papel. Aunque fue convocado como conferencia de prensa, en el evento en el Rosedal de la El presidente dijo que su Casa Blanca reinaba el gobierno está haciendo ambiente de un acto a favor “todo lo posible” para de la ley, con invitados que corregir los problemas de aplaudían cada vez que los cibersitios federales Obama anunciaba los que donde se supone que la considera los beneficios gente debe contratar su de ésta. El mandatario fue seguro de gastos médipresentado por una mujer BARACK OBAMA cos. Esto incluye traer a que pudo inscribirse a un expertos en tecnología seguro de gastos médicos del gobierno y externos para resolver las a través de los mercados establecidos para dificultades. Los usuarios tienen de plazo ello en Delaware, su estado de residencia. hasta el 31 de marzo para contratar una cobertura de gastos médicos. La Oficina De acuerdo con la Casa Blanca, el sitio Healthde Presupuesto del Congreso, un organis- Care.gov ha recibido más de 19 millones de mo apartidista, había pronosticado que visitas desde su inauguración el 1 de octubre.

Huracán Raymond categoría 3 se acerca a México MARK STEVENSON, THE ASSOCIATED PRESS

MEXICO — El huracán Raymond se fortaleció a categoría 3 ayer en la madrugada y amenazaba con provocar nuevas lluvias torrenciales sobre las costas del Pacífico mexicano, ya devastadas el mes pasado por la tormenta tropical Manuel. La tormenta casi se había detenido frente al sur de México, unos 265 kilómetros (165 millas) al oeste-suroes-

te del puerto de Acapulco, informó el Centro Nacional de Huracanes de Estados Unidos, y se prevé que se acerque un poco más a la costa el martes antes de revertir su rumbo de regreso al mar el miércoles. Las autoridades mexicanas se apresuraron a enviar personal de emergencia.

SPARKS, Nevada — Un alumno de una escuela secundaria en Sparks, en el norte de Nevada, abrió fuego poco antes del inicio de la jornada escolar ayer, hirió a dos chicos y mató a un empleado que intentaba proteger a los niños. El único sospechoso de efectuar los disparos también murió, aunque no estaba claro si se suicidó. Las autoridades dijeron que la policía no efectuó disparos. Los nombres del sospechoso y el empleado no fueron divulgados. “Lo considero un héroe... Sabemos que trató de intervenir”, dijo el subjefe de policía Tom Robinson acerca del empleado. Otros dos alumnos resultaron heridos de suma gravedad por la balacera que comenzó a las 7:15 de la mañana, poco

AP / Kevin Clifford

Obama critica problemas en ley de salud

antes del comienzo de las clases. Uno había salido del quirófano y el otro evolucionaba bien. Se desconocía el motivo del hecho. Los disparos se produjeron en los terrenos de la escuela, pero afuera del edificio, según la policía.

Un muerto tras tiroteo en club de Las Vegas KEN RITTER, THE ASSOCIATED PRESS

LAS VEGAS — Una discusión sobre el pago de un consumo mínimo derivó en un tiroteo ayer en la madrugada en un club nocturno de Las Vegas, lo cual dejó un cliente muerto después de que trató de someter al hombre armado, al tiempo que dos empleados resultaron heridos. Un hombre comenzó a disparar a las 5:45 de la mañana e hirió al gerente y a un guardia de seguridad del club Drai’s After Hours, situado en el HotelCasino Bally’s, dijo el sargento policial John Sheahan. Otro guardia también podría haber resultado lesionado. Sheahan dijo que el club nocturno estaba abierto cuando ocurrió el incidente y se cree que el atacante estaba solo. Fue

hospitalizado por heridas no especificadas. Un cliente murió baleado cuando intentó someter al pistolero mientras la gente corría para salir del club, dijo el sargento. Las autoridades dijeron que el atacante hizo un pago de consumo mínimo y poco después exigió que le devolvieran su dinero antes de que comenzara el tiroteo en el club, el cual está situado en la planta baja de Bally’s. Los juegos de azar continuaron en el casino después de la balacera, pero la cinta amarilla que la policía utiliza para acordonar un lugar de crimen abarcaba varios grupos de máquinas tragamonedas afuera del club nocturno.


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Breves reflexiones sobre el cierre gubernamental federal LCDO. YESEF Y. CORDERO LEBRÓN, MBA, EXSECRETARIO DE VIVIENDA

VOX

A horas de llegar a la Fecha X (el 17 de octubre, día en que E.E.U.U. no podía tomar más prestado para financiar sus operaciones y cumplir con sus obligaciones), el gobierno federal tuvo luz verde para abrir nuevamente y para continuar tomando prestado. Al final del día, tal y como había sido predicho por la mayoría de los observadores políticos y los mercados financieros, la Cámara de Representantes iba a tener de capitular en sus pretensiones y aceptar lo que tanto el Presidente Obama como el Senado estaban dispuestos a aprobar. De ese episodio lamentable de inmadurez y temeridad política, he aquí algunas reflexiones:

1. Alto Costo Económico: Según la compañía calificadora de crédito Standard & Poor’s, el cierre gubernamental le costó a la economía la friolera de $24 mil millones. Entre esas pérdidas se encuentran $3.1 mil millones en servicios gubernamentales dejados de ofrecer, $152 millones al día en gastos de viajes cancelados, y $76 millones al día en ingresos no generados por visitas a los parques nacionales.

2. Alto Costo Reputacional: Durante las más de 2 semanas que duró el cierre gubernamental, el mundo sudó la gota gorda ante la posibilidad de que E.E.U.U. incumpliera con sus obligaciones de pagar los bonos que tantos bancos centrales de las potencias mundiales actualmente tienen en sus carteras. Peor aún, el cierre gubernamental ha ocasionado que el liderato y reputación de E.E.U.U. a nivel internacional en materia financiera sea seriamente erosionado, y tal vez hasta comprometido. 3. La Gobernanza por Crisis Seguirá por el Momento: A pesar de lo grave de la situación, los políticos solamente pudieron posponer el tranque por 3 meses más, y no a una solución con sentido lógico y sostenible. Y es que el sistema político federal se encuentra tan inmerso en una división ideológica que hace virtualmente imposible llegar a soluciones de mediano y largo plazo. Esto hace que el modo de gobernanza de facto sea por crisis en donde constantemente los actores piensan en extraer

concesiones entre sí sin importar el costo. Eso incluye a facciones dentro de los mismos partidos políticos. Este escenario no parece que cambiará en el futuro cercano. 4. Posible cisma republicano: Desde el 2010, el Partido Republicano ha abrazado al llamado movimiento del Tea Party. Sin embargo, la convivencia entre teteros y republicanos clásicos es evidentemente más difícil cada día donde cada facción se acusa públicamente entre sí cada vez más de llevar a la nación por mal camino. Hasta cuándo durará ese maridaje de conveniencia es algo incierto. Lo que sí se sabe es que el disgusto y hasta la repugnancia entre estas facciones no parece disminuir, sino todo lo contrario. Ahora nos resta esperar hasta el 15 de enero para ver el próximo episodio de esta saga que no parece terminar.

Comentarios: (email: corderolaw@mail.com/ Twitter@YesefY)


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NEGOCIOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

SUMINISTRADA

negocios

El periódico de Puerto Rico

En compás de espera aumento de la leche ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO

La pugna entre las elaboradoras de leche fresca y el gobierno se batalla desde el 2004

El aumento en el precio de la leche, acorde con la orden emitida por el Juez Federal Daniel Domínguez, queda detenida hasta que finalicen dos reuniones preacordadas entre las partes, la del 25 de octubre, que es una reunión entre los abogados de todas las partes y la del 31 de octubre, que será la vista de cumplimiento. Lo que ocurra en ambas vistas determinará la prevalencia del aumento ordenado por el Tribunal de 13.5 centavos por litro, lo que elevaría el precio del cuartillo a $1.64, sostuvo José Pantojas, reglamentador de la Oficina Reglamentadora de la Industria Lechera (ORIL). Aunque el fallo del Tribunal bajó el pasado 22 de septiembre, Pantojas explicó que no fue hasta ahora que apelaron la orden, la cual entienden posee unos elementos que no proceden, además de que los datos presentados por las elaboradoras no son auditados, en espera de documentación necesaria, como como los estados regulados de las elaboradoras, las cuales les fueron entregados el pasado martes. Aclaró, que la agencia está efectuando un estudio económico que incluye a todos los sectores, el cual entiende deberá estar culminado para finales de noviembre o diciembre, entrando en vigor en enero. El ejecutivo no descarta, que ante la situación económica que se vive pudiera necesitarse un incremento en el precio, pero aclaró que debe ser revelado por el estudio. Los 13.5 centavos estipulados por el Tribunal responden al reclamo de las elaboradoras, quienes aseguran que desde el 2002 hasta ahora, por las regulaciones de la ORIL, han dejado de recibir $133 millones en ganancias. Dicho pleito inició en el año 2004, cuando las plantas elaboradoras radicaron un interdicto cuestionando sus márgenes de ganancia en la cadena de producción. La titular del Departamento de Agricultura, Myrna Comas Pagán informó que ORIL está cumpliendo estrictamente una orden judicial

y que no se trata de una determinación sobre el estudio exhaustivo que en la actualidad lleva ORIL sobre costos y márgenes de ganancia de todos los componentes de la Industria y el cual no ha concluido aún. “Se trata de una determinación judicial y estamos acatando dichas directrices. Aquí no se trata de una medida de aumento de precios por disposición gubernamental. En el pasado los gobiernos de ambos partidos políticos han tenido que lidiar con este asunto y acatar determinaciones judiciales similares”. Agregó, que e Departamento de Agricultura protegerá la producción local de leche y al consumidor puertorriqueño por encima de cualquier reclamo individual de los componentes de la cadena de producción de la Industria. “Ese es nuestro deber ministerial y nuestro único norte es agotar todos los recursos a nuestro alcance. El resto es el cumplimiento de disposiciones judiciales que serán apeladas en su momento. Exhorto a la ciudadanía a comparecer a dicha vista pública y expresar su rechazo contundente a cualquier revisión de márgenes de ganancia que pueda encarecer la leche fresca.” Comas Pagán aclaró que en el 2010-2011 sucedió algo similar, lográndose detener la orden, lo que persiguen vuelva a suceder en estos momentos. En torno a un posible aumento, aclaró que por el momento esperarán la culminación del estudio, por lo que no especulará al respecto. Por su parte, Juan Carlos Rivera Serrano, presidente del Sector de Leche de la Asociación de Agricultores de Puerto Rico, exhortó al gobierno que apele al Tribunal Supremo si fuese necesario para detener dicha orden, la cual entiende sólo redundará en reducción de ventas y en la continuidad de quiebras de los ganaderos, que hoy alcanza el 25%. Afirmó, que la orden emitida no se sustenta en ningún estudio finalizado y atenta contra los agricultores productores de leche

de Puerto Rico, ya que la ley y el interdicto obliga a la ORIL a realizar una revisión a todos los sectores que componen la industria lechera. “Tomar una determinación de aumentar el litro en 13.5 centavos, el medio galón en 27 centavos y el tamaño familiar en 54 centavos, sin bases científicas raya en la irresponsabilidad. Lo que debió haber hecho la ORIL fue acelerar la conclusión del estudio, incluir a todas las partes envueltas en las discusiones y adoptar una orden justa para todos, incluyendo al consumidor. De esta forma hubiera cumplido con la orden del Tribunal Federal emitida en el 2007 y se hubiese evitado la orden emitida en septiembre del 2013”, afirmó Rivera Serrano. Sostuvo además, que llevan años solicitando un aumento de 8 centavos por la partida de alimentos y el aumento en la energía eléctrica y no han sido atendidos, por lo que entienden que si aumentan a unos, es justo también que se les haga justicia a ellos. Añadió que se incluya al Sector de Leche compuesto por los productores de leche (ganaderos) en todas las reuniones en donde se discutan asuntos que les afectan y que terminen el estudio exhaustivo de costos para hacer justicia como corresponde.” Según la Secretaria de Agricultura, la industria lechera está estable. Está produciendo lo suficiente para suplir la demanda y está diversificando la oferta, de manera que se elimine la necesidad de decomizar leche fresca en meses como marzo y abril. Para incrementar el consumo, desarrollarán estrategias de publicidad para aumnetar el reconocimiento y aceptación de la leche fresca en el mercado puertorriqueño. Se intentó obtener una reacción de las plantas elaboradoras, Suiza Dairy y Tres Monjitas, quienes sostuvieron que no emitirán comentarios hasta que baje la nueva orden del Tribunal.


EL VOCERO / NEGOCIOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

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Fiesta de Ford da estabilidad a la marca ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO

Continuar solidificando la presencia de la marca en la Isla es la gran aspiración de Pablo Haase Sánchez, nuevo director regional de Ford en Puerto Rico, Caribe y Centroamérica, la que admite que es la misma de todos los años.

cional para el Fiesta. La venta estuvo en 70% versus el mismo periodo el año pasado. El segmento de los subcompactos es muy importante y de los de mayor volumen para la industria”, agregó Noelle de la Rosa, gerente de operaciones generales de Ford en Puerto Rico, Caribe y Centroamérica.

El ejecutivo chileno que lleva sólo cuatro semanas en el País, admitió que seguirán enfocados en los segmentos de mayor volumen: autos subcompactos, compactos, sedanes medianos y SUV's compactos. “Desde el 2009 hasta la fecha, Ford creció más del 90%, un crecimiento explosivo y exponencial. Es natural que después de eso las aguas se calmen un poco, que es un poco lo que ocurre hoy. La expectativa es seguir desarrollando los productos que nos han hecho exitosos en el pasado. Acabamos de lanzar en agosto la nueva versión del Ford Fiesta que es el producto más vendido en la Isla y el cual ha tenido gran aceptación”, expresó Haase Sánchez. “Hemos vendido 1,223 Ford Fiesta, entre

Haase Sánchez asumió el liderato de Ford International Business Development, Inc. en julio de 2013, luego de 13 años de carrera para Ford en Chile y Argentina. Como director regional, está a cargo de las operaciones de ventas, servicio y mercadeo de la región Puerto Rico, Caribe y Centroamérica que incluye 24 países. Pablo Haase Sánchez, nuevo director regional de Ford en Puerto Rico, Caribe y Centroamérica

los modelos 2013 y 2014, en lo que va del año. Además de 1,058 unidades de la Ford Escape. Agosto fue un mes excep-

En Puerto Rico e Islas Vírgenes, Ford lidera a las marcas americanas en ventas de autos, luego de un crecimiento de 96 por ciento en ventas en cuatro años entre 2009 y 2012. Durante los primeros nueve meses de 2013, la marca ha vendido 6,989 unidades, manteniendo una participación en el mercado de 9.5 por ciento.

Abre PRIAS 2014 ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO

El Puerto Rico International Auto Show (PRIAS), que este año cumple su 15 aniversario, se inauguró ayer en su cede usual de los pasillos de Plaza Las Américas en el cual se exhiben más de 70 vehículos, que incluyen prototipos, vehículos híbridos y eléctricos. Se espera que la asistencia al evento, que dio inicio ayer y se extenderá hasta el 3 de noviembre, sea de alrededor de 1.5 millón de personas. “Este evento ha calado profundo y es tan popular porque es la única vez en que se presentan juntos bajo un mismo techo múltiples marcas diferentes”, comentó Myrna Escabí, una de las organizadoras y fundadoras de PRIAS. La ejecutiva mencionó que entre las particularidades de este año es que los “carros futuristas y vanguardia no los estaban tra-

de Chrysler de un costo aproximado de $200 mil. Este modelo cuenta con motor frontal V10 de 8.4 litros y ofrece una potencia de hasta 640 caballos de fuerza, 600 libras de torque, el mayor en su categoría. También el Corvette de Chevrolet, uno de los 14 hechos en el mundo, y el nuevo Toyota Corolla 2014.

Viper SRT de Chrysler

yendo y esta vez sí están en exhibición”. Las marcas participantes, que son Chevrolet, Chrysler, Dodge, Fiat, Ford, Hyundai, Jeep, Lexus, Lincoln, Mercedes-Benz, Mitsubishi, Ram, Scion, Smart, Smart, Toyota y Volkswagen, presentarán sus nuevos modelos 2014. Entre las exhibiciones se destacan el Viper

“Este año nuestra exhibición busca agradecer la lealtad de nuestros clientes y como la noticia es el nuevo Corolla 2014, presentamos una historia de todo lo que ha visto Corolla desde 1966 que ha conquistado los corazones de sobre 40 millones de personas en más de 154 países”, expresó Maribel Bengoa, gerente de ventas y mercadeo de Toyota de Puerto Rico. Durante el evento se ofrecerán charlas educativas, de parte de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, presentaciones y espectáculos artísticos.

A impulsar pago obligatorio del bono de Navidad CYBERNEWS

El representante Charlie Hernández radicó ayer el Proyecto de la Cámara 1491 que busca garantizar al empleado el derecho al cobro del bono de Navidad cuando un patrono solicite ser eximido de dicha obligación. La propuesta de Hernández busca brindar al empleado el derecho a revisar la información financiera provista por el patrono al Departamento del Trabajo para verificar su veracidad y corrección.

"El empleado a quien se pretende privar de su bono de navidad debe tener derecho a revisar e impugnar la información suministrada por el patrono en la que fundamenta su decisión de no pagar dicho beneficio", indicó Hernández en comunicado de prensa. La ley vigente provee un mecanismo para que el patrono solicite al Departamento del Trabajo se le libere de la obligación de pagar el bono de navidad alegando limitaciones económicas.

En su propuesta el Representante prohíbe además al patrono pagar dividendos corporativos u otro tipo de bonificación a accionistas o empleados gerenciales hasta que haya pagado primero el bono de navidad a todos sus empleados. "Es inaceptable que un patrono alegue no tener capacidad económica para pagar bono de navidad a sus empleados más humildes pero encuentre los recursos para pagarle a su alta gerencia bonificaciones de diversa naturaleza", mencionó Hernández.

Aumenta Índice Precios al Consumidor ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO

El poder adquisitivo del dólar se mantuvo en 85 centavos de agosto a septiembre del 2013 (respecto a su valor de 100 en diciembre del 2006), según el Negociado de Estadísticas del Departamento del Trabajo, que ubica el IPC en 117.079 para septiembre. Ese índice representa un aumento de 0.1 por ciento (%) al comparar con agosto del 2013 (117.005), mientras los grupos principales que reflejaron alza en sus índices incluyen: alojamiento, 0.7%; alimentos y bebidas, 0.3%; Cuidado Médico, 0.3%; servicios, 0.3% y educación y comunicación, 0.2%. Por otro lado, los renglones que mostraron reducción en sus índices fueron: Transportación, 0.8%; entretenimiento, 0.6% y ropa, 0.2%. De septiembre del 2011 (114.551) a septiembre del 2012 (115.529) el Índice General de Precios aumentó en 0.9%. Los siguientes grupos principales reflejaron alza: Cuidado Médico, 4.6%; Entretenimiento, 1.9%; Alimentos y Bebidas, 1.3%; Otros Artículos y Servicios, 0.9%; Transportación, 0.9%; Educación y Comunicación, 0.7% y Alojamiento, 0.1%. El grupo Ropa mostró una reducción en su índice de 0.4%. El IPC es un indicador estadístico que mide, entre dos períodos específicos, el cambio relativo promedio ocurrido en los precios al por menor de las mercaderías y servicios que consumen las familias en Puerto Rico. La fórmula estadística que se utiliza para preparar el IPC básicamente consiste en comparar mensualmente el valor que tienen las 503 categorías que componen la muestra (canasta) a los precios de cada mes, con el valor que tenían a los precios en diciembre del 2006 (periodo base), y multiplicar esa razón por cien para convertirla en el índice.


escenario

MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

BREVES Jailene Cintrón está que se ríe sola. Aunque no está en televisión y hace casi un año que tampoco en radio, su proyecto 'Mujer pa' ti' continúa en espiral y redimensionándose. “Esto ha sido maravilloso. Aun sin estar en los medios, tener este crecimiento y el apoyo al proyecto, es increíble. Estoy recogiendo lo que he sembrado y doy gracias a Dios por lo que estoy viviendo”, expresó la animadora, quien evalúa ofertas para regresar a radio y a la pantalla chica, así como otra de corte teatral. “A veces me quedo, ‘¡wow!’, no soy merecedora de tanto cariño. Es hermoso sentirte querida por la gente, que confíen en ti. Por eso es que tengo mucho respeto y cuidado con lo que decido hacer”, estableció a quien le encantaría llevar a la TV el concepto de 'Mujer pa' ti'. Al Teatro La Perla en Ponce, llegará el 9 de noviembre a partir de las 2:00 pm con 'Mujer protagonista', buscando impactar positivamente a cerca de 1,100 féminas. Junto a ella, estará Jasmín Mejías y los cantantes Edgar René y Lucy Esquilín.

Con nuevo sencillo Daddy Yankee lanzó ayer en plataformas digitales el sencillo ‘La nueva y la ex’, en la cual le canta a una nueva conquista y a una ex, mediante una lírica para la masa. Es parte del disco ‘King Daddy’, que saldrá al mercado el 29 de octubre.

“Estoy compartiendo mis herramientas. No soy una profesional de la conducta. Soy mujer, hija, madre, esposa, amiga y lo que busco es que conversemos y busquemos la forma de levantar la autoestima de las mujeres, que ha sido acribillada; por eso las estadísticas de violencia domésticas son tan altas”, opinó quien ha aprendido a través de sus experiencias a convertirse igualmente en “protagonista”.

Tiempo de cosecha para

Jailene Cintrón MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO

“En mi momento no tenía ni las herramientas ni las personas que me ayudaran. Cargaba con mis principios, valores y consejos de mi mamá”, contó quien en 1996 experimentó una entrega total a Dios. 'Mujer pa' ti' no lo considera un ministerio, sino “el proyecto que Dios ha puesto en mis manos para ayudar a las mujeres, ayudar a que se valoren. El lo ha suplido todo, porque todo es gratis a donde llegamos, yo tampoco cobro. Mi paga es ver a esas mujeres salir pompiaítas, seguras de sí mismas”. Sus hijas Lara y Victoria, de 13 y 12 años respectivamente, también forman parte de la iniciativa. “Están presentes en cada reunión, son parte del equipo, dan ideas, tienen hasta su uniforme”, contó la animadora quien se encuentra bien tras un reciente accidente automovilístico. Victoria requirió terapias y aun no puede cargar nada pesado ni esforzar la espalda, pero también está mucho mejor.

Se despide de DC Alexandra Fuentes anunció ayer que se despedirá de la animación de ‘Dando candela’ (Telemundo), el próximo jueves, 31 de octubre. Saudy Rivera, Byankah Sobá, Papo Brenes y Fernan Vélez, continuarán en el espacio, que contará durante las próximas semanas con diversas figuras invitadas.

Cintrón también ha recibido acercamientos para publicar un texto relacionado a 'Mujer pa' ti' y para el próximo año se prepara para irse de crucero con el esfuerzo de empoderamiento femenino. Para más información, puede acceder a www.mujerpati.com o llamar al 787- 448-7465.

El periódico de Puerto Rico

Con pista de baile para salseros en Choliseo REDACCIÓN, EL VOCERO

Víctor Manuelle

En lo que promete ser un evento de salsa sin precedentes, la emisora Salsoul celebrará este sábado, 26 de octubre desde las 8:00 pm, la cuarta edición de 'Salsoul… El Evento', en el Coliseo de Puerto Rico, con una pista gigante en el área de arena para el bailador.

Los artistas estarán acompañados por la orquesta oficial del evento, integrada por grandes músicos del patio, bajo la dirección del maestro Elías Lopés. Los cantantes y agrupaciones son: Domingo Quiñones, Richie Ray y Bobby Cruz, N-Klabe,HéctorTricocheyVíctorManuelle, quien cerrará la velada.

Parte de los recaudos serán a beneficio de la Fundación Anthony ‘Junior’ Soto, dedicada a apoyar y becar a jóvenes con talento en la música y las comunicaciones. Los boletos son a precios asequibles y están disponibles en www.ticketpop.com, en la boletería del Coliseo o a través del 787-294-0001.

Llega a Rusia Miss Universe Puerto Rico 2013, Monic Pérez, llegó esta madrugada a Moscú con cinco maletas grandes y una de mano. En el aeropuerto de Puerto Rico la despidieron su abuelo Dolores Díaz y su tití Luz Díaz, el equipo del certamen y una batucada.


LOOK

EL VOCERO / ESCENARIO / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

Bolso por buena causa

Jornada de alta costura Abre la jornada con la gala Furor España, a beneficio del museo, con los desfiles de Custo Barcelona y Maya Hansen. Continúa el jueves con las colecciones de David Antonio y Lisa Thon, quien subirá a la pasarela 'Zensorial', en la cual proyecta una mujer divertida, femenina y perceptiva con una explosión de colores brillantes. El viernes le tocará a José Raúl, Eddie Guerrero y al primer grupo de The New Generation I: Dee Serret, Héctor Omar, Pedro

Por séptimo año, Tommy Hilfiger lanzó una cartera de edición limitada para apoyar al Breast Health International, cuya campaña reunió a las súper modelos Claudia Schiffer y Naomi Campbell. Esta fundación sin fines de lucro trabaja en el avance de la investigación y el tratamiento del cáncer de mama. El bolso estará en tiendas de la marca y en www.tommy.com.

Ángel Chaluisant, Lorena Arvelo y Diana Vázquez. El sábado mostrarán sus diseños Jaer Cabán y la segunda parte de este colectivo: Joseph Da'ponte, Jackie Tejada, Gabriel Ocasio, Reynaldo José y Orlando Manuel. También esa noche el diseñador puertorriqueño Reinaldo Álvarez, directamente desde París, develará su colección Arte por La Paz Fashion Gala, a beneficio de la Escuela Libre de Música, a través de la fundación de Giselle Blondet, quien será anfitriona y modelo. Los boletos para el PRHFW están a la venta en PRtickets.com, para Furor España en la boletería del MAPR y para el Arte por La Paz - Fashion Gala en www.arteporlapaz.eventbrite.com.

Suministradas

Este mes de octubre ha sido muy activo en la moda y desde mañana miércoles 23 hasta el sábado 26, los caminos de los fashionistas conducen al Puerto Rico High Fashion Week (PRHFW), en el Museo de Arte de Puerto Rico, en Santurce.

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A beneficio Cruz Roja Diseño de la colección Zensorial, de Lisa Thon.

Con la adquisición de esta pulsera apoyará a familias que reciben servicios humanitarios de la Cruz Roja en Puerto Rico, ya sea en desastres como en ofrecer servicios de comunicación entre militares activos en el extranjero y sus familias. Viene en cinco colores y estará a la venta por un donativo de $2 en Church's Chicken.


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CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

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EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 na desconocida que pueda tener algún interés y herederos descoque la Peticionaria de Espiritista y lectura del Ta- nocidos, epígrafe ha presentado una Petirot, castigadora de los infie- ción de Expediente de Dominio les. Soluciono lo que me pi- para que se declare a su favor el das extermino intrusos, dominio de la siguiente finca: --enemigos rivales. Ocultis- RUSTICO: En el Barrio Borinde Aguadilla, Puerto Rico, mo supremo alta magia quen compuesto de mil seiscientos africana, negra, roja, pactos veintiocho punto veinticuatro mebiringo, amarres 7 nudos, tros cuadrados (1,628.24 mc), amarres de venganza, ca- colindando al NORTE en 3823m pricho, matrimonio, pasión con Sucesión de Gilberto SanaHidalgo, al SUR en 37.18m deseo, sexo solo contigo, bia con Luz E. Sanabia Ramos, al regreso y domino y humillo ESTE en 44.02m con parque del a tu pareja sin importar Municipio de Aguadilla y al OEStiempo, obstáculos ni dis- TE con 41.43m con uso público. tancias. Urb. Villa Nevarez ---Libre de Cargas y sin registrar. --Catastro número: 01-023-045C. 11 San Juan PR 251-11-000. Este Tribunal orde (787) 478-0223 nó que se publique la pretensión por tres (3) veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general ¿Quieres saber tu futuro? para que los que tengan Amor, salud y dinero. Contac- diaria, derecho real sobre el inmueble tar a la Madre Esperanza. descrito, las personas ignoradas (809) 537-0543. a quienes pueda perjudicar la inscripción, y en general, a todos ELOIZA UNICA en union de pa- los que deseasen oponerse puereja, salud dinero, trab Haitia- dan efectuarlo dentro del término de veinte (20) días a partir de la no1-829-765-2109 última publicación del presente edicto. Por tanto, libro la presenCONSEJERA te en Aguadilla, Puerto Rico, a el Se lee Tarot y mano. Le dirá lo día 23 de agosto de 2013. ANA que desea saber en su primera M. AVILES GONZALEZ, SEvisita. Reúne separados, le re- CRETARIA REGIONAL. (FDO.) suelve cualquier problema con SUB SECRETARIA.

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CARTAGENA MALAVE SANTOS Demandante VS.

DOE JOHN

Demandado JOHN DOE. A TRAVES DE PUBLICACION POR EDICTO. DESCONOCIDO PR 99999. CASO NUM: G2CI200300195. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. NOTIFICACION ENMENDADA DE SENTENCIA POR EDICTO. EL SECRETARIO que suscribe notifica a usted que el 06 de febrero de 2004 este Tribunal ha dictado Sentencia declarando con lugar la demanda de este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Y, siendo o representando usted la parte perjudicada por la Sentencia, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la última publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha 19 de marzo de 2004. LIC. JOSE M CARRERAS PEREZ. 400 CALLE CESAR GONZALEZ STE 270 SAN JUAN PR 00918. CAYEY, Puerto Rico, a 19 de marzo de 2004. ROSA BENITEZ RIVERA, SECRETARIO. POR: LAURA J. VAZQUEZ ZAYAS, SEC. AUX. CAYEY. ED-13028 EN EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.

CARIDAD SANABIA FERRER Peticionaria

Demandante vs.

RAFAEL RODRIGUEZ CARRION

Demandado CIVIL NUM.: KPE 2012-3819. SOBRE: COBRO DE DINERO. EDITO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. SS. Yo, SAMUEL GONZALEZ ISAAC, Alguacil Supervisor, del Tribunal de Carolina, al público en general CERTIFICO y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por la Secretaria del Tribunal Superior de Carolina, en el caso arriba indicado, venderé en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, el día 22 de noviembre a las 2:00 p.m., cuando se llevará a cabo la subasta para el público en general. El automóvil a ser subastado está listo para inspección de lunes a viernes, de 1:00PM a 5:00PM en Vía 12-2GL, 411, Urbanización Villa FontanaCarolina, P.R. puede llamar al Depositario: señor Carlos Martínez, teléfono 787 593 7959 para cita. La subasta se llevará a cabo en Vía 12-2GL 411 Urbanización Villa Fontana, Carolina. Lo subastado incluye todo título e interés que tenga la parte demandada en el mueble de su propiedad, que se describe más adelante. “Automóvil: Hyundai Accent GLS-Tabilla-GWK 284Color crema-Año 2007 Vin number kmhcm46cx7u076379-Título 393 5219. En diciembre de 2012 se condenó a la parte demandada a pagarle a la parte demandante $1495.00. Del estudio de título realizado por la parte demandante además, aparece que el automóvil tiene hipoteca con Anderson Financial Service (Borinquen Title), cuya suma incluyendo intereses es $2433.31. en DTOP aparecen dos multas por boleto de $25.00 y $15.00, un total de $40. Total valor del automóvil: $3,968.31, los gastos de aparcamiento o del mueble dependen de la fecha en que sea citada la subasta, así demás gastos. Para conocimiento de licitadores y público en general, la publicación de acuerdo con la ley se hará en un periódico de mayor circulación en Puerto Rico, y en los sitios públicos de costumbre. Expido el presente edicto bajo firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico. Hoy día 2 de octubre del 2013. SAMUEL GONZALEZ ISAAC, ALGUACIL SUPERVISOR-DIVISION DE SUBASTAS. TRIBUNAL DE CAROLINA. CB-3549 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

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Demandante v. CIVIL NUM.: AJV2013-0135. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: SUCN. ADOLFO SANABIA HIDALGO. Por la presente Demandados se le notifica como anterior due- CIVIL NUM: HSCI2012-00912 ño inmediato, a cualquier perso-

EXPARTE

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(207) SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 22 de abril de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 6 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE HUMACAO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $149,350.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 13 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $99,566.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE HUMACAO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 20 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“RUSTICA: Predio de terreno compuesto de SETECIENTOS TREINTA y OCHO punto OCHENTA (738.80) metros cuadrados, marcado con el número CINCUENTA y UNO (51) de la urbanización San Benito, radicada en el barrio Mabú del término municipal de Humacao, Puerto Rico. En lindes por el Norte, con la finca principal en VEINTIUNO punto SETECIENTOS VEINTICINCO (21.725) metros, por el Sur, con la calle número DOS (2) del residencial en QUINCE punto CINCUENTA (15.50) metros; por el Este, con el solar número CINCUENTA y DOS (52) en CUARENTA (40.00) metros; y por el Oeste, con el solar CINCUENTA (50) en CINCUENTA y OCHO punto CIENTO CINCUENTA y CINCO (58.155) metros. Enclava casa”. Inscrita al folio 173 del tomo 560 (ágora) de Humacao, finca #13,962, inscripción 9na., del Registro de la Propiedad de Humacao. DIRECCION: URB. ALTURAS DE SAN BENITO 51 HUMACAO, PUERTO RICO Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) AL: CO-DEMANDADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a cuyo favor hay anotado un Embargo Federal por la suma de $15,123.06 contra Adalberto Ortiz Maldonado, según notificación 734539210, presentada el 13 de enero de 2011, al folio 169 Libro 6 Asiento 5 del Registro de la Propiedad de Humacao. (2) AL: CO-DEMANDADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a cuyo favor hay anotado un Embargo Federal por la suma de $44,411.78 contra Adalberto Ortiz Maldonado, según notificación 747508111, presentada el 12 de abril de 2011, al folio 178 Libro 6 Asiento 4 del Registro de la Propiedad de Humacao. (3) AL: CODEMANDADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a cuyo favor hay anotado un Embargo Federal por la suma de $1,184.71 contra Adalberto Ortiz Maldonado, según notificación 809386511, presentada el 31 de agosto de 2011, al folio 222 Libro 6 Asiento 3 del Registro de la Propiedad de Humacao. (4) AL:

CO-DEMANDADO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, a cuyo favor hay anotado un Embargo Federal por la suma de $4,808.15 contra Adalberto Ortiz Maldonado, según notificación 917522913, presentada el 5 de febrero de 2013, al folio 88 Libro 7 Asiento 3 del Registro de la Propiedad de Humacao. Se hace saber que de acuerdo con 28 USCA Sección 2410© el Gobierno de los Estados Unidos de América tiene derecho a redimir la propiedad objeto de la presente acción pagando la postura en subasta del licitador a quien se le adjudique y ese derecho de redención lo tiene los Estados Unidos de América por un año a partir de la fecha de la subasta. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $142,301.47 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.625% anual, desde el día 1 de septiembre de 2009, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $14,935.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras suma que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en HUMACAO, Puerto Rico, hoy día 9 de agosto de 2013. María del Pilar Rivera Rivera Alguacil Regional. Alguacil Por: Wilnelia Rivera Delgado Alg. Aux. #249 RP-152 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae, Demandante v.

Luis A. Serralta Berríos, t/c/c Luis Serralta Berríos, María Luisa Sánchez Cortijo t/c/c María A. Sánchez Cortijo y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM.: FCD2013-1332 (407) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A la parte demandada: Luis A. Serralta Berríos, t/c/c Luis Serralta Berríos, María Luisa Sánchez Cortijo t/c/c María Sánchez Cortijo y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida FISICA: Urbanización Country Club, HY 32 Calle 240, Carolina PR 00983 POSTAL Urb. Country Club, HY 32 Calle 241, Carolina PR 00982 Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $62,281.00 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el 1 de marzo de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,500.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 394, otorgada ante el Notario Miguel Arcangel Arroyo Díaz, el día 30 de octubre de 2001, sobre la finca número 3,862 inscrita al folio 145 vto. del Tomo 106 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTÍNEZ & TO-

RRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. José David Hernández Dávila, P. O Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787)767-8244, Fax (787)767-1183, Abogado de al Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy OCT 10 2013, en Carolina, Puerto Rico. SECRETARIA REGIONAL SECRETARIO(A) MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL INGRID PÉREZ OSORIO. RP-139 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN

LYNERT, INC. H/N/C DE DIEGO RENTAL Demandante Vs.

WORLD MARINE, INC., MARINE WORLD DISTRIBUTORS, INC., Demandados CIVIL NÚM. KCM 2011-1120 SALA: 505 SOBRE: Cobro de Dinero al Amparo de la Regla 60 de Procedimiento Civil EDICTO DE SUBASTA ESTADOS UNIDOS DE AMERICA PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS YO, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Sala de Bayamón, al público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró por la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, con fecha de 24 de septiembre de 2013, venderé en pública subasta y al mejor postor los siguientes bienes muebles que se describen a continuación: a. Embarcación de placer marca Pro Line modelo 240 del año 1999, color blanca y azul, con número de casco PLCSG021H899 con un motor fuera de borda (‘‘outboard”) marca Mariner de 225 caballos de fuerza y un carretón (‘‘trailer”) marca Continental de 2 ejes para su transporte. La subasta se llevará a efecto en la Urbanización Luchetti, Calle Marginal # 255, Bayamón, Puerto Rico, teléfono (787)296-9521, el día 15 de noviembre de 2013 a las 10:30 de la mañana, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro consignará en el acto el remate del importe de su oferta en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará a la parte demandante el monto adeudado, a saber: (i) Por la Sentencia emitida el 3 de mayo de 2011 en el caso de epígrafe, las partidas de $8,921.92 , más $1,014.46 en intereses post sentencia calculados a razón de una tasa de interés de 4.25% hasta el 30 de septiembre de 2013 para un total de $9,306.38; (ii) los gastos del Alguacil; y (iii) las costas, gastos y honorarios de abogado incurridos en el proceso de ejecución calculados a razón de un 10% del total adeudado. El bien mueble antes descrito puede ser examinado por cualquier persona interesada en la Urbanización Luchetti, Calle Marginal #255, Bayamón, Puerto Rico, durante días y horas laborables con cita previa a ser coordinada vía telefónica al número (787)2969521, así como también podrá ser examinado a la hora, fecha y lugar de la subasta. Y PARA LA CONCURRENCIA de los licitadores expido el presente Edicto que se publicará en el Tribunal, Alcaldía y la Colecturía, todos del Municipio de Bayamón, lugar donde se celebrará la subasta, y en un periódico de circulación general del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones. En Bayamón, Puerto Rico, OCT 03 2013. ALGUACIL ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO. ED-12058 #171640-90638953 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

SANTANDER FINANCIAL SERVICES, INC. Demandante v.

