LEY DEPARTAMENTAL No. 168/2011-2012 Ley de 26 de Abril del 2012 LEY DEPARTAMENTAL QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN EN EL PRESUPUESTO 2012 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA Y LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DE PRESUPUESTO ADICIONAL DE DONACIÓN PARA EL PROYECTO IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO Y COSTEO DE POLÍTICAS DEPARTAMENTALES.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA S A N C I O N A: LEY DEPARTAMENTAL QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN EN EL PRESUPUESTO 2012 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA Y LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA DE PRESUPUESTO ADICIONAL DE DONACIÓN PARA EL PROYECTO IMPLEMENTACIÓN DEL PROCESO DE TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO Y COSTEO DE POLÍTICAS DEPARTAMENTALES. ARTÍCULO 1. Se aprueba la incorporación en el Presupuesto 2012 del Gobierno Autónomo Departamental y su correspondiente registro presupuestario en el Sistema Integrado de Gestión Pública - SIGEP Departamental y el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA Nacional según competencias del proyecto: implementación del proceso de transversalización del enfoque de género y costeo de políticas departamentales, categoría programática 19000800. ARTÍCULO 2. I. Se aprueba la modificación presupuestaria de presupuesto adicional de donación para el proyecto de referencia, de acuerdo al siguiente detalle: Detalle Presupuestario PRESUPUESTO RUBRO PRESUPUESTARIO A SER INCREMENTADO
DE:
ONU-MUJERES
ENT.
DA
UE
FTE
ORG.
PR
PY
AC
TRASP.
RUBRO
903
01
01
80
378
00
00
00
R
22221
TRF.
ADICIÓN 90.895.77.90.895.77.-
DESCRIPCIÓN MONETIZABLE
SISIN
A: GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA PROYECTO: IMPLEMENTACIÓN POLÍTICAS DEPARTAMENTALES
DEL
PROCESO DE TRANSVERSALIZACIÓN DEL ENFOQUE DE GÉNERO Y COSTEO DE
ENT.
DA
UE
FTE
ORG.
PR
PY
AC
TRASP.
PARTIDA
903
01
01
80
378
19
08
00
G
21400
TRF.
ADICIÓN 3.500.00.-
DISMINUCIÓN
903-00080-00000
SISIN
903
01
01
80
378
19
08
00
G
25500
24.631.57.-
903-00080-00000
903
01
01
80
378
19
08
00
G
25600
12.000.00.-
903-00080-00000
903
01
01
80
378
19
08
00
G
25820
20.400.00.-
903-00080-00000
903
01
01
80
378
19
08
00
G
31120
26.201.00.-
903-00080-00000
903
01
01
80
378
19
08
00
G
32100
823.20.-
903-00080-00000
903
01
01
80
378
19
08
00
G
39500
3.340.00.-
903-00080-00000
90.895.77.-
II. La incorporación del proyecto de referencia en el presupuesto 2012 del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba y la modificación presupuestaria se la realiza de acuerdo al detalle de los informes técnicos SDPL-UPO-021/2012 y JRC-DIO-05/2012, y legal DIO-SAB-007/2012, por lo que los mismos forman parte indivisible e indisoluble de la presente Ley Departamental. Remítase a la Gobernación para fines legales de promulgación y publicación. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce. Fdo. Freddy Illanes Limachi Presidente ALD
Fdo. Bladimir Fernando Orellana Vásquez 1er. Secretario ALD
Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba.