Proyecto Educativo de Centro. Reglamento de Régimen Interno.

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PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

CEIP HISTORIADOR DIAGO VIVER


1.- ANÁLISIS DEL ENTORNO.............................................................................7 1.1.- ESTUDIO SOCIO ECONÓMICO DEL ENTORNO COMARCAL Y MUNICIPAL...............................................7 1.1.1.- Estudio socio-económico de la comarca..........7 1.1.2.- Estudio socio-económico del municipio..........9 2.- ANÁLISIS DEL CENTRO..............................................................................10 2.1.- ESPACIOS:........................................10 2.1.1.- Conclusiones:.................................10 2.2.- ANÁLISIS SOCIO-LINGÜÍSTICO DE LOS ALUMNOS/AS.....11 2.2.1.- Nivel de conocimiento del valenciano (alumnos/as)..........................................11 2.2.2.- Lengua de comunicación familiar...............11 2.3.- ANÁLISIS DE LOS NIVELES DE MADURACIÓN Y DESARROLLO. .......................................................13 3.- FINES E INTENCIONES EDUCATIVAS ....................................................13 3.1.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS............................13 4.- HORARIO DEL CENTRO.............................................................................17 5.- METODOLOGÍA:..........................................................................................17 5.1.- EDUCACIÓN INFANTIL...............................17 5.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA ..............................17 6.- EVALUACIÓN:..............................................................................................18 7.- EDUCACIÓN EN VALORES.........................................................................19 8.- PLAN DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA...............................................20 8.1.- OBJETIVOS DEL PLAN DE NORMALIZACIÓN..............21 8.2.- DISEÑO PARTICULAR................................22 9.- CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO .....................................22 9.1.-EQUIPO DIRECTIVO: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS ...........................................22 9.2.ÓRGANOS COLEGIADOS DEL CENTRO......................22 9.2.1.- El Consejo Escolar:...........................22 9.2.2.- Claustro de Profesores/as:....................23 2


9.3.- CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL ALUMNADO...................................23 9.4.- CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS............24 9.5.- CRITERIOS PARA PROMOCIONAR DE CICLO:.............24 9.5.1.- Consideraciones previas......................24 9.5.2.- Criterios de promoción de Ciclo: ............25 9.6.- CONTROL DE APRENDIZAJE DEL ALUMNO/A: NÚMERO DE EVALUACIONES E INFORMACIÓN SOBRE LAS MISMAS............25 9.6.1.- Educación Infantil............................25 9.6.2.- Educación Primaria............................25 9.7.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. 26 9.7.1.- PLANTEAMIENTO DE REFUERZOS Y RECUPERACIÓN.....26 9.8 - ACTIVIDADES DE ATENCIÓN EDUCATIVA ...............27 9.9 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO..........28 9.9.1 – Biblioteca....................................28 9.9.2 - Laboratorio...................................29 9.9.3 - Sala de vídeo y aula de informática...........29 9.9.4- Taller.........................................29 9.9.5- Tutoría de Primaria / Gabinete Psicopedagógico / Departamento de Inglés................................29 9.9.6- Dependencias de Educación Física...............29 9.9.7- Patios de recreo...............................29 9.10 - FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN EQUIPO DE LOS PROFESORES PARA CONSEGUIR EL APRENDIZAJE:..........31 9.10.1 - Equipos de curso. ...........................31 9.10.2 - Equipos de Ciclo.............................31 9.10.3 - Comisión de Coordinación Pedagógica..........32 9.10.4 - Comisiones encargadas de organizar las diferentes actividades complementarias................32 9.10.5 - Sustituciones................................33 9.10.6 – Medidas de coordinación entre el Segundo Ciclo de Educación Infantil y el Primer Ciclo de Educación Primaria..............................................33 9.10.7 – Coordinación entre los PEC del CEIP Historiador Diago y el IES Jérica – Viver.........................33 9.11 - TRANSPORTE ESCOLAR: ............................34 9.12 - ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS.....................34 9.12.1 - Criterios para su selección: ................34 9.12.2 - Organización de las actividades complementarias de un día de duración: ...............................35 3


9.12.3 - Organización de las actividades complementarias de más de un día de duración:.........................35 10. MATERIALES CURRICULARES Y RECURSOS DIDÁCTICOS...............36 10.1.- CRITERIOS PARA SELECCIONAR MATERIALES CURRICULARES .......................................................36 11.- PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL..................................................................37 11.1.- EDUCACIÓN INFANTIL..............................38 11.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA..............................39 12- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIVERSOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR:............................................................................41 12.1.- PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS DOCENTES...........41 12.2.- PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS........................................42 13. RELACIONES DEL CENTRO CON EL ENTORNO. (CRITERIOS DE COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES) .......................42 14.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL ALUMNADO DEL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA ..................42 ...........................................................................................................................45 1.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ..............................................49 2.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS...........................................49 2.1.- Derechos del alumnado............................49 2.2.- Deberes del alumnado.............................50 3.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/ MADRES............................51 3.1.- Derechos de los padres / madres..................51 3.3.- Deberes de los padres / madres...................52 4.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES....................................53 4.1.- Derechos del profesorado........................53

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4.2.- Deberes del profesorado.........................54 5.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Y MEDIDAS CORRECTORAS..........................................................55 5.1.- Tipificación.....................................55 5.2.- Medidas educativas correctoras...................56 5.3.- Aplicación de las medidas educativas correctoras. 56 5.4.- Competencia para aplicar las medidas educativas correctoras............................................56 5.5.- Constancia escrita y registro de las medidas educativas correctoras.................................57 5.6.- Reiteración de conductas contrarias a la convivencia y falta de colaboración de los padres, madres, tutores o tutoras..............................57 5.7.- Prescripción.....................................57 6.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.................................................................................................59 6.1.- Tipificación.............................59 6.2.- Medidas educativas disciplinarias........59 6.3.- Aplicación, procedimientos y plazos..........60 6.3.1.- ACUERDO DE INSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTE SEGÚN EL ARTICULO 45 DEL DECRETO 39/2008.......................60 6.3.2.- NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE AL ALUMNO O A SUS REPRESENTANTES LEGALES. .62 6.3.3.- DECLARACIÓN DEL ALUMNO PRESUNTAMENTE INCULPADO EN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO..........................63 ..........................................................................................................................63 6.3.4.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN CON SANCIÓN........64 6.3.5.- RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO CON RESULTADO DE SANCIÓN..................................64 6.3.6.- NOTIFICACIÓN Al ALUMNO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO..................................65 6.4.- Medidas de carácter cautelar.....................67 6.5.- Prescripción.....................................67 6.6.- Responsabilidad penal............................67

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6.7.- Tabla de plazos..................................67 7.-GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS Y DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS.............................................68 8.- REPARACIÓN DE DAÑOS MATERIALES..................................................68 9.- EVALUACIÓN OBJETIVA EN EDUCACIÓN INFANTIL.............................68 10.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ACLARACIONES, REVISIONES Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES EN EDUCACIÓN PRIMARIA............69 11.- APROBACIÓN............................................................................................71 ANEXO I: DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL DIRECTOR PARA LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS.........................72 .....................................................72 ANEXO II: REGISTRO DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (ARTÍCULO 35 DEL DECRETO 39/2008)...............................73 ANEXO III: REGISTRO DE EXPEDIENTES DISCIPLINARIOS POR CONDUCTAS GRAVES (ARTÍCULO 42 DEL DECRETO 39/2008)................77 ANEXO IV: SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES..............80

Aprobación PEC: 30 de junio de 1999. Revisiones: 24 de enero de 2001 / 28 de junio de 2011

Aprobación RRI: 1 de diciembre de 2008. Aprobación revisión RRI para su adaptación a la Orden 32/2011 de 20 de diciembre de la Consellería de Educación, Formación y Empleo: 26 de abril de 2012.

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1.- ANÁLISIS DEL ENTORNO 1.1.- ESTUDIO SOCIO ECONÓMICO DEL ENTORNO COMARCAL Y MUNICIPAL. 1.1.1.- Estudio socio-económico de la comarca 1.1.1.1.- Marco geográfico La comarca del Alto Palancia ocupa la posición más meridional de la provincia de Castellón, limitando al norte con la comarca del Alto Mijares, al este con la Plana de Castelló y el Camp de Morvedre, al oeste con la provincia de Teruel y al sur con el Camp de Turia y Los Serranos. La comarca es atravesada por el río Palancia, regulado por el embalse del Regajo y con copiosos manantiales como San Miguel o Los ojos del Prado. Esto origina buenos regadíos en el valle y cultivos tanto de frutales como de hortalizas. Las mayores altitudes se encuentran en el extremo Noroeste, en las sierras de Javalambre y de la Espina. Al Suroeste se elevan las estribaciones de Javalambre y las sierras del Toro, Peña Salada y Bellida, que marcan la divisoria con el Turia. En dirección Noroeste hace su aparición la sierra de Espadán y constituye el límite del Valle de Segorbe, el Alto Mijares y La Plana. El clima de la comarca es templado en el fondo del valle y en las zonas montañosas el clima es frío. El índice pluviométrico varía de 450 a 600 milímetros aumentando en las zonas montañosas. De este modo en las tierras bajas la vegetación es de carácter mediterráneo, mientras que en las tierras altas tiene carácter continental. En las tierras altas occidentales domina las masas forestales quercíneas, pinares y sabinas, entre Peña Salada y Peña Escabia. La sierra de Espadán -más húmeda- se haya poblada de bosques de pinos y alcornoques y hacia el interior de la comarca aumentan los pinos, los matorrales y los pastizales. Por otro lado, las tierras improductivas cubren la sierra de Javalambre y una extensa área, al sur entre el pico Gorgo y Sot de Ferrer. Los restantes suelos son aptos para la explotación agrícola dado que una gran proporción de las tierras de la

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comarca tienen pendientes reducidas. Las tierras llanas, abarcan una considerable extensión en Viver, aguas arriba de Jérica, y a segundo lugar en las inmediaciones de Segorbe. Desde el punto de vista paisajístico, la zona de mayor interés es la del tramo alto del Palancia, entre El Molinar y Teresa. 1.1.1.2.- Infraestructuras técnicas • Carreteras El eje principal de comunicaciones por carretera está constituido en la comarca por la A-23 (Autovía Mudéjar, Sagunto- Somport), que atraviesa algunos municipios como Soneja, Segorbe, Jérica, Viver o Barracas y constituye la vía más importante de comunicaciones entre Aragón y la Comunidad Valenciana. • Ferrocarriles La red de ferrocarriles que atraviesa la comarca está constituida en primer lugar por la línea de Calatayud a Valencia, que discurre por las poblaciones de Barracas, Masadas Blancas (Viver), Caudiel, Jérica-Viver, Navajas, Segorbe y Soneja. 1.1.1.3.- Estructura productiva Se trata de una comarca rural donde están presentes los tres sectores de producción; Aunque tradicionalmente se ha considerado una comarca agraria, en la actualidad van ganando terreno los otros dos sectores (industrial y servicios). 1.1.1.4.- Equipamientos • Escolares: En términos globales y por lo que se refiere a la cobertura del ciclo escolar obligatorio (desde educación infantil hasta segundo ciclo de la ESO) el indicador relativo a la tasa de escolarización alcanza el 100%. Descendiendo al nivel municipal nos encontramos con sensibles diferencias ya que por un lado existen municipios sin escuelas (Higueras, Pavías, Sacañet, Pina de Montalgrao, Benafer, Villanueva de Viver y Fuente La Reina) y por otro, tres municipios (Viver, Segorbe y Jérica) que agrupan escolares de otros municipios de alrededor. En lo referente a Bachillerato y Ciclos Formativos la comarca cuenta con un centro de Bachillerato y otro de Ciclos Formativos en Segorbe y además en la zona norte de la comarca (Jérica- Viver)

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se ha creado un IES, extensión del instituto Alto Palancia de Segorbe. Sanitario: La comarca está dividida en tres zonas de salud coordinadas desde los centros de salud de Segorbe, Soneja y Viver. Cada municipio cuenta con un consultorio auxiliar, donde se llevan a cabo consultas médicas y de enfermería; quedando los servicios de matrona, pediatra, administración, radiología y urgencias concentrados en los centros de salud. El hospital de referencia y el centro de especialidades ambulatorias se encuentra en el Puerto de Sagunto y recientemente se ha construido un hospital en Segorbe que cuenta con un centro de especialidades. Hotelero: Actualmente la comarca cuenta con un importante número de establecimientos hoteleros.

1.1.2.- Estudio socio-económico del municipio 1.1.2.1.- Demografía: La población de Viver es de 1767 habitantes según la última revisión del censo (diciembre 2008), de ellos 925 son mujeres y 842 varones. Con relación a la pirámide de población, podemos observar un considerable aumento de la misma ya que en los años 90 se contaba con unos 1200. Todo esto es debido a la inmigración y al cambio de estilo de vida de algunas familias que ha ocasionado el cambio de residencia. Por este motivo y por otros puramente laborales, cabe destacar que un 10% de la población activa trabaja fuera de la localidad. 1.1.2.2.- Estructura productiva: • Agraria: Tal como hemos visto al hacer el análisis de la estructura productiva de la comarca, la agricultura ha perdido peso pasando a ser una actividad complementaria en las economías familiares. Dos cultivos: el olivo y el almendro constituyen la principal base de producción. • Industrial: La estructura industrial de Viver no tiene peso específico en la economía local. Únicamente se pueden encontrar pequeñas industrias que emplean a un número reducido de mano de obra (de dos a diez personas) dedicadas a la carpintería, cerrajería, construcción, cooperativa oleícola y granjas. 9


Servicios: Con relación a este sector es de destacar el aumento de ocupación que generan las ramas de actividades relativas a servicios sociales comunales (residencia de ancianos: pública (Viviendas Tuteladas) y privada), y de comercio que representan el 70 % de la población activa del sector terciario. En los últimos años se observa un incremento en la centralización de servicios administrativos y de equipamiento social (Centro de Salud, Notaria, Registro de la Propiedad, Correos y Guardia Civil), que atienden al conjunto de la subcomarca norte.

2.- ANÁLISIS DEL CENTRO 2.1.- ESPACIOS: Nuestro centro está ubicado en un edificio de dos plantas. En • • • • • • •

la planta baja tenemos: Tres aulas para Educación Infantil. Dos aulas para Educación Primaria (primer ciclo). El aula de Pedagogía Terapéutica. El taller. La biblioteca. La tutoría de Primaria y Gabinete Psicopedagógico. Los aseos.

En • • • • •

el primer piso tenemos: Cuatro aulas destinadas a Educación Primaria. El aula de Educación Musical. El laboratorio. Almacén. El aula de usos múltiples dividida en dos destinados: a) Aula de informática. b) Aula de audiovisuales.

• • • •

El despacho de direcciónsecretaría. La sala de profesores/as. La sala de reprografía. Los aseos.

jefatura

de

espacios

estudios

y

2.1.1.- Conclusiones: El aula de informática ha sido dotada con veinte ordenadores para los alumnos, más uno para el profesor. Además disponemos de otros doce ordenadores del aula LLIUREX. Estos ordenadores los hemos distribuido entre las 10


aulas de Primaria e Infantil para trabajar con ellos dentro del aula. Además disponemos de una pizarra digital. Uno de nuestros objetivos es aprovechar al máximo este recurso y por eso nuestros/as alumnos/as de primaria reciben clase de informática. 2.2.- ANÁLISIS SOCIO-LINGÜÍSTICO DE LOS ALUMNOS/AS La población de Viver se encuentra ubicada en la Comarca del Alto Palancia, donde la lengua predominante es el castellano. El contacto con el valenciano se da a través de algunos medios de comunicación, durante los fines de semana, épocas vacacionales y a través de la escuela. En el Centro se ha realizado un estudio sobre el uso y conocimiento del Valenciano dirigido a toda la población escolar, cuyos resultados se explicitan a continuación: 2.2.1.- Nivel de conocimiento del valenciano (alumnos/as) • • •

Lo saben hablar: 24 % No lo hablan pero lo entienden: 64 % No lo hablan ni lo entienden: 12 %

2.2.2.- Lengua de comunicación familiar

80 60 40 20

Alumnos Otros

100

b) CON LA MADRE

80 60 40

Siempre en valenciano: 4% A veces en valenciano: 9% Siempre en castellano: 84% Otros: 3%

20

60 40

Otros

Siem pre Castellano

80

Siem pre Valenciano

100

A veces Valenciano

Alum nos

0

20 Otros

11

Siem pre Castellano

Alum nos

0 Siem pre Valenciano

-

Siem pre Castellano

0

A veces Valenciano

Siempre en valenciano: 3% A veces en valenciano: 7% Siempre en castellano: 88% Otros: 2%

Siem pre Valenciano

-

100

A veces Valenciano

a) CON EL PADRE


c) DE LOS PADRES ENTRE SÍ -

Siempre A veces Siempre Otros:

en valenciano: 3% en valenciano: 6% en castellano: 87% 4%

d) LENGUA MADRE

MATERNA

DE

LA

- Valenciano: 11% - Castellano: 80% - Otros: 9% e) LENGUA MATERNA DEL PADRE

80 70 60 50 40 30 20 10 0

Alum nos

100 Valenciano

- Valenciano: 9% - Castellano: 82% - Otros: 9%

Castellano

Otros

80 60 Alum nos

40 20 0 Valenciano

Otros

100

f) LENGUA DE COMUNICACIÓN EN LA CALLE

80 60 40

Siempre en valenciano: 4% A veces en valenciano: 3% Siempre en castellano: 92% Otros: 1%

20 Otros

Siem pre Castellano

A veces Valenciano

Alumnos

0 Siem pre Valenciano

-

Castellano

Los/as alumnos/as castellano hablantes muestran integración lingüística aceptable con respecto valenciano, en la que destaca su comprensión.

