LEY N° 007 LEY DEPARTAMENTAL DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2010 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y las leyes en vigencia, ha sancionado la siguiente Ley Departamental:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA, DECRETA: LEY DE APROBACIÓN DEL PLAN OPERATIVO ANUAL Y PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA PARA LA GESTIÓN 2011
ARTÍCULO 1.- Se aprueba el Plan Operativo Anual y Presupuesto Institucional del Gobierno Autónomo de Chuquisaca para la gestión 2011, de acuerdo al siguiente detalle:
PRESUPUESTO DE INGRESOS TOTAL GENERAL
Bs. 1.043’294.864.-
PRESUPUESTO DE GASTOS Gastos Corrientes, Actividades comunes y servicios
Bs. 750’636.043.-
Proyectos de Inversión Pública
Bs. 292’658.821.-
TOTAL GASTOS
Bs. 1.043’294.864.-
ARTÍCULO 2.- De conformidad al artículo 300 I. Numeral 26) de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, queda autorizado el Órgano Ejecutivo Departamental, a ejecutar durante la gestión 2011, con la finalidad de cumplir oportunamente los objetivos de gestión del Gobierno Autónomo de Chuquisaca.
Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental, para fines legales. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca, a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil diez años.
Fdo. Cristian Israel Sanabria Durán, Justina Martínez Daza, Pedro Vela Condori, Justo Molina Barrancos, Domingo Alcibia Rivera, Eduviges Chanvaye Maruanda, Diego Guevara Sandoval, Francisco Javier Humana Medina, Zacarias Carlos Herrera Callejas, Oscar Loredo España, Porfidio Andrés Llanqui Solis, Juan Picha Paricagua, Marlene Salinas Durán, Deysi Liliana Sánchez Villena, Sabino Solís Padilla.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento de Chuquisaca. Es dado en el Palacio del Gobierno Autónomo de Chuquisaca, a los treinta (30) días del mes de septiembre del año dos mil diez.
FDO. ESTEBAN URQUIZU CUELLAR, GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE CHUQUISACA