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Departamental
ASAMBLEA
LEY DEPARTAMENTAL No. 101 H. MARI N SANDOVAL VEGA PRESIDENTE LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL
de
La
Paz
DE LA PAZ
LEY DEPARTAMENTAL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015 Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz ha sancionado la siguiente Ley, de conformidad con lo prescrito por el Numeral 11 del Artículo 163 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley Departamental: ......
LA ASAMBLEA
LEGISLATIVA
0ral"Y1El
DEL DEPARTAMENTO
DE lA PAZ
SANCIONA: lEY DE MODIFICACiÓN A lA lEY DEPARTAMENTAL N° 68 DE TRANSFERENCIA A TíTULO GRATUITO DE UN PREDIO UBICADO EN El PARQUE INDUSTRIAL CAllUTACA A FAVOR DE LA EMPRESA ESTATAL YACANA" ... ARTíCULO 1. (OBJETO). El objetGm..de1ayJ-a presente Leyes modificar complementar la Ley Departamental N° 68 de 16 de septiembre de 2014. /
,
y
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ARTíCULO 2. (MODlFIC~f!Q~)';¿'lvedr'l 1.
Se incorpora el Artículo 3. (Autorización) a la Ley Departamental N° 68 de 16 de septie~.[~t~Hr2014, cqn~1 siguiente texto: "ARTíCULO, ~' ;r(t:.UTORIZACIÓN). Se autoriza a la Empresa Estatal YACANA p'roceder al inicio de obras en el. Parque Industrial Callutaca, a efectos de no :pE}~,udicar'el avance del, pJQye;gJo,~mprendido por el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, que será de beneficio de todos los ciudadanos del Estado Plurinacional de Bolivia". !v '_
'I~,O
,
11.
MODIFICACiÓN. Se modifica la disposición Final Segunda de la Ley Departamental N° 68 d~ 16' de septiembre 'de 2014, con el siguiente texto: "Se encomienda al Órgano EjectftiVo del Gobierno Autónomo Departamental., pd~)' La Paz,cumplir" con los procedimientos adrninistrafivos correspondientes fa los fines. de la transferencia del citado bien 'ihJll'ueble PCltspuestaeh la p(reOser)teLey, en el plazo de 30 días calenda~ computables a parti! sanción de la presente Ley".
~1~;1ª
DISPOSICIONES
FINALES
DISPOSICiÓN FINAL PRIMERA. Se abroga la disposición Final Primera de la Ley Departamental N° 68 de 16 de septiembre de 2014. Página
"La Paz Eterna Sede de Gobierno" Declarado
Calle Loayza
esq. Obispo
por Ley Departamental
Cárdenas
No.406
N° 026
Telfs.:2145858
- Fax:
2145866
11
Departamental
de
La
Paz
DISPOSICiÓN FINAL SEGUNDA. Quedan firmes y subsistentes todas las demás disposiciones previstas en la Ley Departamental N° 68 de 16 de septiembre de
2014. Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental Paz, a los 13 días del mes de aqosto de dos mil quince años.
H. ~
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Mari. a
de La
va Vegá
PRESIDENTE ASAM8LEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAl DE LA PAZ
OR TANTO: La promulgo paraque se tenga y cumpla como Ley Departamental. Es dado en la Gobernación cJé La Paz, a los veinttdósdlas de dos mil cinco años.' .
del mes de septiembre
Sud
Página
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