La Isla de Puerto-Rico Bosquejo Histórico (1891)

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LA ISLA DE PUERTO-RICO (JPRIJ.IT.RA PARTE'

Bosquejo Histórico (DESDE L A CONQUISTA

H A S T A PRINCIPIOS DE 1891) POR

D. J U A N G U A L B E R T O

GOMEZ

D. ANTONIO SENDRÀS Y BÜRIN

MADRID IMPRENTA

DE J O S É

GIL

Y

NAVARRO

7, Paseo de Sania Engracia, 7 .

1891.



Li ISLA DE PUERTO RICO



LA ISLA DE PUERTO-RICO Bosquejo Histórico Í O E S D E L A CONQUISTA H A S T A PRINCIPIOS DE 1891) POR

D. J U A N G U A L B E R T O

GÓMEZ

Y

D. ANTONIO SENDRAS Y BURIN

MADRID

- ¡ M P R E N T A DE J O S É G I L Y 7, Paseo da Sania Engracia,

1891.

NAVARRO 7.



A D V E R T E N C I A

C o m e n z ó s e á e s c r i b i r e s t a o b r a á fines d e 1887 p o r el p u b l i c i s t a c u b a n o D . J u a n Gualberto G ó m e z , y hubo de interrumpirla, p r i m e r o p o r la t r a s l a c i ó n d e d i c h o s e ñ o r á P o r t u g a l , a d o n d e fué e n c a r g a d o d e la s e c r e t a r í a de u n a S o c i e d a d p a r a la p r o visión del t a b a c o al v e c i n o R e i n o , y d e s pués por haber trasladado definitivamente su r e s i d e n c i a á la H a b a n a , d o n d e en la a c t u a l i d a d d i r i g e el p e r i ó d i c o La Frater-

nidad. E n 1889 e n c a r g u é á D . A n t o n i o S e n d r á s y B u r í n q u e c o n t i n u a s e y t e r m i n a s e la o b r a c o m e n z a d a , y , en efecto, e s t e e s c r i t o r p u s o i n m e d i a t a m e n t e m a n o s á la e m p r e s a . P e r o h u b o de i n t e r r u m p i r l a t a m b i é n v a r i a s v e c e s p o r d i v e r s a s c a u s a s , e n t r e las q u e figura ú l t i m a m e n t e la g r a v e e n f e r m e d a d d e q u e fué a t a c a d o el a n t e r i o r v e r a n o . P e r t e n e c e n , p u e s , al S r . G ó m e z , el p e n -


Sarniento y p l a n d e e s t a o b r a , la I n t r o d u c c i ó n y los seis p r i m e r o s c a p í t u l o s d e la m i s m a . Y al S r . S e n d r a s d e s d e el c a p í t u l o s é p t i m o en a d e l a n t e . EL EDITOR.


INTRODUCCIÓN

Nada más difícil que compendiar en breves páginas la historia de un pueblo en cuyos anales abundan los rasgos que se prestan á las observaciones del filósofo y del moralista; pero en los que se echan de menos esa variada multitud de sucesos que, por lo vivo, lo resonante y lo agitado, se apoderan de la atención de los que los con templan al través del relato de un narrador fecundo ó inspirado. Pero al propio tiempo que esta dificultad se presenta, pueda decirse que no hay tarea más grata que la de seguir con el pensamiento y estudiar con el corazón la vida de una sociedad que, como la puerto-riqueña, sintetiza de admirable manera la historia de la mansedumbre.


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INTRODUCCIÓN

Guando se examinan los hechos de que la Isla de Puerto-Rico ha sido testigo desde el descubrimiento hasta la fecha, no se encuentran en ellos con frecuente repetición acontecimientosparecidos á los que en otros lugares han apasionado á los hombres. Escasas han sido las controversias en la plaza pública. El pueblo nunca ha empuñado las armas para obtener ó conservar derechos. Por otra parte, en los largos siglos del régimen colonial más absoluto, ni la prensa, ni la tribuna ni la asociación han podido ejercitar su función educadora. El forum, esa gran escuela de la vida social, apenas ha existido. Así es que no se acierta á comprender de pronto cómo ni p o r q u é el ciudadano puerto-riqueño de nuestros días posee las indudables virtudes cívicas que en él se reconocen. Es innegable que la historia de Puerto-Rico no ofrece atractivo ninguno para esos espíritus superficiales que sólo se detienen ante el espectáculo de cuadros animados, de pinturas llamativas y de escenas tumultuosas. Fuera de la agitada época de la conquista, y excepción hecha del período de las invasiones inglesa y h o landesa, pocas veces la sangre brota al tajo cor-


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INTRODUCCIÓN

tante de la espada y entre el ruido fragoroso del cañón. Mas la vida de los pueblos no se encierra toda en sus empresas guerreras. Bien al contrario, puede decirse que el nuevo giro que las ciencias antropológicas y sociales han h e cho tomar á los estudios históricos relegan casi al segundo plano la investigación de los empeños bélicos, que en un tiempo fueron el único incentivo de las narraciones

destinadas á

trasmitir el recuerdo de una época y la memoria de una colectividad. De ahí que, á pesar de la carencia relativa de episodios ruidosos, la historia de la antigua Borinquen sea de todo punto interesante para cuantos miran las cosas con criterio elevado, grandeza de ánimo y espíritu filosófico. Ver como una sociedad creada por aventureros de variada especie, poblada por razas heterogéneas, sometida á régimen opresor y á leyes abusivas, se trasforma casi por su solo esfuerzo, y adoptando, más por intuición propia que por consejo ageno, el método evolutivo, afirma cada día con mayor vigor su derecho á la vida, á la honra y á la libertad—ha

de ser

siempre estudio provechoso y conmovedor e s pectáculo para todos los que piensan, observan


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INTRODUCCIÓN

y piden á la inteligencia y á la reflexión que demuestren la realidad del progreso y la posibilidad de las reivindicaciones justicieras, por la virtud y la bondad intrínseca de los principios. Inspirándonos en tales ideas vamos á bosquejar la historia de Puerto-Rico. Sin omitir nada esencial, pasaremos en silencio lodo lo que sólo pueda ser útil para el erudito. No obstante su reducción, procuraremos presentar un cuadro completo de la vida borinquense, para que en rápida ojeada se vea su punto de partida, se asista á su desenvolvimiento, seconozca su e s tado actual y se pueda deducir lógicamente de qué modo convendría proceder para asegurarle un porvenir venturoso. Para mejor ayuda de este último propósito,- una serie de trabajos parciales proporcionarán noticias importantes sobre la organización de la Isla, su riqueza, su industria, su comercio, su cultura y población. Y nuestros deseos se habrán realizado, si la lectura de las páginas que siguen.y el estudio de los datos que contienen hacen entrar en el ánimo del que lee la misma convicción que


INTRODUCCIÓN

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abrigamos, á saber: la de que Puerto-Rico, por su espíritu reflexivo, sus condiciones de templanza, su prudencia y su adelanto es digno de gozar de todas, absolutamente todas las conquistas de la época en que vivimos.



PRIMERA

PARTE

BOSQUEJO HISTÓRICO



PRIMERA PARTE B O S Q U E J O

HISTÓRICO

CAPITULO I DESDE

LA

CONQUISTA HASTA INGLESES

Y

LAS INVASIONES

DE

LOS

HOLANDESES

Descubrimiento de Borinquen en 1493.—Exploraciones de Poncede León (1508).—Conquista de la I s l a . — E x . pedición de Juan Cerón (1507.—Gobierno de P o n c e de León (1509).—Fundación de Caparra y de Sotomayor (1509-1510).—Los dos caciques Agueynaba.—Reducción de los indios á la servidumbre (1510).— S u blevación y vencimiento de los indígenas (1511).— Fundación de San Germán (1511).— Erección del obispado de San Juan (1512).—Correrías de los caribes.—Período de crisis por que atraviesa la colonia en 1530.—El Contador Sedeño.—Reacción favorable. —Estado prospero á finalizar el siglo x v i .

El 25 de Setiembre de 1493 abandonó el puerto de Cádiz, para emprender su segundo viaje hacia America, el Almirante D. Cristóbal Colón. Consistía su propósito en llegar á Santo Domingo, donde, como es sabido, habia dejado parte de la gente que le acompañara en el viaje primero. Tocó en Canarias para abastecerse, y d e s . pues tomó rumbo hacia las Antillas, algunas de


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ÉPOCA

las cuales descubrió entonces. En la Guadalupe, los tripulantes de pus naves que bajaron á tierra, vieron desaparecer ante ellos á los naturales que, llenos de pavura, se internaron en los bosques. Pudieron, sin embargo, comunicarse con dos indios que habían permanecido en la playa: manifestaron éstos que procedían de una isla llamada Borinquen; que eran prisioneros de los caribes; que deseaban volver á su patria y que estaban dispuestos á indicar su derrotero si se les llevaba á bordo. Tras muchas perplegidades accedió á ello el Almirante y el 16 de Noviembre llegó la escuadrilla descubridora á las costas borinqueñas, fondeando el 19 del mismo mes en la ensenada de Mayagüez, después de haber contorneado una parte de la Isla. Tres días nada más estuvo Colón en dicho punto, al cabo de los cuales se dirigió hacia Santo Domingo, sin acordarse de nuevo, según parece, de Borinquen, á la que dio el nombre de San Juan Bautista, apelación que aun hoy conserva su capital, pero que la Isla troco' más tarde por la de Puerto-Rico. No hay duda ninguna de que ya en 1505 los descubridores se ocupaban de la colonización de esa comarca. En esta fecha, Don Fernando el Católico celebró un asiento con Vicente Yañez Pinzón para que fuera á poblar á San Juan; pero esta concesión no se puso en práctica, si se tiene en cuenta que el primer conquistador


DE LA

CONQUISTA

Ii

q u e tuvo la Isla fué el capitán Juan Ponce de León, que servía en Santo Domingo á las órdenes del gobernador Ovando. Ponce de León acompañó á Colón en su segundo viaje y visitó, por tanto, á Borinquen la primera vez que la divisaron ojos europeos. Enamorado de la frondosidad de sus bosques, la fertilidad de su suelo y la templanza de su clima, solicitó y obtuvo de Ovando, en 1508, permiso para explorarla. Armó una carabela, la tripuló con españoles ó indios conocedores de aquellos parajes, y á poco desembarcó en la comarca que regia el poderoso cacique Agueynaba. Recibido por éste cordialmente, visitó en su compañía todo el país, y como dice un historiador (1), «examinó la calidad de la tierra, la variedad de sus producciones, la abundancia de los rios, la multitud de indios que la habitaban y la buena disposición en que se hallaban para admitir en su compañía á los europeos.» Provisto de valiosos datos é informes, volvió Ponce de León á Santo Domingo á fines de 1800 á dar cuenta de su comisión. Ovando ya habia sido reemplazado en el Gobierno por el Almirante D. Diego Colón, quien al enterarse de que en Borinquen abundaba el oro, decidió poblarla. Organizóse con este objeto una impor(1) Historia de Puerto-Rico por F r a y Iñigo Abad, anotada por D . José J. Acosta.—Puerto-Rico 1866.


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ÉPOCA.

tante expedición en la que iban, como Gobernador D. Juan Cerón, como Alguacil mayor Miguel Diaz y solo como subalternos el explorador Ponce de León y D. Cristóbal de Sotomayor, cuyos nombres, sin embargo, estaban destinados á unirse para siempre á la historia de la conquista de Puerto-Rico.—Mas de doscientos españoles acompañaban á Juan Cerón. El cacique Agueynaba recibió á estos pobladores con el mismo agrado con que acogió á sus predecesores. Con su ayuda y con el concurso de sus indios se organizaron las crianzas de ganados y se establecieron haciendas de caña de azúcar, gengibre y otras especies y se empezaron á beneficiar las minas de oro, objetivo principal de los colonizadores. Ponce de León que se consideró preterido y desairado por el nombramiento de Jefe de la expedición hecho en favor de Juan Cerón, se había dirigido en queja al Rey. Al año de su llegada á la Isla, D. Fernando el Católico le nombró Gobernador interino de la misma, reparando de este modo la injusticia de D. Diego Colón. Investido con su nueva autoridad fundó la villa de Caparra, primer establecimiento de los españoles, situado en las cercanías de la actual capital, y mandó á su lugar teniente Cristóbal de Sotomayor que crease la población de Guanica, que luego se trasladó al punto denominado la Aguada. La armonía más perfecta reinó entre


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CONQUISTA

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indígenas y españoles hasta fines de 1510; pero Ponce de León, inspirándose en las prácticas seguidas en Santo Domingo, decidió repartir los indios en encomienda, ó lo que es lo mismo, reducirlos á esclavitud y obligarles á trabajar para saciar el ansia de riqueza de los aventureros españoles. El descontento, como es natural, no birdó mucho en producirse. El primer cacique Agueynaba había muerto y le había reemplazado su hermano, que tomó también el nombre de Agueynaba al llegar al cacicazgo. A instancia de éste se reunieron los jefes de las diferentes tribus indias y organizaron un levantamiento general, que tuvo lugar en 1511 y que dio por resultado la muerte de Sotomayor y la destrucción de la villa que había fundado. Caparra se preservó de igual suerte, gracias á la energía de Ponce de León y á los auxilios que desde Santo Domingo se le enviaron. No o b s tante, en la noche de la sublevación perecieron más de cien españoles. La muerte del cacique Agueynaba desalentó á los indios, que derrotados en campal batalla cerca de Añasco, al cabo se sometieron. Ocupóse entonces Ponce de León del fomento de la nueva conquista. Reedificó la villa de Sotomayor y fundó la de San Germán. Las m i nas de oro rindieron sumas considerables y se aseguró de manera regular la posesión de la Isla para los españoles. El Rey la erigió en obis-


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ÉPOCA

DE LA

CONQUISTA

pado, se llevaron esclavos africanos y por cédula real se mandó á los buques que pasasen á la India hacer escala en Puerto-Rico. No es del caso insistir sobre la organización que se dio al país: se parece en todo á la que se estableció en las posesiones de América por aquella época, del propio modo que las dificultades con que los primeros gobernantes tropezaron en Santo Domingo, Cuba y el Continente, son idénticas á las que tuvieron que vencer los colonizadores de Puerto-Rico. En el período comprendido entre las dos fechas de 1512 y 1530, los españoles tienen que luchar con los caribes que desembarcan frecuentemente, yjniendo de las islas vecinas, y con los huracanes que se desatan de modo furioso y que asolan á cada instante esas comarcas. A un momento dado sube de punto la desesperación, y los indios emigran, y hasta se dá el caso de que en 1531 el Contador Sedeño arrastre consigo á buen número de españoles, que van á poblar la isla de la Trinidad, dejando á Puerto-Rico casi desierta. Pero el desaliento dura poco. La colonización se mantiene y la posesión de Borinquen tiene tal valor al terminar el siglo xvi, que en ocasiones varias provoca la codicia del extranjero y tiene que resistir los embates de las flotas poderosas de Inglaterra y de Holanda.


CAPÍTULO PERÍODO

DE

LAS

INVASIONES Y

II DE

LOS

INGLESES

HOLANDESES

Invasión de Drake (1595).—Invasión de CumberlancD (1597).—Ataque de los holandeses (1625).—Tentativa del Conde de Stren (1678).—Ataques de Arecibo (1625) y de San Germán (1703) —Asedio de la capital; por los ingleses (1797).

No habían terminado aún las dificultades interiores con que los colonizadores tropezaban en Puerto-IticO, cuando ya les fué preciso hacer frente á poderosos enemigos extranjeros. En 1595 el célebre corsario inglés Drake forzó con sus buques el puerto de San Juan y se apoderó de la ciudad. A los tres días se retiró;, pero después de haber saqueado la población y de incendiar las naves que encontró en la bahía. Dos años después, en Agosto de 1597, el Conde Jorge Cumberland, Almirante inglés, asaltó la Isla con su escuadra, se hjzo dueño de ella y pensó someterla definitivamente al poder de Inglaterra. Una terrible epidemia que diezmó sus tropas le obligó á abandonar la presa y á retirarse en Noviembre del mismo año, n o sin antes incendiar de nuevo la ciudad, dar


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PERÍODO

muerte á buen número de sus habitantes y llevarse como trofeo 72 piezas de artillería. En vista de estos sucesos, se aceleró la construcción de la fortaleza del Morro, se aumentó la guarnición de la Isla, se la proveyó de armas y municiones y se organizó en gran escala la defensa del territorio. Estos preparativos no fueron inútiles, pues el 24 de Setiembre de 1625 el General holandés Boduyno Enrico, al frente de 17 naves y de 2.500 soldados atacóla capital, forzando el puerto como antes lo h a bía hecho Drake, á pesar del fuego de la fortaleza. Desembarcaron los soldados holandeses á despecho de toda resistencia y los habitantes de la ciudad tuvieron que refugiarse con las tropas en el castillo del Morro, cuya defensa dirigió en persona el Gobernador de la Isla D. Juan de Haro. Enrico sitió el castillo, y durante veintiocho dias sus cañones no cesaron de vomitar metralla contra sus defensas; pero los sitiadores h i cieron prodigios de valor, efectuaron varias s a lidas, dirigidos por el capitán puerto-riqueño Amezguita, que fué el héroe de aquellas j o r nadas, y obligaron, por último, á los holandeses á levantar el sitio y alejarse con grandes pérdidas. El ataque de los holandeses hizo dar mayor impulso á las obras de fortificación. Se construyeron nuevas fortalezas y se amuralló la


D E LAS

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INVASIONES

ciudad. No por ello se vio la Isla libre de las correrías de los enemigos; pero todas las empresas que contra ella se dirigieron carecieron de importancia hasta la formidable invasión de los ingleses en 1797. No vale la pena referir las tentativas fracasadas en 1678 del Conde Estren, ni el ataque de Arecibo ocurrido en 1702, ni las apariciones de los ingleses en 1703 cerca de San Germán, y en 1743 en las inmediaciones de Ponce. En cambio, es imposible pasar en silencio la terrible embestida que sufrió la capital en 1797. El 17 de Abril de aquel año una escuadra inglesa compuesta de cinco navios, cuatro fragatas, dos bergantines, cuatro corbetas diez y ocho goletas, una urca y veintiséis buques menores, apareció en las aguas de San Juan. Mandábala el Almirante Harvey, y llevaba tropas de desembarco que algunos hacen ascender á más de 10.000 hombres, á las órdenes del General Albert Combrie. Las maniobras de la flota inglesa no dejaron duda ninguna respecto d e s ú s intenciones, y desde ese instante empezó á manifestarse el brio y la decisión de los puerto-riqueños, que en aquella memorable ocasión se cubrieron de gloria. Pocas eran, en efecto, las tropas peninsulares que se encontraban en la Isla; la gente más sólida, la fuerza q u e m a s utilizó el Gobernador de la misma I). Ramón de Castro, pertenecía á las milicias borinquenses. La 2


PERÍODO

resistencia que opuso al enemigo, fué, sin embargo, tan seria, que vamos á estractar lo que un distinguido militar, ü. Manuel Ubeda, ha escrito sobre los hechos de armas entonces ocurridos: «El enemigo, dice, empezó el fuego de su artillería al amanecer del día siguiente (18 de Abril), con el fin de proteger el desembarco que intentaba hacer. Cien hombres al mando del teniente coronel D. Isidoro Linares, se atrincheraron en la playa de Cangrejos. El capitán de milicias D. José Vizcarrondo y el ayudante D. Teodomiro del Toro, mandando cada uno de ellos igual fuerza que Linares, se situaron convenientemente, construyendo un lijerísimo atrincheramiento. Cuatro lanchas inglesas, con tropas de desembarco, se dirigieron hacia el sitio que ocupaba el ayudante Toro, con cuyas fuerzas sostuvieron una reñida lucha, hasta que se vieron precisados á retroceder por las muchas bajas que se les causó. Protegido por el fuego de la artillería de sus buques, acercó el enemigo un crecido número de lanchas con tres mil hombres de desembarco. La fuerza del ayudante Toro se batió en retirada. Replegándose las dos partidas á la del capitán Vizcarrondo, continuaron el fuego, rotirándoso después las de Linares y Toro hacia el puente de Martin Peña, y la de Vizcarrondo con dirección al de San Antonio. Elenemige se dirigió á este último punto, por lo que se replegaron en él las fuerzas para oponerse á su paso.


