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LA CRIMINALÍSTICA EN FUNCIÓN DEL DESCUBRIMIENTO Y LA VERIFICACIÓN CIENTÍFICA DEL DELITO
(Para profesionales y estudiantes del derecho)
TEMÍSTOCLES LASTENIO BRAVO TUÁREZ
Área de Innovación y Desarrollo, S.L.
Quedan todos los derechos reservados. Esta publicación no puede ser reproducida, distribuida, comunicada públicamente o utilizada, total o parcialmente, sin previa autorización. © del texto: el autor ÁREA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO, S.L. C/ Els Alzamora, 17 - 03802 - ALCOY (ALICANTE) info@3ciencias.com Primera edición: octubre 2017 ISBN: 978-84-947848-2-8 DOI: http://dx.doi.org/10.17993/EcoOrgyCso.2017.27
TEMÍSTOCLES LASTENIO BRAVO TUÁREZ. Doctor en Jurisprudencia, Magister en Gerencia de Proyectos Educativos y Sociales Del Ecuador, Especialista en Consultoría Jurídicolaboral, Magister en Derecho Laboral. Realiza estudios de PhD en la Universidad de la Habana – Cuba. Actualmente Docente en la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (ULEAM) extensión El Carmen (Ecuador).
TEMÍSTOCLES LASTENIO BRAVO TUÁREZ
ÍNDICE INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 11 1.1 Conceptos y fundamentos teóricos. ................................................................................ 13 1.1.1 Objeto de la Criminalística como Ciencia. ....................................................................... 13 1.1.2 Métodos de la Criminalística ........................................................................................... 16 1.1.3 Tareas de la Criminalística. .............................................................................................. 20 1.2 Fundamentos de la Identificación Criminalística. .................................................................. 21 1.2.1 Etapas de la Identificación. .............................................................................................. 24 1.2.2 Significación de la probabilidad en la Identificación Criminalística. ................................ 24 1.2.3 Condiciones para la Identificación Criminalística: ........................................................... 25 1.3 El Diagnóstico Criminalístico. ................................................................................................. 26 1.4 División de la Criminalística para su estudio. ......................................................................... 27 CAPÍTULO II: LA TÉCNICA CRIMINALÍSTICA. ..................................................................................... 29 2.1 La Fotografía y el Video. ........................................................................................................ 30 2.1.1 La Filmación del lugar del suceso. ................................................................................... 31 2.1.2 Métodos que se aplican en la Fotografía. ....................................................................... 31 2.1.3 La Fotografía Signalética. ................................................................................................. 33 2.2 La Trazología. .......................................................................................................................... 34 2.2.1 Importancia de la Trazología en la Criminalística. ........................................................... 35 2.2.2 Cuestiones que resuelven los Peritajes Trazológicos. ..................................................... 36 2.3 La Dermatoscopia. .................................................................................................................. 39 2.3.1 Huellas dérmicas en general. ........................................................................................... 42 2.3.2 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Dermatoscopia. ................................................ 43 2.4 La Documentología. ................................................................................................................ 44 2.4.1 Propiedades de la escritura manuscrita que hacen posible su identificación. ............... 44 2.4.2 Identificación de las firmas. ............................................................................................. 45 2.4.3 Falsificación de Documentos. .......................................................................................... 45 2.5 La Balística Judicial.................................................................................................................. 48 2.5.1 Cuestiones que resuelve el peritaje de Balística Judicial. ............................................... 50 2.6 Identificación de personas por los rasgos exteriores:............................................................ 51 2.6.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Identificación de personas por sus rasgos exteriores. ................................................................................................................................. 51 2.7 Investigaciones físico-químicas. ............................................................................................. 52 2.7.1 Cuestiones que resuelve el peritaje físico-químico. ........................................................ 52 2.8 Toxicología y Drogas. .............................................................................................................. 55 2.8.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Toxicología y Drogas. ........................................ 55 2.9 Biología. .................................................................................................................................. 55 2.9.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje Biológico. ................................................................ 56 2.10 Averías, Explosiones e Incendios (AVEXI). ............................................................................ 58 2.10.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Averías, Explosiones e Incendios. ................... 58 2.11 Aplicaciones Químicas Operativas. ...................................................................................... 60 2.12 La Técnica Canina. ................................................................................................................ 60 2.12.1 Cuestiones que resuelve la técnica canina. ................................................................... 61 2.13 La Odorología. ...................................................................................................................... 61
2.13.1 Cuestiones que resuelve la Odorología. ........................................................................ 61 2.14 Importancia del Progreso Científico Técnico en la Criminalística. ................................... 62 CAPÍTULO 3: LA TÁCTICA Y LA METODOLOGÍA CRIMINALÍSTICAS................................................. 65 3.1 La Inspección del lugar del suceso. ........................................................................................ 66 3.1.1 Etapas de la Inspección: ................................................................................................... 67 3.1.2 Inspección Primaria Exterior del Cadáver. Formas de realizarla. .................................. 69 3.1.3 Inspección de los Documentos. ....................................................................................... 70 3.1.4 Inspección a personas. Circunstancias............................................................................ 70 3.1.5 El Instructor y las circunstancias negativas. .................................................................... 70 3.2 El Registro. .............................................................................................................................. 71 3.2.1 Medidas tácticas en la planificación del Registro. ........................................................... 72 3.2.2 Etapas del Registro: ......................................................................................................... 73 3.3 La Detención: .......................................................................................................................... 73 3.3.1 Medidas tácticas a tener en cuenta en la planificación de una detención: .................... 74 3.3.2 Tipos de Detención: ......................................................................................................... 74 3.3.3 Fijación de los resultados de la Detención: ..................................................................... 74 3.4 El Experimento de Instrucción: .............................................................................................. 75 3.4.1 Validez de los Experimentos: ........................................................................................... 76 3.4.2 Condiciones tácticas para la ejecución del Experimento: ............................................... 77 3.4.3 Fijación de los resultados del experimento de instrucción. ............................................ 77 3.5 La Reconstrucción de los hechos............................................................................................ 77 3.6 La Presentación para el Reconocimiento. .............................................................................. 79 3.6.1 Reglas generales: ............................................................................................................. 80 3.6.2 Tipos de Presentación para el Reconocimiento: ............................................................. 80 3.6.3 Métodos de Fijación de esta acción: ............................................................................... 81 3.7 El Interrogatorio. .................................................................................................................... 81 3.7.1 Principios jurídicos que presiden la realización del Interrogatorio. ................................ 82 3.7.2 Preparación previa del Interrogatorio. ............................................................................ 82 3.7.3 Interrogatorio de testigos y víctimas. Reglas generales. ................................................. 83 3.7.4 Interrogatorio de acusados y sospechosos. Su doble importancia. ................................ 84 3.7.5 Tipos de interrogatorio. ................................................................................................... 85 3.7.6 Fijación de los resultados del Interrogatorio. .................................................................. 85 3.8 La Designación del Peritaje o Dictamen Pericial Criminalístico. ............................................ 85 3.9 La Metodología General de la Investigación de los delitos. .................................................. 87 BIBLIOGRAFÍAS ................................................................................................................................. 89
PRÓLOGO En este libro se reconceptualiza la Criminalística, no solo como un conjunto de conocimientos sobre la investigación del delito sino como un sistema de formulaciones y procedimientos que permiten interactuar en la realidad social para cambiarla, transformarla y perfeccionarla. La Criminalística ha sido definida clásicamente como la ciencia del descubrimiento y la verificación científica del delito, definición de por sí muy contemporánea y general, por lo que en la actualidad existen varias vertientes en torno a su conceptualización que son ampliamente expuestas en el primer capítulo de esta obra. Temas como “La Prevención o Profilaxis Criminalística” se aborda como un sistema de métodos, procedimientos y medios técnicos elaborados especialmente para evitar el delito. Por tanto, es considerada como una tarea de la Criminalística que permite la elaboración de una estrategia contentiva de acciones a largo, mediano y corto plazos para la aplicación de medidas profilácticas a través del estudio de los mecanismos de ejecución de un tipo concreto de delitos y de distintos tipos de éstos. Con este libro el autor, profesor de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (ULEAM) Extensión El Carmen en Ecuador, pretende que los docentes y estudiantes universitarios, encuentren la fundamentación teórica de la Criminalística como ciencia, amplíen sus conocimientos sobre el conjunto de medios y métodos científico-técnicos que se utilizan durante la investigación de los delitos a los fines del descubrimiento, fijación, ocupación e investigación de los distintos elementos, indicios, materiales o evidencias físicas halladas en el lugar del suceso o durante la realización de la inspección o de cualquier otra acción de instrucción que conlleve la búsqueda de estos elementos.
El autor
INTRODUCCIÓN El formidable progreso científico experimentado en estos dos últimos siglos, ha conducido, por una parte, el nacimiento de nuevas ciencias y, por otra, el desarrollo de ciencias cuyos orígenes no se remontan más allá del siglo pasado. Con pertinencia insoslayable en este último caso se encuentra la Criminalística, cuya teoría general, sus principales conceptos, objeto de estudio, sus técnicas, tácticas y metodologías son ampliamente reveladas e ilustradas en este trabajo. En consecuencia, se vigoriza la definición contemporánea de la Criminalística como rama del conocimiento humano, como una verdadera ciencia, en cuanto que consta de un conjunto de conocimientos verdaderos o probables, posee su objeto de estudio, su sistema categorial y sus métodos científicos de investigación permiten su autodesarrollo. A partir del análisis de los temas presentados, teniendo en cuenta la experiencia del autor de este material en el trabajo con la enseñanza de esta y otras disciplinas afines en la Educación Suprior, su experiencia práctica como especialista en Consultorías Jurídico-laboral, como asesor jurídico en tribunales, abogado, juez, entre otras funciones, le fue posible la elaboración de este plausible material, el cual puede servir como un valioso documento para estudiantes, docentes y profesionales de la rama.
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CAPÍTULO I. LA CRIMINALÍSTICA COMO CIENCIA 1.1
Conceptos y fundamentos teóricos
Para fundamentar el carácter de la Criminalística como ciencia no podemos obviar su desarrollo histórico ni las necesidades sociales que la determinaron, es decir las tareas que se le han planteado y que han establecido su proceso de integración y diferenciación de las otras ciencias. La Criminalística constituye una variedad del proceso de conocimiento de la realidad objetiva, del proceso dialéctico del reflejo de los objetos, de los fenómenos del mundo material en la conciencia de los hombres sobre la base de la práctica. Ha conformado su objeto, dado a los problemas a que se ha enfrentado y que son el resultado del estudio de las leyes que han determinado su surgimiento en un período determinado y que han permitido precisamente su integración y sistematización y diferenciación de las otras ciencias. La Criminalística no es solo un conjunto de conocimiento sobre la investigación del delito sino un sistema de formulaciones y procedimientos que permiten interactuar en la realidad social para cambiarla, transformarla y perfeccionarla, lo que significa que investigar el delito, aporta los elementos probatorios para que el delito no quede impune y a su vez pronostica y previene las acciones delictivas entre otras tareas. Se puede aseverar que la Criminalística es una ciencia jurídica, ya que investiga hechos ya sean delictivos o accidentales, aporta pruebas dentro de la actividad procesal no solo en la penal, y aunque no se fundamenta en normas jurídicas su actividad de descubrimiento e investigación lleva invita, la solución jurídica para categorizar el hecho, el accidente o asunto investigado. Erich Döhiring, en su obra, “La Prueba, su práctica y apreciación”, señala que... “La ciencia jurídica no es, pues, puramente normativa. No se agota con la deducción, sino que depende en gran medida del manejo del saber experimental y del método inductivo propio de este”.1 1.1.1 Objeto de la Criminalística como Ciencia
El Objeto de la Criminalística como ciencia jurídica es el estudio y conocimiento de las leyes y procesos del surgimiento de las pruebas, su recolección, investigación y utilización, para la lucha contra todo tipo de actividad delictiva, infractora, negligente y antisocial, así como el establecimiento de métodos criminalísticos para esos fines e igualmente de sistemas de recomendaciones para su prevención.2 Dentro del Objeto de la Criminalística se encuentra además el fortalecimiento del orden procesal y el estricto cumplimiento del principio de Legalidad en todas sus partes y por todos los ciudadanos, en especial de los funcionarios que tienen a su cargo la instrucción (investigación) del delito. En la tarea de la prevención, la Criminalística se apoya en los datos estadísticos actuales 1
Fernández Pereira, J. “Teoría General, Técnica, Táctica y Metodología Criminalísticas”. 1ra Parte. Universidad de La Habana. Facultad de Derecho. La Habana. Cuba. 1991. 2 Ibidem.p.29. 13
para establecer los pronósticos criminalísticos, es decir los futuros hechos delictivos que pueden producirse, contribuyendo de esta forma desde el punto de vista social al perfeccionamiento de las medidas de prevención social, ya que los desarrollos sociales futuros deben y pueden ser objeto de un pronóstico que revele todas aquellas situaciones susceptibles de favorecer la actividad delictiva. La Criminalística ha sido definida clásicamente como la ciencia del descubrimiento y la verificación científica del delito, definición de por sí muy general, por lo que en la actualidad existen varias vertientes en torno a su conceptualización: La liderada por diferentes juristas fundamentalmente de Latinoamérica que sitúan a la Criminalística como una parte integrante de la Criminología, denominándola indistintamente como Antropología Jurídica, Betillonaje e incluso Criminología Otros juristas norteamericanos, suizos, ingleses, españoles y latinoamericanos señalan que es la ciencia pura de la “técnica policial” denominándola Policiología, Policía Técnica o Policía Científica. Por su parte médicos forenses españoles también han hecho suyos a la Criminalística situándola como una rama integrante de la Medicina Legal en atención a que ambas ciencias participan en la inspección del cadáver en la solución de determinadas tareas como la identificación del cadáver, la determinación del lugar donde se produjo la muerte, etc. El Dr. Rafael Hernández de la Torre, ha definido a la Criminalística como: “La ciencia que sobre la base de las leyes de las ciencias técnicas y/o naturales y del surgimiento de las pruebas, elabora los medios y métodos técnicos y también los procedimientos tácticos para el descubrimiento, recolección, investigación y valoración de las pruebas que se utilizan en el marco de la Ley Procesal Penal, para el descubrimiento, investigación y prevención de los delitos”.3 Se infiere de esta definición que estamos ante una ciencia del derecho propiamente dicha, ya que no considerarla de esta forma significaría privarla del control jurídico, como expresara el criminalista ruso Vasiliev, no es posible separar los métodos tácticos de realización de las acciones de instrucción y operativas de la aplicación de los medios en el procedimiento penal a seguir en la investigación del delito. La Criminalística como forma de la conciencia social, constituye un sistema históricamente formado de conocimientos ordenados sobre la investigación científica del delito y su prevención, cuya veracidad se comprueba y se puntualiza constantemente en el curso de la práctica social. Muy importante dentro del objeto de la Criminalística es lo relativo al descubrimiento, a la investigación y a la prevención de los delitos. Por descubrimiento se entiende en Criminalística, al reconocimiento por un órgano de instrucción de un hecho, situación o suceso relevante desde el punto de vista jurídico penal, como posible delito, aún sin tener conocimiento de los detalles relativos a la forma en que se cometió, a la culpabilidad, los móviles, las formas de participación, etc.
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Hernández de la Torre, F. Curso de Postgrado. “La Ciencia Criminalística”. Managua. Nicaragua. 1988. 14
Por investigación de un delito, se entiende, “el conjunto de actividades técnico-científicas realizadas por el investigador para saber qué hecho se cometió: dónde, cuándo y cómo se cometió: quién es el autor o cómplice y porqué lo cometió o participó. Es actividad técnica porque utiliza un conjunto de sistemas y de medios de observación, identificación, recolección, conservación, reelaboración y trasmisión de los datos. Tal sistema comprende los instrumentos especiales de observación, medición y análisis. Es actividad científica porque se funda en principios científicos cuya veracidad está reconocida y aceptada. Es, además, una actividad que debe llevarse a cabo conforme a determinadas reglas legales”.4
La investigación y el esclarecimiento de los hechos pueden tener como resultado alternativo las siguientes constataciones:
Que el suceso investigado no constituya delito.
Que se trata de un hecho constitutivo de delito, pero no es imputable el autor.
El hecho es constitutivo de delito, pero faltan los requisitos de procedibilidad que establece la ley adjetiva.
El hecho constituye delito probado. Aquí hay que tener esclarecidas las denominadas “siete llaves de oro de la investigación criminal” ¿A quién o a qué? (Daño material o moral) ¿Cómo? (Modus Operandi) ¿Cuándo? (Lugar) ¿Por qué? (Móvil) ¿Con qué? (Arma, instrumento, acción física) ¿Dónde? (Lugar) ¿Quién o quiénes? (Autor o autores)
Conocidos ya el alcance de los conceptos de descubrimiento e investigación, vamos a señalar que entendemos por Prevención Criminalística, teniendo en cuenta que constituyen tres elementos indivisibles. La Prevención o Profilaxis Criminalística es un sistema de métodos, procedimientos y medios técnicos elaborados especialmente para evitar el delito. Por tanto, es una tarea de la Criminalística que permite la elaboración de una estrategia para la aplicación de medidas profilácticas a través del estudio de los mecanismos de ejecución de un tipo concreto de delitos y de distintos tipos de éstos.
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Ortíz Rodríguez, A. “Investigación e Instrucción en los Decretos 2699 y 2700 de 1991”. Rev. Actualidad Penal. N°1. Universidad de Cali. Facultad de Derecho. Colombia. 1992. 15
Los medios y métodos desarrollados por la Criminalística para la prevención pueden ser subdivididos en: los aplicados al estudiar las causas y condiciones del delito o para su ocultamiento, los utilizados para la obtención de información sobre la realización del delito y los empleados para proteger diferentes lugares u objetos de la acción de los delincuentes. 1.1.2 Métodos de la Criminalística
Para el descubrimiento, investigación y prevención de los delitos, la Criminalística emplea en la investigación cuatro métodos particulares de obtención de conocimiento:
La observación
La medición y descripción
La comparación
El experimento
Explicaremos brevemente cómo se aplican estos métodos en la investigación criminalística: La observación: Es la concentración dirigida de la actividad perceptiva del instructor o el perito, en un objeto del conocimiento escogido; los resultados de esa actividad se insertan en el conocimiento y aporta el material inicial para el planeamiento y elaboración de las versiones criminalísticas, a la vez, en el desarrollo del proceso de trabajo, las versiones aportan también material para la confirmación o refutación de éstas. La medición y descripción: En el proceso de la investigación con frecuencia se presenta la necesidad de establecer las características cuantitativas de los objetos investigados y las relaciones espaciales y temporales entre ellos; este proceso es lo que conocemos como medición. La medición es la comparación con una magnitud del mismo género que tomamos como unidad de medida. En la Criminalística la medición no sólo se efectúa en el peritaje criminalístico por parte de los peritos, sino además para fijar el lugar del suceso durante las acciones de instrucción; la descripción se auxilia de la medición para dejar constancia escrita de la relación de síntomas del objeto, entendido éste como el lugar del suceso o el objeto específico del delito. La descripción es también utilizada durante el peritaje criminalístico y en la realización de las actas de acciones de instrucción. La descripción de lo percibido debe ir de lo general a lo particular, en este método se aplican los dos anteriormente explicados, es decir, la observación y la medición. La comparación: Es la investigación relativamente simultánea y la valoración de las propiedades o síntomas generales presentes en dos o más objetos. Es un método de investigación de factores, cosas y fenómenos muy utilizados tanto en la Identificación Criminalística, así como en la realización de las acciones de instrucción. La comparación permite establecer semejanzas y diferencias entre los objetos investigados y los comparativos, lo cual permite la identidad, es decir permite establecer la identificación de personas y de objetos. El experimento: Es la repetición insinuada de un fenómeno bajo condiciones semejantes, según los clásicos del marxismo, el experimento es un criterio importante de la verdad de un enunciado, 16
y un método para adquirir nuevos conocimientos. El factor empírico del experimento consiste en su papel activo, realmente influyente y transformante y en la observación a él integrada; el factor teórico inherente al experimento consistente en el planteamiento del problema, la tesis para cuya verificación se planea y ejecuta y consiste también en la valoración de sus resultados Además de los métodos anteriormente expuestos la Criminalística ha desarrollado sus propios métodos (especiales) que la caracterizan como ciencia, ellos son: De búsqueda, revelación, fijación y extracción de las huellas (a través de medios desarrollados por la Criminalística como polvos reveladores de huellas, placas dactiloscópicas, etc.). De filmación (tanto para la filmación del lugar del suceso durante el desarrollo de las acciones de instrucción como para revelar en condiciones de laboratorio por el Perito, huellas latentes, falsificaciones de documentos, ilustraciones de peritajes macro y microfotográficos, etc). Trazológicos (para la obtención de objetos experimentales de comparación, de revelación de huellas en estado latente, etc.) De identificación (mediante el peritaje de las huellas dermatoscópicas, los rasgos exteriores de la persona, el olor, la voz, el ADN presente en las secreciones humanas y otros). Específicos de investigación de los distintos tipos de delitos (mediante la metodología criminalística de investigación a seguir en delitos concretos). Propios para la realización de los Peritajes Criminalísticos. Tácticos (para la ejecución y desarrollo de las acciones de instrucción reguladas jurídicamente en la Ley Adjetiva) Además de los métodos anteriormente expuestos la Criminalística utiliza métodos de otras ciencias, como los matemáticos, incluyendo los cibernéticos, los sicológicos, físicos y químicos, antropológicos y antropométricos sobre todo en la realización de los Peritajes Criminalísticas El profesor Gaspar Jorge García Galló plantea que para que una Ciencia sea considerada como tal debe cumplir los siguientes requisitos:
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Que tenga un objeto de estudio.
Que existan datos acumulados a través del saber empírico, que se encuentren sistematizados en las metodologías de análisis elaboradas y que permitan hablar de su conocimiento científico tomado de la práctica y verificado en la práctica socio-histórica.
Que todo ello esté estructurado en un sistema integral que refleje todas las conexiones y las relaciones referidas a los métodos, medios y procedimientos para el estudio de lo que constituye su objeto.5
Hernández de la Torre, R. Ibidem. p.8. 17
Resumiendo, todas las ideas expresadas anteriormente, podemos plantear que la Criminalística ha adquirido carácter de Ciencia porque: Tiene una Teoría General en la que se formulan su objeto, sus tareas, principios y el lugar que ocupa dentro del sistema de las ciencias jurídicas. Elabora sus propios medios y métodos técnicos y sus procedimientos tácticos, sobre la base de la adaptación de forma creadora de los logros de otras ciencias, entre ellas las naturales y las técnicas. Para su aplicación hay que tener en cuenta las normas jurídicas procesales que se establecen en la legislación de cada país, en cuanto a lo relativo a la recolección y valoración de las pruebas y al orden y carácter legal en que se efectúan las acciones de instrucción y demás diligencias necesarias desde el punto de vista jurídico procesal. Los fundamentos para la aplicación de los medios y métodos de trabajo de la Criminalística están contenidos fundamentalmente en la legislación vigente, donde indistintamente se establece la observancia del estricto cumplimiento de la aplicación de los preceptos legales en la instrucción (investigación del delito) durante la fase preparatoria del juicio oral fundamentalmente. Uno de los objetivos centrales de esta ciencia, es el estudio de las formas y procedimientos que se utilizan para la búsqueda, recolección, análisis, interpretación, clasificación y determinación de las huellas y evidencias resultado de la investigación de una acción delictiva, para ello es necesario conocer que las huellas en sentido general son cualquier consecuencia del delito y desde el punto de vista particular una huella va ser el reflejo resultado de la acción recíproca de dos cuerpos (productor y receptor), éstas resultarán positivas o negativas, con determinado valor, según las apreciaciones racionales dadas por el Tribunal sobre la base de su objetividad, valor científico e irrefutabilidad de éstas. Para la Escuela cubana de Criminalística es importante conocer las definiciones prácticas de las siguientes categorías: huella, evidencia y muestra por ser utilizadas comúnmente en el trabajo criminalísticos que se efectúa durante las acciones de instrucción en la fase preparatoria del juicio oral, las cuales definiremos a continuación: Huella: señal, marca, vestigio o cambio material presente en un lugar, persona u objeto, relacionado con un hecho delictivo que se investiga por la criminalística, con vistas a determinar su origen o pertenencia a una persona, a un animal o a un objeto, ejemplos: huellas digitales, palmares, podorales u otras. Huellas de dientes, de calzado, de neumáticos, de instrumentos de fractura, de animales. Huellas del disparo de armas de fuego. Escrituras manuscritas y mecanografiadas, firmas. Máculas de sangre, pelos, fibras textiles, fragmentos de hueso, fragmentos vegetales, tejidos, máculas de saliva, máculas de semen. Restos de picadura, residuos de drogas o sustancias tóxicas. Huellas del disparo en prendas de vestir, en manos, en armas de fuego. Maculaciones de sustancias de aplicaciones químicas operativas. Partículas de suelo, vidrios, metales, plásticos, pinturas. Huellas de frenaje, de impacto, de atropellamiento, Huellas de averías, explosiones e incendios. Huellas olorosas. Evidencia: objeto relacionado con un hecho delictivo, ocupado en el lugar del suceso o durante la realización de una acción de instrucción, que generalmente es portador de huellas y que se remite a los laboratorios Criminalísticos para su investigación, ejemplos: - documento o cualquier objeto que conserve la imagen de letras, cifras o signos. Objetos portadores de huellas dérmicas. 18
Frutas o alimentos con huellas dentales, objetos con huellas trazológicas, Armas de fuego, casquillos, proyectiles. Objetos portadores de huellas biológicas. Objetos portadores de restos de picadura o residuos de drogas o sustancias tóxicas. Prendas de vestir, armas de fuego y otros objetos portadores de huellas químico-físicas Objetos con maculaciones de sustancias de aplicaciones químicas operativas. Objetos portadores de huellas olorosas. Muestra: elementos indubitados que contienen, o permiten obtener con ellos, impresiones para hacer comparaciones en los peritajes identificativos criminalísticos. Ejemplos: modelos digitopalmares con impresiones dérmicas. Modelos comparativos libres o experimentales de escrituras manuscritas y mecanografiadas, firmas, impresiones de cuños, así como muestras de papel o tinta. Disparos experimentales de armas de fuego. Muestras de sangre, saliva, pelo, vegetación, tejido textil. Muestras de suelo, vidrios, metales, plásticos, pinturas, explosivos, combustibles. Impresiones olorosas. En relación con el concepto de prueba existen variadas denominaciones en la doctrina, a los fines de nuestra ciencia debemos entender como prueba todos los elementos que nos brinden información sobre un proceso judicial y que no necesariamente son huellas o evidencias pero que están convencionalmente aceptadas en las diferentes legislaciones. La Criminalística establece la siguiente taxonomía de las pruebas: Las Materiales: Son aquellas huellas, las evidencias, los medios del delito, las lesiones físicas recibidas, las mutilaciones, etc. Las Documentales: Son los escritos de todo tipo, películas, fotos, diapositivas, el informe pericial, etc. Las Testificales: Son las referidas a la declaración de los testigos, de la víctima, del acusado y otras personas vinculadas al hecho. En el análisis valoratorio de las pruebas, la Criminalística parte de la aplicación de la Ley General de la Reflexión, teoría materialista del reflejo que nos indica la interconexión de los fenómenos y procesos en estrecha relación unos de otros; el aislamiento de uno de los elementos para su estudio y examen más detallado, lo logra el instructor en su mente, pero no se puede dejar arrastrar por métodos metafísicos. Debe tener presente en todo momento que el fenómeno que se presente ante él, es el aspecto externo, que lo que se observa es la acción de un delito determinado que puede haber variado por diferentes razones; toda acción humana produce consecuencias determinadas que se van a reflejar en el medio que los rodea, si la acción es transgresoras de las normas legales establecidas dará lugar al hecho delictivo, produciéndose el correspondiente daño material y moral. Además del hecho en sí, la acción en su desarrollo deja rasgos indicativos de su trayectoria, modo o forma en que se desenvolvió, duración, etc., elementos éstos que conforman las denominadas “huellas y evidencias del delito”. La Criminalística cuenta con diferentes fases para la recolección de las huellas y evidencias, estas son:
La Búsqueda: que consiste en la observación, inspección o rastreo que se realiza en el lugar del hecho con el fin de localizar las huellas e indicios materiales en el lugar. 19
La revelación: A través de este método se hacen visibles las huellas que no se observan a simple vista, utilizándose para ello métodos físicos y químicos.
La Fijación: Mediante la misma se deja constancia gráfica del lugar del hecho, a través de actas, planos, croquis, fotografías del lugar.
La Extracción: Utilizando diferentes medios técnicos se extraen las huellas del lugar del hecho, moldes de yeso, placas dactiloscópicas, materiales gomoides, etc.
La Conservación: Es la última fase de recolección de las huellas mediante la cual se embalan las pruebas materiales para que no se deterioren y pueden ser objeto de estudio e investigación posterior.
La Investigación o examen de las pruebas: se refiere al estudio minucioso de las huellas o evidencias con la ayuda de los medios y métodos especiales elaborados por la Técnica Criminalística para tal fin. Como regla esta investigación se realiza por personas competentes que mediante su análisis pueden ofrecer informaciones de indudable valor para la investigación, estas personas con calificación científico técnica adecuada y con experiencia propia del desarrollo de la actividad en esa esfera, durante un determinado período de tiempo, son expertos o peritos.
1.1.3 Tareas de la Criminalística
Como ciencia jurídica la Criminalística desarrolla una serie de tareas en dependencia de su utilización tanto en la investigación del delito, en la aportación de pruebas en procesos civiles como en la prevención de los hechos delictivos, pero en la actualidad sus tareas fundamentales pueden clasificarse en generales y particulares: Generales: El estudio de los medios y métodos aplicados en la comisión del delito. Conociendo el modus operandi del delincuente y los medios para la comisión del delito, la Criminalística puede determinar a los comisores del hecho y aclarar las circunstancias que dieron lugar al delito. Por ejemplo, para el perito determinar el método de falsificación de una firma, debe conocer los distintos tipos de falsificaciones que comete el delincuente. La utilización de los diferentes datos de las ciencias técnicas o naturales para descubrir, investigar y prevenir el delito. La Criminalística aplica métodos de las ciencias técnicas o naturales para estudiar y observar cada hecho delictivo con el fin de conocer los elementos causales y casuales que intervinieron en él y sobre esa base elaborar las medidas y recomendaciones pertinentes para evitar la acción del delincuente.
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Particulares: El desarrollo de nuevos medios y métodos técnicos, así como perfeccionar los ya existentes, además de recomendaciones para la recolección, investigación y utilización de las pruebas en el Proceso Penal. El perfeccionamiento de las bases organizativas, tácticas y metodológicas de la investigación de los delitos en la fase preparatoria del juicio oral. La creación y mejoramiento de medios y métodos para revelar el delito y para su prevención. Dentro de estos últimos se encuentra: Medios y métodos para el establecimiento de las causas y condiciones que propiciaron el delito y los utilizados para la comisión y ocultamiento de este. Aquellos dirigidos a obtener información sobre la preparación de los delitos. Los destinados a proteger diferentes objetos de las acciones delictivas y crear las condiciones necesarias para que surja la información probatoria. Si analizamos el contenido de las tareas generales y específicas de la Criminalística como ciencia vemos que de una u otra forma todas hablan de la prevención, aunque solo la tercera de las tareas específicas hace mención al desarrollo de medios y métodos para la profilaxis del delito, no obstante, todas ellas se desarrollan con esta finalidad, pues una de las formas de prevenir el 6delito es esclarecer los que se cometen, ya que el sentimiento de impunidad que crea el delito no esclarecido estimula la comisión de nuevos delitos.
1.2 Fundamentos de la Identificación Criminalística El problema central de la investigación Criminalística es el establecimiento de la identidad personal, generalmente se trata de la identidad criminal, otras veces de la identidad de la víctima. Como complemento de la identidad personal está el establecimiento de la identidad de los objetos físicos, lo cual a su vez contribuye a la identidad personal. “Sólo la Identificación Criminalística resuelve la tarea de establecer la identidad de un objeto concreto por el método de investigar comparativamente los síntomas identificativos”.6 La Identificación en cualquier rama del conocimiento se realiza mediante la investigación comparativa. Sin embargo, la identificación en la Criminalística se diferencia de la que se realiza en otras ciencias en que sus resultados son utilizados como pruebas en los procesos penales y civiles, ya que generalmente se identifica un objeto ocupado e investigado como prueba en un proceso legal por tanto la esfera de la Identificación Criminalística está determinada como plantean algunos autores.
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Amiéiro Rodríguez E. Curso de Postgrado “Teoría General y Teoría de la Identificación Criminalística”. MES LCC. La Habana.Cuba. 1984. P.23. 21
Fue Alfonso Bertillón (l853-l9l4), el primero en utilizar los principios de la identificación criminalística y establecer algunos de sus fundamentos teóricos, fundando la antropometría y como resultado de ella su hijo predilecto, el Retrato Hablado y la fotografía signalética, creando con ello la posibilidad de establecer de manera rápida, segura y objetiva la personalidad de los delincuentes reincidentes. No obstante, lo anterior, el desarrollo fundamental de la teoría de la Identificación Criminalística se le atribuye al ruso S. M. Potapov quien formuló sus aspectos fundamentales en el artículo “Principios de la Identificación Criminalística” en el primer número de la revista “El Estado y el Derecho Soviético”, del año l940. A partir de este momento la identificación Criminalística tomó carácter de teoría, poseyendo un conjunto de especificidades que la diferencian de la identificación que se realiza en las investigaciones físicas, químicas, médicas, etc. Estas especificidades son las siguientes:
Los objetos de la identificación criminalística son cuerpos individualmente determinados por su existencia espacio-temporal que poseen constitución estable.
La identificación criminalística se realiza por los reflejos estables de las propiedades de los objetos identificados.
La esfera de la identificación no está limitada al peritaje, pues en principio puede ser utilizada en la realización de cualquier acción de instrucción por cualquiera de los participantes en la instrucción.
Como expresamos anteriormente estas especificidades caracterizan únicamente a la identificación criminalística, ya que cualquier otro tipo de identificación utilizada por ejemplo en el proceso penal como puede ser el caso de la identificación en el peritaje médico legal sólo cumple con las dos primeras especificidades citadas. La elaboración científica de la teoría de la identificación criminalística tuvo su expresión más acabada cuando toma como fundamento a los principios de la Filosofía Marxista Leninista que refleja las leyes de la realidad objetiva y loa fenómenos del mundo material, sus relaciones, interdependencias, etc. Esta teoría puede definirse como el sistema de reglas y conceptos relacionados con la demostración de la identidad o ausencia de ella. En el proceso de identificación criminalística se exige que la identificación se realice con un carácter legal procesal, que se cumpla estrictamente la metodología y que las conclusiones que resulten como resultado del proceso de identificación sean veraces, que no admitan ser refutadas. La primera cuestión a considerar en la identificación radica en el siguiente principio construido sobre la base del materialismo dialéctico y que resulta fundamental para la identificación criminalística, el cual consiste en: “Todos los objetos y fenómenos del mundo material son individuales, es decir sólo son idénticos a sí mismos”. Quiere esto decir que un objeto no se repite y que es diferente a cualquier otro objeto, incluyéndose ahí a los que sean semejantes. El proceso de la identificación criminalística se basa ante todo en la especificidad de los objetos. La individualidad del objeto no se basa en una serie de objetos homogéneos, sino por un conjunto de particularidades que son sólo inherentes al objeto dado y que determinan su identidad. Por ejemplo, dos cristales de sal de dimensiones exactamente iguales (esta igualdad es relativa porque depende del grado de exactitud de la medición), tendrán las mismas características cristalinas, las mismas propiedades, color, densidad y reacción química, para los fines prácticos 22
ellos serán absolutamente idénticos, pero ellos probablemente pesaban exactamente el mismo número de iones cristalinos y en consecuencia no son idénticos en el sentido absoluto. Igualmente, dos huellas de instrumentos de fracturas nunca serán completamente idénticas e incluso pueden mostrar una serie de diferencias, aún en el caso en que la misma herramienta sea aplicada dos veces en similares condiciones. Así en el sentido práctico las huellas son idénticas considerando que ambas se relacionan con el mismo agente productor. En esto consiste la cuestión de la identidad práctica contra la identidad absoluta. Esto puede ser ilustrado con un ejemplo de una impresión digital. Si solamente se tiene en cuenta la presencia o ausencia de un tipo determinado de dibujo papilar, digamos a modo de ejemplo, un verticilo, habría muchas impresiones digitales idénticas, si tenemos en cuenta la variedad de verticilo, será menor el número de impresiones idénticas. Si se consideran puntos característicos adicionales, la identidad que puede ser encontrada continúa reduciéndose a números menores y menores y finalmente para todos los propósitos prácticos, puede ser establecido que no hay otras impresiones idénticas que muestren todos los puntos característicos, a menos que sea hecha por el mismo dedo. Todo lo anterior sirve de base para establecer la diferencia existente entre dos cuestiones sumamente importante en el proceso de identificación criminalística: la semejanza y la identidad. Cuando hablamos de semejanza, se trata de la pertenencia del objeto a determinado grupo, género o tipo genérico, es decir la coincidencia de un objeto con otra serie de ellos en un conjunto de características generales como dimensiones, color, aspecto exterior, densidad, etc. Estos síntomas o características generales sólo establecen que el objeto pertenece a determinado grupo, en el cual son comunes esas características. Identidad significa la individualidad del objeto y su diferencia de todos los demás objetos, incluyendo aquellos que son de su propio género, es decir, son semejantes. Al hablar de la identidad de un objeto tenemos en cuenta no que éste no es semejante, parecido al objeto que nos interesa, sino que es el propio objeto que nos interesa. La esencia de la Identificación Criminalística es el establecimiento de la identidad del objeto en base a sus síntomas particulares o individuales, que son inherentes a él y sólo a él, y que se reflejan en otros objetos que sirven de receptores o portadores de tales síntomas particulares o individuales. Es necesario aclarar que la identidad es inherente no sólo a los objetos que durante la identificación criminalística se desea establecer, sino también al reflejo de estos objetos. Así por ejemplo no se puede confundir y hablar de que una huella es idéntica a la otra en sentido absoluto, porque como se había dicho antes, ella sólo es idéntica así misma, sin embargo, en el sentido práctico ellas son idénticas por cuanto fueron producidas por el mismo agente, tal y como se ha explicado antes. Por ello la identidad de los fenómenos del mundo material requiere como premisa fundamental el establecimiento de los síntomas que lo caracterizan y que lo diferencian de otros.
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1.2.1 Etapas de la Identificación
Delimitación de los síntomas de grupo (semejanza). Los síntomas de grupos o generales son los que pueden ser inherentes a determinados grupos de objetos, es decir caracterizan al objeto en su conjunto. Establecimiento de los síntomas individuales (identidad). Los síntomas individuales o particulares son aquellos que pueden encontrarse solamente en algunos pocos ejemplares de este grupo y caracterizan las diferentes partes o elementos del objeto. Propiedades de los objetos que permiten su identificación. La individualidad: como hemos expresado anteriormente “todos los objetos del mundo material son individuales, es decir, son idénticos sólo a sí mismos”. La estabilidad relativa: Es una de las propiedades de la mayoría de los objetos del mundo material que se expresa en la permanencia durante un período de tiempo relativamente largo, de la calidad del objeto, esto significa que aunque el objeto cambie, la estabilidad y la invariabilidad vienen dadas por razones de que el desarrollo, cambio y modificación son un estado absoluto y constante de los objetos pero la modificación de la identidad consiste en la acumulación y variación gradual de cambios cuantitativos imperceptibles, a cambios cualitativos en un período(y valga la redundancia) relativamente largo. La posibilidad de reflejar: es la capacidad de los objetos del mundo material de reflejar sus propiedades sobre otros objetos en forma de conjunto individual de síntomas. El materialismo dialéctico enseña que los fenómenos del mundo materialismo no existen aisladamente, sino en constante relación ininterrumpida entre sí mediante la concatenación universal. 1.2.2 Significación de la probabilidad en la Identificación Criminalística
La positiva identificación descansa simplemente en una probabilidad muy grande. Muchos ejemplos pueden citarse en Criminalística donde la posibilidad juega un papel fundamental: comparaciones de escrituras, identificación de armas de fuego, huellas de instrumentos de fracturas, etc., incluyendo la propia identificación dermopapiloscópica. En todos estos estudios de la evidencia o indicio material, la posibilidad de la identificación es fundamentada en el descubrimiento del elemento desconocido de un número de características que correspondan con las características del elemento conocido. De la existencia de estas características comunes, el que investiga concluye que el conocido y el desconocido tienen un origen común debido a la improbabilidad de la ocurrencia, independientemente de este conjunto de características a través de estos ejemplos el concepto de probabilidad está presente; pero quizás en uno de los que se pone más claramente de manifiesto en el problema dermopapiloscópica. Mediante un ejemplo de este tipo trataremos de reflejar el concepto de probabilidad. Hay una probabilidad definida de que un hombre tenga determinado tipo de dibujo papilar, digamos un verticilo en su dedo pulgar izquierdo. Esta probabilidad depende del promedio de personas que tengan tal verticilo, considerando el número de personas que tengan dedos pulgares izquierdos. Por conveniencia este promedio es siempre reducido a una fracción simplificada. Se puede considerar que la probabilidad es la misma si es derivada de un número grande, pero limitada de personas 24
estudiadas, o de la población entera del mundo. Consideramos que como promedio una persona de cada veinte tiene un verticilo en su pulgar izquierdo. Consideremos también que uno de cada diez tiene un verticilo en el índice derecho, entonces la probabilidad de que un individuo tenga ambos verticilos es de 1/20 veces x 1/10 veces, o sea, 1/200. Para generalizar se puede postular que “la probabilidad de cualquier combinación de características que puede ser encontrada en una persona dada es el producto de las probabilidades de cada una de las características individuales consideradas. Con los métodos ordinarios de clasificación de impresiones digitales, la probabilidad que cualquier persona, además de esa persona en cuestión tenga una clasificación dactilar particular igual, es tan pequeña que es despreciable siendo más pequeña aún la probabilidad de que dos personas tengan iguales características. Ya en 1892 Sir Francis Galton, estimó que la probabilidad de que dos personas tuvieran las mismas impresiones digitales era del orden del 1/ (64.109). Balthazard posteriormente puso esta probabilidad en 1/1060. No es difícil darse cuenta que el resultado de este cociente es un número tan pequeño y tan próximo al valor cero que a los fines prácticos se toma como dicho valor. Por esta razón solamente las impresiones digitales pueden ser aceptadas como una identificación definitiva, considerando el hecho irrefutable de que por más de cien años se han ido incrementando registros dactiloscópicos en muchos países, los cuales cuentan con millones de impresiones sin que hasta el momento se hayan encontrado impresiones iguales pertenecientes a diferentes personas, ni se han descubierto impresiones iguales en diferentes dedos de una misma persona. 1.2.3 Condiciones para la Identificación Criminalística
En la Teoría de la Identificación elaborada por la Criminalística juega un papel importante el establecimiento de las condiciones para la identificación criminalística. En forma sistemática, pueden ser expresadas así: todos los objetos en este proceso se dividen o clasifican en dos categorías fundamentales, los objetos cuya identidad es necesario establecer los cuales se les denomina corrientemente objetos investigados en la práctica pericial, y los objetos identificantes, considerados aquellos con ayuda de los cuales se realizará la investigación. Así, por ejemplo, se realiza la investigación de un hecho de robo donde se empleó una herramienta para tratar de violentar la puerta de entrada, esta herramienta es en el sentido más estricto el objeto investigado, o sea el objeto cuya identidad se quiere establecer, mientras que las huellas extraídas del lugar del suceso cumplen en este caso el rol de objetos identificadores, es decir los objetos con ayuda de los cuales se establecerá la identidad del objeto investigado. Con mucha frecuencia el objeto investigado, o sea el objeto a identificar, llega entre otros parecidos a él y su identidad sólo se determina como resultado de una investigación comparativa. Como objetos identificadores se pueden considerar diferentes materiales de los síntomas de unos u otros objetos. Con frecuencia estas son huellas o imágenes fotográficas. El objeto que percibe este reflejo, imagen o réplica se denomina objeto portador. Entre estas dos categorías de objetos existe una correspondencia biunívoca: el objeto identificador corresponde uno solo a un objeto investigado, a cada objeto investigado corresponde uno o mucho9s objetos identificadores. Así, a la huella papilar encontrada en el lugar del suceso corresponden unas crestas papilares concretas y únicas; a su vez, estas tienen un reflejo en muchas de aquellas. Es conveniente distinguir dentro de los objetos identificadores dos tipos distintos, los que tienen una procedencia conocida que son los denominados modelos de comparación (huellas experimentales, modelo de escritura, etc.)
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y los que tienen procedencia desconocida, que son los denominados objetos a investigar o investigados (huellas encontradas en el lugar del suceso (proyectiles, casquillos, etc.).
1.3 El Diagnóstico Criminalístico En los últimos años han alcanzado una amplia difusión en la práctica criminalística las investigaciones que además del establecimiento o la negación de la identidad, solucionan otras tareas tales como la determinación de la distancia del disparo, la determinación de la marca de un automóvil que participó en un accidente de tránsito y se dio a la fuga, el establecimiento de una borradura, la revelación de un texto manchado, etc. Estas investigaciones (peritajes) se corresponden con las denominadas investigaciones no identificativas o diagnósticas. El promotor principal de la base teórica del Diagnóstico Criminalísticos es el Dr. Víctor Alexeevich Snietkov, destacado criminalista ruso. El considera la elaboración del Diagnóstico Criminalísticos como “...el estudio de las leyes del 7discernimiento pericial criminalístico de diferentes objetos materiales y fenómenos, relacionados con el hecho delictivo investigado...”.7 La estructura de las investigaciones diagnósticas coincide plenamente con las exigencias metodológicas generales requeridas en el peritaje criminalístico e incluye las mismas etapas. El perito al realizar una investigación diagnóstica se basa en sus conocimientos y en su experiencia personal, utilizando además para la obtención de información diferentes colecciones, catálogos, atlas, patrones, etc. y empleando los mismos métodos que para la realización de las investigaciones identificativas, pero las investigaciones diagnósticas se diferencian de aquellas por sus objetivos, tareas y contenidos. Un ejemplo de la gran importancia que tuvo la elaboración de la Teoría del Diagnóstico Criminalístico para la práctica pericial se manifiesta mediante las metodologías elaboradas por criminalistas eslavos para el esclarecimiento del sexo y la edad por la escritura, lo que “...constituye un ejemplo del empleo activo de los datos de la matemática y la estadística en la investigación de la escritura manuscrita y contribuye a introducir en la práctica la utilización de las computadoras...”.8
7
Snietkov V.A. “El Diagnóstico durante la realización de los peritajes criminalísticos”. Volvogrado.1981. p.29. (en ruso) 8
Serrat Rodríguez E., Hernández de la Torre R. “Aplicación de los métodos matemáticos para las determinaciones diagnósticas criminalísticas del sexo y la edad por la escritura”. Primer Foro de Ciencias Técnicas y Naturales. MININT. La Habana. Cuba. 1988. P 121. 26
1.4 División de la Criminalística para su estudio Aunque la Criminalística como Ciencia es un todo armónicamente estructurado donde sus elementos se encuentran estrechamente vinculados entre sí, con la finalidad de facilitar su estudio y sólo desde el punto de vista didáctico, se ha estructurado o dividido en cuatro partes:
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Teoría General: donde se fundamenta su génesis histórica, su objeto, tareas y su lugar en el sistema de conocimientos, es decir su fundamentación como ciencia.
La Técnica: Es el conjunto de medios y métodos científico-técnicos que se utilizan en el descubrimiento e investigación de las huellas y evidencias durante la realización de las acciones de instrucción y diligencias en la fase preparatoria del juicio oral, cuya finalidad es el esclarecimiento y prevención del delito, utilizando para ello los últimos adelantos de las ciencias en general . Conjunto de recomendaciones para la elaboración y desarrollo.
La Táctica: “Se ocupa de la elaboración y desarrollo de los métodos de ejecución de las acciones de instrucción, que se realizan durante la investigación de los delitos, así como de las normas tácticas para la utilización racional de los recursos científico-técnicos elaborados por la Técnica Criminalística”.9
La Metodología: Está integrada por los métodos específicos de investigación de los distintos tipos de delitos, de ahí que determine la forma, la uniformidad y las particularidades de la ejecución de las acciones de instrucción y demás diligencias a realizar durante la investigación de un tipo concreto de delito.
Hernández de la Torre, R. Ibidem. p.26. 27
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CAPÍTULO II: LA TÉCNICA CRIMINALÍSTICA La Técnica Criminalística o Forense, se ocupa del conjunto de medios y métodos científicotécnicos que se utilizan durante la investigación de los delitos a los fines del descubrimiento, fijación, ocupación e investigación de los distintos elementos, indicios, materiales o evidencias físicas halladas en el lugar del suceso o durante la realización de la inspección o de cualquier otra acción de instrucción que conlleve la búsqueda de estos elementos. Entre los medios que se utilizan podemos citar los maletines operativos, las lupas, equipos de iluminación especial para la inspección, lámparas ultravioletas, cámaras fotográficas y de video, microscopios y demás equipos complejos de laboratorio. Durante el desarrollo de múltiples acciones se requiere utilizar, una serie de medios y métodos especiales desarrollados por la parte técnica de la criminalística para tal fin. Como se puede ver a través de los ejemplos citados, algunos de ellos se utilizan durante el trabajo operativo y otro ya en los laboratorios una vez ocupados y trasladados los elementos que serán objeto de la investigación. La Técnica Criminalística se agrupa de acuerdo a una serie de factores. En primer lugar, atendiendo a su origen histórico y a los medios técnicos que se utilizan, a la metodología de trabajo y a que en algunas especialidades en general se trabaja con trazos, líneas, rayas, etc., o sea, huellas en general más o menos similares, bien producidas por el hombre o por los instrumentos con que él actúa durante la realización del delito. Por otra parte, nos encontramos ciencias como la Química, la Física, la Biología, etc., que se han adaptado a las características del trabajo criminalístico, pero que por sus profundos contenidos de trabajo y complejidad de sus técnicas o medios han requerido su consideración como especialidades dentro de la ciencia Criminalística. La Técnica Criminalística por tanto está integrada por una serie de especialidades que varían sus denominaciones de acuerdo a cada país; en sus inicios en Cuba se estructuraba en: Técnica Criminalística Clásica y Especial pero teniendo en cuenta el desarrollo alcanzado por la Escuela Cubana de Criminalística estas especialidades han sido estructuradas de la forma siguiente:
La Fotografía y el Video.
La Trazología.
La Dermatoscopía.
La Documentología.
La Balística Judicial.
La Identificación de personas por los rasgos exteriores.
Las Investigaciones físico químicas.
La Biología. 29
Las Averías, Explosiones e Incendios.
Las Aplicaciones Químicas Operativas.
La Técnica Canina y La Odorología.
Por lo que seguidamente abordaremos cada una de estas especialidades sin agotar su tratamiento, por lo que nos referiremos sólo a los aspectos que a nuestro juicio son de aplicación práctica y deben dominarse por los operadores del Derecho Penal.
2.1 La Fotografía y el Video Es el conjunto de métodos fotográficos y de utilización de las técnicas de filmación de video que especialmente se aplican durante la ejecución de las distintas acciones de instrucción, del trabajo operativo secreto y en la práctica pericial. Tiene como finalidad mostrar gráficamente tanto los elementos ocupados íntegramente así como diferentes procesos que demuestran el trabajo pericial, por ejemplo, la coincidencia de dos huellas, una formación celular, un espectro, etc. Además esta especialidad realiza con sus propios medias determinadas investigaciones aplicadas a las huellas y evidencias como pueden ser, la revelación de huellas en estado latente, la detección de falsificaciones de documentos, etc. La fotografía y el video son medios de más exactitud que otros medios materiales, ya que dan la posibilidad de grabar sin error todo lo que se encuentra en el campo de vista del investigador, graban los objetos en aquella forma en que se presentan a la vista común, fijan su aspecto exterior, así como la disposición recíproca de los objetos, las huellas y evidencias en el lugar del suceso; no obstante algunos otros datos que caracterizan a los objetos no es posible trasmitirlos a las fotografías o a las filmaciones de video, como son el olor, el estado de descomposición, la humedad, etc. Por ello es necesario aplicarlos únicamente como complemento de otros medios de fijación, de ahí que las filmaciones fotográficas y de video tengan carácter ilustrativo y probatorio en los diferentes procesos judiciales. Para su uso y aplicación esta especialidad se ha dividido en dos partes: Investigativa y Operativa. Investigativa: Cuando el Perito en condiciones de laboratorio durante la realización del peritaje criminalístico investiga primero las pruebas materiales e ilustra después el peritaje, por ejemplo, cuando utiliza iluminación ultravioleta para revelar un texto escrito que fuera borrado, etc. Operativa: Posibilita al Investigador o al Perito, filmar todo lo que se encuentre delante del objetivo o lente de la cámara por lo que se utiliza durante la realización de las diferentes acciones de instrucción y demás diligencias. Su uso Operativo tiene por tanto, los siguientes propósitos esenciales:
La fijación de la Inspección del lugar del suceso y de todo lo que tenga relación con el mismo.
La fijación de los resultados obtenidos en otras acciones de instrucción, tales como, Registros, Experimentos de Instrucción, etc. 30
La fotografía o filmación que facilita el reconocimiento de objetos, personas o lugares.
La filmación secreta de personas en el momento de la comisión de sus acciones delictivas.
2.1.1 La Filmación del lugar del suceso
Al efectuarse la inspección del lugar del suceso, acción que puede transcurrir en un determinado período de tiempo, no siempre es posible garantizar que todos los detalles o pormenores del lugar puedan ser reflejados en el Acta, ya que aunque se realice una observación exhaustiva y minuciosa, pueden omitirse inconscientemente particularidades importantes para el hecho que se investiga y que son de trascendencia para probar la participación del autor. Es por esto que se requiere complementar el Acta con filmaciones fotográficas o de video que tomen de forma general y particular el lugar del suceso, de ahí que se hayan establecido determinados tipos de fotografías para estos fines, ellas son: De orientación: Debe reflejar el lugar del suceso conjuntamente con sus alrededores, reproduciendo el carácter del lugar, la disposición de un edificio en el terreno, el camino o caminos que van hacia el lugar, etc. De revista: En ella se aprecia el lugar del suceso como tal pero excluyendo a sus alrededores, su propósito fundamental es dar una idea general sobre la situación del lugar. Se debe tener presente que si el lugar del suceso es en exteriores hay que fotografiar toda el área que será inspeccionada, si es en un local, la foto debe recoger además todo el aspecto interior del mismo. Central: Consiste en reproducir aisladamente aquellas partes del lugar del suceso que tienen mayor importancia desde el punto de vista criminalísticos, es decir donde hay una mayor concentración de huellas e indicios, como pueden ser los objetos utilizados para la comisión del delito, los objetos con los cuales están fundamentalmente relacionadas las acciones del delincuente de éste en el propio lugar. Detallada: Es la destinada a recoger los detalles, es decir aquellas , huellas, micro huellas o elementos que son de pequeña dimensión pero que requieren estudiarse posteriormente, por ejemplo brechas producidas por disparo de armas de fuego, fibras textiles, pelos, etc. 2.1.2 Métodos que se aplican en la Fotografía
De modo general, la fotografía puede ser aplicada en forma panorámica, a escala o normal. Panorámica: Consiste en fotografiar por partes la escena u objeto del suceso, por ser éstos de tamaños considerables y su imagen no sea posible abarcarla en un solo cuadro fotográfico. Para ello puede aplicarse la forma lineal o circular. La primera consiste en tomar varias fotos desplazándonos en línea recta consecutivamente y la segunda en tomar varias fotos situándonos primero de frente y al centro del objetivo; luego, cambiando el ángulo y desde el mismo punto de referencia tomamos varias fotos realizando aproximadamente un movimiento semicircular. (Existen cámaras panorámicas en la actualidad que realizan toda esta operación automáticamente). 31
A escala: Es el método que permite determinar por la foto el tamaño real de los objetos y sus partes en dos dimensiones, largo y ancho. Por ello este tipo de fotografía se toma situando una escala milimetrada en la parte inferior del objeto. Objetivos a cumplir en la filmación de cualquier tipo de huella:
Reproducir todos los detalles particulares que están presentes.
Recoger el tamaño de las huellas con exactitud en la foto.
Debe ser fielmente reflejada la forma de la huella.
La filmación del cadáver en el lugar del suceso.
Los cadáveres son también objeto de la toma fotográfica, puesto que durante la investigación de homicidios, atentados, asesinatos, etc.; habrá que resolver sin duda algunas cuestiones referentes al motivo, el tiempo y el lugar donde se produjo la muerte, así como la posibilidad de que se ocasionara la muerte propia de la víctima. La solución de estas cuestiones se ayudará considerablemente con el análisis minucioso de la postura y disposiciones del cadáver, del carácter de las lesiones y también del estado que presentan las ropas que vestía. Estas circunstancias son bases para la investigación médicocriminalística. Por ello el acta de la inspección necesita de su complemento con las impresiones fotográficas del cadáver. Son diferentes las formas en que pueden ser hallados los cuerpos de las víctimas, por ello habrá que tener en cuenta algunas particularidades para su filmación según la forma en que aparezca, pudiendo ser entre otras: Colgados: Deben ser fotografiados desde los dos lados contrarios, de forma tal que se vea si los pies tocan el suelo o no. Si el local donde se encuentra el cadáver es muy reducido, se puede realizar también una panorámica vertical. También es necesario filmar la posición de la soga, en el cuello así como en otra donde pudiera encontrarse y después de quitada esta, el surco equimótico que la misma deja. Despedazados: Se toman primero tantas fotos de revistas como lugares donde aparezcan las distintas partes. En todos estos lugares se tomará una foto de revista que muestre la parte del cadáver y el lugar donde fue hallado; luego se efectúa la foto central a cada parte por separado. Más tarde, con ayuda del médico legista, se unen los pedazos encontrados y se realiza una nueva filmación de esta forma. Aquellos pedazos del cadáver que tengan características particulares, así como lesiones, heridas, etc. deben ser filmados detalladamente utilizando el método a escala. También deben ser fijadas fotográficamente las ropas halladas. Quemados: Para la filmación de los cadáveres, la iluminación debe ser intensa de lo contrario la imagen del cadáver en la foto aparecerá negra y sin detalles. Para aumentar la claridad de la imagen los cadáveres quemados se fotografían como regla general con el fondo blanco. 32
Sentados: Es preciso, siempre que las circunstancias lo permitan fotografiarlos por sus cuatro lados. Enfangados: Las fotografías deberán ser tomadas sin falta antes y después de ser lavados. Enmascarados: La filmación habrá de cumplirse antes de quitar el enmascaramiento, que puede ser ramas, hojas, etc., así como después de haber efectuado esa operación. A la hora de cumplimentar la fotografía detallada en los cadáveres deberá tenerse presente lo siguiente:
En las heridas de arma de fuego hay que fotografiar el orificio de entrada y el de salida.
En las ropas, fijar las huellas complementarias del disparo.
En los casos de envenenamiento, será objeto de filmación del vómito.
Si se trata de ahogados, se fotografiará la piel macerada y las burbujas que presenta en la boca.
Cuando la muerte fue por la acción de la electricidad se fotografían las marcas producidas por la descarga en el cuerpo.
2.1.3 La Fotografía Signalética
Este tipo de fotografía se realiza con la finalidad de ayudar a la búsqueda y captura de prófugos y circulados, para la búsqueda e identificación de personas desaparecidas y de cadáveres desconocidos y para el fichaje en general de los delincuentes. El objetivo fundamental de este tipo de fotografía es fijar los rasgos exteriores de la persona con fines identificativos. En estas fotografías se toma el frente y el perfil derecho del individuo (convencionalmente). 2.1.4 La Fototabla Ilustrativa
La fototabla es el documento formado por un conjunto de fotografías tomadas en las acciones de instrucción, demás diligencias y en los peritajes criminalísticos, que son pegadas en distintos pliegos de cartulina unidas entre sí en forma ordenada y con descripción de lo que cada una representa (si es una foto de orientación, de revista, etc.). Finalmente este documento ilustrativo debe ser anexado al acta de las acciones de instrucción, formando parte del expediente de fase preparatoria, como una prueba documental a tener en cuenta por el tribunal. 2.1.5 Cuestiones que resuelven los Peritajes de Fotografía y Video
Autenticidad de una imagen fotográfica:
Si se trata de una foto montaje.
Si se han realizado otros tipos de trucajes. 33
Autenticidad de la Marca de una cinta de Video:
Determinar si la cinta de video analizada ha sido fabricada por la firma comercial que aparece en el casete.
Si la filmación es un original o una reproducción:
En el caso de películas conocer si se trata de una grabación original, hecha en un estudio profesional o es una reproducción burda con equipos comerciales,
En el caso de filmaciones con cámaras de Video conocer si es el casete original o una copia.
Determinación de la cámara que filmó la película o el video investigado.
Determinar entre un grupo de cámaras, con cuál se filmó la película, rollo fotográfico o video investigado.
Determinar si una película, rollo o video, fue filmado con una cámara en particular.
Cuál material fotográfico fue empleado para obtener las fotos investigadas.
Determinar si las fotografías investigadas fueron realizadas con un papel fotográfico dado.
Sensibilidad de una película virgen.
Si una película dada puede ser utilizada para ser empleada para determinado tipo de filmación fotográfica, mediante la determinación de su sensibilidad.
Registro fotográfico con iluminación ultravioleta o infrarroja.
Registrar texto no visible a simple vista mediante la utilización de esta técnica.
Mejorar la definición de Marcas realizadas en tejido textil u otras superficies.
Mejoramiento de imágenes.
Mejorar la calidad fotográfica para facilitar la búsqueda de objetos o personas.
2.2 La Trazología Es la especialidad que se ocupa del estudio de las huellas con el fin de identificar a las personas y a los objetos utilizados en la comisión del delito, así como del análisis de los objetos que sufren la acción directa o indirecta del hombre a través de otros objetos usados por éste y así establecer métodos de violación, procedimientos, etc. El término Trazología tiene su génesis en los vocablos griegos “Trazo y Logos”, Trazo significa: huella, línea, rastro, marca, etc. y Logos: estudio o tratado. 34
El objeto de estudio de la Trazología lo constituye fundamentalmente, la clasificación e identificación de las huellas, para lo cual parte del postulado siguiente: una huella, no es más que el resultado de la acción recíproca de dos cuerpos, a consecuencia de lo cual las características exteriores de uno se reflejan sobre la superficie de otro. Por esto vemos que en todos aquellos casos en que estudiamos el mecanismo de formación de una huella habrán intervenido dos cuerpos a los que llamamos productor y receptor respectivamente. Cuerpo productor: Es a1quel que deja todas sus características generales y particulares en el otro cuerpo con el que ha tenido contacto. El cuerpo productor puede ser: destornillador, pata de cabra, calzado, neumático, etc. Cuerpo receptor: Es aquel en el cual se reflejan todas las características generales y particulares del cuerpo productor. El cuerpo receptor puede ser: fango, madera, plastilina, metal, etc. 2.2.1 Importancia de la Trazología en la Criminalística
La Trazología de acuerdo a la diversidad de materias que agrupa para su estudio, ha devenido en una de las especialidades más importantes de la Criminalística y son verdaderamente escasos los delitos en cuyas investigaciones ésta no participa. Por la diversidad de huellas y objetos que abarca el estudio de la Trazología, éstas se han agrupado en tres grandes grupos de investigaciones. A continuación se expone un cuadro en el cual se expone las diferentes variedades de peritajes relacionados con la Trazología y los objetivos que persiguen.
Grupos de investigaciones Primero
Segundo
Tercero
Objetivos
Peritajes
Se dedica a estudios encaminados Huellas de los dientes a la identificación del hombre Huellas de calzado Estudia la identificación de los Huellas de transporte objetos o animales utilizados por Huellas de instrumentos de el hombre fracturas Huellas de animales Cerraduras. No se encamina a la identificación Selladuras de objetos sino al estudio de éstos Reconstrucción de un objeto cuando sufren la acción directa o total por sus partes. indirecta del hombre Fracturas
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Tipos de huellas que se pueden presentar para la Trazología. De acuerdo al mecanismo de formación de las huellas trazológicas se clasifican en:
Volumétricas.
Lineales.
Superficiales.
