LEY Nº 110/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA
Por cuanto La Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y las Leyes vigentes, ha sancionado la siguiente Ley Departamental: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA DECRETA: LEY DECLARATORIA DE NECESIDAD Y PRIORIDAD DEPARTAMENTAL “CONSTRUCCIÓN TERMINAL DEPARTAMENTAL DE BUSES Y EXPROPIACION DE BIENES INMUEBLES A FAVOR DEL GOBIERNO AUTONOMO DE CHUQUISACA” ARTÍCULO 1.- Se declara de necesidad y prioridad Departamental, la construcción de “La Terminal Departamental de Buses” en la Ciudad de Sucre. ARTÍCULO 2.-El Órgano Ejecutivo Departamental a través de las Secretarias Departamentales correspondientes queda encargado de realizar las actividades necesarias para la inscripción, gestión, asignación de recursos necesarios y ejecución para la construcción de “La Terminal Departamental de Buses” en la Ciudad de Sucre. ARTÍCULO 3.- Se declara por causa de utilidad y necesidad pública la expropiación de bienes inmuebles que sean necesarios a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, con el fin de garantizar el lugar en donde se llevará a cabo la construcción de “La Terminal Departamental de Buses” en la ciudad de Sucre. ARTÍCULO 4.- El Órgano Ejecutivo Departamental, es responsable del proceso de expropiación en el marco de lo dispuesto en la Ley Departamental de Expropiación N°013/2011, su Reglamento y la normativa vigente. DISPOSICIÓN FINAL DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación. Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental para fines legales consiguientes.
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LEY Nº 110/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA
Es dada en el Salón de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca, a los diez (10) días del mes de septiembre del año dos mil trece. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. Fdo. Lic. Zacarías Herrera Callejas PRESIDENTE
Sr. Diego Guevara Sandoval PRIMER VICEPRESIDENTE
Sr. Justo Molina Barrancos PRIMER SECRETARIO
Sr. Jaime Cárdenas Mendieta ASAMBLEISTA
Sr. Javier Humana Medina ASAMBLEISTA
Lic. Oscar Loredo España ASAMBLEISTA
Ing. Porfidio Andrés Llanqui Solís ASAMBLEISTA
Sra. Dionicia Coronado Lomar SEGUNDA VICEPRESIDENTA
Sra. Paulina Alba Melendres SEGUNDA SECRETARIA
Zoot. Eduviges ChambayeMaruanda ASAMBLEISTA
Arq. Shirley Espada Araujo ASAMBLEISTA
Profa. Justina Martínez Daza ASAMBLEISTA
Sr. Juan Picha Paricagua ASAMBLEISTA
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Dr. Gonzalo Pallares Soto ASAMBLEISTA
Sr. Marco Antonio Sahonero Gutiérrez ASAMBLEISTA
Sra.. Victoria V. Paniagua Zabala ASAMBLEISTA
Sr. Sabino Solís Padilla ASAMBLEISTA
Agr. Silvio Oscar Rodas Llanos ASAMBLEISTA
Ing. Marlene Salinas Duran ASAMBLEISTA
Lic. Liliana Deysi Sánchez Villena ASAMBLEISTA
Sr. Pedro Vela Condori ASAMBLEISTA
FIRMAN TODOS EN LISTA
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