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una al


2.3.- ANÁLISIS DE LOS NIVELES DE MADURACIÓN Y DESARROLLO. Los niveles madurativos de los/as niños/as que empiezan la enseñanza primaria en este colegio son normales para su edad cronológica. En sucesivos años se han venido aplicando pruebas psicopedagógicas a los/as niños/as de 5 años. En ellas se valoran aspectos como: conceptos básicos, memoria, organización espacial, madurez para la lectura, escritura y cálculo, madurez global para el aprendizaje y otros. De las puntuaciones globales obtenidas en el conjunto de la clase se desprende que las actitudes que poseen estos escolares, tanto en el ámbito de su desarrollo cognitivo, como en aquellos factores que inciden más directamente en los futuros aprendizajes que se llevarán a cabo en el ámbito escolar son bastante semejantes a los de otros/as alumnos/as de su mismo nivel del resto de la Comunidad o del Estado. No obstante, hay que tener presente que los resultados no son uniformes de unos años a otros, y puede haber variación en el nivel madurativo o de desarrollo de unos cursos respecto a otros, por lo que al comenzar la educación primaria se tendrá en cuenta los niveles de los que parten los/as alumnos/as, contemplados en los informes del profesor/a, tutor/a de educación infantil y los del psicólogo del SPE. En un mismo curso pueden haber variaciones individuales significativas en cuanto al nivel de desarrollo madurativo, que será necesario considerar para llevar a cabo una adecuada atención a la diversidad de los/as alumnos/as

3.- FINES E INTENCIONES EDUCATIVAS El colegio público Historiador Diago, como órgano social con fines educativos y como servicio público realiza su gestión democráticamente y garantiza la participación activa de todos los miembros de la Comunidad Educativa, regulando los derechos, competencias y obligaciones de acuerdo al marco legislativo vigente: • La Constitución Española, de 6 de Diciembre de 1978, en sus artículos: 14, 16, 18, 20, 21, 22, 23, 27 y 29. • Ley Orgánica 8/ 1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. • La Ley Orgánica 2/ 2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) 3.1.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS Nuestra escuela se declara aconfesional, respetando la legislación vigente y las creencias del alumnado y del profesorado. Los principios y objetivos educativos en los que basamos nuestra práctica docente son los siguientes: 13


1.- Ofrecer una educación integral basada en el desarrollo de lo intelectual, lo social, lo moral, lo físico, lo afectivo y lo estético. Objetivos: • Favorecer el interés por el trabajo cooperativo valorando el proceso. (Se propondrán metas colectivas, adaptadas a las posibilidades de cada alumno/a, que sean atractivas y requieran distintos modos de organización, cooperación y participación). • Crear un clima de colaboración, ayuda y respeto mutuo entre todos los alumnos/as del Centro, dando valor a la justicia y solidaridad. • Favorecer las actitudes de autoestima y satisfacción con el trabajo personal. • Adquirir hábitos de higiene y salud, tratando de desarrollar una actitud responsable hacia el propio cuerpo y el de los demás. • Valorar la buena presentación de los trabajos escolares y fomentar el orden y respeto por todos los aspectos del ámbito escolar. • Desarrollar la sensibilidad estética en las diferentes manifestaciones culturales, cívicas y artísticas, realizando salidas a museos, exposiciones, actos culturales,... etc. 2.- Potenciar una educación no discriminatoria con igualdad de oportunidades para todos. Objetivos: • Adaptar los recursos materiales a las distintas capacidades de los integrantes de la comunidad educativa. • Seleccionar materiales didácticos que potencien la igualdad en cuanto al sexo. • Realizar trabajos en equipo que exijan la cooperación y respeto entre todos los integrantes del grupo. • Programar actividades de grupo que lleven a favorecer la convivencia y aceptación de todos los componentes del grupo-aula. • Despertar una conciencia social crítica, adoptando una actitud de solidaridad y cooperación con todos los que nos rodean, especialmente con los marginados. • Comprender a las diferentes etnias, tratando de hacer entender y respetar sus tradiciones, costumbres, religión, lengua, etc.

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3.- La escuela estará abierta a su entorno y éste será un importante punto de partida para el desarrollo de nuestra actividad escolar. Objetivos: • Concienciar al alumnado para mantener limpio y cuidado el recinto escolar, respetando las instalaciones. • Posibilitar el conocimiento y respeto del entorno. Estudio de la localidad y sus características sociales y culturales. • Reconocer la identidad social, económica y cultural de la población como base de superación y transformación de la realidad social. • Programar salidas del Centro con el fin de mejorar el conocimiento del medio natural y social en el que conviven. 4.- Potenciar una concienciación autonómica propiciada a través de la adquisición de conocimientos geográficos, históricos, socio-culturales, lingüísticos, etc. respetando la comunicación entre los ciudadanos españoles en el entendimiento de las diferentes culturas. Objetivos: • Propiciar la adquisición de conocimientos geográficos, históricos, socio-culturales, lingüísticos, ... etc. para alcanzar la concienciación de la realidad autonómica. • Respetar la comunicación entre los ciudadanos españoles en el entendimiento de las diferentes culturas. 5.- Tener una autonomía "real" con capacidad de decisión, fundamentalmente en temas pedagógicos y organizativos. Objetivos: • Crear una estructura organizativa que anime y posibilite la participación de todo el profesorado. • Potenciar la coordinación y el trabajo en equipo del profesorado con el fin de propiciar la coherencia y complementariedad en sus actuaciones. • Delimitar competencias y repartir responsabilidades educativas y, organizativas entre los diferentes miembros de la comunidad educativa. • Elaborar, modificar y adaptar programas a las necesidades educativas del Centro, a través de la coordinación en ciclos, departamentos, interciclos, ...etc. • El Consejo Escolar deberá tener autonomía real y capacidad de decisión en los temas referentes a la Comunidad Educativa.

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6.- Desarrollar una línea metodológica activa, a través de la cual el alumno/a participe en su propio proceso de aprendizaje, a la vez que fomentamos alumnos con espíritu investigador, creativo, crítico y autónomo. La coordinación y el trabajo en equipo serán dos pilares fundamentales en la tarea educativa. Objetivos: • Establecer un clima de coordinación y trabajo en equipo, por parte del profesorado y alumnado. • Desarrollar hábitos de creatividad e investigación, partiendo de la realidad cotidiana. • Procurar que el alumnado de forma individual y/o colectiva, manipule, observe y descubra nuevos conocimientos. • Permitir que los alumnos se expresen, que busquen la comprensión del entorno y que aprendan a solucionar sus problemas, con la ayuda de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 7.- Respetar unas normas establecidas, elaboradas y asumidas por todos los miembros de la Comunidad Educativa, que generen un espíritu de diálogo y convivencia. Objetivos: • Dar conocer a toda la Comunidad Educativa, el Reglamento de Régimen Interno. • Establecer normas mínimas y comunes, para todo el Centro, sobre hábitos, conducta y convivencia. • Redactar en cada clase un sencillo reglamento de normas y hábitos, con la participación del alumnado. • Potenciar el diálogo entre profesores/alumnos/padres, para tratar de modificar conductas agresivas, disruptivas y/o perturbadoras de la buena marcha escolar. • Conseguir la convivencia adecuada entre alumnado y profesorado, inculcando al alumnado el respeto por la función y el trabajo de los educadores. 8.- El equipo docente establecerá criterios objetivos para la evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos que garantice la coherencia entre los ciclos y las etapas del sistema educativo. Objetivos: • Seguir los criterios de promoción de ciclo y de etapa. (Reflejados en el Proyecto Curricular de Centro) • Valorar las adaptaciones curriculares individuales de los alumnos con necesidades educativas especiales. • Potenciar la coordinación interciclos y etapas, para dar coherencia al proceso educativo.

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Reflexionar sobre los factores que intervienen en el proceso de aprendizaje y adecuarlo a las necesidades de los alumnos/as.

4.- HORARIO DEL CENTRO El horario de nuestro Centro es el que se recoge en la Orden de 28 de agosto de 2007 de la Consellería de Educación que regula el horario de la Educación Primaria. Nuestro Centro tiene concedido un horario especial, en que todos los días, prolongamos en media hora el horario lectivo. De esta manera, las tardes son de hora y media con el fin de acortar el tiempo en que los alumnos que vienen transportados desde otros municipios permanecen fuera de casa.

5.- METODOLOGÍA: 5.1.- EDUCACIÓN INFANTIL El método de trabajo se basará en las experiencias, las actividades y el juego. Se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y el lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en que viven. Se facilitará que niños y niñas elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. Especialmente en el último año se fomentará la aproximación al inglés, a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical. 5.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA A pesar de que todo/a profesor/a tiene un derecho reconocido de libertad de cátedra para escoger metodología y seleccionar contenidos, renunciamos a los planteamientos estrictamente personales en aras de la acción educativa colectiva. Basamos nuestra actuación en los siguientes puntos: • La atención a la diversidad del alumnado. • La atención individualizada. • La prevención de las dificultades de aprendizaje y puesta en marcha de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.

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• Se trabajarán en todas las áreas: la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la comunicación y la información, y la educación en valores. • Para fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma. • Se partirá de los conocimientos previos de los/as alumnos/as. • Se desarrollarán técnicas de trabajo intelectual. • Se fomentará:  El interés hacia el estudio y la cultura.  La iniciativa y la creatividad.  La socialización, para conseguir en clase un clima de paz, tranquilidad y confianza.  El orden y la disciplina ya que entendemos que son necesarios para la vida y el trabajo de nuestros/as alumnos/as.  Una metodología activa basada en la investigación.  El sentido crítico, el diálogo y una actitud tolerante.

6.- EVALUACIÓN: Debe abarcar tanto la actividad de enseñanza como la de aprendizaje y debe de constituir un proceso continuo, sistemático, global y formativo. Por ello el proceso evaluador quedará orientado a: • Seguir la evolución del desarrollo y aprendizaje de los/as alumnos/as. • Tomar las decisiones necesarias para adecuar el diseño y desarrollo de nuestra acción educadora a las necesidades y logros detectados en los/as alumnos/as en sus procesos de aprendizaje. • Tendrá en cuenta el progreso de los/as alumnos/as en el conjunto de las áreas. La evaluación garantiza la efectividad de la acción educadora al permitir el seguimiento de los procesos de enseñanza – aprendizaje. Para que la evaluación sea efectiva son necesarios unos criterios que determinen los aspectos esenciales que hay que evaluar. Estos criterios los estableceremos en nuestro P.C.C para cada Ciclo y Área. Dentro del proceso de evaluación valoraremos tanto la adquisición de conceptos, como el dominio de procedimientos y la evolución de actitudes. También realizaremos una evaluación del proceso de enseñanza. •

La evaluación de conceptos la llevaremos a cabo mediante la observación y valoración de las actividades de aprendizaje que realizan en clase, las actividades que 18


• •

realizan en casa y controles periódicos para determinar el grado de asimilación. La evaluación de procedimientos la llevaremos a cabo mediante la observación a través del análisis de sus trabajos. Tendremos en cuenta: el grado de acierto en la elección de procedimientos para solucionar una tarea, el grado de conocimiento sobre el procedimiento, el grado de automatización del procedimiento, etc. La evaluación de las actitudes la realizaremos mediante la observación, entrevistas, debates, asambleas, etc. En la Evaluación del proceso de enseñanza evaluaremos la organización del aula y el aprovechamiento de los recursos del Centro. También la coordinación entre los diferentes equipos de curso, de ciclo, así como la actitud del profesor.

Así mismo evaluaremos el diseño de la programación, los objetivos programados, la metodología, los criterios de evaluación, las adaptaciones curriculares, el horario, los materiales, etc...

7.- EDUCACIÓN EN VALORES Presiden la vida del centro los valores básicos de una sociedad democrática: respeto, responsabilidad, solidaridad, tolerancia, igualdad… Dentro de los valores personales y sociales cobran especial relevancia el tratamiento de los tradicionalmente llamados temas transversales que, por ser temas muy demandados por la sociedad actual y encontrarse cargados de actitudes, valores y normas, deben impregnar toda la actividad educativa. Así pues, educación del consumidor, educación vial, educación para la salud, educación para la paz, educación ambiental, educación moral y cívica, educación para la igualdad de oportunidades de ambos sexos y educación sexual, son valores que transversalizarán el proceso de enseñanza-aprendizaje y se tendrán en cuenta en todas y cada una de nuestras programaciones didácticas, ya que aunque no están organizados en áreas, están inmersos en el quehacer cotidiano. Éstos quedan recogidos en la Orden del 20 de diciembre del 94 por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de la educación en valores en las actividades educativas en los centros docentes. Así, a continuación se abordan cada uno de ellos: •

EDUCACIÓN DEL CONSUMIDOR: se dirige a desarrollar en el alumno capacidades relativas a la comprensión de su condición de consumidor, de sus derechos y deberes y del funcionamiento de la propia sociedad de consumo. 19


EDUCACIÓN VIAL: contribuye a promover la autoestima y el cuidado del propio cuerpo desde la responsabilidad de prevenir accidentes, tanto propios como ajenos.

EDUCACIÓN PARA LA SALUD: se plantea como todas aquellas actuaciones encaminadas a favorecer en las personas un bienestar físico, psíquico y social.

EDUCACIÓN PARA LA PAZ: se centra en los valores de solidaridad, tolerancia, respeto a la diversidad y capacidad de diálogo y de participación social.

EDUCACIÓN AMBIENTAL: se encamina a que el alumno desarrolle ciertas actitudes relacionadas con la valoración y el interés por el medio ambiente y la participación activa en su conservación.

EDUCACIÓN MORAL Y CÍVICA: promueve el juicio o postura ética, conscientemente asumida y acorde con unos valores democráticos, solidarios y participativos.

EDUCACIÓN PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: se pretende que las personas, independientemente de su sexo, raza, creencia, condición sexual o procedencia tengan los mismos derechos, deberes y oportunidades.

EDUCACIÓN SEXUAL: se concibe en un sentido amplio, como la información, orientación y educación sobre los aspectos biológicos, afectivos, emocionales y sociales.

Los temas transversales se trabajan a través de diferentes actividades: Día de la Paz, Día del Libro y Día del Medio Ambiente. Participamos en la Red Europea de Escuelas promotoras de salud: los miércoles todos los alumnos almuerzan fruta y se aconseja no comer bollería industrial ni chucherías; también realizamos un programa de salud bucodental. En cuanto a la educación vial participamos en las campañas anuales de la Dirección General de Tráfico. Por último, junto con las familias, se colabora con algunas O.N.G.(apadrinamiento y becas de estudio).