LA SUCESION de la finada

HERMINIA RAMIREZ CLAUDIO compuesta por FRANCISCO GONZALEZ COLLAZO por sí y en la cuota viudal usufructuaria SANTIAGO FERNANDEZ RAMIREZ MARITZA FERNANDEZ RAMIREZ JANET DOE JOHN DOE RICHARD DOE ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM

Demandados CIVIL NUM: E CD2012-0442 (612). SOBRE: EJECUCION DE PRENDA Y EJECUCION DE HIPOTECA VIA ORDINARIA (IN REM). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 29 de octubre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe, simultáneamente con la prenda. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 29 de octubre de 2013, a las 10:45 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $76,011.85. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de noviembre de 2013, a las 3:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $50,674.56. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 12 de noviembre de 2013, a las 2:45 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar marcado con el número 46 del bloque ZZ de la Urbanización Villas de Río Verde, en Caguas, Puerto Rico, con una cabida de CIENTO NOVENTA Y UNO punto CUARENTA Y OCHO (191.48) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con Mariolga Development en distancia de seis punto veintiocho (6.28) metros’ por el Sur, con la calle número VEINTICINCO (25) en distancia de seis punto veinticinco (6.25) metros; por el Este, con el solar número 45 del bloque ZZ en distancia de treinta punto noventa y cuatro (30.94) metros y por el Oeste, con el solar número 47 del bloque ZZ en distancia de treinta punto cincuenta y dos (30.52) metros. Enclava una casa de hormigón de una sola planta para fines residenciales la cual tiene una pared medianera en su lado Este con la casa enclavada en el solar número 45 del bloque ZZ y otra pared medianera en su lado Oeste con la casa enclavada en el solar número 47 del bloque ZZ.” Inscrita al folio 100 del tomo 1669 de Caguas, finca #27,482, inscripción 6ta., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. DIRECCION: URB. RIO VERDE ZZ-46 CALLE 25 CAGUAS, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de

$74,948.01 más intereses sobre dicha suma al tipo del 10.950% anual, desde el día 29 de septiembre de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $7,601.19 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 2 2013. (FDO.) ALGUACIL.

ED-14013 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

VICTOR LUIS REVERON RODRIGUEZ y AMARILIS AGOSTO PIZARRO y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y TRUST MORTGAGE, CORP. Parte Demandante Vs.

RG PREMIER BANK PUERTO RICO ahora SCOTIABANK DE PUERTO RICO HOUSING INVESTMENT CORPORATION FULANO DE TAL y JOHN DOE COMPAÑIAS X, Y y Z DE PUERTO RICO

Parte Demandada CIVIL NUM: DCP2013-0112. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: HOUSING INVESTMENT CORPORATION, San Juan, Puerto Rico o sea la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Manuel Angel Betancourt Avilés, Apartado 79283, Carolina, Puerto Rico 00984, teléfonos número: 787-603-4104 & 787-568-6434, Correo Electrónico: Maba1law@Aol.Com En este caso se trata de Cancelación de Pagaré Extraviado, en la que la parte demandante solicita se ordene a la Secretaria del Tribunal que, una vez sea final y firme la presente Sentencia, expida el correspondiente mandamiento dirigido al(a) Señor(a) Registrador(a) de la Propiedad de la Sección Primera de Carolina, Sección Segunda, para que dicho funcionario proceda a la cancelación que por la presente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día 23 de julio de 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIO(A) DEL TRIBUNAL. POR: EDNA D. RODRIGUEZ HANI, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA. ED-12059 #1335060 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante V.

JEANNE GISSELE GUEVARA MASTRANGELO

Demandada CIVIL NUM: ECD2012-1458 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado

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Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 12 de marzo de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 29 de octubre de 2013, a las 11:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $398,500.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de noviembre de 2013, a las 3:15 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $265,666.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 12 de noviembre de 2013, a las 3:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar número TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO (348) de la urbanización Ciudad Jardín de Bairoa, Fase II, localizada en el barrio Bairoa, del municipio de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de quinientos ochenta y nueve punto noventa y cuatro (589.94) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de veintiocho punto cero noventa y nueve (28.099) metros, con el solar número TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (349); por el Sur en una distancia de veintisiete punto setecientos ochenta y cuatro (27.784) metros con el solar número TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE (347); por el Este en un arco de longitud de veintiuno punto seiscientos treinta y cuatro (21.634) metros con la calle Toledo de dicha Urbanización; y por el Oeste, en una distancia de dieciocho punto setecientos sesenta y dos (18.762) metros, con el solar número TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365); todos estos solares y la calle pertenecientes al referido desarrollo urbano. El inmueble antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una sola familia, construida de acuerdo con planos y especificaciones sometidos y aprobados por las agencias e instrumentalidades gubernamentales pertinentes.” Inscrita al folio 110 del tomo 1691 de Caguas, finca #57,542, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. DIRECCION: 348 MANSIONES CIUDAD JARDIN BAIROA CAGUAS, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $352,647.37 más intereses sobre dicha suma al tipo del 5.500% anual, desde el día 1 de junio de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $39,850.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 2 2013. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL AUXILIAR.


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CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

RP-153 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

Doral Bank, Demandante v.

Francisco Del Valle Ocasio Demandado CIVIL NÚM.: ECD2013-0621 (611) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A la parte demandada: Francisco Del Valle Ocasio a su última dirección conocida FISICA: Urbanización Los Sueños de Ciudad Jardín 55 Calle P. Norte, Gurabo, PR 00778; POSTAL PO Box 2020, Caguas PR 00726 Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $448,535.09 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 2.990% anual desde el 1 de septiembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $45,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 16, otorgada ante el Notario José Antonio Sadurni Lahens, el día 31 de mayo de 2012, sobre la finca número inscrita al folio del Tomo del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTÍNEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCIÓN al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787)767-8244, Fax (787)767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y Sello del Tribunal. DADA hoy OCT 11 2013, en Caguas, Puerto Rico. SECRETARIO(A) CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, Se. Auxiliar del Tribunal LUZ E. RODRIGUEZ MORALES. ED-12074 #1395449 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.

RAFAEL FERNANDEZ MARTELL

Demandado CIVIL NUM: E CD2012-0044 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente anuncia y hace saber al público

en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 14 de marzo de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 29 de octubre de 2013, a las 11:15 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $318,750.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de noviembre de 2013, a las 3:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $212,500.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 12 de noviembre de 2013, a las 3:15 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”RUSTICA: Parcela marcada con el número DOCE (12) en el barrio Arenas del término municipal de Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de 1.399 cuerdas, equivalentes a 5,500.00 metros cuadrados y en lindes por el Norte, en 54.19 metros con el solar número 14 en el plano de inscripción; por el Sur, en 59.91 metros con el solar número #10 en el plano de inscripción; por el Este, en tres alineaciones, una de 20.37 metros otra de 20.12 metros, y otra de 44.42 metros que suman 84.91 metros, con los solares #23 y #26 en el plano de inscripción y por el Oeste, en 88.02 metros con un camino dedicado a uso público en el plano de inscripción.” Inscrita al folio 125 del tomo 375 de Cidra, finca #7,852, inscripción 10ma., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. DIRECCION: SECTOR CAMPO BELLO. 12 GIRASOL, CIDRA, PUERTO RICO. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) AL: PORTADOR, o al tenedor de un pagaré a la orden de éste, por la suma principal de $45,400.00, sin intereses, vencedero a la presentación, según consta de la escritura #22 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 28 de abril de 2011, ante la Notario Público María Del C. Cividanes Fernández, inscrita al folio 125 del tomo 375 de Cidra, finca #7852, inscripción 12ma., Registro de la Propiedad de Caguas, Sección 2da. (2) A: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CIDREÑA, a cuyo favor hay anotado una Sentencia del 23 de marzo de 2011 en el caso civil #ECD2010-1622 seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, contra Rafael Fernández Martell, Zaida Roque Pérez y Sociedad Legal de Gananciales, sobre Cobro de Dinero, en el cual reclaman la suma de $39,886.59. Presentada y anotada el 10 de julio de 2012 al folio 100 #309 en el Libro de Sentencias #5 del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección 2da. (3) A: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CIDREÑA, a cuyo favor hay anotado una Orden en el caso civil #ECD2010-1622, Sobre Cobro

de Dinero, en el cual reclaman la suma de $39,886.59. Presentada para su inscripción el día 5 de abril de 2011, al asiento 1216 del Diario 656 del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección 2da. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $305,911.70 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.875% anual, desde el día 1 de marzo de 2010, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $31,875.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 2 2013. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL AUXILIAR.

ED-14019 #BP-8673759 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

JORGE ESTEBAN GARCIA LUGO también conocido como JORGE E. GARCIA LUGO DIANA LEE RIVERA SERRA también conocida como DIANA L. RIVERO SERRA y como DIANA L. RIVERA SERRA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

ED-14018 #BP-8700727 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO, Demandados SALA SUPERIOR. CIVIL NUM: DCD2013-1541 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Demandante Estados Unidos de América. El v. Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: JORGE ESTEBAN GARCIA LUGO también conocido como JORGE E. GARCIA LUGO, DIANA LEE RIVERA SERRA también conocida como DIANA L. RIVERO SERRA y como DIANA L. RIVERA SERRA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. Se notifica a USTEDES que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $455,400.00, la cual está reducida a la cantidad de $427,016.79, al 6.875% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de junio de 2012, sobre la propiedad que se describe a continuación: --“URBANA: Urbanización Quintas Reales 3-Q Calle Príncipe Carlos Guaynabo, Puerto Rico (con una cabida de 393.059 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE Demandados CIVIL NUM: NSCI2013-00429 BAYAMON PUERTO RICO y (301). SOBRE: COBRO DE DI- anunciando copia de dicha contestación a los abogados de la NERO Y EJECUCION DE HIPO- parte demandante: VELMA E. TECA (VIA ORDINARIA). EM- DIAZ CARRASQUILLO, Unión PLAZAMIENTO POR EDICTO. Plaza, Ave. Ponce De León Estados Unidos de América. El #416, Suite 001-A, Hato Rey, Presidente de los EE.UU. El Es- Puerto Rico 00918; PO Box tado Libre Asociado de Puerto 361508, San Juan, PR 00936Rico. SS. A: MARIA MARI RA- 1508; Teléfono: 753-0619, denMIREZ SANDOVAL por sí y en tro del término de treinta (30) representación de la Sociedad días de haberse radicado este Legal de Bienes Gananciales edicto, descontando la fecha de compuesta por ambos. Se notifi- la publicación del edicto. Si dejaca a USTEDES que se ha radi- ren de contestar la demanda cado en esta Secretaría una de- dentro del plazo y la forma exmanda en la que se ejecuta una presada, se procederá a dictar hipoteca por la suma principal de sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en $150,000.00, la cual está reduci- la demanda sin más citarle ni oírda a la cantidad de $150,000.00, le. EXPEDIDO bajo la firma y seal 7.250% de interés anual, llo de este Tribunal, en SALA DE adeudando intereses desde el BAYAMON, Puerto Rico, hoy día día 1 de octubre de 2012, sobre OCT 08 2013. RUTH N. APONla propiedad que se describe a TE COTTO, SECRETARIA REcontinuación: ---“URBANA: GIONAL II. POR: NEREIDA QUICond. La Costa Apt. 6-O Fajar- LES SANTANA, SECRETARIA do, Puerto Rico (con una cabida AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. de 122.40 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que ED-12084 ESTADO LIBRE contesten la demanda radicando ASOCIADO DE PUERTO RICO. el original de la contestación en TRIBUNAL DE PRIMERA INSla Secretaría del Tribunal de Pri- TANCIA, CENTRO JUDICIAL DE mera Instancia Sala Superior de CAYEY, SALA SUPERIOR. Fajardo Puerto Rico y notificando copia de dicha contestación a los Demandante abogados de la parte demandanvs. te: VELMA E. DIAZ CARRAS-

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO

ARJC REALTY, S.E. AGUSTIN CRESPO RIVERA por sí y en representación de ARJC REALTY, S.E. JAVIER FRAU ORTEGA MARIA MARI RAMIREZ SANDOVAL y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

DORAL BANK

CARLOS RAFAEL GONZALEZ RAMOS t/c/c CARLOS R. GONZALEZ RAMOS y su esposa ROSALINDA RIVERA COLON y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

QUILLO, Unión Plaza, Ave. Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 00936-1508; Teléfono: 7530619, dentro del término de TREINTA (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a citar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en Sala Superior de Fajardo, Puerto Rico, hoy día 4 de oct. de 2013. Demandados WANDA I. SEGUI REYES, SE- CIVIL NUM G2CI2013-00026. CRETARIO. POR: (FDO.) SUB- SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. SECRETARIO. EDICTO DE SUBASTA. Esta-

dos Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: CARLOS RAFAEL GONZALEZ RAMOS t/c/c CARLOS R. GONZALEZ RAMOS y su esposa ROSALINDA RIVERA COLON y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cayey, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cayey, el día 1ro. de noviembre de 2013 a las 10:30 a.m., todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número E-Tres del plano de inscripción del Proyecto VBCCiento Veintisiete denominado La Planicie, radicado en el Barrio Montellano del término municipal de Cayey, Puerto Rico, con una cabida de Ciento Cuarenta metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en siete metros con Calle número Tres; por el SUR, en siete con parte de solares número Diecinueve y Veinte; por el ESTE, en veinte metros con el solar número Cuatro y por el OESTE, en veinte metros con el solar número Dos. En este solar enclave una estructura de concreto para fines residenciales.” La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Caguas I al folio 96 vuelto del tomo 313 de Cayey, finca número 10555. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $33,700.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cayey, el día 8 de noviembre de 2013 a las 10:30 a.m., y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $22,466.66, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cayey, el día 15 de noviembre de 2013 a las 10:30 a.m., y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $16,850.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $28,216.72 balance de principal del referido pagaré, más los intereses que al tipo convenido del 10.00% anual que se han devengado sobre dicha suma desde el 1ro de agosto de 2012, y los que se devenguen hasta el total y completo pago del principal, los cargos por demora incurridos hasta esta fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, cualesquiera adelantos hechos por la demandante para el pago de primas de seguro y contribuciones y la suma de $3,370.00 para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Su-

basta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos d l Municipio de Cayey, Puerto Rico, expedido el mismo en Cayey, Puerto Rico, hoy día 27 de junio de 2013. (FDO.) ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAYEY. EDWIN R. ORTIZ BERNARD, ALGUACIL. PLACA 059. ED-13033 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.

PABLO MERCADO LOPEZ Peticionario

EX-PARTE

CIVIL NUM.: A JV2013-0125. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: ---RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Camaseyes de Aguadilla, Puerto Rico, compuesto de mil ciento ciencuenta y nueve punto setecientos metros cuadrados (1,159.700 M/C). En lindes, al NORTE, en 43.695 metros, con Estado Libre Asociado; al SUR, en cuarenta y cuatro metros (44.00), con franja dedicada a uso público; al ESTE, en veintiséis punto ciento sesenta y seis metros (26.166) con solar TRES (3) y franja dedicada a uso público; y al OESTE, en veintiséis punto setecientos treinta y siete metros (26.737), con solar Uno (1) perteneciente a la sucesión, y que en el informe se adjudica específicamente a la sucesión de Hipólito Mercado.” ---Es una segregación de una parcela de terreno de 2.00 cuerdas, según título y de 7,177.00 metros cuadrados, o sea, 1.8260 cds., según mensura llevada a cabo por el Agrimensor Licenciado Julio Cajigas Chaparro, Licencia #7,501 y cuya descripción es la siguiente: --RUSTICA: en el Barrio Camaseyes de Aguadilla, Puerto Rico, compuesto de dos cuerdas (2.00 cds.), según su título y de una cuerda ocho mil doscientos sesenta diezmilésimas de otra (1.8260 cd.), o sea, siete mil ciento setenta y siete metros (7,177.00 m.c.) según mensura del Agrimensor Julio Cajigas. En lindes al Norte, con Estado Libre Asociado; al Sur, Luz Hernández; al Este, Luz Hernández y al Oeste, Carr. 467. -El solar tiene una edificación dedicada a vivienda; estructura en cemento y hormigón. --No consta inscrita en el Registro de la Propiedad. --Propiedad actualmente está valorada en $65,000.00. -Dicha propiedad se encuentra libre de cargas y gravámenes. -Catastro número de la finca principal: 005-086-592-78-000. Este tribunal ordenó que se publique la pretensión del peticionario por tres veces durante un término de veinte (20) días en un periódico de circulación diaria, para que los que tengan algún derecho real sobre el inmueble descrito, las personas ignoradas a las que pueda perjudicar la inscripción y en general, a todos los que deseen oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación del presente edicto. POR TANTO, libro la presente en Aguadilla, Puerto Rico, hoy 6 de sept. de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. SECRETARIO DEL TRIBUNAL, SALA DE AGUADILLA. POR: B.V., SECRETARIO AUXILIAR. ED-12085 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante vs.

BRUNILDA ROQUE SANTOS SUCESION DE JEREMIAS AYALA OROZCO t/c/c GEREMIAS AYALA OROZCO compuesta por MELANIE AYALA ROQUE AMARA LIZ AYALA ROQUE

GLENDA LIZ AYALA RIVERA FULANO Y SUTANO DE TAL

Demandados CIVIL NUM. ECD 2010-0914 (402). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: BRUNILDA ROQUE SANTOS; SUCESION DE JEREMIAS AYALA OROZCO t/c/c GEREMIAS AYALA OROZCO compuesta por MELANIE AYALA ROQUE, AMARA LIZ AYALA ROQUE, GLENDA LIZ AYALA RIVERA, NEW YORK MORTGAGE BANKERS y ASOCIACION DE RESIDENTES DE SABANERA, INC, DEPARTAMENTO DE HACIENDA DE PUERTO RICO por cualquier contribución adeudada y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 30 de octubre de 2013 a las 10:00 a.m., todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar cuatrocientos nueve (409), parcela de terreno localizada en la Urbanización Hacienda Sabanera, localizada en el Barrio Bayamón de Cidra, Puerto Rico, con una cabida superficial de mil quinientos treinta punto ochenta y seis (1,530.86) metros cuadrados equivalentes a cero punto tres ocho nueve cinco (0.3895) cuerdas. Colindando por el Norte, con solar número cuatrocientos diez (410); por el Sur, con el lote número cuatrocientos ocho (408); por el Este, con camino de las Miramelindas; y por el Oeste, con solares números cuatrocientos once (411) y cuatrocientos doce (412). Enclava una casa de concreto para fines residenciales. -La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Caguas II al folio 97 vuelto del tomo 454 de Cidra, finca número 16617. La antes descrita propiedad se encuentra afecta registralmente al siguiente gravamen preferente a la hipoteca objeto de ejecución: • Hipoteca a favor de New York Mortgage Bankers por la suma principal de $225,000.00 y créditos adicionales, devengará intereses al 6 por ciento anual, y vence el 1ro de julio de 2033, tasando la finca en $225,000.00 e inscrita al folio 97 vuelto del tomo 454 de Cidra, inscripción tercera. La antes descrita propiedad se encuentra afecta al siguiente gravamen posterior, a la hipoteca objeto de ejecución: 1) Anotación de Embargo de fecha del 21 de enero de 2011, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cidra, Caso Civil #ECC2010-00369, sobre Cobro de Dinero a favor de Asociación de Residentes de Sabanera, Inc., demandante vs. Brunilda Roque Santos, demandada, por $12,209.20. Se establece como tipo mínimo para la primera subasta la suma de $252,000.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 6 de noviembre de 2013 a las 3:30 p.m., y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $168,000.00, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, el día 13 de noviembre de 2013 a la 1:45 p.m., y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $126,000.00, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $229,268.58, balance de principal del referido pagaré, los intereses que al tipo convenido del

6% anual devengado sobre dicha suma desde el 1ro agosto de 2009, y los que se devenguen hasta el total y completo pago del principal, los cargos por demora incurridos hasta esta fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, cualesquiera adelantos hechos por la demandante para el pago de primas de seguro y contribuciones y la suma de $25,200.00, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro efectuados por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Caguas, Puerto Rico, expedido el mismo en Caguas, Puerto rico, hoy día AUG 12 de 2013. (FDO.) RAMON L. HERNANDEZ CINTRON, ALGUACIL. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR. ED-14009 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE ARECIBO.

GERMAN GARCIA ALAMEDA y su esposa IDSIA MELENDEZ ROSARIO, et als Demandantes Vs.

NEFTALI SANTOS ROSARIO et als

Demandados CASO NUM.: C AC2013-2275. SALA: 404. SOBRE: DOMINIO CONTRADICTORIO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Pueblo de Puerto Rico. SS. A LA PARTE DEMANDADA, ARRIBA MENCIONADA: a. NEFTALI SANTOS ROSARIO, 2407 Aschecroft DR Kissimmee, Florida 34744. b. ANGEL SANTOS ROSARIO, 2407 Ashecroft DR Kissimmee, Florida 34744. c. REINALDO AYALA, 2953 Decatur Ave., Apt. A-32 Bronx, NY 10458. d. ANTONIO AYALA ROSARIO, 301 Monarch Village Way Stock Bridge, GA 130281. e. JOEY AYALA, 6921 Oakmore LN Orlando, FL 32181. f. HELEN AYALA, 6328 Las Casas CT Mobile, Alabama 36609. g. BETTY AYALA, HC 77 Box 7522 Vega Alta, PR 00692-9716. h. DEBORAH AYALA, 110250 Orangeshire CT Ocoee, Fl 34761-0000. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere a usted para que notifique al LCDO. LUCIANO SANCHEZ MARTINEZ, cuya dirección es Ave. Llorens Torres #257, Arecibo, Puerto Rico 00612, TELS. 878-5055, 879-2560, copia de su contestación a la demanda radicada contra usted. Se apercibe a usted que de no contestar dicha demanda dentro de los treinta (30) días a partir de la publicación del EDICTO, con notificación al abogado de la demandante, se le concederá el remedio que solicita en su demanda, sin más citarle ni oírle; EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DEL TRIBUNAL EN ARECIBO, PUERTO RICO HOY DIA SEP 11 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SEC. REG. POR: MICHELINE REYES TORRES, SECRETARIA AUXILIAR.


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 ED-14014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

RAQUEL TORRES JORGE y TRUST MORTGAGE, CORP. Demandante V.

MID STATE MORTGAGE CORPORATION FULANO DE TAL JOHN DOE y COMPAÑIAS X, Y, Z DE PUERTO RICO

Demandados CIVIL NUM: KCP 2013-0025. SALA 602. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estado Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: FULANO DE TAL, JOHN DOE. Quedan ustedes notificados que la demandante de epígrafe ha radicado en este Tribunal una Demanda contra ustedes como codemandados, en la que se solicita la cancelación vía judicial de un Pagaré Hipotecario extraviado, sobre un inmueble, a favor de MID State Mortgage Corporation, por la suma principal de $34,500.00, con intereses al 9% anual vencedero el 1ro de abril de 2003, según consta de la Escritura Número 48, otrogada en San Juan, Puerto Rico el día 13 de marzo del año 1974, ante el Notario Carlos A. López, mediante la cual se constituyó hipoteca voluntaria sobre la siguiente propiedad: Urbanización Colinas Verdes, A-2 St. 1, San Juan, Puerto Rico, el cual consta inscrito al Folio 162 del Tomo 494 de Sabana Llana, Finca Número 19,775; Registro de la Propiedad de Puerto Rico. Se les advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparecen a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal con copia al abogado de la parte demandante, Lcdo. Manuel Angel Betancourt Avilés, P.O. Box 79283, Carolina, Puerto Rico 00984-9283, Teléfono (787) 5686434, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se les anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitando en la Demanda, sin más citarles ni oírles. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 25 de abril de 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MARIA DEL C. LOPEZ FIGUEROA, SEC. SERV. SALA.

ED-12086 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.

DORAL BANK Demandante vs.

ELVIRA ANTONETTY DIAMANTE

Demandados CIVIL NUM GCD2013-0052. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: ELVIRA ANTONETTY DIAMANTE y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edificio del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 31 de octubre de 2013 a las 10:00 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado

objeto de ejecución que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número dos (2) del bloque “E” del plano de inscripción de la urbanización Vista del Sol, radicada en el Barrio Machete del término Municipal de Guayama, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos veinticinco punto cero ciento doce (325.0112) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en veintitrés punto sesenta y dos (23.62) metros con el solar número tres (3) del bloque “E”; por el Sur, en veintitrés punto sesenta y dos (23.62) metros con el solar número uno (1) del bloque “E”; por el Este, en trece punto setenta y seis (13.76) metros con el solar número siete (7) del bloque “E”; y por el Oeste, en trece punto setenta y seis (13.76) metros con la calle número cinco (5). Enclava una casa de concreto dedicado a vivienda. La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Guayama, al folio móvil del tomo 444 de Guayama, finca número 15964. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $58,045.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 7 de noviembre de 2013 a las 10:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $38,696.66, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 14 de noviembre de 2013 a las 10:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $29,022.50, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $46,395.86, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 6.50% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro de agosto de 2012, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos sobre dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $5,804.50, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepte como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 6 de agosto de 2013. FDO. ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA. GLENDA L. PABON CORDERO, ALGUACIL AUXILIAR. PLACA 326.

ED-14015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE HATILLO.

JOSE ALBERTO RUIZ SANCHEZ y EUNICE LOPEZ RIVERA y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos y TRUST MORTGAGE, CORP. Parte Demandante Vs.

RG PREMIER BANK PUERTO RICO ahora SCOTIABANK DE PUERTO RICO FULANO DE TAL y JOHN DOE COMPAÑIAS X, Y y Z DE PUERTO RICO

Parte Demandada CIVIL NUM: CFCD2013-0025. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, actuando por conducto de la ADMINISTRACION DE HOGARES DE AGRICULTORES, o sea la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Manuel Angel Betancourt Avilés, Apartado 79283, Carolina, Puerto Rico 00984, teléfonos número: 787-603-4104 & 787568-6434, Correo Electrónico: Maba1law@Aol.Com. En este caso se trata de Cancelación de Pagaré Extraviado, en la que la parte demandante solicita se ordene a la Secretaria del Tribunal que, una vez sea final y firme la presente Sentencia, expida el correspondiente mandamiento dirigido al(a) Señor(a) Registrador(a) de la Propiedad de la Sección Primera de Carolina, Sección Segunda, para que dicho funcionario proceda a la cancelación que por la presente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día AUG 28 de 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIA REGIONAL. POR: BRENDA LIZ TORRES MUÑIZ, SECRETARIA AUXILIAR. ED-12087 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA.

DORAL BANK Demandante vs.

WALESKA MORALES DIAZ

Demandado CIVIL NUM. GCD2012-0332. SOBRE: COBRO DE DINERO. EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: WALESKA MORALES DIAZ; AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO; HOUSING AND URBAN UNITED STATES y al público en general: CERTIFICO Y HAGO CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que me ha sido dirigido por el Secretario del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor, por separado, de contado y por moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el Edifico del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama el día 31 de octubre de 2013 a las 11:00 de la mañana, todo título, derecho, participación y/o interés que le corresponda o pueda corresponderle a la parte demandada y/o cualquiera de ellos en el inmueble hipotecado objeto de ejecución que se describe a continuación: --URBANA: Lote que

radica en la Urbanización Extensión Valles de Arroyo, situada en el Barrio Ancones del Municipio de Arroyo, Puerto Rico que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: lote número dieciséis (16) del bloque “R” (16-R), con una cabida superficial de trescientos diecisiete punto tres mil setenta y siete (137.3077). En lindes por el Norte, distancia de ocho punto seiscientos quince (8.615) metros, otra distancia de cuatro punto cero setenta y seis (4.076) y otro distancia de tres punto ochocientos ochenta y cuatro (3.884) metros, con los lotes números diez (10) y once (11) del mismo bloque; por el Sur, distancia de doce punto seiscientos noventa y dos (12.692) metros con la calle número trece (13) de la urbanización; por el Este, distancia de veinticinco (25.00) metros, el lote número quince (15) del mismo bloque; y por el Oeste, distancia de veinticinco (25.00) metros con el lote número diecisiete (17) del mismo bloque. En este solar se ha edificado una casa de una sola planta de bloques de cemento y hormigón reforzado, que consta principalmente de tres (3) dormitorios, sala, comedor, cocina, dos (2) cuartos de baño, laundry y marquesina para un automóvil. Como parte del equipo de la vivienda, incluye un calentador eléctrico de agua. -La hipoteca objeto de ejecución se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, Sección de Ponce Guayama, al folio 47 del tomo 201 de Arroyo, finca número 7929. La antes descrita propiedad as encuentra afecta a los siguientes gravámenes posteriores, a la hipoteca objeto de ejecución: Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, por la suma principal de $10,000.00, otorgada ante el Notario Luis Enrique Mejías Rivera el día 30 de marzo de 2005, escritura número 401, inscrita al folio 47 del tomo 201 de Arroyo. Hipoteca en garantía de pagaré a favor de Secretary of Housing and Urban United States, por la suma principal de $2,888.62, otorgada ante el Notario Enrique Vázquez Vera el día 25 de junio de 2011, escritura número 314, inscrita al folio 47 del tomo 201 de Arroyo. Se establece como tipo mínimo de la primera subasta la suma de $62,321.00. De resultar necesaria una segunda subasta por declararse desierta la primera, la misma se celebrará en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 7 de noviembre de 2013 a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha segunda subasta la suma de $41,547.33, equivalente a 2/3 partes del tipo mínimo establecido originalmente para la primera subasta. De no adjudicarse la propiedad en esa segunda subasta, se celebrará una tercera subasta en mi oficina, sita en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, el día 14 de noviembre de 2013 a las 11:00 de la mañana, y se establece como tipo mínimo para dicha tercera subasta la suma de $31,160.50, equivalente a la mitad del tipo mínimo establecido para la primera subasta. La subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante el importe de la Sentencia dictada a su favor ascendente a la suma de $55,909.16, balance de principal del pagaré hipotecario objeto de ejecución, los intereses al tipo convenido del 5.95% anual devengados sobre dicho principal hasta el día 1ro de abril de 2012, más los devengados desde dicha fecha y los que se devenguen hasta el total y completo pago de la deuda, más los cargos por demora incurridos desde dicha fecha hasta el total y completo pago de la deuda, la suma de $6,232.10, para costas, gastos y honorarios de abogado del demandante según pactados en el pagaré y en el contrato de hipoteca y cualesquiera otros adelantos para el pago de contribuciones y pólizas de seguro hechos por la demandante. Se notifica a todos los interesados que todas las actas y demás constancias del expediente de este caso están disponibles en la Secretaría del Tribunal durante horas laborables para ser examinadas. Se entiende que todo licitador acepta como bastante la titularidad que da base a la misma. La susodicha venta en pública subasta, se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte dicha propiedad con rango posterior al gravamen aquí ejecutado. A su vez cualquier gravamen preferente al crédito que da base a esta ejecución continuará subsistente, entendiéndose que el

adjudicatario en la subasta lo acepta y queda subrogado en la responsabilidad de su pago. Y para conocimiento de la parte demandada, de todas aquellas personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen objeto de ejecución, de todos los licitadores y del público en general, expido el presente Edicto de Subasta para su publicación dos (2) veces por espacio de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones en un diario de circulación general en Puerto Rico, así como para su publicación por espacio de dos (2) semanas en tres (3) sitios públicos del Municipio de Guayama, Puerto Rico, expedido el mismo en Guayama, Puerto Rico, hoy día 6 de agosto de 2013. (FDO.) ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYAMA. GLENDA L. PABON CORDERO, ALGUACIL AUXILIAR. PLACA 326. ED-14017 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE TOA ALTA.

RAMON ROSADO MALDONADO Parte Demandante Vs.

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA actuando por conducto de LA ADMINISTRACION DE HOGARES DE AGRICULTORES FULANO DE TAL y JOHN DOE COMPAÑIAS X, Y y Z DE PUERTO RICO

Parte Demandada CIVIL NUM: CD13-0407. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, actuando por conducto de LA ADMINISTRAICON DE HOGARES DE AGRICULTORES San Juan, Puerto Rico o sea la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Manuel Angel Betancourt Avilés, Apartado 79283, Carolina, Puerto Rico 00984, teléfonos número: 787-603-4104 & 787-568-6434, Correo Electrónico: Maba1law@Aol.Com. En este caso se trata de Cancelación de Pagaré Extraviado, en la que la parte demandante solicita se ordene a la Secretaria del Tribunal que, una vez sea final y firme la presente Sentencia, expida el correspondiente mandamiento dirigido al(a) Señor(a) Registrador(a) de la Propiedad de la Sección Primera de Carolina, Sección Segunda, para que dicho funcionario proceda a la cancelación que por la presente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día 7 de mayo de 2013. MIGDALIA MARRERO CALDERON, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. POR: MERALIS DE JESUS OJEDA, SECRETARIA AUXILIAR TRIBUNAL I. ED-12090 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PONCE.

CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO GALERIAS PONCEÑAS Demandante VS.

GALERIAS PONCEÑAS, INC.

Demandada CIVIL NUM.: JCD1993-0004. JAC1993-0446 (602). SOBRE:

COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE GRAVAMEN. EDICTO DE SUBASTA. A: EL PUBLICO EN GENERAL. 1. GALERIAS PONCEÑAS, INC. YO, ANGEL MERCADO QUILES, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Ponce, al público en general, a Galerías Ponceñas, Inc., la parte demandada, y a los acreedores y personas con interés sobre las propiedades que más adelante se describen, CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento del mandamiento en ejecución de sentencia que me ha sido dirigida por la Secretaría del Tribunal Superior, Sala de Ponce, en el caso arriba indicado, venderé en pública subasta, al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, el día 13 de noviembre de 1013, a las 3:30 de la tarde. En mi oficina sita en el Centro Judicial de Ponce, donde está la sede del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Ponce, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble de su propiedad, que se describen a continuación: A. URBANA: Casa de madera, techada antes de tejamanil, de nueve varas de frente, que son siete metros quinientos veintitrés milímetros, con balcón al frente, de un metro viente centímetros de ancho, con una galería de doce metros setenta centímetros de largo, por un metro de diez centímetros de ancho, con inodoro y concina arriba y baño abajo, marcada con el número veintitrés. El solar en que está plantada dicha casa, que radica en la Calle Méndez Vigo, de esta ciudad de frente por el Oeste, a dicha calle por donde mide trece varas que son diez metros ochocientos sesenta y siete milímetros; y colinda por el Sur, con la Sucesión de don Asisclo Subirá, midiendo por ese lado treintidós varas, o sea, veintiséis metros, setecientos cuarenta y nueve milímetros; por el Este, en límite con don José de la Roca, antes, hoy Tiburcio Lloréns, mide diez y ocho varas, iguales a quince metros, cuarentiséis milímetros; por el Norte, colindando con la finca de Petronila Pino, antes, hoy Carlos Patterne, mide treintiséis y media varas, iguales a treinta metros quinientos once milímetros, las cuales medidas forman un área superficial de quinientas treinta varas cuadradas con ochocientos setenta y cinco milésimas, equivalentes a trescientos setenta metros cuadrados con novecientos cuarenta y cuatro milímetros. Inscrita al Folio 97 del tomo 1234 de Ponce II, Finca 2877. NUMERO CATASTRO: 389-052364-19-000. De ser necesaria una segunda subasta, la misma se celebrará el 20 de noviembre de 2013 en el lugar antes mencionado a las 3:30 de la tarde. De ser necesaria una tercera subasta la misma será celebrada en mis oficinas, según antes indicado, el 27 de noviembre de 2013, a las 3:30 de la tarde. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. La subasta se llevará a cabo para abonar al demandante el importe de la sentencia emitida, la cual al 1 de julio de 2011, asciende a $5,577,084.27 suma que continúa aumentando. La cantidad mínima de la licitación en la primera subasta será de $100,000.00. De ser necesaria una segunda subasta, la cantidad será una equivalente a dos terceras partes de aquella y de necesitarse una tercera subasta, será la mitad del monto de la primera. En Ponce, Puerto Rico, hoy 28 de agosto de 2013. POR (FDO) ALGUACIL, TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PONCE. ANGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL SUPERVISOR.

ED-14025 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BPP RETAIL PROPERTIES, LLC. Demandante v.

