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LEY DEPARTAMENTAL DE 13 DE DICIEMBRE DE 2012 LEGISLATURA 2012-2013

278 “QUE APRUEBA LOS CONVENIOS INTERGUBERNATIVOS Y LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS INTERINSTITUCIONALES PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS EN LA EJECUCIÓN DE DOCE (12) PROYECTOS DE INVERSIÓN CONCURRENTE TRIPARTITOS DEL PROGRAMA MI AGUA II EN SEIS (6) GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES DEL DEPARTAMENTO DE COCHABAMBA” Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba, ha sancionado la siguiente ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA, SANCIONA: ARTÍCULO 1. I. Se aprueban las Modificaciones Presupuestarias Interinstitucionales para la cofinanciación de doce(12) Proyectos de Inversión Tripartita entre el Gobierno Autónomo Departamental, Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS) y los Gobiernos Autónomos Municipales de: Morochata, Tolata, Villa Rivero, Arani, Tiquipaya y Vinto,en el marco del Programa MI AGUA II, según Anexos I y II.


II. Las Modificaciones Presupuestarias Interinstitucionales deberán registrarse en el Sistema de Gestión Pública (SIGEP) departamental y Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA) nacional, según competencias. ARTÍCULO 2. I. Se aprueban los Convenios Intergubernativos siguientes: 1.Cuatro (4) Convenios Intergubernativos, suscritos el 16 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Araní y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar los Proyectos: “Construcción Sistema MicroriegoChaupirancho – Chekejmayu – Eterovich - PukaOrgo”; “Construcción Sistema MicroriegoColka I –Colka II - Collpa-Pabellon”; “Construcción Sistema Microriego Juzgado - Villa Carmen” y “Construcción Sistema Agua Potable WasaWayu”, en el marco de lo establecido en los convenios de referencia. 2. Un (1) Convenio Intergubernativo, suscrito el 27 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Morochata y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar el Proyecto: “Construcción Sistema MicroriegoChiarajeHuallaquia”, en el marco de lo establecido en el convenio de referencia. 3. Tres (3) Convenios Intergubernativos, suscritos el 16 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar los Proyectos: “Construcción Sistema Agua Potable Cuatro Esquinas Noroeste”; “Construcción Presa Riego SaytuKhocha” y “Construcción Sistema Microriego por aspersión Titiri”, en el marco de lo establecido en los convenios de referencia. 4. Un (1) Convenio Intergubernativo, suscrito el 27 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Tolata y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar el Proyecto: “Ampliación Sistema Agua Potable Villa Copacabana, Carcaje Rosario, Laphia”, en el marco de lo establecido en el convenio de referencia.


5.Un (1) Convenio Intergubernativo, suscrito el 23 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Villa Rivero y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar el Proyecto: “Ampliación Sistema Agua Potable Aramasi”, en el marco de lo establecido en el convenio de referencia. 6. Dos (2) Convenios Intergubernativos, suscritos el 9 de noviembre de 2012, entre el Gobierno Autónomo Departamental, el Gobierno Autónomo Municipal de Vinto y el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social (FPS), para cofinanciar los Proyectos: “Construcción Sistema Microriego Pairumani Iscaypata” y “Ampliación Sistema Microriego Chinchilla”, en el marco de lo establecido en los convenios de referencia. II. La aprobación de los Convenios Intergubernativos y las Modificaciones Presupuestarias Interinstitucionales, se realiza de acuerdo a detalles de informes técnicos y legales de cada uno de los proyectos de inversión tripartitos MI AGUA II y los anexos I y II por lo que los mismos forman parte indivisible e indisoluble de la presente Ley Departamental. Remítase a la Gobernación para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los trece días del mes de diciembre de dos mil doce años.

Fdo. José Ivankovic Presidente ALD

Fdo. Hever Gastón Clavijo Garcé 1er. Secretario ALD

Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley Departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los 14 días del mes de diciembre del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba


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