LEY Nº 121/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA
Por cuanto La Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca en uso de sus facultades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y las Leyes vigentes, ha sancionado la siguiente Ley Departamental: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE CHUQUISACA DECRETA: “LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA LA EXPROPIACION DEL BIEN INMUEBLE DENOMINADO PALACETE EL GUEREO” ARTÍCULO 1.- (DE LA DECLARACION). Decláresede necesidad y utilidad pública para su expropiación a favor del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, el bien inmueble denominado “Palacete El Guereo” de propiedad privada, situado en la Avenida del Ejército sin número (s/n), Zona El Guereo de la ciudad de Sucre,con una superficie de terrenode 8.280,65 m2 (Ocho mil doscientos ochenta, 65 metros cuadrados). ARTÍCULO 2.- El Órgano Ejecutivo Departamental de Chuquisaca queda encargado de realizar las gestiones administrativas que correspondan para concretar la expropiación del bien inmueble “Palacete El Guereo”. ARTÍCULO 3.- En la determinación del justiprecio delinmueble “Palacete El Guereo” y el pago de la indemnización por su expropiación, el Órgano Ejecutivo Departamental de Chuquisaca es responsable de observar y cumplir lo establecido en el Decreto Departamental CH/ N° 012 de fecha 31 de Octubre de 2012 que reglamenta la Ley Departamental Nº 013/2011 de fecha 20 de Junio de 2011 de Expropiación de Bienes Inmuebles por Causa de Necesidad y Utilidad Pública. DISPOSICIÓN FINAL DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación. Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental para fines legales consiguientes.
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LEY Nº 121/2013 LEY DEPARTAMENTAL DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ESTEBAN URQUIZU CUELLAR GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE CHUQUISACA
Es dada en el Salón de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil trece. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE. Fdo.
Lic. Zacarías Herrera Callejas PRESIDENTE
Sr. Diego Guevara Sandoval PRIMER VICEPRESIDENTE
Sr. Justo Molina Barrancos PRIMER SECRETARIO
Sr. Jaime Cárdenas Mendieta ASAMBLEISTA
Sr. Javier Humana Medina ASAMBLEISTA
Sra. Dionicia Coronado Lomar SEGUNDA VICEPRESIDENTA
Sra. Paulina Alba Melendres SEGUNDA SECRETARIA
Zoot. Eduviges ChambayeMaruanda ASAMBLEISTA
Arq. Shirley Espada Araujo ASAMBLEISTA
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Lic. Oscar Loredo España ASAMBLEISTA
Ing. Porfidio Andrés Llanqui Solís ASAMBLEISTA
Dr. Gonzalo Pallares Soto ASAMBLEISTA
Sr. Marco Antonio Sahonero Gutiérrez ASAMBLEISTA
Dr. Cristian Israel Sanabria Duran ASAMBLEISTA
Sr. Sabino Solís Padilla ASAMBLEISTA
Profa. Justina Martínez Daza ASAMBLEISTA
Sr. Juan Picha Paricagua ASAMBLEISTA
Agr. Silvio Oscar Rodas Llanos ASAMBLEISTA
Ing. Marlene Salinas Duran ASAMBLEISTA
Lic. Liliana Deysi Sánchez Villena ASAMBLEISTA
Sr. Pedro Vela Condori ASAMBLEISTA
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