D E LAS

INVASIONES

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Al observar los fuertes de San Antonio y San -Jerónimo se detuvo, y una guerrilla al mando del capitán Vizcarrondo, se dirigió á Cangrejos y sostuvo un tiroteo, pero perseguida por el cuerpo de ejército de aquel, emprendió la retirada protegida por el fuego de artillería. El gobernador, que lo era entonces el general D. Ramón de Castro, ordenó se cortase el puente, tomando otras disposiciones, entre ellas la de que saliesen de la plaza los ancianos mujeres y niños. Habiendo conocido que el enemigo intentaba entrar por el puente de Martín Peña, se construyeron trincheras en el seboruco de Barrios para defender el paso de la laguna al caño del mismo. Se hicieron baterías flotantes que, auxiliadas por lanchas, debían acudir donde fuesen necerios sus servicios. Se organizaron hospitales provinciales para socorro de los heridos. El día que tenían lugar estos acontecimientos llegó un bote con bandera parlamentaria, y desembarcando un oficial ingles, entregó un pliego al gobernador, en el que se pedía la rendición de la plaza, á lo que contestó éste que estaban dispuestos á vender caras sus vidas. Las baterías y lanchas hicieron muchos heridos al enemigo, entre ellos uno que se recogió por nuestras fuerzas, y por el cual se supo que habían desembarcado tres mil hombres y que contaban con seis mil; asi se conocieron algunas de sus disposiciones. Una lancha enemiga estuvo sondeando aquel día la entrada del puerto, por lo que tomaron medidas para evitar el paso de los ingleses por


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PERÍODO

aquel sitio. Llegaron seiscientos hombres del campo para reforzar nuestras tropas. Dos fragatas y un bergantín de la escuadra enemiga levaron ancla y tomaron el rumbo de punta Salinas, por lo que se ordenó la salida de cuatro lanchas cañoneras que, situándose en la boca de Palo-seco, impidiesen el desembarco. El bergantín fondeó cerca de la isla de Cabras, teniendo que retirarse al amanecer por el fuego que sobre él hacían la baterías del Cañuelo y San Fernando. Dichos buques se mantuvieron por aquellos sitios, aunque sin acercarse al puerto por impedírselo nuestra a r tillería. Las partidas volantes de D. Luis de Lara, D. Vicente y D. Einigdio Andino, fueron atacadas por el enemigo con fuerzas mayores, pero fingiendo aquellos una retirada, y uniéndoseles en el Roble (Rio piedras), algunas gentes,, cayeron sobre él haciéndole muchos muertos y heridos y treinta y tres prisioneros. Fueron reforzadas nuestras tropas con quinientos treinta hombres procedentes de Toa-alta, Vega-baja y Manatí. El fuego de los buques enemigos y de nuestros fuertes no cesaba, y se tomaban cuan tasprecauciones eran conducentes á evitar que e l inglés ganase terreno. Al siguiente dia 22 desembarcó algunos cañones y caballos. Se hicieron por nuestras tropas veinte y dos prisioneros, y se recibió refuerzode trescientos veinte y tres hombres. Algunos buques contrarios se dirigieron h a cia la entrada del puerto con objeto de forzarla,., y no pudiendo conseguirlo se mantuvieron


D E L A S INVASrONES

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á alguna distancia esperando ocasión favorable. El dia 24, setenta hombres al mando del sargento Francisco Díaz, salieron del puente de San Antonio, y habiendo liegado muy cerca de una •partida enemiga que se estaba atrincherando, cayó sobre ella, tomóle la trinchera y la hizo emprender la retirada. Esta acción fué secundada por el fuego de los fuertes. El mismo día empezó el enemigo el ataque del de San Aütonio, haciendo un vivísimo fuego, el cual era contestado por los nuestros, que se encontraban en situación bastante apurada por los estragos que les causaba. Una bomba de nuestra artillería mejoró la situación, pues habiendo caido en el repuesto de municiones de aquellos, produjo ua incendio, y aprovechando esta circunstancia se les hicieron m u chos desastres. Los ingleses se dirigieron á Miraflores, de -donde se habian retirado nuestras tropas por no ofrecer aquel sitio las seguridades convenientes. D. Pedro de Córdova embarcó con sesenta hombres en algunas piraguas, y tomando tierra junto al puente de Miraflores, atacó una partida de trescientos, viéndose obligado por la superioridad de la fuerza, y auxiliado por el fuego del fuerte de San Antodio, á re-embarcarse, después de haberles hecho mucho daño. Habiendo intentado una partida enemiga, •compuesta de 20 hombres, internarse en el campo con objeto de hacer provisiones, fué atascada por la al mando del sargento Cleimpaux, <[ue le causó dos muertos é hizo el resto prisioneros.


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PEPÍODO

Avivó el fuego de la- artillería contraria el dia 28, aunque no causó mucho daño á los fuertes, por no alcanzar la mayor parte de los disparos. Aquellos avivaron también el suyo, y auxiliados por el de las lanchas y gánguiles, obligaron al enemigo á suspenderlo. Una bala de este produjo un incendio en nuestro repuesto de municiones, pero fue sofocado inmediatamente. Ni el fuego ni las precauciones cesaban, y por una y otra parte había tal actividad, que daba á entender bien claro los esfuerzos que se hacían. Al día siguiente se encontraban seis buques enemigos frente á punta de Salinas, pero no intentaron el desembarco. El día 30, ochocientos hombres al mando del alférez D. Luis de Lara, avanzaron hacia los ingleses, sosteniendo un nutrido fuego de fusilería, al que éstos contestaron con el de artillería, retirándose Lara después de haberles ocasionado mucho daño. Desde el amanecer del día 1.° de Mayo, sostuvo el enemigo un vivo fuego; con objeto de proteger al embarque de sus tropas, que se hallaron en sus buques á las siete y media de equella mañana. Ocupóse el campo abandonado por aquel y se recogieron setenta y siete dispersos. El día 2 levó ancla la escuadra, quedando u n a fragata que lo hizo el 3. Las pérdidas por nuestra parte durante el sitio fueron: 42 muertos, 154 heridos, 2 contusos i prisionero, y 2 dispersos. Se hicieron al enemigo 682 prisioneros.»


DE LAS

INVASIONES

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Gomo se v e , durante el período de las guerras que España sostuvo en el continente europeo con poderosas naciones, Puerto-Rico tuvo que sufrir más de una embestida de las naves enemigas. El valor de sus hijos se afirmó en combates que no carecían de grandeza. Su firme voluntad de permanecer unida á la Metrópoli, se manifestó entonces con el mismo irresistible empuje que en Cuba y en las d e más posesiones españolas de América. Y nombres que aún figuran, llevados con distinción por puertoriqueños contemporáneos, se llenaron de lustre en aquellas heroicas empresas.



.CAPITULO III RÉGIMEN

Y

SITUACIÓN

DE LA

ISLA

HASTA

EL

SIGLO

XIX

Organización política, administrativa, judicial, militar, económica y eclesiástica.—El Gobernador: sus facultades.—El Asesor.— La Audiencia de Santo D o m i n g o , tribunal de apelación.—El juicio de Residencia.—El Tribunal de Hacienda.—El Tribunal Eclesiástico.— Los Cabildos de San J u m y de San Germán.—Los Alcaldes, Regidores y Tenientes á Guerra.—Predominio del poder militar.—Sus funestos efectos.—Población, riqueza y comercio al finalizar el siglo X V I I I .

En medio de las luchas sostenidas con el extranjero, la Corona de Castilla fué llevando paulatinamente á Puerto-Rico, con cortas diferencias, la misma organización político-econóco-administrativa que las célebres leyes de Indias consignaban como fundamento del orden social en todas las colonias españolas. «Toda la jurisdicción residía en el Gobernador de la Isla, de quien dimanaban todas las órdenes—según dice Fray Iñigo Abad—como Gobernador militar y político, Superintendente de los ramos de real Hacienda y vice-patrono real.» Intervenía el Gobernador en las provisiones de los curatos, mandaba las fuerzas de mar y tierra, presidía las Juntas de la real Hacienda y era juez supe-


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RÉGIMEN

VIGENTE

rior en todos los tribunales de la Isla. De sus sentencias, sin embargo, se podía apelar ante la Audiencia de Santo Domingg, así como se le podía exigir responsabilidad de sus actos en el juicio de residencia que se celebraba al terminar su gobierno. Un Asesor auxiliaba en sus funciones de juez al Gobernador. Este, su Asesor, un Tesorero y un Contador componían el Tribunal de Hacienda, encargado de la percepción de los tributos y de efectuar los pagos públicos. Existía también un Tribunal eclesiástico, presidido por el Obispo. La ciudad de San Juan, capital de la Isla, y la "villa de San Germán, formaban cada uno una especie de vastísimo término municipal, administrado por un Cabildo secular, compuesto de dos Alcaldes ordinarios, seis Regidores, dos Alcaldes de la Hermandad, un Procurador general y un Escribano. Cada pueblo, finalmente, se encontraba regido por un juez nombrado por el Gobernador, que llevaba el título de Teniente á Guerra. Los Cabildos los presidía el Gobernador ó su Asesor. Entendían los alcaldes ordinarios en las causas civiles y criminales de todos los pueblos de su partido; tocaba á los Regidores velar por la provisión de abastos de la ciudad, y los Alcaldes]de la Hermandad ejercían jurisdicción en todos los pueblos del partido, que tenían además obligación de visitar. Él Teniente á Guerra cobrábalos tributos, actuaba en


E N LOS SIGLOS XVII Y

XVIII

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las causas hasta recibir la sumaria y hacía pagar las deudas que no excedían de 50 pesos. Esta era, en compendio, la organización de la Isla. Salvo la confusión de poderes, viene á ser la misma que hasta hace poco rigió. Con el andar de los tiempos fueron variando de nombre los funcionarios; operóse un deslinde más racional de atribuciones y se aumentó considerablemente el personal. Pero en el fondo, el régimen político-administrativ|) no varió hasta ya muy entrado en años el presente siglo. El Capitán General, con sus facultades omnímo- • das, ha seguido reprensentando su papel de Rey absoluto; y de las antiguas leyes de Indias se han conservado las prácticas abusivas, á la par que han caido en desuso las medidasprotectoras que disimulaban las enormidadesde aquéllas. Puede decirse que durante los siglo xvn y xvni hubo en Puerto-Rico cierta vida municipal, cierta descentralización, pues las Juntas de vecinos convocadas por el teniente á Guerra, si bien no fijaban la cantidad del impuesto, al menos arreglaban su distribución. Mas, ya en aquella época, el mando militar producía todos sus funestos frutos. Escritor tan moderado, tan prudente y tan concienzudo como Fray Iñigo, escribía, en efecto, on 1782 estas observaciones, que parecen inspiradas por sucesos contemporáneos: «La autoridad y gobierno deposi-


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RÉGIMEN

VIGENTE

tados en un militar, padecen sus alteraciones, según la mayor instrucción y modo de pensar del que gobierna. Todos tienen el carácter de Capitanes Generales y se inclinan á esta jurisdicción más naturalmente que á la política. Acostumbrados ámandar con ardor y á ser obedecidos sin réplica, se detienen poco en las formalidades establecidas para la administración de Justicia, tan necesarias para conservar el derecho de las partas. Este sistema hace odiosos á algunos que no conocen que el interés del Gobierno debe ser el bien del público y que j a más hará éste progreso en la industria ni en las artes mientras no tenga amor y confianza en el que gobierna, y ha entibiado los ánimos y aplicación de estos isleños, que por su carácter piden un Gobierno dulce y moderado. Cualquiera que sea la causa, la Isla está muy lejos de tener el feliz estado que pudiera haber adquirido bajo el mando de Gobernadores ilustrados y patrióticos, siendo aun hoy muy gravosa al Estado, cuando podía y debía ulilizarle de m u chas maneras. La cortedad de las rentas Reales» igualmente que su reducido comercio y población, acreditan la lentitud de sus progreses en todas sus partes.» Así se expresaba en 1782 el primer historiador de Puerto-Rico. Y no hay que atribuir exageración ninguna á sus palabras. Población, riqueza, comercio, toco se hallaba en lastimo-


E N LOS SIGLOS XVII Y

XVIII

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so estado. Los cálculos más moderados hacen subir á 300 000 el número de indios que habitaban la Isla cuando los españoles la conquisron. Ahora bien; el censo de 1776 sólo arroja una población total de 70.260 almas. La agricultura, á pesar d e q u e ya existían buen n ú m e r o de esclavos, y déla fertilidad del suelo, languidecía tristemente, sise tiene en cuenta que existían 5.581 haciendas en la Isla, y que el producto anual de estas fincas era sólo de 10.949 arrobas de azúcar, 4.475 de algodón , 45.049 de café, 80.386 de arroz, 62.024 de maiz, 28.070 de tabaco y 88.884 botijos de melado. Comparando estos cifras con las de las demás Antillas extranjeras en la misma época, resalta en seguida la evidente inferioridad de Puerto-Rico, cuyo comercio exterior era entonces casi nulo. Por fortuna para la antigua Borinquen, los graves sucesos del comienzo de este siglo, llamaron sobre ella la atención del Gobierno de España. Hombres de iniciativa intervinieron en sus asuntos, y la sabia administración de u n funcionario ilustre, la sacó de la decadencia en que lentamente se sumía.



C A P Í T U L O IV LAS GESTIONES DE POWER Y LAS

REFORMAS

DE

RAMÍREZ

Penuria del Tesoro insular al terminar el siglo x v n i . — El situado.—D. Ramón Power (172'o-1813).— S u elección para las Cortes de Cádiz (1809).—Reclamaciones que formula.—Separación de la Intendencia del Gobierno general (1811).—Nombramiento de D . Alejandro Ramírez como Intendente (1812).—Administración de este funcionario (1813-1816).—Sus raformas. Influencia que h a n tenido en la prosperidad de Puerto-Rico .

Dada la pobreza de la producción borinqueña, en el tiempo de que nos hemos ocupado, no sorprenderá á nadie que fueran por todo estremo insignificantes las rentas del Estado. Informes fidedignos hacen subir los ingresos de aquel Tesoro á 10.814 pesos en 1765 y á unos 46.500 pesos en 1778. El progresivo aumento que tuvieron en años posteriores, no llegó á permitir, sin embargo, que con ellos se cubrieran las atenciones públicas. Para hacer frente á sus urgencias, Puerto-Rico, lo mismo que Cuba, recibía de las t e sorerías de Sud-América y principalmente de Méjico, subsidios anuales conocidos con el nombre de sütmdo. Gracias á estas cantidades, el


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GESTIONES DE

POWKR

Estado atendía á los cuantiosos gastos que le originaban la fortificación de la Isla y el sostenimiento del ejército, y déla legión de empleados que paulatinamente fué acrecentando la nómina de sueldos. Que el situado era la fuente principal de la riqueza insular al principio del siglo, no cabe dudarlo á nadie que conozca un poco la historia de aquel periodo. «Si llegaba en tiempo oportuno, dice un ilustrado publicista puertoriqueño (1), reinaba en todas las clases la animación y la más bulliciosa alegría, así como todo era silencio y tristeza cuando faltaba, ocurriéndose entonces á las emisiones de papelmoneda (papeletas). Los moradores de PuertoRice pasaban frecuentemente por ambas situaciones.—Así vivieron halagados siempre por la esperanza, con la vista fija en el horizonte por donde habia de aparecer la anhelada nao conductora del situado, hasta que en 1810, á causa de la insurrección de Méjico, faltó completamente y para no caer más el nuevo maná.» Este acontecimiento agravó de tal modo la situación, que en breve la más espantosa miseria reinó por toda la Isla. Dícese que el bien bien nace á veces del propio exeso del mal; y en la ocasión de que se trata, espíritus m u y ponderados sostienen que fué una verdadera (1)

D . José Julián Acosta


D E LAS

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INVASIONES

fortuna para la pequeña Antilla que su Tesoro no pudiera contar con el situado de Méjico. La necesidad, en efecto, obligó al Gobierno de la Metrópoli á ocuparse seriamente del adelanto moral y material de Puerto-Rico, atendiendo á las quejas y reclamaciones de aquellos insulares. No era muy envidiable, por cierto,la suerte de la nación española en aquellos días. En lucha España con el Capitán del Siglo; débil, ó traidor, ó impotente para dar la cara á la situación azarosa por que el país atravesaba, Fernando VII habia abandonado en el arroyo su corona; y las Cortes, reunidas en Cádiz, asumían, á la vez que el legislativo, el poder ejecutivo. Puerto-Rico tuvo la dicha de que la representase en ese célebre Parlamento uno de sus hijos más preclaros, D. Ramón Power. Nació este ilustre antillano en San Juan, el 7 de Octubre de 1775 (1). Cuando solo contaba doce años de edad, fué enviado por sus padres á Europa, educándose primero en los colegios de Bilbao, y después en los de Bayona y Burdeos. De vuelta á España, ingresó en la Escuela de Guardias Marinas, donde obtuvo plaza en 1792. Al año siguiente era alférez, y en 1811 capitán de fragata. Su vida de marino fué fecunda, aunque la muerte le sorprendió en 1813, cuando aun (1) Noticia, histórica de D . Ramón. P o w e r , por don Alejandro Tapia.—Puerto-Rico, 1873. 3


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GESTIONES

DE

POWER

no había recorrido los grados superiores de su agitada carrera. Mandó varios barcos de guerray tuvo á sus órdenes la división naval que condujo desde Puerto-Rico á la expedición destinada á recuperar del poder de los franceses la parteespañola de Santo Domingo. Power se distinguió mucho en esa campaña y durante el bloqueo y rendición de la capital de aquella colonia. Pero sus laureles cívicos sobrepujan quizá á los militares. Convocadas en 1809 las Cortes de Cádiz para organizar la defensa nacional contra las huestes de Napoleón, Puerto-Rico designó, como hemos dicho, para representarla en aquella célebre Asamblea, al ilustre Power, que en el mes de Setiembre tomó posesión de su cargo. Pronto sus dotes de carácter, de inteligencia y de energía le dieron en las Cortes una representación y un influjo valiosos como lo prueba e l h e cho de que se le nombrase Vicepresidente de lasmismas. Gracias á este valimiento, logró que se suprimiesen multitud de abusos y cesasen de medrar irritantes monopolios, así como que se dictara la Real orden de 28 de Noviembre do 1811, por cuya virtud se separaba la Intendencia de Puerto-Rico del Gobierno y Capitanía General; se abrían al comercio los puertos de Aguadilla, Fajardo, Mayagüez y Ponce; se declaraba la libertad del tráfico de carnes y h a r i nas, que hasta entonces se hacía exclusivamente por el Gobierno, y se autorizaba la e x -


GESTIONES DE

POWER

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portación del ganado insular. Tales medidas estaban llamadas á transformar de manera radical el modo de ser de la pequeña Antilla, si á su desenvolvimiento presidía un criterio sano y liberal. Para alcanzar este objeto, Power trabajó y obtuvo que se nombrase Intendente de Puerto-Rico, una vez establecida la autonomía del Centro que iba á dirigir, á uno de los funcionarios que más contribuyeron al desarrollo de los intereses morales y materiales de la colonización española en América: al castellano viejo D. Alejandro Ramírez. No es posible prescindir de los grandes t r a bajos de este prohombre cuando se reseña la historia del pueblo puerto-riqueño. Todos sus adelantos, todas sus mejoras, dimanan de la sabia disposición de su primer Intendende, cuya administración queda como modelo digno aún de ser recomendado á los funcionarios del tiempo presente, y cuyas sabias medidas ejercieron influencia tan poderosa comosaludable en todos los órdenes de la vida de aquella sociedad. Ramírez no era un advenedizo ni u n burócrata improvisado cuando se le designó para aquel puesto importante. Desde hacía mucho tiempo prestaba servicios en la Capitanía General de Guatemala, de la que era secretario. Sus escritos y sus informes habíanle valido reputación de ilustrado, y la diafanidad de sus actos y de su vida, fama de recto y honrado; así es


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GESTIONES DE

POWER

que, á pesar de su modestia y de la carencia de padrinos en la Corte, cuantos se ocupaban de las cosas de América teníanle en gran aprecio y proclamaban su competencia y capacidad en el desempeño de los cargos más difíciles. La significación que tuvo su nombramiento para Puerto-Rico, resalta claramente en la referencia que de ese acto hace uno de sus biógrafos y que es fuerza mencionar. «Tiempo hacía,—escribe el Sr. Güell y Renté—(1) que luchaba el benemérito americano D. Ramón Power, por separar la Intendencia General de la Capitanía General á que estaba anexa. Consiguiólo á fuerza de trabajos y súplicas, y para nombrar un sugeto idóneo que reuniese todas las prendas necesarias para levantarla del estado abatido en que yaciera, tomó informes de sus amigos, que le recomendaron eficazmente á Ramírez. Acudió solícito á las Secretarías del despacho, y allí vio con sus propios ojos la capacidad, tino, fecundidad y vastos conocimientos del recomendado; y puestas de manifiesto ante los Regentes Borbon, Agar y Ciscar las sobresalientes cualidades del candidato, le nombraron Intendente de PuertoRico, dándole facultades para que reviviese aquella Hacienda, que el manejo criminoso y (1) Biografía Güell y Renté.

del Intendente Habana.

