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PAUTAS PARA LOS NOMBRAMIENTOS DE LOS ASESORES RELIGIOSOS CATOLICOS EN LOS NIVELES DE GRUPO, DISTRITO Y ZONA

Anexo Nº 2 - Resolución Nro 1 de la XIIº Conferencia Nacional de Pastoral Scout Católica – septiembre de 2007

- PAUTAS PARA LAS CONFERENCIAS DIOCESANAS 1- CONVOCATORIAS ¿QUIEN LA CONVOCA? El Comisionado Diocesano de Pastoral Scout Católica (cfr art 20 Estatutos Canónicos) o, en caso de acefalía el Comisionado Nacional de Pastoral Scout Católica. ¿PARA QUE SE CONVOCA? (cfr art 20 Estatutos Canónicos) , 1-) Considerar la memoria de las actividades desarrolladas por el Comisionado Diocesano y el Equipo Diocesano, (para tal fin se puede seguir, si se considera necesario, los items de la Guía para el Ámbito Diocesano que obra en el anexo 4). 2-) Evaluar el cumplimiento de los objetivos establecidos y el desarrollo de la Pastoral Scout en el ámbito Diocesano, de acuerdo a las directivas acordadas en la Conferencia Nacional de Pastoral Scout Católica; 3-) Evaluar y aprobar planes y programas pastorales en el ámbito Diocesano; 4-) Determinar la implementación de medidas concretas tendientes al mejor cumplimiento de sus fines pastorales; 5-) Aprobar la gestión operativa y educativa del Comisionado Diocesano de Pastoral; 6-) Elegir, cuando corresponda, al Comisionado Diocesano de Pastoral; 7-) Conformar las rendiciones de cuentas anuales, por los fondos administrados, para ser elevadas al Comisionado Nacional de Pastoral. ¿CUANDO SE DEBE CONVOCAR LA CONFERENCIA DIOCESANA ANUAL? 1- Fecha de cierre de las Cuentas Diocesanas Atento a que la Conferencia Diocesana debe conformar las rendiciones de cuentas anuales por los fondos administrados y elevarlas al Comisionado Nacional de Pastoral Scout Católica para su integración al Balance de COPASCA [cfr art 20 inc 6) de los Estatutos Canónicos], se fija el cierre de las cuentas de las Diócesis para el día 30 de Junio de cada año, En consecuencia el periodo de rendición de cuentas Diocesanas será del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente. Dejase constancia que en caso de no registrar movimientos ese periodo, igual se debe hacer la rendición y tratarse la misma en la Conferencia Diocesana. 2- Periodo para realizar las Conferencias Diocesanas Anuales De acuerdo al Articulo 20 de los Estatutos Canónicos y conforme al punto 1 anterior, las Conferencias Diocesanas Anuales, deberán ser convocadas y realizadas dentro de los cuatro meses del cierre de la rendición anual de cuentas (entre el 1 de julio y el 31 de octubre). Fecha: 15/Ago/2008

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Si hasta el 15 de noviembre de cada año no fuera convocada por el Comisionado Diocesano, será convocada por el Comisionado Nacional. ¿QUIENES PARTICIPAN? Miembros de Derecho (con voz y voto): Los Asesores Religiosos Católicos (Los Capellanes y Auxiliares de Pastoral de Grupo, el Capellán Diocesano, el Comisionado Diocesano de Pastoral y los Colaboradores Diocesanos) y todos los Miembros Activos católicos de Scouts de Argentina pertenecientes a ese ámbito territorial. (cfr art 20 Estatutos Canónicos). Miembros con Voz: - Miembros Colaboradores, Honorarios y Cooperadores católicos de Scouts de Argentina - Miembros Beneficiarios católicos mayores de 18 años. Miembros Observadores: Cualquier persona que no reúna las condiciones anteriores. ¿CUÁNDO, A QUIENES Y POR QUE MEDIOS SE DEBE COMUNICAR LA CONVOCATORIA? La fecha de la Conferencia Diocesana Anual debe ser acordada con los Organismos Scouts pertinentes (Zonas y Distritos) de su jurisdicción eclesial y estar incorporada en los respectivos Calendarios Scouts Zonales y Distritales. Asimismo, como mínimo treinta (30) días antes de la realización de la Conferencia, deberá remitirse la Convocatoria indicando lugar, fecha de realización y hora de inicio a: a- A las autoridades Eclesiásticas de la Diócesis (Obispo, Vicario y responsables de Laicos, Juventud y otros). b- Al Comisionado Nacional de Pastoral Scout Católica. c- A las autoridades scouts territoriales (Zona, Distrito y Jefes de Grupo) d- A los Boletines Eclesiales de la Diócesis que aseguren que los Sacerdotes estén debidamente notificados. e- A Boletines o listas scouts u otro medio que estimen conveniente, que aseguren que los Miembros Activos y Asesores estén debidamente notificados.

2- PARA EL MOMENTO DE LA CONFERENCIA ACTA DE LA CONFERENCIA: El Secretario Ejecutivo Diocesano u otro Miembro de Derecho de la Conferencia deberá realizar el Acta de la Conferencia donde conste: Lugar y Fecha, Temario tratado y conclusiones arribadas en un Libro de Actas habilitado a tal fin. Los firmantes del Acta son –como mínimo- el Capellán Diocesano, el Comisionado Diocesano y dos (2) participantes elegidos por la misma Conferencia. PADRÓN: El Padrón será articulado con las respectivas autoridades scouts territoriales. El Comisionado Diocesano será el responsable de instrumentar los medios para validar el padrón.

Fecha: 15/Ago/2008

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LISTADO DE LOS PARTICIPANTES: Se debe hacer una lista de los Participantes con los nombres y apellidos, DNI, categoría de miembro en Scouts de Argentina, y datos del Organismo Scout por donde se registró su afiliación (Grupo Scout, Distrito, Zona o Nación) de cada uno. SESIONES DE LA CONFERENCIA: Podrá aplicarse de manera supletoria el Reglamento para la Asamblea Nacional de Scouts de Argentina, en aquellos puntos que la Conferencia Diocesana le parezcan pertinentes. 3- COMUNICACIONES CON POSTERIORIDAD A LA CONFERENCIA ¿A QUIEN SE DEBE COMUNICAR EL ACTA DE LA CONFERENCIA? + A las autoridades Eclesiásticas de la Diócesis (Obispo, Vicario y otros) + A las autoridades scouts territoriales (Zona, Distrito y Jefes de Grupo) + Al Comisionado Nacional de Pastoral Scout Católica. IMPORTANTE: Es prudente también remitir copia de la Rendición de Cuentas ¿CUÁNDO SE DEBE COMUNICAR? Dentro de un plazo no mayor a 10 días de realizada la Conferencia Diocesana. DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR CUANDO SE INFORMA AL COMISIONADO NACIONAL: 1 Acta de la Conferencia Diocesana 2 Listado de los Participantes 3 Rendición de Cuentas 4 Documentos tratados (x ej: memoria, Plan de Trabajo Pastoral u otros)

Fecha: 15/Ago/2008

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