LEY DEPARTAMENTAL DE 20 DE DICIEMBRE DE 2012 LEGISLATURA 2012-2013
280 “QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA INTRAINSTITUCIONAL,PA RA LA CONSTRUCCIÓN ELECTRIFICACIÓN RURAL FASE V EN EL DEPARTAMENTO” Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba, ha sancionado la siguiente ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE COCHABAMBA, SANCIONA: ARTÍCULO ÚNICO. I. Se aprueba la Modificación Presupuestaria Intrainstitucional y su correspondiente registro en el Sistema de Gestión Pública (SIGEP)departamental y Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa(SIGMA) nacional, DE: Categoría Programática 43000100 Construcción Pavimentado Ruta Departamental Lacma – Santivañez, Partida 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público,A:Categoría Programática 11000100 Construcción Electrificación Rural Fase V, Partida 42310 Construcciones y Mejoras de Bienes de Dominio Público, de acuerdo al siguiente detalle: DE:
CONSTRUCCIÓN PAVIMENTADO RUTA DEPARTAMENTAL LACMA - SANTIVAÑEZ
ENT.
DA
UE
903
01
01
FTE 41
ORG.
PR
PY
AC
TRASP.
119
43
01
00
G
PARTIDA
DESCRIPCIÓN Construcciones y 42310 Mejoras de Bienes de Dominio Público
TRF. 000
ADICIÓN
DISMINUCIÓN 1.175.028,00
SUBTOTAL ORG: 119
1.175.028,00
SUBTOTAL DE: ORG: 119
1.175.028,00
SISIN 3538507700000
A:
CONSTRUCCIÓN ELECTRIFICACIÓN RURAL FASE V
ENT.
DA
UE
903
01
01
FTE 41
ORG.
PR
PY
AC
TRASP.
119
11
01
00
G
PARTIDA
DESCRIPCIÓN Construcciones y 42310 Mejoras de Bienes de Dominio Público
TRF.
ADICIÓN
000
1.175.028,00
SUBTOTAL ORG: 119
1.175.028,00
SUBTOTAL DE: ORG: 119
1.175.028,00
TOTAL ORG: 119
1.175.028,00
DISMINUCIÓN
1.175.028,00
II. Los Informes: TécnicosUPOS-280/2012, PER 419/2012,LegalSDOS-A.L.107/12y los documentos adjuntos en anexo forman parte indivisible e indisoluble de la presente Ley Departamental.
Remítase a la Gobernación para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, en la ciudad de Cochabamba a los veinte días del mes de diciembre de dos mil doce años. Fdo. José Ivankovic Presidente ALD
Fdo. Hever Gastón Clavijo Garcé 1er. Secretario ALD
Por tanto, la PROMULGO para que se tenga y se cumpla como Ley Departamental del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba. Palacio de la Gobernación de la ciudad de Cochabamba, a los 21 días del mes de diciembre del año dos mil doce. Fdo. Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador Departamento de Cochabamba
SISIN 3538648100000
FIN-FUN 4-3-5