Ramirez

por D.

José


GESTIONES DE

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POWER

la apatía de los gobernantes tenia reducida á una extrema nulidad. Son tan memorables las palabras de aquel digno diputado (Power) al Sr. Ramirez en su carta confidencial de aviso, que no puedo menos de transcribirla.— «Gomo sólo me habia propuesto la felicidad de Puerto-Rico, solicitó con el mayor ahinco una persona capaz de llenar los importantes cargos de aquel empleo, y bien informado de que residían en V. S. las más recomendables cualidades, lo expuse así al Consejo de Regencia, que también se hallaba convencido de lo mismo por los informes que existen en los Ministerios de Guerra y Hacienda. He tenido, pues, la satisfacción de que se haya provisto dicha Intendencia tan dignamente como deseaba, por cuyo favorable resultado, congratulo á V. S. al mismo tiempo que me felicito, representándome desde hoy los beneficios que recibirá muy pronto mi patria bajo el benéfico influjo de los talentos y liberales ideas que tanto brillan en V. S.» A lo que contestó el Sr. Ramirez: «Un Intendente nombrado sin p r e t e n derlo, ni pensarlo, sin tener en la Corte un maravedí, es un fenómeno que sólo presenta la natural explicación del relato de V. S. y de su ardiente y desinteresado patriotismo, de que aún en este tiempo de noble exaltación, se verán muy pocos ejemplos.» Apenas recibió su nombramiento,

p3Só

Ra-


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GESTIONES DE

POWER

mirez á la Habana, donde permaneció dos meses, esperando barco que le trasportase á Puerto-Rico, y estudiando la complicada máquina de la administración de Cuba, las condiciones de su agricultura, su comercio y su industria; su modo de ser económico y su estado financiero. El 12 de Febrero de 1813, tomó al fin posesión de su nuevo cargo, y desde el primer día, puede decirse, que empezó á mejorar la situación. Muchas y muy importantes fueron las providencias dictadas por el ilustre Intendente. No podríamos apuntarlas todas sin quebrantar los moldes que nos hemos impuesto, pero tampoco es dable prescindir de aquellas que más poderossamente contribuyeron al desenvolvimiento de los intereses puerto-riqueños. Poco tiempo después de su toma de posesión, el Intendente Ramírez organizó la aduana de la capital y regularizó el funcionamiento de las de Aguadilla, Cabo Rojo, Mayagüez, Ponce y F a jardo, así como abrió en los puertos menores de Arecibo, Añasco y Guayama, con el n o m bre de Receptorías, aduanas de un orden secundario. Para la buena administración de este servicio, dictó la. Instrucción de 1813, liberal, expansiva y justiciera en extremo, dadas las corrientes de aquella época, y formó el Arancel de aduanas, á cuyas partidas asignó «los precios más equitativos con la justa mira de proteger y fomentar.» Declaró la libertad de aleaba-


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POWER

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la en la venta de embarcaciones, libertó de derechos á las maquinarias y utensilios de la agricultura, autorizó la carga y descarga de los buques, sin necesidad de previo permiso del Gobierno, y facultó el comercio con los EstadosUnidos y con las Antillas extranjeras. Por la Real Cédula de 16 de Agosto del816, en fin, se concedió á los extranjeros un permiso transitorio, que en la práctica resultó duradero, para comerciar con Puerto-Rico. Desde ese momento, la libertad comercial quedó establecida, en la pequeña Antilla. En obsequio de la agricultura hizo también el Intendente positivos esfuerzos. Dio gran incremento al cultivo de los campos, proporcionando toda clase de facultades á los labradores; favoreció la emigración blanca, alentando el establecimiento en la Isla á muchas familias de Canarias y de la Península; creó la estadística para que se lograse un equitativo reparto de las contribuciones, y abolió los arrendamientos, que sustituyó por el sistema de los encabezamientos á los pueblos. Dedicóse, por último, con éxito maravilloso, á la extinción del papel moneda, desacreditado y ruinoso, dando asi una base más sólida á la circulación monetaria y permitiendo, por tanto, que la vida económica del país se normalizase en lo posible. Y no fueron solo los intereses materiales los que atrajeron los cuidados del celoso fun-


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cionario. En 1813 creó Ramírez la Sociedad Económica de Amigos del País, cuyos servicios en pro del adelanto moral no necesitan ser encomiados. Más tarde se esforzó en instalar la Diputación provincial y en 1814 fundó el Diario Económico, la primera publicación periódica que vio la luz en aquella Isla. Todas estas medidas ejercieron, como era de esperar, una saludable reacción. El país, que marchaba á la ruina, se levantó de su postración; el Tesoro, que en realidad estabaen quiebra, se rehizo, y cuando, para premiar sus servicios se ascendió á Ramírez, tres años después (1816), para la Superintendencia de Cuba, la prosperidad de la Isla se acentuaba de manera sorprendente. Las rentas públicas, como era natural, subieron en proporción análoga á la riqueza del país. Las aduanas, que solo rendían de 25 á 30.000 pesos cuando llegó el Intendente, produjeron en 1814, 242.842 pesos, y las rentas terrestres, que con elsistema de los arriendos producían de 60á 70.000 pesos, llegaron el mismo año á la cifra de 161.000. La administración de D.Alejandro Ramírez, fué, como se ve, salvadora.Puerto-Rico, salió, graciasáella, d é l a terrible crisis en que la sumió la supresión del situado; se acostumbró á contar con sus solas fuerzas para vivir y medrar; aumentó su población, su riqueza, su comercio, su industria y su cultura; cimentó en más sanos principios su vida


GESTIONES DE

POWER

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económica, y pudo esperar, con fundamento s ó lido, del natural desarrollo del sistema progresivo con que fué dotado, dias de holgura y de prosperidad. No es extraño, por tanto, que viera con dolor ausentarse al probo funcionario que le procuró tantos bienes, ni que, á pesar del tiempo transcurrido, guarde á su honrada memoria el culto que se merece.



CAPITULO

EL

RÉGIMEN

DE

LA

V

DESCONFIANZA

Expulsión de los Diputados antillanos de las Cortes del Eeino (1837).—Promesa de las leyes especiales.— Adhesión de los puerto-riqueños á la Metrópoli.— Asonadas de Loizaga (1835), y de Salinas y Santillana (1839).—El sistema de la desconfianza y el r é g i m e n militar.—Reforma municipal (1847).—Creación del del Consejo de administración (1861).—Convocatoria de la Junta de Información (1866).

Coincidió el estado de reformas implantado en Puerto-Rico por el Intendente Ramirez con la pérdida para España de las posesiones de la América meridional. Pudo y debió la Metrópoli, aprovechando las lecciones de la experiencia y en vista de los exelentes resultados que produjera en las Antillas el régimen espansivo, hacer partícipe á los habitantes de aquellas de todas las garantías y de todos los derechos de que disfrutaran los españoles de la Península. Procediendo de esta suerte, España hubiera acreditado á la vez dos cosas: primero, que solo por error había llevado á los pueblos de América el sistema tiránico y arbitrario que motivó su descontento; y después, que renunciaba por completo á la práctica de u n régimen á la


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EL

RÉGIMEN

vez contrario á los buenos principios de la ciencia y al verdadero interés de su soberanía. Mas no fué así. En tanto que solo imperaron en la Metrópoli el despotismo y el gobierno absoluto, las colonias no pudieron darse cuenta de que en las altas esferas de la política nacional dominaba de nuevo el pensamiento de someterlas á u n régimen de excepción; pero tan pronto como se restablecieron en 1836 las prácticas constitucionales, ese culpable pensamiento se hizo patente de la manera más cruda y descarnada. Enviaron, en efecto, las Antillas su representación á las Cortes, entonces convocadas, y á las que de manera regular habían sido llamadas por ministerio de la ley, del propio modo que cuando acudieron á las Asambleas de 1812 y de 1820. Mas la torpe prevención de unos y los odios menguados de otros, contra todo lo que era americano, pudieron más que los consejos de la razón y de la prudencia, dando por resultado que se cerrasen las puertas del Parlamento nacional á los representantes antillanos. Intentóse paliar la violencia de tan inicuo proceder con la declaración de que las Antillas serían regidas en lo adelante por leyes especiales, como si este propósito estuviese en contradicción con su presencia en las Cortes, cuando en realidad nunca hubiera sido esa presencia mas necesaria que en el momento en que se habían de elaborar dichas leyes.


DE LA

DESCONFIANZA

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La pobreza del argumento solo sirvió para que los habitantes de las colonias españolas concibieran el temor de que se las apartaba del goce de los derechos políticos. Y así sucedió en realidad. Las leyes especíeles—prometidas en 1837 en la resolución que excluía á los diputados coloniales, y ofrecida de nuevo por la Constitución de 1845,—no llegaron jamás á redactarse, y Puerto-Rico, como Cuba, quedó bajo la rudimentaria y caprichosa administración de «las leyes de Indias, los Reglamentos y Reales órdenes comunicadas para su observancia» según lo dispuesto por el Real Decreto de 22 de Abril de 1837. Estos Reglamentos y Reales Ordenes, interpretando la legislación de Indias en su sentido más restrictivo, colocaron á la Pequeña Antilla de lleno bajo el régimen de una sofocantec entralizacion,ydieron a l a política colonial española, desde ese momento más que nunca, un sello de desconfianza absoluta hacia los administrados. El Gobernador General lo fué todo. Los ayuntamientos perdieron sus antiguas atribuciones y quedaron reducidos al carácter de cuerpos únicamente facultades para proponer á la superioridad medidas que ésta aprobaba ó rechazaba, sin más norma que la voluntad ó el capricho. Espíritus que llamaríamos animosos, por el valor con que toman la defensa de todos los absurdos, han pretendido justificar este retro-


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EL

RÉGIMEN

ceso de la política colonizadora de España, alegando que el temor de quebrantar su soberanía fué únicamente lo que la obligó á practicar el sistema de la desconfianza. Si semejante aseveración necesitase ser contradicha todavía, ninguna respuesta tan elocuente como la que constituye el ejemplo de Puerto-Rico. La historia de la colonización moderna no registra, efectivamente, caso ninguno que sea más concluyente que el de esta Isla, bajo el punto de vista de la adhesión hacia su Metrópoli. Tan lejos han llevado los puerto-riqueños este sentimiento, que son muchos los que por ello los censuran y motejan. Porque, al cabo, Puerto-Rico no ha sido uu país siempre atendido por los poderes metropolitanos; todas las arbitrariedades del viejo despotismo allí, se han, dado libre carrera; todos los horrores del caduco sistema burocrático y conquistador, allí han encontrado campo para su desarrollo; y, sin embargo, jamás la viril protesta del ofendido, ni la airada rebelión del desesperado han brotado en el suelo borinquense. Con una constancia que asombra por lo poco común, con una mansedumbre que llega á lo inverosímil, aquel pueblo ha soportado todas las cargas que se le han impuesto, todas las vejaciones y todos los atropellos de que ha sido víctima. En los períodos varios de sus desgracias, nunca se han


DE

LA

DESCONFIANZA

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hecho oir, ni un murmullo, ni un grito de cólera contra España. Los acontecimientos de 1835 y 1838fueron meras resonancias de las luchas políticas de la Península. La primera de esas asonadas, dirigida por D. Pedro Loizaga, capitán delregimiento de Granada, de guarnición en aquella Isla, tuvo por objeto proclamar la Constitución. Todo se redujo á que una parte de su batallón se pronunciase en el castillo de San Cristóbal, en la noche del 20 de Octubre del835, al grito de ¡Viva la Constitución! .'Viva Isabel II! En cuanto al segundo de estos conatos, reales ó supuestos, de conspiración, en cuya virtud fueron juzgados por un Consejo de Guerra en 8 de Mayo de 1839 los sargengentos Salinas y Santillana, y unos cuantos individuos más, el resultado de la causa demuestra palpablemente que el asunto no r e vistió ninguna importancia, y qu-e, en último extremo, eran peninsulares en su mayoría, y tropas de la guarnición, los que aparecían complicados. Ni en uno ni en otro caso, el deseo de independencia es el que realmente aparece alentando á los conjurados más ó menos auténticos. Y no es que faltaran las excitaciones para que el pueblo borinquense siguiese por semejantes derroteros. Cuando la revolución • sudamericana se mostraba más vigorosa y llena de pujanza, varias fueron las tentativas realizadas-


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EL

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para asociar la Isla al movimiento separatista; pero todos los trabajos resultaron infructuosos, pues lejos de cooperar los puertoriqueños á los esfuerzos de sus hermanos del Continente, dieron su ayuda al gobierno metropolitano, facilitándole valiosos recursos para sostener la lucha, como sucedió singularmente durante las campañas de Venezuela. Dedúcese de cuanto precede que el régimen arbitrario y despótico establecido en las Antillas en los dos primeros tercios de este siglo, y cuyas reliquias aún aparecen por todas partes, para vergüenza y confusión de los apologistas del viejo sistema, no se justifica por ninguna razón de orden elevado. Todo lo que puede decirse como excusa, no como defensa de tan equivocado procedimiento, es que no obedeció á un plan preconcebido de tiranía y despotismo por parte de los gobernantes, sino que é s tos, vencidos por el interés no siempre legítimo, de algunos particulares, fueron poco á poco c e diendo á las exigencias de los que solo encontraban el modo de labrar su fortuna, en la práctica del monopolio y de la explotación. A más de esto, el régimen militar tenía que ser la consecuencia inevitable de la esclavitud de los negros. No han estado nunca en lo cierto los que han solido quejarse en las colonias del despotismo de los capitanes generales, á la par que defendian como racional y hasta como be-


de la

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desconfianza

néfica la institución servil: u n mal era consecuencia natural del otro y nada más. Aunque en Puerto-Rico la esclavitud no revistió nunca las grandes proporciones que en Cuba, fácilmente se colige que su existencia bastaba para servir de remora á las aspiraciones de mejoras radicales que el país sustentaba. Porque hay que decirlo: desde que su desarrollo material é intelectual colocó á las Antillas en condiciones suficientes para tener u n a vida propia, Puerto-Rico, lo mismo que Cuba, empezó á soportar mal, aunque resignada con su suerte, la gobernación extraña. Las parciales reformas dictadas por la Metrópoli, no podian satisfacer las necesidades siempre crecientes de aquellas comarcas nuevas. Ni la Real orden de Agosto de 1847 sobre Ayuntamientos, n i e l Real decreto de 1861, que creó en la Isla el Consejo de Administración, eran bastantes para calmar el ansia de libertades de la pequeña Antilla. Así se explica el júbilo inmenso con que en 1866 se recibiera en ella la noticia de que el Gobierno de la Metrópoli convocaba en Junta de Información á los delegados de Cuba y Puerto-Rico, para oír sus opiniones y escuchar sus votos respecto á las leyes especiales por que habían de regirse ambas colonias, en cumplimiento del precepto constitucional. Este acontecimiento abrió el corazón á muchas esperanzas, y aunque la 4


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e l

régimen

d e la.

desconfianza

triste realidad las defraudó todas, tuvo t r a s cendencia tan grande en la vida antillana, que hay que insistir sobre ello con la detención debida como en el capítulo siguiente lo haremos.


CAPÍTULO

VI

LA JUNTA DE I N F O R M A C I Ó N .

Convocatoria de la Junta de Información (1865).—Consideraciones á que obedecía el Ministro.—El preámbulo del Real Decreto.—Carta del Sr. Cánovas del Castillo al General Dulce.—Maniobras de los enemigos de las Reformas para obtener mayoría en l a s elecciones.—La Real Orden de 28 de Diciembre.— Victoria electoral de los reformistas.—Reunión de la Junta (1866).—Actitud de los comisionados puertoriqueños.—Sus trabajos en pro de la abolición d é l a esclavitud.—El Gobierno no atiende la petición de los antillanos.—Fracaso de la Información.

El 25 de Noviembre de 1865, D. Antonio Cánovas del Castillo, á la sazón Ministro de U l tramar, presentó á la firma de Doña Isabel II u n Real Decreto , cuyas principales disposiciones quedan comprendidas en estos tres artículos que entresacamos de los trece que le constituían: «Artículo 1.° Se autoriza al Ministro de Ultramar para abrir una información. Primero. Sobre las bases en que deban fundarse las leyes especiales que, al cumplir el artículo 80 de la Constitución de la Monarquía española, deben presentarse á las Cortes para el Gobierno de las provincias de Cuba y de P u e r to-Rico.