8.- PLAN DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA La lengua utilizada habitualmente por las familias de los niños del centro es el castellano y por tanto, es la lengua de escolarización y de iniciación a la lectoescritura. Nuestro plan está adecuado a la situación sociolingüística del entorno, teniendo en cuenta las prescripciones de la normativa vigente: que todos los alumnos de la Comunidad Valenciana, deben de dominar por igual las dos lenguas oficiales: 20


1.- Desarrollo pleno de la Lengua Castellana en sus vertientes oral y escrita con iniciación al conocimiento de las estructuras gramaticales y de contacto directo con la literatura. 2.- Dominio funcional de la Lengua Valenciana estableciendo como objetivo que el alumnado al final de la Educación Primaria consiga: • Comprensión oral total. • Dominio parcial escrito y oral. • Riqueza de vocabulario. • Actitud favorable a su aprendizaje y uso. A continuación se señalan los objetivos garantizar la formación bilingüe del alumnado.

para

8.1.- OBJETIVOS DEL PLAN DE NORMALIZACIÓN • Concretar y regular la aplicación de los objetivos generales del Centro que hacen referencia a la enseñanza del valenciano. • Supervisar los contenidos y su secuenciación en el área de valenciano, así como el tratamiento metodológico. • Velar por la normalización del valenciano en el ámbito administrativo: documentación interna, archivos, comunicaciones, notas informativas, convocatorias, avisos, certificaciones… • Aplicar el uso del valenciano en la gestión pedagógica: Proyecto Educativo de Centro, Proyecto Curricular, programaciones, adaptaciones curriculares, Plan Anual, Memoria Anual, boletines de notas, expedientes del alumno… • Utilizar el valenciano en la rotulación externa e interna del Centro, horarios, tablones de anuncios, comedor, murales…. • Favorecer la normalización lingüística del Centro impulsando la sensibilización y el cambio de actitudes hacia su implantación en el Centro. • Hacer el seguimiento del Plan Anual de Normalización, evaluar sus resultados y fijar conclusiones correctoras de los fallos observados. • Establecer los cauces para la corrección de los textos que se editen en los diferentes ámbitos de intervención, y para la información bibliográfica.

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8.2.- DISEÑO PARTICULAR En la etapa de Educación Infantil, se presenta la lengua a nivel oral: conocimiento del vocabulario de sí mismo así como de su entorno más inmediato. Se utiliza para ello imágenes, juegos, canciones… En la etapa de Educación Primaria se trabaja el valenciano como área curricular. Este aprendizaje se complementa mediante diferentes propuestas: • Intercambio lingüístico con el CRA Baronia Alta • Participación en la revista escolar • Actuaciones teatrales y musicales • Elaboración de carteles y murales • Diversas actividades coordinadas por la asesoría de valenciano • Actividades extraescolares

9.- CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO 9.1.-EQUIPO DIRECTIVO: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS La composición del equipo directivo, sus competencias, el procedimiento para la elección del Director/a, duración de su cargo, así como las condiciones que deben reunir los candidatos/as a la dirección y el posterior nombramiento de los restantes órganos unipersonales, viene regulado en el Título II del Decreto 233/1997, de 2 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria y en el Capitulo del Título V de Ley Orgánica de Educación del 3 de mayo de 2006. En nuestro Centro el equipo directivo está formado por los siguientes órganos unipersonales: • Directora: Dña. Mª Teresa García González • Jefe de estudios: Dña. Isabel Belarte Mañes • Secretario: D. Fernando Aparicio Gil 9.2.ÓRGANOS COLEGIADOS DEL CENTRO 9.2.1.- El Consejo Escolar: El Consejo Escolar del Centro es el órgano de participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa en el gobierno de los centros.

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Su composición, la elección de sus miembros, calendario de reuniones y sus atribuciones es el establecido en el capítulo III del Decreto 233/1997, de 2 de Septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, siempre que no se oponga a los artículos 126 y 127 del Capítulo III del Título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y a las actualizaciones de las instrucciones de inicio de curso. 9.2.2.- Claustro de Profesores/as: El Claustro, órgano propio de participación del profesorado del centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar y decidir sobre los aspectos pedagógicos del centro. El Claustro será presidido por el director o directora, y estará integrado por la totalidad de profesores/as que prestan servicios docentes en el centro. Serán competencias del Claustro las señaladas en el artículo 69 del Decreto 233/1997, de 2 de Septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria y siempre que no contradigo al artículo 128 y 129 del Capítulo III, Título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. 9.3.- CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL ALUMNADO • El horario de las áreas del Currículo para los alumnos/as de Educación Primaria se adecuará a lo dispuesto en la Orden de 28 de Agosto de 2007. • El horario de las áreas fundamentales se procurará que coincida con las primeras sesiones de la mañana. • El horario de Educación Física y Educación Artística, se procurará, siempre que sea posible, que coincida con las últimas sesiones de la tarde. • Se procurará que el horario de las asignaturas fundamentales esté diseminado a lo largo de la semana. • En caso de que el tutor sea un especialista se procurará que inicie las clases en su tutoría. • En Primaria se procurará que en las áreas instrumentales las sesiones no sean de duración inferior a una hora. • El intervalo entre las sesiones de mañana y tarde será, al menos, de dos horas, a ser posible. • El recreo del alumnado tendrá una duración de media hora diaria y se situará en las horas centrales de la jornada lectiva de la mañana.

23


El horario de Educación Física no podrá coincidir con la primera sesión de la tarde.

9.4.- CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS

La asignación de tutorías la realizará el Director, a propuesta del Jefe de Estudios y de acuerdo con los siguientes criterios: • Terminar el Ciclo. • Repetir el Ciclo. • Idoneidad. • Asignar la tutoría al profesor/a que más horas tenga en ese curso. • Que en cada curso entre el menor número de profesores/as. • Si hay acuerdo entre el profesorado respetarlo. • El tutor no llevará al mismo grupo de alumnos más de dos cursos seguidos. • Antigüedad. • Al acabar Ciclo las rotaciones podrían ser las siguientes:

1 Ciclo

2º Ciclo

3º Ciclo

9.5.- CRITERIOS PARA PROMOCIONAR DE CICLO: 9.5.1.•

Consideraciones previas.

El alumnado promocionará al ciclo siguiente siempre que se considere, de acuerdo con los criterios de evaluación de las diferentes áreas, que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. La decisión de la promoción o no promoción debe ser negociada y decidida por todos los profesores/as que dan clase en ese curso, considerándose especialmente importante la opinión e información del maestro tutor, con el asesoramiento en su caso del servicio psicopedagógico escolar. Se escuchará la opinión de la familia. 24


• •

Analizar las dificultades del alumno/a a lo largo de todo el proceso - aprendizaje. La decisión sobre promoción siempre tendrá carácter individual. Situaciones objetivas (resultados académicos) similares necesariamente no obligan a tomar idénticas decisiones, puesto que se considerarán otros factores (madurez, motivación, integración en el grupo). Aunque el alumno no haya alcanzado algunos de los objetivos de las áreas podrá pasar al ciclo o etapa siguiente siempre que esa circunstancia no le impida seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo.

9.5.2.- Criterios de promoción de Ciclo: El alumnado promocionará al ciclo siguiente: • Cuando haya superado todas las áreas y alcanzado el adecuado grado de madurez para pasar de Ciclo. • Si ha conseguido los aprendizajes mínimos imprescindibles para poder incorporarse sin excesivos problemas al curso siguiente, aun con evaluación negativa en alguna de las áreas. • Si ha realizado una parte importante del trabajo personal. Analizar el grupo al que se incorporaría en caso de no promocionar y consecuencias previsibles de dicha incorporación. 9.6.- CONTROL DE APRENDIZAJE DEL ALUMNO/A: NÚMERO DE EVALUACIONES E INFORMACIÓN SOBRE LAS MISMAS 9.6.1.- Educación Infantil. • • • • •

Los tutores/as informan regularmente a los padres/madres, tutores/as sobre el proceso de aprendizaje de sus alumnos/as. En Infantil se dedica una hora semanal a atender a los padres/madres. Es los viernes de 12´30 a 13´30. Con una periodicidad trimestral, se informará por escrito a las familias. Se realizará al menos una reunión general al principio del curso. Al final de todo el Ciclo el profesor – tutor elabora un informe final que comenta con los padres.

9.6.2.- Educación Primaria. •

Los tutores/as informan regularmente a los padres/madres o tutores/as sobre el proceso de aprendizaje de sus alumnos/as. 25


• • • •

Se realizará al menos una reunión general al principio del curso. En Primaria dedicamos una hora semanal para atender a los padres/madres. Es los viernes de 12’30 a 13´30. Con una periodicidad trimestral, se informará por escrito a las familias. La evaluación tiene un carácter continuo y esto requiere métodos de anotación individualizada que nos permite informar de cómo se está desarrollando el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumno/a: contenidos, procedimientos, actitudes,… sin esperar a resultados finales. Por esta razón y aunque sólo hay calificaciones finales al terminar cada uno de los ciclos, nosotros/as con carácter informativo y sin valor académico, al término de 1º, 3º y 5º daremos también un informe sobre el proceso de evaluación que podrá y deberá ser utilizado al curso siguiente para evaluar el final de Ciclo. Cada trimestre, junto con el boletín de notas, se dará a las familias un informe de evaluación que proporcione más información sobre qué cuestiones resuelve, cuáles no hace y qué se puede hacer para solucionarlo.

9.7.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO 9.7.1.- PLANTEAMIENTO DE REFUERZOS Y RECUPERACIÓN El profesorado utilizará en su aula estrategias de atención a la diversidad del alumnado, como son la realización de actividades flexibles (de refuerzo ó de ampliación), actividades abiertas que se adapten al ritmo de trabajo de cada uno, fragmentadas (explicando los pasos, dándoles instrucciones), etc. Como la evaluación es continua el profesorado preparará actividades de recuperación y refuerzo, a lo largo del curso, para el alumnado que necesite mejorar en alguna de las áreas. También se prepararán actividades de ampliación para aquellos alumnos que lo necesiten. El alumnado que tenga algunas dificultades en el aprendizaje recibirá, siempre que sea posible, el apoyo de algún/a profesor/a que en determinadas horas no tenga docencia directa con alumnos/as. Esta atención personalizada se realizará bien dentro del aula o fuera, según las necesidades y características del alumnado. Cuando se detecten alumnos con necesidades educativas especiales, se seguirán los siguientes pasos:

26


-

-

Cambiar la metodología para conseguir que mejore su rendimiento. Solicitar, a través de la Comisión de Coordinación Pedagógica o al psicopedagogo, valoración del alumno/a para detectar si tiene algún tipo de necesidades educativas especiales. Si las tiene, deberá recibir ayuda por parte de la profesora de pedagogía terapéutica o de la maestra de audición y lenguaje. Realizar Adaptaciones Curriculares Individualizadas Significativas o No Significativas.

Respetando el artículo 18.2 de la Orden de 16 de Julio de 2.001, la maestra de Pedagogía Terapéutica atenderá al alumnado con necesidades educativas especiales estableciendo las prioridades en su dedicación horaria que allí se indican. La intervención en Audición y Lenguaje se determinará en función de la patología y de la edad del alumno/a, ya que tendrán atención prioritaria los niños/as de menor edad, según el orden de preferencia establecido en el artículo 19.3.

9.8 - ACTIVIDADES DE ATENCIÓN EDUCATIVA Se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 2438/1994 de 16 de diciembre, en la Orden de 17 de julio de 1997 y en la Resolución de 24 de julio de 1997 de la dirección general de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística (Consellería de Cultura Educación y Ciencia), que desarrolla la Orden anterior, por la cual se regulan las actividades de estudio alternativas a las enseñanzas de religión. El Claustro de Profesores/as a partir de las propuestas presentadas por los equipos de Ciclo ha aprobado los siguientes objetivos generales del área de Habilidades Sociales (Alternativa): • Brindar a los niños instrumentos prácticos para resolver conflictos en el aula. • Dotar a los niños de mecanismos de observación y análisis de situaciones problemáticas. • Dotar a los alumnos de técnicas para aprender a pensar. • Y promover en nuestros alumnos el desarrollo de habilidades de comunicación (escucha activa, expresión de sentimientos y asertividad). Proponemos una metodología activa, participativa, que suscite la reflexión, el diálogo y la comunicación. En cuanto a las actividades, éstas giran alrededor de cuatro ejes transversales: 27


• • • •

Responsabilidad: Desarrollar una actitud responsable, y fomentar la autoestima y las convicciones individuales entre otros aspectos. Tolerancia: Desarrollar una actitud tolerante, la capacidad de ponerse en el lugar del otro, respetar, entender, etc. Solidaridad: Este eje implica juicios de valor y sentimientos. La formación se hace especialmente necesaria por el contacto entre culturas. Convivencia: Las actividades propuestas en este eje se basan en las relaciones interpersonales de los alumnos, la solución de conflictos y el respeto de las normas de convivencia básicas.

9.9 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO Al inicio de cada curso escolar se confeccionan unos horarios para el uso de las diversas dependencias de que dispone el centro. Además se tienen en cuenta las siguientes normas de funcionamiento: 9.9.1 – Biblioteca Habrá un profesor/a del Centro que junto con el equipo directivo participará en la gestión de la biblioteca escolar. Este profesor/a podrá reducir en una hora lectiva su horario individual. Sus función será la de asegurar la organización, mantenimiento y adecuada utilización de la biblioteca. • Orientar a los/as alumnos/as sobre su utilización. • Colaborar en la promoción de la lectura. • Asesorar en la compra de nuevos materiales. • Permanecer en la biblioteca durante una hora (no lectiva) semanal, para que los/as alumnos/as puedan canjear los libros. De cualquier modo el resto de los profesores también se responsabilizan del mantenimiento y correcta utilización de la biblioteca, orientando a los alumnos sobre el uso de la misma, colaborando en la promoción de la lectura y asesorando en la compra de nuevos materiales. En el tablón de anuncios de la Sala de Profesores habrá un horario para que cada profesor/a pueda anotar las horas que utilizará la biblioteca con su grupo de alumnos/as. Será responsabilidad suya que la biblioteca quede en perfecto orden. Los/as alumnos/as podrán llevarse a casa libros de la biblioteca. En este caso el profesor/a que les autorice colocará la tarjeta amarilla que lleva cada libro en el carnet del alumno/a y anotará en la misma los datos del niño/a.

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Si algún/a alumno/a pierde un libro o lo estropea excesivamente deberá reponerlo o abonar su importe. Está prohibido el préstamo a domicilio de enciclopedias y diccionarios. Antes de finalizar cada curso escolar los/as alumnos/as deberán devolver todos los libros y, además, se hará un recuento de cada signatura de la biblioteca. 9.9.2 - Laboratorio. El/la encargado/a del laboratorio será uno de los profesores que se responsabilizará de su mantenimiento e inventario, de su óptimo funcionamiento y de preparar prácticas. Este profesor podrá reducir en una hora lectiva su horario individual. 9.9.3 - Sala de vídeo y aula de informática. Semanalmente se colocará en el tablón de anuncios de la sala de profesores/as un horario para distribuir, según las necesidades de cada profesor/a, el uso de esta sala. Uno de los profesores del centro será el encargado de esta sala, que también se responsabilizará de todos los materiales audiovisuales e informáticos, y de su funcionalidad en el centro. Este profesor podrá reducir hasta dos horas lectivas y complementarias de su horario individual. 9.9.4- Taller. El/la encargado/a del taller será uno de los profesores del centro, que se responsabilizará de su mantenimiento, inventario y óptimo funcionamiento. Este profesor podrá reducir en una hora lectiva su horario individual. 9.9.5- Tutoría de Primaria / Gabinete Psicopedagógico / Departamento de Inglés. El/la encargado/a de este espacio será uno de los profesores del centro, que se responsabilizará de su mantenimiento, inventario y óptimo funcionamiento. Este profesor podrá reducir en una hora lectiva su horario individual. 9.9.6- Dependencias de Educación Física. El/la profesor/a de Educación Física será responsable de estas dependencias. 9.9.7- Patios de recreo. Todo profesorado tomará parte en la vigilancia del patio. 29


Llegada la hora del recreo, el/la profesor/a tutor/a o el/la profesor/a del área correspondiente, hará salir al patio a todos/as los/as alumnos/as, siendo él/la, el/la último/a en salir de clase. Ningún/a alumno/a podrá permanecer en el interior del edificio escolar o en las clases durante el recreo, a no ser que existan razones importantes para ello y en este caso el/la profesor/a que los/as castigue o de permiso será responsable de ellos/as. Los alumnos/as de Educación Infantil, 1º y 2º de Primaria estarán durante el recreo en el patio pequeño. Los/as alumnos/as de 3º, 4º, 5º y 6º de Primaria utilizarán para el recreo el patio grande. Cada uno de estos patios estará vigilado por un profesor/a del Centro, que deberá ser puntual a la hora de salir al patio. Las funciones del coordinador de recreo son: • Recorrer el perímetro del patio de forma que no queden rincones fuera de su vista. • Vigilar los baños para que los alumnos hagan buen uso de ellos (no jueguen dentro, no se encierren, no derramen agua, estiren las cadenas, hagan buen uso del material higiénico,…). • Cuidar de que los alumnos se coman todo el almuerzo, no lo dejen olvidado o lo tiren a las papeleras y de que no tiren los envoltorios al suelo. • Asegurarse de que los alumnos del patio pequeño hayan almorzado antes de entrar al parque infantil, ya que no se puede limpiar bien los restos de bocadillos. • Cuidar de que los alumnos no dejen olvidados objetos personales. • Distribuir las zonas de patio para que no haya conflictos. • Resolver las disputas entre los alumnos. Durante los primeros diez minutos del recreo los alumnos de educación primaria se dedicarán exclusivamente al almuerzo, es decir, no jugará nadie hasta pasado ese tiempo. Todos/as los/as alumnos/as tendrán prohibido saltar las paredes que rodean el patio para ir a recoger las pelotas u otros objetos que se les caigan al exterior. En el supuesto de que necesiten salir a recoger alguna pelota deberán comunicarlo al profesor/a que esté de vigilancia en el patio y que se encargará de recuperarla. Quedan prohibidos los juegos violentos que puedan ser causa de posibles accidentes. Durante el recreo los alumnos del patio grande utilizarán los servicios que hay en los vestuarios de E.F. Hay que cuidar y respetar los árboles y las plantas del patio. Asimismo hay que mantener limpios los patios tirando los papeles a la papelera. 30


Los alumnos no tirarán los restos de bocadillo a la papelera, sino que se los llevarán a su casa. En el patio pequeño no se jugará con la pelota. A la hora del patio, los familiares no acudirán a la reja del colegio. El final del recreo se anunciará mediante un toque de timbre que avisará a los alumnos para formar las filas con la mayor brevedad posible. El coordinador del patio grande avisará a los alumnos para que vayan al baño cinco minutos antes de que finalice el tiempo de recreo. Cuando éste acabe los alumnos irán directamente a las clases y no podrán ya ni beber agua en la fuente del patio, ni usar los aseos del interior del colegio. Será el coordinador del patio pequeño el encargado de tocar la sirena cuando finalice el tiempo de recreo, para que los alumnos de ambos patios formen filas por cursos. Una vez formadas, entrarán en primer lugar los alumnos del patio pequeño. En caso de lluvia, el alumnado que utiliza el patio pequeño (alumnos/as de Infantil, 1º y 2º de Primaria)estará durante el recreo en la zona cubierta del patio grande. El resto de alumnos/as (3º, 4º, 5º y 6º de Primaria) permanecerá en los porches que separan los dos patios. 9.10 - FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN EQUIPO DE LOS PROFESORES PARA CONSEGUIR EL APRENDIZAJE: 9.10.1 - Equipos de curso. Están formados por el profesorado que imparte docencia en un mismo nivel (tutores, especialistas y profesores de apoyo). Los profesores de cada uno de los niveles programan las actividades docentes y buscan los recursos didácticos. Realizan las aportaciones pedagógicas al equipo de Ciclo y adoptan criterios comunes de evaluación. 9.10.2 - Equipos de Ciclo. El profesorado sin tutoría es adscrito a los equipos de Ciclo donde imparten clase. El equipo de profesores/as que imparten docencia en un Ciclo celebrará reuniones con carácter mensual de una hora de duración para coordinar el trabajo docente. Cada uno de los equipos de Ciclo estará dirigido por un coordinador/a que actuará como secretario/a y redactará un acta de cada reunión. Sus funciones serán las siguientes: • Representar al Ciclo. • Planificar y coordinar las reuniones de Ciclo programadas. 31


Informar al Ciclo de los acuerdos tomados en la Comisión de Coordinación Pedagógica. • Y coordinar las actividades complementarias. Las funciones de los equipos de Ciclo serán las siguientes: • Realizar propuestas para elaborar el proyecto curricular. • Organizar y desarrollar las enseñanzas propias del Ciclo educativo, analizar los objetivos conseguidos y proponer medidas de mejora. • Realizar las adaptaciones curriculares significativas para el alumnado con necesidades educativas especiales, tras su evaluación por el Servicio Especializado de Orientación Educativa, Psicopedagógica y Profesional, que debe también participar en su elaboración y redacción. • Realizar propuestas de actividades escolares complementarias y extraescolares. • Velar por la coherencia y continuidad de las acciones educativas a lo largo de la E. Infantil y la E. Primaria, según corresponda. Como en nuestro Centro conviven dos etapas educativas, Infantil y Primaria, creemos que es muy importante realizar reuniones de coordinación entre los profesores que realizan su trabajo en cada una de ellas (reuniones de interciclos). Estas reuniones se llevarán a cabo con una periodicidad trimestral. Los criterios para ser coordinador de ciclo son los siguientes: • Que imparta clase en ese ciclo. • Que esté adscrito a ese ciclo. • Que haya acuerdo entre los maestros que opten a ese cargo. • Que sea tutor en ese ciclo. 9.10.3 - Comisión de Coordinación Pedagógica. La Comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por el director, que será su presidente, el jefe de estudios, los coordinadores/as de Ciclo, el profesor de EE y el psicopedagogo. Actuará como secretario/a la persona de menor edad. Esta Comisión celebrará reuniones con carácter mensual de una hora de duración. 9.10.4 - Comisiones encargadas de organizar las diferentes actividades complementarias. Para organizar las diferentes actividades complementarias, funcionarán unas Comisiones formadas por tres o cuatro profesores/as que serán los encargados de 32


proponer actividades, recoger las sugerencias de los demás componentes del Claustro y posteriormente coordinarlas. 9.10.5 - Sustituciones. •

• •

• •

En caso de ausencia o enfermedad del Director, será sustituido por el Jefe de Estudios. En caso de ausencia o enfermedad del Jefe de Estudios, será sustituida por el Secretario. En caso de ausencia o enfermedad del Secretario, se hará cargo de sus funciones el profesor/a que designe el Director del Centro. Cuando un profesor/a falte al Centro, será sustituido/a por los profesores/as que tengan horas disponibles, sin tener en cuenta las actividades que figuren en el horario personal del profesor/a (biblioteca, audiovisuales, etc.). Únicamente serán tenidas en cuenta las actividades que afecten a la atención directa a los alumnos (alternativas a la Religión u apoyos a alumnos/as con dificultades). Primarán las sustituciones sobre otras funciones del profesorado sin niños/as (biblioteca, coordinación de Ciclo, etc.). Y, por último, cuando se hayan de realizar sustituciones, se tendrán en cuenta a todos/as los/as profesores/as del Centro, incluyendo a los diferentes especialistas.

9.10.6 – Medidas de coordinación entre el Segundo Ciclo de Educación Infantil y el Primer Ciclo de Educación Primaria. Las reuniones interciclos son la mejor manera de continuar coordinándonos entre la etapa de Educación Infantil y el Primer Ciclo de Educación Primaria. Se acuerda utilizar una metodología constructivista, basada en el juego. La pauta Montessori se introducirá en infantil 5 años. Seguir trabajando las competencias de forma interdisciplinar, centradas en el alumno, teniendo siempre en cuenta el entorno en el que viven. Los contenidos de Primer Ciclo de Primaria deben ser una continuidad y ampliación de los contenidos trabajados en la etapa anterior. 9.10.7 – Coordinación entre los PEC del CEIP Historiador Diago y el IES Jérica – Viver. Propiciaremos reuniones para poner en común: - Competencias y contenidos de 6º de Primaria y 1º de ESO.

33


-

Metodología profesores.

de

trabajo,

tanto

en

alumnos

como

en

Proponer que 1º de ESO sea considerado como un curso de adaptación o “curso puente” entre Primaria y Secundaria en el que impartan clase el menor número posible de profesores y la figura del tutor recaiga en el profesor que más horas de clase imparta en ese curso. 9.11 - TRANSPORTE ESCOLAR: Cada día de la semana habrá un profesor encargado del transporte escolar que al mismo tiempo será el encargado de vigilar el patio. El profesor encargado rellenará el registro por la mañana y anotará las posibles incidencias. Los/as alumnos/as que no vayan a utilizar el transporte escolar para regresar a su domicilio deberán notificarlo con antelación y por escrito al profesorado tutor. Deberán utilizar el modelo oficial que les facilita al inicio de curso el/la Secretario/a del Colegio. Si el autobús va a llegar con retraso se le comunicará al director del Centro. Los alumnos acudirán a la parada con puntualidad puesto que el autobús no esperará. Y cuando llegue el autobús al colegio todo el alumnado debe entrar directamente al centro. En el interior del autobús habrá que: • Mantener una actitud respetuosa con el conductor y con el acompañante, colaborando con ellos y siguiendo sus orientaciones. • Sentarse correctamente en los asientos, sin cambiar de sitio durante el viaje ni permanecer de pie en los pasillos. • Mantener un tono de conversación moderado. • Conservar y mantener limpio el autobús. • Y no hay que asomarse por las ventanillas, ni tirar objetos por ellas ni hablar con los peatones. 9.12 - ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS 9.12.1 - Criterios para su selección: Al seleccionar las actividades complementarias tendremos en cuenta que:

34


• • • • • • • •

Complementen el currículum. Se asista a algún concierto didáctico. Se asista todos los años a la representación de una obra teatral, alternando las diferentes lenguas que trabajamos en la escuela. Cada año se visite un paraje natural de la comarca o próximo, con motivo de la realización de una semana cultural. Se pueda conocer y practicar algún deporte de los que habitualmente no se trabaja en las clases de Educación Física. Se establezca relaciones con el alumnado y el profesorado de otros centros en zonas de predominio lingüístico valenciano. Se realice cada año actividades relacionadas con los temas transversales trabajados en clase. Y se participe en las actividades culturales que se organicen en la comarca. 9.12.2 - Organización de las actividades complementarias de un día de duración:

Al organizar estas actividades se procurará, siempre que sea posible, tener en cuenta los siguientes criterios: • Para realizarlas tendría que asistir aproximadamente el 65% o el 70% del alumnado al que va dirigida la actividad. • El alumnado irá acompañado por su tutor y se procurará que además vayan profesores de apoyo, según las necesidades. • Vaya siempre más de un/a profesor/a. • Las actividades sean variadas y se repartan a lo largo del curso. • El profesorado que participe en la actividad será responsable de todo el alumnado. • La participación en estas actividades es tan importante para conseguir los objetivos programados como las que se realizan dentro del aula y por ello debe asistir todo el alumnado. • Y, por último, se pagará al profesorado los gastos extras que ocasione el viaje según la normativa vigente. 9.12.3 - Organización de las actividades complementarias de más de un día de duración: Las organizaremos de acuerdo con los siguientes criterios:

35


• •

• •

El porcentaje de alumnado necesario para realizar la actividad será menor que para las otras actividades. El número de profesores/as que participará en la actividad dependerá del número de alumnos/as que participen, de los/as alumnos/as que se queden en el Centro y también de las características de la actividad que se realice. El profesorado que participe será responsable de todo el alumnado. Si se organizan en un Ciclo, además de los/as tutores/as podrían ir, siempre que fuera posible, algunos/as de los/as profesores/as del Ciclo o del Colegio. Y, por último, se pagará al profesorado los gastos extras que ocasione el viaje según la normativa vigente.

10. MATERIALES CURRICULARES Y RECURSOS DIDÁCTICOS Los libros de texto se adecuan a nuestro P.C.C. Han sido seleccionados después de una revisión de diferentes materiales curriculares y de acuerdo con criterios pedagógicos adecuados a la metodología adoptada conjuntamente. Nuestros materiales curriculares reunirán cinco funciones que consideramos básicas: • Innovadora, que plantee nuevos tipos de interacción sujeto aprendizaje. • Motivadora, que acerque el aprendizaje a la vida cotidiana. • Estructuradora de la realidad, es decir, traduce la realidad con más plasticidad y realismo que la palabra. • Solicitadora u operativa, que potencia la acción instructiva. • Formativa global, que esté vinculada al mundo de valores educativos. 10.1.- CRITERIOS PARA SELECCIONAR MATERIALES CURRICULARES • • • • •

Que se adecuen a los objetivos, contenidos y enfoques metodológicos adaptados. Que faciliten la secuenciación de objetivos. Que encajen en el contexto educativo del centro. Que sea idóneo para ayudar a los alumnos a conseguir los objetivos. Que se corresponda con el Proyecto Curricular de Centro.

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• • • • • •

• • • •

Que se correspondan objetivos y contenidos. Que faciliten las actividades que vamos a desarrollar en el proceso de enseñanza aprendizaje. Que sean coherentes con el modelo didáctico del que partimos. Que sirvan para organizar la realidad e interpretarla. Que atiendan la diversidad de intereses, motivaciones, capacidades y estilos. Analizar las actividades propuestas para comprobar si cumplen con los requisitos del aprendizaje significativo. Además deberán ser: Atractivos a la vista. Que tenga ilustraciones, gráficas Que tenga diferentes tipos de lecturas(castellano) Que tenga cuadernillos de ampliación y refuerzo material complementario.

Para valorar la eficacia tendremos en cuenta: • • • • • •

Su La La La La Su

de

los

recursos

y

didácticos

relación con el medio. adecuación al nivel de los sujetos. adecuación a la programación. correspondencia entre los contenidos y los objetivos. modalidad de uso. rentabilidad.

Durante el mes de junio, en el tablón de anuncios del Centro se expondrán las listas de los libros de texto y otros materiales impresos que se utilizarán el curso siguiente, haciendo constar los títulos, autores y editoriales. Los materiales didácticos curriculares elegidos para un determinado ciclo no podrán sustituirse hasta que los alumnos hayan terminado el ciclo correspondiente.

11.- PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL La actividad tutorial apunta al objetivo de optimizar el rendimiento del proceso de enseñanza aprendizaje, mediante el adecuado asesoramiento al alumnado a lo largo de su vida educativa. El buen desarrollo de la función tutorial asegura que la educación sea verdaderamente integral y personalizada y no quede solo en transmisión de conocimientos.

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Nuestro Plan de legislación vigente.

Acción

Tutorial

se

basa

en

la

11.1.- EDUCACIÓN INFANTIL

CONTENIDOS ACCIÓN TUTORÍAL CON EL ALUMNADO COMO GRUPO CLASE • • • • •

Establecimiento de las condiciones materiales y distribución espacial que responda a los objetivos previstos. Promoción de habilidades sociales necesarias que marquen actitudes de colaboración, respeto y valores de solidaridad. Recoger información sobre el grupo. Creación de un clima de afecto y seguridad emocional y socio - afectiva. Conocimiento de la dinámica de grupo, las relaciones establecidas y sus características.

ACCIÓN TUTORIAL INDIVIDUALMENTE • • • • • •

CON

EL

ALUMNADO

Atender especialmente alumnos/as de nueva admisión. Realizar evaluación inicial. Recabar ayuda al servicio de apoyo cuando el tutor/a lo necesite. Atender reuniones individuales sobre alumnos/as Seguimiento de los logros del alumnado Dejar un informe práctico para seguir al año siguiente.

ACCIÓN TUTORIAL CON LAS FAMILIAS DEL • • • • •

CONSIDERADO

ALUMNADO

Reunión inicial con las familias para el informe inicial Unificar criterios educativos entre casa y escuela Reuniones informativas del rendimiento del alumnado. Pedir colaboración sobre actividades de Proyectos y otras actividades complementarias. Entrevistas individuales con las familias.

38


ACCIÓN TUTORIAL RESPECTO A LA ESCUELA • • • •

Realización de la programación de los Contenidos. objetivos, metodología... Coordinar actividades en el ciclo. Registrar los datos obtenidos y reflejarlos en el expediente. Unificar Criterios educativos con otros ciclos y centro en los diferentes momentos de la vida del alumnado.

11.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA

CONTENIDOS ACCIÓN TUTORÍAL CON EL ALUMNADO COMO GRUPO CLASE •

Propiciar un clima de confianza.

Conocer la dinámica interna del grupo.

Comentar con el grupo los resultados de las sesiones de evaluación.

Conocer la actitud del grupo ante el trabajo escolar y, en su caso, intentar un cambio positivo.

Recoger sugerencias portavoz de ellas.

Realizar actividades extraescolares al servicio de los intereses del grupo.

ACCIÓN TUTORIAL INDIVIDUALMENTE

del

CON

grupo

EL

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de

alumnos/as

ALUMNADO

y

ser

CONSIDERADO


Atender especialmente alumnos/as de nueva admisión.

Conocer los antecedentes académicos de cada alumno/a.

Conocer la capacidad del alumno/a.

Conocer las dificultades del alumno/a en el aprendizaje para coordinar las acciones correctoras.

Conocer el rendimiento de cada uno/a en comparación con su capacidad.

Conocer y en su caso actuar sobre la actitud del alumno/a ante el trabajo escolar y el centro docente.

Conocer el nivel de integración del alumno/a en el grupo para, si es preciso, ayudar a su integración.

Conocer su personalidad, fuera del centro docente.

carácter,

y

sus

ACCIÓN TUTORIAL CON LAS FAMILIAS DEL •

• • • •

• •

actividades

ALUMNADO

Recoger la información que los padres/madres puedan proporcionar con vistas a un mejor conocimiento del alumno/a mediante la realización de entrevistas bien a petición de ellos/as o del tutor/a. Unificar criterios educativos entre casa y escuela. Pedir colaboración sobre actividades de Proyectos y otras actividades complementarias. Entrevistas individuales con las familias. Fomentar y contribuir al establecimiento de unas relaciones adecuadas con los padres, madres o tutores legales del alumnado, facilitándoles la conexión familia-centro. Implicar a los padres, madres o tutores legales del alumnado en labores de refuerzo al aprendizaje y orientación de sus hijos, tratando al menos que las conozcan y así que no interfieran en la dinámica general del Centro. Informar, asesorar y orientar a los padres, madres o tutores legales en todos aquellos asuntos que afectan a la educación de sus hijos/as. Influir en los padres/madres para propiciar el cambio de ciertos elementos de la vida familiar que condicionen negativamente la conducta y el rendimiento del alumno/a.

ACCIÓN TUTORIAL RESPECTO A LA ESCUELA

40


• •

• •

Coordinar adecuadamente las programaciones con el grupo de alumnos, especialmente para aquellos educandos con necesidades educativas especiales y/o de refuerzo. Coordinar el proceso de evaluación desarrollado por el profesorado de su grupo clase, así como, en general, requerir la información de cada alumno/a que posea el profesorado. Colaborar con la profesora de Educación Especial y la Psicopedagoga en cuestiones de adaptaciones curriculares, intervención psicopedagógica especializada, programas de desarrollo individual, refuerzos o apoyos necesarios por el alumnado y criterios de evaluación y promoción de los alumnos/as. Recoger informaciones, opiniones y propuestas de cada uno de los profesores sobre cualquier tema que afecte al grupo o alumno/a en particular. Establecer lazos de colaboración con el resto de los tutores para decidir y revisar objetivos, preparar actividades y materiales y coordinar el uso de los medios y recursos disponibles.

12-

FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR:

DIVERSOS

La participación de los padres y madres de alumnos/as, del alumnado, del profesorado y Ayuntamientos se efectuará de conformidad con lo previsto en la Ley Órgánica Reguladora del Derecho a la Educación y en la Ley Órgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes: 12.1.- PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS DOCENTES 12.1.1.- La comunidad educativa participará en el gobierno de los centros a través del Consejo Escolar. El profesorado lo hará también a través del Claustro. 12.1.2.- Los padres/madres podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las administraciones educativas regularán el procedimiento para que uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar sea designado por la asociación de padres más representada en el centro. Asimismo, las Administraciones educativas reforzarán la participación del alumnado a través del apoyo a sus representantes en el Consejo Escolar.

41


12.2.PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS 12.2.1.- Se facilitará la participación del profesorado, el alumnado y los/as padres/madres del alumnado, a título individual o a través de sus asociaciones y sus representantes en los Consejos Escolares, en la elección (P.G.A), organización (Comisiones), desarrollo (Comisiones - Claustro de profesores/as) y evaluación (Memoria fin de curso) de las actividades escolares complementarias organizadas por el Centro. 12.2.2.- El Consejo Escolar podrá establecer convenios de colaboración con asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias. (De acuerdo con lo que al efecto dispongan las Administraciones educativas). 12.2.3.- El Colegio permanecerá abierto y a disposición para que en él se puedan realizar actividades extraescolares, dentro de la legalidad vigente.

13.

RELACIONES DEL CENTRO CON EL ENTORNO. (CRITERIOS DE COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES)

El C.P. Historiador Diago es un centro abierto al entorno social. Se colabora asiduamente con las siguientes entidades: Ayuntamiento, Centro de Salud, asistenta social, APA, EPA, etc... También se colaborará con la Comisión de fiestas y cualquier asociación cultural o social. Así mismo tenemos establecidas unas reuniones de coordinación con el I.E.S. Jérica - Viver al que nuestro Centro está adscrito. Todas estas actividades están contempladas en la P.G.A.

14.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL ALUMNADO DEL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

42


El alumnado de tercer Ciclo de Educación Primaria estará representado en el Consejo Escolar del Centro, con voz pero sin voto. En este caso, serán electores y elegibles los/as alumnos/as de dicho Ciclo. La elección deberá realizarse anualmente, en el mes de Septiembre. En nuestro Colegio los/as alumnos/as del tercer Ciclo de Primaria tendrán dos representantes.

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CEIP HISTORIADOR DIAGO

VIVER

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1.- ANÁLISIS DEL ENTORNO.............................................................................7 1.1.- ESTUDIO SOCIO ECONÓMICO DEL ENTORNO COMARCAL Y MUNICIPAL...............................................7 1.1.1.- Estudio socio-económico de la comarca..........7 1.1.2.- Estudio socio-económico del municipio..........9 2.- ANÁLISIS DEL CENTRO..............................................................................10 2.1.- ESPACIOS:........................................10 2.1.1.- Conclusiones:.................................10 2.2.- ANÁLISIS SOCIO-LINGÜÍSTICO DE LOS ALUMNOS/AS.....11 2.2.1.- Nivel de conocimiento del valenciano (alumnos/as)..........................................11 2.2.2.- Lengua de comunicación familiar...............11 2.3.- ANÁLISIS DE LOS NIVELES DE MADURACIÓN Y DESARROLLO. .......................................................13 3.- FINES E INTENCIONES EDUCATIVAS ....................................................13 3.1.- PRINCIPIOS EDUCATIVOS............................13 4.- HORARIO DEL CENTRO.............................................................................17 5.- METODOLOGÍA:..........................................................................................17 5.1.- EDUCACIÓN INFANTIL...............................17 5.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA ..............................17 6.- EVALUACIÓN:..............................................................................................18 7.- EDUCACIÓN EN VALORES.........................................................................19 8.- PLAN DE NORMALIZACIÓN LINGÜÍSTICA...............................................20 8.1.- OBJETIVOS DEL PLAN DE NORMALIZACIÓN..............21 8.2.- DISEÑO PARTICULAR................................22 9.- CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO .....................................22 9.1.-EQUIPO DIRECTIVO: COMPOSICIÓN Y FUNCIONES ESPECÍFICAS ...........................................22

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9.2.ÓRGANOS COLEGIADOS DEL CENTRO......................22 9.2.1.- El Consejo Escolar:...........................22 9.2.2.- Claustro de Profesores/as:....................23 9.3.- CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL HORARIO DEL ALUMNADO...................................23 9.4.- CRITERIOS PARA ASIGNACIÓN DE TUTORÍAS............24 9.5.- CRITERIOS PARA PROMOCIONAR DE CICLO:.............24 9.5.1.- Consideraciones previas......................24 9.5.2.- Criterios de promoción de Ciclo: ............25 9.6.- CONTROL DE APRENDIZAJE DEL ALUMNO/A: NÚMERO DE EVALUACIONES E INFORMACIÓN SOBRE LAS MISMAS............25 9.6.1.- Educación Infantil............................25 9.6.2.- Educación Primaria............................25 9.7.- MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD DEL ALUMNADO. 26 9.7.1.- PLANTEAMIENTO DE REFUERZOS Y RECUPERACIÓN.....26 9.8 - ACTIVIDADES DE ATENCIÓN EDUCATIVA ...............27 9.9 - ORGANIZACIÓN DE LOS ESPACIOS DEL CENTRO..........28 9.9.1 – Biblioteca....................................28 9.9.2 - Laboratorio...................................29 9.9.3 - Sala de vídeo y aula de informática...........29 9.9.4- Taller.........................................29 9.9.5- Tutoría de Primaria / Gabinete Psicopedagógico / Departamento de Inglés................................29 9.9.6- Dependencias de Educación Física...............29 9.9.7- Patios de recreo...............................29 9.10 - FORMAS DE ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EN EQUIPO DE LOS PROFESORES PARA CONSEGUIR EL APRENDIZAJE:..........31 9.10.1 - Equipos de curso. ...........................31 9.10.2 - Equipos de Ciclo.............................31 9.10.3 - Comisión de Coordinación Pedagógica..........32 9.10.4 - Comisiones encargadas de organizar las diferentes actividades complementarias................32 9.10.5 - Sustituciones................................33 9.10.6 – Medidas de coordinación entre el Segundo Ciclo de Educación Infantil y el Primer Ciclo de Educación Primaria..............................................33 9.10.7 – Coordinación entre los PEC del CEIP Historiador Diago y el IES Jérica – Viver.........................33 9.11 - TRANSPORTE ESCOLAR: ............................34 9.12 - ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS.....................34 46


9.12.1 - Criterios para su selección: ................34 9.12.2 - Organización de las actividades complementarias de un día de duración: ...............................35 9.12.3 - Organización de las actividades complementarias de más de un día de duración:.........................35 10. MATERIALES CURRICULARES Y RECURSOS DIDÁCTICOS...............36 10.1.- CRITERIOS PARA SELECCIONAR MATERIALES CURRICULARES .......................................................36 11.- PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL..................................................................37 11.1.- EDUCACIÓN INFANTIL..............................38 11.2.- EDUCACIÓN PRIMARIA..............................39 12- FORMAS DE PARTICIPACIÓN DE LOS DIVERSOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR:............................................................................41 12.1.- PARTICIPACIÓN EN LOS CENTROS DOCENTES...........41 12.2.- PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES ESCOLARES COMPLEMENTARIAS........................................42 13. RELACIONES DEL CENTRO CON EL ENTORNO. (CRITERIOS DE COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES) .......................42 14.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL ALUMNADO DEL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN PRIMARIA ..................42 ...........................................................................................................................45 1.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ..............................................49 2.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS...........................................49 2.1.- Derechos del alumnado............................49 2.2.- Deberes del alumnado.............................50 3.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/ MADRES............................51 3.1.- Derechos de los padres / madres..................51 3.3.- Deberes de los padres / madres...................52

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4.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES....................................53 4.1.- Derechos del profesorado........................53 4.2.- Deberes del profesorado.........................54 5.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Y MEDIDAS CORRECTORAS..........................................................55 5.1.- Tipificación.....................................55 5.2.- Medidas educativas correctoras...................56 5.3.- Aplicación de las medidas educativas correctoras. 56 5.4.- Competencia para aplicar las medidas educativas correctoras............................................56 5.5.- Constancia escrita y registro de las medidas educativas correctoras.................................57 5.6.- Reiteración de conductas contrarias a la convivencia y falta de colaboración de los padres, madres, tutores o tutoras..............................57 5.7.- Prescripción.....................................57 6.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.................................................................................................59 6.1.- Tipificación.............................59 6.2.- Medidas educativas disciplinarias........59 6.3.- Aplicación, procedimientos y plazos..........60 6.3.1.- ACUERDO DE INSTRUCCIÓN DE EXPEDIENTE SEGÚN EL ARTICULO 45 DEL DECRETO 39/2008.......................60 6.3.2.- NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE AL ALUMNO O A SUS REPRESENTANTES LEGALES. .62 6.3.3.- DECLARACIÓN DEL ALUMNO PRESUNTAMENTE INCULPADO EN EXPEDIENTE DISCIPLINARIO..........................63 ..........................................................................................................................63 6.3.4.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN CON SANCIÓN........64 6.3.5.- RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO CON RESULTADO DE SANCIÓN..................................64 6.3.6.- NOTIFICACIÓN Al ALUMNO DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO..................................65 6.4.- Medidas de carácter cautelar.....................67 6.5.- Prescripción.....................................67 48


6.6.- Responsabilidad penal............................67 6.7.- Tabla de plazos..................................67 7.-GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS Y DE LAS MEDIDAS EDUCATIVAS DISCIPLINARIAS.............................................68 8.- REPARACIÓN DE DAÑOS MATERIALES..................................................68 9.- EVALUACIÓN OBJETIVA EN EDUCACIÓN INFANTIL.............................68 10.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ACLARACIONES, REVISIONES Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES EN EDUCACIÓN PRIMARIA............69 11.- APROBACIÓN............................................................................................71 ANEXO I: DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL DIRECTOR PARA LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS.........................72 .....................................................72 ANEXO II: REGISTRO DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (ARTÍCULO 35 DEL DECRETO 39/2008)...............................73 ANEXO III: REGISTRO DE EXPEDIENTES DISCIPLINARIOS POR CONDUCTAS GRAVES (ARTÍCULO 42 DEL DECRETO 39/2008)................77 ANEXO IV: SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES..............80

Este reglamento constituye una norma interna que incluye el conjunto de derechos, deberes y normas por los que se regula la convivencia de todos los miembros de nuestra comunidad educativa.

1.- NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA Aparecen relacionadas en el anexo I, apartado 3.1.3, del Plan de convivencia.

2.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Los derechos y deberes de los alumnos serán los que vienen desarrollados en el Real Decreto 39/2008 sobre Derechos y Deberes de los alumnos y Normas de Convivencia de los Centros. 2.1.- Derechos del alumnado. 1. Los alumnos/as tienen derecho a recibir una formación integral que asegure el pleno desarrollo de la personalidad.

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2. Los alumnos/as tienen derecho a no ser discriminados por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas, morales o religiosas, o cualquier otra circunstancia personal o social. 3. Los alumnos/as tienen derecho a que sus padres o tutores estén informados de sus problemas académicos, personales y disciplinarios. 4. Los alumnos/as tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento escolar sean evaluados y reconocidos con objetividad (Orden 32/2011, artículo 3 y 6). 5. Los alumnos/as tienen derecho a ser informados, al inicio de cada curso, de los criterios de evaluación y de las pruebas a las que serán sometidos (Orden 32/2011, artículo 3). 6. Los alumnos/as tienen derecho a solicitar revisiones y cuantas aclaraciones consideren necesarias acerca de las valoraciones que se realicen sobre su proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones de las actividades académicas y de evaluación tanto parciales como finales de cada curso (Orden 32/2011, artículo 4). 7. Los alumnos/as podrán reclamar las calificaciones obtenidas según lo dispuesto en la Orden 32/2011 de 20 de diciembre en los Capítulos I (Artículos 4 y 5), II (Artículo 6) y III, (Artículo 7). 8. Los alumnos/as tienen derecho a que sea respetada su intimidad, integridad física y dignidad personal, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes. El Centro Docente está obligado a guardar reserva sobre toda aquella información que se disponga a cerca de las circunstancias personales y familiares del alumnado. 9. Los alumnos/as tienen derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, en la actividad escolar y extraescolar. 10. Los alumnos/as tienen derecho a asociarse y reunirse utilizando las instalaciones del centro de acuerdo con las normas y horarios establecidos. La dirección del Centro Docente facilitará la integración de dichas actividades en la vida escolar. 11. Los alumnos/as tienen derecho a ser informados por sus representantes en los órganos de participación y por las asociaciones de alumnos/as sobre cuestiones propias del Centro y al sistema educativo en general. 12. Los alumnos/as al ser menores de edad tienen derecho a ser informados antes de la recogida de sus datos del destino y finalidad de los mismos. 13. Los alumnos/as tienen derecho a la libertad de expresión, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la Comunidad Educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales. 14. Los alumnos/as tienen derecho a recibir las ayudas y apoyos necesarios para compensar diferencias de tipo personal, familiar, económico (solicitud de becas ), social (en caso de infortunio familiar o accidente) y cultural, especialmente, en el caso de presentar necesidades educativas especiales. Estos derechos podrán ser ejercidos, en el caso de nuestro alumnado menor de edad por sus padres, madres tutores o tutoras según dispone el Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell. Cuando no se respete alguno de estos derechos se acudirá al Tutor/a, en su caso al Jefe/a de Estudios y en última instancia a la Dirección. 2.2.- Deberes del alumnado. 1. El estudio constituye un deber fundamental del alumnado.

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2. Los alumnos/as tienen el deber de asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio y formación personal y social. 3. Los alumnos/as deben respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros/as y deben seguir las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje manifestando esfuerzo personal y de superación estudiando y haciendo los deberes diariamente para sacar el máximo rendimiento. 4. Los alumnos/as deben respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa. 5. Constituye un deber del alumnado la no discriminación de ningún miembro de la Comunidad Educativa por razón de nacimiento, raza, sexo, lengua o por cualquier otra circunstancia personal o social. 6. Los alumnos/as deben cumplir las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, así como la seguridad, salud e higiene. 7. Los alumnos/as deben cuidar y utilizar correctamente los bienes, pertenencias y las instalaciones del Centro. 8. Los alumnos/as deben respetar el Proyecto Educativo y el carácter propio del Centro. 9. El alumnado debe mostrar al profesorado el máximo respeto y consideración, igual que al resto de los miembros de la Comunidad Educativa, así como respetar sus pertenencias. 10. Los alumnos deben participar en la vida del Centro.

