Pequeño manual de mediación electrónica (avance)

Page 1

Franco Conforti Colaboración especial de Alfonso Fabregat Rosas

PEQUEÑO MANUAL DE MEDIACIÓN ELECTRÓNICA Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipisicing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure d

1000111010010100100101010010101001100

PRÓLOGO DE JULIO C. FUENTES GÓMEZ SUBDIRECTOR GENERAL DE POLÍTICA LEGISLATIVA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA MINISTERIO DE JUSTICIA 0101001010111100101001010100100010010

Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipisicing elit, sed do eiusmod tempor incididunt ut labore et dolore magna aliqua. Ut enim ad minim veniam, quis nostrud exercitation ullamco laboris nisi ut aliquip ex ea commodo consequat. Duis aute irure

Colección Ágora del Conflicto Director: Héctor Raúl Cambiaggi


PEQUEÑO MANUAL DE MEDIACIÓN ELECTRÓNICA Copyright © 2013 de Franco Conforti © Acuerdo Justo® Primera Edición: Abril 2013 Denia, Alicante, España. E-mail: info@acuerdojusto.com www.acuerdojusto.com

ISBN 13: 978-84-937155-7-1 Registro de Propiedad Intelectual Safe Creative: éste registro mantiene depositada una copia de la obra y/o prestación a efectos de comprobación y certificación, con la huella digital / código 1303244824081

Edición electrónica en formato ePUB.

Portada por Franco Conforti, derechos reservados para todos los países de habla hispana. Esta publicación no puede ser reproducida en todo ni en parte, ni registrada en o transmitida por sistema de recuperación de información, en ninguna forma o por ningún medio sea mecánico, fotoquímico, electrónico, magnético, electroóptico, por fotocopia o por cualquier otro sin el permiso por escrito de la editorial.

Colección Ágora del Conflicto Director: Héctor Raúl Cambiaggi


Agradecimientos!............................................................................5 Prólogo!..........................................................................................6 Introducción!...................................................................................8 ¿Cuál es el origen de la mediación por medios electrónicos?!......9 Diferenciación entre las ADR y los ODR.!....................................11 Diferenciación entre los ODR y la Mediación por Medios Electrónicos.!................................................................................13 Ventajas y desventajas de la mediación por medios electrónicos.!20 Análisis del proyecto de reglamento de mediación por medios electrónicos.!................................................................................21 El proceso de mediación por medios electrónicos.!.....................26 Sistema en la nube - sistema de escritorio!.................................38 Ejecución de los acuerdos transfronterizos en materia de mediación de conflictos.!....................................................................................41 Cuestiones éticas de la mediación de conflictos por medios electrónicos por Alfonso Fabregat Rosas!.......................................................46

Bibliografía de referencia!............................................................65 Autor!............................................................................................70


Anexo Tabla Resumen!................................................................71 Glosario!.......................................................................................72 De imprescindible consulta!..........................................................75 (contraportada)!............................................................................75


Agradecimientos A Gladys, Anabella y Chiara por su infinita paciencia en todo el tiempo que desde el embrión ha llevado al nacimiento de éste pequeño manual. Mi reconocimiento a la labor de Susana Ferrándis, Alberto Carreras, Javier Valero LLorca y en especial a Alfonso Fabregat Rosas quien no sólo ha enriquecido el manual con un capítulo muy elaborado sino que además ha colaborado con correcciones y aclaraciones sobre algunos aspectos de gran importancia. No puedo dejar de mencionar a Raúl Calvo Soler, Francisco Hidalgo Mena, Javier Dominguez Alonso y Jasone Mondragon por estar siempre allí cada vez que recurro a ellos. Por último poner de relieve a Julio C. Fuentes Gómez y Luis Javier Sánchez quienes a pesar de sus impresionantes agendas de trabajo han encontrado el tiempo para redactar el Prólogo y la Contraportada respectivamente.