BURN OUT CLOTHING CORPORATION d/b/a BURN OUT CLOTHING PEDRO NEVAREZ DONALD DONNALSON

Demandados CIVIL NUM. D CD2013-0005 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. S.S. A: BURN OUT CLOTHING CORPORATION d/b/a BURN OUT CLOTHING por conducto de DONALD DONNALSON y PEDRO NEVAREZ. Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda sobre cobro de dinero, en la que alega usted(es) adeuda(n) la suma de $101,938.35 (luego de aplicar el depósito de seguridad, compuesta de $31,521.80 por concepto de mantenimiento de áreas comunes, póliza de seguro, contribución sobre bienes raíces e intereses por mora, y de $70,416.55 por concepto de renta contractual hasta el vencimiento del arrendamiento; más los honorarios de abogado razonables y todos los gastos ocasionados por el incumplimiento y cobro de la antes referida obligación, en una suma no menor de $7,500.00, más los recargos pactados desde la fecha antes indicada acumulándose mensualmente, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación al Bufete de SERGIO RAMIREZ DE ARELLANO al Banco Popular Center, Suite 1022, 209 Ave. Muñoz Rivera San Juan, PR 00918-1009 Tel. 765-2988; 7646392 Fax Núm. 765-2973, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal. EN BAYAMON, Puerto Rico, a OCT. 09 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA. DAMARIS QUIÑONES MELENDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. CB-3473 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

CARMEN EUNICE ALFONSO ARROYO T/C/C CARMEN ALFONSO ARROYO

Demandados CIVIL NUM. E CD2011-1083 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, CARLOS CENTENO MERCED, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 10 de abril de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $274,308.74 de principal, dictada en el caso el 18 de diciembre de 2012, notificada y archivada en autos el día 3 de enero de 2013, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Gurabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: -#619 56 St., Veredas Dev., Gurabo, Puerto Rico -RUSTICA: Parcela de terreno localizada en el Barrio Navarro de Gurabo, identificada con el número seiscientos dieci-

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nueve (619) en el Plano de Inscripción de la URBANIZACION VEREDAS, con una cabida superficial de quinientos cincuenta y ocho punto sesenta y uno (558.61) metros cuadrados, equivalentes a cero punto mil cuatrocientos veintiuno (0.1421) de cuerda. En lindes: por el NORTE, con la calle número cincuenta y ocho (58); por el SUR, con los solares número seiscientos nueve (609) y seiscientos diez (610); por el ESTE, con el solar número seiscientos dieciocho (618); y por el OESTE, con el solar número seiscientos veinte (620). Sobre este solar enclava una estructura de hormigón y bloques destinada a uso residencial. -Finca número 16,003, inscrita al folio 205 del tomo 422 de Gurabo, sección II de Caguas. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $279,812.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 1 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 8 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 15 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, SEP 24 de 2013. CARLOS CENTENO MERCED Alguacil. Auxiliar 640 ALGUACIL CB-3474 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE COMERIO

SANTANDER FINANCIAL SERVICES, INC. Demandante v.

EFRAIN ORTIZ ORTIZ

Demandado CIVIL NUM: B3CI201100722 SOBRE: EJECUCION DE PRENDA Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERI-


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CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

CA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 19 de marzo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe, simultáneamente con la prenda. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 1 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COMERIO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $43,694.37. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 8 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $29,129.58. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COMERIO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 15 de noviembre de 2013, a las 11:00 de la AM, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Solar número SEIS (6) radicado en el barrio Palomas Sector La Loma del municipio de Comerío, Puerto Rico con una cabida superficial de CIENTO OCHENTA y CUATRO punto SIETE MIL UNO metros cuadrados (184.7001), equivalentes a CERO punto CERO CUATROCIENTOS SETENTA cuerdas. En lindes por el Norte, con carretera Estatal número CIENTO CINCUENTA y SEIS (156); por el Sur, con la finca principal; por el Este, con terreno de la señora Leonor Figueroa, y por el Oeste, con terreno de la señora Carmen Luz Colón. Contiene una casa de cemento”. Inscrita al folio 123 del tomo 158 de Comerío, finca #10,244, inscripción 4ta., del Registro de la Propiedad de Barranquitas. DIRECCION: BARRIO PALOMAS SECTOR LOMAS 205 CALLE GEORGETTI COMERIO, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $39,284.56 más intereses sobre dicha suma al tipo del 11.950% anual, desde el día 29 de marzo de 2011, hasta su total y completo pago, recargos por demora y la cantidad pactada en el contrato de hipoteca para costas, gastos y honorarios de abogado, todo ello de acuerdo con los términos de la sentencia dictada, la cual es final y firme. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en COMERIO, Puerto Rico, hoy día 9 de agosto de 2013. Firmado, Alguacil

ED-14023 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BPP RETAIL PROPERTIES, LLC. Demandante v.

BURN OUT CLOTHING CORPORATION d/b/a BURN OUT CLOTHING PEDRO NEVAREZ DONALD DONNALSON

Demandados CIVIL NUM. D CD2013-0005 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. S.S. A: DONALD DONNALSON. Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda sobre cobro de dinero, en la que alega usted(es) adeuda(n) la suma de $101,938.35 (luego de aplicar el depósito de seguridad, compuesta de $31,521.80 por concepto de mantenimiento de áreas comunes, póliza de seguro, contribución sobre bienes raíces e intereses por mora, y de $70,416.55 por concepto de renta contractual hasta el vencimiento del arrendamiento; más los honorarios de abogado razonables y todos los gastos ocasionados por el incumplimiento y cobro de la antes referida obligación, en una suma no menor de $7,500.00, más los recargos pactados desde la fecha antes indicada acumulándose mensualmente, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación al Bufete de SERGIO RAMIREZ DE ARELLANO al Banco Popular Center, Suite 1022, 209 Ave. Muñoz Rivera San Juan, PR 00918-1009 Tel. 765-2988; 764-6392 Fax Núm. 765-2973, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal. EN BAYAMON, Puerto Rico, a OCT. 09 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA. DAMARIS QUIÑONES MELENDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

CB-3475 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Crismarie Alvarado Rivera Demandada CIVIL NÚM: JCD2008-0367 (603) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 7 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Estancias de Yauco, 19M Aguamarina, Yauco, P.R 00698 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 19 del bloque M-19 de la Urbanización Estancias de Yauco, Puerto Rico, radicado en el Barrio Barinas del término municipal de Yauco, Puerto Rico, con una cabida de 334.65 metros cuadrados, equivalentes a 0.0851 cuerdas. Colinda por el Norte, en una distancia de 23.00 metros lineales, con el solar número 18 del

bloque M; por el Sur, en una distancia de 23.00 metros lineales, con el solar número 20 del bloque M; por el Este, en una distancia de 14.55 metros lineales, con el solar número 14 del bloque M; por el Oeste, en una distancia de 14.55 metros lineales, con la calle número 13. Contiene una casa para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 281 del Tomo 440 de Yauco, finca número 15,286 en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $121,250.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 14 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $80,833.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $60,625.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 77, otorgada el día 16 de abril de 2004, ante el Notario Rafael Ernesto Lugo Sotomayor y consta inscrita en el Folio 145 del Tomo 491 de Yauco, finca número 15,286 en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Segunda, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $115,624.12 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.000% anual desde el día 1 de noviembre de 2007. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $12,125.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $12,125.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $12,125.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Constituida por Crismarie Alvarado Rivera casada con Robert José Pietri Rodríguez, en garantía de un pagaré a favor de VENTEK GROUP, INC., o a su orden, por la suma de $15,000.00, sin inte-

reses y vencedero el 26 de marzo del 2010, según escritura número 9, otorgada en Ponce, el 26 de marzo de 2007, ante el notario Arturo R. Pico Valls. Inscrita al folio 145 vuelto del tomo 491 de Yauco. Inscripción quinta. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día 2 de agosto de 2013. Fdo. ANGEL MERCADO QUILES ALGUACIL SUPERVISOR ED-14024 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BPP RETAIL PROPERTIES, LLC. Demandante v.

BURN OUT CLOTHING CORPORATION d/b/a BURN OUT CLOTHING PEDRO NEVAREZ DONALD DONNALSON

Demandados CIVIL NUM. D CD2013-0005 (504). SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de PR. S.S. A: PEDRO NEVAREZ. Por la presente se notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal una demanda sobre cobro de dinero, en la que alega usted(es) adeuda(n) la suma de $101,938.35 (luego de aplicar el depósito de seguridad, compuesta de $31,521.80 por concepto de mantenimiento de áreas comunes, póliza de seguro, contribución sobre bienes raíces e intereses por mora, y de $70,416.55 por concepto de renta contractual hasta el vencimiento del arrendamiento; más los honorarios de abogado razonables y todos los gastos ocasionados por el incumplimiento y cobro de la antes referida obligación, en una suma no menor de $7,500.00, más los recargos pactados desde la fecha antes indicada acumulándose mensualmente, todas cuyas sumas están líquidas y exigibles. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la contestación al Bufete de SERGIO RAMIREZ DE ARELLANO al Banco Popular Center, Suite 1022, 209 Ave. Muñoz Rivera San Juan, PR 00918-1009 Tel. 765-2988; 7646392 Fax Núm. 765-2973, dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal. EN BAYAMON, Puerto Rico, a OCT. 09 2013. RUTH N. APONTE COTTO, SECRETARIA. DAMARIS QUIÑONES MELENDEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

CB-3476 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

JORGE MANUEL PAGÁN CORTÉS, su esposa MARÍA ISABEL DÍAZ FONSECA y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta Entre Ambos Demandados CIVIL NUM. F CD2013-0078 (407) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, Samuel González Isaac, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 12 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Carolina, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Carolina, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Urbanización Paseos del Prado 142, Carolina, Puerto Rico 00979 "URBANA: Solar número ciento cuarenta y dos (142) de la Urbanización Paseo del Prado, radicada en los Barrios Martín González y San Antón del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos setenta y nueve (379.00) metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en tres distancias, una de veinticinco punto cero uno (25.01) metros, una de cero punto veintiuno (0.21) metros y una de dos punto cero cero (2.00) metros con el solar número ciento cuarenta y tres (143); por el SUR, en una distancia de veintisiete punto cero cero (27.00) metros con el solar número ciento cuarenta y uno (141); por el ESTE, en una distancia de catorce punto cero dos (14.02) metros con el solar número ciento cincuenta y cuatro (154); y por el OESTE, en una distancia de catorce punto cero cero (14.00) metros con la calle número uno (1). Contiene una casa para fines residenciales." Consta inscrita al folio 108 del tomo 1,449 de Carolina, finca 59,685, Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes, los cuales son objeto de ejecución: a. HIPOTECA: En Garantía de pagaré a favor de RG Premier Bank of Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $299,200.00 con intereses a razón de 5.75% anual y vencimiento el 1ro de marzo de 2034. Constituida por la escritura 93 otorgada en San Juan el 11 de febrero de 2004 ante el Notario Wilson A. Galarza Galarza e inscrita al folio 108 del tomo 1449 de Carolina II, inscripción 2da. b. AVISO DE DEMANDA radicada el 16 de enero de 2013 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, en el caso civil F CD2013-0078, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Jorge Manuel Pagán Cortés, su esposa María Isabel Díaz Fonseca y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos, mediante la cual se reclama el pago de la hipoteca de la inscripción 2da por $299,200.00 reducida a la suma de $259,244.45. Anotada al folio 176 del tomo 1449 de Carolina II, anotación "A". Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 8 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 9:15 AM PRECIO MINIMO $299,200.00 SEGUNDA SUBASTA 15 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 4:00 PM PRECIO MINIMO $199,466.67 TERCERA SUBASTA 22 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 4:00 PM PRECIO MINIMO $149,600.00 Conforme la Sentencia dictada el día 10 de mayo de 2013, archivada en los autos el día 5 de junio de 2013, se condena a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades: $259,244.45 de principal; intereses a razón de 5.75% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $838.70 por con-

cepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $29,920.00 por concepto de honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Carolina, Puerto Rico, hoy día 18 de septiembre de 2013. Samuel González Isaac ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAROLINA. ED-14020 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE AÑASCO, SALA SUPERIOR.

DORAL RECOVERY II LLC Demandante vs.

ISLAND FINANCE OF PUERTO RICO JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. I2CI201300215. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de (1) ISLAND FINANCE OF PUERTO RICO, por la suma de $30,000.00, con intereses al 14.50% anual, vencedero a la presentación, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 46, otorgada ante el notario Susan Baez Dixon, inscrita al folio de hoja móvil del tomo 21 de Añasco, finca 6744, inscripción 5ta, Registro de la Propiedad de Mayagüez; y (2) Pagaré a favor de ISLAND FINANCE OF PUERTO RICO, por la suma de $7,441.82, con intereses al 15.00% anual, vencedero a la presentación, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 487, otorgada el día 5 de diciembre de 2001 ante el notario Susan Baez Dixon, inscrita al folio de hoja móvil del tomo 21 de Añasco, finca 6744, inscripción 7ma, Registro de la Propiedad de Mayagüez. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 02 de octubre de 2013. EVELYN PADILLA NIEVES, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. POR: LUZ N. CHICO ACEVEDO, SEC. AUX. TRIB. I.

ED-14004 #SB-14254868 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.

MERCEDES SANCHEZ ALAYO también conocida como MERCEDES SANCHEZ

Demandada CIVIL NUM: FCD2013-0847 (404). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: MERCEDES SANCHEZ ALAYO también conocida como MERCEDES SANCHEZ. Se notifica a ustedes que se ha radicado en esta Secretaría una demanda en la que se ejecuta una hipoteca por la suma principal de $263,000.00, la cual está reducida a la cantidad de $252,706.22, al 6.500% de interés anual, adeudando intereses desde el día 1 de enero de 2013, sobre la propiedad que se describe a continuación: ---”URBANA: 15, Mar Mediterráneo, Urbanización El Palmar, Carolina, Puerto Rico (con una cabida de 453.97 metros cuadrados). Se les emplaza y requiere que contesten la demanda radicando el original de la contestación en la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA PUERTO RICO y notificando copia de dicha contestación a los abogados de la parte demandante: VELMA E. DIAZ CARRASQUILLO, Unión Ave., Ponce De León #416, Suite 001-A, Hato Rey, Puerto Rico 00918; PO Box 361508, San Juan, PR 009361508; Teléfono: 753-0619, dentro del término de treinta (30) días de haberse radicado este edicto, descontando la fecha de la publicación del edicto. Si dejaren de contestar la demanda dentro del plazo y la forma expresada, se procederá a dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo la firma y sello de este Tribunal, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día OCT 09 2013. (FDO.) SECRETARIO. POR: KEILA GARCIA SOLIS, SECRETARIA AUXILIAR. SUBSECRETARIO CB-3477 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AGUADILLA

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante-Reconvenido v.

JUDITH TORRES DE JESUS Demandada-Reconviniente CIVIL NUM. A CD2012-0157 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, Carlos Rivera López Alguacil Regional, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 20 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Aguadilla, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Barrio Capa, Carr. 125 Km 14.3, Moca, Puerto Rico 00676 "RUSTICA: Situada en el Barrio Capá del término municipal de Moca, Puerto Rico, compuesta de 840.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con camino vecinal hermanos Ramón Figueroa; por el SUR, con José Torres; por el ESTE, con camino vecinal hermanos Figueroa; y por el OESTE, con calle para uso público." Consta inscrita al folio 155 del to-

mo 299 de Moca, finca 15,292, Registro de la Propiedad de San Sebastián. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes, los cuales son objeto de ejecución: a. HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Banco Popular de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $85,000.00 con intereses al 1% anual sobre la tasa de interés preferencial y vencimiento a la presentación. Constituida por la Escritura 88 otorgada en Aguadilla el 13 de marzo de 2000 ante el Notario Agustín F. Soto e inscrita al folio 155 del tomo 299 de Moca, inscripción 5ta. Modificada en cuanto al tipo de interés que devengará la obligación retroactivo al 13 de septiembre de 2002, el cual será 9.99% anual, extendiendo dicho gravamen hipotecario a 30 años retroactivo al 13 de septiembre de 2002, según consta en la escritura 98 otorgada en San Juan el 7 de febrero de 2003 ante el notario Francisco Biaggi e inscrita al folio 155 vuelto del tomo 299 de Moca, inscripción 7ma. b. HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Westernbank Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $15,000.00 con intereses al 9.99% anual y vencimiento a la presentación. Constituida por la Escritura 1036 otorgada en San Sebastián el 13 de septiembre de 2002 ante el Notario Adrián J. Hilera e inscrita al folio 155 del tomo 299 de Moca, inscripción 6ta. c. ANOTACION DE DEMANDA: Demanda radicada el 7 de agosto de 2012 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, en el caso civil ACD2012-0157, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Judith Torres De Jesús, sobre Ejecución de Hipoteca y Cobro de Dinero, en la que se solicita el pago de las hipotecas de las inscripciones 5ta y 6ta por las sumas de $85,000.00 y $15,000.00, cuya deuda asciende a $85,911.78, anotada al folio 155 del tomo 299 de Moca, Anotación "A" con fecha del 7 de noviembre de 2012. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 7 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 AM PRECIO MINIMO $100,000.00 SEGUNDA SUBASTA 14 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 AM PRECIO MINIMO $66,666.67 TERCERA SUBASTA 21 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 10:00 AM PRECIO MINIMO $50,000.00 Conforme la Sentencia dictada el día 27 de junio de 2013, archivada en los autos el día 28 de junio de 2013, se condena a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades: $85,911.78 de principal; intereses a razón de 6.99% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $97.83 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $14,034.14 por concepto de honorarios de abogado. La Sentencia en el presente caso fue dictada antes de que entrara en vigor la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", por lo que no es de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Aguadilla, Puerto Rico, hoy día 24 de septiembre de 2013. Carlos Rivera López, Alguacil Regional ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE AGUADILLA ED-14008 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. COMISION DE SERVICIO PUBLICO. PO BOX 190870, SAN JUAN, P.R. 00919-0870. AVISO. CASO NUM. PC-3069-OE. El señor Raymond Rivera Morales, es concesionario de este Organismo bajo la franquicia PC3069-OE, autorizado a operar cuarenta y una (41) unidades; treinta (30) unidades de menor cabida, nueve (9) de menor cabida y dos (2) de cabida intermedia, como porteador por contrato en la Transportación de Escolares (PCOE), mediante paga desde el área operacional desde el Bo. Dominguito y Sectores de Arecibo y sus barrios hasta las escuelas Manuel Ruíz Gandía, María Cadilla de Martínez, Escuela Vocacional de Arecibo Antonio Luchetti, Municipio de Utuado y sus Barrios, Lares y sus Barrios, Municipio de San Sebastián y sus Barrios, Escuela S.U. Enrique de Jesús Borrás, Trina Padilla de Sanz, Abelardo Martínez Otero de Arecibo hasta los Barrios Abra San Francisco, Carreras Jaguar, Hato Arriba y Parcelas Rodríguez Olmo en Arecibo, Barrio Bayaney, Aibonito y Campo Alegre, Escuela Vocacional al Pueblo de Hatillo, al Municipio de Jayuya y sus Barrios, al Barrio Mameyes hasta las escuelas Antonia Serrano, Carmen Salas y Josefina León Zayas y al Head Star de Taino del Municipio de Jayuya y Centro I i II de Mameyes del Municipio de Utuado. Solicita autorización para enmendar el área operacional para cubrir del Municipio de Arecibo a C.A.V.E. del Municipio de Vega Baja. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: P.O. BOX 143182, ARECIBO, PUERTO RICO 00614. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. EN HATO REY, Puerto Rico, hoy OCT. 10 2013. RAMON A. VERA MONTALVO, COMISIONADO. PAULA RODRIGUEZ HOMS, COMISIONADA. JENNIFER APONTE VAZQUEZ, COMISIONADA. RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ, SECRETARIA. JESSICA FIGUEROA RIVERA, SUB-SECRETARIA. CB-3478 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.

