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LEY DEPARTAMENTAL DE 20 DE DICIEMBRE DE 2012 LEGISLATURA 2012-2013

280 “QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA INTRAINSTITUCIONAL,PA RA LA CONSTRUCCIÓN ELECTRIFICACIÓN RURAL FASE V EN EL DEPARTAMENTO” Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba, ha sancionado la siguiente ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA, SANCIONA: ARTÍCULO ÚNICO. I. Se aprueba la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional y su correspondiente registro en el Sistema de Gestión Pública (SIGEP)departamental y Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa(SIGMA) nacional, DE: Categoría Programática 43000100 Construcción Pavimentado Ruta Departamental Lacma – Santivañez, Partida 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público,A:Categoría Programática 11000100 Construcción Electrificación Rural Fase V, Partida 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público, de acuerdo al siguiente detalle: DE:

CONSTRUCCIÓN PAVIMENTADO RUTA DEPARTAMENTAL LACMA - SANTIVAÑEZ

ENT.

DA

UE

903

01

01

FTE 41

ORG.

PR

PY

AC

TRASP.

119

43

01

00

G

PARTIDA

DESCRIPCIÓN Construcciones y 42310 Mejoras de Bienes de Dominio Público

TRF. 000

ADICIÓN

DISMINUCIÓN 1.175.028,00

SUBTOTAL ORG: 119

1.175.028,00

SUBTOTAL DE: ORG: 119

1.175.028,00

SISIN 3538507700000


A:

CONSTRUCCIÓN ELECTRIFICACIÓN RURAL FASE V

ENT.

DA

UE

903

01

01

FTE 41

ORG.

PR

PY

AC

TRASP.

119

11

01

00

G

PARTIDA

DESCRIPCIÓN Construcciones y 42310 Mejoras de Bienes de Dominio Público

TRF.

ADICIÓN

000

1.175.028,00

SUBTOTAL ORG: 119

1.175.028,00

SUBTOTAL DE: ORG: 119

1.175.028,00

TOTAL ORG: 119

1.175.028,00

DISMINUCIÓN

1.175.028,00

II. Los Informes: TécnicosUPOS-280/2012, PER 419/2012,LegalSDOS-A.L.107/12y los documentos adjuntos en anexo forman parte indivisible e indisoluble de la presente Ley Departamental.

Remítase a la Gobernación para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los veinte días del mes de diciembre de dos mil doce años. Fdo. José Ivankovic Presidente ALD

Fdo. Hever Gastón Clavijo Garcé 1er. Secretario ALD

Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley Departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba

SISIN 3538648100000

FIN-FUN 4-3-5


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