LEY Nº 080/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 07 DE MAYO DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA Por cuanto La Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y las Leyes vigentes, ha sancionado la siguiente ley Departamental: LEY QUE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA Y EL GOBIERNO AUTONÓMO MUNICIPAL DE VILLA AZURDUY PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO “MANEJO INTEGRAL DE LA CUENCA DEL RIO PARAPETÍ FASE III” EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que, en cumplimento del instructivo de la Directiva de la ALDCH., de fecha 18 de abril de 2013, la Comisión Jurídica emite en fecha 06de mayo de 2013, el Informe Nº 012/2013, cuyas conclusiones y recomendaciones por su debida justificación técnica, financiera y jurídica, son de necesaria mención y consideración en la exposición de motivos de la presente ley. Que, en consecuencia la Comisión Jurídica en la parte conclusiva de su Informe Nº 012/2013, de fecha 06 de mayo de 2013, señala: •
“…del régimen autonómico como uno de los cinco pilares fundamentales sobre los que se asienta la construcción de la estructura y organización territorial y funcional del nuevo modelo Estado Plurinacional, así como del carácter estratégico y de interés público de los recursos naturales, dentro de los que se encuentran los recursos hídricos (agua) en todos sus estados (ríos, lagos, y lagunas), el suelo, los bosque y la biodiversidad, se infiere por tanto que la promoción, desarrollo y ejecución de políticas, programas y proyectos de conservación, manejo y uso sustentable de las cuencas hidrográficas, de los suelos, recursos forestales y bosques, constituye un deber y una responsabilidad no sólo del gobierno nacional o nivel central del Estado Plurinacional, sino también de los niveles de gobiernos departamental y municipal o subnacionales, mas aun cuando dicha responsabilidad forma parte de sus competencias y que cuentan para su ejecución con recursos económicos asignados.”
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“… que el proyecto “Manejo Integral de la Cuenca Rio Parapetí Fase III”, compuesto de cuatro (4) componentes: Manejo y Conservación de Suelos; Forestación, Reforestación y Aprovechamiento; Control Hidráulico de Cuencas; y Organización y Extensión Comunitaria, por sus objetivos que son el de disminuir los daños por efecto de los desbordes y la sedimentación a las propiedades agrícolas y población de las comunidades de Las Abras, Pomabambillo, La Angostura, La Marca, Pichacani, Huancaranillo y Piedra Grande, asentadas en el área de influencia de la Cuenca, para reducir las tasas de erosión de los
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LEY Nº 080/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 07 DE MAYO DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA suelos e incrementar por tanto el desarrollo de las actividades agrícolas y su producción y diversificar la cobertura vegetal con fines de protección y comercialización, se encuentra plenamente justificado, de ahí que también cuenta en la presente gestión con recursos económicos presupuestados por los Gobiernos Autónomos Departamental de Chuquisaca y Municipal de Villa Azurduy. En consecuencia para garantizar su efectiva ejecución mediante el desembolso de los recursos económicos de financiamiento en los montos comprometidos, es necesaria la firma del Convenio Interinstitucional entre los nombrados Gobiernos,aclarándose en los informes técnico y jurídico y en la Cláusula QUINTA del Proyecto del Convenio que cada uno de los Gobiernos administrará y ejecutará de manera directa los recursos económicos aportados para la ejecución del proyecto.” •
“… que encontrándose técnica, económica y jurídicamente justificado la
ejecución del proyecto “Manejo Integral de la Cuenca Rio Parapetí Fase III” y habiéndose además cumplido con los requisitos formales mediante la presentación de la documental exigida, corresponde entonces al Pleno de la ALDCH., en ejercicio de la atribución que le otorga el numeral 22 del Artículo 17 del Reglamento General de la ALDCH., considerar mediante ley departamental la aprobación de la firma del Convenio Interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Azurduy para la ejecución del proyecto “Manejo Integral de la Cuenca del Rio Parapetí Fase III”, para tal efecto la Comisión Jurídica adjunta al presente informe el respectivo proyecto de ley.” LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL
DECRETA: LEY QUE APRUEBA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA Y EL GOBIERNO AUTONÓMO MUNICIPAL DE VILLA AZURDUY PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO “MANEJO INTEGRAL DE LA CUENCA DEL RIO PARAPETÍ FASE III” ARTÍCULO UNICO.- APROBAR la suscripción del Convenio Interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca y el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Azurduy para la ejecución del proyecto “Manejo Integral de la Cuenca del Rio Parapetí Fase III”, cuyo presupuesto total para su ejecución asciende a la suma de Bs. 1.465.000,00 (Un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil, 00/100 Bolivianos), monto del cual el Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca aportará la suma de Bs.1.300.000,00 (Un millón trescientos mil,
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LEY Nº 080/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 07 DE MAYO DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA 00/100 Bolivianos) y el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Azurduy la suma de Bs. 165.000,00 (Ciento sesenta y cinco mil, 00/100 Bolivianos). DISPOSICIONES FINALES DISPOSICION FINAL ÚNICA.- La presente Ley Departamental entrará en vigencia a partir de su publicación correspondiente. Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental para fines legales consiguientes. Es dado en el salón de sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca a los siete días del mes de mayo de dos mil trece años. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. Fdo. Sr. Pedro Vela Condori PRESIDENTE
Zoot. Eduviges ChambayeMaruanda PRIMER SECRETARIO
Profa. Justina Martínez Daza SEGUNDA SECRETARIA
Sra. Paulina Aba Melendres ASAMBLEISTA
Sr. Jaime Cárdenas Mendieta ASAMBLEISTA
Sr. Diego Guevara Sandoval ASAMBLEISTA
Lic. Zacarías Carlos Herrera Callejas ASAMBLEISTA
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Lic. Oscar Loredo España ASAMBLEISTA
Sr. Justo Molina Barrancos ASAMBLEISTA
Sr. Juan Picha Paricagua ASAMBLEISTA
Agr. Silvio Oscar Rodas LlanosSr. ASAMBLEISTA
Ing. Marlene Salinas Duran ASAMBLEISTA
Lic. Deysi Liliana Sánchez Villena ASAMBLEISTA
Sr. Sabino Solís Padilla ASAMBLEISTA
Sra. Estefanía Huanca Flores ASAMBLEISTA
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