ANTERO FLORES

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GENTE Columnista

Por: Antero Flores-Aráoz E. Destacado abogado y político estudio@flores-araoz.com

¿Facilitan o complican?

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l Estado, para cumplir con sus obligaciones con la sociedad, es decir con todos los administrados, necesita de ingresos, y estos se dan vía la tributación. Es deber cívico y legal que las personas naturales y jurídicas contribuyan por ello al sostenimiento del Estado para que este pueda atender a todos. Si el contribuyente es el “soberano” lo lógico es que la administración tributaria les otorgue todas las facilidades posibles para que presente sus declaraciones y pague sus tributos. Tradicionalmente las declaraciones tributarias y los pagos de impuestos, contribuciones y tasas se hacían con formularios impresos en papel, que los obligados debían llenar y presentar. Cuando llegó el modernismo informático,

el Código Tributario autorizó a la administración fiscal a establecer para determinados contribuyentes, el uso de medios magnéticos, y es así que se diseñaron “Programas de Declaración Telemática” (PDT) y se estableció una lista interminable de quienes por una u otra causa tendrían que utilizar formularios virtuales generados por los PDT y presentar sus declaraciones determinativas de tributos mediante disquetes y con el programa aprobado por la SUNAT. El contribuyente debe usar código de envío, contraseña, e incluso el disquete queda encriptado. El uso de formularios impresos en papel, en la práctica es aun para un universo muy reducido de contribuyentes, y si bien en teoría podríamos decir que el avance tec-

nológico sería beneficioso para el contribuyente y para el fiscalizador, en la práctica no siempre lo es, primero porque no todos los contribuyentes tienen acceso a la informática, la mayoría son pequeños contribuyentes, inclusive micro empresarios que hacen de todo en sus empresas y que muchas veces encuentran que se “colgó” el sistema, o le rechaza el programa de lo que pretenden presentar, y si están con las justas para cumplir con los plazos, el rechazo imposibilita la presentación oportuna, ocasionando sanciones y multas, complicandoles las cosas. Ni el Perú es Lima, ni los distritos capitalinos son San Isidro, La Molina San Borja o Surco, y creer ello es desconocer las deficiencias que aún tenemos en nuestro país. Por ello nos preguntamos si es que no sería más lógico que el contribuyente menor pudiera optar por seguir utilizando el mecanismo tradicional, procediendo SUNAT a escanearlas una vez recibidas, y las convierta, mediante programas informáticos adecuados, al que ella disponga. La arquitectura de nuestro sistema tributario está concebida en todo para el fiscalizador y muy poco para el contribuyente, pues este tiene que asumir obli-

gaciones que en estricto corresponden a SUNAT. El contribuyente no ha cobrado el íntegro del precio del bien o servicio que transfiere, pero tiene que pagar el IGV por el todo, pese a que muchas veces la cuota inicial que recibe es menor que el impuesto total. Tiene también que realizar pagos anticipados por renta que aún no se ha generado ni menos determinado. Está obligado a ser recaudador fiscal como ente perceptor o retenedor de impuestos, y asimismo cumplir con las “detracciones”. Pese a todo le complican la existencia con los PDT y otras innovaciones, sin tener en cuenta que el contribuyente debería decidir qué usar, como por ejemplo en la medicina, que por más avances tecnológicos y científicos, siempre puede acceder a la “tradicional”, y ojo, no estamos hablando ni de curanderismo ni de chamanes.

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