Sinceramente gracias, Franco Conforti 1

"La ocasión hay que crearla, no esperar que llegue." Francis Bacon (22 de enero de 1561 - 9 de abril de 1626)

1 Profesor de Argumentación Jurídica y Negociación en la Universidad Oberta de Cataluña (UOC). Doctorando en

Derecho y Ciencias Sociales en la Universidad de Castilla La Mancha (UCLM). Master en Mediación y en Orientación Familiar en la UNED Madrid, licenciado en derecho con varios pos grados entre ellos en el Instituto Nacional de Derecho Aeronáutico y Espacial (INDAE) de Buenos Aires y en la Facultad de Psicología de la Universidad de Valencia (UV) especialista en Conflictos Organizacionales por la Florida Internacional University de Miami (FIU). Ejerce como árbitro en la Asociación Gallega de Arbitraje, Mediación y Equidad de La Coruña y como árbitro de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, integra el panel del Expertos de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI-WIPO). Ha sido docente universitario en Derecho Aeronáutico y Espacial en la Universidad de Morón (UM) Argentina y de Filosofía del Derecho y Negociación en la Universidad de Castilla La Mancha (UCLM) España. Su carrera profesional abarca experiencias en compañías multinacionales tanto en España como en otros países latinoamericanos. Como emprendedor creó Acuerdo Justo® Consultora en Asesoramiento y Gestión de Conflictos (www.acuerdojusto.com) dirige la Editorial Acuerdo Justo, editora de la Revista On Line sobre ADR e-Mediacion. Autor de gran cantidad de artículos de investigación y de los libros “Liderazgo Positivo: construir el futuro con imaginación e idealismo” y “Mediación en Organizaciones y Empresas”.


Prólogo Debo comenzar señalando que es un honor, que atiendo encantado, la invitación del profesor Franco Conforti a realizar este modesto prólogo a un libro original, revelador y oportuno.

Me explico. Es un libro original porque la bibliografía en materia de mediación electrónica es muy escasa. Cualquiera que busque dicha bibliografía no obtendrá más resultado que algunos breves artículos doctrinales de pequeña extensión, por cierto, alguno de ellos del propio Franco Conforti. Sin embargo, el Pequeño Manual de Mediación Electrónica alcanza, sin duda, la categoría de manual sobre esta materia. De tal forma que, sin repetirnos lo que ya está en el Boletín Oficial del Estado o lo que ya está escrito en otros libros, da una visión profunda y sugerente sobre los llamados ODR y la mediación a través de medios electrónicos. Por tanto, se trata de un libro que permite una aproximación completa al empleo de los medios electrónicos en la mediación.

También estamos ante un libro revelador en la medida que en él se aclaran muchos conceptos que habían generado no pocas confusiones. La lectura de este manual permitirá poner en su sitio muchos términos sobre los que, a pesar su uso casi generalizado, no nos habíamos detenido a reflexionar en su significado, como ocurría con las ODR y su distinción de las ADR y, más sutil, con la mediación por medios electrónicos. Las cuestiones tecnológicas se abordan de manera clara y anticipándose a los problemas que en la práctica se van a producir, como pueden ser los que afecten a la confidencialidad o el riesgo de suplantación de la personalidad. Es de agradecer, en especial, la claridad con que todo ello se aborda, sin olvidar el glosario de términos que cierra esta obra.

Por último, es un libro oportuno cuya publicación tendrá lugar en pleno proceso de elaboración del reglamento que en esta materia de mediación a través de medios electrónicos va a desarrollar la Ley 5/2012, de 5 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. La lectura anticipada que el profesor Franco Conforti nos ha brindado, nos ha permitido corregir algún error en los que incurrió el primer proyecto de real decreto, al tiempo que en otros casos nos aconseja prudencia a la


hora de entrar en debates que quizás no deba resolver este reglamento y a los que una práctica adecuada puede dar salida, favoreciendo el desarrollo de distintas modalidades de mediación.

En este sentido, puede decirse que la regulación que en los próximos meses aprobará el Gobierno tendrá un complemento importante en este manual que permitirá una mejor comprensión de sus disposiciones por los destinatarios. Y ello porque frente a un esfuerzo de cierta contención a la hora de regular en el futuro real decreto esta materia y un intento de rehuir debates con cierto trasfondo doctrinal, el manual hará posible una comprensión de una forma de mediación llamada a un desarrollo notable en los próximos años. Pero además, y es algo sorprendente cómo este libro consigue aunar agilidad y profundidad en el tratamiento de las distintas cuestiones que aquí concurren. En concreto, me han parecido especialmente oportunas (y a no olvidar en la práctica) las llamadas que se efectúan a la legislación de protección de datos de carácter personal.

El profesor Franco Conforti efectúa un esfuerzo de analizar ventajas e inconvenientes de las distintas posibilidades que ofrece la tecnología aplicada a la mediación y con ello facilitará el estudio que a corto y medio plazo tendrán que hacer las instituciones de mediación que apuesten por el impulso de los medios electrónicos en materia de mediación y que también se analizará por quienes apuesten por esta forma de mediación a la hora de decidir la tecnología aplicable.