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LA JUNTA

Segundo. Sobre la manera de reglamentar el trabajo de la población de color y asiática, y los medios de facilitar la inmigración que sea mas conveniente en las mismas provincias. Tercero. Sobre los tratados de navegación y de Comercio que convenga celebrar con otras naciones, y las reformas que para llevarlas á cabo deban hacerse en el sistema arancelario y en el régimen de las Aduanas. Artículo 2.° La Información á que se refiere el artículo anterior se hará ante una Junta presidida por el Ministro de Ultramar, y compuesta de los Consejeros de las Secciones de Ultramar del Consejo de Estado, de un Consejero de cada una de las Secciones de Eslado y Gracia y Justicia, Guerra y Marina, Hacienda y Gobernación y Fomento del mismo Consejo, y de un Vocal Ponente, cuyo nombramiento recaerá en un Jefe superior de Administración que haya servido por lo menos dos años en las Antillas, ó en la Administración Central de Ultramar. Artículo 7.° Para determinar los hechos y aclarar las cuestiones que han de ser objeto de la Información, oirá la Junta verbalmenteó por escrito, según ella acuerde, y por el orden que previamente establezca el Presidente: Primero. A los Gobernadores superiores civiles, á los Regentes y á los Intendentes en ejercicio de las islas de Cuba y de Puerto-Rico, y á los que hayan desempeñado anteriormeate esos cargos. Segundo. A todos los Senadores naturales de aquellas provincias, ó que hayan residido en ellas por espacio de cinco años. Tercero. A veintidós comisionados naturales-


D E INFORMACIÓN

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ó vecinos de alguna de las poblaciones de la Isla de Cuba ó de la de Puerto-fuco, y elegidos como á continuación se expresa, por los Ayuntamientos ó Corporaciones municipales de a q u e llas provincias. El ayuntamiento de la Habana elegirá dos Comisionados. Los catorce primeros Ayuntamientos (de la Isla de Cuba) mayores en población después de el de la Habana, elegirán u n Comisionado cada uno. El ayuntamiento de San Juan de Puerto-Rico elegirá dos Comisionados. Los cuatro primeros Ayuntamientos ó Corporaciones Municipales (de la Isla de Puerto-Rico) mayores en población después del de San Juan, elegirán cada uno u n Comisionado. Cuarto. A otras veintidós personas, diez y seis por la Isla de Cuba y seis por la de PuertoRico, que designe el Ministro de Ultramar entre los que hayan residido durante cuatro años en las Antillas, ó los que por sus conocimientos, por sus profesiones, ó por haber servido oomo funcionarios públicos, puedan conocer mejor los asuntos sobre los que ha de versarla información. Quinto. A las Corporaciones de Ultramar ó de la Península que la Junta crea conveniente oir para ilustrar las cuestiones que ante ella se ventilen.» Precedía á estas disposiciones un razonado preámbulo, en el que se exponían los fundamentos del acuerdo ministerial y se condensaban los principios históricos y tradicio nales de la política colonial española, en sus mejores días, y á los que el Gobierno parecía tributar


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LA JUNTA

tanto apego como admiración. Desenvolviendo ambos extremos, decía el Ministro, dirigiéndose a l a soberana: «Señora: El grao propósito de constituiren una la nación española que acertaron á formar los augustos antepasados de V. M. durante los siglos medios, y que los Reyes Católicos, de gloriosa memoria, supieron ya realizar en mucha parte en la Península, fué aplicado también por aquellos sabios monarcas y por sus sucesores al gobierno y administración de los dominios de América, desde la época de su descubrimiento. La unidad de la nación y de sus leyes constitutivas no excluyó, sin embargo, en lo pasado, como nunca excluirá enteramente en lo sucesivo, las naturales diferencias que la diversidad del estado social y de las condiciones económicas de las provincias de Ultramar exige en las leyes por que deben ser regidas. Parte de estas diferencias, ha desaparecido en verdad, y parte desaparecerá con el tiempo; pero algunas han de existir siempre, y será preciso tomarlas en cuenta para no llevar á aquellos paises disposiciones inaplicables ó tal vez contrarias á las necesidades y á los intereses de sus habitantes. Dos grandes tendencias determinan así el carácter histórico de la política de España en s u s relaciones con las provincias de Ultramar: la primera, que por medio de la asimilación de las costumbres y de las leyes procura formar una sola nación igualando las provincias de Ultramar con las de la Península; la segunda, que admite dentro de esta grande unidad las leyes especiales que requiere la naturaleza de los v a rios países á que la nación extiende su poderío.


D E INFORMACIÓN

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Toda nuestra legislación de Ultramar, lo mismo la antigua que la moderna, responde á esta doble inspiración en el espíritu y en la letra de sus prescripciones. Prueba evidente ofrece de tan ostensible verdad, en los tiempos antiguos, la Recopilación de leyes de los reinos de Indias. D. Felipe II, en la Ordenanza 14 del Consejo, y D. Felipe IV en la 13 de 1636, que juntas forman la ley 13, tít. II del libro II de aquel Código venerable, se expresaron de esta manera: «Porque siendo, dice textualmente la ley, de una corona los reinos de Castilla y de las Indias, las leyes y orden de gobierno de los unos y de los otros deben ser los mas semejantes y conformes que ser puedan: los de nuestro Consejo en las leyes y establecimientos que para aquellos Estados ordenaren, procuren reducir la forma y m a n e ra del gobierno de ellos al estilo y orden con que son regidos y gobernados los reinos de Castilla y de León en cuanto hubiere lugar y permitiese la diversidad y diferencia de las tierras y naciones.» No era posible, por cierto, poner más en claro el intento de mantener la diversidad dentro de la unidad, formando u n solo y concertado sistema. Todavía ahora puede afirmarse que las leyes de Indias y las numerosas disposiciones posteriores que la Real orden de 22 de Abril de 1837 declaró vigentes en todas las provincias de Ultramar, juntas con las medidas importantes tomadas para reformar esta legislación, singularmente desde el año de 1850, satisfacen hasta ahora las necesidades especiales de la colonización naciente de Fernando Póo y las del gobier-


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no de Filipinas, donde la propiedad territorial aún no se halla establecida más que en algunas islas, y donde nos falta por dominar gran parte del Archipiélago. Pero, á la verdad, no sucede lo mismo con las provincias de Cuba y de Puerto-Rico. Los adelantos científicos y literarios que se notan en ambas Antillas; su riqueza actual, que en la primera de ellas puede competir con la de los Estados más florecientes de Europa y del continente americano; la creciente extensión y la importancia de su comercio exterior, todo las coloca ya en una situación excepcional, que r e quiere leyes y medios bien distintos de los que existen en las demás provincias ultramarinas, y de los que hace algún tiempo habrían necesitado y reclamado ellas mismas. Pero después de reconocer y proclamar con franqueza este hecho evidente, preciso es confesar que, hoy como antes, lo más ajustado al interés nacional y á nuestras tradiciones políticas, es examinar con serenidad y prudencia hasta qué punto puede llegar ya la asimilación legislativa entre aquellas islas y la Península, y dónde debe comenzar y concluir la especialidad de su régimen gubernativo. Y si este examen, tan interesante por la gravedad de las cuestiones que nos lleva á resolver el curso natural de las cosas, ha de tener el sello de imparcialidad que le conviene y reunir todas las garantías posibles de exactitud y acierto, preciso es que, empleando el Gobierno todos los medios de investigación y estudio puestos á su alcance, oiga al propio tiempo de una manera a m plia y solemne la exposición de los datos y de las opiniones que deseen presentar á su


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consideración los leales habitantes de las Antillas. No hay, Señora, otro medio de que los habitantes de las Antillas concurran con su experiencia y sus luces á preparar bien las reformas de que se trata. Si los votos de algunos se escucharan, llamando al Congreso de los Diputados representantes elegidos por aquellas provincias, habría que comenzar por hacer, sin oirías, una de las reformas sobre que debe consultarse la opinión general con más detenimiento, por lo mismo que en ella aparecen los ánimos más divididos. Por otra parte, y admitiendo que los Diputados de Ultramar tomasen asiento en el Congreso, ó sería preciso que ellos de por sí, y en uso de un derecho que no podría negárseles en absoluto, presentasen los proyectos de reforma, contra la buena práctica del sistema representativo, que supone siempre en los Ministros responsables la iniciativa de tan graves cuestiones, ó habría de presentarlos el Gobierno sin el conocimiento de los hechos, que h a d e resultar necesariamente de las investigaciones de la Junta. De cualquier manera que se considere este supuesto, ya sea bajo su aspecto práctico, ya sea bajo su aspecto constitucional y teórico, sólo inconvenientes y obstáculos casi invencibles ofrece por todas partes, y el Ministro que suscribe ne cree necesario aducir contra él mayores razones.» Cometeríase suprema injusticia no reconociendo—ya que para ello existen hoy las pruebas más concluyentes—el altísimo valor de estas declaraciones, el sano criterio en que se inspiraba


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el Gabinete unionista, y sobre todo, la recta voluntad con que se proponía, después de tantas vanas promesas y de tantos funestos aplazamientos, afrontar la resolución de los gravísimos problemas planteados en las Antillas. Si las manifestaciones oficiales del preámbulo, antes citado no atestiguasen bastante de la sinceridad con que por aquel entonces querían las reformas el Sr. Cánovas del Castillo y sus compañeros, la carta que en 12 de Diciembre dirigió desde la Granja aquel h o m b r e público al General Dulce, Gobernador Superior de la Isla de Cuba, pone de manifiesto de manera incontrastable los levantados propósitos en que aquella situación se inspiraba. Por no destinarse á la publicidad ese documento, como lo r e velan el tono casi familiar y el estilo confidencial en que se encuentra redactado, resplandece en él, cor. más vigor si cabe, el verdadero pensamiento del Ministro de Ultramar de a q u e lla época, y por eso vale la pena que demos á conocer sus párrafos más sustanciales. Dice así la carta del Sr. Cánovas: «Excmo. Sr. D. Domingo Dulce.—Real Sitio del Pardo 12 de Diciembre de 1865. Mi estimado general y querido amigo: Ya habrá usted visto que hemos comenzado con a c tividad la reforma. Las declaraciones de algunos de muchos de nuestros más amigos en las Cortes, los deseos generales de ese país, a u n que desconforme en el método de nacerla, mi


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propio convencimiento de que es llegado el m o mento de hacer cuanto se pueda, todo me ha impulsado y me impulsa á hacer en el menostiempo, lo más posible. Hora es, sin embargo, de hacer alto hasta ver el efecto y el resultado de las medidas adoptadas que usted seguramente me ayudará á conocer ó alcanzar con toda la perseverancia y el tacto que le distinguen. Bien comprendo que las medidas lomadas no podrán satisfacer á todos. Hasta p u diera suceder que en el primer momento nodieran gusto á nadie. A todo ello estoy preparado de antemano, y no me sorprenderá ni me desalentará en mi empresa. Cuando se busca de veras el éxito y no el aplauso pasajero de los espectadores, es eso lo que generalmente acontece Ahora me queda que hablar á usted de la cuestión magna, de la información sobre reformas políticas y otras enlazadas con éstas. La gente estacionaria, que es mucha en nuestro país, y que casi forma aún la opinión general respecto del Gobierno de las Antillas, ha llevado muy á mal que pronuncie yo oficialmente la palabra reforma, y ofrezca la ejecución de las leyes especiales. Es la primera oferta concreta que se ha hecho á ese país. Se le dijo en 1837 que tendrían leyes especiales, y después se les darían reformas; pero nunca hasta ahora se ha dicho: «Comienzan los trabajos paralas leyes especiales.» Por eso se ha necesitado de toda mi perseverancia y decisión para llevar adelante tal propósito. Y verdaderamente no había otra forma de empezar por más que se medite. Si hiciéramos aquí una ley electoral, aunque viniera propuesta por ese Gobierno, nacería muerta,


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porque dirían que no se les había oido y que era completamente arbitraria. Nombrar una especie de Diputados interinos, como por alguien se ha propuesto, es un disparate que no memerece discusión. Para ser Diputado y votar en el Congreso, es preciso serlo con arreglo á la Constitución y á las leyes que voten previamente las Cortes. Hacer una ley provisional para hacer después otra definitiva es una cosa también que, por su inconveniencia, no parece propuesta en serio. Por otra parte, el n ú m e r o de Diputados tiene que ser menor que el de los Comisionados; y comprendidos con todos los demás en tan pequeño número, no podrían dar á la reforma el carácter local, por decirlo así, que es conveniente que tenga para que no comience ya desautorizada y sin fuerza. Mírese como se quiera, había que convocar ante todo un pequeño Congreso cubano (1). ¿Y dónde convendría convocarlo? Esta es otra cuestión que merece examen. Conozco todos los inconvenientes que tiene el tener aquí á los Comisionados, y las molestias sobre todo que se les ocasionarían; pero si verdaderamente q u i e re el país Diputados, ¿no tendría que sujetar periódicamente en adelante cierto número de sus hijos á que sufran esas molestias? ¿No conviene desde ahora ver y experimentar la cantidad y calidad de los que se prestan á venir á representar á España los intereses de su país? Y al lado de estas dificultades pequeñas que pueda haber, ¡qué ventajas! Ahí no (1) Debía decir antillano; pero como el Sr. Cánovas s e dirigía al Gobernador General de Cuba, se explica la omisión de los puerto-riquenos.


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podría tolerarso una libertad absoluta de o p i niones, y aquí se tolerará. Ahí hay cuestionescomo la de emancipación, que no podrían tocarse ni de lejos; y aquí, aunque no directamente, será peciso tocar esta cuestión, y concertar con los hijos del país y las personas interesadas todas las medidas que el tiempo haga indispensables. Porque es preciso estar preparados á todo desde ahora; yo no sé hasta cuándo p o dremos ir entreteniendo la resolución ñnal de esta cuestión; espero que, haciendo algo, p o dremos aún ganar muchos años, y que durante ellos, podrán prepararse las resoluciones menos inconvenientes; pero sería una locura que nos cogiesen de todo punto desprevenidos, sin tener estudiadas las cuestiones siquiera. Por último, la presencia aquí de los cubanos, si tenemos la fortuna de que haya Gobierno en España, sea éste ú otro, de alguna estabilidad, puede acercar más á los que han de estar allí al frente del movimiento reformista y á los que aquí todavía repugnan supersticiosamente toda reforma, que lo están ciertamente en el día. Respecto de la forma en que la información ha de llevarse á cabo, conozco que necesita usted aclaraciones que ya se irán dando oficialmente, pero que conviene que tenga presente de a n temano para combatir con su grande influencia y cuantos medios le dicte su celo, injustas y torcidas interpretaciones y pretextos á la mala fé para desvirtuar la medida de que trato, y comprometer su éxito, con más perjuicio que de nadie, de Cuba mismo, y sobre todo de sus grandes capitalistas y propietarios, que son los que tienen que perder, en que no se aseguren


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e n ella el orden moral y político. El Gobierno se ha reservado el nombrar u n número igual de comisionados al que nombren los Ayuntamientos para que no quede ningún interés excluido y poder él atender al que resulte preferido. Si los Ayuntamientos, por ejemplo (y •no es más que una hipótesis), excluyeran á los ricos españoles ahí domiciliados, tendría yo que nombrar españoles peninsulares. Sí, por el contrario, fuesen excluidas las personas de ideas avanzadas, las de El Siglo mismo, yo no tendría inconveniente en nombrarlas. En el estado del país aquel, esto me parece indispensable. Por lo demás, los comisionados, ó juntos con los que yo nombre, ó solos, por la mayor importancia local de su representación, no vendrían á contestar, sino á discutir temas que se les propondrán en forma de interrogatorio, discutirán libremente unos con otros, y el ministro presidente no hará más que dirigir la discusión; y los consejeros que forman la Junta aprobarán los temas entre sí antes de ponerlos á discusión, y podrán dirigir á los comisionados las preguntas que tengan por conveniente. Este es el papel que ha de representar cada uno. Los discursos se tomarán por taquígrafos y se publicarán. ¿No es esto todo lo honroso que puede ser para los comisionados? Con arreglo á lo que resulte de la Comisión, se irán formando proyectos y presentándose á las Cortes, únicas que pueden votar las reformas en leyes especiales. Tal es mi sistema ligeramente expuesto, pero que no creo haber olvidado algo esencial. Secúndeme usted en él con las autoridades ilustradas que tiene á sus órdenes, y creo que


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haremos un servicio á Cuba y á la nación en general. E s siempre su buen amigo, Q B. S . M . — A N TONIO CÁNOVAS DEL CASTILLO.

El Gobierno, como puede verse, tenía en realidad el propósito de hacer reformas, de llevar á cabo transformaciones liberales en todos los ramos de la vida antillana, de cumplir, en suma, el compromiso constitucional de presentar á las Cortes las leyes especiales desde 1837 p r o m e tidas. También quería oir todas las opiniones, antes de resolverse por uno ú otro sentido, quizás, como más tarde ha dicho el Sr. Cánovas (1), con la esperanza de conciliar los deseos opuestos y las tendencias antitéticas que desde hacia muchos años se venían notando entre los peninsulares y los insulares; pero asi y todo, no puede negarse que en el Real Decreto de Noviembre de 1865 se tomaban grandes precauciones para que esas dos opinion e s ó tendencias se encontrasen neutralizadas ó contrabalanceadas ante la Junta de Información, cosa que, bien examinados los antecedentes, más ocasionada parecía al aplauso que á la censura. A pesar de esto, los elementos anti-reformistas acogieron con marcado disgusto lo mis* (1) Veáse el discurso pronunciado por D . A n t o n i o Cánovas del Castillo, Presidente del Consejo de M i n i s tros, en el Congreso de los Diputados, contestando al Sr. Labra, en la sesión del 21 de Junio de 1884.


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mo en la Pequeña que en la Gran Antüla, la convocatoria hecha por el Ministerio de la unión liberal. Gestionaron cuanto pudieron el aplazamiento de las elecciones, y no se resignaron hasta lograr la Real orden de 28 de Diciembre de 1865, sobre designación de los vocales, que alteró completamente el cuerpo electoral. A despecho de esta maniobra de última hora, los anti-reformistas de Cuba, que eran los que llevaban la Dirección del movimiento, por medio del llamado Comité Español organizado en la Habana, vieron burlados los cálculos que fundaron en las disposiciones de la famosa Real orden de Diciembre. Los Ayuntamientos antillanos sólo designaron á tres ó cuatro e n e minos de las reformas, entre los veintidós Comisionados que les correspondía nombrar. Puerto Rico, en vez de seis representantes, en realidad no envió más que cuatro: el Sr. Don Manuel Zeno, conservador, y los Sres. D. Segundo Ruiz Belvís, D. José Julián A costa y Don Francisco Mariano Quiñones, reformistas. Los dos otros Comisionados de la Pequeña Antilla perdieron sus derechos por no haberse presentado en Madrid oportunamente. En 6 de Noviembre de 1866 se inauguraron los trabajos de la Junta informativa. En el año transcurrido desde la fecha de la convocatoria hasta la reunión de los Comisionados en Madrid, grandes cambios se habían operado en


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las altas esferas de la política española. La unión liberal había sido lanzada del poder, y un Ministerio moderado legía los destinos de la n a ción. El ^r. Cánovas del Castillo ya no era Ministro de Ultramar, y hombre tan conservador como D. Alejandro de Castro era el que le reemplazaba en aquel departamento. Mucho p e r dieron las Antillas con ese cambio. Así y todo, las Conferencias se llevaron á cabo, con verdadera fé por parte de los reformistas, y con gran cortesía y liberalidad por parte de la Junta y del Presidente. D. Alejandro Olivan. Por importante que conceptuemos todo lo que se relaciona con los esfuerzos que entonces hicieron los antillanos, no podemos detenernos cuanto q u i siéramos en el relato del honroso papel que de la Junta desempeñaron los representantes de Puerto-Rico. Diremos tan sólo que, desde la tercera conferencia, plantearon la cuestión de la esclavitud, pidiendo con brío y con grandeza de ánimo admirable, que se llevara á cabo en la Pequeña A n ti Ha, «la abolición in«mediata; la abolición con indemnización, ó sin «ella, si no fuera otra cosa posible; la aboli«ción sin reglamentación del trabajo libre, ó «con ella, si se estimara de absoluta nece»sidad.» Indescriptible fué el efecto que la'moción de los Sres. Acosta, Quiñones y Ruiz Belvis, causó en el seno de la Junta. Solo unos cuantos co5


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misionados cubanos, los Sres. Conde de Pozos Dulces, Morales Lemus, Azcárate (D. Nicolás), Ojea, Ortega y Gamejo, se adhirieron á esa manifestación, «en cuanto á Puerto-Puco, congrat u l á n d o s e de que las circunstancias en que se «encontraba esa provincia ¡a permitiese propon e r la inmediata abolición de la esclavitud, lo »cual por otra parte, respecto de Cuba, no con«sideraban conveniente, ni oportuno toda»vía (1).» En el campo antireformista, la moción cayó como una bomba, dando motivo á grandes discusiones, cuyo peso llevó el Sr. Acosta por parte de los puerto-riqueños liberales, con tanta elocuencia como energía y conocimiento del asunto, siendo en más de una ocasión briosamente secundado por D. Nicolás Azcárate, que se mostró también en la Junta como paladín esforzado de la libertad y de los derechos de la raza de color'de las Antillas. Treinta y seis fueron las conferencias celebradas por los comisionados. Los reformistas cubanos y puerto-riqueños presentaron planes completos de reformas, así para las cuestiones de orden económico, como político y social. Abogaron por una gran d e s (1) Véase Actas de la Junta de Información, en el libro Cuba, de 1850 á 1873, por D . Carlos Sedaño Madrid, 1873.


