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Análisis ACORE Sector Defensa, Plan Nacional de Desarrollo-PND “Colombia potencia mundial de la vida 2022-2026”

Teniendo en cuenta el desarrollo del debate legislativo en el marco del Proyecto de Ley 338 de 2023 Cámara– 274 de 2023 Senado, por medio del cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo-PND 2022-2026, ACORE desarrolló y presentó en distintas instancias el siguiente análisis, específicamente en los artículos que impactaban de alguna manera el Sector Defensa y de la Fuerza Pública colombiana. Es de resaltar que en medio del debate el artículo 8 que representaba un riesgo para la institucionalidad fue excluido de texto definitivo y aprobado.

Con el fin de contextualizar a nuestros lectores y Asociados es necesario establecer que este proyecto contemplaba 300 artículos en 214 páginas (tras el transito legislativo terminaron 330 artículos), que tiene como principal objetivo convertir a Colombia en una nación líder en la protección de la vida a partir de un nuevo contrato social, superando la exclusión, las injusticias, la no repetición del conflicto armado, así como la relación con la naturaleza. Este plan de desarrollo se construyó según el gobierno en el marco de los diálogos regionales vinculantes con la participación de 250.000 colombianos.

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El PND propone 5 ejes de transformación, que serán la base para cumplir con el objetico trazado, y se establecieron de la siguiente manera:

1. Ordenamiento territorial alrededor del agua y justicia ambiental.

2. Seguridad humana y justicia social.

3. Derecho humano a la alimentación.

4. Transformación productiva, internacionalización y acción climática.

5. Convergencia Regional.

Este análisis contempla el numeral 2 de Seguridad humana y justicia social que traza el camino al “buen vivir”, lo cual implica la protección integral de la población, la provisión de servicios sociales y el acceso a la justicia centrado en las personas, comunidades y territorios. Este concepto también busca garantizar la dignidad humana, el ejercicio de las libertades y el desarrollo de las capacidades necesarias para que la ciudadanía y hogares lleven a cabo el plan de vida que consideren.

Así mismo, la seguridad humana busca superar el enfoque tradicional basado en la seguridad física y la defensa por una visión más amplia que enfatiza el papel del Estado como garante de oportunidades de desarrollo; sin embargo, dentro de los habilitadores estructurales de esta seguridad humana encontramos la seguridad y defensa integral de los territorios, las comunidades y las poblaciones como elementos que son misionales de la Fuerza Pública.

Ahora bien, queremos resaltar aspectos que llaman la atención para el cumplimiento de los ejes de transformación mencionados en relación con el sector defensa y que de alguna manera son positivos, que se encuentran entre lo positivo y lo negativo y otros que definitivamente concluimos que son de carácter negativo.

• Positivos

En los artículos 18 y 19 se da la inclusión a los miembros de la Fuerza Pública, comparecientes ante la JEP, en una ruta de acompañamiento en la Agencia Nacional de Reincorporación con el fin de entregarles capital semilla para emprendimientos y apoyo de sostenimiento en el marco de este proceso.

El artículo 92 busca fortalecer la oferta de bienestar en el sector defensa, estableciendo que el gobierno desarrollará y articulará gestión interinstitucional para implementar programas y planes de bienestar para todos los miembros de la fuerza Pública y sus familias.

En el artículo 163 relativo a la JEP y en el 180 que establece pagos por servicios ambientales para la paz, se busca crear instrumentos y alternativas para garantizar los Trabajos, Obras, y Actividades con contenido

Restaurado-Reparador TOAR, lo que es positivo para aquellos miembros de la Fuerza Pública comparecientes ante la Jurisdicción de Paz.

• Positivos/Negativos (doble caracterización)

El artículo 93 relativo la destinación de los recursos que establece el decreto 353/94 de la caja de vivienda militar y policial establece que el gobierno apropiará el 4% anual con carácter de subsidio, lo cual hoy corresponde a un aumento del 1%. Sin embargo, establece también que será la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y Policial, según su capacidad financiera, la que defina el aumento de este porcentaje, lo cual lo vemos como un riesgo para este subsidio que puede desmejorarse con respecto a la capacidad adquisitiva de los miembros de la Fuerza Pública

En el aspecto de compensaciones industriales en materia de defensa nacional que se reflejan en el artículo 208 se establece que en el marco de las compras públicas de naturaleza militar del sector defensa el 10% debe ser para transferencia de tecnología a la industria y academia colombiana, el aprovechamiento civil y de uso comercial. Este aspecto de alguna manera estaría afectando necesidades que surgen en las fuerzas y que el mecanismo de offset tiene como capacidad cubrir.

• Negativas

El artículo 8 del PDN establece que se deben implementar las recomendaciones del informe de la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad CEV, recomendaciones que implican las modificaciones o la creación de leyes, que son competencia del legislativo, por lo que notamos que existirían problemas de legalidad y constitucionalidad al implementar las recomendaciones en el plan de desarrollo. Por otro lado, es necesario recordar que la Reserva ha expuesto varios reparos sobre el informe final y su elaboración, incluso desde el origen y creación de esta comisión, que se resumen de la siguiente manera:

• Sesgo ideológico de los integrantes de esta comisión.

• Desequilibrio en las voces, relatos y testimonios que se recibieron por parte de los distintos comisionados. Exclusión de las víctimas ocasionadas por FARC y de aquellas victimas pertenecientes a la Fuerza Pública y sus familias.

• Ausencia de equipos especializados y recurso humano para abordar los temas relacionados con la Fuerza Pública.

• No se investigo el rol de los actores internacionales en apoyo a las guerrillas y grupos armados al margen de la ley.

• La renuncia del comisionado Carlos Ospina evidenciando que sus investigaciones no fueron tenidas en cuenta en el informe final.

Las recomendaciones que más nos generan preocupación y por lo cual consideramos que este articulo no debe ser aprobado por el legislativo en el PND, corresponden especialmente a:

• El traslado de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa y aunque en el articulado de este plan de desarrollo se establecía en el artículo 50 este tema y ya fue excluido en el debate, debemos advertir que si se aprueba este artículo 8 se abre nuevamente la puerta para que se de esta recomendación planteada en el informe de la CEV.

Con respecto a este tema es fundamental exponer los riesgos si esta propuesta se implementa, teniendo en cuenta que se afectaría la inteligencia, la doctrina y la operatividad, las sinergias que se han establecido entre las Fuerzas Militares y la Policía Nacional se verían notablemente afectadas. También se generarían riesgos de fraccionamiento en la Policía y por otro lado se crearían escenarios de competencia y protagonismo que en la práctica rompen con la unidad institucional.

• La eliminación del servicio militar obligatorio, sobre todo y teniendo en cuenta que las cuotas de incorporación a las Fuerzas Militares apenas llegan al 50% de lo proyectado.

• “Desmilitarización de la sociedad” es un concepto que se plantea en las recomendaciones de este informe, del cual diferimos y no aceptamos, las Fuerzas Militares de Colombia tienen un rol fundamental frente a la sociedad colombiana y se reflejan en aspectos como los son la atención en desastres naturales que han afectado a la población civil, la contribución de la logística militar durante la pandemia con la distribución de vacunas en muchas del país. Así mismo, el notable trabajo de los ingenieros militares en el progreso y desarrollo de las regiones más apartadas en el territorio nacional.

• Por otro lado, estas recomendaciones establecen fortalecer las capacidades y competencias de las autoridades territoriales, regionales y municipales, incluyendo autoridades étnicas para garantizar la gobernanza civil, en lo local de la seguridad y convivencia. Desde hace unos años atrás, estamos viendo cómo en el país, sobre todo en territorios donde confluyen grupos armados al margen de la ley y economías ilícitas, se han presentado hechos donde supuestas guardias han obstaculizado la misionalidad de la fuerza pública, incluso privado de la libertad a miembros de las fuerzas.

• La implementación de esta recomendación, puede ser aprovechada por estos grupos armados al margen de la ley, para constreñir a la población civil en pro de sus intereses, generando un vacío frente al control territorial de la institucionalidad. Finalmente, excepto por las referencias puntuales descritas anteriormente, no se hallan elementos puntuales que corresponden a la seguridad pública, a la propuesta de mecanismos para la superación de los conflictos armados o las situaciones de delincuencia urbana, en los ámbitos de la fuerza pública.

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