Concluyo al objeto de no robar más tiempo a quienes deseen adentrarse en este libro, que sin duda ofrece un panorama sugerente y que será una excelente “guía de viaje” para cuantos emprendan la aventura de la mediación.

Julio C. Fuentes Gómez Administrador Civil del Estado Subdirector General de Política Legislativa del Ministerio de Justicia


Introducción Este tema en el que confluyen la necesidad de conocimientos jurídicos, informáticos y de mediación de conflictos revela toda su complejidad en sí mismo y es en consecuencia un verdadero desafío para cualquier ponente. Asociar “expediente electrónico” a “mediación electrónica” revela no entender los principios de la mediación de conflictos. Los programas de gestión documental (sean residentes como en la nube) son una excelente herramienta ODR 2, pero no debemos olvidar que aquí no hay un volumen de documentación importante a gestionar (no somos jueces, abogados, negociadores de parte o árbitros) pretender que un programa de gestión documental sea el equivalente a un proceso de mediación por medios electrónicos es caer en un craso error. Pretender que una charla por Skype, Messenger, Facetime 3

o similares

suplanten una sesión de mediación on line en condiciones adecuadas tampoco me parece serio toda vez que estos sistemas de videoconferencia gratuitos de entorno público no garantizan la privacidad y confidencialidad de la sesión. Dejar de lado y olvidada la confidencialidad, privacidad, la suplantación de identidad, etc., no son per se cosas menores. Confundir ODR y Mediación por medios electrónicos puede traer muchos dolores de cabeza a más de una Institución de Mediación y a mis colegas mediadores, de allí mi preocupación y éste pequeño manual de mediación electrónica. Afortunadamente están empezando a aparecer artículos en relación con la mediación de conflictos por medios electrónicos y más allá del acierto o no de cada uno de dichos trabajos, es de celebrar que este tema este comenzando a despertar el interés de los distintos sectores llamados a convertirse en actores de la mediación por medios electrónicos.

2 ODR sigla del acrónimo en idioma inglés On Line Dispute Resolution traducido al castellano como Resolución de

Disputas On Line. 3 Skype, MSN y Facetime son aplicaciones para videoconferencia gratuita de uso público en Internet, son marcas

registrada con © de Skype SL, Microsoft y Apple Inc.


De imprescindible consulta Este es un Manual indispensable para conocer cómo se adapta un fenómeno como es la mediación al entorno tecnológico. El autor ha realizado un minucioso trabajo para conocer el origen, desarrollo y situación de la mediación online y logra abrir el debate sano entre los partidarios del trabajo presencial del mediador frente a aquellos que indican que deben utilizarse las tecnologías para desarrollar una mediación. A lo largo de estas páginas conocemos cómo es un proceso de mediación electrónica; desde su solicitud; la propia sesión informativa y su desarrollo, actividades todas ellas impulsadas de forma online. Y como la propia mediación puede tener un carácter sincrónico, esto es las partes coinciden en el mismo espacio o tiempo o asincrónica sino se da esa circunstancia. Otras cuestiones a las que se da respuesta tienen que ver cómo se garantiza la protección de datos en el proceso de mediación; como se garantiza la cuantía económica en esa mediación; que tipo de documento se llevará al notario para elevarlo a escritura pública; la firma digital del propio acuerdo. Ya lo dice el propio autor: “los dos grandes retos de los sistema virtuales de mediación se basan en: La confidencialidad art. 9 Ley 5/2012 y la verificación de la identidad de las partes: art. 24.1 de la citada Ley” Esta publicación cierra con una acertada reflexión de Alfonso Fabregat, donde acaba analizando el transfondo ético del trabajo del mediador porque como comenta en un pasaje de este ebook “no es únicamente su mera intervención o el manejo de las tecnologías adecuadas para que el proceso se ponga en marcha, sino un componente ético donde se pone en juego la confidencialidad del proceso, las capacidades de comunicación por medios electrónicos del mediador y de las partes, la seguridad e integridad de las mismas así como las fronteras entre lo público y privado o la deslocalización entre otros aspectos”.

Luis Javier Sánchez, @luisjasanchez, Periodista experto en temas extrajudiciales. Responsable contenidos Lawyerpress Emprende. (contraportada)


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.