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centralización, por el establecimiento de una Cámara insular en cada Antilla, por franquicias comerciales, y por la sustitución paulatina de la contribución directa á los impuestos aduaneros que ahogaban el tráfico y la producción. El Gobierno no supo ó no quiso sacar el partido que pudo de las baenas disposiciones en que las Antillas aparecieron en la Junta, cuyas conferencias terminaron en 26 de Abril del año 1866. Lejos de inspirarse en los trabajos de los comisionados, los falseó de una manera verdaderamente irritante, pues en'vez de mejorar la legislación rentística, aprovechó la indicación que habían hecho en favor de la contribución directa para recargar los tributos, estableciendo por entonces un impuesto de 6 por 100 sobre la riqueza inmueble. Los comisionados se quejaron de esa deslealtad, pues si es verdad que pedían la tributación directa, no era menos cierto que siempre habían sostenido muy claramente que exigían en cambio que, á la vez que se estableciera, so suprimieran sensiblemente los derechos de exportación y se disminuyeran los de importación, se abolieran los derechos diferenciales de bandera y se decretara el cabotaje entre la Península y las Antillas. En vez de esto, el Gobierno dejó subsistente todas las antiguas exacciones, y además


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estableció la coatribución directa. Eso fué todo lo que consiguieron los antillanos. Por eso, la Junta de información, convocada bajo tan gratos auspicios, terminó dejando pocas esperanzas en el ánimo de los reformistas. Volvieron éstos, no obstante, á sus paises respectivos, satisfechos de haber cumplido con su deber, si bien preocupados con los derroteros que l l e vaba la política general española, y sin saber qué resultado daría para las Colonias la revolución que amagaba ya el Trono de Doña Isabel de Borbon, y cuyos primeros chispazos habían estallado casi al propio tiempo que la Juntacelebraba sus conferencias.


CAPÍTULO

VII

LOS EXCESOS D E L MILITARISMO Y LOS ALBORES D E LA REFORMA.

,;

S1 atraso de las leyes.—Ineficacia de los esfuerzos del Oonsejo de Administración.—El régimen de la arbitrariedad.—Las listas de sospechosos.—Fusilamientos y deportaciones (1867).—Las protestas de la d i g n i d a d . — E l motin de Lares (1868).—Causas que lo determinaron.—Persecuciones contra los reformistas.—Influencia de estos sucesos en el desarrollo de las aspiraciones liberaos.—La Revolución de Septiembre.—Declaración abolicionista de la Junta Revolucionaria de Madrid. —La representación en Cortes.—Nacimiento de los partidos políticos.

Hemos dicho en el capítulo anterior que la convocatoria de la Junta de información r e s pondía al propósito del Gobierno de hacer reformas en sentido liberal. Y en verdad que eran urgentes; porque Puerto Rico se asfixiaba en una atmósfera de despotismo y de arbitrariedades sin cuento. En el orden del derecho político regía el libro III de las Leyes de Indias, de cuyas disposiciones tomaba origen el poder de los Capitanes generales, con la agravante de la Real Cédula de 28 de Mayo de 1825, que les concedió el pleno de facultades de los gobernadores .de plazas sitiadas y sin el contrapeso de las


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antiguas Cnancillerías, ni la garantía del juicio de residencia, reducido ya á una mera y vacía fórmula. En materia de legislación penal se vivía con seis siglos de retraso bajo el régimende las Partidas, sustituido á cada momento p o r la aplicación de las penas de la Ordenanza en los Consejos de guerra. Las disposiciones d e la Novísima Recopilación encerraban en estrechos y forzados moldes á la propiedad. F u e ra do la capital, de Mayágüez y de Ponce, que tenían algo así como sombra de Ayuntamientos,—siquiera estuviese reservado á un reducido número de mayores contribuyentes el d e recho de sufragio y al Capitán general la facultad de designar los alcaldes, — en los demás pueblos la Administración estaba confiada á los Corregidores, asistidos de una Junta compuesta del Comandante Militar, el Vicario, en algunas partes el Subdelegado de Marina, y cuatro ó seis vecinos nombrados por la Autoridad superior, con voto meramente consultivo. La Hacienda se hallaba en manos do un Intendente, irresponsable de hecho, que de una m a n e ra arbitraria fijaba la cuantía de las contribuciones, repartidas luego por los Alcaldes más arbitrariamente todavía. A lo que hay que agregar las prevenciones de las autoridades, contra l a s q u e se estrellaron casi siempre cuantos e s fuerzos laudables hiciera para la mejora de Iosservicios el Consejo de Administración, en su?.


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doble aspecto de Cuerpo consultivo del Gobierno y Tribunal de lo contencioso-administrativo. No se ha parado mientes todavía en lo que fué, y sobre todo en lo que andando los tiempos hubiera podido ser aquella Institución, en que al lado de las autoridades y funcionarios principales y de cuatro Ponentes con sueldo, se encontraban diez y seis Consejeros elegidos de entre los elementos del país más valiosos y respetables por su saber y su arraigo. La existencia de esta mayoría de elementos, que, en contraposición á los puramente burocráticos podemos llamar populares, siquiera entrasen por nombramiento real y no por elección directa del pueblo, era una garantía de acierto, por la competencia natural de esos Consejeros respecto de los intereses y necesidades de la pequeña Antilla. De aquí que, á pesar de las reservas con que las preocupadas autoridades recibían sus consejos y ele la no disimulada malquerencia con que á sus esfuerzos r e s pondían los más encopetados burócratas, poco dispuestos á tolerar que unos cuantos caballeros particulares pusiesen de relieve los defectos y vicios de la Administración—reservas y malquerencia que dieron al traste en pocos años con su vida,— algo influyó el Consejo en la. corrección de ciertos abusos. : u s trabajos no son merecedores del olvido. ;


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Consagró su actividad á la mejora de todos los servicios: con su voto se dio alguna e x p a n sión á la imprenta, al punt > de poder fundarse el primer periódico reformista, El Fomento de Puerto-Rico. Sistema tributario, Instrucción pública, reformas económicas, estadística y catastro, régimen municipal, Diputaciones departamentales, Subgobiernos puramente civles, reorganización de todos los centros administrativos: en una palabra, cuanto interesaba al país y podía allanar el camino á las reformas políticas, fué objeto de los trabajos del Consejo, que dejó tras sí como fecundo resultado do su existencia las anuales c insultas sobre los presupuestos, especie de resumen franco, enérgico ó insistente de todos sus dictámenes, atendidas al cabo de ocho años en los presupuestos generales de 1870-7!, ea que los gastos q u e daron reducidos á m e n o s de dos millones de pesos. Pero, en ñn, los vicios de la Administración colonial estaban tan arraigados, los errores que sobre esta materia privaban eran tan crasos y tan generales, las precauciones tantas y t a n tos los intereses opuestos á la reforma, que los bienes positivos que á Puerto-Rico reportó el Consejo de Administración tal como fué fundado en 1861, cosa perfectamente apreciable hoy, pasaron entonces completamente desapercibidos: el país mismo lo acogió fría y aun hos-


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turnante, viendo en él tan solo otra rueda , y rueda costosa, de aquella deplorable Administración. Ademis la suspicacia de los gobernantes, alentada p "irlos moaopo'izadores de la Colonia, lejos de facilitar el 'desenvolvimiento de esa institución, hasta convenirla en Asamblea insular q u i afianzase y dirigiese la descentralización administrativa tan necesaria á la vida de la ppqueña Antilla, le cercenó primero sus atribuciones, arrebatándole el conocimiento de los asuntos contenciosos y lt hizo desaparecer l u e go completamente á los ocho años de existencia, estableciendo una excepción en desventaja de Puerto-Rico, pues quedaron subsistentes los Consejos de Administración de Cuba y Filipinas. Mas, á decir verdad, los dictámenes del Consejo eran muy poca cosa para atenuar los efectos de la corrupción, el absolutismo y la sospecha, pues no alcanzaban, naturalmente, al país las ventajas obtenidas por el particular que en sus contiendas con la Administración, e n contrase amparo en aquel alto Cuerpo. Esto que, solo muy á la larga hubiera podido influir sobre la generalidad, no amenguó poco ni mucho los males del personalismo y de la dictadura, que, por ser lo de más bulto, era lo que los habitantes de Puerto-Rico podían apreciar mejor. La situación en que estos vivían era verdade-


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ramente intolerable: tanto más, cuanto que la aspiración á las reformas había sido ya alentada por el gobierno de la Metrópoli que convocó la Junta de información; y, abierto al extranjero el comercio de Puerto-Rico, habían penetrado en la Isla las ideas de libertad y democracia; y la vecindad de las naciones del continente americano permitía apreciar en todo su valor la injusticia de la legislación de los estados de sitio; y los portoriqueños que atravesaban el Atlántico y pisaban el suelo de la madre patria tenían ocasión de palpar aquí las ventajas del régimen constitucional, aun en los tiempos mismos de los Narvaez y González Bravo. Eu suma: para los habitantes de Puerto-Hico no existían garantías de ningún género, bajo la dura ley del militarismo agravada por la explotación que los enemigos de las innovaciones hacían habilísimamente de los recelos y absoluto desconocimiento de los hombres y de las cosas del país que reunían aquellos ñamantes generales á quienes encomendaban el mando superior de la Isla los torpes y mal aconsejados gobiernos de la Metrópoli. La más ligera protesta, la queja más inocente, una actitud, un movimiento, un gesto bastaba entonces en Puerto-Rico para adquirir el dictado de sospechoso ó desafecto al gobierno y ser inscripto, después de un expediente gubernativo secreto, en las listas que se formaban en la


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Fortaleza por el Capitán general y en los pueblos por los Alcaldes-Corregidores. Y ¡ay del que tuviere la desgracia da figurar en ellas! Equivalía á vivir en verdadero entredicho y á ser sorprendido, en el instante menos esperado, con una orden de deportación que traía aparejada la ruina. Durante el gobierno del general Marchessi (1867) tomó esto caracteres de verdadera gravedad, porque se inauguró la era de las deportaciones por causas políticas. Sirviendo de pretexto la insubordinación de un cabo y algunos soldados de la guarnición de la capital, suceso, bign que lamentable, de carácter común, el mismo día que fueron fusilados seis de esos desgraciados, recibieron la orden de embarcarse para la Península y de presentarse inmediatamente al Gobierno central, Ruiz Belvis y Acosta, es decir, el autor y el principal mantenedor ante la Junta informativa de 1866 de la propuesta sobre la abolición inmediata de la esclavitud; el Dr. Goyco, director reconocido de los elementos reformistas; Celis Aguilera, Blanco y Sosa, Goenaga, Belmonte, el Dr. Betances, Lacroix, Romero y D. Vicente Quiñones, hombres todos distinguidos por sus aspiraciones liberales. No se les dijo la causa de la deportación; pero visiblemente se la relacionaba con los actos de indisciplina de aquellos soldados y claramente se veía el propósito de infundir


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terror al pais y de erigir en sistema la sospecha constante y el empeño de buscar en la más leve protesta un secreto plan que en PuertoRico jamás ha tenido nadie á pesar de lo interminable de las provocaciones. Casi todos los desterrados se quedaron en San Thomas esperando la revocación de medida tan arbitraria, y sólo dos, Ruiz Belvis y el Dr. Betances, protestaron con cierta viveza, á impulsos de la indignación que el ultraje recibido les produjera. Pero justo es decir que la actitud de rebeldía en que se colocaron estos dos hijos de PuortoRico, no encontró eco en aquel país, siempre sumiso y resignado con su suerte, pues los s u cesos que en Septiembre de 1868 se desarrollaron en Lares, precisamente en los días mismos que en la Península se destronab i á los Borbolles y en Cuba se lanzaba el grito de Yara, no fué una rebelión cont"a la Madre Patria, sino un motín suscitado contra el aumento del subsidia, que para el ejercicio de 1867-68 duplicó •el intendente interino D. Juan Manuel Ortiz, contri el parecer del Consejo que sostenía la conveniencia de suprimirlo. No, no fué el motín de Lares el comienzo de una lucha separatista. Bien claro lo dicen el grito de «abajo el subsidio,» que lanzaban aquellos campesinos, desesperados y arruinad o s por los repartimientos injustos; el haberse


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reducido los aclos de fuerza de aquellos • insurrectos á quemar las libretas y coa ellas los datos relativos á la contribución; el no tener el movimiento ramificaciones en los demás p u e blos de la Isla; el haber estallado cuando la impresión producida por las deportaciones del año anterior había sido extinguida casi totalmente por el mando justiciero del general Pavía; el haber terminado todo en menos de una semana, á los primeros disparos de un p u ñ a do de soldados y de los propios milicianos del país; el no figurar entre los cabecillas, si tal nombre merecen los que explotáronla desesperación de los campesinos, ni un solo bijo de Puerto Rico, sino extranjeros ó peninsulares que; ¡cosa singular! hoy forman en las filas del partido conservador; la calificación de hecho pasajero que el Capitán General dio en informe oficial á aquella asonada; y la negativa del Gobierno Provisional de otorgar recompensas á. los que sofocaron el movimiento. Sin embargo, si el motín de Lares no tuvo importancia ni trascendencia de ningún género como acto revolucionario, túvolas en cambio bajo otros puntos de vista. Porque sirvió á los enemigos de las reformas para llenar de liberales las cárceles de la Isla, fulminar condenas de muerte contra una porción de individuos indultados luego por el Capitán General y , s o bre todo, complicar en un aparatoso y arbitra-


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rio proceso incoado por un juez de partido á 700 ú 800 personas de toda la Isla, agenas en su mayor parte á los sucesos y escogidas entre los simpatizadores de las ansiadas reformas. La enormidad del procedimiento y la arbitrariedad de las prisiones no podían prolongarse mucho, cuando ya la Península se había sustraído á la tiranía y, en efecto, en 25 de Enero de 1869 se decretó una amnistía general. Esos atropellos hicieron por la causa de la reforma seguramente mucho más que la propaganda de los reformistas. Tanto, que, al triunfar la revolución de Septiembre, se hallaba muy fortalecida la opinión contra el slatu quo colonial, y decididos por el avance, hombres como los Sres. Valdés Linares y Zeno, que entre los informantes de 1866 figuraron como conservadores indiscutibles. La revolución de 1868, que abre una nueva era en la historia de Puerto-Rico, vino en seguida á dar alientos á los liberales borinquenses, mediante dos hechos que importa señalar. Es el primero el tributo rendido á la-justicia por la Junta Revolucionaria de Madrid, con la siguiente declaración hecha á instancias de Labra, eficazmente apoyado por Rivero. «Considerando que la esclavitud de los negros es un ultraje á la naturaleza humana y una afrenta para la Nación, que única ya en el m u ñ ía conserva en toda su integridad:


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«Considerando que por su historia, por su carácter, por lo relacionada que está con todas las esferas de vida en nuestras Antillas, por la trascendencia de cualquier medida que sobre ella se tome y la gravedad que todo golpe irreflexivo entraña aun para los mismos negros, la esclavitud es una de esas instituciones repugnantes cuya desaparición no debe hacerse esperar, p e ro que exige en cambio la adopción sesuda y bien pensada de otras medidas previas y coetáneas de índole muy diversa que hagan fácil fecunda y definitiva la obra de la abolición. «Y considerando que estos miramientos, sin embargo, no obstan para que ínterin las Cortes Constituyentes, oyendo á los diputados de Ultramar, decreten la abolición inmediata de la esclavitud, el Gobierno Provisional pueda tomar alguna medida en desagravio de la justicia ofendida, y sin temor á ninguna de estas complicaciones que obligan á esperar el acuerdo de las Cortes, la Junta propone al Gobierno P r o visional, como medida de urgencia y salvadora: «Quedan declarados libres todos los nacidos de mujer esclava á partir del 17 de Septiembre de 1868». El segundo hecho lo constituye el Decreto de 14 de Diciembre, que llamó al seno de las Cortes á los diputados puertoriqueños, cerrando el h r g o paréntesis que se abrió en 1836. Los acontecimientos que rápidamente acaba-


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EXCESOS D E L MILITARISMO Y A L B S . D E LA R E F .

mos de narrar, bastaron para cambiar en el brevísimo plazo de tres años el cariz de las cosas de Puerto-Rico, pues liberales y conservadores se vieron en la necesidad de organizarse, impulsados por fuerzas contrarias ó igualmente poderosas: aquellos, por la esperanza de alcanzar las reformas tan pronto como la Madre patria oyese sus quejas y conociese sus aspiraciones: estos, por la precisión de resistir la avalancha que se les venía encima amenazando destruir el suspirado statuquo y con él los privilegios y monopolios que á la sombra del viejo régimen colonial venían disfrutando.


CAPÍTULO VIII. LAS L U C H A S D E LOS P A R T I D O S

Tendencias anteriores á la aparición de los p a r t i d o s . — Elementos que se agruparon para formarlos.—Hechos que determinan su organización.—Las primeras elecciones de Diputados á Cortes (1869).—El partido conservador y sus aspiraciones.—El partido liberal-reformista y su programa (1870).—Triunfo de los liberales en las segundas elecciones (1871).—Pro• testas y agitación de los conservadores.—Cómo las secundan los elementos reaccionarios de la Península.—Táctica de combate.—La actitud de los Gobiernos.—El aplazamiento de las reformas y sus causas.—El Capitán general Gómez Pulido (1872).—Nuevas elecciones.—Los partidos constitucional y radical.—Ingreso de los liberales de Puerto-Rico en e l segando.—Transcendencia política de este acto.

