DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
San José, 12 de junio de 2018. DNP-OF-533-2018 RECURSO DE AMPARO DE: ISAÍAS CASTRO VARGAS Y OTROS CONTRA: MOPT Y OTROS SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: El suscrito, Luis Paulino Mora Lizano, mayor de edad, casado en únicas nupcias, abogado, cédula de identidad 1 0898 0060, vecino de La Asunción de Belén, en calidad de Director Nacional de Pensiones, me apersono a presentar el presente RECURSO DE AMPARO en favor de Isaías Castro Vargas y otros, según listado que se verá posteriormente, y en contra del Ministro de Obras Públicas y Transportes, el Viceministro de Gobernación y Policía y la Ministra de Justicia y Paz, manifestando lo siguiente: 1. A fin de simplificar trámites en favor del administrado, el Reglamento sobre Requisitos de los Regímenes de Pensión con Cargo al Presupuesto Nacional, Decreto Ejecutivo N° 40382-MTSS, de 24 de abril de 2017, definió los requerimientos a ser aportados por los peticionarios para la obtención de jubilaciones, ya sea por derecho original, revisión o traspaso. 2. Parte de las certificaciones y documentación necesaria para gestionar estos derechos debe ser recabada por la Dirección Nacional de Pensiones. De conformidad con el artículo 27 del Decreto Ejecutivo N° 33080-MTSS, de 26 de abril de 2006, el plazo para que las instituciones remitan a esta dependencia las certificaciones, así como cualquier otra información requerida, es de diez días naturales. 3. Existe un estado de cosas inconstitucional, ya que por regla general ese plazo es excedido y llega incluso a ser de varios meses, lo que provoca retrasos injustificados en la resolución de los asuntos jubilatorios, en perjuicio de los derechos constitucionales y convencionales a la seguridad social de los administrados, reconocidos, entre otros, en los siguientes instrumentos: a) Recomendación Nº 67 de la OIT sobre la seguridad de los medios de vida, de 1944. b) Convenio N° 102 de la OIT relativo a la norma mínima de la seguridad social, de 1952. c) Recomendación N° 202 de la OIT relativa a los pisos nacionales de protección social, de 2012.
Teléfono: 2257-0047 Central Telefónica: 2542-0000 www.mtss.go.cr