David Soto Rodríguez, Rosángeles Colón Rodríguez y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: ECD2013-0208 (612) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CEN-

TRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 21 de noviembre de 2013, a las 10:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Praderas de Navarro, Número T-04, Gurabo, PR 00778; Urbanización Praderas de Navarro, 4T Calle 22, Gurabo, PR 00778 y que se describe a continuación: URBANA: Solar identificado con el No. 4 del Bloque 'T' en el plano de inscripción de la URBANIZACIÓN PRADERAS DE NAVARRO localizado en el Barrio Navarro del término municipal de Gurabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de 350.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia aproximada de 25.00 metros, con el solar identificado con el No. 5 del Bloque 'T' del Proyecto; por el Sur, en una distancia aproximada de 25.00 metros, con el solar identificado con el No. 3 del Bloque 'T' del Proyecto; por el Este, en una distancia aproximada de 14.00 metros, con el solar identificado con el No. 11 del Bloque 'T' del Proyecto; y por el Oeste, en una distancia aproximada de 14.00 metros, con la Calle No. 22 del Proyecto. Enclava una estructura de hormigón para fines residenciales. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 65 del Tomo 415 de Gurabo, finca número 15,689 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $191,920.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de diciembre de 2013, a las 2:30 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $127,946.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de diciembre de 2013, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $95,960.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 517, otorgada el día 31 de mayo de 2005, ante el Notario Juan Luis Romero Sánchez y consta inscrita en el Folio 65 del Tomo 415 de Gurabo, finca número 15,689 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción segunda. La antes mencionada hipoteca fue modificada y parcialmente cancelada por la cantidad de $12,018.00 para un nuevo principal de $179,902.00. Comenzando el 1 de agosto de 2012 hasta la fecha de su último pago con intereses al 4.625% anual con pagos mensuales de $823.28 de principal e interés. Vencedero y pagadero el 1 de julio de 2052, mediante escritura número 643, otorgada en San Juan, el 30 de agosto del 2012, ante la notario Magda V. Alsina Figueroa. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $179,772.09 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 4.625% anual desde el día 1 de agosto de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $19,192.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $19,192.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $19,192.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO

JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA: Por la suma principal de $47,980.00, en garantía de un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, con intereses al 5.95% anual y vencimiento el 1ro. de mayo del 2035, tasada en $47,980.00, constituida mediante escritura No. 518, otorgada en San Juan el 31 de mayo del 2005, ante Juan Luis Romero Sánchez, inscrita al folio 65 del tomo 415 de Gurabo, finca No. 15689, inscripción 3ª. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Caguas, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2013. do. Carlos Centeno Merced ALGUACIL Auxiliar 640 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS. CB-3479 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Eliab Rodríguez Ortiz Demandado CIVIL NÚM: ECD2012-0767 (401) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 21 de noviembre de 2013, a las 10:45 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Vista de Jagueyes, N-21 Calle 1, Aguas Buenas, PR 00703 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número N2 localizado en la calle número 1 del plano de inscripción de la Urbanización Vista de Jagueyes II, radicado en el Barrio Jagueyes del término municipal de Aguas Buenas, Puerto Rico, con una cabida de 174.625 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en distancia de 31.58 metros

(Según Escritura 31.85), con el solar número N-1; por el Sur, en distancia de 29.80 metros, con el solar número N-3; por el Este, en distancia de 5.96 metros con terrenos de Ramón Agosto; y por el Oeste, en distancia de 5.69 metros, con la calle número 1. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 228 del Tomo 259 de Aguas Buenas, finca número 11,593 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $47,430.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de diciembre de 2013, a las 2:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $31,620.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de diciembre de 2013, a las 2:15 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $23,715.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 200, otorgada el día 1 de diciembre de 2008, ante el Notario Pedro J. Díaz García y consta inscrita en el Folio abreviado 230 del Tomo 259 de Aguas Buenas, finca número 11,593 en el Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $45,829.75 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el día 1 de enero de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $4,743.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $4,743.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $4,743.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Constituida por persona jurídica no expresada, en garantía de un pagaré a favor de LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $15,000.00, sin intereses y ven-

cedero el 1 de diciembre de 2016, según escritura número 201, otorgada en San Juan, el 1 de diciembre de 2008, ante el notario Pedro J. Díaz García. Inscrita como asiento abreviado al folio 230 del tomo 259 de Aguas Buenas. Inscripción sexta. B: PRESENTACION: Presentada el 28 de diciembre de 2011, al asiento 461 del diario 661, Demanda de fecha 24 de noviembre de 2011, ante el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso civil número ECD 2011-1498 (404), sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank vs. Eliab Rodríguez Ortiz, también conocida como Elia B. Rodríguez Ortiz, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $46,159.49 y otras cantidades, o la venta en pública subasta de la propiedad. Pendiente de anotación. C: PRESENTACION: Presentada el 20 de agosto de 2012, al asiento 367 del diario 665, Orden y Mandamiento de fecha 18 de abril de 2012, dictados por el Tribunal de Primera Instancia, Centro Judicial de Caguas, Sala Superior, en el caso civil número ECD 2011-1498 (404), seguido por Doral Bank vs. Eliab Rodríguez Ortiz, también conocida como Elia B. Rodríguez, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, para que se cancele aviso de demanda por la suma de $45,159.49 y otras cantidades. Pendiente de anotación. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Caguas, Puerto Rico, hoy día 27 de AGOSTO de 2013. FDO. CARLOS CENTENO MERCED ALGUACIL AUXILIAR 640 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

ED-14012 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

CONSEJO DE TITULARES DEL CONDOMINIO TORRES DE ANDALUCIA representado por su PRESIDENTA GENTZABEL LI ENID TORRES BAEZ Demandante V.

MAGALY CORDERO MORALES

Demandada CIVIL NUM: KCD13-2023. SALA: 506. SOBRE: COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA). EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: SRA. MAGALY CORDERO MORALES. CONDOMINIO TORRES DE ANDALUCIA, APARTAMENTO 411, TORRE II, SAN JUAN, PUERTO RICO 00926. Por la presente se le emplaza y requiere que conteste la demanda dentro de los TREINTA (30) días a la publicación de este Edicto que se publicará una vez en un periódico de circulación diaria general, por orden del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN, radicando el original de su contestación ante el tribunal correspondiente y notificando con copia a la abogada de la demandante, Lcda. María V. Díaz Del Valle a la dirección postal: P. O. Box 3134, Carolina, Puerto Rico 00984 o a la dirección de la oficina: Ave. Jesús T. Piñero Núm. 1580, San Juan, Puerto Rico 00921; teléfono: (787) 226-5862. Este caso se trata de una demanda de cobro de dinero de atraso de pago de cuota de mantenimiento y seguro del apartamento. Se le apercibe que de no contestar la demanda, se dictará contra usted sentencia en rebelED-14016 ESTADO LIBRE día, concediéndose el remedio ASOCIADO DE PUERTO RICO. solicitado a la parte demandante, TRIBUNAL DE PRIMERA INS- sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO, bajo mi firma y sello del TriTANCIA, SALA DE CAROLINA. bunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy SEP 27 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. GLORIAM MARTINEZ RIVERA, SECRETARIA DE SERVICIOS A SALA.

JANNETTE LOPEZ HENRIQUEZ y TRUST MORTGAGE, CORP. Parte Demandante Vs.

UNITED MORTGAGE CORPORATION FULANO DE TAL JOHN DOE y COMPAÑIAS X, Y Z y Z DE PUERTO RICO

Parte Demandada CIVIL NUM: FCD2013-0448. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: UNITED MORTGAGE CORPORATION, San Juan, Puerto Rico o sea la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Manuel Angel Betancourt Avilés, Apartado 79283, Carolina, Puerto Rico 00984, teléfonos número: 787-603-4104 & 787-568-6434, Correo Electrónico: Maba1law@Aol.Com. En este caso se trata de Cancelación de Pagaré Extraviado, en la que la parte demandante solicita se ordene a la Secretaria del Tribunal que, una vez sea final y firme la presente Sentencia, expida el correspondiente mandamiento dirigido al(a) Señor(a) Registrador(a) de la Propiedad de la Sección Primera de Carolina, Sección Segunda, para que dicho funcionario proceda a la cancelación que por la presente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día 5 de abril de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: ROSA M. VIERA VELAZQUEZ, SUBSECRETARIO(A).

CB-3480 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO

BANCO SANTANDERPUERTO RICO Demandante v.

BETZAIDA GOMEZ SANCHEZ Demandada CIVIL NUM.: HSCI201200501 (206) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 13 de septiembre de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Humacao en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Humacao, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada, en el inmueble que se describe a continuación: (A) "URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número trescientos dos (302) del Condominio Chalets de las Palmas, Edificio identificado con la letra "A", situado en el Barrio Buena Vista del término municipal de Humacao, Puerto Rico. Este apartamento está construido en hormigón reforzado. Tiene un nivel con su puerta de entrada ubicada hacia el Norte, y por ella se sale al área de la escalera la cual tiene acceso directo al área de estacionamiento. Este apartamento tiene un área total de setecientos noventa punto ochenta y dos pies cuadrados

(790.82 p.c.) Linderos: por el NORTE, en veintiún pies y media pulgada (21’1/2"), con elemento exterior; por el SUR, en veintiún pies media pulgada (21’1/2"), con elemento exterior; por el ESTE, en treinta y siete pies siete pulgadas (37’7"), con elemento exterior, y por el OESTE, en treinta y siete pies siete pulgadas (37’7"), con apartamento trescientos tres (303). Este apartamento consta de balcón, cocina con área de lavandería, sala, comedor, dos (2) dormitorios, un (1) baño y dos (2) closets. Este apartamento goza del uso exclusivo de una terraza que es elemento común limitado con un área aproximada de setecientos noventa punto ochenta y dos pies cuadrados (790.82 p.c.) A este apartamento le corresponde una participación de tres punto nueve uno cero tres por ciento (3.9103%) en los elementos comunes del condominio. A esta apartamento le corresponde el estacionamiento número quince (15) en el área de estacionamiento de la oficina. Presentada al Asiento 844 del Diario 883 de Humacao, Sección de Humacao, del Registro de la Propiedad. El apartamento responde por el 95% del principal de la hipoteca, esto es la suma de $90,306.05. (B) "ESTACIONAMIENTO, marcado con el número uno (1), localizado al Este, del Edificio "A" sometido al Régimen de Propiedad Horizontal del Edificio Chalets de las Palmas del término municipal de Humacao. Es de forma rectangular y a ser utilizado para el estacionamiento de un (2) vehículo. Colinda por el NORTE, a una distancia de siete pies diez pulgadas (7’10"), colinda con elemento común general; por el SUR, a una distancia de siete pies diez pulgadas (7’10"), colinda con acceso a elementos comunes generales del condominio que conducen a su vez a la vía pública; por el ESTE, a una distancia de quince pies con tres pulgadas (15’3"), colinda con elementos comunes generales del condominio; por el OESTE, en una distancia de quince pies con tres pulgadas (15’3"), colinda con el estacionamiento número dos (2). Su superficie es ciento veinticinco punto cero ochenta y cinco pies cuadrados (125.085 p.c.) Este estacionamiento tiene una participación porcentual de dos mil novecientos noventa y una millonésimas (0.2991%) en los elementos comunes del condominio." Presentada al Asiento 844 del Diario 883 de Humacao, Sección de Humacao, del Registro de la Propiedad. El estacionamiento responde por el 5% del principal de la hipoteca, esto es la suma de $4,752.95. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Banco Santander Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $95,059.00, intereses al 5 _% anual y vencedero el 1 de agosto de 2039, según consta de la escritura número 221, otorgada en Caguas, el 27 de julio de 2009 ante el Notario José E. Franco Gómez, presentada al asiento 531 del diario 897 el 5 de agosto de 2009. b. SENTENCIA del caso civil número HSCI201200501, seguida en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, Banco Santander de Puerto Rico, demandante v. Betzaida Gómez Sánchez, demandada. Por la misma se condena a la demandada al pago de $92,075.09, más otras sumas, correspondiente a la hipoteca por $95,059.00. Presentada el 7 de mayo de 2013 al asiento 592 del diario 915. El gravamen que está siendo ejecutado en el presente acto es el mencionado en el inciso (b) anterior. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Conforme a la Sentencia dictada el día 27 de agosto de 2012 y archivada en los autos el 28 de agosto de 2012 y enmendada y notificada nuevamente el 17 de septiembre de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario cuya Sentencia ha sido presentada para inscripción en el Registro de la

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Propiedad, cuyos balances eran al 22 de junio de 2012: $92,075.90 de principal; 5 _% por concepto de intereses acumulados hasta esa fecha, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; $173.95 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; más la suma de $9,505.90 por concepto de honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía, por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Conforme a lo dispuesto en la sección 1806 de la Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. sec. 1806 y teniendo la Sentencia un efecto de gravamen sobre el/los inmueble(s) de la demandada Betzaida Gómez Sánchez, se procederá con la ejecución de la Sentencia mediante venta en pública Subasta de los inmuebles antes relacionados, a celebrarse en la oficina del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao el día 14 de noviembre de 2013, de la siguiente manera: • 10:00 am Finca A (Apartamento), Tipo Mínimo: $90,306.05 • 10:15 am Finca B (Estacionamiento), Tipo Mínimo: $4,752.95 Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Humacao, Puerto Rico, hoy día 7 de octubre de 2013. MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE HUMACAO Por: Jennisa García, Alguacil ED-14006 #BS-00009453997 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO Demandante v.

STEVEN ROLON MUÑOZ

Demandado CIVIL NUM: ECD2011-0833 (403 A). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 11 de enero de 2013. procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma


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CLASIFICADOS / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

de $428,500.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2013, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $285,666.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Solar número CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO (431) de la Urbanización Ciudad Jardín de Bairoa Fase II, localizada en el barrio B Bairoa, del municipio de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de quinientos sesenta punto cuarenta y uno (560.41) metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de veintiséis punto ciento setenta y cinco (26.175) metros, con el solar número CUATROCIENTOS TREINTA (430); por el Sur, en una distancia de veinticinco punto seiscientos noventa y uno (25.691) metros, con el solar número CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS (432); por el Este en dos (2) alineaciones distintas, en una distancia de diecinueve punto cero cuarenta y tres (19.043) metros, con el solar número CUATROCIENTOS VEINTISIETE (427), y otra distancia de tres punto novecientos cincuenta y seis (3.956) metros, con el solar número CUATROCIENTOS VEINTIOCHO (428); y por el Oeste, en un arco de longitud de diecinueve punto cero treinta y cinco (19.035) metros, con la calle Tarragona de dicha urbanización, todos estos solares pertenecientes al referido desarrollo urbano. El inmueble antes descrito contiene una casa de concreto diseñada para una sola familia, construida de acuerdo con planos y especificaciones sometidos y aprobados por las agencias e instrumentalidades gubernamentales pertinenetes.” Inscrita al folio 27 del tomo 1692 de Caguas, finca #57,612, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. URBANIZACION: URB. CIUDAD JARDIN DE BAIROA 431 BARRIO BAIROA CAGUAS, PUERTO RICO. La antes descrita hipoteca fue modificada mediante la escritura número 84 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 8 de marzo de 2010, ante la Notario Público Griselle Arbona Martínez, la cual se modifica de la siguiente manera: a) El saldo insoluto del principal del pagaré devengará intereses a partir del primero de marzo de 2010, para los próximos doce (12) meses a razón de seis por ciento (6%) anual, de ahí en adelante hasta la madurez fecha en la tasa de interés del seis y 1/2 por ciento (6 1/2%) por año; b) El principal y los intereses adeudados bajo el Pagaré serán pagaderos en San Juan, Puerto Rico o cualquier otro lugar que el titular del Pagaré podrá designar por escrito, en sucesivos pagos mensuales en la cantidad de dos mil trescientos cuarenta y nueve con cincuenta y tres centavos (2,349.53) para los próximos doce meses (12) meses contados a partir de abril primero de dos mil diez, a partir entonces las cuotas mensuales serán por la cantidad de dos mil setecientos ocho con cuarenta y un centavos (2,708.41) de los trescientos (300) meses y un último tramo de vencimiento a pagar completo por la cantidad de ciento diecisiete mil quinientos setenta y uno con cuarenta y dos centavos (117,571.42) el primero de marzo de 2036. Inscrita al folio 27 del tomo 1692 de Caguas, finca #57612, inscripción 3ra., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección 1ra. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $424,827.67 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.500% anual, desde el día 1 de enero de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $42,850.00 para cos-

tas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día AUG 12 2013. RAMON L. HERNANDEZ CINTRON, ALGUACIL. ED-14010 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

ATACATUM PERFUME, LLC Demandante v.

JAVIER PEÑA JANE DOE y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta d/b/a AJ PERFUMES

Demandado(a) CIVIL NUM. D CD2012-3078. SALA 702. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JAVIER PEÑA, JANE DOE y la Sociedad Legal de Gananciales por ellos compuesta d/b/a AJ PERFUMES. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 19 de septiembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 27 de septiembre de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 27 de septiembre de 2013. RUTH APONTE COTTO, SEC. REGIONAL II. SANDRA I. DE JESUS COLON. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-14007 #BP-1754267 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE JUANA DIAZ.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

ARNALDO LUIS GRATACOS PEREZ también conocido como ARNALDO GRATACOS PEREZ también conocido como ARNALDO GRATACOS PEREZ ANA DIGNA ORENGO MARTINEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: J2CI2012-00418. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA VIA ORDINARIA (IN REM). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que

en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 30 de abril de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE JUANA DIAZ. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $64,366.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $42,910.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE JUANA DIAZ. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar radicado en la Urbanización Valle Costero, localizada en el barrio Felicia DOS (2) en el término municipal de Santa Isabel, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización y que se encuentra inscrito en el registro de planos, con número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: J UNO (J-1). Area del solar TRESCIENTOS VEINTIDOS metros cuadrados con TREINTA y SIETE centímetros (322.37). En lindes por el Norte, con el solar número DOS (2), en una distancia de veinticinco (25.00) metros; por el Sur, con la calle número SEIS (6) en una distancia de veintiuno metros con cincuenta centímetros (21.50) y un medio (1/2) arco en una distancia de dos metros con setecientos cuarenta y nueve milésimas (2.749); por el Este, con el solar K DIECINUEVE (K-19) en una distancia de trece (13.00) metros; por el Oeste, con la calle número UNO (1), en una distancia de nueve metros; por el Oeste, con la calle número UNO (1), en una distancia de nueve metros con cincuenta centímetros (9.50) y un medio (1/2) arco en una distancia de dos metros con setecientos cuarenta y nueve milésimas (2.749). En este solar se ha construido una casa de vivienda para una familia, de bloques y hormigón reforzado.” Inscrita al folio móvil del tomo 164 de Santa Isabel, finca #6,567, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de Guayama. DIRECCION: URB. VALLE COSTERO J-1 SANTA ISABEL, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $49,149.67 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.000% anual, desde el día 1 de mayo de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $6,436.60 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en JUANA DIAZ, Puerto Rico, hoy día 8 de agosto de 2013. GUSTAVO A. GUILBE ZAYAS, ALGUACIL. POR: (FDO.) AMIRCAL GERENA ROMAN, ALGUACIL #100.