La situación de Puerto-Rico, que hemos descrito en el capítulo anterior, no era la más abonada para la organización y vida de los partidos. Sin embargo, al comenzar la era de' la Revolución de Septiembre, estaban ya p e r fectamente dibujadas las dos tendencias que habían de originarlos, sin otro trabajo que ia concreción de las ideas y la definición de los principios. Esas tendencias eran la de los que aspiraban á una reforma en cuya virtud el ciudadano de Pueito-Rico gozase de todos los derechos propios del" nombre de español que se le daba, y la de los que á toda costa pretendían 6


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perpetuar el régimen de arbitrariedad y privilegio. Y no sólo existían esas dos tendencias, sino que se hallaban además representadas en dos personas: la liberal ó reformista, en el Dr. U. Pedro Jerónimo Goyco, .ilustrado hijo del país, y perteneciente á una de las primeras familias: la conservadora ó reaccionaria, en el Marqués de la Esperanza, hijo del país también y distinguido por su honradez y riqueza, ya que no por su ilustración. Pero ni había habido medios, ni se había presentado á ¡os hombres que formaban en uno ú otro bando oportunidad para entrar en combate. El Fomento de Puerto-Rico, primer periódico reformista que vio la luz en la pequeña Antiila, no pudo emprender campañas de carácter político, y El Boletín Mercantil, refractario á todas las innovaciones, no había entrado todavía en el período de ese género de contiendas, siquiera hubiese comenzado á divulgar las más terribles acusaciones con ira los que en privado, ya que otra cosa no era entonces posible, se mostraban ardientes partidarios de un régimen másjusto y liberal. Tres fueron los elementos que comenzaron á unirse para constituir luego el partido conservador. De ellos, se reclutaban dos entre las clases que, sacando ventaja de aquel régimen, era natural que aspirasen a conservarlo: el tercero, una vez planteada la cuestión política, tornó el


D E LOS PARTIDOS

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camino an ti reformista por afinidad con los que formaban en los dos aludidos grupos. Estos ele • mentos, eran: 1.°, los burócratas y los que ocupaban puestos queproducían inmunidades y honores; 2.°, los comerciantes á quienes el contrabando proporcionaba el medio de enriquecerse pronto; 3.°, gran número de propietarios peninsulares que, aunque eran gentes que sólo aspiraban á gozar con tranquilidad de su fortuna, habían de seguir á comerciantes y empleados, por ser los primeros hombres de mejor posición social, y aquéllos y éstos peninsulares en su mayoría. Sin contar con lo que podía influir la acusación de separatistas, lanzada ya tan injustamente alrostro de los que aspiraban á las reformas. Los demás elementos del país estaban del otro lado; siquiera no pueda lomarse de una manera absolula semejante clasificación, porque es claro que ésta, como todas las reglas, tuvo sus casos de excepción. El motín de Lares, que dio pretexto á los antireformistas para hacer pasar por exactas sus acusaciones, precipitó la organización del partido conservador; y las persecuciones que siguieron á esos sucesos, así como la convocatoria para las elecciones de Diputados á Cortes, alentaron á los liberales á unirse. Si se atiende á la ocasión y á los motivos que •más poderosamente determinaron el nacimiento de los partidos políticos de Puerto-Rico, se


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LAS LUCHAS

comprenderá por qué la lucha entre ellos metan encarnizada desde los primeros momentos. Era natural: los conservadores, por interésegoísta y apego á las conveniencias puramente materiales los unos, y por una obsesión perfectamente explicable y honrada los otros, confundían con la santa idea de la patria el mantenimiento del absurdo, injusto y demoralizador régimen que privaba en la Isla: los liberales s e veían sospechados, perseguidos y dominados por el bando opuesLo que, desde los primerosinstantes de su vida, encontró apoyo en el Capitán general D. Laureano Sanz. No estaban, sin embargo, perfectamente deslindados los campos cuando en 30 de Mayo d e 1869 se verificaron las primeras elecciones de; Diputados á Cortes. «Todos querían llamarse liberales,—dice el Sr. Cólis Aguilera en su libro Mi grano

de arena

para

la historia

política

de

— y en una misma candidatura, figuraba mi particular amigo y paisano 1). José Pascasio de Escoriaza, que siempre lo ha sido, y el Sr. L). Sebastián Pluja, que quiso sostener en el Congreso la continuación del foele para los esclavos.» Y en otro lugar agrega q u e no fueron pocos les que votaron por simpatías y recomendaciones más que por espíritu de colectividad. Puerto-Rico,

Durante el mando del General Sanz, quedó* completamente organizado el partido conserva—


DE IOS PARTIDOS

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•dor, bajo la jefatura del Marqués de la Esperanza. Su programa estaba reducido á protestar de su adhesión incondicional á todos los Gobiernos, por el mero hecho de serlo de España y defender á toda cosía la integridad del territorio. Pero en realidad, su aspiración era mantener el skituo quo, como lo demostraron bien pronto con sus intransigencias y con los serios disgustos que provocaron á los Capitanes generales. El reformista no se organizó de una manera completa hasta fines de 1870, durante el gobierno del General B ildrich. La presidencia de la Directiva ó del Comité Consultivo, que fué el nombre que se le diera, recayó en el doctor Goyco. El programa está contenido en un manifiesto que dicho Comité publicó en 28 de Noviembre. El partido liberal-reformista tenía un sentido democrático, y en su seno cabían varios m a t i ces y grados, si bien el predominante fué el de mayor radicalismo, que sostenía las llamadas libertades necesarias. Por lo demás, aspiraba á recabar para los lijos de Puerto-Rico iguales derechos y en el propio grado que los que disfrutasen los peninsulares: de aquí esta fórmula de su programa: Cumplimiento de todas las leyes votadas por las Cortes españolas, á la q u e más adelante se agregó esta otra: Extensión U Puerto-Rico de la Constitución de 18G9.


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LAS

LUCHAS

P e r o e s t o , respecto de la política g e n e r a l . E n c u a n t o al p r o b l e m a colonial, s u s a s p i r a c i o n e s e r a n m o d e s t í s i m a s y p u e d e n r e d u c i r s e á la abolición tud;

inmediata

é indemnizada

descentralización

de mandos; mercio

y régimen

trasa tlán

de

la

administrativa; del cabotaje

esclavidivisió'i

para

el

co-

tico.

F u n d ó s e p o r e n t o n c e s el periódico El Progreso, q u e fué el c a m p e ó n decidido y e n t u s i a s ta del partido liberal. Las s e g u n d a s e'ecciones g e n e r a l e s , q u e se v e rificaron, como las p r i m e r a s en condiciones v e r d a d e r a m e n t e excepcionales de legalidad, traj e r o n á las Cortes de 1871 u n a b r i l l a n t e r e p r e sentación r e f o r m i s t i en las p e r s o n a s de D . J o s é Julián Acosta, U, J o s é Antonio Alvare/. Peralta, H. R o m á n Baldorioty d e Castro, U. Julián E . Blanco, P. J o s é F a c u n d o (.'.intróu, 13. Manuel Co: cliado y J u a r b e , 1). Eurípides Escoriaza, don J u a n A. Hernando-. Arbizu, 1). Luis Padia!, d o n Francisco M. Q u i ñ o n e s y D . J o a q u í n María S a n r o m á , v e r d a d e r a s i l u s t r a c i o n e s de P u e r t o - R i c o los diez p r i m e r o s , y e s c l a r e c i d o abolicionista y economista p e n i n s u l a r el ú l t i m o . Once d i p u t a d o s , de q u i n c e q u e c o r r e s p o n d í a elegir á P u e r to-Rico: ¡tanta era la fuerza del p i r t i d o y tanto el e n t u s i a s m o de s u s h o m b r e s ! El efecto q u e á los c o n s e r v a d o r e s hi?o s e m e j a n t e elección p u e d e s u p o n e r s e fácilmente. Red o b l a r o n s u s a t a q u e s c o n t r a el g e n e r a l Ba'drich~.


D E UOS P A R T I D O S

a quien enemigo

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l l e g a r o n , en su furor, á calificar de de España;

apelaron

al

-motín-patrió-

tico, y a u n se a t r e v i e r o n á c o n m i n a r con la e x pulsión á a q u e l l a a u t o r i d a d , . c o m o i n t e n t a r o n h a c e r luego con los g e n e r a l e s La T o r r e y P r i m o de Rivera. En la P e n í n s u l a , los r.dalides de la reacción en U l t r a m a r s e c u n d a b a n á las mil m a ravillas estos esfuerzos. La Época, d e l 3 de Agosto de 1 8 7 1 , decía lo s i g u i e n t e : «Los leales son m e n o s q u e los l a b . i r a n í e s , y a u n q u e estén, d i s p u e s t o s á todo, n o p u e d e n c o n t a r con el a p o yo de la a u t o r i d a d , q u e con s u s actos p r o t e ge á los s e p a r a t i s t a s y tiene la i n s e n s a t e z d e decir q u e allí n o liay m á s i n s u r r e c t o s q u e l o s e s p a ñ o l e s , y q u e , fusilando a. d o s d o c e n a s , él c o n s e g u i d a q u e la isla q u e d a s e c o m p l e t a m e n t e t r a n q u i l a . Tanta obcecación, t a n t a infam i a , parece m e n t i r a q u e q u e p a en el pecho d e un g e n e r a l e s p a ñ o l . » Y Las Provincias de Ultramar, d a b a pocos dias d e s p u é s u n e x t r a o r d i n a r i o , con q u e llegó á s o r p r e n d e r la b u e n a fe de las g e n t e s , y a u n á la prensa, m i n i s t e r i a l , d e s c r i b i e n d o con pelos y s e ñ a l e s , c o m o s u e l e decirse, u n a sublevación separatista q u e había p r o d u c i d o , en el p r i m e r m o m e n t o , cuarenta y cinco victimas. E x c u s a d o es decir q u e no h a b í a pasado nada, absolutamente nada; q u e cuando la noticia llegó á P u e r t o - R i c o , p r o d u j o g r a n d e i n d i g n a c i ó n , y q u e al cabo de m e s y medio ó d o s m e s e s , 1 egaron á Madrid n u m e r o s í s i m a s


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LAS

LUCHAS

protestas. Pero por el pronto, consiguieron los agitadores su propósito de alarmar la opinión pública peninsular y de hacer vacilar al gobierno. Esta ha sido desde entonces la táctica seguida por los reacionarios para detener las reformas cuando las han visto cerca. Pocos meses después, inventaban el motín de Yabucoa; más tarde, el de Gatnuy, y últimamente, en 1887, durante el mando del general Palacios, la conspiración de Juana Diaz. Entretanto, los gobiernos de la Metrópoli dejaban correr el tiempo sin hacu nada efectivo en favor de Puerto-Rico: todo se volvían promesas, pero no se llegaba á los hechos, á pesar de lo terminante del art. 108 de la Constitución, según el cual las Cortes reformarían el sistema de gobierno de las provincias de Ultramar, cuando hubiesen tomado asiento los diputados de Cuba ó tos de Puerto-Rico, para hacer «jxiensivos á las mismas, con las modificaciones que creyesen necesarias, los derechos consignados en el propio Código. -

Varias eran las causas de los aplazamientos. Figuraba entre ellas, en primer lugar, la deplorable influencia déla guerra separatista de Cuba, que ofrecía prelesto para la política de las declamaciones y las sospechas, siquiera fuese preciso para ello olvidar que no hacía aún diez años que Puerto-Rico había dado positivas pruebas


D E LOS

PARTIDOS

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de españolismo, contribuyendo espontáneamente con nombres y dinero para sofocar la insurrección de Santo Domingo. DespuÓ3 estaban los desesperados esfuerzos de los reaccionarios de la isla de Cuba pira evitar que se l l e vasen á Puerto-Rico las libertades que, seguramente, al término de la guerra, serían extendidas á la Antilla mayor; y las vacilaciones de los Ministros de Ultramar, alguno de los cuales, como el Sr. Ayala, tenía puestas sus simpatías del lado de los enemigos del progreso en nuestras Colonias. De esta suerte pasaban los meses, y las Cortes que se reunían recibían de las anteriores como legado el proyecto de Constitución para Puerto-Rico, presentado al Congreso por el Ministro D. Manuel Becerra, en 24 de Noviembre de 1869, y lo trasmitían intacto á sus sucesoras. Estos aplazamientos dieron tiempo para reponerse al pequeño grupo de reaccionarios, de quienes decía el general Baldrich en carta oficial dirigida al Gobierno en 10 de Abril de 1871, que se llamaban á sí mismos hombres de orden, cuando lo que hacían, en realidad, era «sembrar los gérmenes del desorden con su intransigencia, su exclusivismo, y más que todo, con sus ataques constantes, públicos y directos contra los americanos.» Y el general Gómez Pulido, nombrado para suceder á aquél en el gobierno •de la pequeña Antilla, se prestó á servir los i n -


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LAS

LUCHAS

teres­as de la reacción, y a n u l ó á la Diputación provincial con u n a serie de c o m p e t e n c i a s , y se n e g ó á r e n o v a r los A y u n t a m i e n t o s , y dirig ió d e s d e la Gaceta las terceras elecciones g e n e r a l e s de D i p u t a d o s á Cortes, r e c o m e n d a n d o c a n d i d a ­ tos, a t e m o r i z a n d o á los electores o n el e m p l e o d e las facultades discrecionales, y a u t o r i z a n d o t o d o g é n e r o de coacciones y violencias, p u e s t a s d e relieve en el Cong reso por el Sr. L a b r a , con c u y a elección p r e m i ó la p e q u e ñ a Antüla, d o n d e el esforzado colonista carecí i t o t a l m e n t e de rela­ ciones, la n o t a b l e c a m p a ñ a q u e había h e c h o en favor d e las libertades u l t r a m a r i n a s , on la p r e n s a , en la c á t e d r a , en la J u n t a d e r e f o r m a s para P u e r t o Puco, creada en 18(1!) por el Minis­ t r o В е с о м а , y s o b r e t o d o , en a q u e l f a m o s o d i s ­ c u r s o d e p r o t e s t a c o n t r a la política d e a ¡ b i l r a ­ riedad i m p e í a n t c en U l t r a m a r , q u e p r o n u n c i ó s i e n d o I i p u t a d o p o r el distrito d e Infiesto ( A s t u r i a s ) , y ievanló u n a v e r d a d e r a t e m p e s ­ tad en la sesión del Cong reso d e 6 d e J u l i o d e 1871 (1). El r e s u l t a d o d e p r e n d i ó en Madrid tuar a' G o b i e r n o y res, fué la d e r r o t a

a q u e l l a s elecciones q u e s o r ­ á todo el m u n d o , sin e x c e p ­ á los periódicos c o n s e r v a d o ­ a p a r e n t e de los r e f o r m i s t a s .

(1) Véase SEÑORAS.—D. Rafael María Estudio biográfico. —Madrid, 18S7.

de

Labra.—


D E LOS PARTIDOS

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A lo q u e siguió el c a m b i o de n o m b r e del p a r tido c o n s e r v a d o r , q u e trocó este calificativo p o r el d e E S P A Ñ O ; . , para l l a m a r s e pocos m e s e s d e s p u é s de españoles sin onilici mes. La a g - u p a c i ó n reformista había d a d o un paso d e g r a n i m p o r t a n c i a y de positivo alcance político. D e s l i n d a d o s ya en la P e n í n s u l a los c a m p o s r e s p e c t o d e la cuestión d e U l t r a m a r , 'os p a r t i d o s c o n s t l u c i o u a l y radical h a b í a n publicado s u s manifiestos: el p r i m e r o aplazaba las r e f o r m a s do P u e r t o - R i c o , h a s t a el m o m e n t o en q u e p u d i e r a n h a c e r s e en Cuba: id s e c u n d o d i s t i n g u í a la situación de a m b a s Antillas, y se c o m p r o m e t í a á « c o m p l e t a r las ¡ ©formas d e m o c r á t i c a s iniciadas en P u e r t o - R i c o , y hacer la abolición de la e s clavitud.» ratificando d e u n a m a n e r a s o l e m n e l o s c o m p r o m i s o s c o n t r a i d o s en los d e b a t e s parl a m e n t a r i o s por s u s h o m b r e s m á s e m i n e n t e s y caracterizados. Efcto había h e c h o posible á los d i p u t a d o s reformistas p u e r t o r r i q u e ñ o s de las p r i m e r a s Corles de 1871, y á otros de !a P e n í n s u l a q u e con ellos sostenían la c a m p a ñ a de las r e f o r m a s , c o m o L a b r a y Rodríguez (l). Gabriel), i n g r e s a r en el pai tido radical, s i g u i e n d o las i n s p i r a ciones y consejos del d i p u t a d o a s t u r i a n o , q u e p o r su d e s i n t e r é s , su c o m p e t e n c i a y su e n t u s i a s m o , e r a ya d e h e c h o el leader d e la Diputación b o r i n q u e n s e . Los reformistas d e P u e r t o - R i c o -


D2

LA.S L U C H A S

habían secundado el ejemplo de sus diputados respondiendo sin vacilación á las excitaciones del Comité central del partido radical, del que ya formaban.parte los representantes puertorriqueños Blanco, Alvarez Peralta y Sanromá: y como tales radicales, llevando por bindera el manifiesto de 15 de Octubre de 1871 , habían ido á las urnas en las elecciones verificadas bajo el mando del general Gómez Pulido. Esto había dado á los liberales de la pequeña Antilla, medios de iníluencia en la política que no habrían tenido, seguramente, si hubiesen conservado una significación particularista, y una representación local, poco simpáticas en los Parlamentos. No estaban ya solos: contaban con el apoyo de un partido nacional al cual á su vez, habían vigorizado. Y ciertamente que no tardó la ocasión de que Puerto-Rico palpase los beneficiosos resultados de aquel acertadísimo y transcendental acto da sus representantes liberales. Porque la inesperada subida al poder del partido radical en Junio de 1872 contuvo la reacción, sustituyendo al apasionado general Gómez Pulido por el imparcial y discreto D. Simón de la Torre. Convocáronse en seguida nuevas elecciones, que fueron dirigidas con la más estricta legalidad; los españoles

sin

condiciones

retraimiento para ocultar

su

apelaron al

impotencia;

y


D E LOS PAKT1DOS

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las Cortes de 1872 73, cuyo recuerdo es imperecedero para Puetto-ll co, entraron de lleno en el periodo de las reformas, coronadas por los gobiernos y los parlamentos de la República.



CAPITULO

IX

LAS R E F O R M A S

.Las Cortes de 1872-73.—Decisivo triunfo de las aspiraciones reformistas.—Vicisitudes de la reforma m u nicipal.— Influencia del advenimiento de la Repúbliblica en la transformación política y social de PuertoKico.—Carácter expansivo d é l a s Leyes provincial y municipal.—Breve iriea de las m i s u w s . — E x t e n s i ó n del título I de la Constitución de 1869.—Elevado sentido de la política colonial de la República demostrado por el preámbulo de la Constitución.—La abolición de la esclavitud.—Antecedentes de la Ley de 22 de Marzo de 1873.—Influencia de la «Sociedad Abolicionista Española» en la obra emancipadora.— A p u n t e s históricos de esta asociación.—La práctica de las reformas.—Su efecto en la economía de los partidos políticos.

