Convalidaciones

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO

RESOLUCIÓN N° 113‐2007‐DIRECTORIO‐UPAGU Cajamarca, 14 de noviembre de 2007.

Visto: -

El Oficio Nº 126-2007-VAC-UPAGU, mediante el cual el Vicerrector Académico, eleva al Directorio el Proyecto de Reglamento para la Convalidaciones de Asignaturas, para su aprobación.

CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, el Vicerrector Académico, eleva al Directorio el Proyecto de Reglamento para la Convalidación de Asignaturas, para su aprobación. Que, el presente Reglamento norma la convalidación de asignaturas equivalentes en objetivos, contenidos, horas y créditos de los currículos de estudios de la diferentes Carreras Profesionales de la UPAGU, por otras llevadas y aprobadas en otras universidades, en la misma UPAGU o en institutos superiores educativos no universitarios. Que, conforme al Art. 32º, inciso r), del Estatuto Social de la UPAGU, corresponde al Directorio aprobar los Reglamentos necesarios para el desarrollo de las actividades de la Universidad. Estando a lo expuesto, al acuerdo del Directorio tomado en su reunión de fecha 13 de noviembre de 2007, de conformidad con el Art. 32º, inciso r), del Estatuto Social de la UPAGU. SE RESUELVE: ARTÍCULO ÚNICO: APROBAR el Proyecto de Reglamento para la Convalidación de Asignaturas, y que como anexo forma parte de la presente resolución. Regístrese, Comuníquese, Cúmplase y Archívese.

Manuel Becerra Vílchez PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

DISTRIBUCIÓN: - Rectorado. - Vicerrectorado Académico.

- Gerencia De Contabilidad y F. - Gerencia General.

Edgar Gutiérrez Portal SECRETARIO GENERAL

- Gerencia de Planificación. - Todas las dependencias universitarias.

- Archivo.


REGLAMENTO PARA LA CONVALIDACIÓN DE ASIGNATURAS 1.

ALCANCE 1.1

2.

El presente Reglamento norma la convalidación de asignaturas equivalentes en objetivos, contenidos, horas y créditos de los currículos de estudios de las diferentes Carreras Profesionales de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo (UPAGU), por otras llevadas y aprobadas en otras universidades, en la misma UPAGU o en institutos superiores educativos no universitarios.

REQUISITOS 2.1.

TRASLADOS EXTERNOS, PROFESIONALES UNIVERSITARIOS O INGRESANTES QUE HAYAN APROBADO CURSOS EN OTRAS UNIVERSIDADES 2.1.1. 2.1.2. 2.1.3. 2.1.4. 2.1.5.

2.2.

TRASLADOS INTERNOS O ALUMNOS DE LA UPAGU QUE HAN INGRESADO A OTRA CARRERA POR EL EXAMEN DE ADMISIÓN ORDINARIO 2.2.1. 2.2.2. 2.2.2. 2.2.3.

2.3.

Solicitud dirigida al Decano de Facultad. Constancia de matrícula. Constancia de Notas, emitida por el Departamento de Admisión y Registro Académico de la UPAGU. Sílabos, de ser solicitados.

PROFESIONALES NO UNIVERSITARIOS DE INSTITUTOS SUPERIORES EDUCATIVOS O INGRESANTES QUE HAYAN APROBADO CURSOS EN TALES INSTITUTOS. 2.3.1. 2.3.2. 2.3.3. 2.3.4. 2.3.5. 2.3.6.

3.

Solicitud dirigida al Decano de Facultad. Constancia de matrícula. Certificados oficiales de estudios de la universidad de procedencia. Sílabos de las asignaturas a convalidar, visados por la autoridad competente de la universidad de procedencia. Comprobante de pago por los derechos de convalidación por cada asignatura.

Solicitud dirigida al Decano de Facultad. Constancia de matrícula. Plan de estudios de la Carrera que han aprobado o que estuvieron siguiendo en el Instituto, debidamente refrendado por la autoridad competente del Instituto. Certificados oficiales de estudios del Instituto de procedencia. Sílabos de las asignaturas a convalidar, visados por la autoridad competente del Instituto de procedencia. Comprobante de pago por los derechos de convalidación por cada asignatura.

PROCEDIMIENTO 3.1.

TRASLADOS EXTERNOS, PROFESIONALES UNIVERSITARIOS E INGRESANTES QUE HAYAN APROBADO CURSOS EN OTRAS UNIVERSIDADES E INSTITUTOS SUPERIORES EDUCATIVOS 3.1.1. 3.1.2. 3.1.3. 3.1.4. 3.1.5.

Recabar el formato de solicitud, pagando la tasa correspondiente, en la Gerencia de Contabilidad y Finanzas. Pago de los derechos por convalidación que correspondan en la Gerencia de Contabilidad y Finanzas. Presentación de la solicitud y el expediente respectivo: constancia de matrícula, recibo, certificados, sílabos y plan de estudios (caso de institutos superiores no universitarios) al Decano de Facultad. Las convalidaciones serán tramitadas, revisadas y consolidadas, en cada Facultad, por una Comisión de Convalidación designada por el Decano de Facultad. Esta Comisión, a su vez, designará al profesor de la especialidad a la que corresponda la asignatura a convalidar. El profesor designado revisará el (los) sílabo (s) de la (s) asignatura (s) a convalidarse y emitirá opinión escrita y firmada de la procedencia o improcedencia de la convalidación, en el formato A que se adjunta.

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3.1.6. 3.1.7. 3.1.8. 3.1.9.

3.1.10.

3.2.

TRASLADOS INTERNOS O ALUMNOS DE LA UPAGU QUE HAN INGRESADO A OTRA CARRERA PROFESIONAL POR EL EXAMEN ORDINARIO DE ADMISIÓN. 3.2.1 3.2.2. 3.2.3.

3.2.4.

4.

La Comisión de Convalidación de cada Facultad revisará y consolidará la información, haciendo el trámite respectivo para que se emita la correspondiente resolución de convalidación La Resolución de convalidación será individual para cada alumno que haya solicitado convalidación o convalidaciones, y deberá contener como Anexo la información requerida en el Formato. La Resolución será remitida al Departamento de Admisión y Registro Académico (DARA) para los fines de regularización de matrícula y de registro. Una copia será entregada al interesado. Las condiciones mínimas para la procedencia de la convalidación son: a) Similitud de objetivos, contenidos, horas y créditos de las asignaturas en no menos de un 70%. b) Un curso de procedencia de mayor número de créditos puede convalidarse por otro de menor número de créditos de la UPAGU. c) Una asignatura anual puede convalidar a una o dos semestrales. d) No procede la convalidación de asignaturas que tienen el prerrequisito sin aprobar. El Directorio, con opinión del Consejo Universitario, puede aprobar otros procedimientos especiales de convalidación de asignaturas, como sería el caso de convalidar todas las asignaturas de estudios generales para profesionales titulados o el caso de convenios con instituciones de educación superior no universitarias que tengan convenio con la UPAGU y hayan desarrollado un sistema de equivalencia silábica.

Presentación de solicitud, cuyo formato será recabado en la Gerencia de Contabilidad y Finanzas, pagando la tasa respectiva, adjuntando la constancia de matrícula y la constancia de notas. Las asignaturas llevadas en la UPAGU, comunes a todas las Carreras Profesionales que se desarrollaron en el 1er y 2do ciclos, se convalidan de oficio. Al efecto, la Facultad emite la correspondiente Resolución. En el caso de otras asignaturas, diferentes a las comunes de 1er y 2do ciclos, se presentará, además de la solicitud y las constancias de matrícula y notas, los sílabos de las asignaturas a convalidar. Tales documentos serán derivados a la Comisión de Convalidación de la Facultad, la que los remitirá al profesor a cargo de calificar la procedencia o no de la convalidación, devolviendo lo actuado a la Comisión de Convalidación. La Resolución de Convalidación será remitida al Departamento de Admisión y Registro Académico para regularización de matrícula y registro. Una copia será entregada al interesado.

REGISTRO 4.1.

4.2.

El Departamento de Admisión y Registro Académico procederá a registrar en los archivos respectivos y para la emisión de constancias, actas y certificados, las asignaturas convalidadas con el nombre de la asignatura, la calificación y el número de créditos que correspondan al currículo vigente de la UPAGU, señalando como observación el número y fecha de la respectiva Resolución de convalidación. Asimismo, este Departamento informará a los profesores sobre las asignaturas convalidadas para que lo tengan en cuenta en los registros de evaluación y en las actas.

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5.

CALENDARIO 5.1.

El calendario para el proceso de convalidación es como sigue: ACCIONES

FECHAS

¾ Presentación de solicitudes y otros ¾ Desde el primer día de iniciadas las clases del documentos requeridos. semestre y por los siguientes cuatro días laborables. ¾ Envío de los expedientes a la ¾ Al término del plazo indicado anteriormente. Comisión de Convalidación de la Facultad ¾ Envío de los expedientes a los ¾ Inmediatamente después de recibidos profesores designados. los expedientes del Decanato de la de Facultad. ¾ Calificación por los profesores ¾ Tres días hábiles después de haber designados. terminado el plazo de presentación de solicitudes y documentos. ¾ Remisión de informes a la Comisión ¾ Al término del plazo indicado anteriormente. de Convalidación. ¾ Consolidación de informes y remisión ¾ Dos días hábiles al Decano de Facultad. después de que los profesores han alcanzado sus informes a la Comisión de Consolidación. ¾ Aprobación, emisión de Resoluciones ¾ El primer día hábil de las convalidaciones aprobadas y después de haber remisión de estas resoluciones a la recibido el informe de OARA. la Comisión de Convalidación. ¾ Regularización de Matrícula y registro ¾ El primer día hábil en de Convalidaciones. que el DARA recibe las Resoluciones de la Facultad. 6.

RESPONSABLES ¾ DECANO FACULTAD.

DE

¾ DECANO FACULTAD

DE

¾ COMISION DE CONVALIDACION

¾ PROFESORES DESIGNADOS

¾ PROFESORES DESIGNADOS ¾ COMISION DE CONVALIDACION

¾ DECANO FACULTAD

DE

¾ DARA

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 6.1. 6.2. 6.3. 6.4.

Se pueden convalidar asignaturas del 1º al 12º Ciclos de todas las Carreras Profesionales. En caso de que el certificado original se encuentre en el expediente de postulación, solicitar una copia autenticada en el Departamento de Admisión y Registro Académico. La regularización de matrícula, luego de la expedición de la respectiva Resolución de Convalidación, es obligatoria y se efectuará únicamente en el Departamento de Admisión y Registro Académico. Cualquier situación no contemplada en esta Directiva será resuelta, en primera instancia, por la Comisión de Convalidación de cada Facultad en consulta con el Decano de Facultad, en segunda instancia, por el Consejo Universitario de la UPAGU y, de ser pertinente, por el Directorio.

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FORMATO A. UNIVERSIDAD PRIVADA ANTONIO GUILLERMO URRELO FACULTAD DE ……………………………………………………………………….……… CARRERA PROFESIONAL DE …………………………………………………………… INFORME DE CONVALIDACION DE ASIGNATURAS – SEMESTRE ………………… SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE CONVALIDACION DE LA FACULTAD DE……………………………………………… El suscrito, le hace llegar el Informe de Convalidación de Asignaturas, con la siguiente información: Apellidos y nombres del solicitante

Modalidad de ingreso o admisión del estudiante

PROCEDE (

)

Universidad o Instituto Superior de procedencia

Asignatura del plan de estudios de la UPAGU a ser convalidada (destino) Código

NO PROCEDE (

Horas teoría

Horas práctica

Total horas por ciclo

Asignatura (s) convalidable (s) (origen)

Nombre

Ciclo de estudios

)

La Convalidación de la asignatura de: …………………………………………………………………………………

Créditos

Código

Nombre

Ciclo de estudios

Horas teoría

Horas práctica

Total horas por ciclo

Créditos

Calificación obtenida

Carrera en la que fue llevada y aprobada la asignatura

del plan de estudios vigente de la carrera profesional de………………………………………………… de la Universidad Privada Antonio Guillermo Urrelo. Se debe registrar la asignatura convalidada con las siguientes características: Calificativo:………………………………………………………….. Créditos………………………………………………. (en números y letras) (en números y letras) OBSERVACIONES: ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Cajamarca,………de………….del 200…. ………………………………………….. …………………………………………… ………………………………………. (nombre o postfirma y firma del profesor) ………………………………………….. …………………………………………… ………………………………………. (nombre o postfirma de los miembros de la Comisión de Convalidación)

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