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Beneficios en el desempeño de la economía y el desarrollo, por la “abrogación del Derecho de Tanto” de la Ley Agraria

Beneficios en el desempeño de la economía y el desarrollo, por la "abrogación del Derecho de Tanto" de la Ley Agraria

Por Jesús Alberto Oliver Rodríguez jaoliverr@gmail.com

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1.- Es una Política Pública que persigue abatir el umbral de pobreza patrimonial, combatir el estancamiento económico, el desempleo, la corrupción administrativa como la criminalidad, en la que fácilmente se cae o desarrolla en el medio rural, que impacta al conjunto de la sociedad. 2, Se cumple con un propósito y un anhelo largamente gestado y esperado por mucha gente de repartir la tierra, no comodatos, repartimientos colonizadores con derecho de estar y garantizar la propiedad plena de los poseedores con derechos adquiridos registrados en el PROCEDE. 3.- Brinda la opción de ampliar el tramo de libertad al ejidatario al permitir ejercer el pleno derecho de la tierra en un plano de igualdad de propiedad. Ese es el sentido original de la izquierda en la revolucón francesa. 4.- Arriba del ejidatario gravitan hace ya 4 generaciones, en la tutela de su libertad como de su destino: 4 instancias: La Asamblea Ejidal, el

Comisariado, la burocracia del Poder

Ejecutivo como las Comisiones del

Poder Legislativo. La simplificación administrativa en la obtención de la boleta predial, que se desprende de la abrograciòn del Derecho de Tanto, le brinda derechos y obligaciones. 5.- Permite volver dinámica una economía que se presenta con una imagen propia de una economía estática y estancado su desarrollo. Verdadera resiliencia nacional 6.- La sola emisión del esquema de la boleta predial por las tesorerías estatales, incorporando a la misma a) Las restricciones en el uso del suelo, b) la vocación del recurso, c) el valor catastral y d) el impuesto predial, presenta una gran oportunidad al ejidatario que acude a solicitarle y una cascada de beneficios en la planeación nacional y las tesorería estatales. Él tiene la opción de decidir si quiere la boleta predial de manera voluntaria. 7.- Estimula el mejorar la plena utilización de los recursos de todo tipo asignados, escalando sus características familiares, permitiendo la capilaridad social, al escalar la unidad de producción de recursos pobres, a semi modernos y de ahí a productivos, con capital, tecnología, organización, capacidad empresarial y mercadotécnica adecuada. 8.- Promueve el crecimiento del PIB, los ingresos públicos y la inversión en el campo, con ello, el empleo, el combate a la pobreza, reduciendo la desigualdad e inequidad en el desarrollo al mejorar la distribución del ingreso. 9.- Permite utilizar capitales ociosos, al abrir el espacio a la actividad empresarial de los PYMES, al disminuir el desempleo y poder brindar oportunidades a los mexicanos que llegan de los Estados Unidos, que en la actualidad se ven disuadidos a invertir, ya que se enfrentan de entrada, a numerosos protocolos que les limitan para invertir y operar con certeza. 10.- Se considera que este nuevo paradigma, puede ofrecer operar y obtener resultados en el corto plazo, que vayan inercialmente contra los correctores tradicionales de la inequitativa distribución del ingreso, como son la permanencia de la pobreza, el desarrollo del crimen organizado y la prostitución, que laceran la sociedad desde hace muchos años. 11.- Permite incorporar en el corto y mediano plazo al impuesto predial a más del 5% del territorio ejidal, equivalente a por lo menos 4.3 millones de hectáreas, con el beneficio en infraestructura hidráulica y temporalera, que puede

Beneficios en el desempeño de la economía y el desarrollo, por la "abrogación del Derecho de Tanto" de la Ley Agraria

El autor de este artículo: Lic Jesús Oliver Rodríguez

revertirse a las propias áreas rurales. El “efecto demostración”, conocido como Duesenberry estimulará a un efecto en cadena en el medio rural. 12.- El Estado Mexicano, se proyecta a futuro, sin un paradigma mítico, absurdo, racista, oneroso, ineficaz como infructuoso con grandes costos sociales acumulados, que ha distorsionado el desarrollo del país en la aplicación de múltiples políticas públicas y limitado otras como la fiscal, afectando al conjunto del desarrollo nacional y un marcado rezago en salud, educación e infraestructura para el desarrollo. 13. Permite ayudar indirectamente a sustituir gradualmente el financiamiento del desarrollo, externo por el ahorro interno que se genera irremediablemente al crecer el producto. 14.-El Registro Agrario Nacional RAN, deberá actuar de inmediato en consecuencia, con la presentación del pago de la boleta predial; podrá dar de baja del registro agrario nacional las propiedades ejidales. 15.- De Acuerdo con la información del día 11 de noviembre de 2020, del Director del Infonavit en la Cámara de Diputados, “no se les puede otorgar crédito a los ejidatarios, por no tener la propiedad de la tierra a su nombre”.

Los ejidatarios potencialmente productivos, podrían tener acceso a créditos de interés social para la consolidación de su patrimonio.

En la actualidad, en el RAN, se mantiene congelado todo trámite de baja de predios sin regularizar, aunque haya sido aprobado por el Comisariato Ejidal. Esa ambigüedad genera múltiples problemas, irregularidades y corrupción.

Ya no será necesario mantener en el RAN a esas propiedades y deberán ser dadas de baja de ese registro, con lo que se combatirá un alto grado de corrupción y explotación a los ejidatarios y particulares.

EPILOGO

“Que camino debo de seguir, preguntó Alicia al Gato de Cheshaire.

“Todo depende del camino que quieras seguir, respondio El Gato.

Alicia en el País de las Maravillas. Lewis Carrol 1865.

Creemos que con esta coyuntura caracterizada por la 4T con la ayuda del COVID, primera gran crisis global del mundo contemporáneo, se aproxima el fin de un ciclo institucional y el nacer de un nuevo estado de cosas en la República Mexicana; la descentralización económica, y una economía dinámica, está en la imagen a futuro posible de concebir.

Así mismo, se vislumbran numerosos cambios tecnológicoorganizacional a nivel Mundial, que permitirán que esta Iniciativa de Reforma a la Ley Agraria, del Abrogación del Derecho de Tanto, se plantee y discuta de manera seria como informada oportunamente primero entre los ciudadanos y paralelamente por representantes al Congreso.

Finalmente es claro que serán los factores de la producción, los sectores económicos, como los campesinos ciudadanos, la población beneficiada, el crecimiento o decrecimiento del PIB y la agudización de la crisis general que esta viviéndose, los elementos que finalmente determinaran y presionaran lo que tenga que pasar.

ANEXO

Iniciativa enviada el 26 de noviembre de 2020

A la COMISIÓN DE DESARROLLO Y CONSERVACIÓN RURAL, AGRÍCOLA Y AUTOSUFICIENCIA ALIMENTARIA. DIP. ERACLIO RODRÍGUEZ GÓMEZ. PRESIDENTE y a la

SUBCOMISIÓN DE REFORMA AGRARIA. DIP. JUAN JOSÉ CANUL PÉREZ

COORDINADOR. 26 de noviembre de 2020. https://ensayosalbertooliver. blogspot.com/2020/10/la-propiedadde-la-parcela-ejidal-al.html

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