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DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 2012 -&o. a
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EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Por cuanto, la Asamblea Legislativa Pluri nacional, ha sancionado la siguiente Ley: LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL, DECRETA:
ART~CULO1. Se declara al Departamento de Cochabamba, Capital de las Flores del Estado Plurinacional de Bolivia. ART~CULO2. El nivel central del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante acuerdos intergubernativos con las Entidades Territoriales Autónomas, priorizarán la ~loricultura en sus fases de producción, industrialización y comercialización en el De~artamentode Cochabamba, a través de danes. programas y proyectos a c&o, mediano y largo plazo. Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los once días del mes de septiembre de dos mil doce años.
e . L' ly Gabrie Montaño Viaña PRESl ENTA C 'MARA D SENADORES
SENADORA SECRETARIA Sea M u y Medina Zabuíeta PRIMERA SECRETARIA CAMARADESENADORES ASAMBLEALEGISLATIVA PLURINACIONAL
Dip. + d o P
CAMAR
SIDENTA DE DIPUTADOS
Por tanto, la promulgo para que se tenga Plurinacional de Bolivia. Ciudad de Cochabamba, a los trece dĂas mil doce.
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cumpla como Ley del Estado de septiembre del aĂąo dos