A las Cortes de 1872-73, en las cuales llevaron la representación de los elementos liberales de Puerto-Rico 1). Rafael María de Labra, 1). Joaquín María Sanroma, l). Luis Padial, don José Alvarez Peralta, D. José Facundo Citrón, D. Manuel García Maitin, I». Aníbal Alvarez •Osorio, H. José Ayuso, 1). Félix Borrel y don Arturo Soria, se debo la radical liv.nsforn.acióa de las condiciones políticas, sociales y económicas de la pequeña Anlilla. Las reclamaciones formuladas por los reformistas desde el instante mismo que tuvieron


LAS

REFORMAS

asiento en el Congreso, se referían á tres puntos principalmente: reforma del régimen municipal, abolición de la esclavitud y extensión á. Puerlo-üico de la Constitución de 1869. Y todo, todo salió de aquellas Cortes realizándose el hecho extraordinario de que un partido políticoviese cumplido íntegramente su programa. La Ley provincial había sido promulgada á. fines de 1870, y desde 1871, en que se verificaron las elecc.ones, venia fuucionando la Dipución. Pero la Ley de Ayuntamientos, que llevaba, como aquélla, la fecha de 1870, había corrido suerte muy distinta, quizás porque la c u e s tión municipal constituía con la de la esclavitud los dos problemas que más seriamente preocupaban á los reaccionarios. Primeramente, los decretos comunicando al Gobernador Superior Civil—que así se denominaba entonces la primera autoridad de la Isla,—las leyes provincial y municipal, cuya salida anunció el Ministro de Ultramar, Sr. Moret, en carta de 28 de Junio de 1870, «por el primer correo ó por otro conducto más b:eve si se presentase,» no llegaron á Puerlo-llico basta mediados de Septiembre: después, el propio Ministro» designócorno Consejeros privados y especiales del general Baldrich, p ú a el efecto de hacer un estudio de esos decretos y proponer modificaciones, al Regente de la Audiencia, hombre tímido, y al Fiscal, enemigo declarado de todo pro-


L A S REFORMAS

greso, y aun nombró en Puerto Rico, con el propio fin, una Junta llamada de reformas que, lejos de facilitar h aplicación de aquellas leyes, creó obstáculos ásu planteamiento, decidiéndose al fin que sólo se promulgase' la provincial, ínterin se resolvían definitivamente algunas d u das surgidas respecto de la municipal, que determinaron largas consultas á Madrid: más tarde, la entrada de Ayala en el Ministerio como sucesor de Moret, produjo el aplazamiento de estas negociaciones: luego cesaron completamente, mientras gobernó la Isla el general Gómez Pulido. En todo esto se había pasado parto de 1870 y los años 1871 y 1872. Finalizaba ya el último, cuando el Ministro Mosquera, cumpliendo un acuerdo de las Cortes, dio órdenes terminantes al Gobernador interino, s e ñor Enrile, para el planteamiento de la ley; pero en los momentos mismos en que iba á ponerse en práctica esa orden se recibió en Puerto Rico un cablegrama del propio Ministro, mandando que se le remitiese para su examen y aprobación, antes de ser planteada aquella, el reglamento que el Gobierno general había redactado para su ejecución. Fué, pues, necesario el advenimiento de la República para que el Gobierno del primer Presidente-, 0. Estanislao Figueras, pusiese vigorosamente en práctica la asendereada ley de Ayuntamientos. Para que pueda formarse cabal idea del es-


LAS REFORMAS

píritu expansivo de aquellas leyes provincial y municipal y, por lo tanto, del grado de d e s centralización que se llevó entonces á Puerto Rico, no resistimos la tentación de reproducir algunos párrafos del preámbulo de la primera y extractar las principales disposiciones de la segunda en lo relativo á las condiciones exigidas para ser concejal, al derecho de sufragio, á las atribuciones de los municipios, á las relaciones de estos con el Gobierno general y á los recursos y responsabilidades que nacían de sus actos. He aquí lo más saliente de aquel preámbulo: «Basada (la Ley provincial de la Península) en un elevado espíritu descentralizador y armonizadas en ella del modo que la sabiduría de las Cortes halló más oportuno, las facultades del poder central representado por el Gobernador, con la independencia y vitalidad de los intereses provinciales, una ley para Puerto Rico inspirada en ese espíritu, sólo necesita dar mayor desarrollo á estos extremos y p o nerlos en armonía con las condiciones especiales de aquella Isla. A la distancia á que de la Península se encuentran las provincias de América, la vida local reclama para su desarrollo una independencia completa en la dirección de los intereses y en la gestión de sus negocios especiales, y exige en cambio una concentración más vigorosa y una acción más


L A S REFORMAS

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desembarazada y más enérgica de las facultades del poder central.» «Por esto el Ministro que suscribe ha creído necesario dar más amplitud á las atribuciones naturales de una Diputación, determinando especialmente todas sus facultades y autorizándola para dictar medidas de carácter general y obligatorio sobre instrucción, obras públicas, bancos y sociedades, así como para contratar empréstitos que excedan de 250,000 pesetas; pero estas medidas exigirán la aprobación del poder legislativo ó que éste deje transcurrir un año sin revocarlas, en cuyo caso se entenderán definitivamente aprobadas. «Igualmente podrá la Diputación presentar para los cargos eclesiásticos; informar sobre el establecimiento de nuevos impuestos; proponer la ceación ó modificación de los arbitrios y recursos locales, y en una palabra, tomar la iniciativa en todas aquellas cuestiones que, aun cuando de competencia exclusiva del Gobierno, necesiten reformas que puedan convenir al buen régimen de la Isla Al mismo tiempo, y á fin de completar las facultados de la Diputación, se le reconoce la de mantener la integridad de su jurisdicción, estableciendo al efecto las competencias que por defenderlas creyese oportunas. Las antiguas críticas diri-


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LAS

REFORMAS

gidas al sistema colonial español, se han fundado de un lado en la arbitrariedad de las a u toridades, del otro en la centralización absurda y exagerada de la vida colonial. Al concluir c o este sistema, y al modificar profundamente la. vida colonial según el espíritu de la revolución de Septiembre, sólo había dos caminos que elegir; ó la independencia completa de las antiguas colonias, ó su asimilación con la Metrópoli, llamándolas á la participación de la vida nacional. La Cámara Constituyeme ha adoptado este-último camino, y al Ministro que suscribe solo le toca procurar interpretar fielmente el espítu de la Asamblea Soberana. Pero al hacerlo hubiera sido pretensión injustificada querer igualar en un todo la vida de una provincia unida al continente americano y separada del europeo por la inmensidad de los mares, sin tener en cuenta sus condiciones geográficas, su historia, sus tendencias, sus simpatías, sus relaciones. La asimilación así entendida sería la muerte de todo espíritu local yobligaría al cabo á abandonar un sistema que, á fuerza de semejanzas, acabaría por quitar el carácter propio y peculiar. Era, pues, preciso,, al establecer este sistema, dejar toda la e x pansión posible y todo el desarrollo más vigoroso á los elementos de la vida propia local, y al mismo tiempo hacer entrar este nuevo desarrollo dentro de un circulo legal donde la a r n


LAS REFORMAS

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bitrariedad no se conociese, y donde al mismo tiempo la acción del poder central sólo se sintiera para el bien y no se la encontrase nunca en el camino del desarrollo y de la vida propia.» En cuanto ala ley municipal, pedía dos condiciones á los concejales: llevar, por lo menos, dos años de vecindad ó domicilio, en el distrito, y ser electores; Concedía voto á los vecinos y domiciliados mayores de edad que supiesen leer y escribir • ó pagasen alguua cuota de contribución para^el Estado, la provincia ó el municipio: Declaraba de la exclusiva competencia de los Ayuntamientos la gestión , gobierno y dirección de los intereses peculiares de los pueblos, y, en particular, cuanto se relacionaba con el establecimiento y creación de servicios municipales y con la administración m u nicipal, comprensiva del aprovechamiento, cuidado y conservación de todas las fincas, bienes y derechos pertenecientes al Municipio y establecimientos dependientes de él, y de la d e terminación, repartimiento, recaudación, inversión y cuenta de todos los arbitrios ó i m puestos necesarios para la realización de los servicios; Establecía que todos los acuerdos de los Ayuntamiento en asuntos de su competencia fuesen inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de los recursos que contra los mismos cupie-


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L A S líEKOKMAS

sen. Y respecto á aquellos otros cuyos efectos trascienden de la esfera en que se mueve la vida del Municipio, si bien recaen en asuntos de la competencia municipal, exigía para que fuesen ejecutivos la aprobación de la Comisión provincial.de laDiputacióo provincial en pleno, ó del Gobierno general, según los casos; Reclamaba la aprobación de la, comisión provincial para los relativos á reforma y supresión de establecimientos municipales de beneficencia é instrucción, á podas y cortas en los monte? del Municipio, ó á contratos que se refiriesen á los edificios inútiles para el servicio á que estuviesen destinados, y á créditos particulares á favor de los pueblos; Pedía la autorización de la Diputación provincial para que los Ayuntamientos pudiesen entablar pleitos en nombre de los pueblos m e nores de 10.000 habitantes; Y requería la aprobación del gobierno central, asi para los acuerdos relativos al establecimiento de toda clase de fuerza armada, como para los que hiciesen relación á contratos sobre bienes inmuebles del Municipio, derechos reales y títulos de la Deuda publica. Es de notar también que, dando aquella ley toda la amplitud necesaria á la vida de los Municipios y reconociendo el alcance de sus atribuciones, no puso traba á los Ayuntamientos de Puerto-Rico en la confección y aprobación de


LAS

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sus presupuestos, en que para nada tenia que intervenir el gobierno general, bastando como garantías, primero, la obligación de exponerlos al público cuatro meses antes de terminar el año económico, y después los recursos concedidos á los vecinos contra las ilegalidades y abusos que los Ayuntamientos pudiesen cometer aparte del derecho de inspección y vigilancia que en representación del Gobierno general lenían el gobernador superior civil, sus delegados especiales, y en último término, el alcalde que á su carácter de autoridad popular y admislrativa, unía el de representante del Gobierno con funciones gubernativas en lo político. Nuevas garantías para los administrados por aquel régimen municipal y al propio tiempo para los administradores, eran los recursos y responsabilidades que con arreglo á la ley n a cían de los actos de los Ayuntamientos. El delegado del gobierno, el alcalde ó el gobernador superior civil, podían suspender los acuerdos municipales;perosóloen elcasodeque hubieran sido dictados en asuntos que no eran de su competencia ó en el de haber infringido expresa y terminantemente disposiciones de carácter general; siendo, además, indispensable que la suspensión fuera razonada y con expresión concreta y previa de las disposiociones en que se fundaba.


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Pero todavía iba la ley más lejos, concediendo á los particulares el derecho de acudir á los funcionarios mencionados, en demanda de s u s pensión de los acuerdos de los Ayuntamientos, cuando debiendo haberlo decretado por sí no lo hubiesen hecho, y á todos los que se creyesen perjudicados en sus derechos por los acuer* dos municipales no comprendidos en el caso anterior, el de reclamar contra ellos mediante demanda ante el juez ó tribunal competente. Por último, el art. 123 hacía personalmente responsables al Gobernador superior, á su d e legado, al alcaide y á los vocales de los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales de los daños y perjuicios indebidamente originados por la ejecución ó suspensión de los acuerdos de aquellas corporaciones. Y no sólo alcanzaban las atribuciones de los funcionados antes citados á los casos de extralimitación de las suyas por parte de los Ayuntamientos, si que también á los de omisión de los actos que las leyes les encomendaban, otorgándose igualmente á los particulares el derecho de denunciar estas omisiones á las a u t o r i dades superiores, cuyas facultades en este p u n to variaban desde el mero requerimiento á los Municipios para que ejecutasen en un plazo fijo el acto ó función que no hubiesen realizado, hasta la suspensión del Ayuntamiento y la designación de un delegado que ejerciese las


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funciones asignadas á éste, dando cuenta á la Diputación provincial. Muy parecida á la de la Ley municipal fué la suerte de la Constitución. El primer proyecto lo presentó al Congreso el Ministro Becerra, en 24 de Noviembre de 1869, á los dos meses de llegar los diputados puerlo-riqueños. Pero surgieron en seguida las dificultades:la Comisión tardó otros dos meses en dar dictamen: puesto este sobre la mesa, el Presidente dejó correr cinco más sin incluirlo en la orden del día. Discutióse, al fin, un voto particular de Romero Robledo, y, en la propia sesión del 10 de Junio de 1870, se acordó aplazar los debates acerca de la Constitución misma hasta la próxima legislatura; mas cuando llegó ésta, y con ella la oportunidad de los debates, fué necesario elegir un rey, y se consiguió de los diputados porto-riqueños que la Constitución quedase aplazada para otras Cortes. Y pasaron las p r i meras ordinarias de 1871 y se reunieron y disolvieron las segundas, y las de 1872 convocadas por el partido radical y... en una palabra, fué también precisa la proclamación de la República para que en 6 de Agosto de 1873 aprobase la Asamblea constituyente la extensión á Puerto-Rico del Título I de la Constitución de 1869 propuesta por el Ministro de Ultramar, Sr. Capdevila, en la sesión del 11 de Julio. Merecen ser reproducidos los considerandos


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en que el Gobierno se apoyó para someter á la Asamblea esa medida á fln de que se comprenda todo el alcance y el alto sentido déla política colonial de la República española. Decía así el proyecto, cuya redacción se atribuyó al señor Labra: «Considerando que el fundamento de la actual situación política de la Nación española lo constituyen los principios de la democracia, cuyo primer dogma es el de «los derechos naturales del hombre, anteriores y superiores á toda ley positiva; «Considerando que estos derechos están consagrados en el Título I de la Constitución de 1869; «Considerando que los títulos siguientes se refieren á la organización de los poderes públicos, sobre lo cual, muy especialmente, están llamados á entender y resolver en definitiva las actuales Cortes; «Considerando que la cultura de la isla de Puerto Rico bastaría por sí sola, si otras razones de derecho no existiesen para proclamar en aquel país todas las libertades propias de los pueblos civilizados; «Considerando que el Gobernador superior de aquella isla ha estimado que la situación exigía la proclamación de las libertades de imprenta, de reunión y de asociación, lo cual ha hecho con el carácter de medida administrativa:


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«Considerando que tanto estas medidas coreo la abolición de la esclavitud, han producido la apetecible, plenitud de sus efectos; «Considerando que unidas I LIS fcLZOOGS Cl O' justicia á las de conveniencia, hacen imposible el retardar por un sólo momento, ni bajo ningún pretexto, la consagración y reconocimiento explícitos de los derechos referentes a l a personalidad humana en la culta, pacífica y leal isla de Puerto-Mico.» De esta suerte, la República española, haciendo justicia á la cultura de aquellos habitante--, ó inspirándose en un alto sentido democrático, satisfizo á manos llenas, sin reservas ni atenuaciones de ninguna especie, las aspiraciones de Puerto Rico, que desde luego correspondió con largueza á estos beneficios, ejercitando los derechos que por primera vez hubo de gozar con una circunspección admirable, motivo dealabanza para propios y extraños y de legítimo orgullo para el partido reformista. Pero al lado de las reformas de índole política, que tan espléndido remate tuvieron en la aplicación de la Constitución del Estado, hay que considerar la trascondentalísima de la abolición de la esclavitud, realizada por la memorable Ley de 22 de Marzo de 1873. Por una. serie de causas, cuya explicación no es propia de este lugar, la esclavitud había echado hondas raíces en las Ánlillas españolas;


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y aquí, en la Península, eran contadísimas las personas que habían parado mientes en la grave lad que el problema entrañaba, ya porque el desconocimiento de las cosas de Ultramar era poco menos que absoluto, ya porque las vicisitudes de la libertad y del régimen constitucional, sujetos á largos y frecuentes eclipses, absorbió durante más de medio siglo toda la atención de los hombres que se preocupaban de la política. Por eso quedó como un esfuerzo aislado el intento abolicionista de los gloriosos legisladores de Cádiz; por eso las disposiciones adoptadas p ira la represión del tráfico negrero en los tratados con Inglaterra de 23 de Septiembre de 1817 y 28 de Junio de 1835, y en la Ley de 2 de Marzo de 1845, apenas si fueron cumplidas, y por eso, en fin, no tuvieron más valor que el de protestas de carácter puramente moral las de Orense y Rivero en las (Jorfes de í855 contra la subsistencia de la esclavitud en las Antillas y la consignación de la idea abolicionista en el programa del periódico democrático La Discusión. Hasta el año 1864, en que por iniciativa del periodista liberal puerto-riqueño, D. Julio Vizcarrondo y Coronado, y con el concurso eficaz y entusiasta de los más eminentes demócratas peninsulares fué fundada la Sociedad Abolicionista Española no tomó proporciones ni se hizo con sistema la campaña de la abolición. La


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loa

historia, verdaderamente gloriosa, de esta s o ciedad está tan íntimamente ligada con la obra, redentora de la Ley de Marzo, que seria injusto no dedicarla en este lugar un recuerdo y un tributo de admiración. El 7 de Diciembre de 1864 quedó acordado el fundarla en una reunión que en la calle del Soldado número 4, casa de D. Julio Vizcarrondo, celebraron con éste los Sres. Bona (D. F é lix), Figuorola, Rodríguez (D. Gabriel), los dos hermacos Ásquerino, Alonso de Beraza, Sanromá, Carreras y González, Orihuela, Orgaz y Valeníí, y el 2 de Abril de 1865 fué contituída en los salones de la Academia de Jurisprudencia bajo la presidencia de edad de D. Antonio María Segovia, y con la adhesión de 110 socios, nombrándose presidente á D . Salustiano de Olózaga, y entrando á formar parte de la Junta directiva hombres tan caracterizados como el citado Segovia, Orense, Figuerola, Sagasta, Castelar, Valera, Moret, Moir temur, D. Fermín Caballero y D. Luis María Pastor. El primer período de vida de la Sociedad durante el cual fué alma ó inspirador de la misma D. Julio Vizcarrondo, comprende hasta los sucesos políticos de Junio de 1888. Fué de exposición y de tanteo, y la campaña, realizada sin programa concreto y bien definido, tuvo un carácter literario y especulativo, más q u e de crí-


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lica y de propaganda. A este período se refiere dsl teatro de Variedades de 10 de Diciembre de 1865, en que usaron de la palaI r a Tristán Medina, Carreras y González, Sanroiiiá, Figuerola, Rodríguez yCastelar, y del cual surgió la idea de constituir una asociación abolicionista formada por señoras, el certamen poético de Juiio de 1866 en q u e fueron premiados doña Concepción Arenal, t). Juan Justinia • no y 0. Bernardo del Saz; la fundación del p e riódico El Abolicionista Español, cuyo primer número apareció el lo de Julio de 1865; la campiña de Lt Democracia; los debates de la Academia de Jurisprudencia y de la Sociedad libre de Economía política; y u n a notable e x posición á las Cortes con motivo del proyecto de Ley de persecución de la trata presentado por el Ministro de Ultramar, Cánovas del Castillo.

el meeting

Con la Revolución de 1868 organizóse d e nuevo la Sociedad, entrando en un período que comprende hasta 1873, de lucha tenaz é incesante, coronada de éxito con la Ley de Marzo de aquel mismo año. El impulso que entonces se diera á la campaña no ha tenido igual en ninguna otra e m presa propagandista de España. Comenzó por el gran meeting del Circo d e Price, celebrado bajo la presidencia de Olózaga, el 23 d e Octubre de 1868, para excitar al Gobierno provi-


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sional á que decretase la libertad de todos los negros nacidos ó que naciesen después del 30 de Septiembre; concretó luego la sociedad sus aspiraciones declarando dogma la abolición inmediata y simultánea en un notable manifiesto al país de 16 de Noviembre del propio año, y continuó sin descanso su simpática obra bajo las presidencias sucesivas del malogrado Orense y del ilustre historiador D. Fernando de Castro, solicitando la opinión con frecuentes conferencias,, comités provinciales ligas de la prensa periódica, meelings, exposiciones, manifestaciones populares y circulares, folletos y libros repartidos con profusión. La dirección de la propaganda corresponde en este segundo período al eminente patricio 1). Rafael M." de Labra, cuyo nombre es en la época contemporánea la representación más g e . nuina del abolicionismo español. A él se deben todos los manifiestos, circulares y documentos suscriptos por la Junta Directiva de la Sociedad y casi todos los folletos publicados desde 1868 hasta la abolición de la esclavitud en Puerto Rico, así como los meritorios trabajos que bajo las presidencias de Rodríguez, de Sanromá y del propio Labra realizó luego la Sociedad en su tercer período desde 1876 hasta Octubre de 1886 en que quedó extinguido en Cuba el patronato, última forma que á la esclavitud dieron los conservadores en 1880. Labra


