19

Page 1

10 de octubre de 2011 I GENTE I 19

columnista Por: Mario Castro Arenas

Fundador de GENTE y corresponsal en Panamá mcastroarenas@gmail.com

El Perú y la convención de los derechos del mar

L

a Convención de Derechos del Mar de la Organización de las Naciones Unidas es al ordenamiento jurídico marítimo lo que la Convención de Chicago al ordenamiento aéreo. Se le ha ponderado como la Constitución de los Océanos. Después de nueve años de reuniones de expertos en Derecho Marítimo, Derecho Internacional Público, oceanógrafos, biólogos, geógrafos, y expertos en asuntos marinos, la Convención de Derechos del Mar se aprobó el 30 de abril de 1982. En el Perú prevaleció la Declaración de las 200 millas, interpretándose que la Convención de Derechos del Mar recortaba el límite territorial de la soberanía marítima. En verdad, no lo recorta sino que establece un nuevo régimen jurídico del mar territorial, del espacio aéreo situado sobre el mar territorial y de su lecho y subsuelo. El artículo tercero expresa que "todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención". Asimismo la Convención crea la Zona Económica Exclusiva, a la que define como "un área situada más allá del mar territorial". En la Zona Económica Exclusiva, el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para los fines de exploración y explotación, conservación y administración de los recursos naturales.

También se establece la Alta Mar, que incluye la libertad de navegación, la libertad de sobrevuelo, la libertad de tender cables y tuberías submarinos; la libertad de construir islas artificiales y otras instalaciones permitidas por el Derecho Internacional; la libertad de pesca; la libertad de investigación científica. La Convención fija claramente que ningún Estado podrá reivindicar o ejercer soberanía o derechos soberanos sobre parte alguna de la Zona o sus recursos, y ningún Estado o persona natural o jurídica podrá apropiarse de de parte alguna de la Zona. La Convención declara la Zona de la Alta Mar en beneficio de toda la humanidad. Estos son, en síntesis, los lineamientos generales de la Convención de los Derechos del Mar, ratificada por numerosos estados. Como Asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, me correspondió la iniciativa de proponer la ratificación de la Convención. Más adelante, como asesor de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Asamblea Nacional de Diputados de Panamá participé en las deliberaciones sobre la ratificación. El Perú debería efectuar un debate abierto a la opinión pública acerca de la Convención de los Derechos del Mar. Creemos que la Convención es amplia en procedimientos para la solución de controversias marinas. l


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.