3.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES/ MADRES 3.1.- Derechos de los padres / madres. 1. A ser respetados, recibir un trato adecuado y ser valorados. 2. A que sus hijos e hijas reciban una educación con la máxima garantía de calidad, conforme, con los fines y derechos establecidos en la Constitución, en el Estatut d' Autonomía de la Comunitat Valenciana y en las Leyes Educativas. 3. A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos e hijas, sin perjuicio de las competencias y responsabilidades que corresponden al profesorado. 4. A conocer los procedimientos, establecidos por el centro educativo para una adecuada colaboración con éste. 5. A estar informados sobre el progreso del aprendizaje, sobre la evolución del alumno o alumna, el rendimiento mostrado en relación con sus capacidades y posibilidades e integración socio-educativa de sus hijos e hijas. Para ello, los tutores comunicarán el horario establecido del que disponen para atenderles. 6. A tener a su disposición, en el Centro, las programaciones didácticas, para así tener constancia de los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y de calificación, y de esta manera poder realizar cuantas consultas estimen oportunas. 7. A recibir información acerca de las normas que regulan la convivencia en el centro. 8. A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las Leyes, a través del Consejo Escolar. 9. A que les sean notificadas las medidas educativas correctoras y disciplinarias en las que puedan verse incursos sus hijos e hijas. 10. A ser informados del proyecto educativo del centro, y del carácter propio del centro. 11. A asistir a las reuniones convocadas por el centro 12. A colaborar cuando el profesor lo requiera para cualquier actividad escolar.

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13. A revisar en el Centro las calificaciones y puntuaciones de los controles. 14. Como representantes legales de nuestros alumnos/as menores de edad, tienen derecho a solicitar revisiones y cuantas aclaraciones consideren necesarias acerca de las valoraciones que se realicen sobre su proceso de aprendizaje, así como sobre las calificaciones de las actividades académicas y de evaluación tanto parciales como finales de cada curso (Orden 32/2011, artículo 4). 15. Como representantes legales de nuestros alumnos/as menores de edad, podrán reclamar las calificaciones obtenidas según lo dispuesto en la Orden 32/2011 de 20 de diciembre en los Capítulos I (Artículos 4 y 5), II (Artículo 6) y III, (Artículo 7). 3.2.-

Derechos

de

las

asociaciones

de

padres

/

madres.

Derecho de asociación de los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos y alumnas. 1. Los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos y alumnas tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo. 2. Las asociaciones de padres, madres, tutores o tutoras de alumnos y alumnas asumirán, entre otras, las siguientes finalidades: a) Asistir a los padres, madres, tutores o tutoras en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. b) Colaborar en las actividades educativas de los centros docentes. c) Promover la participación de los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos y alumnas en la gestión del centro. 3. En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres y madres de alumnos integradas por los padres, madres, tutores o tutoras. 4. Las asociaciones de padres y madres de alumnos y alumnas podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias, a cuyo efecto, los o las titulares de los centros privados concertados o los directores o directoras de los centros docentes públicos facilitarán la integración de dichas actividades en la vida escolar, siempre que no alteren el normal desarrollo de esta. 5. Las Administraciones Educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los padres y madres, así como la formación de federaciones y confederaciones. 6. Reglamentariamente se establecerán, de acuerdo con la Ley, las características específicas de las asociaciones de padres y madres de alumnos y alumnas. 3.3.- Deberes de los padres / madres. 1. Inculcar el valor de la educación en sus hijos e hijas y el del esfuerzo y estudio para la obtención de los mejores rendimientos académicos en el proceso de aprendizaje y la responsabilidad que conlleva. 2. Asumir la responsabilidad que tienen de cumplir con la escolarización de sus hijos e hijas y atender correctamente las necesidades educativas que surjan de la escolarización. 3. Colaborar con el centro educativo. Cuando los padres, madres, tutores o tutoras, por acción u omisión, no colaboren con el centro educativo de sus hijos e hijas, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 41.2 del Decreto 39/2008. 4. Escolarizar a sus hijos o hijas. Los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos y alumnas que, por acción u omisión, no cumplan responsablemente con los deberes que les corresponden respecto a la escolarización de sus hijos o hijas, es decir, que permitan el absentismo, la administración educativa, previo informe de la inspección

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educativa, pondrá en conocimiento de las instituciones públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno y alumna contenidos en el capítulo I del título II del decreto 39/2008 . 5. Estar involucrados en la educación de sus hijos e hijas, a lo largo de todo el proceso educativo. 6. Fomentar el respeto de sus hijos e hijas hacia las normas de convivencia del centro. 7. Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa. 8. Enseñar a sus hijos e hijas a cuidar de los materiales e instalaciones del centro y responder de los desperfectos causados en estos, en los términos del artículo 31.1 del presente Decreto. 9. Velar por la asistencia y puntualidad de sus hijos e hijas en el centro escolar y justificar las faltas por escrito. 10. Proporcionar al centro la información que por su naturaleza sea necesaria conocer por parte del profesorado. 11. Comunicarse con el tutor sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos e hijas y su desarrollo personal, socio-educativo y emocional, así como cooperar en la resolución de conflictos. 12. Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar. 13. Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos e hijas o pupilos y pupilas cursen las enseñanzas obligatorias y asistan regularmente a clase. 14. Hacer cumplir las actividades de refuerzo que se les encomienden para realizar fuera del horario escolar. 15. Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado. 16. Enseñar a sus hijos e hijas a desarrollar una actitud responsable en el uso de las tecnologías de la información y comunicación, vigilar el tipo de información a la que sus hijos e hijas acceden a través de las nuevas tecnologías y medios de comunicación. 17. Respetar el proyecto educativo del centro, así como el carácter propio del centro. 18. Asistir a las reuniones a las que fuese convocado por el centro. 19. Responsabilizarse de que el alumno/a acuda al Centro en condiciones higiénicas y de salud adecuadas: varicela, piojos,… (no permitiéndose la entrada cuando se trate de una enfermedad contagiosa). 20. No criticar despectivamente las acciones del profesor/ora o los criterios del colegio, debiendo manifestar su opinión, caso de ser discrepante, al profesor/ora interesado con ánimo constructivo y con espíritu de diálogo

4.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS PROFESORES 4.1.- Derechos del profesorado. 1. A ser respetados, recibir un trato adecuado y ser valorados por la comunidad educativa. 2. A recibir la colaboración de las familias. 3. A ejercer las competencias que en el ámbito de la convivencia escolar les sean atribuidas por parte de este decreto y el resto de la normativa vigente.

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4. A tener autonomía para tomar las decisiones necesarias para mantener un adecuado clima de convivencia durante las clases y durante las actividades complementarias y extraescolares. 5. A recibir la ayuda y colaboración de la comunidad educativa para mejorar la convivencia en el centro. 6. A participar en la elaboración de las normas de convivencia del centro. 7. A expresar su opinión acerca del clima de convivencia en el centro, así como a realizar propuestas para mejorarlo. 8. A recibir, por parte de la administración, los planes de formación previstos en el artículo 14.2 del presente Decreto, así como la formación permanente en los términos establecidos en el artículo 102 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 9. A tener la consideración de autoridad pública, en el desempeño de la función docente, a los efectos de lo dispuesto en el presente Decreto. 10. A la defensa jurídica y protección de la administración Pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional, como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos, en los términos establecidos en la Ley de Asistencia Jurídica a la Generalitat. 11. A conocer el proyecto educativo del centro, así como su carácter propio. 12. A tener reconocidos todos los derechos laborales de los trabajadores. 13. A asistir a las reuniones del claustro con voz y voto. 14. A presentar propuestas o peticiones según se establezca en el PEC. 15. A convocar las reuniones que considere oportunas y utilizar para ello, bajo su responsabilidad, las instalaciones del centro. 16. A seguro escolar de responsabilidad civil. 4.2.- Deberes del profesorado. 1. Respetar y hacer respetar el proyecto educativo del centro. 2. Cumplir con las obligaciones y competencias establecidas por la normativa sobre la convivencia escolar. 3. Respetar y dar un trato adecuado a los miembros de la comunidad educativa e inculcar este respeto a los alumnos/as. 4. Imponer las medidas correctoras que les corresponda en virtud del presente Decreto 39/2008. 5. Fomentar un clima de convivencia en el aula y durante las actividades complementarias y extraescolares, que permitan el buen desarrollo del proceso de enseñanza- aprendizaje. 6. Informar a los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos y alumnas de las normas de convivencia establecidas en el centro, de los incumplimientos de estas por parte de sus hijos e hijas, así como de las medidas educativas correctoras impuestas. 7. Informar a los alumnos y a las alumnas de las normas de convivencia establecidas en el centro, fomentando su conocimiento y cumplimiento. 8. Establecer en la programación de su docencia aspectos relacionados con la convivencia escolar y con la resolución pacífica de conflictos. 9. Controlar las faltas de asistencia, así como los retrasos de los alumnos y las alumnas. 10. Informar y actuar con diligencia y rapidez ante cualquier incidencia relevante en el ámbito de la convivencia escolar. 11. Formarse en la mejora de la convivencia en los centros docentes y en la solución pacífica de conflictos. 12. Guardar reserva y sigilo profesional sobre toda aquella información de que se disponga acerca de las circunstancias personales y familiares de los alumnos y las

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alumnas, sin perjuicio de la obligación de comunicar a la autoridad competente las circunstancias que puedan implicar el incumplimiento de los deberes y responsabilidades establecidos por la normativa de protección de menores. 13. Informar a la Conselleria competente en materia de educación de las alteraciones de la convivencia en los términos previstos en la Orden de 12 de septiembre de 2007, de la Conselleria de Educación. 14. Fomentar la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje. 15. Velar por el buen uso de las tecnologías de la información y la comunicación, y en particular cumplir y hacer cumplir lo previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y en la Ley de Propiedad Intelectual. 16. Atender a padres, madres, tutores, tutoras, alumnos y alumnas y, en su caso, el ejercicio de la tutoría. 17. Programar el trabajo escolar en colaboración con los demás compañeros de ciclo. 18. Colaborar con la CCP. 19. Cumplir el horario según la PGA. 20. Valorar y reconocer con objetividad la dedicación, el esfuerzo y el rendimiento escolar de sus alumnos. 21. Facilitar una copia de las programaciones didácticas al equipo directivo, para que sean puestas a disposición, en el centro, del alumnado y sus representantes legales. 22. Facilitar las aclaraciones que puedan solicitar, tanto el alumnado como sus representantes legales, respecto al contenido de las programaciones didácticas. 23. Informar al alumnado, al inicio de cada curso, de los criterios de evaluación, de calificación y de las pruebas a que serán sometidos, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza en cada curso o periodo de evaluación.

5.- CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Y MEDIDAS CORRECTORAS. 5.1.- Tipificación Se consideran las siguientes conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo como faltas leves: 1. Las faltas de puntualidad injustificadas. 2. Las faltas de asistencia injustificadas. 3. Los actos que alteren el normal desarrollo de las clases y demás actividades del centro educativo. 4. Los actos de indisciplina. 5. Los actos de incorrección o desconsideración, las injurias y ofensas contra los miembros de la comunidad educativa. 6. El hurto o el deterioro intencionado de inmuebles, materiales, documentación o recursos del centro. 7. El hurto o el deterioro intencionado de los bienes o materiales de los miembros de la comunidad educativa. 8. Las acciones perjudiciales para la integridad y la salud de los miembros de la comunidad educativa. 9. La negativa sistemática a llevar el material necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

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10. La negativa a trasladar la información a la familia o tutores por parte del centro y viceversa. 11. La alteración o manipulación de la documentación facilitada a la familia o tutores por parte del centro. 12. La suplantación de la personalidad de miembros de la comunidad escolar. 13. La utilización inadecuada de las tecnologías de la información y comunicación durante las actividades que se realizan en el centro educativo. 14. El uso de teléfonos móviles, aparatos de sonido y otros aparatos electrónicos durante las actividades que se realizan en el centro educativo. 15. Los actos que dificulten o impidan el derecho y el deber al estudio de sus compañeros y compañeras. 16. La incitación o estímulo a cometer una falta contraria a las normas de convivencia. 17. La negativa al cumplimiento de las medidas correctoras. 18. El uso inadecuado de las infraestructuras y bienes o equipos materiales del centro. 19. La desobediencia en el cumplimiento de las normas del centro. Realizadas en el recinto escolar, durante actividades extraescolares, en el comedor o en el autobús. También fuera del recinto escolar, pero que afecte a un miembro de la comunidad educativa. 5.2.- Medidas educativas correctoras. a) b) c) d)

Amonestación verbal. Comparencia inmediata ante el jefe o jefa de estudios o el director o la directora. Amonestación por escrito. Retirada de teléfonos móviles, aparatos de sonido u otros. Serán devueltos apagados a la familia o tutores. e) Privación de tiempo de recreo por un período máximo de cinco días lectivos. f) Realización de tareas educadoras por el alumno o la alumna en horario no lectivo. (Máximo 5 días lectivos). g) Suspensión de participar en las actividades extraescolares o complementarias programadas durante los 15 días siguientes a la imposición de la medida correctora. h) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (máximo 5 días lectivos). Permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado. El jefe o la jefa de estudios del centro organizará la atención a este alumnado. 5.3.- Aplicación de las medidas educativas correctoras Para la aplicación de las medidas educativas correctoras, no será necesaria la previa instrucción de expediente disciplinario; no obstante, para la imposición de las medidas educativas correctoras de los apartados h) e i) será preceptivo el trámite de audiencia a su familia o tutores en un plazo de diez días hábiles. Las medidas educativas correctoras que se impongan serán inmediatamente ejecutivas. Las medidas correctoras correspondientes a los apartados c), g) y h) previstas en el artículo anterior deberán ser comunicadas formalmente a la familia o tutores de los alumnos o alumnas. 5.4.- Competencia para aplicar las medidas educativas correctoras Corresponde al director o a la directora del centro y a la Comisión de

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Convivencia, en el ámbito de sus competencias, favorecer la convivencia y facilitar la mediación en la resolución de los conflictos. Le corresponde al maestro que se encuentre en ese momento en el aula aplicar las medidas educativas correctoras que considere adecuadas. En los casos correspondientes a los apartados g) y h) estas serán consensuadas entre el maestro implicado, el tutor y el jefe de estudios o, en su defecto el director. 5.5.- Constancia escrita y registro de las medidas educativas correctoras De todas las medidas educativas correctoras que se apliquen deberá quedar constancia escrita en el centro, con excepción de las previstas en las letras a), b), c), d) y e) del apartado 5.2 de este Reglamento, que incluya la descripción de la conducta que la ha motivado, su tipificación y la medida educativa correctora adoptada.

5.6.- Reiteración de conductas contrarias a la convivencia y falta de colaboración de los padres, madres, tutores o tutoras 1. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el alumno o la alumna siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en el centro, además de aplicar las medidas educativas correctoras que correspondan, se dará traslado, previa comunicación a la familia o tutores, a las instituciones públicas que se consideren oportunas, de la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales del alumno o alumna que puedan ser determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas. 2. En aquellas actuaciones y medidas educativas correctoras en las que el centro reclame la implicación directa de la familia o tutores del alumno o alumna y éstos la rechacen, el centro lo pondrá en conocimiento de la administración Educativa, con el fin de que se adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno y de la alumna contenidos (en el título II capítulo I) y el cumplimiento de los deberes recogidos en el Decreto 39/2008. La Administración Educativa, si considera que esta conducta causa grave daño al proceso educativo de su hijo o hija, lo pondrá en conocimiento de las instituciones públicas competentes, previo informe de la inspección educativa.

5.7.- Prescripción. Las conductas contrarias a las normas de convivencia enumeradas en el apartado 5.1 prescribirán en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de comisión. Las medidas educativas correctoras adoptadas por conductas tipificadas en el punto 5.1 prescribirán en el plazo de un mes desde su imposición.