ED-14021 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

ED-14026 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION t/c/c FANNIE MAE

Demandante vs.

DORAL MORTGAGE LLC JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. ECP2013-0074. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de DORAL MORTGAGE CORPORATION, hoy día DORAL MORTGAGE LLC, por la suma de $40,968.00, con intereses al 7.00% anual, vencedero el 1 de diciembre de 2021, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 457, otorgada en Caguas, Puerto Rico, ante el notario Miguel Hernández Sanabria, inscrita al folio 69 del tomo 130 de Caguas, finca 38873, inscripción 6ta, Registro de la Propiedad de Caguas Sección I. EXTENDIDO bajo mi firma y el Sello del Tribunal, hoy OCT 01 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIA GENERAL. POR: ENEIDA ARROYO VELEZ, SEC. DE SERVICIOS A SALA. ED-14022 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante Vs.

ANTONIO UBARRI BLANES

Demandado CIVIL NUM. D2CD2013-0145. SOBRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: ANTONIO UBARRI BLANES. Por la presente se le notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. El abogado de la parte demandante es el Lcdo. Jean Paul Juliá Díaz, Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C.; P.O. Box 364908, San Juan, PR 00936-4908; Tel. (787) 622-2323/Fax (787) 6222320. Se le advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparece a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal Superior, Sala Superior de Río Grande, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se le anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle, disponiéndose además, que en los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto se le dirigirá por correo certificado con acuse de recibo una copia del Emplazamiento por Edicto y de la Demanda presentada a su última dirección postal conocida en P.O. Box 1402, San Juan, PR 007951402. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Guaynabo, Puerto Rico, hoy día 11 oct. 2013. GLORIMAR RIVERA RIVERA, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. ANNETTE HERNANDEZ GONZALEZ, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

Demandante v.

PUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de la causante Atzelia Borges Olivo. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy OCT 09 2013, en Carolina, Puerto Rico. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: DAMARIS TORRES RUIZ, SECRETARIA AUXILIAR.

La SUCESION DE ATZELIA ED-14027 ESTADO LIBRE BORGES OLIVO ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INScompuesta por TANCIA, SALA DE COMERIO, SALA SUPERIOR. JEANNIE FEDERAL NATIONAL SANNUR BORGES MORTGAGE FULANO DE TAL ASSOCIATION Y FULANA DE TAL t/c/c FANNIE MAE como herederos Demandante v. con posible interés LAS SUCESIONES DEPARTAMENTO DE JORGE RAMON DE HACIENDA MEDINA MARRERO DIVISION DE CAUDAL RELICTO y CARMEN PORFIRIA COLON ORTIZ CENTRO compuestas por DE RECAUDACION CARMIN DE INGRESOS MEDINA COLON MUNICIPALES FULANO DE TAL (CRIM) Demandada y FULANA DE TAL CIVIL NUM.: FCD2013-0914 y SUTANO DE TAL (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOy SUTANA DE TAL TECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICcomo herederos TO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACION. Estados Unidesconocidos dos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado con posible interés Libre Asociado de Puerto Rico. A DEPARTAMENTO LA PARTE DEMANDADA: JEANNIE SANNUR BORGES DE HACIENDA como miembro de la SUCESION DE ATZELIA BORGES DIVISION OLIVO Y FULANO DE TAL Y FULANA DE TAL como herede- DE CAUDAL RELICTO ros desconocidos de ATZELIA CENTRO BORGES OLIVO a su última dirección conocida FISICA: UrbaDE RECAUDACION nización Vistamar, R-918 Ave. Galicia, Carolina, PR 00983. DE INGRESOS POSTAL Urb. Vistamar, 918 Ave. Galicia, Carolina, PR MUNICIPALES 00983; Village Venitia Apt 204, Real Avenue, Tampa, Fl 33647. (CRIM) Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $94,104.16 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el 1 de noviembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $10,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 50, otorgada ante el Notario Humberto Soto Mainardi, el día 8 de febrero de 2008, sobre la finca número 4355 inscrita al folio 100 vuelto del Tomo 101 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (60) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). Se ordena a los herederos de la causante, a saber: Jeannie Sannur Borges y Fulano de Tal y Fulana de Tal como herederos desconocidos a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, ACEPTEN O RE-

Demandados CIVIL NUM.: B3CI2013-00350. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Y MANDAMIENTO DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: CARMIN MEDINA COLON; los herederos desconocidos de JORGE RAMON MEDINA MARRERO denominados como FULANO DE TAL y FULANA DE TAL y los herederos desconocidos de CARMEN PORFIRIA COLON ORTIZ denominados como SUTANO DE TAL y SUTANA DE TAL a su última dirección conocida FISICA: Bda. La Vega, 1 Las Flores, Barranquitas, PR 00794 POSTAL Santa Olaya, RR 12 Box 116, Bayamón, PR 00956. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $34,364.91 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.375% anual desde el 1 de agosto de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $4,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de número 166, otorgada ante el Notario Luis Valle Irizarry, el día 23 de marzo de 2002, sobre la finca número 6910, inscrita al folio 260 del Tomo 233 del Registro de la Propiedad de Barranquitas. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los sesenta (60) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TO-

RRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila, P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). Se ordena a los herederos de los causantes, a saber: Carmín Medina Colón; los herederos desconocidos de Jorge Ramón Medina Marrero denominados como Fulano de Tal y Fulana de Tal y los herederos desconocidos de Carmen Porfiria Colón Ortiz denominados como Sutano de Tal y Sutana de Tal; a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación, ACEPTEN O REPUDIEN la participación que les corresponda en la herencia de los causantes Jorge Ramón Medina Marrero y de Carmen Porfiria Colón Ortiz. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 11 de octubre de 2013, en Comerío, Puerto Rico. CARMEN A. TORRES TORRES, SECRETARIO(A). POR: MIRTA GARCED, SEC. AUX. ED-14028 #BP-4798980 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

JORGE LUIS CORREA OLIVERAS también conocido como JORGE L. CORREA OLIVERAS

Demandado CIVIL NUM: FCD2012-0543 (402). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA VIA ORDINARIA (IN REM). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 2 de abril de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. SE ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2013, a las 10:15 de la am en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $64,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2013, a las 1:00 de la p.m. en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $42,666.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 1:00 de la p.m. en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---“URBANA: Solar marcado con el número ONCE (11) de la manzana VEINTIDOS (22), radicado en la Urbanización Sabana Gardens, situada en el barrio Sabana Abajo de Carolina, Puerto Rico, con una

cabida superficial de trescientos treinta y ocho punto cincuenta y ocho (338.58) metros cuadrados, en lindes por el Norte, con el solar número DIEZ (10), distancia de veintitrés punto treinta y cinco (23.35) metros; por el Sur, con el solar número DOCE (12), distancia de veintitrés punto treinta y cinco (23.35) metros; por el Este, con paseo sombreado, distancia de catorce punto cincuenta (14.50) metros; y por el Oeste, con la calle número DIECISEIS (16), distancia de catorce punto cincuenta (14.50) metros. Enclava una estructura de concreto para fines residenciales.” Inscrita al folio 61 del tomo 971 de Carolina, finca #8,327, inscripción 5ta., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. DIRECCION: URB. SABANA GARDENS, BLOQUE 22 #11 CALLE 16 CAROLINA, PUERTO RICO. Surge del Estudio de título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) A: RG PREMIER BANK OF PUERTO RICO, o al tenedor de un pagaré a la orden de éste, por la suma principal de $45,000.00, con intereses al 7 1/2% anual, vence el 1ro. de enero de 2022, según consta de la escritura #495 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 20 de diciembre de 2006, ante el Notario Público José Enrique Amadeo, inscrita al folio 61 del tomo 971 de Carolina I, finca #8,327, inscripción 7ma., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $58,514.26 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.125% anual, desde el día 1 de mayo de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $6,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 7 de agosto de 2013. SAMUEL GONZALEZ ISAAC, ALGUACIL. CB-3538 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYANILLA

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PADRE MACDONALD Dir. Postal: apartado 7022, Ponce, P.R. 00732 Dir. Física: Ave. Muñoz Rivera #187, Ponce, P.R. (Demandante) Vs.

EDISON PEREZ PEREZ

(Demandado) CIVIL #J3CI201300125 Sobre: Cobro de Dinero. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS E.E.U.U. S.S. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: EDISON PEREZ PEREZ Por la presente se le notifica que la parte demandante en este caso ha presentado una demanda de Cobro de Dinero. Siendo usted parte necesaria e indispensable en este caso, se le emplaza y requiere para que dentro de los treinta (30) días de la publicación de este edicto presente en la Secretaría de este Tribunal y notifique a la Lcda. Lizette M. Alvarado Bauzá, abogada de la parte demandante a la siguiente dirección: Urb. Morell Campos, Calle Fígaro #2, Ponce, P.R. 00730-2764; Teléfono y Fax (787) 840-5471, su oposición a la demanda presentada o cualquier derecho que usted entienda tiene en dicho caso, apercibiéndole que de usted dejar de hacer lo antes expuesto se DICTARA CONTRA USTED SENTENCIA EN REBELDIA, concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle a usted ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y EL SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En Guayanilla, Puerto Rico, el 24 de septiembre de 2013. Odemaris Colón Cosme, Secretario del Tribunal. Por: Secretario Auxiliar


EL VOCERO / LOCALES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

bió cristiana cremación. MATIAS DELERME RODRIGUEZ. Recibió cristiana cremación.

MARIA CASALDUL TORRUELLA. Natural de Guaynabo. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. GEORGINA MARRERO CHEVERE. Natural de Morovis. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. RAFAELA CARIDAD TAFFANELLI MARRERO. Natural de Lares. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. RADAMES ALBERTO MEJIA SALINAS. Natural de Arroyo. Falleció en Carolina. Reci-

MAN, 57 años. Natural de Mayagüez y residente en Nueva York. Falleció el 14 de octubre de 2013 en Nueva York. Sepelio se efectuará el viernes en el Cementerio Mayagüez Memorial.

Natural de Aguadilla y residente de la Urb. Alemañy. Falleció el 21 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio hacia el Cementerio Nuevo Municipal. Día y hora pendientes.

SERGIO PEREZ LUCENA, 31 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 20 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio pendiente. Para detalles llamar al 834-6565. EVARISTO RODRIGUEZ VAZQUEZ, 92 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 19 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio mañana martes a las 12:00 p.m. en el Cementerio Viejo Municipal de Mayagüez. MARIANO TORRES GUZ-

LYDIA ONEIDA RIVERA RODRIGUEZ, 56 años. Natural de Mayagüez y residente de Boulevard Eudaldo Báez. Falleció el 18 de octubre de 2013 en Mayagüez. Sepelio mañana a las 12:30 p.m. hacia el Cem. Nuevo Municipal. AURELIA LORENZO HERNANDEZ “NELLY”, 78 años.

ZENAIDA DOMENECH RIVERA, 71 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 18 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio hoy a las 11:00

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a.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo. ROBERT W. STOKES, 90 años. Natural de Montana y residente de Arecibo. Falleció el 19 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio hoy a la 1:00 p.m. partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio La Santa Cruz de Arecibo. CARMEN M. VALENTIN COLON, 58 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 20 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio será partiendo desde la Funeraria González, carretera 129, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo. Para día y hora llamar a la funeraria. LYDIA MALDONADO NIEVES, 91 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 19 de octubre de 2013 en Río Piedras. Sepelio efectuado. CARMEN S. SERRANO REYES, 73 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 19 de octubre de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado.

EDICTOS CB-3518 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAROLINA

DORAL BANK Parte Demandante v.

RAMÓN ANDRÉS TALLAJ GUZMÁN, su esposa MARTA MARGARITA DÍAZ GÓMEZ y la sociedad legal de gananciales compuesta por ellos Parte Demandada CIVIL NÚM: F CD2012-0018 (404) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 22 de enero de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 21 de noviembre de 2013, a las 9:45 de la mañana en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $118,939.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 2 de diciembre de 2013, a la 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $79,292.67. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que

ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 11 de diciembre de 2013, a la 1:45 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: "URBANA: Solar marcado con el número TREINTA Y SIETE (37) del Bloque GD del plano de inscripción de la Cuarta Extensión de la Segunda Etapa de la Urbanización Country Club situada en el Barrio Sabana Abajo del Municipio de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos doce metros cuadrados con cincuenta y nueve centésimas de metros cuadrados (312.59 m.c.) y colinda por el NORESTE, en veintitrés metros (23.00 m.), con el solar número treinta y ocho (38) por el SUROESTE, en veintitrés metros (23.00 m.), con el solar número treinta y seis (36); por el SURESTE, en trece metros con cuarenta y cinco centésimas de metros (13.45 m.), con los solares número once (11) y doce (12) del Bloque GD de la Tercera Extensión, y por el NOROESTE, en trece metros con setenta y tres centésimas de metros (13.73 m.), con la calle número cuatrocientos dieciocho (418). Enclava una casa de concreto de una sola planta dedicada vivienda." Consta inscrita al folio 39 vuelto del tomo 161 de Carolina I, finca número 5681, inscripción cuarta del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Carolina. DIRECCIÓN: URB. COUNTRY CLUB 11 CALLE GE CAROLINA, PR 00949 Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, no pesan gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $102,124.63 de principal, más intereses sobre dicha suma al tipo de 8.50% por ciento

anual desde el día 1 de julio de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma de dinero para primas de seguro FHA, de aplicar, y contra riesgos, más recargos por demora, más los intereses devengados y la cantidad de $11,893.90 estipulada para costas, gastos y honorarios de abogado, más los cargos por demora, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Dichos pagos se efectuarán en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del (de la) Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaria de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 9 de septiembre de 2013. Samuel González Isaac ALGUACIL SALA SUPERIOR DE CAROLINA RP-157 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE RIO GRANDE

SCOTIABANK DE PUERTO RICO Demandante v.

NEFTALI RODRIGUEZ ROSA, SONIA GOMEZ CHARRIEZ también conocida como SONIA N. GOMEZ CHARRIEZ y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: N3CI2013-0041 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO SS EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA

SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por el presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 25 de marzo de 2013, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2013, a las 11:45 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE RIO GRANDE. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $87,300.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2013, a las 11:45 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $58,200.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE RIO GRANDE. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 11:45 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por al totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela marcada con el número DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO (238) en el plano de parcelación de la comunidad rural del barrio Zarzal del término municipal de Río Grande, con una cabida superficial de CERO pun-

to MIL CIENTO CUARENTA (0.1140) cuerdas, equivalentes a CUATROCIENTOS CUARENTA y OCHO punto TREINTA (448.30) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con parcela DOSCIENTOS TREINTA y NUEVE (239); por el Sur, con parcela DOSCIENTOS TREINTA y SIETE (237); por el Este, con la calle DOCE (12); y por el Oeste, con parcela DOSCIENTOS CUARENTA (240).” Inscrita al folio 128 del tomo 501 de Rio Grande, finca #17,841, inscripción 6ta., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Tercera. DIRECCION: BARRIO CAROLA LOTE 238 CALLE 12 RIO GRANDE, PUERTO RICO Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $82,576.74 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.000% anual, desde el día 1 de agosto de 2012, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $8,730.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en RIO GRANDE, Puerto Rico, hoy día 21 de agosto de 2013. Betty Navarro Algarín Alguacil, placa 242 ALGUACIL, José C. Ortiz Santana Alguacil Confidencial. RP-158 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RIO GRANDE

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

FELIX PIZARRO ORTIZ, y la sucesión de la finada MERCEDES SANJURJO CORREA también conocida como MERCEDES SANJURJO, com-

puesta por FELIX PIZARRO ORTIZ, HECTOR LUIS PIZARRO CORREA, SANTOS PIZARRO CORREA, JOSE MANUEL PIZARRO CORREA, CARLOS PIZARRO CORREA, JUAN ANTONIO PIZARRO CORREA, LYDIA MERCEDES PIZARRO CORREA, MILAGROS PIZARRO CORREA, MARIA SOCORRO PIZARRO CORREA, RODANIN PIZARRO CORREA, FELIX PIZARRO CORREA, RAMON LUIS PIZARRO CORREA; XYZ; (herederos desconocidos), ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM Demandados CIVIL NÚM: N3CI2008-00236 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (VÍA ORDINARIA) ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE. UU EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 4 de mayo de 2009, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana,

en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE RIO GRANDE. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $48,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $32,000.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE RIO GRANDE. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2013, a las 11:30 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo al acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela marcada con el número DOSCIENTOS SETENTA y DOS (272) de la comunidad rural La Dolores del barrio Ciénaga Baja del Municipio de Río Grande, Puerto Rico, con una cabida superficial de MIL VEINTISEIS punto VEINTIDOS (1,026.22 m.c.) metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la parcela DOSCIENTOS SESENTA y SIETE (267) de la comunidad; por el Sur, con la calle número DIEZ (10) de la comunidad; por el Este, con la parcela DOSCIENTOS SETENTA y TRES (273) de la comunidad y por el Oeste, con la Parcela DOSCIENTOS SETENTA y UNO (271) de la comunidad.” Inscrita al folio 28 vto. del tomo 386 de Rio Grande, finca #23,161, inscripción 3ra., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. DIRECCION: COMUNIDAD RURAL LA DOLORES 272 CALLE PERÚ

RIO GRANDE, PUERTO RICO Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) A: JUAN ANTONIO, JOSE MANUEL, RAMON LUIS, MARIA SOCORRO, HECTOR LUIS, RODANIN, LYDIA MERCEDES, FELIX JESUS, CARLOS JOSE todos de apellidos PIZARRO CORREA; FELIX PIZARRO ORTIZ viudo en la cuota usufructuaria con un valor de $15,000.00, a cuyo favor surge presentado una Resolución del 10 de octubre de 2005 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Rio Grande, en el caso civil #N3CI2005-00603, sobre Declaración de Herederos, por la cual dicho tribunal declara herederos de la causante Mercedes Correa Sanjurjo t/c/c Mercedes Correa Rivera y como Mercedes Sanjurjo Correa, quien falleció el 4 de octubre de 2013. Presentada para su inscripción el día 23 de febrero de 2006, al asiento 543, del diario 229 del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección II. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $33,219.53 más intereses sobre dicha suma al tipo del 8.125% anual, desde el día 1 de noviembre de 2007, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $4,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en RIO GRANDE, Puerto Rico, hoy día 4 de junio de 2013. Betty Navarro Algarín, Alguacil, placa 242 ALGUACIL José C. Ortiz Santana Alguacil Confidencial.