Huellas Volumétricas: Ofrecen a la vista una sensación de relieve, mostrando fielmente la forma del objeto que las produce, pueden ser resultado de golpe o presión. Siempre reflejan características del objeto productor en forma negativa. Huellas Lineales: Reciben esta denominación ya que su constitución de un borde a otro va a consistir en líneas consecutivas a distintas distancias, con mayor o menor intensidad en la agrupación de éstas, con más o menos profundidad en la superficie de la base. Estas líneas son la representación dinámica del objeto que la produce y son el resultado del deslizamiento de un objeto sobre otro. Observamos huellas lineales cuando observamos al microscopio el corte de una cuchilla en un cable, el arañazo que produce un destornillador en una superficie de metal, etc. Huellas superficiales: Ya expresábamos anteriormente que en la formación de una huella trazológicas intervenían un cuerpo productor y uno receptor, pero el tipo de huella que nos ocupa interviene en su formación un tercer elemento que viene siendo como un vehículo para trasladar la forma hacia la superficie del objeto receptor, pudiendo ser de acuerdo al mecanismo de formación de la huella de dos formas: de Recapación y Decapación. Huellas de Recapación: Para formarse requiere que el objeto productor esté impregnado de una sustancia; ésta lo mismo se produce con un dedo imprimiendo una huella con sudor o con un zapato dejando su forma mediante el polvo, etc. Huellas de Decapación: Son lo contrario a la anterior, es decir, si en las huellas de recapación es indispensable que el objeto deje una sustancia con la forma del mismo en una superficie, en este caso el objeto producto “deja” su forma en la superficie pero gracias a llevarse una parte de la sustancia que cubría la misma, por ejemplo una pisada sobre una mancha de polvo en el piso, etc. 2.2.2 Cuestiones que resuelven los Peritajes Trazológicos
Huellas de los dientes: o Si la mordida investigada posee valor identificativo. o Si la pieza dental encontrada en el lugar del suceso es humana. o La identificación de la persona. o Si la mordida remitida posee alguna deformación estomatológica. 36
o Qué ubicación le corresponde a la pieza investigada en la arcada dental. o Si es una mordida humana o animal. Huellas de calzado: o Si poseen valor identificativo. o La marca, el tipo, el modelo o la nacionalidad del calzado que las produjo. o La estatura aproximada de la persona (cuando se observa la huella ompleta). o La identificación del calzado productor de la huella investigada. o Las dimensiones del calzado. o Si en el lugar del hecho participaron una o más personas. o Los síntomas del modo de andar (cuando exista una senda de al menos 3 pasos consecutivos). o Si un calzado fue utilizado por una persona determinada (según el tiempo de uso del calzado). Cerraduras: o Su estado técnico. o Si poseen huellas de objetos ajenos. o Si poseen síntomas de violencia. o El método empleado para la violación y el posible instrumento utilizado, en caso que se hayan valido de éste. o Si sobre la superficie de la cerradura existen huellas de instrumentos u otras con valor de identificativo. o Si existe la posibilidad de un auto robo de acuerdo al método empleado por la violación, las huellas de instrumentos y otros indicios. Huellas de Transporte: o El tipo, marca, modelo y nacionalidad del vehículo por las huellas e indicios encontrados en el lugar de los hechos. o Tipo, marca y modelo del neumático productor de la huella. o Dirección y sentido hacia donde se dirigía el vehículo. 37
o Velocidad aproximada según las huellas del frenado. o Si las huellas encontradas poseen valor identificativo. o Identificación del neumático por las huellas encontradas. o Identificación del vehículo por huellas de otra parte del mismo. Instrumentos de fractura: o Si las huellas encontradas poseen valor identificativo. o El tipo de herramienta o instrumento que produjo la huella. o La posición del individuo acorde al lugar donde está la huella. o La identificación del instrumento productor. Huellas de fractura: o El tipo de fractura. o Si posee valor identificativo. Sellos: o Si el sellado posee síntomas de violencia. o El método de violación empleado. o Si el sellado posee síntomas de falsificación. o La identificación del sello. Huellas de animales: o Si la huella encontrada posee valor identificativo. o La especie animal a la que pertenece la huella. o La identificación de los cascos productores de la huella. Reconstrucción de un objeto total por sus partes: o Si los objetos encontrados en el lugar del hecho forman parte de un todo único. o Si los objetos encontrados en el lugar del hecho forman parte de un todo con el objeto sospechoso.
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2.3 La Dermatoscopia El estudio de la piel humana encaminado a la identificación, constituye el objetivo fundamental de la Dermatoscopia. Etimológicamente la palabra Dermatoscopia está integrada por dos voces: dermo que significa piel y scopía viene del griego scopein que significa estudio. Como especialidad de la Técnica Criminalística se ha dividido en dos direcciones teniendo en cuenta el alcance de las cuestiones de la piel que estudia, estas son: La Dermopapiloscopia o Lafoscopia y Huellas dérmicas en general. La Dermopapiloscopia o Lafoscopia: se ocupa del estudio de los dibujos papilares que se encuentran en el tegumento de la piel, encaminado a la identificación de la persona. Etimológicamente, la palabra Dermopapiloscopia está formada por tres voces: Dermo, que significa piel; Papilo, elevación o protuberancia; y Scopia (como ya dijimos del griego scopein) que significa estudio. La piel de la yema de los dedos, cara anterior de la mano y cara anterior de los pies, presenta toda una serie de dibujos en forma de altos relieves que se conocen con el nombre de crestas papilares, estos dibujos poseen tres propiedades fundamentales que son: Perennes, Inmutables y Diversos. Perennes: significa que los dibujos papilares permanecen inalterables desde que se completa su formación en el sexto mes de vida intrauterina aproximadamente, hasta que comienza a disgregarse la piel como resultado de putrefacción cadavérica. Inmutables: quiere decir que no pueden ser modificados por la acción de factores exteriores. Las enfermedades no influyen sobre los dibujos, excepto la lepra. Diversos: Los dibujos papilares son individuales de cada persona, no se repiten con igual morfología entre dos personas diferentes, inclusive no se repiten en los dedos de una misma persona... "La configuración y estructura de cada cresta papilar es muy particular, incluso aun tratándose de las huellas de un mismo individuo; la única excepción son los gemelos monocigoticos cuyos dibujos papilares son idénticos pero inversos".10 Estas propiedades fueron objeto de experimentos por disímiles científicos comprobándose su veracidad. La Dermopapiloscopia para su estudio se divide en: Dactiloscopia, Qiroscopia, Podoscopia, Poroscopia y Edgeoscopia, seguidamente esbozaremos de qué se ocupa cada una de estas ramas: La Dactiloscopia: se ocupa del estudio de los dibujos papilares digitales (de las yemas de los dedos o pulpejos) con el objeto de identificar a las personas. La Quiroscopia: estudia los dibujos papilares que se observan en la cara anterior de las manos con fines identificativos.
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Simonin, C. Medicina Legal Judicial. Barcelona: Editorial Barcelona. Reimpresión 1980. pág. 825. 39
La Podoscopia o Pelmatoscopia: se encamina al estudio de los dibujos papilares que se presentan en la cara anterior de los pies con fines identificativos. La Poroscopia: estudia la morfología de los poros presentes en las crestas papilares con fines identificativos. La Edgeoscopia: estudia la configuración exterior de las crestas papilares también con fines identificativos. Por la importancia de la Dactiloscopia como método de identificación que más comúnmente se utiliza vamos a profundizar en la explicación de la misma. La palabra Dactiloscopia proviene de dos voces griegas, dáctilos que significa dedos y Escopein que ya vimos que significa estudio. Actualmente existen diferentes sistemas de clasificación de los dibujos digitales, los cuales los agrupan de forma diferente. En la tercera falange las crestas papilares forman variados y diversos dibujos que se agrupan en forma de corrientes de crestas que ocupan diferentes posiciones, denominándose a cada uno de estos grupos como sistemas de crestas, los cuales son: Sistema Basilar, Sistema Nuclear y Sistema Marginal. Las crestas que se agrupan en la parte inferior del dibujo reciben el nombre de Sistema Basilar, las que se agrupan en la parte central o núcleo del dibujo, reciben el nombre de Sistema Nuclear y las que se agrupan en los bordes del dibujo se denominan Sistema Marginal. La mayoría de los dibujos digitales poseen los tres sistemas de crestas, pero como veremos posteriormente los dibujos conocidos como Arcos sólo poseen el Basilar y el Marginal. Cada uno de los sistemas citados posee una cresta limitante, que los separa de los otros dos. Estas crestas limitantes tienden a acercarse simultáneamente e incluso a unirse o fusionarse, formándose; al producirse cualquiera de estas dos situaciones una figura denominada Delta. Estos Deltas asumen diversas formas, sobre las cuales existen diferentes criterios de clasificación, pero coincidiéndose en general en que éstas deben agruparse primeramente en dos variedades: Deltas Blancos y Deltas Negros. Las impresiones digitales que se toman con fines identificativos, en las que se observan estos tres sistemas de crestas se les llama comúnmente dactilograma. Los dibujos papilares que se forman en la tercera falange son mucho más complejos y variados que los que aparecen en la primera y la segunda falanges. Existen diferentes métodos de clasificación de estos dibujos, pero la más generalizada es la que los clasifica en tres tipos: Arcos, Presillas y Verticilos Los Arcos se presentan en un 5% aproximadamente de los dibujos digitales. Todas sus crestas se desarrollan en forma curva y casi paralelas que avanzan de un borde al otro del dibujo (están formados sólo por dos sistemas de crestas). Las Presillas representan el 65% del total de los dibujos digitales. Una o más crestas del núcleo recurvan sobre el mismo lado, independientemente de las líneas de los sistemas Basilar y Marginal. Tiene que tener por lo menos una cresta de conteo entre el Delta y el corazón. Pueden ser con inclinación derecha o izquierda de acuerdo a como salen y recurvan hacia su base. 40
Los Verticilos: representan el 3% del total de los dibujos digitales y se caracterizan porque en su sistema nuclear se forman variados dibujos que adoptan la forma de bucle o espiral. Conocidos ya los tipos de dibujos digitales que se pueden presentar, tenemos que plantear que independientemente de estos dibujos, además, las crestas papilares que forman a estos dibujos papilares conforman determinados accidentes que dan lugar a disímiles dibujos más pequeños nombrándose en dependencia de la forma que adoptan. Estas configuraciones van a constituir el objeto fundamental de la identificación dermatoscópica, denominándoseles como puntos característicos o características particulares o individuales ya que, interrelacionadas entre sí, la disposición de las mismas no se repite en dos personas diferentes en sus dibujos papilares. Estas características también se van a observar en las crestas papilares que se presentan en la cara anterior de las manos y de los pies. Existen criterios sobre la denominación y subdivisión de los puntos característicos. En nuestro país que posee una tradición dactiloscópica de más de 90 años, se utilizan términos de varios autores, por lo que en interés de lograr la mejor comprensión de los informes periciales de los peritajes dermatoscópicos, se utiliza la siguiente terminología:
Abrupta o Terminación: Consiste en una cresta que termina sin volver a aparecer, cuyo desarrollo es a favor del sentido de las manecillas del reloj.
Inicio: Consiste en una cresta que comienza en un punto dado y continúa a favor de las manecillas del reloj, dividiéndose en dos que continúan paralelas.
Bifurcación: Consiste en una cresta que avanza a favor de las manecillas del reloj, dividiéndose en dos que continúan paralelas.
Convergencia: Consiste en dos crestas que avanzan a favor de las manecillas del reloj en forma paralela y simultáneamente en un lugar dado se fusionan, continuando una sola.
Desviación: Se forma cuando dos crestas de sentidos contrarios tienden a acercarse y al llegar al posible punto de unión, se desvían ligeramente quedando situados sus extremos en forma paralela.
Empalme: Consiste en una cresta pequeña que enlaza dos paralelas, cortándolas perpendicularmente o en forma oblicua.
Fragmento: Consiste en una cresta de forma recta que se encuentra aislada de las restantes. Se le denomina así cuando su longitud no excede en cinco veces su grueso.
Cortada: Consiste en una cresta de forma recta aislada de las restantes cuya longitud excede en más de cinco veces su grueso.
Interrupción: Consiste en una cresta que queda interrumpida, volviendo a aparecer poco después.
Ojal: Consiste en una cresta que se divide en dos, volviendo posteriormente a unirse, continuando como al principio.
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Punto Papilar: Consiste en un fragmento de cresta cuyo diámetro es equivalente a su grosor, que se forma entre dos paralelas, dentro de un delta.
Secante: Consiste en dos crestas que se cortan sin que exista interrupción de ninguna de ellas.
Transversal: Es el resultado de la combinación producida por una cresta que cruza el espacio en que ocurre la interrupción de otra cresta.
Vuelta: Consiste en una cresta que avanza recurvando posteriormente sobre su propio eje. Posee forma semejante a la “U” invertida.
Ensamble: Es el resultado de la combinación de los extremos de tres crestas, de la siguiente forma: dos que avanzan en forma paralela terminando0 simultáneamente y una tercera, que avanza hacia éstas, terminando al mismo nivel que las anteriores. Una particularidad de la tercera cresta, es que la terminación se sitúa al centro aproximadamente de las otras dos.
Continua: Consiste en una cresta de forma curva aislada de las restantes. Estas pueden ser cortas y largas: si su longitud no excede a cinco veces su grueso, será corta, de exceder será larga.
Rama: Es la cresta que, partiendo de otra, continúa paralela y termina después. Estas pueden ser cortas o largas: si su longitud no excede a cinco veces su grueso, será corta; de exceder será larga.11
Es de destacar que el Empalme, la Secante, la Transversal y el Ensamble dado lo complejo de su formación son los que menos se presentan, de ahí que son los que más valor poseen.
Existen otros elementos que, aunque no están considerados como puntos característicos se les puede utilizar en un momento dado como si fueran tales; se trata de las crestas subsidiarias. Las crestas subsidiarias son unos elementos anatómicos que se caracterizan por ser mucho más delgadas y por poseer un relieve menos pronunciado que las crestas normales, formándose estas en el surco papilar. 2.3.1 Huellas dérmicas en general
Además de las huellas dermatoscópicas referidas en el epígrafe anterior, pueden aparecer en el lugar del suceso otras huellas dérmicas producidas por los delincuentes con sus labios, antebrazos, rodillas; regiones en las cuales existen dibujos papilares y que pueden ser identificadas. Estos tipos de huellas aparecen en raras ocasiones, no obstante, de éstas, las producidas por los labios son las más comunes, resultando necesario establecer sus características generales y particulares. Las generales están determinadas por sus formas y dimensiones y las particulares están constituidas por los pequeños pliegues que transversalmente se desarrollan 11
Alvarez Argüelles, M. y otros. Dermopapiloscopía. Ed. L.C.C. La Habana 1986. pág 32. 42
tanto en el labio superior como en el inferior, los que presentan una disposición determinada, así como configuraciones individuales, todo lo cual en su conjunto les ofrece valor identificativo a las huellas labiales. Las huellas producidas por los antebrazos, codos, rodillas, etc., podrán identificarse también siempre que en las mismas se reflejen los pequeños pliegues que se extienden en diferentes sentidos en la superficie epitelial. Ambos elementos, pliegues y poros, relacionados entre sí bajo el estudio cualitativo y cuantitativo de los mismos, y establecida su interrelación, permite identificar a la zona en específico que dejó la huella. 2.3.2 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Dermatoscopia
La identificación del autor de un delito comparando sus impresiones mediante cotejo directo por medio de:
Huellas digitales.
Huellas palmares.
Huellas podorales.
Huellas labiales.
La identificación del autor de un delito por medio de la búsqueda en el registro monodactilar, la cual se realiza de oficio, no requiriendo solicitud por parte de los órganos operativos. La identificación del autor de un delito mediante la comparación de las impresiones que entran al registro con las huellas sin identificar de casos pendientes por esclarecer (digitales y palmares). Determinaciones operativas en el lugar del hecho. En el caso de huellas digitales, palmares y podorales, si son de un niño menor de 8 años o no. En el caso de huellas podorales, si una o más personas pudieron haber participado en la comisión del delito. La identificación de cadáveres mediante la Necrodactilia: La necrodactilia nos permite la toma de impresiones a los cadáveres para su identificación. Las impresiones del cadáver desconocido tienen que enviarse a los registros de personas con fichas dactiloscópicas para su búsqueda. Estos registros se encuentran en diferentes dependencias como el Departamento Nacional de Identificación y en los Laboratorios de Criminalística.
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2.4 La Documentología Es la especialidad de la Técnica Criminalística que auxiliándose de métodos técnicos criminalísticos y de otras ramas del conocimiento como la Filología, la Física, las Matemáticas y otras ciencias, estudia los documentos escritos relacionados con hechos delictivos para ayudar a su descubrimiento, esclarecimiento y además establecer medidas profilácticas de los documentos contra la acción delictiva. Esta especialidad desde sus orígenes recibió diferentes denominaciones como Caligrafía, Grafología, Grafometría, etc. Etimológicamente la palabra documento viene del latín “Documentun” que significa “título o prueba escrita”, “cualquier cosa que sirve de prueba”, pero desde el punto de vista criminalístico se considera como documento “un papel o cualquier objeto que en su superficie se refleje una escritura ya sea manuscrita o impresa, que corrobore, confirme o pruebe algo”. La Documentología para su estudio y aplicación criminalística se subdivide en: el análisis gráfico, que investiga la escritura manuscrita y las firmas, y la investigación técnica, que estudia la tecnología de construcción de los documentos con vistas a determinar su autenticidad. Estudia también los métodos de falsificaciones de los documentos empleados por los delincuentes, el tratamiento que debe aplicarse a los documentos encontrados en el lugar del suceso (quemados, fragmentados, manchados), la escritura secreta y la Criptografía como métodos de comunicación de los delincuentes. 2.4.1 Propiedades de la escritura manuscrita que hacen posible su identificación
En la teoría de los reflejos condicionados demostrada por el eslavo Iván Pablov, planteaba que la escritura se formaba en el hombre como resultado de su actividad social y la misma se producía por una serie de reflejos condicionados llamados esterotipos. Como objeto de identificación la escritura posee las siguientes propiedades: la individualidad y la constancia. La individualidad consiste en la particularidad de los movimientos que son propios de una persona determinada cuando escribe, dependiendo de los hábitos de escribir, es decir que la escritura se forma como un sistema de enlaces de reflejos elaborados. Como los enlaces son consecuencia de los reflejos condicionados y se forman individualmente en cada persona, estos reflejos componen para cada uno de los enlaces un complejo identificativo que no se repite. A la formación de estos complejos influyen numerosos factores determinados por la organización y psico-química en cada persona, por las condiciones de estudio, el estado del sistema nervioso, el estado de la visión y los procesos psicológicos que tienen lugar en los diferentes períodos de la vida. La constancia es la propiedad de mantener por un período de tiempo las características individuales de la misma, lo que se explica por la presencia del estereotipo dinámico del que escribe, o sea, que el gesto gráfico se encuentra sometido a la influencia directa del cerebro, por lo cual el órgano que escribe no modifica la forma de escritura, una vez que ésta ha adquirido entrenamiento y se encuentra adaptada a su función, funcionando dicho órgano a manera de trasmisor. Además de estas propiedades, es necesario conocer las características que permiten el 44
establecimiento de la identificación de la escritura, estas son: las características del contenido y las características de la grafía. Las características del contenido, se expresan en el lenguaje escrito y enmarcan el estilo, el léxico, el nivel cultural, la topografía expresada en las particularidades de la posición y disposición del texto en el papel y las características habituales maneras o costumbres especiales en que se realiza la escritura). Las características de la grafía, están dadas porque la escritura expresa una serie de rasgos mediante los cuales se hace posible dicha identificación, teniendo gran importancia el grado de expresividad y cantidad de los mismos, que se reflejan en el manuscrito, por lo tanto, a una mayor claridad y cantidad de éstos, tanto mejor será reflejada su individualidad; la totalidad de estos rasgos se dividen en generales y particulares. 2.4.2 Identificación de las firmas
Al igual que la escritura, las firmas se presentan bajo distintas formas, clasificándose de acuerdo a la construcción de los elementos que la integran de la forma siguiente:
Literales. Aquellas en que las letras que la componen están bien definidas.
Abreviadas: compuesta por rasgos ilegibles.
Mixtas. En las que aparecen algunas letras legibles y rasgos ilegibles.
La firma como objeto de identificación posee las siguientes particularidades:
Características topográficas: se refieren a la forma especial de la persona de estampar su firma, por lo cual elige una posición, un lugar, una orientación definida.
Características de la grafía: están constituidas por las características generales y particulares que estudiamos en la escritura manuscrita y que se nos presentan también en la grafía contentiva en cada firma.
2.4.3 Falsificación de Documentos
Vamos a referirnos a los dos tipos de falsificaciones que se pueden presentar, las Parciales y las Totales, las primeras son las introducciones en alguna parte del documento con la finalidad de variar su contenido o significación, para lo cual se utilizan generalmente, los siguientes métodos: supresión, adición, y sustitución, por ejemplo: Borraduras, añadiduras, lavaduras, tachaduras, enmiendas y cambio de fotos, etc. Con relación a las segundas, es decir, las Totales son aquellas en las que se requiere disponer de conocimientos y medios para la falsificación completa del documento en cuestión, por ejemplo: papel igual o parecido al que se falsifica, una imprenta, tinta adecuada, etc.por ejemplo: Falsificación del papel moneda, de un carné de identificación, de un certificado o diploma, etc. 45
2.4.4 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Documentología
Revelado de textos: o Si existe texto. o Si tiene valor identificativo. o El contenido textual que se revela. Textos impresos: o Permite identificar el sistema de impresión. o Permite identificar la técnica de impresión. o El equipo impresor. o La calidad de la impresión. Firmas: o Si la o las firmas investigadas poseen valor identificativo. o La identificación del autor de una o varias firmas investigadas. o Si las firmas investigadas se encuentran falsificadas y el método utilizado para ello. Manuscritos de letra de molde, cursiva y números: o Si posee valor identificativo. o Cuántas personas confeccionaron el texto investigado. o La persona específica que confeccionó el texto investigado. o Si está realizado con la mano contraria. Falsificaciones: o Si existe falsificación. o Si la misma es total o parcial (intelectual o material). o El método utilizado. Mecanográficos: o Si los textos investigados poseen valor identificativo. o La marca y el país de fabricación de la máquina utilizada. 46
o Los defectos mecánicos de la máquina. o La máquina específica. o El mecanógrafo (ejecutor). o Si se trata de un documento original o de una copia. o El orden de las copias. Análisis del contenido textual: o Si con el texto se puede realizar el análisis. o Rasgos de la personalidad del autor intelectual del texto investigado. o La edad y el nivel cultural. o El sexo, profesión u oficio. o Zona de vinculación con alguna región del país. o Si dos o más textos fueron ideados por una o más personas. o Si el texto investigado fue ideado por determinada persona. Grafología: Mediante el análisis de los aspectos de “movimiento”, “espacio” y “forma” en la escritura manuscrita se pueden emitir conclusiones diagnósticas sobre el carácter, el temperamento y la personalidad del autor. Elementos necesarios para la realización del Peritaje Grafológico:
Se requiere para realizar el análisis una cuartilla de escritura como mínimo, confeccionada por el sujeto, con su letra habitual, en una hoja sin rayas.
Para la solicitud de peritaje (no se precisan los antecedentes del hecho, pero sí la calificación del delito).
Reconstrucción de documentos:
Conocer qué tipo de documento forma.
Conocer el texto que presenta.
Cuños:
Si la impresión posee valor identificativo. 47
Si se encuentra parcial o totalmente falsificada la impresión investigada.
Si el cuño utilizado es de fabricación industrial o artesanal.
Si la impresión investigada fue realizada con determinado cuño.
Documentos de seguridad y medios de pago:
Se puede establecer si son auténticos o falsificados y el método empleado en la falsificación.
2.5 La Balística Judicial La Balística Judicial es una especialidad de la técnica criminalística que tiene como fin el estudio e investigación del arma de fuego, sus casquillos y proyectiles, así como las huellas producidas por el disparo con el objetivo de ayudar al esclarecimiento de los hechos delictivos. Distintos tipos de armas de fuego. Las armas de fuego que generalmente son objeto de investigación criminalística son los revólveres, las pistolas, las sub-ametralladoras, los fusiles, las carabinas y las escopetas. Todas ellas utilizan cartuchos o municiones constituidos por el proyectil y el casquillo o vaina que contiene la carga propulsora (pólvora) el cual en su parte inferior o culote posee la cápsula detonante. Estos cartuchos pueden ser de diferentes tipos (incendiarios, trazadores, etc.) y calibres de acuerdo a las armas en que se utilicen. Los revólveres: Este nombre proviene de la palabra inglesa “revólver” que significa “lo que gira o rueda”. Son aquellas armas de fuego portátiles que poseen detrás de su cañón un cilindro que gira alrededor de su eje situado paralelamente al eje del canal del cañón y que contiene varias recámaras, donde van introducidos los cartuchos, los cuales, al girar el cilindro, se alinean sucesivamente con el cañón y el martillo. Los revólveres son armas de fuego mecánicas cuya recarga se realiza con la mano, mediante el montaje del martillo. Las pistolas: Son armas de fuego de cañón cortó en las cuales, por lo general, la ejecución de las acciones de extracción eyección del casquillo y de la introducción de un nuevo cartucho en la recámara, se realiza aprovechando la energía del retroceso de los gases de la pólvora. Las pistolas son armas de fuego más modernas que los revólveres, por lo que se utilizan mucho más que éstos. Las sub-ametralladoras: Son aquellas armas de fuego que utilizan los cartuchos de pistola, pero su cañón es más largo que los de éstas, poseyendo a su vez un culatín y un depósito de mayor capacidad. Esta arma posee mejores características balísticas que las pistolas. Las subametralladoras son armas de fuego automático, portátil y de enfriamiento por aire, que funcionan por el retroceso de las partes móviles, bajo la acción del empuje directo de los gases. Carabina: En los años de la Segunda Guerra Mundial surgió un tipo de arma intermedia entre el arma larga y la corta. Esta arma utiliza un cartucho especial intermedio entre el cartucho de 48
pistola y fusil. Su alcance, poder de penetración, velocidad inicial, etc., son intermedias entre el fusil y la sub-ametralladora. Los fusiles: Son armas de fuego de grandes propiedades balísticas. Poseen gran alcance y poder de penetración. Tiene un alcance máximo aproximado de 3000 metros y una efectividad de 800 a 1000 m. Su calibre varía entre 6,35 mm y los 11 mm. Los cartuchos que utilizan estas armas son más largos y de más potencia que los que utilizan las carabinas. Las escopetas: Son armas de fuego que se utilizan generalmente para la caza. Utilizan un cartucho especial, que, a diferencia de los cartuchos utilizados por los demás tipos de armas, está constituido en casi su totalidad de cartón. -
Huellas en casquillos y proyectiles:
Las distintas partes del arma de fuego dejan sus huellas en el casquillo, por ejemplo, las huellas de la aguja percutora, de la recámara, de la pared del cerrojo, del extractor, etc. En los proyectiles solo aparecen las huellas dejadas por las estrías del cañón (en forma de entrantes y salientes). -
Huellas del disparo:
Cuando se efectúa un disparo en condiciones normales (cañón y cartucho en perfectas condiciones), se producen varios procesos que traen como consecuencia las huellas del disparo, que son las lesiones o deterioro causados por las armas de fuego en las distintas barreras y que están en dependencia de la distancia a la que se efectúa el disparo. Las huellas del disparo, atendiendo a los factores que la producen se dividen en huellas principales o brechas y huellas complementarias. Las primeras son aquellas formadas por el paso del proyectil por la barrera las que a su vez se subdividen en traspaso, ciegas y de rebote. Las brechas de traspaso son las que tienen entrada y salida, las ciegas son las que entran, pero no tienen salida y las de rebote son aquellas que se producen por el choque del proyectil en una barrera dura, por lo que no la penetra y solo se produce un rozamiento o golpeadura (el llamado disparo a sedal). Las huellas complementarias son las que se forman por la acción mecánica, la temperatura y los gases de la pólvora, la sedimentación del hollín del disparo y de las partículas de los granos de pólvora, la acción mecánica de dichas partículas y la sedimentación de la grasa. Solo en distancias muy cortas las huellas complementarias se manifiestan en el objeto sobre el cual se produjo el disparo. Además de la distancia del disparo, el que se manifiesten o no estas huellas y la magnitud de la acción destructora de estos gases, dependen en gran medida del tipo de arma utilizada y del carácter del obstáculo. En Balística, la distancia del disparo se divide en: disparo a boca tocante, disparo a corta distancia y disparo a larga distancia. En el disparo a boca tocante o a quemarropa la boca del cañón está en contacto directo con la barrera sobre la cual se dispara; se diferencian dos tipos, “parcial y total”. Es parcial cuando la boca del cañón está muy cerca del objeto (hasta 4 cm), comúnmente se le denomina “disparo a boca de jarro”. Es total cuando la boca del cañón presiona contra el objeto.
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El disparo a corta distancia es aquél que al efectuarse deja en la superficie del objeto las huellas complementarias de la acción de los gases de la pólvora, quemaduras, explosión y desgarraduras de los bordes del orificio de entrada, huellas de hollín, grasa del arma y granulación de la pólvora semideflagrada. La distancia en que se forman estas huellas difiere para cada tipo de arma, pero muy rara vez esta distancia sobrepasa los 2 m. Cuando se produce el disparo a larga distancia no deja otra huella sobre la barrera que no sea la acción del proyectil, sin que se reflejen huellas complementarias. Esta distancia tiene su variación en correspondencia con el tipo de arma. En un hecho en que se hayan producido disparos con armas de fuego, generalmente se pueden establecer determinaciones con: o El arma. o El cartucho. o Los casquillos y proyectiles. o Las huellas del disparo. 2.5.1 Cuestiones que resuelve el peritaje de Balística Judicial
Armas de fuego: o El tipo, marca, modelo, destinación y calibre, así como la procedencia. o El estado técnico. o Su aptitud para el disparo. o Si ha estado involucrada en otros hechos delictivos. Cartucho: o El tipo, modelo y calibre de las armas que pueden utilizarlo. o El tipo, la marca, el modelo, la destinación y procedencia del mismo. o Si muestra señales de haber sido recargado. o Su estado técnico y aptitud para el disparo. Casquillo: o El tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo percutió. o Si es de confección industrial o artesanal. 50
o El tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte. o La identificación del arma que lo percutió. o Si muestra señales de haber sido recargado. Proyectil: o El tipo, marca, modelo y calibre del arma que lo disparó. o Si es de confección industrial o artesanal. o El tipo, modelo, destinación y procedencia del cartucho del cual formó parte. o La identificación del arma que lo disparó.
2.6 Identificación de personas por los rasgos exteriores Es la especialidad de la técnica criminalística integrada por un conjunto de métodos especiales basados en la ciencia antropológica y otras ramas científicas y técnicas, para el establecimiento de la identidad de las personas que participan en hechos delictivos, por medio de la composición del rostro, a partir de las declaraciones de testigos, de la identificación por medio de fotografías y otras investigaciones especiales. El objetivo fundamental de esta especialidad es la confección del llamado retrato hablado para la identificación de autores de delitos cuando testigos que los vieron pueden describir sus señas, para la búsqueda y captura de personas prófugas de la justicia y de personas desaparecidas; también para la identificación de cadáveres desconocidos. La confección del retrato se basa en la descripción de los rasgos anatómicos y funcionales de las personas, así como de otros aspectos complementarios de éstas. Existen diferentes métodos para la confección del retrato hablado, siendo el más generalizado el dibujo, conocido como foto robot, aunque pueden utilizarse diapositivas, álbumes de fotografías y más recientemente programas de computación que permiten la rápida confección del retrato. 2.6.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Identificación de personas por sus rasgos exteriores
Comparación fotográfica: permite identificar una persona en una foto antigua con una actual. Reconstrucción facial: permite reconstruir el rostro de una persona para que puede ser identificada después de un accidente o patología adquirida. Enmascarar-desenmascarar: permite poner al descubierto al delincuente que se enmascara para cometer el hecho y no ser reconocido (por ejemplo, poniéndose bigotes, peluca, etc.). Dibujo de objetos: permite la identificación de objetos o joyas con características particulares que han sido hurtados o robados. 51
2.7 Investigaciones físico-químicas Es la especialidad de la técnica criminalística que se ocupa de la investigación de los distintos indicios materiales ocupados en el lugar del suceso, mediante el empleo de métodos físicos, químicos e instrumentales, con el objetivo de determinar la composición cualitativa y cuantitativa de éstos. 2.7.1 Cuestiones que resuelve el peritaje físico-químico
Peritaje físico-químico comparativo de suelos: o Si una mácula es de suelo. o El grado de similitud entre dos suelos. o En casos especiales, si dos suelos son del mismo lugar. Peritaje físico-químico de pinturas: o Si una muestra es pintura y de qué tipo. o Si dos o más pinturas son similares. o Si dos o más pinturas provienen del mismo lugar. o En hurtos de vehículos si hay partes de mas de un vehículo en el investigado. Peritaje químico-físico criminalístico de borraduras químicas: o Si en el documento o prueba material remitidos se empleó algún reactivo químico para eliminar un texto o impresión. Peritaje físico-químico de vidrios: o Si una sustancia es vidrio o si hay presencia de este. o Si dos vidrios son similares. o En casos especiales si dos vidrios provienen del mismo objeto. Peritaje físico-químico de abrasivos: o Si una sustancia es un abrasivo (Ej. esmeril, carburo de silicio, etc.) o Si en un aceite hay presencia de abrasivos. o Si el abrasivo en un aceite es similar a otro ocupado de referencia. 52
Peritaje físico-químico de identificación de sustancias: o De qué sustancia se trata. o Qué usos se le da a la sustancia por el hombre. o Si presenta algún interés operativo (Ej. si es tóxica o explosiva, etc.) o Otras cuestiones según el caso. Peritaje físico-químico de lámparas de vehículos: o Si el filamento de una lámpara se encontraba energizado en el momento de producirse la ruptura de ésta, generalmente en un accidente de tránsito. o En las lámparas de iluminación principal, si el filamento que se encontraba energizado era el de la luz corta o el de la luz larga. o En casos especiales, siempre que la lámpara esté dañada, determinar si el daño se originó a causa del accidente mientras estaba iluminado. Peritaje físico-químico de metales y aleaciones: o Si se trata de una sustancia metálica. o De qué metal se trata. o Si es un metal precioso. o En monedas, si son falsas. o En joyas si presentan baños o si son macizas. o En casos comparativos, si limallas o máculas presentes en un lugar son similares al metal proveniente de un objeto dado. Peritaje físico-químico de huellas del disparo en las manos: o Si sobre las manos de una persona hay residuos de disparo de arma de fuego. o En casos especiales, obtener indicios respecto al tipo de cartucho empleado en el disparo. o Peritaje físico-químico criminalísticos de huellas de disparo en armas de fuego. o Si el arma remitida presenta residuos del disparo. o Peritaje físico-químico criminalísticos de huellas del disparo en prendas de vestir. o Si los orificios presentes en la prenda son producidos por disparos con arma de fuego. 53
o Constitución del proyectil que produjo los orificios. o Si los orificios son de entrada o de salida. o La distancia aproximada a la que se produjo el o los disparos. Peritaje físico-químico de tóxicos metálicos: o Si una sustancia es un tóxico metálico. o Si un alimento contiene tóxicos metálicos. o Si una persona o animal sufren de intoxicación metálica. o Si en los restos de una persona o de un animal hay metales tóxicos. Peritaje físico-químico criminalísticos de tinta, papel y adhesivos: o Si las muestras investigadas son semejantes a los patrones. Peritaje físico-químico de sustancias inflamables o combustibles: o Conocer frente a qué sustancia nos encontramos. o Peritaje químico-físico criminalístico de adulteración de bebidas alcohólicas. o Si la o las muestras de bebidas están adulteradas. o El porcentaje de agua que presentan. Peritaje físico-químico criminalísticos comparativo de polímeros: o Si las muestras de polímeros son semejantes entre sí. o Peritaje físico-químico criminalísticos de revelación de signos borrados en superficies metálicas (Este tipo de peritaje se conoce también como investigación de "Revenidos", es decir “: revelado de marcas seriales eliminadas de diferentes elementos mediante operaciones físico químicas".12 o Si el número presente en la superficie metálica ha sido alterado. o Conocer la numeración anterior o algunos de sus dígitos. Peritaje físico-químico criminalísticos de aplicaciones químicas operativas: o Si la muestra extraída u ocupada se encuentra maculada con sustancia pintante o fluorescente.
12
. Guzmán, Carlos A. Manual de Criminalistica . Ed. La Roca. Buenos Aires. Argentina 1997. pág. 557. 54
o Si esta sustancia es semejante a la aplicación química operativa presente en el lugar del hecho. Peritaje físico-químico criminalístico de sustancias explosivas: o Identificar el explosivo empleado.
2.8 Toxicología y Drogas Es la especialidad de la técnica criminalística que investiga la presencia de sustancias tóxicas y estupefacientes en los organismos humanos y animales, así como en otros indicios materiales relacionados con un suceso o hecho delictivo. 2.8.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Toxicología y Drogas
Peritaje químico criminalístico de drogas: o Si las muestras remitidas corresponden a algún tipo de droga. o Si en los objetos ocupados existen vestigios de drogas. o En algunos casos es importante conocer la pureza de la droga. o En el caso específico de la cocaína se realiza la comparación entre muestras con el objetivo de definir una procedencia común. Peritaje químico criminalístico toxicológico: o La determinación de la presencia de sustancias tóxicas en las muestras recibidas. o En algunos casos la concentración del tóxico. Peritaje químico criminalístico de alcohol en sangre: o La presencia de alcohol etílico en la muestra remitida. o La concentración de alcohol en dicha muestra.
2.9 Biología Es la especialidad de la técnica criminalística que, sobre la base de los principios y nuevos logros de la Medicina, la Biología, la Antropología y otras ciencias, investiga los indicios de origen biológico en el lugar del suceso, tales como secreciones y fluidos humanos, tejidos, pelos, etc.
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2.9.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje Biológico
Peritaje de pelos: o Comprobar su presencia. o Determinar la especie a la que pertenece. o Realizar un estudio inmunológico (agrupación sanguínea y determinación de ADN* en los arrancados). o De qué región proceden. o El sexo. o Lesiones y composición química. o Estudio comparativo con el sospechoso. Peritaje de microfibras: o El tipo, color y su clasificación. o Comparación elemental. Peritaje de otras secreciones: o Presencia de la secreción e investigaciones inmunológicas. o En el lugar del hecho se buscan máculas de la secreción en el piso, sobre objetos o prendas. Peritaje de sangre: o La presencia o ausencia de sangre. o La especie (humana o animal) a través de investigaciones inmunológicas. o La agrupación y otros marcadores genéticos (ADN). o Mecanismos de formación. o El sexo.
* El ácido desoxirribonucleico (DNA) es el material genético principal que existe en todas las células vivas, excepto en las células rojas de la sangre (hematíes) debido a que carecen de núcleo, pero se encuentra presente en los glóbulos blancos. También se puede obtener del semen, de las raíces del cabello, de la piel y de cualquier tejido del cuerpo. Sánchez Pérez, Sonia María; Vargas Pret, Mariela. Identificación Criminal. 1ra Ed. 1993. Editora Jurídica Colambia. Pág. 62 56
Peritaje de semen: o Su presencia, la especie, agrupación sanguínea y determinación de ADN. o Su relación con sospechosos (es decir, de quién o de quiénes, a través de investigaciones inmunológicas). Peritaje de saliva: o La presencia de saliva. o La agrupación sanguínea y la determinación de ADN. o El sexo. Peritajes de tejidos: o Su presencia. o La especie a que pertenece. o Alguna relación con elementos sospechosos. Peritajes de restos óseos: o La especie a que pertenece. o El sexo. o La raza. o La edad aproximada. o El grupo sanguíneo y la determinación de ADN. o La identificación por superposición cráneo fotográfica. o La causa de la muerte y si fue por algún tóxico metálico. Peritaje de huellas vegetales: o Su presencia. o La identificación del fragmento vegetal. o El estudio comparativo con las muestras ocupadas. o La identificación de plantas que son narcóticas o tóxicas.
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2.10 Averías, Explosiones e Incendios (AVEXI) Es la especialidad de la técnica criminalística que, basada en la aplicación de la Física, la Química y otras ramas técnicas como la Electrotecnia y la Mecánica, estudia las causas de la ocurrencia de averías, explosiones e incendios, ya sean por causas naturales, criminales u otras causas. 2.10.1 Cuestiones que resuelve el Peritaje de Averías, Explosiones e Incendios
Peritaje técnico de incendios: o Determinar las condiciones bajo las cuales surgió el incendio. o Determinar la zona o lugar de inicio del incendio. o Las causas que provocaron el incendio. o Las medidas profilácticas para evitar que se repitan. Peritaje técnico de averías: o Determinar las condiciones en que surgió la avería. o Determinar el lugar dónde comenzó la avería. o Las causas que provocaron la avería. o Las medidas profilácticas para evitar que se repita. Peritaje técnico de explosiones: o Determinar el tipo de explosión. o Determinar el lugar de inicio de la explosión. o Las causas que produjeron la explosión. o Las medidas profilácticas para evitar que sucedan nuevamente. o Peritaje técnico-mecánico de automotores. o Determinar las causas que produjeron el accidente. o El estado técnico de los sistemas de frenos. o El estado técnico del sistema de dirección. o El estado técnico de la iluminación. 58
o El estado general de un vehículo. o El estado técnico de los neumáticos. o Investigación e Identificación de automotores. o Las medidas profilácticas para evitar accidentes similares. o Investigación técnico-profiláctica. o Determinar las violaciones de normas de explotación, mantenimiento y mal estado de las instalaciones tecnológicas. o Investigaciones en instalaciones con vistas a garantizar actividades o eventos de carácter nacional o extranjero. o Investigación técnica en equipos de procedencia nacional o extranjera. o Estudio de causas y condiciones para eliminar malversaciones, robos y otros. o Peritaje técnico de descarrilamientos. o Las condiciones en las cuales se produjo el accidente. o El lugar dónde comenzó. o La causa que lo provocó. o Las deficiencias detectadas en los controles organizativos y administrativos que favorecieron la ocurrencia del accidente. o Las medidas profilácticas para prevenir accidentes similares. o Investigación técnica de los accidentes de aviación. o Las condiciones bajo las cuales se produjo el accidente. o La determinación de las causas del accidente. o La profilaxis que se derive de la investigación. Peritaje metalográfico: o Si la avería fue producida por defecto de fabricación o por un esfuerzo superior a la resistencia mecánica para lo que fue diseñado la pieza o equipo. o La determinación de la dureza, composición química y características mecánicas de los metales.
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2.11 Aplicaciones Químicas Operativas Esta especialidad brinda la posibilidad de frenar o neutralizar diferentes actividades delictivas conociendo el modo de operar de los delincuentes y el empleo de sustancias pintantes, luminiscentes, especiales y olorosas. Pintantes: Estas al entrar en contacto con el cuerpo o ropas del delincuente ofrecen una coloración característica de la sustancia usada, perceptible a simple vista. Luminiscentes: Son sustancias totalmente invisibles y las mismas se detectan con el empleo de técnicas especializadas. Especiales: Son las que se emplean en alimentos, combustibles, licores y otras que se revelan mediante otro reactivo químico específico. Olorosas: Son las que nos permiten conocer el rastro, así como encontrar al objetivo y/o persona contaminada con dicha sustancia mediante el empleo de la técnica canina. Aplicaciones a hechos concretos: o Son aquellas encaminadas al esclarecimiento de hechos concretos tales como robos, hurtos, estafas, sobornos, etc. Estas se dirigen a un círculo de sospechosos reducido, que ha sido determinado previamente de acuerdo a la situación operativa. Aplicaciones profilácticas: o Son las encaminadas a la prevención o profilaxis de hechos en fábricas, industrias y objetivos de comercios y servicios, donde la actividad delictiva puede causar daños a la economía o por interés operativo del territorio. Requisitos previos a la aplicación: o Conocer los distintos hechos que se han producido y el modus operandi en cada uno. o El horario y lugar más afectado, así como los artículos sustraídos. o La cantidad de personas que trabajan en el lugar o que tienen acceso al mismo y el nivel de confianza o sospecha sobre ellas.
2.12 La Técnica Canina La Técnica Canina es una vía auxiliar con la que cuenta el instructor para operativamente investigar los delitos. Se basa en la utilización de canes altamente entrenados a los fines de descubrir, esclarecer y prevenir las actividades delictivas.
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2.12.1 Cuestiones que resuelve la técnica canina
Perros de rastreo: o Permiten seguir rastros. o Realizan la selección de personas y objetos. o Ayudan en la realización de registros de terrenos y locales. Perros de drogas: o Señalan indicios de drogas en la realización de registros de locales, terrenos, vehículos, personas y otros. Perros de explosivos: o Permiten localizar explosivos durante la realización de registros de locales, terrenos, vehículos, personas, etc.
2.13 La Odorología La Odorogía es la especialidad de la técnica criminalística que con la aplicación de determinados medios y procedimientos para la extracción e investigación de los olores tiene por objeto establecer la pertenencia de los objetos, huellas y otros a determinada persona que es fuente de olor. Durante la inspección del lugar del suceso se realiza la ocupación de los objetos que pudo dejar el delincuente (gorra, calzado, pañuelos, etc.), y se introducen en una bolsa de nylon para conservarlos en los llamados “bancos de olores”, hasta que exista personal sospechoso y se procede a la identificación de la persona por el olor, mediante el empleo de la técnica canina.13 2.13.1 Cuestiones que resuelve la Odorología
La identificación de uno o más individuos a través de:
El levantamiento y ocupación de huellas olorosas en el lugar del suceso, en paños estériles conservados en envases herméticos.
La comparación de las huellas olorosas anteriores, con las impresiones olorosas de los sospechosos, tomadas también con paños estériles y conservados en envases herméticos.
13
Hernández de la Torre, R. Curso de postgrado La ciencia criminalistica. Managua. Nicaragua. 1988. p.126. 61
2.14 Importancia del Progreso Científico Técnico en la Criminalística Desde la década del 50 del siglo actual que se comienza a usar el término “Revolución Científico Técnica” éste ha permeado la calificación de los cuantiosos cambios que se han producido hasta nuestros días en el desarrollo de las fuerzas productivas y de la incidencia de la ciencia en la producción. Los nuevos descubrimientos e invenciones que surgen día a día en las diferentes esferas de la vida en la sociedad, caracterizados por el impulso de la producción se han convertido en símbolos del progreso científico técnico, la Electrónica, la Computación , la Cibernética, la Modelación Matemática y otros , han irrumpido en el desarrollo tecnológico influyendo decisivamente en el desarrollo de la Salud, la Cultura, la Educación , las Comunicaciones, las Construcciones, el Transporte, etc., y significativamente también en la Criminalística donde ha sido necesaria la creación de nuevas técnicas de trabajo, el aumento del nivel científico de sus medios y métodos, para el descubrimiento, investigación y prevención de los delitos. Como conocemos la Criminalística debe su formación entre otros factores al empleo especializado de medios y métodos de las ciencias técnicas y naturales a las cuales le dio un nuevo cometido, por lo que cualquier tipo de adelanto que se produzca en el campo científico técnico es sensible de ser utilizado y adaptado por la Criminalística en la lucha contra el delito como fenómeno social. “La amplia relación que tiene la Criminalística con otras ciencias le permite tomar datos e informaciones de diferentes ramas del conocimiento para de forma creadora, adecuarlos en su actividad para el descubrimiento, investigación y prevención de los delitos, mediante la función constructiva de elaborar sus propios medios y métodos técnicos. La materialización en la práctica de esa labor se ejecuta a través de las tres partes funcionales de esta ciencia: Técnica, la Táctica y la Metodología Criminalísticas”.14 En la lucha contra el delito y en su prevención han sido aplicados adelantos tecnológicos, utilizándose una serie de dispositivos sólidos con tecnología altamente desarrollada, surgiendo y desarrollándose una nueva industria especializada en la fabricación de medio científico técnicos para combatir el delito y sus manifestaciones. Pueden citarse entre los medios más avanzados de la tecnología criminalística introducidos en los últimos tiempos los desarrollados para la función de protección de los locales contra la posibilidad de asaltos o robos, e incluso de atentados, constituidos por la utilización de cámaras de televisión en circuito cerrado de video, la aplicación de alarmas y cierres automáticos de comprobación electrónica. También los diseñados para la custodia de equipos o documentos de carácter militar, industrial o financiero constituidos por captadores sensibles a cualquier tipo de vibración. Otros equipos han sido diseñados para la transportación de valores, etc. y protegen al personal que los transporta contra cualquier tipo de ataque armado que se quiera realizar mediante un ordenador fijado en el vehículo, el cual está programado con un determinado registro de velocidad, distancia recorrida, ruta a seguir, que cuando sufren cualquier alteración ponen en funcionamiento un sistema de alarma y comunicación con los cuerpos policíacos y a otros cuerpos de vigilancia especializados. Otros sistemas de detección que se están utilizando son los de detección acústica que son capaces de oir el ruido de motores a una distancia de miles de kilómetros a la redonda. 14
Ibidem. p.133. 62
Existen además los detectores térmicos que captan con facilidad todo cuerpo que posea una temperatura mayor a su medio ambiente (hombres, animales, neumáticos, etc.…). Se han desarrollado métodos auditivos construidos para captar conversaciones telefónicas en locales cerrados a través de gruesas paredes, otros, direccionales, capaces de captar una conversación en el interior de una casa o de un auto a más de 50 metros y a más cuando se usan en la intemperie. Para el trabajo ya específico criminalístico en el lugar del suceso ya se utiliza la fotografía infrarroja para la detección y descubrimiento de cadáveres enterrados teniendo en cuenta el principio de la reflexión, que se manifiesta en este caso en los cambios que sufre la vegetación cuando en el sitio hay enterradas personas o animales. Equipos basados en las técnicas holográficas se han aplicado para detectar pasos sobre pisos de madera y en alfombras por las deformaciones microscópicas de estas superficies. Hay un grupo de aportes brindados por la Biología, la Química, la Física, etc. a la Técnica Criminalística para el trabajo pericial en los diferentes procesos de identificación y que se pueden sintetizar en los métodos de investigación de los indicios materiales con la utilización de rayos X, de radiación ultravioleta e infrarroja, de la planimetría, la microscopía y la micrometría, el análisis espectral, la óptica, la electroforesis, la espectrofotometría, la cromatografía, la cristalografía e inclusive la aplicación de Activación Atómica para el análisis de la composición química de residuos orgánicos, etc. Un aporte de la Biología específicamente en el campo de la ingeniería genética, fue la utilización del ADN (ácido desoxirribonucleico) en la identificación humana, cuando en el año 1986, el inglés Alex Jeffrey estableció la forma de aislar y leer los rasgos del ADN denominándolos "Finger Prints DNA" (huellas dactilares DNA). También vemos la incidencia del progreso científico técnico directamente en la Criminalística en la aplicación de la Fonoscopía y la Computación. La fonoscopía que se encuentra en pleno desarrollo y utilización se refiere a la identificación de las personas por los fonogramas de la voz grabadas en cintas magnéticas, basada en las peculiaridades de las impresiones espectrográficas que dejan las personas al pronunciar las palabras, utilizándose el espectrógrafo acústico equipo que representa gráficamente los sonidos y las palabras grabadas en la cinta magnetofónica que posee. La Computación también ha servido para acelerar las investigaciones periciales de diferentes especialidades de la técnica criminalística ya que ha permitido la aplicación coleccionista para los registros de armas de fuego, de escrituras de máquinas de escribir, de calzados, de huellas digitales, de cartuchos, de parámetros de diferentes sustancias como medicamentos, barbitúricos, drogas etc., viabilizando con eficacia y rapidez la realización de peritajes. La computación permite el procesamiento de imágenes fotográficas favoreciendo que determinados objetos que aparecen imprecisos, oscuros, duplicados, dobles, corridos, movidos se perfeccionen con vistas a dar una mejor definición de los mismos con una mayor precisión. En la Identificación de personas para la realización del llamado retrato hablado se aplican programas de computación para su confección a partir de las declaraciones de testigos o de la propia víctima.
63
Recientemente ha tenido lugar la aparición de la Cibernética Criminalística Reconstructiva que “...es la reconstrucción visual de un hecho criminal o accidental, mediante metodología científica asistida por computadora, que permite mostrar en tiempo actual y en realidad virtual, el desarrollo de un hecho criminal o accidental desde su origen hasta su conclusión.”15 El uso del “Laser” en diferentes investigaciones periciales es también un aspecto importante en los últimos tiempos para la excitación de fluorescencia para fotografiar huellas dermatoscópicas latentes envejecidas por el tiempo, también en Documentología tiene aplicación para revelar escrituras borradas, etc. Hemos querido hasta aquí, suscintamente demostrar cómo el progreso científico técnico tiene una incidencia notoria en la ciencia Criminalística que utiliza todo este conjunto de adelantos adecuándolos tanto en el descubrimiento del delito como en la propia investigación pericial de las huellas e indicios.
15
Roberto Martinez Iglesias, http://www.topili.com/02.htm 64
CAPÍTULO 3: LA TÁCTICA Y LA METODOLOGÍA CRIMINALÍSTICAS La Táctica Criminalística es la rama de la Criminalística que se ocupa de la elaboración y desarrollo de los métodos de ejecución de las distintas acciones de instrucción y demás diligencias que se ejecutan durante la denominada fase preparatoria (preliminar o de instrucción) del juicio oral, así como las normas tácticas de la utilización racional de los recursos científico-técnicos elaborados por la Criminalística, en su parte Técnica. La Táctica Criminalística regula el desarrollo de las acciones de instrucción que de una u otra forma están reguladas en la ley adjetiva, estas son:
La Inspección del lugar del suceso.
El Registro.
La Detención.
El Experimento de Instrucción
La Reconstrucción de los hechos.
La Presentación para el reconocimiento.
El Interrogatorio.
La Designación del Peritaje o Dictamen Pericial.
La Inspección en el lugar del suceso: Por medio de esta acción de instrucción se descubren, revelan, fijan y ocupan los distintos indicios materiales y huellas que tienen significación criminalística para la investigación del hecho delictivo o accidente. Se estudia el ambiente y las circunstancias en las que se produce el hecho y se obtiene un conjunto de datos de inestimable valor en una investigación. El Registro: Es la acción que sirve para descubrir y ocupar objetos que puedan tener relación con el delito y para descubrir y detener a las personas que se buscan. El Interrogatorio: Por medio de esta acción, se obtienen informaciones para aclarar diferentes circunstancias del hecho, obtener nuevas pruebas y datos para determinar la culpabilidad o inocencia de las personas relacionadas con el hecho. El Experimento de Instrucción: Es la acción que se hace con el fin de comprobar la posibilidad objetiva de que haya ocurrido determinado fenómeno, circunstancias o hecho, para obtener nuevas pruebas y datos sobre el hecho investigado. La Reconstrucción de los hechos: esta acción tiene como fin demostrar todas las acciones componentes del hecho, así como el orden de ocurrencia de las mismas y con el máximo posible de detalles.
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La Presentación para el reconocimiento: Es la acción mediante la cual se procede a la identificación de personas, lugares y objetos, mediante su debida presentación para tal fin, siguiendo determinadas normas tácticas. La Designación del Peritaje o Dictamen Pericial: Mediante las reglas tácticas que la rigen, permite determinar la necesidad de la solicitud de peritaje, el orden de su designación y las particularidades de la aplicación de los distintos tipos de peritajes en la investigación de un hecho. A continuación, se analizará la Táctica empleada (métodos que se deben emplear) en las distintas acciones de instrucción, comenzando por aquella que es considerada como la más importante del proceso penal: la Inspección del lugar del suceso.
3.1 La Inspección del lugar del suceso En esta acción el instructor obtendrá los datos e indicios necesarios para dirigir la investigación hacia un fin determinado, cuestión que no se produce sino después de realizada la inspección, de ahí su relevancia jurídica en el Derecho Español es nombrada como vista de ojos, evidencia, en otros países se les denomina indistintamente como inspección ocular, reconocimiento judicial, comprobación judicial, etc. Su importancia radica en que después que la misma ha sido realizada es imposible repetirla bajo las mismas circunstancias que imperaban inicialmente, ya que el ambiente, las condiciones o características del lugar tienden a modificarse inevitablemente por diversos factores. La inspección del lugar del suceso es la acción de instrucción que realiza la Policía o el Tribunal para examinar los objetos, personas, lugares y otros indicios, esclareciendo las circunstancias relacionadas con el hecho delictivo que se investiga; en la doctrina es considerada como un medio de prueba real, directo y personal aunque algunos autores no la aceptan como tal, existen dos tipos de inspección: la judicial y la extrajudicial, la primera es la realizada por los jueces y la segunda por el instructor o investigador del órgano de instrucción correspondiente. Tareas de la Inspección:
Descubrir y extraer las huellas e indicios con el fin de ser utilizadas como pruebas materiales.
Obtener datos que ayuden a formar las versiones del hecho.
Aclarar las circunstancias y condiciones en las cuales se ejecutó el hecho lo cual permite el establecimiento de medidas preventivas.
Obtención de datos que permitan la identificación, búsqueda y captura de los autores.
Exigencias tácticas de la Inspección del lugar del suceso:
Comenzar la inspección a la mayor brevedad posible, lo cual significa que debe garantizarse la preservación del lugar para mantener inalterables la posición de los objetos, del cadáver, etc., hasta tanto se inicie la inspección. Mientras más tiempo medie 66
en comenzar más peligro existe de que personas ajenas o relacionadas con el hecho modifiquen el escenario del delito.
Dirección única: Aunque en el lugar estén presentes otras personas, sólo el instructor o investigador dirige las acciones a realizar.
Objetividad y totalidad de la inspección: Significa que se tiene que realizar un plan previo y ejecutar la acción de una sola vez, consecutivamente.
Realizar una utilización correcta de los medios científico-técnicos: es necesarios conocer los pasos a seguir en la recolección de las huellas e indicios aplicando en cada situación los medios técnicos para el levantamiento, extracción y ocupación de éstas.
Observación de las reglas criminalísticas para la conservación de las pruebas materiales: Deben embalarse correctamente las huellas e indicios para que no sufran alteraciones o se borren y puedan remitirse con posterioridad para la investigación pericial.
Participantes en la Inspección:
El Instructor, investigador o procesador.
Peritos criminalísticos u otros.
Dos o más testigos de referencia (aquellas personas que no tienen relación alguna con el hecho y que sirvan de testigos oculares).
La técnica canina (el guía con su perro).
Antes de explicar las etapas de realización de la Inspección del lugar del suceso, vamos a señalar que la forma que se emplea para el análisis detallado del lugar del suceso, se le denomina como inspección ocular. De forma general existen tres formas de efectuarla: Lineal o frontal: en lugares estrechos, cuadrados o rectangulares, las pruebas están en línea. En espiral: en lugares abiertos o despoblados y cuando el área es muy grande o las pruebas están situadas en cualquier dirección. Esta forma puede realizarse moviéndonos de manera diferente, por ejemplo, en forma excéntrica cuando se toma como centro el elemento más importante y nos movemos hacia la periferia y en forma concéntrica cuando se realiza de forma inversa, o sea, de la periferia hacia lo que consideramos como centro. Zig-zag: ésta es una variante que permite desplazarnos por el lugar describiendo una línea quebrada. 3.1.1 Etapas de la Inspección
Etapa preparatoria: Consta dos períodos. El primero es cuando el instructor se prepara para concurrir al lugar del suceso, es decir, desde que por alguna vía de comunicación recibe el aviso hasta la llegada al lugar; debiendo orientar la preservación del lugar y determinar la técnica a 67
utilizar y los peritos que de acuerdo al caso deben participar. El segundo comprende las acciones a realizar desde la llegada del instructor hasta el inicio de la inspección, comprende las medidas que deben tomarse s sobre situaciones que requieren una acción inmediata, por ejemplo, el auxilio a la víctima si aún está con vida, controlar los testigos del hecho e invitar a los testigos de referencia, preservar alguna huella o indicio que pueda destruirse por alguna inclemencia del tiempo. Etapa de trabajo: Comprende dos períodos, uno de los cuales corresponde a la Inspección general o estática, en la cual el instructor debe:
Ubicarse en la situación del lugar (no se debe tocar ni mover nada de su lugar)
Delimitar el territorio a inspeccionar.
Trazar el plan de la inspección detallada y la forma a utilizar.
Dar las orientaciones pertinentes a cada participante y sus funciones específicas.
Fijar el inicio de la inspección a través de fotografías, esquemas, croquis, etc.
El segundo período corresponde a la Inspección detallada o dinámica. En ésta se procede a efectuar los pasos de recolección de las huellas y evidencias inspeccionando todas las partes del lugar de lo general a lo particular, fijando fotográficamente (detallada y a escala) los objetos de importancia relacionados con el hecho, revelando mediante medios técnicos las huellas, se procede a la extracción de éstas y a su correspondiente conservación. Se describirán los olores (humo de cigarro o tabaco, gas, polvo, perfume, pólvora, etc.). Se inspeccionarán detalladamente:
Puertas (sellos y cerraduras) si están abiertas o con seguros.
Ventanas (si están abiertas, cerradas, si tienen pasadores o no).
Interruptores y luces (si están encendidos o apagados).
Cortinas (si están abiertas o cerradas).
Pisos y paredes.
Objetos de cristal, metálicos, o de cualquier material.
Etapa conclusiva: Deberá realizarse una reunión del grupo operativo para analizar el trabajo realizado por cada uno y así verificar si la inspección se ha realizado completamente, debiendo comprobarse por el instructor los siguientes aspectos:
El embalaje de las pruebas descubiertas.
Tomar medidas según los resultados de la inspección que sean necesarias para la investigación.
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Guardar convenientemente los objetos de interés que por una u otra razón no se puedan sacar del lugar.
Confeccionar el acta de inspección y firmarla por todos los participantes.
3.1.2 Inspección Primaria Exterior del Cadáver. Formas de realizarla
Teniendo en cuenta la significación social y jurídica que tiene la aparición de un cadáver, se le ha denominado a este tipo de inspección como: “inspección exterior primaria del cadáver”, los médicos legales por su parte la nombran como: Levantamiento del cadáver. La inspección primaria exterior del cadáver se realizará en presencia del instructor y el médico forense, exigencia que no puede ser violada. Sus objetivos son los siguientes:
Determinar la data de la muerte (tiempo aproximado transcurrido después de producida la muerte).
Determinar la etiología de la muerte, es decir, las causas, conllevando de ser necesario la necropsia médico legal, posteriormente.
Si el hecho fue cometido en el lugar del hallazgo del cadáver.
La identificación del cadáver (por diferentes medios técnicos como: la toma de la fotografía signalética, la descripción de la dentadura, y la toma de las impresiones decadactilares, etc.
Las acciones a realizar en la inspección son las siguientes:
Fijar el cadáver y su relación con el lugar (a través de fotografía o Video).
Inspección de su hábito externo (ropas, zapatos, etc.)
Describir sus señas físicas, cicatrices, lunares significativos, tatuajes, etc...
Desnudar el cadáver y analizar los fenómenos cadavétrcos (de la cabeza a los pies).
Voltear el cadáver y proceder idem.
Descripción de la dentadura, etc.
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3.1.3 Inspección de los Documentos
Es el estudio detallado de los documentos cuando existe la necesidad de demostrar cualquier circunstancia en el hecho que la investigación lo exija, fijando los resultados. 3.1.4 Inspección a personas. Circunstancias
Cuando es necesario descubrir sospechosos con heridas o lesiones producidas por la víctima, o restos de sustancias en su cuerpo o ropa que lo relacionen con el hecho (sangre, semen, etc.).
Para comprobar si las lesiones presentadas son producto de los hechos o autoprovocadas.
Establecimiento de delitos (como violaciones o pederastias o intento de éstas.
Descubrir la presencia de señas particulares, etc.
Reglas de la Inspección de personas.
El investigador debe ser del mismo sexo y deben estar presentes testigos de referencia.
Debe comenzar primeramente por los lugares descubiertos.
Se deben quitar posteriormente los vestidos y el calzado.
Debe realizarse la inspección del cuerpo desnudo (huellas, heridas, cicatrices, etc.).
Describirse los resultados de esta acción.
3.1.5 El Instructor y las circunstancias negativas
No siempre en la inspección del lugar del suceso el Instructor o investigador encuentra objetivamente la explicación de los hechos en el escenario del delito, encontrándose con circunstancias negativas, que contradicen la marcha lógica de las cosas que tienen que haberse producido en el hecho, o sea, producto de este. De ahí que tenga que pensar en varias versiones de los hechos entre las que pueden estar que el autor o autores hayan borrado huellas o dejado otras exprofeso para desvirtuar la investigación. Fijación de los resultados de la Inspección: Se refiere a las formas de dejar constancia gráfica probatoria e ilustrativa de la realización de la inspección y de sus resultados a través del Acta, de croquis o planos del lugar y a través de la fotografía y el video. “.... En relación con el Acta ésta consta de tres partes: La Introducción, la Descriptiva y la Conclusiva. En la parte Introductoria se hacen constar las siguientes cuestiones: los participantes; el hecho investigado; el estado de la preservación del lugar; el tiempo transcurrido entre la ocurrencia del hecho, su denuncia y el momento en el que se practica la 70
inspección condiciones de iluminación y climatológicas existentes al realizar la inspección. En la parte Descriptiva se exponen: las características del lugar; el ambiente exterior existente, el mobiliario; las vías de acceso, estado de las cerraduras, etc.; denominación y ubicación exacta de las huellas y pruebas materiales. En esta etapa de trabajo se confeccionan croquis, planos o esquemas, donde se indica gráficamente la presencia de cada elemento encontrado en el lugar. En la parte Conclusiva del Acta se consignan: las filmaciones fotográficas, cinematográficas o de video, cintas realizadas; las huellas extraídas; los moldes confeccionados; Las muestras obtenidas; los objetos ocupados; las acciones practicadas; las firmas de los participantes.”16
3.2 El Registro El registro es la acción de instrucción que se orienta por el Fiscal o el Instructor, en la cual se procede a efectuar una inspección voluntaria o forzada a personas, lugares o cosas, para descubrir la presencia de individuos, objetos o huellas, relacionados con el delito. El registro sólo se efectuará en caso de que existan los suficientes elementos para suponer que los objetos, personas, pruebas, etc., buscados se encuentren en el lugar que se presume o en la persona que se observe como sospechosa de criminalidad, por lo cual no deben realizarse registros infundados que pueden provocar malestar en la población. En la realización del registro deben evitarse las diligencias inútiles y actuar de la forma menos gravosa para los residentes, sin extremismos o incurrir en particularidades ajenas a los objetivos que se persiguen con esta acción. En cada país se regula la realización de esta acción, en el caso de Cuba se encuentra a partir del artículo 2l5 hasta el 240 de la ley de Procedimiento Penal17, sólo vamos a comentar las regulaciones que a nuestro juicio resultan más significativas:
En edificios de servicios oficiales de carácter civil, sólo se requerirá para efectuar el registro una notificación en el acto de practicarlo al funcionario de rango superior que radique en el local, o a su sustituto.
En edificios o instalaciones militares, sólo se podrá realizar auxiliándose del J’ correspondiente.
En templos, bastará recado a la persona encargada del local.
En domicilios particulares, si es de día (a partir de la 5 de la mañana hasta las l0 de la noche), basta con el consentimiento del dueño y si no hay consentimiento se requerirá una Resolución fundada del instructor con aprobación del Fiscal, debiéndosele entregar una copia a la persona. Pasadas las l0 de la noche podrá efectuarse con el consentimiento, pero si no se accede, habrá que esperar hasta las 5 de la mañana del día siguiente para poder llevarlo a cabo de lo contrario se cometerá el delito de violación de domicilio ya que la inviolabilidad del domicilio es una garantía constitucional.
16
Ibidem. p.33. Fernández Pérez, S. y otros. Ley de Procedimiento Penal. Edición actualizada, anotada y concordada. Editorial SI – MAR, S.A. La Habana. Cuba. 1997. P. 86-91. 17
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El registro en persecución de un delincuente, se requiere de una orden de detención o mandamiento de prisión contra una persona, En este caso sólo se podrá realizar si en el acto de detención se da a la fuga y se refugia en una casa o local. En locales de misiones diplomáticas no se podrá efectuar sin el consentimiento del J’ de la misión, lo mismo ocurre en naves o aeronaves donde salvo con la autorización del Capitán y de éste negarse con la del representante diplomático o consular de la nación bajo la cual se encuentre abanderado el buque o aeronave Objetivos del Registro.
Descubrir y obtener pruebas materiales (huellas e indicios).
Localizar prófugos o circulados o documentación que ayude a su ubicación.
Ocupación de bienes producto del delito.
Ocupación de instrumentos u objetos que se tengan sin autorización.
3.2.1 Medidas tácticas en la planificación del Registro
Para efectuar un registro se deben tener en cuenta las siguientes medidas que garantizarán la eficacia del mismo: Estudio del caso concreto para determinar el grado de participación de sujetos en el delito, del lugar donde se va a efectuar el registro, de la personalidad del sujeto (de los datos sociopsicológicos). Determinación de antemano de los objetos y documentos a localizar en el lugar. Estudio de los moradores del lugar (conocer si hay niños, ancianos, enfermos, etc.,) Confección del plan del registro que contendrá: la fecha y hora del registro y las generales de los participantes (agentes, testigos de referencia, residentes, ayudantes, peritos). También el plan debe contemplarlos medios técnicos a utilizar (linternas, extensiones eléctricas, herramientas, detector de metales, de minas, imán de sondeos, aparatos de rayos x, de iluminación ultravioleta, visores infrarrojos, etc.). Una vez elaborado el plan se le deben dar a los agentes que participarán de la acción, las instrucciones con las tareas específicas a ejecutar individualmente, se les informará además los datos obtenidos sobre la persona a la que se le va efectuar el registro y sobre la persona, lugares, objetos a buscar. Se designará finalmente un J’ de grupo que dirigirá las acciones y tendrá la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir todas las instrucciones dadas.
72
3.2.2 Etapas del Registro
Inicial: en esta primera etapa deben tomarse medidas preventivas referidas a no llegar sonando sirenas, dando frenazos, para no alarmar a la población y para no avisar la presencia a los delincuentes. Orientación de las funciones a cada agente De revista: Una vez neutralizados y registrados (cacheados) los residentes, se hace una inspección inicial para percatarnos de las posibles salidas que tenga el lugar y la posición de los objetos. Detallada: Se inicia el registro pormenorizado en presencia de 2 o más testigos de referencia, debiendo estar presente uno de los responsables de la vivienda. Fijación de los resultados del registro: Se deben tomar fotos o grabaciones de video y además confeccionar el acta que consta de tres partes: Introducción, donde se reflejan las generales de quienes efectúan el registro, la dirección del lugar, generales de los propietarios, etc.; Descripción, donde se describen las acciones, los objetos ocupados, incidencias, etc.; Conclusión, aquí se reflejará si fue positivo o negativo el registro, la actitud de los moradores, el estado de la vivienda ,los objetos o la persona encontrados y por último debe firmarse el acta por los participantes en el registro.
3.3 La Detención Con frecuencia se requiere la detención de una persona presuntamente involucrada en la comisión de un delito, pero la detención es un acto trascendental, mediante el cual se priva a una persona del derecho establecido por la Constitución y demás leyes, el derecho de gozar de libertad, llevando implícito un posible daño moral de mayor o menor importancia para el crédito y el prestigio del detenido, sus familiares y lo que representa dicho ciudadano desde el punto de vista público y social. Por lo que no se podrá proceder a la detención de una persona sin la absoluta certeza de la necesidad o conveniencia de tal acción “La detención, es la acción de instrucción mediante la cual se procede a privar de libertad provisionalmente a una persona a la que se le atribuye la comisión de un delito”.18 La provisionalidad de la detención está dada porque “nadie pude ser detenido sino en los casos y con las formalidades que las leyes prescriben”, este mandato Constitucional es recogido también en la ley procedimental cubana, teniendo en cuenta el tiempo que una persona puede estar detenido, además las circunstancias en que se puede proceder a la detención de una persona y quienes están obligados o facultados para realizarla, por lo que como vemos la ley reconoce a la detención como una facultad que se establece en determinadas circunstancias para todos los ciudadanos y una obligación para las autoridades y agentes de la Policía. Cuando se detiene a una persona con infracción de lo establecido en las leyes se comete el delito de privación de libertad regulado en el código Penal Cubano.
18
Fernández Pereira, J. “Teoría General, Técnica, Táctica y Metodología Criminalísticas”. 2Da Parte. Universidad de La Habana. Facultad de Derecho. La Habana. Cuba. 1991. P.321. 73
3.3.1 Medidas tácticas a tener en cuenta en la planificación de una detención
Estudio del sujeto y su personalidad, de ser posible debe tenerse datos biográficos y antecedentes delictivos de éste, conocerse el grado de peligrosidad del mismo y los lugares que frecuenta, etc. Estudio del lugar donde se va a efectuar la detención. Elaboración del plan de la detención, que deberá contener la fecha y la hora, el itinerario a seguir por los móviles, formas de penetrar al lugar, cantidad de personal, móviles, formas de vestirse, de neutralizar a las personas, etc. Impartición de instrucciones a los participantes, dándole a conocer las tareas de cada uno, e informarle los datos, señas, fotos que se tengan de las personas a detener. Estudio de los moradores en caso de viviendas, conociendo si hay niños, ancianos, militares, etc. 3.3.2 Tipos de Detención
En la vía pública.
En lugares públicos.
En domicilios y centros de trabajo.
En vehículos.
Simultáneas
Vamos a explicar sólo las detenciones simultáneas por ser las que menos se conocen, éstas se llevan a cabo sobre más de un objetivo a detener, a una misma hora y en diferentes lugares, estando relacionados entre sí los detenidos en un hecho determinado. Pueden realizarse también sobre diferentes objetivos que practican actividades delictivas semejantes, aunque no estén relacionados entre sí a éstas se les denominan comúnmente como “redadas”. El objetivo de las detenciones simultáneas es evitar que los objetivos puedan evadir la acción de la justicia, tomando medidas al detectar que se están produciendo dichas detenciones, así como también, para evitar que se aprovechen al tener conocimiento de éstas que oculten o destruyan las piezas de convicción, por lo que es necesario evitar que los mismos puedan comunicarse por cualquier medio y por ende alertarle sobre la acción que se está llevando a cabo 3.3.3 Fijación de los resultados de la Detención
Al efectuarse la detención de una persona se extenderá de inmediato un Acta, Según el Lic. Jorge Bodes Torres, magistrado del Tribunal supremo Popular de Cuba dicha Acta debe contener los siguientes aspectos:
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Lugar, hora y fecha de la detención.
Generales de la persona que efectuó la detención.
Generales del detenido.
Motivos de la detención.
El delito por el que se detiene, señalando el artículo del Código Penal en que se regula.
Si se dieron algunas circunstancias que recoge la Ley de que el hecho haya producido alarma, sea de los cometidos con frecuencia en el municipio ose presuma fundamentalmente que el acusado tratará de evadir la acción de la justicia.
Los descargos que al respecto haga el detenido.
La firma del Acta por el que procedió a la detención, por el detenido, el actuante, es decir la carpeta.19
3.4 El Experimento de Instrucción En ocasiones, durante una investigación, el instructor o investigador, requiere comprobar las declaraciones prestadas por los testigos, las víctimas y acusados, o determinar cómo ocurrió determinado fenómeno bajo determinadas condiciones en el hecho, para ello se debe realizar el denominado experimento de instrucción. Esta acción tuvo su aparición en la legislación hace mucho tiempo. Era conocida antes de la Revolución Socialista de Octubre, en la tercera etapa del siglo XIX, y comenzó a desarrollarse desde l930, pero no es hasta el año l96l que aparece en la legislación soviética. En Italia está prevista desde el año l913. En Cuba no está regulada en la legislación penal ordinaria sino en la militar, aunque en la práctica se realiza con regularidad y es reconocida como una acción de instrucción más. Según el profesor Lic. Julio Fernández Pereira el experimento de instrucción es: “la acción de instrucción que realiza el instructor para comprobar las pruebas recogidas, recibir nuevas pruebas y apreciar las hipótesis o versiones que se han hecho del caso, de acuerdo con esa prueba y a las declaraciones obtenidas.20 Del anterior concepto se infiere la necesidad de realizar esta acción de instrucción cuando existe la posibilidad de que uno u otros sucesos, acciones o fenómenos susciten dudas de su acontecimiento, que éstas sean importantes para el hecho investigado y puedan haber tenido lugar en realidad y puedan aclararse por medio experimental.
19
Bodes Torres, J. “La Detención y el Aseguramiento del acusado en Cuba”. Editorial Ciencias Sociales. La Habana. Cuba. 1988. P.99. 20 Fernández Pereira, J. Ibidem. p.291. 75
El experimento consiste en el establecimiento de determinadas condiciones y formas en que pudo tener lugar determinado suceso, acción o fenómeno. El contenido de cualquier experimento es la ejecución de ciertas acciones experimentales, se lleva a cabo reproduciendo artificialmente algunas circunstancias del suceso, a fin de determinar la posibilidad objetiva de un hecho importante para la investigación. Con la realización del experimento de instrucción se persiguen los siguientes fines:
La comprobación o ilustración de las pruebas recogidas que tengan relación con el hecho.
La obtención de nuevas pruebas.
La comprobación de las versiones o hipótesis del hecho.
El establecimiento de las condiciones favorables a la comisión del delito.
Para lograr los anteriores fines es necesario realizar diferentes tipos de experimentos, hay diferentes clasificaciones de los experimentos, en Cuba por ejemplo la Escuela Cubana de Criminalística los denomina como: de audibilidad, visibilidad, posibilidad o habilidad; el alemán Stelser refiere cinco tipos de experimentos siguiendo al criminalista ruso Belkin, los cuales a nuestro entender recogen en síntesis los experimentos más generales: “El experimento para comprobar la posibilidad (o imposibilidad) de percibir un determinado fenómeno. El experimento para comprobar la posibilidad de realizar una determinada acción. El experimento para determinar la presencia o ausencia de capacidades y habilidades profesionales o especiales... El experimento para comprobar la posibilidad de un hecho y la forma en que se desarrolló. El experimento para la obtención de reflejos – huellas materiales y para el estudio del proceso del surgimiento del reflejo”.21 El primero de los experimentos descrito puede resumirse como un experimento de percepción, el segundo como de actitud, el tercero como de aptitud, el cuarto como de posibilidad y el último como el pericial ya que es el que realizan en función de los diferentes peritajes los peritos en condiciones de laboratorio cuando realizan, por ejemplo, huellas experimentales para la comparación. 3.4.1 Validez de los Experimentos
No en todos los casos que parezcan necesarios se realizará un experimento ya que mediante el experimento no puede comprobarse totalmente un acontecimiento investigado. “La reproducción de las circunstancias objetivas y subjetivas de un delito investigado sería ilegal, esto sin hablar de 21
Ibidem. p.295. 76
la imposibilidad práctica que existe de reproducir de manera exacta un acontecimiento en su totalidad. El experimento de instrucción debe verse pues, como un método de investigación de las distintas circunstancias del suceso investigado”.22 Es decir es inadmisible reproducir circunstancias que por su carácter impliquen peligro para la salud o la vida de sus participantes, de las personas que se encuentran en sus alrededores o para la propiedad, por ejemplo: efectuar disparos en lugares habitados, incendiar una edificación, reproducir choques de vehículos, etc., Igualmente es inadmisible reproducir circunstancias que se vean acompañadas de actuaciones que puedan dañar la reputación y la dignidad de los ciudadanos, que violen sus derechos individuales o razones de moral, por ejemplo la reproducción de una violación y las actuaciones del ejecutor del hecho. Está obligado también obligar a alguien a participar en la representación de las circunstancias de un hecho, incluso en el caso que se desee comprobar las declaraciones de dicha persona, por ser sospecharse que son falsas. 3.4.2 Condiciones tácticas para la ejecución del Experimento
De acuerdo al caso determinar el tipo o tipos de experimentos que se realizarán.
Tener determinados los objetivos que se persiguen.
Establecida la hora, el día y el lugar, así como las condiciones en que se va a llevar a cabo.
El contenido del experimento y el orden en que se realizará
Seleccionar los participantes y esclarecer las funciones de cada uno.
Selección de los medios técnicos e instrumentos que se utilizarán en el experimento.
En los casos complejos, se deberá elaborar un plan por escrito para su ejecución.
3.4.3 Fijación de los resultados del experimento de instrucción
Por medio de la fotografía y el video pueden filmarse los aspectos significativos del experimento, pero debe redactarse el Acta donde se reflejen los particulares obtenidos.
3.5 La Reconstrucción de los hechos Es la acción de instrucción mediante la cual el instructor o el fiscal ilustra al tribunal documentalmente el desenvolvimiento del hecho en su conjunto o de una parte de él una vez que ya tiene concluido el expediente de fase preparatoria, tomando como base las deposiciones del acusado, los testigos o de la propia víctima y para ello se auxilia de la fotografía y del video. La reconstrucción de los hechos está regulada en la legislación de muchos países, denominándosele también como “experimento judicial”. No es considerada como un medio de 22
Vasiliev, A. “Criminalística”. Universidad de Moscú (traducido al español). Impreso FAR. La Habana. 1981. 77
prueba autónomo, sino como un complemento necesario. En Cuba se encuentra regulada esta acción en los artículos 133 y 134 de la Ley de Procedimiento Penal, los cuales transcribimos a continuación para su mejor comprensión y porque entendemos que recogen en esencia las condiciones tácticas de realización de esta acción de instrucción:
Artículo 133: “Con el fin de comprobar y precisar el hecho que se investiga o aspectos importantes del mismo, el Instructor o el Fiscal pueden disponer su reconstrucción, que consiste en la reproducción de los actos ejecutados y sus circunstancias en la forma más fielmente posible. Esta diligencia se realizará siempre a presencia de dos testigos.
El que practique la reconstrucción de los hechos puede realizar mediciones, tomas fotografías y confeccionar planos y esquemas.
La reconstrucción de los hechos, y en particular la toma de fotografías y la confección de planos o croquis, se dispondrá siempre que resulte imprescindible para demostrar el hecho o circunstancias esenciales del acto objeto del proceso.
Durante la reconstrucción de los hechos no se realizarán actos que puedan menoscabar la dignidad o el honor de las personas que en él participen o redundar en perjuicio de su salud.
Artículo 134: De considerarse necesario, pueden participar en la reconstrucción de los hechos, el acusado, si se prestare a ello, el perjudicado o cualquiera de los testigos que hayan declarado en el expediente.
El instructor o el Fiscal, cuando efectúe la reconstrucción de los hechos, podrá solicitar la presencia de peritos para que intervengan en la diligencia”.23
Históricamente ha existido confusión entre el experimento de instrucción y la reconstrucción de los hechos, ya que ambas son acciones de instrucción que corroboran e ilustran circunstancias del desarrollo delictivo de un hecho; se realizan cumpliendo las mismas exigencias legales y las condiciones de su ejecución tanto en la preparación, en su realización y en los métodos de fijación son similares. No obstante, como señala el Dr. Enrique Herrer, “la realización de uno o varios experimentos de instrucción puede dar lugar, entonces, a la reconstrucción de los hechos y puede procederse a tal reconstrucción, aun cuando no hubiera podido efectuarse ningún experimento de instrucción”.24 Puede señalarse que existen diferencias sustanciales entre el experimento y la reconstrucción de los hechos, ya que: El objetivo fundamental de la reconstrucción de los hechos es apreciar e ilustrar el hecho en su conjunto, así como su desenvolvimiento, demostrando todas las acciones componentes del hecho, así como el orden de ocurrencia de las mismas y con el máximo posible de detalles, en tanto que el experimento de instrucción persigue diferentes objetivos, tales como, desvirtuar o corroborar la declaración de un testigo, establecer condiciones, obtener pruebas, comprobar 23
Fernández Pérez, S. y otros. Ibidem. p.66. Herrer González, E. Curso de Postgrado. “Problemas actuales de la Táctica Criminalística”. MES. LCC. La Habana. Cuba. 1985. P.8. 24
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pruebas, destruir o afirmar una versión del hecho o la coartada de un acusado, etc., es decir, se emplea para comprobar una parte específica y determinada del conjunto de acciones que constituyen el hecho. La reconstrucción de los hechos, de forma general ilustra la comisión del delito en base a situaciones ya comprobadas cuando ya están esclarecidas las circunstancias del hecho, y el experimento de instrucción solo va dirigido a comprobar determinadas circunstancias y condiciones de índole material y subjetivo sobre las posibilidades de ocurrencia de un determinado fenómeno o hecho dentro del contexto de la investigación. La reconstrucción de los hechos se practica básica y casi exclusivamente sobre la base de las declaraciones de las víctimas, los testigos y los acusados y el experimento de instrucción puede efectuarse solamente sobre la base de las declaraciones de las víctimas y los sospechosos o sobre la base de los indicios materiales encontrados en el lugar del suceso sin que existan tales declaraciones.
3.6 La Presentación para el Reconocimiento En el transcurso de la investigación de un delito y en ocasiones como resultado de un registro o de otra acción, como puede ser por ejemplo un interrogatorio, surge la necesidad de que testigos o víctimas identifiquen a personas, cadáveres, animales o lugares. En este caso el instructor podrá disponer la realización de una presentación para el reconocimiento. La presentación para el reconocimiento es la acción mediante la cual se procede a identificar a las personas, cadáveres, objetos, animales o lugares, grabados en la memoria de la persona que va a reconocer y que de observarse las exigencias judiciales necesarias tendría significación de prueba de identidad, cuando sus resultados sean positivos y se determine su relación con las otras pruebas obtenidas durante el proceso de investigación. Esta acción en la doctrina jurídica no es considerada como una prueba propiamente dicha, sino como un medio complementario de las declaraciones y se le denomina de diferentes formas como: confrontación, confrontamiento o rueda de presos. Formas de realización de esta acción:
Presentando el objeto o elemento a reconocer físicamente.
Presentándolo mediante fotografías, filmación cinematográfica o video.
Casos en que procede su realización:
Cuando la persona que se vio o la voz que se escuchó eran desconocidas antes del hecho.
Cuando se conoce a la persona o la voz, pero la persona mencionada lo niega.
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Cuando se conoce a la persona o su voz, pero ofrece generales sobre el mismo que no concuerdan con lo real.
Cuando es necesario determinar la procedencia o pertenencia de objetos.
Cuando es necesario determinar el lugar de ocurrencia de un hecho.
Cuando la identidad de un cadáver es desconocida.
3.6.1 Reglas generales
No conviene realizar la presentación más de una vez, aunque en casos excepcionales está permitido violar esta regla. Cuando en una primera presentación la persona no es conocida, se puede proceder a otra presentación con nuevos indicadores que puedan reconocer. Cuando las condiciones de iluminación no son las mismas que las del lugar del suceso. Cuando el identificador declara que entre las personas a él presentadas no reconoció al sospechoso, pero posteriormente dice que sí, pero que por miedo no lo identificó. La presentación para el reconocimiento mediante fotografías sólo deberá aplicarse cuando exista la imposibilidad de presentar al objeto o cuando tácticamente no sea recomendable para la investigación enseñar el objeto a identificar. 3.6.2 Tipos de Presentación para el Reconocimiento
De personas: Para el reconocimiento de personas pueden aplicarse los siguientes métodos: cuando se realiza el reconocimiento a personas, fundamentalmente se realiza por sus rasgos exteriores, es decir por sus rasgos anatómicos (fisonomía, estatura, complexión, etc.) y por sus rasgos funcionales, o sea, por la voz, la forma de andar o gesticulación, etc. En este caso será necesario el interrogatorio previo al identificador, la preparación del lugar donde se va a efectuar el reconocimiento, la selección de las personas entre las que se presentará el sospechoso y se deberá conservar el hábito exterior de las personas sospechosas. Cuando se quiere identificar a la persona por la voz, puede situarse al identificador en una habitación contigua a la que se encuentra el sospechoso junto a otros conversando, a fin de que reconozca su voz. Cuando el identificador señala que le teme al sospechoso, lo cual es común en delitos violentos, la presentación puede efectuarse mediante la observación secreta situando al identificador en una habitación desde la cual se puede visualizar por medio de un espejo o un orificio otra habitación en la que se sitúa al sospechoso con un grupo de personas vestidos de forma similar. El método que comúnmente se utiliza es el de presentación directa, que consiste en situar directamente al sospechoso junto a otros en una rueda para que el identificador lo reconozca. De cadáveres: En el caso de identificación de cadáveres es necesario restaurar el rostro antes de la presentación, puede presentarse directamente el cadáver o por fotografía, primeramente, se 80
deberán mostrar las ropas y prendas que traía antes de mostrar el cadáver y no se deberá realizar la identificación junto a otros cadáveres. De lugares: En ocasiones es necesario identificar el lugar del hecho, en este caso la presentación debe efectuarse a la misma hora de ocurrido el hecho y deberá mostrarse con anterioridad otro lugar similar para comprobar realmente si hubo una percepción real del lugar y no quepa lugar a dudas. De Objetos: En caso de hurtos o robos es importante a veces reconocer objetos de variadas formas y especificidades en este caso cuando se procede al reconocimiento se deben presentar al identificador varios objetos similares junto al que se va a identificar, se deberán enumerar las características del objeto, debe existir una adecuada iluminación y pude utilizarse en el caso necesario lupas para observar detalladamente al objeto en cuestión. De Animales: Cuando es necesario determinar el dueño de un animal o para identificar simplemente al que traía el delincuente cuando cometió el delito se pude establecer el reconocimiento de animales siguiendo las mismas reglas que para la presentación de objetos. 3.6.3 Métodos de Fijación de esta acción
Hay que confeccionar Acta contentiva de los pormenores de la acción donde se recojan las particularidades de la identificación, siendo firmada finalmente por el identificador, los testigos presenciales y el instructor o Fiscal. Parta concluir este tema tenemos que añadir que esta acción de instrucción será de gran valor para la investigación sólo si se realiza siguiendo estrictamente las reglas explicadas para cada tipo de reconocimiento y es trascendental la participación en el acto, de testigos de referencia.
3.7 El Interrogatorio En la investigación de cualquier hecho delictivo, surge la necesidad independientemente del número y tipo de pruebas que existan de tomar declaraciones a las distintas personas que hayan tenido participación o percibido de alguna forma la comisión de un hecho delictivo, por lo que históricamente se ha tenido en cuenta la toma de declaraciones a los testigos, las víctimas, los acusados y personas sospechosas, a través de un interrogatorio previo. El Interrogatorio es una acción que se conoce desde la antigüedad y prueba de ello lo constituye un papiro descubierto por arqueólogos del siglo XIX que data del año l100 a.n.e en Egipto durante el reinado de Ramsés IX, donde se relata la inspección ocular de supuestas tumbas violadas y la confesión de uno de los culpables, “lo que pudiéramos denominar el primer interrogatorio o toma de declaraciones de que se tenga conocimiento escrito”.25 El interrogatorio surgió primero que su regulación jurídica y ha ido evolucionando a través del tiempo con el aporte del desarrollo científico técnico de la sociedad y no sólo persigue la obtención de declaraciones para reprimir el delito sino que tomando al hombre y su relación con 25
Fernández Pereira, J. Ibidem. p.64. 81
la sociedad el Interrogatorio ha permitido la interpretación de las conductas antisociales con una visión profiláctica y educacional, es por eso que el interrogatorio no debe ser mecánico y debe apoyarse en su ejecución en la Psicología, la Sociología, la Filología, la Filosofía y otras ciencias. Para la Criminalística como ciencia jurídica el interrogatorio es la acción de instrucción que tiene como objeto la obtención de declaraciones por parte del instructor o investigador sobre las circunstancias en que se produjo un hecho delictivo o accidente y que pueden ser ofrecidas por los testigos, las víctimas y los acusados o sospechosos. El Interrogatorio persigue los siguientes objetivos:
Obtención de informaciones que permitan el esclarecimiento del hecho.
Conocimiento sobre las motivaciones que llevaron al individuo a cometer el delito.
Obtención de información que permita la localización de huellas o evidencias mediante la realización de otras acciones de instrucción para probar la participación en el delito.
3.7.1 Principios jurídicos que presiden la realización del Interrogatorio
Existen legislaciones donde no se emplea el término interrogatorio sino el de declaración, éste es el caso de Cuba donde en la ley adjetiva sólo se refiere al de declaración de testigos y de acusados; ahora bien, la Criminalística clasifica a los interrogatorios de la siguiente forma: interrogatorio de testigos y víctimas e interrogatorio de personas sospechosas y del acusado. Uno de los principios fundamentales que preside el interrogatorio de forma general es que: “no se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna sobre las personas para forzarlas a declarar, siendo nula toda declaración obtenida con infracción de este precepto”, así lo prescriben tanto la ley ritual como la Constitución de la República de Cuba en sus artículos l66 y 59 respectivamente. Similar prevención se establece para la declaración de los testigos donde “en ningún caso se empleará ni se permitirá que se emplee coacción, engaño, promesa o artificio alguno para forzar o inducir al testigo a declarar en determinado sentido” (artículo l83 de la Ley de Procedimiento Penal). Otros principios importantes que presiden el interrogatorio es el de no autoincriminación , que se expresa en que “ningún acusado tiene obligación de declarar en su contra” y el de libre expresión que señala que “se permitirá al acusado manifestar cuanto tenga por conveniente en interés de su defensa y para la explicación de los hechos, y en vista de su dicho se ordenará la práctica de pruebas conducentes a la comprobación de esas manifestaciones”, como señala también el artículo l63 de la Ley de Procedimiento Penal Cubana. 3.7.2 Preparación previa del Interrogatorio
De ser necesario se redactarán las preguntas o un esquema de aquellos aspectos sobre los que fundamentalmente versarán las preguntas, siguiendo un orden lógico. Se deberá tener en cuenta las relaciones económicas, los lazos de parentesco, amistad o enemistad entre el deponente y el acusado o la víctima. 82
Hay que ajustar las preguntas programadas, variándolas o eliminándolas según interés. El orden de las preguntas debe ser tal que cada una lleve a la que sigue y que cada respuesta tenga correspondencia lógica con la brindada anteriormente. De versar el interrogatorio sobre varios hechos, debe comenzar por el primero hasta agotarlo y así sucesivamente. Hay que imponer al declarante la importancia que para la Sociedad tiene su declaración. 3.7.3 Interrogatorio de testigos y víctimas. Reglas generales
Análisis por separado de cada una de las personas que se van a interrogar.
No comunicación entre sí entre los interpelados tanto antes como durante la celebración del mismo.
Las preguntas iniciales deben dirigirse exclusivamente a conocer aspectos generales del declarante (nombres y apellidos, dirección particular, profesión u oficio, estado civil, lugar de nacimiento, ciudadanía, etc., pero nunca relacionadas con el hecho.
Narración libre, con toda claridad de todo cuanto conozca acerca del hecho en cuestión.
Con posterioridad se le formularán preguntas dirigidas a que precise las cuestiones, circunstancias y elementos necesarios, de interés. Se le señalarán las contradicciones en relación con los hechos o con las pruebas obrantes. Si es necesario se le indicará las incongruencias de su declaración con las de otros deponentes.
No se deben presentar al deponente ideas preconcebidas a fin de que conozca detalles, de lo contrario levantará una barrera de incomprensión y puede influir que este sea poco comunicativo y se reserve detalles quizás vitales para la investigación.
Las preguntas que se formulen deben ser claras y dirigidas a lo que se desea conocer, No se pueden utilizar preguntas capciosas, sugestivas o impertinentes, ni utilizar engaños, ni promesas. No se ejercerá violencia ni coacción de clase alguna para forzarlas a declarar.
El interrogatorio debe encaminarse a descubrir la verdad objetiva por lo que pacientemente luego de escuchar la declaración deben formularse las preguntas necesarias de forma dinámica, inteligente pero persuasiva.
El interrogado debe estar en pleno uso de sus facultades mentales en el momento del interrogatorio.
Deben prepararse preguntas de control que son aquellas que versan sobre hechos que deben ser comprobados con la ayuda de otras pruebas o mediante la declaración de otras personas.
Interrogatorio a las víctimas. Particularidades. 83
Se tiene que tener presente que la declaración de la víctima del delito tiene mayor grado de credibilidad ya que la percepción de él sobre el hecho fue más intensa.
Hay que tener en cuenta que si la víctima no recuerda detalles del suceso no debe extrañarnos sobre todo si el hecho fue violento o inesperado.
Debemos percatarnos que con frecuencia la víctima tiende a exagerar inconscientemente o conscientemente el acontecimiento con el fin de que se le preste mayor atención. Por lo que estas declaraciones deben ser comprobadas y analizadas críticamente.
3.7.4 Interrogatorio de acusados y sospechosos. Su doble importancia
La declaración de estas personas constituye la fuente básica de información, pero debemos comprender que el acusado por el hecho de serlo no significa que es culpable. En el Derecho Procesal Penal Cubano rige el principio de “Presunción de Inculpabilidad”, por lo que se presume inocente a todo acusado mientras no se dicte fallo condenatorio contra él y todo delito debe ser probado independientemente del testimonio del propio acusado, de su cónyuge y de sus familiares hasta el 4to grado de consanguinidad y segundo de afinidad. La sola declaración no dispensará la obligación de practicar las pruebas necesarias para la comprobación de los hechos. Las declaraciones de éstos constituyen un medio efectivo para su defensa, para coadyuvar a esclarecer los hechos y demostrar su no participación o su menor o ninguna responsabilidad cuando así haya sucedido realmente, es decir el acusado puede exponer y aclarar todo cuanto considere pertinente a fin de facilitar el curso de la investigación en su propio beneficio, por lo que los funcionarios que intervienen en el proceso penal tienen que consignar tanto las circunstancias adversas como favorables al acusado y a instruirlo del derecho que le asisten. Reglas generales para su realización. El Interrogador no debe concurrir prejuiciado al interrogatorio para no valorar de antemano la certeza o falsedad de la declaración. Recibida la información del deponente, no debe darle crédito hasta no comprobar todos los aspectos. Es imprescindible que el interrogador conozca en detalles el hecho y sus circunstancias, las pruebas e indicios obtenidos, así como que domine aspectos concretos sobre la personalidad y el ambiente social en que se desenvuelve el interrogado, lo cual permitirá demostrarle al acusado desde el inicio que conocemos aspectos sobre su persona, lo que nos sitúa en una situación ventajosa, colocando al interrogado en una situación psicológica que tiende a que no mienta ante el temor de que se conozca la verdad, disminuyendo así su capacidad defensiva. Si la persona ha sido objeto de otro u otros interrogatorios, es necesario estudiar con toda meticulosidad las preguntas que se le formularon y las respuestas ofrecidas para determinar la táctica a seguir en cuanto a los aspectos que mintió, a las contradicciones en las que ha incurrido y las pruebas que debemos utilizar en cada oportunidad.
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Si sospechamos que ha depuesto falsamente procedemos a desenmascararlo si contamos con las pruebas necesarias, por ejemplo, empleando sus declaraciones; señalándole las contradicciones en que incurrió; usando pruebas materiales que tengamos en relación con el hecho sobre los cuales declaró; mostrándoles otras pruebas que ayuden al interrogador a demostrar la falsedad de la declaración (pruebas periciales). Objetivos fundamentales del interrogatorio de acusados y sospechosos. El acusado en ocasiones presenta diferentes actitudes con respecto al interrogatorio, mostrándose negativo, cínico, indolente, subjetivo, estas actitudes tienden a dificultar la labor del interrogador, no obstante, éste tiene que lograr los objetivos fundamentales del interrogatorio que son: conocer la forma en que ocurrieron los hechos y determinar la responsabilidad del acusado o sospechoso. 3.7.5 Tipos de interrogatorio
Los interrogatorios se clasifican por diferentes grados (lro, 2do. y 3ro.), el espontáneo, el persuasivo psicológico y el compulsivo. El de leer. grado es aquel se realiza sin que medie ningún tipo de presión psicológica; el de 2do grado sea lleva a cabo persuasivamente pero bajo presión psicológica utilizando para ello las informaciones y pruebas que tenemos, así como el conocimiento sobre la personalidad y aspectos débiles del carácter de la persona, se trata de establecer una afinidad comunicativa entre el interrogado y quien lo interroga; el de 3r, grado es aquel que se realiza aplicando en el interrogado torturas psíquicas o físicas , utilizándose inclusive la narcosíntesis (estado de inconsciencia a través del uso de drogas), éste tipo de interrogatorio está prohibido constitucionalmente en Cuba. 3.7.6 Fijación de los resultados del Interrogatorio
Hay que elaborar un Acta que debe ser redactada por etapas, primeramente, se anotarán los datos biográficos según se vayan contestando por el deponente, después Se describirá el relato que libremente haga el interrogado sobre los hechos, y finalmente se le entregará al interrogado para que proceda a su lectura o le serán leídas, las modificaciones o adiciones que el señale se consignarán al final de la última hoja y en el margen de los restantes, firmándose por el interrogado y el interrogador.
3.8 La Designación del Peritaje o Dictamen Pericial Criminalístico Esta acción la realiza el Investigador para resolver innumerables interrogantes durante la investigación de un delito, por lo que está obligado por la Ley adjetiva a disponer del concurso de conocimientos especiales en determinadas esferas de la ciencia, la técnica, el arte o los oficios que poseen determinadas personas expertas (peritos). Existen diferentes tipos de peritajes entre los que se encuentran los criminalísticos, los médicos legales, los psiquiátricos, artísticos, mercantiles, de contabilidad, zootécnicos, de sastrería, de carpintería, filatelia y otros. 85
El peritaje o Dictamen Pericial Criminalístico es el resultado de las distintas acciones investigativas ( descriptivas, comparativas, experimentales, analíticas) de carácter legal que se lleva a cabo por los peritos de cada una de las especialidades de la técnica criminalística con el objeto de esclarecer determinadas cuestiones relacionadas con el hecho delictivo que se investiga, tales como la naturaleza de una sustancia, la identificación de personas y objetos a través de determinadas huellas, o el mecanismo por el cual pudo haberse producido determinado resultado, etc. Es necesario saber designar a los peritos de acuerdo al hecho y a las circunstancias que rodean al mismo, por lo que en la preparación y designación del peritaje el Investigador ha de tener presente, las siguientes cuestiones:
Si hay necesidad o no del peritaje.
Si existen elementos materiales suficientes para realizarlo.
Qué tipo de peritaje solicitará.
Formular correctamente las cuestiones a resolver por los peritos en la solicitud de peritaje.
Designar a los peritos que realizarán el peritaje.
Dictar la correspondiente resolución por el Investigador o el auto del Tribunal según proceda.
El Peritaje o Dictamen Criminalístico puede ser realizado en ocasiones por distintos especialistas de varias ramas, en este caso se clasifican de la siguiente forma: Peritaje reiterado: cuando existan dudas o resulten insatisfactorios los resultados emitidos por los peritos, solicitándose entonces un nuevo peritaje que generalmente se encarga a otro u otros peritos sobre la base del peritaje primario. Peritaje complementario: al existir nuevas situaciones que surgen con posterioridad al peritaje inicial pero que guardan relación con él, Peritaje mixto o complejo: es el que se realiza mediante la investigación multifacética de las pruebas materiales, participando en su ejecución varios peritos de diferentes ramas (perito criminalista, médico legal, etc.). Peritaje de Comisión: el que solicita para que participen peritos de diferentes especialidades de la técnica criminalística (peritos balísticos, químicos, dermatoscópicos, etc. Los resultados del Peritaje o Dictamen Pericial Criminalístico se emiten mediante un Informe Pericial que consta de dos partes: una escrita y otra gráfica o ilustrativa, la escrita es el documento donde se describen todos los pasos seguidos por los peritos durante la realización del peritaje consta de las siguientes partes: Encabezamiento, Introducción, Examen e Investigación y Conclusiones.
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En el Encabezamiento se describe el nombre del organismo que realiza el peritaje, quién lo solicita, el asunto de que se trata, tipo de peritaje, y el anexo, donde se describen de forma general los materiales que se devuelven.
En la Introducción se describen los materiales que se recibieron para el peritaje, haciendo una breve mención de aquellas características que identifican a cada uno de ellos, planteándose, además, aquellas cuestiones que deben ser resueltas por los peritos durante el desarrollo del peritaje.
En el Examen e Investigación, se detallan de forma amplia, las características que reúnen los materiales remitidos para el peritaje, todo el trabajo realizado con cada uno de ellos (investigación por separado), señalándose las características generales y particulares, pasándose posteriormente a redactar lo relativo a la coincidencia o no de las pruebas materiales con los objetos o muestras comparativas, de forma clara y comprensible.
En las Conclusiones se plasman de forma concreta los resultados del peritaje, estas pueden ser: Categóricas, cuando cuentan con suficientes elementos de juicio que permiten afirmar o negar alguna cuestión de forma inobjetable, irrefutable, pudiendo ser negativa o positiva; No categóricas o dubitativas, donde sólo se da una probabilidad ya que los elementos de juicio no son suficientes para afirmar o negar algo, pueden ser también positivas o negativas; Diagnósticas, en este tipo de conclusiones no se establece la identificación del objeto sino que se ofrecen informaciones sobre la naturaleza, origen y designación del objeto investigado y sus propiedades; Imposibles, cuando por escasez del material investigado o por alteración sufrida en éste no es posible realizar la investigación pericial.
Valoración del peritaje o Dictamen Pericial Criminalístico.
El resultado de la prueba pericial queda sujeto a la apreciación que en definitiva haga el Tribunal de acuerdo con su criterio racional, es decir que la valoración del peritaje será como el resto de las pruebas practicadas en el juicio oral, apreciada según la conciencia como una prueba más, de ahí la importancia de que los jueces tengan conocimientos de la criminalística para que puedan realizar una valoración objetiva del dictamen Pericial y no lo sobrevaloren inconscientemente.
3.9 La Metodología General de la Investigación de los delitos Resulta imposible estudiar la metodología de la investigación de los delitos sin antes establecer claramente qué es la metodología y qué problemas deben aclararse en su estudio, por esta razón es preciso explicar en primer término el contenido científico del concepto de metodología. Debemos entender por metodología el conjunto de métodos o conjunto de procedimientos y métodos de una investigación en cualquier ciencia, es decir que desde el punto de vista de la Criminalística la Metodología de Investigación de los distintos tipos de delitos contiene las disposiciones a cumplir desde el punto de vista científico para la planificación, organización, ejecución y prevención de distintos tipos de delitos.
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Cada delito es individual e irrepetible es decir que difiere en cuanto a su forma de comisión aunque sea un mismo tipo de delito, pero cada delito contiene además de sus síntomas individuales, algunos rasgos generales, repetibles en otros, de ahí que la Criminalística halla elaborado una metodología general para la investigación de cualquier delito y metodologías particulares para cada tipo de delito en específico, sólo nos referiremos a la primera, es decir a partir de los delitos en que se realiza la inspección del lugar del suceso, constando la metodología de las siguientes etapas: Etapa Previa: En esta se realizan las diligencias urgentes y acciones de instrucción previas, tales como la inspección del lugar del suceso, el interrogatorio de testigos, víctimas, acusados y sospechosos, así como la realización de peritajes urgentes. Etapa Posterior: Es aquella en que el investigador procede a la elaboración de las versiones del hecho y, es decir a la comprobación de las suposiciones lógicas relacionadas con las circunstancias del hecho investigado y seguidamente realiza la planificación de la investigación que debe contener un cronograma con la ejecución inmediata de las acciones de instrucción, solicitud de peritajes y medidas a resolver durante la investigación. Etapa Conclusiva: Aquí se lleva a cabo el análisis de los resultados de las etapas anteriores y se procede a la confección del informe conclusivo. En esta etapa pueden obtenerse los siguientes resultados: Que el hecho quede sin esclarecer, pero puede contar con nuevos elementos (nuevas versiones). Que el hecho se esclarezca y se capturen a los autores siendo necesario entonces realizar acciones para documentar, fijar y reconstruir el hecho, elaborándose el informe conclusivo. Que el hecho esté esclarecido pero los autores no son habidos (en este caso se confecciona el informe conclusivo y se solicitará sobreseer provisionalmente el expediente. Que no exista delito (se debe proceder al informe de las acciones practicadas dándosele el curso correspondiente). Como se ha podido apreciar, la Metodología General de Investigación de los delitos no es una fórmula, pero sí el cumplimiento de ésta, nos obliga a un orden consecutivo en beneficio de la investigación, ya que se ha demostrado que la violación de este orden, la falta de conocimientos o el aceleramiento indebido de sus etapas ha producido repetición de acciones, el no uso adecuado de los recursos científico técnicos con la correspondiente pérdida de tiempo tan preciado para el rápido esclarecimiento del hecho y la pronta captura de los autores.
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