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-

6.- CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO 6.1.- Tipificación. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro las siguientes: 1. Los actos graves de indisciplina y las injurias u ofensas contra miembros de la comunidad educativa que sobrepasen la incorrección o la desconsideración previstas en el artículo 35 del presente Decreto. 2. La agresión física o moral, las amenazas y coacciones y la discriminación grave a cualquier miembro de la comunidad educativa, así como la falta de respeto grave a la integridad y dignidad personal. 3. Las vejaciones y humillaciones a cualquier miembro de la comunidad escolar, particularmente si tienen un componente sexista o xenófobo, así como las que se realicen contra los alumnos o las alumnas más vulnerables por sus características personales, sociales o educativas. 4. El acoso escolar. 5. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente. 6. La falsificación, deterioro o sustracción de documentación académica. 7. Los daños graves causados en los locales, materiales o documentos del centro o en los bienes de los miembros de la comunidad educativa. 8. Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro. 9. Las actuaciones que puedan perjudicar o perjudiquen gravemente la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. 10. La introducción en el centro de objetos peligrosos o sustancias perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. 11. Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro educativo si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio. 12. La incitación o el estímulo a cometer una falta que afecte gravemente a la convivencia en el centro. 13. La negativa reiterada al cumplimiento de las medidas educativas correctoras adoptadas ante conductas contrarias a las normas de convivencia. 14. La negativa al cumplimiento de las medidas disciplinarias adoptadas ante las faltas que afecten gravemente a la convivencia en el centro. 15. El acceso indebido o sin autorización a ficheros y servidores del centro. 16. Actos atentatorios respecto al proyecto educativo, así como al carácter propio del centro. 6.2.- Medidas educativas disciplinarias. 1. Las medidas disciplinarias que pueden imponerse por incurrir en las conductas tipificadas en el artículo anterior, números 8, 13 y 14, son las siguientes: • Realización de tareas educadoras para el alumno o la alumna, en horario no lectivo, por un período superior a cinco días lectivos e igual o inferior a quince días lectivos. • Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias que tenga programadas el centro durante los treinta días siguientes a la imposición de la medida disciplinaria.

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• Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un período comprendido entre seis y quince días lectivos. Durante la impartición de esas clases, y con el fin de evitar la interrupción del proceso formativo del alumnado, éste permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado que le imparte docencia y estará atendido por el maestro de apoyo u otro maestro que no tenga docencia directa con alumnos. En cualquier caso será el jefe o la jefa de estudios del centro quien organizará la atención de este alumnado. La s medidas que se adopten serán consensuadas entre el maestro implicado, el tutor y el jefe de estudios o en su defecto el director/a. 2. Las medidas disciplinarias que pueden imponerse por incurrir en las conductas tipificadas en el artículo anterior, excepto los números 8, 13 y 14 recogidas en el apartado anterior, son las siguientes: • Suspensión del derecho de asistencia al centro educativo durante un período comprendido entre seis y treinta días lectivos. Durante este periodo el alumno realizará los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia. Estos profesores le corregirán los trabajos una vez se vuelva a incorporar al centro. • Cambio de centro educativo. En el caso de aplicar esta medida disciplinaria, al alumnado que se encuentre en edad de escolaridad obligatoria, la administración Educativa le proporcionará una plaza escolar en otro centro docente sostenido con fondos públicos, con garantía de los servicios complementarios que sean necesarios, condición sin la cual no se podrá llevar a cabo dicha medida 6.3.- Aplicación, procedimientos y plazos. 1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro docente sólo podrán ser objeto de medida disciplinaria con la previa instrucción del correspondiente expediente disciplinario. 2. Corresponde al director o directora del centro incoar, por propia iniciativa o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad escolar, los referidos expedientes al alumnado. 3. El acuerdo sobre la iniciación del expediente disciplinario se acordará en el plazo máximo de dos días hábiles del conocimiento de los hechos. 4. Los protocolos a realizar para la instrucción del expediente disciplinario son los siguientes:

6.3.1.- ACUERDO DE INSTRUCCIÓN DE ARTICULO 45 DEL DECRETO 39/2008

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EXPEDIENTE

SEGÚN

EL


La Dirección del Centro ha tenido conocimiento en virtud de la información facilitada por los profesores del colegio que le dan clase, que el alumno _________________ha protagonizado presuntamente los siguientes hechos que a continuación se relacionan, con expresión de la fecha y tipificación de la falta contra determinados apartados de los artículos del Decreto 39/2008. Fecha

Tipificación falta Decreto 39/2008

Hechos

Por todo lo que se ha expuesto y en uso de las competencias atribuidas a esta dirección por el artículo 45.2 del Decreto 39/2008 y del artículo 132f de la Ley 2/2006, LOE, ACUERDO: Primero: Incoar al alumno de este centro que ha continuación se relaciona expediente disciplinario en la tramitación del procedimiento del que habrá que observar las formalidades y garantías exigidas en la legislación vigente. Apellidos y nombre

Curso

Fecha nacimiento

Segundo: Designar instructor del expediente a: _____________________, perteneciente al cuerpo de Maestros, adscrito a _______________________ y desempeñando el cargo ________________________. Tercero: Informar a las partes implicadas de las medidas cautelares adoptadas y que consisten en ___________________________________________________________ Cuarto: Advertir a las partes que la resolución de este expediente deberá producirse en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de recepción de la notificación Quinto: El presente acuerdo será notificado al alumno, o a sus representantes legales si es menor de edad y al instructor del expediente. Viver, _____ de ____________ de 2.01_ La Directora Fdo:______________________ __ He recibido copia El alumno Fdo:_________________

El representante legal Fdo:__________________________.

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6.3.2.- NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE INCOACIÓN DE EXPEDIENTE AL ALUMNO O A SUS REPRESENTANTES LEGALES La Dirección del CEIP Historiador Diago de Viver ha tomado el acuerdo adjunto, por el que se incoa expediente disciplinario al alumno ____________________________________ del que usted es su representante legal. Los hechos imputados son los siguientes:

Las medidas cautelares adoptadas consisten en _____________ Se lo comunicamos para su conocimiento de acuerdo con el artículo 45 del Decreto 39/2008. Así mismo les comunico que de no efectuar alegaciones durante los diez días siguientes a la recepción de esta notificación, sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, esta notificación de iniciación de expediente podrá ser considerada propuesta de resolución. Viver, a___ de ___________ de 201__ La Directora

Fdo: __________________________

He recibido: Viver, a ___ de____________ de 201__ El alumno

Su representante legal.

Fdo: ______________________

Fdo:__________________

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6.3.3.- DECLARACIÓN DEL ALUMNO EXPEDIENTE DISCIPLINARIO

PRESUNTAMENTE INCULPADO EN

El alumno ____________________de___ años de edad y estudiante de __ de Primaria, en presencia de mis padres, citado por el instructor del expediente que se me incoa a este acto de audiencia, comparezco para decir verdad, en relación a los hechos ocurridos en el colegio de Viver los días ________, ________, y sobre los que soy preguntado y conozco.. Pregunta: Respuesta: Pregunta: Respuesta: Pregunta: Respuesta: Pregunta: Respuesta: Pregunta: También, y aunque no se me ha preguntado, expongo delante del instructor que: Como prueba de conformidad con todo lo que se ha escrito arriba sobre mi declaración, y leída ésta por mí, la firmo el ___ de __________ de 201_ El alumno

Fdo:________________ _ Padre / Representante legal

Fdo: ____________________

Instructor

Fdo: _____________________

NOTA: Documentación para incorporar al expediente. (Dar copia si lo solicitan)

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6.3.4.- PROPUESTA DE RESOLUCIÓN CON SANCIÓN Durante las actuaciones que se han practicado en la tramitación del expediente incoado el día ____________, por acuerdo de la Dirección del centro, seguido al alumno _______________por los hechos:

que se le imputaban realizados en las dependencias del Colegio. Visto que los hechos descritos y la participación del alumno _____________________ en ellos ha sido probada fehacientemente. Vistos los artículos 42 y 43 del Decreto 39/2008 y que la actuación del alumno está tipificada en el artículo 42 apartado h del mencionado Decreto. Así mismo en el desarrollo del expediente se ha podido comprobar que en la conducta del alumno pueden considerarse circunstancias agravantes por alterar la vida académica, que pueden incluirse en el artículo 30, punto 2, apartados a y b que consideran circunstancias agravantes.

De acuerdo con estos antecedentes, fundamentos de derecho y consideraciones y como según el Artículo 38 del Decreto 39/2008 es a la Dirección del centro a quien corresponde imponer las medidas educativas correctoras a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente, formulo ante la mencionada Dirección la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Viver, ___ de _____ de 201__ EL instructor del expediente

Fdo: ____________________ Dirección del Centro 6.3.5.RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO CON RESULTADO DE SANCIÓN Examinados los hechos ocurridos el día ___ de _____ de 200_ por los que se abrió expediente disciplinario al alumno _______________________ matriculado en __ 64


curso de Primaria por haber realizado los hechos descritos en la apertura del expediente disciplinario tal como ha estado probado en el procedimiento de instrucción y que son los siguientes: Dado que el hecho probado infringe el artículo 42 apartado h esta infracción es considerada por esta Dirección como falta grave ya que así está tipificada en el mencionado artículo que la considera una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el centro. Considerando de acuerdo con el artículo 30 del Decreto 39/2008 la existencia de las circunstancias agravantes que acto seguido se relacionan: Estas circunstancias agravantes están tipificadas en el punto 3, apartados a y b del artículo 30 del Decreto 39/2008 que consideran circunstancias agravantes. He resuelto 1. Imponer al alumno _______________________ matriculado en ___ º curso de Primaria la siguiente sanción: Por la comisión de falta grave, suspensión del derecho de asistencia al Centro por un periodo de ______________________, sin perjuicio de la realización de determinadas tareas académicas en el domicilio del alumno, bajo la supervisión del profesorado que le imparte docencia. (Artículo 43, punto 3 apartado a Decreto 39/2008). 2. Encomendar a la profesora __________________ la supervisión de las tareas académicas, de acuerdo con el artículo 43.3.a del Decreto 39/2008. 3. Ordenar que de la sanción impuesta por la comisión de las faltas se conserve constancia en el expediente del alumno. 4. Comunicar esta resolución al alumno, a sus representantes legales y al instructor. Viver, ___de _____de 201_ La Dirección Fdo: _____________________ He recibido copia,

Viver, ___de _____de 201_

El alumno

El representante legal

Fdo: _____________________

Fdo: _____________________

Esta Resolución podrá ser revisada en un plazo máximo de cinco días por el Consejo Escolar del centro a instancias de los padres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa por lo que la medida disciplinaria impuesta será inmediatamente ejecutiva.

6.3.6.- NOTIFICACIÓN Al ALUMNO DIRECCIÓN DEL CENTRO

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DE

LA

RESOLUCIÓN

DE

LA


La Direcci贸n del Centro CEIP Historiador Diago de Viver ha adoptado la resoluci贸n adjunta, por la que finaliza el expediente disciplinario que se incoa al alumno ______________________ del que sois su representante legal. Os la trasladamos para vuestro conocimiento.

Viver, __ de _______de 201__ La Direcci贸n

Fdo: ________________________

He recibido copia: Viver,____de ______de 201___ El alumno

Fdo: _________________

El representante legal

Fdo: ____________________

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6.4.- Medidas de carácter cautelar. 1. La dirección del centro, por propia iniciativa o a propuesta del instructor y oída la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar del centro, podrá adoptar la decisión de aplicar medidas provisionales con finalidades cautelares y educativas, que podrán consistir en: a) Suspensión provisional de asistir a determinadas clases. b) Suspensión provisional de asistir a determinadas actividades del centro. c) Suspensión provisional de asistir al centro. 2. Las medidas provisionales podrán establecerse por un periodo máximo de cinco días lectivos. Ante casos muy graves se mantendrá la medida provisional hasta la resolución del procedimiento disciplinario. 3. La dirección del centro podrá revocar o modificar estas medidas provisionales adoptadas. 4 4. Estas medidas se comunicarán a los padres o tutores del alumnado. 5. Cuando se resuelva el procedimiento disciplinario, si la medida provisional y la medida disciplinaria tienen la misma naturaleza, los días que se establecieron como medida provisional, y que el alumno cumplió, se considerarán a cuenta de la medida disciplinaria a cumplir. 6.5.- Prescripción. Las conductas tipificadas en el apartado 6.1 prescribirán en el plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de comisión. Las medidas educativas disciplinarias prescribirán en el plazo de tres meses desde su imposición. 6.6.- Responsabilidad penal. La Dirección del Centro comunicará simultáneamente al Ministerio Fiscal y a la Dirección Territorial competente en materia de educación, cualquier hecho que pueda ser constitutivo de delito o falta penal, sin perjuicio de adoptar las medidas cautelares oportunas. 6.7.- Tabla de plazos PLAZOS PROCEDIMIENTO Dos días hábiles como máximo desde el INICIACIÓN DE EXPEDIENTE conocimiento de los hechos. NOMBRAMIENTO - NOTIFICACIÓN DEL INSTRUCTOR NOTIFICACIÓN AL ALUMNO Se realizarán en un plazo máximo de DECLARACIÓN DEL ALUMNO Y/U OTRAS diez días hábiles. ACTUACIONES. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN En un plazo de diez días. AUDIENCIA A LOS PADRES No puede exceder de un mes desde la RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE incoación del expediente. NOTIFICACIÓN AL ALUMNO DE LA RESOLUCIÓN

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7.-GRADACIÓN DE CORRECTORAS Y DISCIPLINARIAS.

LAS MEDIDAS DE LAS MEDIDAS

EDUCATIVAS EDUCATIVAS

7.1.- Circunstancias atenuantes. Se tendrán en cuenta las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta. Ser la primera vez. Petición de excusas. Falta de intencionalidad. Carácter ocasional del acto en la conducta y comportamiento habitual. La provocación suficiente.

7.2.- Circunstancias agravantes. Se tendrán en cuenta las siguientes: 1. La premeditación. 2. La reiteración. 3. Cualquier conducta discriminatoria. 4. La publicidad. 5. La realización en grupo. 6. Cuando la sustracción, injuria u ofensa se realice contra quien se halle en situación de inferior edad, minusvalía, reciente incorporación al centro o situación de indefensión.

8.- REPARACIÓN DE DAÑOS MATERIALES El alumnado que individual o colectivamente causen de forma intencionada o por negligencia daños a las instalaciones, equipamiento informático (incluido el software) o cualquier material del centro, así como a los bienes de los miembros de la comunidad educativa, quedarán obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del coste económico de su reparación o restablecimiento. El alumnado que sustrajera bienes en el centro deberá restituir los bienes sustraídos, o reparar económicamente el valor de éstos.

9.- EVALUACIÓN OBJETIVA EN EDUCACIÓN INFANTIL (Orden 32/2011 de 20 de diciembre de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, Capítulo II, Artículo 6) 1. Según lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Orden de 24 de junio de 2008, de la Conselleria de Educación, sobre la evaluación en la etapa de Educación Infantil, ésta será global, tendrá carácter continuo y también será formativa. Dentro del carácter formativo de la evaluación, se procurará conocer con objetividad el proceso de aprendizaje de las niñas y de los niños para poder adecuar la enseñanza a su realidad concreta, detectando las dificultades que tienen, averiguando las causas, reorientando la intervención educativa acomodándola a la diversidad de capacidades, ritmos de aprendizaje, intereses, y motivaciones del alumnado.

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2. La información facilitada a las familias al inicio de la escolarización, al inicio del ciclo, en la entrevista de inicio de curso con las familias y en los informes periódicos deberá ser rigurosa y ajustada a la realidad del centro y a los progresos realizados por cada niño o niña. 3. En esta etapa, dado su carácter meramente formativo y no obligatorio, el derecho a la evaluación objetiva se realizará conforme al artículo 4, apartados 1, 2, 3 y 4 de esta orden, no siendo de aplicación todo aquello relativo a los procesos de reclamación.

10.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ACLARACIONES, REVISIONES Y RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES EN EDUCACIÓN PRIMARIA (Orden 32/2011 de 20 de diciembre de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, Capítulo I, Artículos 4 y 5 y Capítulo III, Artículo 7). En todo momento será de aplicación el principio de colaboración y entendimiento entre el profesorado, el alumnado y sus familias. Con carácter general, el plazo para la solicitud de aclaraciones y revisiones será de tres días hábiles a computar desde el día siguiente a la comunicación oficial de la calificación objeto de la reclamación. 1.- Nuestro alumnado y sus padres podrán solicitar cuantas aclaraciones consideren oportunas relacionadas con el proceso de aprendizaje, con las calificaciones o con las decisiones adoptadas como consecuencia del proceso de evaluación. 2.- En caso de que las aclaraciones no sean suficientes para el alumnado o sus representantes legales, podrán solicitar información más precisa mediante solicitud de revisiones respecto a las calificaciones de actividades académicas o de evaluación tanto parciales como finales de cada curso. A estos efectos, será susceptible de solicitud de revisión cualquier instrumento de evaluación utilizado por el profesorado, considerándose como tal todo aquel documento, prueba, ejercicio, trabajo, registro u otra información utilizados por el profesorado para la observación sistemática y el seguimiento del alumnado en cuanto a su proceso de aprendizaje. 3.- El profesorado facilitará, a petición del alumnado o de sus representantes legales, las informaciones de que disponga en los diferentes instrumentos de evaluación utilizados. 4.- En caso de disconformidad ante las mismas el alumnado, o bien sus representantes legales si es menor de edad, podrán reclamar las calificaciones obtenidas y las decisiones de promoción u obtención del título o certificación académica que corresponda, siempre que disponga de razones justificadas para ello. Respecto al apartado anterior, podrán ser objeto de reclamación: a) La presunta aplicación incorrecta de los criterios de evaluación y calificación establecidos en la programación didáctica y/o en la normativa vigente. Estas reclamaciones se podrán efectuar en relación con las calificaciones: • De carácter ordinario, que serán los resultados parciales de la evaluación dados por el equipo docente durante el curso escolar, quedando constancia de ellos en actas u otros documentos de evaluación. • De carácter final, que serán los resultados finales de la evaluación en un curso escolar, de los que se pueden derivar decisiones relativas a la promoción, certificación o titulación, o en una prueba conducente a una 69


titulación, a una certificación o al acceso a unas determinadas enseñanzas no universitarias. b) La presunta inadecuación de uno o varios instrumentos de evaluación a los objetivos y contenidos establecidos en la programación didáctica elaborada por el departamento u órgano correspondiente, en el currículo, o en la normativa vigente al respecto. 5.- La reclamación se deberá realizar por escrito y dirigida a la dirección del centro, que será el órgano encargado de resolverla, siguiendo el modelo que figura en el anexo único de la presente orden, (Anexo IV de nuestro reglamento). En los centros públicos, la presentación de la reclamación podrá efectuarse en la secretaría del centro. Una vez presentada la reclamación, y debidamente fechada y sellada, ésta quedará formalizada en la vía administrativa, considerándose iniciado el procedimiento administrativo correspondiente, en el que el plazo para resolver comenzará a computarse desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en la secretaría del centro docente. 6.- En el plazo máximo de dos días hábiles desde la recepción de la reclamación se constituirá el órgano instructor de la misma, que actuará de forma colegiada para su estudio y la elaboración del informe relativo a los hechos, actuaciones, valoración de la correcta aplicación de los criterios de evaluación y de la adecuación de la prueba, rectificación o ratificación de las decisiones de evaluación adoptadas, y propuesta de medidas correctoras si así procede. A tal fin, la dirección del centro convocará a sus miembros de acuerdo con la composición del órgano que se establece en el apartado siguiente. 7.- El órgano instructor, en el caso de reclamaciones en Educación Primaria, estará compuesto por: a) La jefatura de estudios del centro. b) El tutor o tutora del alumnado cuyos representantes legales hayan reclamado. c) El coordinador o coordinadora del ciclo en que se encuentre matriculado el alumno o alumna. d) Dos maestros o maestras, designados por la dirección del centro, preferentemente con atribución docente en el área objeto de la reclamación. 8.- El órgano instructor dispondrá de dos días hábiles, a partir del día en que hubiese sido convocado por la dirección del centro para el estudio de la reclamación, para elaborar un informe y elevarlo a la dirección del centro. Este será un informe motivado que describa los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, si se han aplicado correctamente los criterios de evaluación y la prueba se adecua a los objetivos y contenidos, y la propuesta de modificación o de ratificación de la calificación obtenida por el alumno o alumna, o bien de la medida correctora acordada para dicha situación. Este órgano instructor, antes de la remisión del informe, podrá recabarla información que estime conveniente del docente u órgano que emitió la calificación. 9.- La dirección del centro dispondrá de dos días hábiles para dictar resolución expresa y notificarla a las personas interesadas, computados desde la recepción del informe emitido por el órgano instructor de la reclamación o transcurrido el plazo para su emisión. Si como consecuencia de la resolución se debiese modificar la decisión de evaluación respecto al alumno o alumna, el titular de la secretaría del centro, o quien tenga atribuidas sus funciones, procederá a la rectificación del acta de evaluación, haciéndolo constar mediante la oportuna diligencia; asimismo, se rectificarán los documentos oficiales de evaluación del alumnado y se incorporará una copia de la resolución a su expediente académico. 70


10.- Los centros docentes conservarán los instrumentos de evaluación de un curso escolar, así como cuantas informaciones relacionadas tengan al respecto, hasta tres meses después de iniciado el curso escolar siguiente. En caso de que se inicie un procedimiento de reclamación, deberá conservar toda la documentación anterior hasta que el procedimiento finalice.

11.- APROBACIÓN El presente Reglamento de Régimen Interior ha sido aprobado por el Consejo Escolar en sesión extraordinaria celebrada el 1 de Diciembre de 2008. El presente Reglamento de Régimen Interior ha sido revisado durante el curso escolar 2011 – 2012 para su adaptación a la Orden Orden 32/2011 de 20 de diciembre de la Consellería de Educación, Formación y Empleo. Las modificaciones realizadas fueron aprobadas por el Consejo Escolar en sesión ordinaria celebrada el 26 de abril de 2012.

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-

ANEXO I: DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL DIRECTOR PARA LA IMPOSICIÓN DE MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS. MEDIDAS EDUCATIVAS CORRECTORAS Amonestación verbal o amonestación por escrito. Comparecencia ante el jefe de estudios o el director. Retirada de teléfonos móviles, aparatos de sonido u otros aparatos electrónicos ajenos al proceso de enseñanza - aprendizaje, utilizados en el centro educativo. Privación del tiempo de recreo por un periodo máximo de cinco días lectivos. Realización de tareas educadoras por el alumno en horario no lectivo. Suspensión del derecho a participar en las actividades extra escolares o complementarias que tenga programadas el centro. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un periodo no superior a cinco días lectivos.

El director /a del centro delegará su competencia de imposición de las medidas educativas correctoras: El profesor/a presente cuando el alumno/a realice la conducta contraria a las normas de convivencia de que se trate. El profesor/a presente cuando el alumno/a realice la conducta contraria a las normas de convivencia de que se trate. El profesor/a presente cuando el alumno/a realice la conducta contraria a las normas de convivencia de que se trate. El profesor/a presente cuando el alumno/a realice la conducta contraria a las normas de convivencia de que se trate. El jefe de estudios a propuesta del profesor o profesora presente cuando el alumno realice la conducta. El Jefe de estudios No es delegable, si bien el jefe de estudios organizará la adecuada atención de este alumnado.

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ANEXO II: REGISTRO DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA (ARTÍCULO 35 DEL DECRETO 39/2008) CENTRO

CÓDIGO

INSPECTOR

LOCALIDAD

Medidas educativas correctoras, ARTÍCULO 36

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OBSERVACIONES


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( si/no)Trámite de audiencias a los alumnos o a sus padres para las medidas h) o i)

i) Número de días de suspensión del derecho a la asistencia a determinadas clases.

h) Número de días de suspensión de actividades extra escolares

g) Número de días de tareas educativas.

f)Número de días de incorporación al aula de convivencia.

e) Número de días de privación de recreo

c) Amonestación por escrito (si/no)

(si / no)Comunicación de la medida a los padres

Tipificación de la conducta (Artículo 35)

Profesor que ejerce la medida educativa correctora de acuerdo con el artículo 38.

Número de registro en el Registro Central del PREVI si corresponde

Fecha del incidente (AA/MM/DD)

APELLIDOS Y NOMBRE DEL ALUMNO

Nª de registro


Artículo 35. Tipificación. Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del centro: a) Las faltas de puntualidad injustificadas. b) Las faltas de asistencia injustificadas. c) Los actos que alteren el normal desarrollo de las actividades del centro educativo, especialmente que alteren el normal desarrollo de las clases. d) Los actos de indisciplina. e) Los actos de incorrección o desconsideración, las injurias y ofensas contra los miembros de la comunidad educativa. f) El hurto o el deterioro intencionado de inmuebles, materiales, documentación o recursos del centro. g) El hurto o el deterioro intencionado de los bienes o materiales de los miembros de la comunidad educativa. h) Las acciones perjudiciales para la integridad y la salud de los miembros de la comunidad educativa. i) La negativa sistemática a llevar el material necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje. j) La negativa a trasladar la información a la familia o tutores por parte del centro y viceversa. k) La alteración o manipulación de la documentación facilitada a la familia o tutores por parte del centro. l) La suplantación de la personalidad de miembros de la comunidad escolar. m) La utilización inadecuada de las tecnologías de la información y comunicación durante las actividades que se realizan en el centro educativo. n) El uso de teléfonos móviles, aparatos de sonido y otros aparatos electrónicos durante las actividades que se realizan en el centro educativo. o) Los actos que dificulten o impidan el derecho y el deber al estudio de sus compañeros y compañeras. p) La incitación o estímulo a cometer una falta contraria a las normas de convivencia. q) La negativa al cumplimiento de las medidas correctoras. r) El uso inadecuado de las infraestructuras y bienes o equipos materiales del centro. s) La desobediencia en el cumplimiento de las normas del centro. Artículo 36. a) Amonestación verbal. b) Comparencia inmediata ante el jefe o jefa de estudios o el director o la directora. c) Amonestación por escrito. d) Retirada de teléfonos móviles, aparatos de sonido u otros. Serán devueltos apagados a la familia o tutores. e) Privación de tiempo de recreo por un período máximo de cinco días lectivos. f) Incorporación al aula de convivencia.

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g) Realización de tareas educadoras por el alumno o la alumna en horario no lectivo. (Máximo 5 días lectivos). h) Suspensión de participar en las actividades extraescolares o complementarias programadas durante los 15 días siguientes a la imposición de la medida correctora. i) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases (máximo 5 días lectivos). Permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado. El jefe o la jefa de estudios del centro organizará la atención a este alumnado.

Para la aplicación de las medidas educativas correctoras, no será necesaria la previa instrucción de expediente disciplinario; no obstante, para la imposición de las medidas educativas correctoras de los apartados h) e i) será preceptivo el trámite de audiencia a su familia o tutores en un plazo de diez días hábiles.

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77 Medidas educativas disciplinarias, ARTÍCULO 43 Responsabilidad penal (art. 44): Comunicación al fiscal y a la Dirección Territorial (si/no)

Cambio de centtro educativo (si/no)

Nº de días de suspensión del derecho de asistencia al centro.

LOCALIDAD

Nº de días de suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases.

Nº de días de cambio de clase.

PREVI

Nº de días de suspensión de las acividades extraescolares.

CÓDIGO

Nº de días con tareas educadoras.

Imposición de medidas provisionales (si/no).

Tipificación de la conducta se gín el artículo 42 del Decreto 39. (2)

Comunicación con la ficha del entorno si corresponde (si/no).

Nº de registro al Registro Central del PREVI, si corresponde.

CENTRO

Fecha de registro en el Registro Central del PREVI, si corresponde(AA/MM/DD).

Comunicación a inspección si corresponde (si/no).

Fecha de apertura del expediente(AA/MM/DD).

Fecha del incidente (AA/MM/DD)

APELLIDOS Y NOMBRE DEL ALUMNO

Nº de registro (1)

ANEXO III: REGISTRO DE EXPEDIENTES DISCIPLINARIOS POR CONDUCTAS GRAVES (ARTÍCULO 42 DEL DECRETO 39/2008) INSPECTOR

OBSERVACIONES


(1) Número de incidente anual.

(2) Indicar la letra del artículo 42 que se le aplica.

Artículo 42. Tipificación. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia: a)

Los actos graves de indisciplina y las injurias u ofensas contra miembros de la comunidad educativa que sobrepasen la incorrección o la desconsideración previstas en el artículo 35 del presente Decreto. b) La agresión física o moral, las amenazas y coacciones y la discriminación grave a cualquier miembro de la comunidad educativa, así como la falta de respeto grave a la integridad y dignidad personal. c) Las vejaciones y humillaciones a cualquier miembro de la comunidad escolar, particularmente si tienen un componente sexista o xenófobo, así como las que se realicen contra los alumnos o las alumnas más vulnerables por sus características personales, sociales o educativas. d) El acoso escolar. e) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente. f) La falsificación, deterioro o sustracción de documentación académica. g) Los daños graves causados en los locales, materiales o documentos del centro o en los bienes de los miembros de la comunidad educativa. h) Los actos injustificados que perturben gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro. i) Las actuaciones que puedan perjudicar o perjudiquen gravemente la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. j) La introducción en el centro de objetos peligrosos o sustancias perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. k) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro educativo si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio. l) La incitación o el estímulo a cometer una falta que afecte gravemente a la convivencia en el centro. m) La negativa reiterada al cumplimiento de las medidas educativas correctoras adoptadas ante conductas contrarias a las normas de convivencia. n) La negativa al cumplimiento de las medidas disciplinarias adoptadas ante las faltas que afecten gravemente a la convivencia en el centro. o) El acceso indebido o sin autorización a ficheros y servidores del centro. p) Actos atentatorios respecto al proyecto educativo, así como al carácter propio del centro. Artículo 43. Medidas educativas disciplinarias. Las medidas disciplinarias que pueden imponerse por incurrir en las conductas tipificadas en el artículo anterior, letras h), m), y n), son las siguientes: • Realización de tareas educadoras para el alumno o la alumna, en horario no lectivo, por un período superior a cinco días lectivos e igual o inferior a quince días lectivos. • Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias que tenga programadas el centro durante los treinta días siguientes a la imposición de la medida disciplinaria. • Cambio de clase por un periodo superior a cinco días lectivos e igual o inferior a quince días lectivos. • Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un período comprendido entre seis y quince días lectivos. Durante la impartición de esas clases, y con el fin de evitar la interrupción del proceso formativo del alumnado, éste permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado que le imparte docencia. En cualquier caso será el jefe o la jefa de estudios del centro quien organizará la atención de este alumnado. Las medidas disciplinarias que pueden imponerse por incurrir en las conductas tipificadas en el artículo anterior, excepto las letras h), m), y n), recogidas en el apartado anterior, son las siguientes:

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• Suspensión del derecho de asistencia al centro educativo durante un período comprendido entre seis y treinta días lectivos. Durante este periodo el alumno realizará los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia. • Cambio de centro educativo.

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PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

ANEXO IV: SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES.

SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES

A

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL ALUMNO

APELLIDOS DNI

NOMBRE POBLACIÓN DE NACIMIENTO

SEXO PROVINCIA

DOMICILIO (CALLE / PLAZA Y NÚMERO) LOCALIDAD

FECHA DE NACIMIENTO NACIONALIDAD C. POSTAL

PROVINCIA

CORREO ELECTRÓNICO

TELÉFONO

DATOS DEL PADRE, MADRE O TUTOR/A LEGAL APELLIDOS

B

NOMBRE

DNI

TELÉFONO

EXPONE

Que habiendo recibido con fecha ______________ de _____________ de 20 ___ comunicación/ notificación /publicación sobre las calificaciones___________________ y estando en desacuerdo con ___________________________________________________________________________

C

SOLICITA

Interponer reclamación por: La presunta aplicación incorrecta de los criterios de evaluación y calificación establecidos en la programación didáctica y/o en la normativa vigente en relación con las calificaciones. De carácter ordinario De carácter final

La presunta inadecuación de uno o varios instrumentos de evaluación a los objetivos y contenidos

establecidos en la programación didáctica elaborada por el departamento u órgano correspondiente, en el currículo, o en la normativa vigente al respecto

D

OBSERVACIONES

REGISTRO DE ENTRADA

FECHA DE ENTRADA EN EL ÓRGANO COMPETENTE

DIRECTOR/A DEL CENTRO / PRESIDENTE/A DEL TRIBUNAL O COMISIÓN DE EVALUACIÓN

555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555555 555555555 55

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PROYECTO EDUCATIVO DE CENTRO

SOLICITUD DE RECLAMACIÓN DE CALIFICACIONES

E

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

555555

F

DECLARACIÓN RESPONSABLE

555555

La persona solicitante declara que los datos contenidos en esta solicitud son ciertos y que es consciente de que la falsedad de los datos declarados puede dar lugar a la anulación de la tramitación de la solicitud. Alumno/a, padre, madre o tutor/a legal

Firma: ___________________________ Fecha: ______________________________ Los datos personales contenidos en este impreso podrán ser incluidos en un fichero para su tratamiento por la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, pudiendo dirigirse a cualquier órgano de la misma para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre de 1999).

5 6666666666666666666666666666666666666666666666666666666666 66DIRECTOR/A DEL CENTRO / PRESIDENTE/A DEL TRIBUNAL O COMISIÓN DE EVALUACIÓN

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