BREVES 28

DEPORTES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Salvavidas para los Atléticos RAFY RIVERA, EL VOCERO

Surge un grupo interesado en adquirir y mantener activa la franquicia de San Germán

El Crimson Tide lidera el BCS Alabama y Florida State encabezan el primer standing del BCS, seguidos de Oregon, Ohio State y Missouri. Los primeros dos equipos en la lista al finalizar la temporada jugarán en el Rose Bowl por el campeonato del football de la NCAA.

El todavía apoderado de los Atléticos de San Germán, Edwin Mundo, confirmó ayer la existencia de un grupo de empresarios interesados en adquirir la franquicia y que cuentan con el apoyo de la administración municipal. A tales efectos, Mundo tenía pautado reunirse anoche con el alcalde Isidro Negrón y parte del grupo de prospectos compradores.

“Hoy (ayer) tenemos reunión con el alcalde para atender ese asunto. La información que tengo es que el alcalde ya confeccionó un grupo de personas que se van a hacer cargo del equipo y eso es lo que vamos a discutir para ver como se hace la transición”, dijo Mundo. “Quizás yo tenga que pedir mañana (hoy) 30 días adicionales en lo que se cuadra todo. La intención es que San Germán se quede y se juegue”, agregó.

Produce Barea José Juan Barea coló nueve puntos en 14 minutos de acción en la victoria de exhibición de los Timberwolves 10489 sobre los Celtics, el domingo por la noche. El boricua atinó tres de siete tiros de campo, y se fue de 3-3 del tiro libre. Promedia 8.8 ppj en la pretemporada.

MÁS INFO. EN VOCERO.COM

Hace poco menos de un mes, el apoderado le dejó saber al BSN su intención de no regresar para la temporada del 2014.

Reunión del BSN

EL VOCERO / Archivo

Precisamente hoy, la Junta de Directores del BSN estará celebrando una reunión para tocar el asunto del solicitado receso de los equipos de Guaynabo y San Germán. También se incluirá en la agenda, el posible regreso de los Maratonistas de Coamo y la aprobación de un nuevo apoderado para el equipo de los Gigantes de Carolina.

Dolorosa jornada en la NFL THE ASSOCIATED PRESS

Acción de la Liga de Campeones Barcelona contra Milán encabeza la tercera fecha de la Liga de Campeones que abre hoy. Además se verán las caras Schalke 04-Chelsea, Arsenal-Dortmund, Marsella-Napoli, Atlético-Vienna, Steaua-FC Basel, Celtic-Ajax y FC Porto-Zenit.

La lesión de Bradford fue apenas una de varias sufridas por jugadores estelares en la jornada dominical de la NFL.

Fuera Reggie Wayne En Indianápolis, el estelar receptor de los Colts, Reggie Wayne, se perderá el resto de la temporada luego de desgarrarse el ACL en su rodilla derecha. Wayne se lastimó en el cuarto parcial cuando intentó frenar y volver para atrapar un pase bajito.

Dolidos los Bears Mientras, el lastimado quarterback de los Bears de Chicago, Jay Cutler, se perderá por lo menos las próximas cuatro semanas de la temporada, y el estelar LB Lance Briggs estaría fuera hasta seis semanas. Cutler sufrió un desgarre de un músculo en su ingle durante la derrota 45-41 ante Washington. Briggs, por su parte, salió con una pequeña fractura en su hombro izquierdo. No necesitan ser operados.

Sin suerte Cushing Y en Houston, el Pro Bowl LB de los Texans, Brian Cushing, se perderá el resto de la campaña con una lesión en su rodilla izquierda que tendrá que ser operada.

Fotos AP

SAN LUIS - El quarterback de los Rams de San Luis Sam Bradford se rompió los ligamentos de la rodilla izquierda y no volverá a jugar esta temporada.


EL VOCERO / DEPORTES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

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LVSM: Coamo ante el récord de derrotas Fotos EL VOCERO / Archivo

CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

En descanso Cotto CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

Su grupo afirma que no existe aún una negociación para un pleito con ‘La Maravilla’ El promotor Bob Arum tiene una clara visión de lo que podría depararle en el futuro a su antiguo protegido, Miguel Cotto. Ahora que lo tiene parcialmente de vuelta, sabe que su próximo compromiso deberá ser uno muy grande en Nueva York y ante el campeón del peso mediano Sergio ‘La Maravilla’ Martínez. Pero la representación del boricua afirma que es prematuro hablar de tales vaticinios. El asesor legal de Cotto, el licenciado Gabriel Peñagarícano, dijo que las expresiones del veterano promotor van dirigidas a empezar a crear un ambiente de rivalidad entre Cotto y quien sea su rival de turno. Aseguró además que todavía no existe alguna negociación. "No ha habido ninguna negociación", expresó Peñagarícano. Arum dijo en semanas recientes que Cotto y Martínez, campeón mediano del Consejo Mundial de Boxeo, van camino a enfrentarse el sábado 7 de junio de 2014 en el MetLife Stadium, de Nueva York, hogar de los Jets y los Giants de la NFL.

El evento, en el cual podrían acudir cerca de 40 mil fieles según Arum, sería parte de las celebraciones relacionadas a la Parada Puertorriqueña en la ‘Gran Manzana’. "Sí, he visto esas declaraciones de Bob. Lo que demuestran es que tienen interés, pero todavía no nos hemos sentado a hablar. He visto que han dado declaraciones a la prensa, pero de ahí a que nos hayamos reunido, eso no ha ocurrido. Miguel está disfrutando de un descanso y cuando regrese de él, hablaremos", sostuvo.

Desde 1968, no hay un equipo que sume 22 derrotas consecutivas en el Voleibol Superior Masculino. Pero esa cifra está muy cerca de ser alcanzada, y quizás unos días más tarde, superada. Los Maratonistas de Coamo están a un paso de hacer historia que para muchos no sería motivo de alegría. El sexteto coameño, que terminó la temporada de 2012 con 19 derrotas seguidas, sumó dos reveses en el inicio de la nueva campaña la semana pasada, con lo que vio ascender a 21 su número de partidos perdidos de forma consecutiva.

De Coamo perder contra Carolina igualaría el récord de derrotas seguidas establecido hace 45 años por la edición de los Indios de Mayagüez (1968), quienes concluyeron con récord de 0-22. Luego del partido con Carolina, los Maratonistas tendrán tres días de descanso antes de enfrentar el viernes a los campeones Capitanes de Arecibo, equipo que marcha con marca de 1-1.

Con eso en mente, los Maratonistas enfrentarán hoy a los Nuevos Gigantes de Carolina en un partido que podría dejar una nueva marca -aunque no la mejor- en el voleibol local.

Equipos morosos lanzan su mejor talento al ‘pote’

Carolina, equipo que tiene marca de 20 en éste comienzo de temporada y cuyas victorias son ante los Changos de Naranjito y los Patriotas de Lares, podría hacer que Coamo (0-2) alcance el fático número de 22 derrotas seguidas.

Dos equipos duramente golpeados por la economía y que actualmente arrastran deudas con gran parte de sus jugadoras, dejarán disponible un buen número de talento de cara al Sorteo de Jugadoras de la Liga de Voleibol Superior Femenino que tendrá lugar el 9 de noviembre. Jugadoras procedentes de las Pinkin de Corozal y de las Vaqueras de Bayamón -dos equipos que recesarán en la temporada de 2014- dejarán a disposición de los otro ocho sextetos a prometedoras atletas, tales como: Ania Ruiz, Jessica Candelario, Shara Venegas, Bianca Rivera, Nomarie Vélez, Elimarie Fernández, Lizzy Cintrón, María Escoto, Jennifer Quesada y Glorimar Ortega.

Cotto (38-4 y 31 nocauts) viene de vencer por nocaut en el tercer asalto al dominicano Delvin Rodríguez el pasado 5 de octubre en Orlando, Florida.

Las Valencianas de Juncos tendrán el primer turno en el sorteo, seguidas por las Gigantes de Carolina, las Indias de Mayagüez, y las Mets de Guaynabo.

Durante la conferencia de prensa post pelea, Cotto y Roach mostraron interés en la corona de Martínez. "Vamos a esperar un poco de más tiempo antes de hablar de las opciones que tiene Miguel. Todavía las cosas están muy recientes. Sí podemos decir que nos quedan peleas grandes", puntualizó Peñagarícano.

Las probabilidades de que los Maratonistas, un equipo que demostró que se vio más aguerrido en su último partido ante Guaynabo, superen a Carolina son pocas. Pero una victoria los sacaría del marasmo y de perpetuar su nombre en un espacio estadístico nada alegre.

LIZZY CINTRÓN

La temporada, cuyo inicio ha sido pautado para el 23 de enero, sólo tendrá en acción ocho conjuntos, y cada sexteto podrá firmar dos jugadoras importadas.


SERIE MUNDIAL SAN LUIS VS. BOSTON

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DEPORTES / MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

CARDENALES DE SANLUIS Posibles alineaciones: 2B Matt Carpenter RF Carlos Beltrán LF Matt Holliday C Yadier Molina DH Allen Craig 3B David Freese 1B Matt Adams CF Jay o Robinson SS Kozma o Descalso

*De ser necesario

Yadier se concentra en el título

Posibles rotaciones: PD Adam Wainwright PD Michael Wacha PD Joe Kelly PD Lance Lynn

RAFY RIVERA, EL VOCERO

Nunca se rindió ERIC NÚÑEZ, THE ASSOCIATED PRESS

Fracasos en el pasado ahora rinden frutos para Carlos Beltrán en su primera Serie Mundial MEDIAS ROJAS DE BOSTON Posibles alineaciones: CF Jacoby Ellsbury RF Shane Victorino 2B Dustin Pedroia DH David Ortiz 1B Mike Napoli LF Gomes o Nava C Jarrod Saltalamacchia SS Stephen Drew 3B Xander Bogaerts Posibles rotaciones: PI Jon Lester PD John Lackey PD Clay Buchholz PD Jake Peavy Relevistas: PD Koji Uehara PD Junichi Tazawa PI Craig Breslow PI Félix Doubront PI Franklin Morales PD Ryan Dempster

NUEVA YORK - Al despertarse la mañana del viernes, Jessica Beltrán se sorprendió al ver a su esposo también levantado.

"El haber estado siempre tan cerca sin poder terminar de ir a la Serie Mundial me sirvió para motivarme y esforzarme año tras año", afirmó Beltrán.

Eran las 4:10 de la madrugada, según contó Jessica, y Carlos Beltrán se encontraba apretando firmemente sus puños, como si estuviese tomando el bate de béisbol, preparándose para enfrentar horas después a Clayton Kershwaw.

Uno de los bateadores más productivos en postemporada, Beltrán es una de las piezas claves con las que los Cardenales aspiran a su 12mo campeonato.

"No podía dormir. Estaba tratando de visualizar todos los escenarios, pensando en el juego", dijo Beltrán. Jessica estaba segura que Carlos iba a tener un gran juego. Y así fue. El jardinero puertorriqueño de 36 años bateó de 43, con dos impulsadas, en la victoria en el sexto juego de la Serie de Campeonato de la Liga Nacional, en la que los Cardenales de San Luis acabaron imponiéndose 9-0 sobre los Dodgers de Los Angeles.

Más allá de que ha sido seleccionado ocho veces al Juego de Estrellas, el auténtico impacto de Beltrán ha sido durante octubre. En 45 juegos de postemporada, ostenta un promedio de .337 con 16 jonrones y 37 remolcadas. Su porcentaje de OPS (embasado y slugging) de 1.173 eclipsa por mucho el .835 que registra en campaña regular.

Al boricua le tocó esperar 16 temporadas y 2,064 juegos, además de sufrir varias derrotas dolorosas al umbral de la cita cumbre de octubre, pero desde el miércoles en el Fenway Park de Boston estará finalmente en su primer Clásico de Otoño.

Motivados por su presencia

Clave la perseverancia

"Desde el primer día de los entrenamientos de primavera, todos quedamos encandilados con Carlos", dijo el tercera base David Freese. "Sabíamos de su talento, pero también es una mejor persona, mejor amigo y mejor compañero".

Su perseverancia es la otra virtud que le tiene en un Clásico de Otoño. Siete veces estuvo a una victoria de avanzar a la Serie Mundial y su equipo perdió, en 2004, 2006, 2012 y este año, en el quinto juego de la serie con los Dodgers. Ese maleficio, no obstante, se acabó el viernes.

JON LESTER

Ganar ese esquivo título sería el punto culminante de una ilustre carrera en la que sus credenciales para ser exaltado al Salón de la Fama son cada vez más inobjetables.

La ocasión de 2006, cuando formaba parte de los Mets de Nueva York, dejó el amargo recuerdo de su ponche para ser el último out del séptimo juego. Dejó pasar una enorme curva de Adam Wainwright con las bases llenas.

Una de las consignas de los Cardenales ha sido llevar a Beltrán a la Serie Mundial en el último año de su contrato con el equipo que le dejó fuera del Clásico de Otoño en 2004 y 2006.

Ya metido en la Serie Mundial, el receptor boricua Yadier Molina tiene cumplida parte de su predicción. Hace una semana manifestó que se veía jugando en el Clásico de Otoño. Ya lograda esa parte, ayer habló de algo más grande, de ganar el campeonato de las Grandes Ligas. "Nosotros vamos a salir agresivos desde el principio para tratar de traernos ese trofeo a casa", dijo Molina. "Cada Serie Mundial es diferente. Cada vez es más divertido y la valoras más porque nunca sabes si regresarás otra vez". Molina, quien jugará su cuarta Serie Mundial, rechazó que esta vaya a ser una especie de revancha contra las Medias Rojas de Boston, con quienes perdieron en el 2004. El cinco veces Todos Estrellas fue clave para que los Cardenales ganaran las series mundiales del 2006 y 2011. "Hemos trabajado duro para llegar hasta donde estamos y siempre nuestra meta desde los entrenamientos de primavera de las Grandes Ligas fue llegar a la Serie Mundial para eso uno juega", puntualizó.

Y fue por eso que al celebrar su 19no banderín de la Nacional, los Cardenales esperaron pacientemente en su camerino que Beltrán volviese de cumplir con las entrevistas para iniciar el festejo con un baño de champaña. "Esto es la mejor bendición que como jugador uno puede tener", afirmó.

Fotos AP

Relevistas: PD Trevor Rosenthal PD Carlos Martínez PD Seth Maness PI Randy Choate PI Kevin Siegrist PD John Axford PD Edward Mujica PD Shelby Miller

Miércoles 23 de octubre San Luis (Wainwright 19-9) en Boston (Lester 15-8), 8:07 p.m. Jueves 24 de octubre San Luis en Boston, 8:07 p.m. Sábado 26 de octubre Boston en San Luis, 8:07 p.m. Domingo 27 de octubre Boston en San Luis, 8:15 p.m. Lunes 28 de octubre *Boston en San Luis, 8:07 p.m. Miércoles 30 de octubre *San Luis en Boston, 8:07 p.m. Jueves 31 de octubre *San Luis en Boston, 8:07 p.m.


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D deportes

MARTES, 22 DE OCTUBRE DE 2013

Adiós de Leyland THE ASSOCIATED PRESS

DETROIT - Jim Leyland se despidió en la cima. El piloto de los Tigres de Detroit renunció al cargo ayer, dos días después de que los Tigres cayeron ante Boston en seis juegos en la final de la Liga Americana. "Voy a cumplir 69 años", dijo en una conferencia de prensa. "No me avergüenzo de ello. Me siento orgulloso. Pero me estoy quedando sin combustible". "Este trabajo exige mucho más de lo que cree la gente", añadió. El piloto llevó a la novena de Detroit a la Serie Mundial dos veces en ocho años y los Tigres ganaron en tres ocasiones la División Central de la Liga Americana bajo su mando.

Al terreno en Guaynabo RAFY RIVERA, EL VOCERO

Cangrejeros comienzan sus trabajos en el estadio Moisés García del barrio Mamey

Los Cangrejeros de Santurce comenzarán hoy sus prácticas, pero no en el estadio Hiram Bithorn, sino en el parque Moisés García de Guaynabo.

Sin embargo, de la mano de Thon y el promotor de espectáculos José 'Pepe' Dueño, Santurce concretó su regreso al Bithorn.

El regreso de Santurce al Bithorn se retrasará al menos por una semana debido a que la instalación recibirá el miércoles 29 de octubre el concierto de la cantante Rihanna.

La novena de los Indios de Mayagüez presentará hoy de manera oficial toda su plantilla para la próxima temporada de la Liga de Béisbol Profesional de Puerto Rico que inaugura el 1 de noviembre.

Así lo confirmó Dickie Thon, dueño de la novena, a la misma vez que señaló que esto no alteraría para nada el ritmo de trabajo del equipo.

Los actuales subcampeones tendrán como dirigente al expelotero Carlos Baerga y como gerente general a Frankie Thon.

“Va a estar el dirigente José David Berríos con el resto de los 'coaches'. Empezamos a las diez de la mañana y una vez terminen con todo lo del concierto, nos reportaremos al Bithorn”, dijo Thon.

Lista la 'tribu' del oeste

Mayagüez también estrenará nuevo dueño en el nombre de Raúl Villalobos.

Leyland trabajaba con contratos anuales desde hacía un par de años, consciente de que se acercaba el final de su carrera. Se lleva una foja de 700-597 con los Tigres, a los que llevó a la Serie Mundial en su primer año en el timón. Perdieron con San Luis en cinco juegos. Volvieron a la Serie Mundial en el 2012 y fueron barridos por los Gigantes de San Francisco. Este año tenían buenas posibilidades de jugar nuevamente la final, pero su sobresaliente cuerpo de abridores no pudo con la batería de Boston. "Esta (eliminación) dolió, porque pensé que la dejamos escapar. Fue todo obra del equipo. No hay que culpar a nadie en particular", manifestó. "Esto me va a molestar un buen tiempo". En total tiene marca de 1,769-1,728 con los Tigres, los Piratas de Pittsburgh, los Marlins de la Florida y los Rockies de Colorado. En 1997 sacó campeón a los Marlins.

De nuevo contarán con los veteranos Randy Ruiz, Eddie Rosario, Eddie Ortiz, Irving Falú, Ángel Sánchez y el receptor Martín 'Machete' Maldonado, entre otros.

“Van a estar todos los peloteros menos Billy Hamilton y Derrick Robinsonn que son dos de los refuerzos. Ya tenemos confirmados a todos los jugadores”, agregó el expelotero.

Los otros refuerzos de la novena serán Jerry Sands, Joey Gallo y Ryan Rua. Los lanzadores son Kanekoa Texeira, Sam Runion, Matt Magill, Steve Smith y Jeremy Kehrt.

Los Cangrejeros no juegan en el Bithorn desde el 2009. El año pasado fueron recibidos por el municipio de Juncos, el cual les cedió su parque.

El refuerzo Michael Taylor será el estelar del equipo. Pertenece a los Nacionales de Washington, conectando en Clase A un total de 10 jonrones y 47 dobles.

JIM LEYLAND



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