LEY DEPARTAMENTAL No. 164/2011-2012 Ley de 29 de Marzo del 2012
LEY DEPARTAMENTAL QUE DECLARA A MINA ASIENTOS DE LA PROVINCIA MIZQUE CENTRO MINERO COOPERATIVISTA. ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA SANCIONA: LEY DEPARTAMENTAL QUE DECLARA A MINA ASIENTOS DE LA PROVINCIA MIZQUE CENTRO MINERO COOPERATIVISTA. ARTÍCULO 1. I. Se declara a Mina Asientos de la Provincia de Mizque, Centro Minero Cooperativista de la explotación y comercialización de los minerales de zinc, plomo y plata. II. Se reconoce a las Cooperativas Mineras de Mina Asientos: Asientos Ltda., Limpias Ltda. y Candelaria Ltda., por su contribución en la economía, generadores de regalías mineras e impulsar el desarrollo regional en el Departamento. ARTÍCULO 2. I. Se recomienda al Órgano Ejecutivo Departamental la implementación de políticas públicas integrales y sectoriales que promuevan y consoliden a las Cooperativas mineras de la región. II. El Gobierno Autónomo Departamental, en concurrencia con el Gobierno Autónomo Municipal de Mizque, darán cumplimiento de la presente Ley. Remítase a la Gobernación para fines legales de promulgación y publicación. Es dada en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la Ciudad de Cochabamba a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil doce. Fdo. Freddy Illanes Limachi ,Presidente Asamblea Departamental. Fdo. Bladimir Fernando Orellana Vásquez, 1er. Secretario Asamblea Departamental Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba.