LEY DEPARTAMENTAL No. 170/2011-2012 Ley de 26 de Abril del 2012 LEY DEPARTAMENTAL QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS MONETIZABLES DEL FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (UNFPA) EN EL PRESUPUESTO 2012 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA S A N C I O N A: LEY DEPARTAMENTAL QUE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DE RECURSOS MONETIZABLES DEL FONDO DE POBLACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (UNFPA) EN EL PRESUPUESTO 2012 DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA. ARTÍCULO 1. Se aprueba la incorporación de recursos monetizables de donación de Bs. 484.336,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL 00/100 BOLIVIANOS) del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), destinado al fortalecimiento de los Derechos Humanos, Derechos Sexuales y Reproductivos, equidad de género con enfoque intercultural para impulsar el desarrollo humano de hombres y mujeres de la Población del Departamento de Cochabamba. ARTÍCULO 2. Se aprueba la modificación presupuestaria de presupuesto adicional, recursos monetizables de donación del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), con cargo al Servicio Departamental de Salud, de acuerdo al siguiente detalle: DE : INGRESOS ADICIONALES Fondo Naciones Unidas para la actividad en materia de población Ent U.E. D.A. Prg Pry Act Fte. Org. Rubro Trasp Trf
ADICICIÓN (Bs)
Descripción
903
484.336,00
Monetizable
04
01
40
0000
01
80
345
18221
R
000
A: ENTIDAD
:
903
GOBIERNO DEPARTAMENTAL AUTÓNOMO DE COCHABAMBA
D.A.
:
04
SERVICIO DEPARTAMENTAL DE SALUD
U.E.
:
04
SERVICIO DEPARTAMENTAL DE SALUD
FUENTE ORGANISMO FINANCIADOR
:
80
COOPERACION INTERNACIONAL
:
345
Fondo NN.UU. para la actividad en materia de población
Ent DA UE Prg 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04
04 04 04 04 04 04 04 04 04 04 04
40 40 40 40 40 40 40 40 40 40 40
0000 0000 0000 0000 0000 0000 0000 0000 0000 0000 0000
01 01 01 01 01 01 01 01 01 01 01
80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80
345 345 345 345 345 345 345 345 345 345 345
Partida 22110 22210 23400 25210 25500 25600 31120 33200 34110 34200 39500
903 04
04
40
0000
01
80
345
43120
903 903 903 903 903 903 903 903 903 903 903
Pry
Act Fte Org.Fin
TOTAL
Descripción Pasajes al interior del país Viáticos al interior del país Alquileres Consultores por producto Publicidad Imprenta y fotocopias Gastos de alimentación y similares Confecciones textiles Lubricante, combustible y derivados Reactivos Útiles de escritorio y oficina Equipos de computación
Monto 29.555,00 179.860,00 7.600,00 10.200,00 15.000,00 32.922,00 128.316,00 19.800,00 24.983,00 2.850,00 19.560,00 13.700,00 484.336,00
ARTÍCULO 3. I. Se aprueba la incorporación en el Presupuesto 2012 del Gobierno Autónomo Departamental y su correspondiente registro presupuestario en el Sistema Integrado de Gestión Pública - SIGEP Departamental y Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa - SIGMA Nacional, según competencias de los recursos de donación descritos en el artículo 1. II. Los informes técnico SEDES- UP/PS/004-2012, financiero UTCP-38/2012, legal SEDES/AL/IL Nº1/12 y los documentos adjuntos en anexo forman parte indivisible e indisoluble de la presente Ley Departamental. Remítase a la Gobernación para fines legales de promulgación y publicación. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil doce. Fdo. Freddy Illanes Limachi Fdo. Bladimir Fernando Orellana Vásquez Presidente ALD 1er. Secretario ALD Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los dos días del mes de mayo del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba.