6.3.3.3 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DE LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE NORMAS DE COMPETENCIA LABORAL ESPECÍFICAS A continuación se describen actividades de índole administrativo que se deben realizar para la elaboración, actualización, adopción o adaptación de NORMAS DE COMPETENCIA LABORAL : ADOPCION: Corresponde al ejercicio que se realiza con Normas elaboradas por otras Mesas Sectoriales o Normas que son de Obligatorio Cumplimiento que fueron elaboradas por otros organismos. La principal característica de NCLE que se ADOPTA es que esta no sufre ninguna modificación en sus componentes y que únicamente se procede a asignar código de la Mesa Sectorial receptora, de acuerdo con lo establecido en el Numeral 6.5 de esta guía. PARA EFECTOS DE NCLE QUE REMITEN OTRAS MESAS SECTORIALES DEL PAÍS SE ESTABLECE:
El Metodólogo debe identificar NCLE que no hacen parte de la Misión de la Mesa Sectorial debe informar al Consejo Ejecutivo la situación y solicitar el traslado o envío para la Mesa Sectorial correspondiente.
El Subdirector del Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que remite la Norma a adoptar, envía comunicación oficial al Subdirector que ejerce la secretaría técnica de la posible Mesa que adoptará la NCLE mediante la cual solicita realizar el trámite correspondiente para adoptar la NCLE. Adjunto a la comunicación debe ir la NCLe con los soporte de los equipos técnicos que la elaboraron y verificaron técnicamente con copia del acta de aval del Consejo Ejecutivo de la Mesa.
EL metodólogo de la Mesa Sectorial receptora identifica en las Normas de Competencia Laboral motivo de ADOPCIÓN si son de obligatorio cumplimiento, para lo cual asignará directamente el código de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.5 de esta Guía y procederá a ajustar el Mapa funcional, asignándolo a éste numeral de nueva versión. Si son remitidas por otra Mesa Sectorial, debe analizar las siguientes posibilidades: o
La función ya está normalizada y se encuentra en el Mapa Funcional. Frente a lo cual debe preparar comunicación para ser remitida al Subdirector del Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa que envió la NCLE en la que se indique el código y nombre de la NCLE que incluye la función y que por lo tanto no se adoptará la NCLE remitidas por ellos.
o
La función no está normalizada. Es necesario revisar en el Mapa funcional si la función se encuentra allí descrita o de lo contrario, es necesario consultar a expertos del sector sobre su validez. En caso de considerar que la NCLE es pertinente para el sector, y de requerirse, se ajusta el Mapa Funcional y se realiza únicamente verificación técnica en la ciudad de la Secretaría técnica de la Mesa receptora.
El metodólogo de la Mesa que recibió la NCLE identifica el perfil del equipo técnico de expertos requerido para analizar la función estandarizada y solicita al Subdirector del Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial realizar la convocatoria. En este caso únicamente se trabajará con Equipo técnico de la sede de la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial receptora.
Recibido el concepto técnico, el metodólogo asigna código de la Mesa receptora a la NCLE de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.5 de esta Guia, dejando como soporte de su elaboración y verificación la informacíón de los equipos que participaron tanto en la Mesa que remitió como en la Receptora.
Una vez tomada la decisión de ADOPTAR la NCLE, quien ejerce la Secretaría técnica de la Mesa receptora presentará al Consejo ejecutivo la NCLE con sus soportes y resultados del análisis efectuado por el equipo técnico para su correspondiente aval.
El Subdirector de Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que adoptó la NCLE debe enviar información al Secretario Técnico de de la Mesa Sectorial que remitió la NCLE los resultados de esta actividad, indicando el código que asumirá. Esta actividad debe quedar plasmada en acta del Consejo Ejecutivo soportada con registro de asistencia
PARA EFECTOS DE NORMAS QUE SON DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO SE ESTABLECE:
El Metodólogo debe identificar la o las NCLE de obligatorio cumplimiento, la cual se encuentra normalizada por otro organismo, y que hace parte de la Misión de la Mesa Sectorial a su cargo, evidenciada a través del Mapa funcional de ésta.
Analizada su pertinencia, presenta informe al Consejo Ejecutivo y incluirla en la Mesa Sectorial correspondiente.
Una vez avalada se procede a ADOPTARLA, sin cambios o ajuste, incluyendo únicamente el código de la Mesa Sectorial que la ADOPTA y reportando claramente la fuente de ésta.
solicita aval para
TOMADA LA DECISION DE ADOPTAR EN AMBOS CASOS SE PROCEDE ASÍ:
El Subdirector de Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que adoptó la NCLeenvía al Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo la siguiente documentación: o
Comunicación firmada por el Presidente o Vicepresidente del Consejo Ejecutivo dirigida al Director/a del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo mediante la cual solicite la presentacón ante el Consejo Directivo Nacional del SENA para su correspondiente aprobación.
o
Norma de Competencia Laboral Específica adoptada.
o
Relación de Equipos técnicos que participaron en la actividad o fuente de la Norma de Competencia Laboral
o
Informe donde se identifica el código original de la NCLE, nombre del organismo normalizador o Mesa Sectorial de la que provino la NCLE y el nuevo código.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano sistematiza la Norma de Competencia Laboral específica con sus correspondientes soportes de los equipos de elaboración o actualización y de verificaciones técnicas en el aplicativo dispuesto en la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, dejando información sobre la trazabilidad de la misma: organismo normalizador o Mesa Sectorial de origen, código anterior y código nuevo.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano consolida solicitudes de las Secretarías técnicas y prepara informe para que el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo presente ante el Consejo Directivo Nacional las Normas de Competencia Laboral específicas para aprobación.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano publica la Norma de Competencia Laboral Específica aprobada e informa a las diferentes instancias internas que lo requieran.
ADAPTACIÓN: Corresponde al ejercicio que se realiza con Normas que son elaboradas por otros organismos nacionales o internacionales (no de obligatorio cumplimiento) o de otras Mesas Sectoriales.
La principal característica de la NCLE que se ADAPTA es que ésta tiene modificaciones en sus componentes.
El Metodólogo debe identificar la NCLE que no hace parte de la Misión de la Mesa Sectorial, analizarla y establecer la Mesa Sectorial a la que corresponde. El resultado de este análisis debe ser socializado al Consejo Ejecutivo con el fin de obtener su aval para el traslado de la NCLE.
El Subdirector del Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que remite la Norma a adaptar, envía comunicación oficial al Subdirector que ejerce la secretaría técnica de la posible Mesa que recibirá la NCLE, mediante la cual solicita realizar el trámite correspondiente para establecer si la NCLE es o no pertinente para la Mesa Sectorial. Adjunto a la comunicación debe ir la NCLE con los soporte de los equipos técnicos que la elaboraron y verificaron técnicamente con copia del acta de aval del Consejo Ejecutivo de la Mesa.
El metodólogo de la Mesa Sectorial receptora analiza la NCLE recibida frente al Mapa funcional y las NCLE de la Mesa Sectorial relacionadas con la función. Como resultado del análisis pueden surgir las siguientes opciones: o
La función ya está normalizada y se encuentra en el Mapa Funcional. Frente a lo cual debe identificar el perfil de los expertos para conformar equipo técnico, convocarlos a través del Subdirector de Centro y proceder a realizar si la norma se adaptaría o no para ajustar la ya existente.
o
La función no está normalizada. Es necesario revisar en el Mapa funcional si la función se encuentra allí descrita o de lo contrario, es necesario consultar a expertos del sector sobre su validez. En caso de considerar que la NCLE es pertinente para el sector, de requerirse, se ajusta el Mapa Funcional, se realizan las modificaciones a que haya lugar y verificaciones técnicas en la ciudad de la Secretaría técnica de la Mesa receptora y otras dos (2) regiones,
El metodólogo de la Mesa que recibió la NCLE identifica el perfil del equipo técnico de expertos requerido para anallizar la función estandarizada y solicita al Subdirector del Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial realizar la convocatoria.
Realizada la verificación técnica, el metodólogo asigna código de la Mesa receptora a la NCLE de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.5 de esta Guia, dejando como soporte de su elaboración y verificación la informacíón de los equipos que participaron tanto en la Mesa que remitió como en la Receptora.
Una vez tomada la decisión de ADAPTAR la NCLE, quien ejerce la Secretaría técnica de la Mesa receptora presentará al Consejo ejecutivo la NCLE con sus soportes y resultados del análisis efectuado por el equipo técnico para su correspondiente aval.
El Subdirector de Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que adaptó la NCLE debe enviar información al Secretario Técnico de de la Mesa Sectorial que remitió la NCLE los resultados de esta actividad, indicando el código y nombre de la NCLE resultado de la adaptación. Esta actividad debe quedar plasmada en acta del Consejo Ejecutivo soportada con registro de asistencia.
El Subdirector de Centro que ejerce la Secretaría técnica de la Mesa Sectorial que adaptó la NCLE envía al Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo la siguiente documentación:
o
Comunicación firmada por el Presidente o Vicepresidente del Consejo Ejecutivo dirigida al Director/a del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo mediante la cual solicite la presentacón ante el Consejo Directivo Nacional del SENA para su correspondiente aprobación.
o
Norma de Competencia Laboral Específica resultado de la actividad.
o
Relación de Equipos técnicos que participaron en la actividad.
o
Informe donde se identifica el código y nombre de la NCLE original y de la Mesa Sectorial de la que provino la NCLE y el nuevo código y nombre de la NCLE resultado de la actividad.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano sistematiza la Norma de Competencia Laboral específica con sus correspondientes soportes de los equipos de elaboración o actualización y de verificaciones técnicas en el aplicativo dispuesto en la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, dejando
información sobre la trazabilidad de la misma: organismo normalizador o Mesa Sectorial de origen, código y nombre anterior y nuevo.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano consolida solicitudes de las Secretarías técnicas y prepara informe para que el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo presente ante el Consejo Directivo Nacional las Normas de Competencia Laboral específicas para aprobación.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano publica la Norma de Competencia Laboral Específica aprobada e informa a las diferentes instancias internas que lo requieran.
ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN:
El metodólogo debe establecer el Perfil de los expertos técnicos requeridos para la elaboración o actualización de la Función identificada en el MAPA FUNCIONAL.
El metodólogo es el responsable de orientar a los expertos técnicos durante la elaboración o actualización de la Norma de Competencia Laboral específica.
El Subdirector de Centro convoca los expertos técnicos con el perfil requerido para la elaboración de las Normas de competencia laboral específicas según Plan operativo e informa al Consejo Ejecutivo.
El Metodólogo debe realizar inducción sobre la actividad de normalización de competencias laborales, presentar el proceso de normalización, el contexto del mismo y aspectos metodológicos a los integrantes del equipo técnico para facilitar la identificación o ajuste de los componentes y hacer el registro de asistencia.
El Metodólogo debe identificar y analizar junto con el equipo técnico documentos referentes, revisar si existen referentes para las funciones definidas en el perfil ocupacional y plasmar el resultado de este análisis en acta. El metodólogo orienta al equipo técnico de expertos para elaborar la versión inicial de la norma de competencia laboral específica aplicando la metodología establecida. Debe realizar Acta de reunión equipo técnico y el Proyecto de la Norma.
El Metodólogo PAR asignado por el grupo de Normalización, Evaluación y Gestión del Talento Humano, verifica metodológicamente la Norma de Competencia Laboral específica y determina la conformidad de los aspectos metodológicos. Elabora informe de verificación metodológica y lo remite al Metodólogo de la Mesa Sectorial correspondiente a la norma verificada.
El Metodólogo que orientó la elaboración de la Norma, analiza el informe remitido y realiza los ajustes pertinentes de acuerdo con la metodología detallada en la presente Guía. El metodólogo prepara comunicación para firma del Subdirector de Centro con el fin de convocar expertos técnicos para la verificación técnica de las Normas de competencia laboral según Programación de actividades.
El Subdirector de Centro solicita al Grupo de Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano mediante comunicación oficial la publicación de la Norma de
Competencia Laboral específica en la página web del SENA por un periodo de treinta (30) días calendario.
El Metodólogo envía la Norma de Competencia Laboral específica mediante correo electrónico de la Mesa Sectorial a todos los miembros de la misma y equipos técnicos, invitándolos a analizar y enviar sus comentarios, observaciones y sugerencias. Para ello, debe utilizar el modelo de Consulta pública descrito en 5.2 de esta guía.
Al mismo tiempo que inicia la Consulta pública, el Metodólogo realiza verificación técnica del perfil ocupacional y normas de competencia laboral específicas con expertos de dos (2) ciudades diferentes a la sede del equipo técnico de elaboración (presencial o utilizando medios virtuales).
Una vez recibidos las observaciones de la consulta pública y con los resultados de la verificación técnica presencial o virtual, el metodólogo analiza con el equipo de elaboración y procede a realizar los ajustes que se consideren procedentes , obteniendo así la VERSIÓN DEFINITIVA de la Norma. Como resultado de este ejercicio se elabora Acta de reunión y diligencia registro de asistencia.
El metodólogo debe codificar la NCLE de acuerdo con lo establecido en el aparte 6.5 de esta guía.
El Subdirector de Centro (Secretario técnico de la Mesa Sectorial) presenta para aval la Norma de Competencia Laboral específica al Consejo Ejecutivo de la Mesa Sectorial. Una vez recibido el aval, se plasma en Acta de reunión con soporte de registro de asistencia.
El Subdirector de Centro (Secretario técnico de la Mesa Sectorial) procede a enviar al Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo la siguiente documentación: o
Comunicación firmada por el Presidente o Vicepresidente del Consejo Ejecutivo dirigida al Director/a del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo mediante la cual solicite la presentacón ante el Consejo Directivo Nacional del SENA para su correspondiente aprobación.
o
Norma de Competencia Laboral Específica versión definitiva.
o
Relación de Equipos técnicos de elaboración o actualización de la Norma y de Verificaciones técnicas (Consulta Pública y verificación directa)
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano sistematiza la Norma de Competencia Laboral específica con sus correspondientes soportes de los equipos de elaboración o actualización y de verificaciones técnicas en el aplicativo dispuesto en la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano consolida solicitudes de las Secretarías técnicas y prepara informe para que el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo presente ante el Consejo Directivo Nacional las Normas de Competencia Laboral específicas para aprobación.
El Grupo Normalización, Certificación y Gestión del Talento Humano publica la Norma de Competencia Laboral Específica aprobada e informa a las diferentes instancias internas que lo requieran.
Fuente: GUÍA PARA LA ESTANDARIZACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES ESPECÍFICAS, SENA, 2013