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las

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resucitó y redactó casi solo El Abolicionista; á él hay que atribuirla organización y celebración de todos los meetings, banquetes y manifestaciones de aquel período de cerca de veinteaños: él redactó la fórmula abolicionista de la Junta - Revolucionaria; él dirigió la campaña de las Cortes de 1872; suyo es el manifiesto de 1867, de Noviembre de 1868, la letra de la Ley de 22 de Marzo de 1873 y el artículo adicional de los presupuestos de Cuba para 1886-87 que abolió de hecho el patronato; y suyos, en fin, entre otras publicaciones, son los dos notables libros de 1870 y 1872 titulados La abolición de la esclavitud y La abolición de la esclavitud en el orden económic >, y los folletos La emancipación de los esclavos de los Estados Unidos.—El articulo o.° de la Ley preparatoria de 1870—La catástrofe de Santo Domingo.—La abolición en Puerto Rico.—La libertad de los negros de Puerto Rico.—La experiencia abolicionista de Puerto Rico.—La cuestión social en Cuba.— La abolición en Inglaterra.—El negro de Sanio Domingo.—Los Códigos negros.—La abolición i/ la Sociedad Abolicionista Españo.la en 1873.— La brutalidad de los negros, y El cepo y el grillete. Avaloran el mérito de Labra y el de la c a m paña de la Asociación á que la prodigiosa actividad de este distinguido hombre público imprimió extraordinario impulso; las circunstan-


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cias dificilísimas y anormales en que el uno y la otra tuvieron que moverse. Pero dejemos la palabra al propio Labra, reproduciendo los siguientes párrafos del discurso que pronunciara en junta general de la Sociedad Abolicionista el día 1.° de Enero de 1874, dando cuenta en nombre de la Directiva de las tareas del año anterior: «Las Cortes ordinarias de 1872-73 habían suspendido sus sesiones, dejando al Gobierno sobre la Mesa del Congreso el proyecto de ley de abolición inmediata, simultánea é indemnizada de la esclavitud en P u e n o Rico. Pocas veces, señores, un partido ha demostrado tanta virilidad (mayor, jamás), como el partido radical al plantear la cuestión de la esclavitud en los términos rigurosos y severamente democráticos del proyecto de 23 de Diciembre de 1872. Amenazas, diatribas, calumnias, vociferaciones, todo llovió sobre aquel ilustre partido. Los enemigos del nuevo régimen se dieron la voz para aprovecharlas circunstancias, y los esclavistas ofrecieron sus posesiones y sus tesoros para fundar la célebre Liga contra las reformas de Ultramar. Desde el modesto individuo de aquel Parlamento hasta las damas más extrañas á los asuntos políticos, pero al cabo esposas, hijas ó hermanas de éste ó aquel hombre ilustre que se mostraba propicio á la causa de la r e d e n ción del negro, todo fué objeto del ataque más 8


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brutal y más infame que registra la historia contemporánea de nuestra Patria. «Gomo si esto no fuera bastante, la demagogia sirvió á los unes del esclavismo, y todo el mundo recuerda la repugnante algarada de la plazuela de Antón Martín, el asqueroso motín de alquiler (como le llamó un periódico) la noche del 11 de Diciembre, en que los revoltosos, ahuyentados por la mera presencia de las tropas regulares, gritaban: \Abajo los filibusterosl Precisamente en los mismos momentos en que algunos periódicos de la famosa Liga excitaban, en términos escandalosos, las iras del país contra el Gobierno. »A poco, estos esfuerzos eran secundados en Puerto Rico. Todos recordáis el motín de Gamuy, atribuido por los reaccionarios á los reformistas, precisamente cuando éstos estaban á punto de lograr las reformas, y cuando lo único que podía aplazarlas ó impedirlas era un movimiento insurreccional «Pero el partido radical no retrocedió, y, en honra suya sea dicho, el rumor público ponía por entonces estas palabras (harto significativas de la violenta situación de aquellos m o mentos) en boca del Rey D. Amadeo: «si he iide perder mi corona, sea en buen hora por »la abolición de la esclavitud.» «Nuestra decisión iba obteniendo fruto; pero la súbita caida del Rey ,D. Amadeo y las pri-


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meras luchas de los distintos bandos que se disputaban el predominio en la Asamblea N a cional, deluvieron nuestra marcha. En el Congreso había sido elegida una comisión, profundamente liberal y democrática, para dar dictamen sobre el proyecto del Gobierno: la comisión lo había dado mejorando el proyecto; pero los debates principiaban y los esclavistas aprovechaban el tiempo para mantener la alarma é influir en el ánimo de aquellos diputados que, ó pecaban de temerosos, ó con la caida y ruina del partido radical, se creían desligados de ciertos compromisos en cuestión tan grave y trascendental como la cuestión de la esclavitud. »Por eso pasamos entonces terribles angustias, que llegaron á su grado máximo cuando en la votación de la enmienda doctrinaria del Sr. García Ruiz vimos palpablemente que nuestras huestes habían disminuido, y que si éramos los bastantes para triunfar, no éramos suficientes para dar á la votación de la ley el carácter de definitiva. Algunos , muchos creerían que la Sociedad veía esto con abandono: sus críticos tal vez habrán dicho que la Sociedad no se cuidaba de esto. Nada más equivocado. La Sociedad no descansaba, y casi todos los días los señores diputados recibían esquelas y cartas de la Junta Directiva, noticiándoles el estado de los debates y la orden dei día del Congreso, así como les suplicaban


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con insistencia que asistiesen á la Cámara siempre que en ésta se discutía ó votaba a l g u na enmienda. »De esta suerte, señores, llegamos al 21 de Marzo y á la transacción del 22. Yo contribuí á ella; estoy satisfecho de mi obra, porque en aquel instante no se trataba ya de sacar íntegro ó con modificaciones el dictamen de la c o misión abolicionista: se trataba pura y simplemente de si había de haber ó no una ley de abolición. A mantenerse todos los diputados en su puesto, yo nunca hubiera transigido; pero el hecho es que nos faltaban votos para hacer una ley y que de aquel Congreso ya no podía, esperarse nada. más. Repito que yo tuve una parte muy principal en aquella transacción, provocada por los buenos oticios del Sr. Castelar, así como el haber traído á debate la cuestión y el haber puesto sobre la mesa el proyecto abolicionista, se debe exclusivamente á l o s señores Ruiz Zorrilla y Martos, y más al último que al primero. Suum cuique. Y declaro que me ufano de mi previsión en aquel momento.» Así, en poco más de seis meses, fueron i n s tauradas en Puerto-Rico todas las libertades. L:% experiencia fué magnífica. Todo so realizó en medio del mayor orden y del progreso más sorprendente. .Ni un disgusto, ni la más ligera perturbación, ni el más pequeño conflicto. Y eso que la cuestión social se resolvía confundí-


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da con la cuestión política y en medio de una crisis mercantil tan profunda, que no hay memoria de que ninguna otra la haya superado. Verdad es que contribuyó no poco al éxito excepcional de la ley abolicionista la circunstan» cia de hallarse al frente del Gobierno general <le Puerto-Rico el General D. Piafael Primo de Rivera, que con el reglamento de 20 de Abril, «1 nombramiento de protectores de libertos hecho en favor de los Sres. Goico, Garbonell y Arias y con otras acertadas disposiciones, l l e nó los vacíos de la ley. Las consecuencias de las reformas pronto se tocaron. El efecto que produjeron en la economía de los partidos políticos fué el de fortalecer á los hombres del reformismo y el de reducir á la impotencia á los españoles sin condiciones, que, retraídos ya desde 1872, disolvieron el partido apenas perdida la batalla en el terreno de la esclavitud y en el de la cuestión m u n i cipal.



CAPÍTULO LA. REACCIÓN D E DE

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GRACIA

LA RESTAURACIÓN.

Efecto que produjo en Puerto-Rico el golpe de Estado del 3 de Enero. — Gobierno personal del general S a n z . — Suspensión de las garantías constitucional e s . — A b s t e n c i ó n de los reformistas. — Disolución de este partido.—Predominio d é l o s reaccionarios.—La Restauración.—La paz del Zanjón y au influencia en los destinos políticos de Puerto-Rico.— Esperanzas que hace concebirla política de Martínez Campos La obra de la R e s t a u r a c i ó n . — E l Decreto sobre el Gobierno Superior de las A n t i l l a s . — L a s leyes Municipal y Provincial.—La ley electoral de diputados á Cortes.—Las elecciones de 1879 determinan la inteligencia entre los liberales dispersos y los conservadores de buena fé.—Fracaso de esta tentativa. — Reaparición del incondicionalismo.—Situación de los partidos políticos al finalizar el año 1880.

Desgraciadamente el estado de cosas que acabamos de describir en el capitulo anterior duró sólo algunos meses. Á principios de 1874, apenas realizado en la Península el golpe de Estado del 3 de Enero, se desencadenó la reacción en Puerto-Rico en condiciones de violencia únicamente comparables con la de la Madre Patria de los años 1820 á 1823. El general Sanz fué puesto al frente d é l a Isla y, excitado por el partido conservador, al cual había representado en Cortes, dio en poco tiempo al traste con las libertades públicas. Destitución de Ayuntamientos y diputados p r o -


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vinciales, persecuciones á los maestros de escuela, restablecimiento de la previa censura para la prensa, nombramientos al capricho de la autoridad, suspensión indefinida de todas las libertades, restablecimiento de las facultades omnímodas del Capitán general, todo, todo se realizó silenciosamente y por efecto tan solo de comunicaciones privadas del Gabinete al nuevo Gobernador. Y todo con un carácter de arbitrariedad irritante, para el cual ni siquiera por decoro se buscaban excusas. Lo único positivo que Puerto-Rico había alcanzado era la abolición de la esclavitud. Lo demás fué destruido en un día, desapareciendo como por ensalmo aquella herniosa obra cuya consecución había costado treinta y seis años de esfuerzos y sacrificios, durante los cuales las suspicacias, los recelos, las prevenciones y las resistencias de todo género habían contribuido á mantener en vigor el régimen personal. Y de esos treinta y seis años ¡os cinco ú l timos ss habían tenido que invertir en convencer á los hombres de la Revolución de Septiembre, temerosos de realizar las reformas y preocupados con las aparentes razones que hacían valer los que las resistían, dando vueltas de todas las maneras imaginables á estos a r g u mentos: Primero, la imposibilidad de hacer innovaciones en Puerto-Puco, dado que el art. 108 de la


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Constitución de 1869 establecía que las Cortes Constituyentes reformarían el sistema de gobierno de las provincias de Ultramar, cuando tomasen asiento en aquéllas los diputados de Cuba ó los de Puerto-Rico. Segundo, la conveniencia de que fueran oídos los representantes de Cuba, pues aunque habían venido los de la pequeña Antilla, lo que se hiciese para ésta, prejuzgaba lo que más tarde se hubiera de hacer para aquélla. Tercero, la atención que merecía una exposición con 14.000 firmas que había venido de Cuba solicitando el aplazamiento de las reformas de Ultramar, ínterin no fuesen elegidos los diputados de aquella Isla. Las circunstancias eran tanto más graves cuanto que la reacción sucedía á un período de disfrute de todas las libertades. A lo que hay que agregar la importancia mayor que cads vez tomaba la guerra en Cuba. Y se comprenderá el estado de abatimiento en que cayeron en Puerto-Uico los hombres del partido reformista, que, puestos fuera de la ley por los eternos monopolizadores déla Colonia, se determinaron por el retraimiento y al fin por la disolución del partido. Preocupada la atención de la Península con los sucesos que aquí se desarrollaban y atraída por el fragor de la guerra del Norte y de la separatista de Cuba, pasaban dasapercibidos para


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ella los efectos que en aquel desdichado país producía la reacción. De suerte que, abandonado Puerto-Rico á la pasión de los excitados conservadores, quedaron éstos dueños absolutos del campo. Asi pasaron los años 1874 y 1875, así sorprendió á la Isla la sublevación de Sagunto, que dio por resultado la restauración de la Monarquía borbónica, y cuando se verificaron las elecciones de diputados para las primeras Cortes de la Restauración, apenas si se echó de ver que la legalidad todavía existente en PuertoRico, era el sufragio universal de 1873. Con la Constitución de 1876 se restableció el principio de las leyes especiales para Ultramar, estatuyéndose en el art. 89 que «el Gobierno queda autorizado para aplicar á las mismas, con las modificaciones que juzgue convenientes y dando cuenta á las Cortes, las leyes promulgadas ó que se promulguen para la Península,» y estableciéndose que «Cuba y Puerto-Rico serán representadas en las Corles del Heino en la forma que determine una ley especial, que podrá ser diversa para cada una de las dos provincias.» La paz del Zanjón vino á los dos a ñ o 3 , en 10 de Febrero de 1878, á provocar una nueva vida política, quebrantando la arrogancia de los incondicionales, ensoberbecidos por la reacción del 74, y haciendo concebir á los liberales risueñas esperanzas, tanto porque desaparecía


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aquel grave obstáculo de la insurrección c u b a na cuanto porque una de las ra/ones que se habían hecho pesar por el General Martínez Campos en el ánimo de los jefes insurrectos era 1» realizado en la culta, pacifica y leal isla de Puerto-Rico, cuyo ejemplo se presentaba á Ioscubanos como garantía de que se acometerían en seguida las reformas. Entonces aparecieron en Puerto-Rico dos nuevos elementos. Los conservadores másdiscretos y juiciosos, para quienes las vergüenzas de la oligarquía y de la dictadura militar hacían necesario un régimen más abierto y expansivo, y la juventud liberal, inspirada en los progresos modernos y en las teorías del self-govemement, agena á los compromisos de los antiguos reformistas y ansiosa de consagrarse en la vida pública á la causa del p o r v e nir de la Colonia. Los reformistas intentaron reorganizarse; pero realmente habían llenado ya su misión y no lograron su propósito. Además, la reorganización de este partido conforme á sus antiguos moldes era difícil, cuando, con motivo de la formación en la Península del Ministerio Martínez Campos-Albacete, había tomado cuerpo la idea de una gran transacción y se habianestablecido corrientes de inteligencia entre los incondicionales menos comprometidos y los dispersos reformistas.


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La fórmula que corría de boca en boca era alentadora y atractiva: «apoyar al General Martínez Campos para el desenvolvimiento de su política española y liberal.» Y conocidas son las esperanzis que se habían puesto, sobre todo en las Colonias, en la sinceridad y buenos deseos del pacificador de Cuba, que trascendían de aquellas palabras que, pocos días después del íratado del Zanjón, había escrito al Presidente del Consejo de Ministros Sr. Cánovas del Castillo: «Deseo que rija la ley municipal, la ley de diputaciones provinciales, la representación en Cortes; por el momento haremos aplicaciones de las leyes vigentes, y luego, con asistencia de los diputados, se harán las moditicacianes y reglamentos para completar aquéllas; se entrará on los detalles, que no son de nuestra competencia, sino que son, digámoslo así, periciales; liay que resolver la ley del trabajo; hay que resolver la cuestión de brazos; hay que. estudiar las transformaciones que debe recibir la propiedad; hay que estudiar el pavoroso, pero insostenible, problema de la esclavitud, antes que el oxtranjero nos imponga una solución; hay que -estudiar el Código Penal, señalar el enjuiciamiento, resolver la forma de las contribuciones, formar los catastros, ocuparse algo de las obras ó instrucción públicas...» Si todas estas cosas se iban á hacer en Cuba después de una porción de años de guerra, ¿no


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imponía la lógica qae en Puerto-Rico, donde no había habido insurrección ni existía un sólo esclavo y donde el derecho de la representación parlamentaria era una realidad, no i m p o nía la lógica—repetimos—que se conservara el estado legal existente, con tanta mayor razón cuanto que el artículo S9 de la Constitución admitía la posibilidad de leyes distintas para Puerto-Kico y Cuba? Sin embargo, contra toda lógica, el Gobierno de la Península no só'o hizo perder á PuertoRico las ventajas que había conquistado bajo la República, sino que, olvidando la historia, equiparó á la Isla con la Anülla mayor, colocándola en condiciones de inferi<¡ridad respecto de la Madre Patria. Al título I de la Constitución de 1869 sustituyó el decreto de 1878 sobre el Gobierno Superior de las Antillas; al sufragio universal el censo de 25 pesos y á las descentralizadoras leyes provincial y municipal de 1872 las estrechas y suspicaces que actualmente rigen. Como se ve, Puerto-Rico recibió de la Restauración el golpe de gracia, siendo tratada por ella con una injusticia y una desconsideración de que difícilmente se hallarán ejemplos en la historia. Esbocemos rápidamente el contenido de estas leyes para que los lectores puedan apreciael tamaño del agravio que recibiera Puerto-


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Rico de los gobiernos conservadores de la P e nínsula. La ley municipal está inspirada en un espíritu de prevención y de desconflan-a, al p u n t o de que, puede decirse que con arreglo á ella, no tienen facultad los Ayuntamientos para dar por sí un solo paso. Para todo es necesaria la i n tervención de la Comisión provincial ó la del Gobernador genera!, y¡i directamente, ya por medio del Alcalde, que más que una autoridad de carácter popular, representante d é l o s intereses de los pueblos, es un funcionario gubernativo encargado de vigilar é inspeccionar al Municipio por delegación del Gobernador. La función de Alcalde es retribuida por el Municipio, y, debiendo ser elegido por el G o bernador general de una lerna formada por el Ayuntamiento, la ley ha dejado ancho margen para estos nombramientos, autorizando al Gobernador para prescindir de la terna en determinadas circunstancias; facultad de que han hecho uso constantemente los Gobernadores generales, dando, por consiguiente, un carácter más antipático á los Alcaldes, cargos que han llegado á recaer en personas totalmente extrañas á los Municipios y aun á la misma localidad. A lo que hay que agregar el caraoer de figuras decorativas que en Puerto-Rico tienen los Tenientes de Alcalde que no sustituyen al Alcalde en sus ausencias. Antes, por el contrario, la ley


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autoriza á éste para designar la persona que ha de sustituirle. Salvo aquellos asuntos que hacen relación á los intereses peculiares de los pueblos, como lo que se refiere al ornato y arreglo de la via pública, comodidad é higiene del vecindario, fomento de sus intereses materiales y morales y seguridad de las personas y propiedades, para lo cual concede la ley competencia á los municipios, todo lo demás requiere el visto bueno de las ruedas superiores de la complicada máquina administrativa que los conservadores montaron en la pequeña Antilla. Los acuerdos municipales relativos á ferias y mercados, vigilancia, policía de seguridad, i n s trucción primaria é institutos de beneficencia necesitan la aprobación previa del Gobernador. Asimismo se exige la intervención del Gobernador general para la aprobación de los contratos relativos á bienes inmuebles y derechos reales de los municipios, no pudiendo éstos e n tablar pleitos á nombre de los pueblos menores de 4.000 habitantes sin la autorización previa de la Diputación provincial. Á estas trabas hay que añadir la facultad que tienen los Alcaldes de suspender cualquier acuerdo que los Ayuntamientos tomen en asuntos de su competencia, dando cuenta al Gobernador general. Tampoco se basta el Municipio para la con-


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fección y aprobación de sus presupuestos. La garantía que la ley municipal anterior daba á los administrados, mandando que fuesen aquéllos expuestos al público cuatro meses antes de terminar el año económico, ba sido sustituida en la actual por el examen y aprobación de los presupuestos por el Gobernador general. No menos ilusoria que la vida municipal es la de la provincia con arreglo á la ley conservadora. No hay acuerdo de la Diputación provincial, por insignificante que sea, que no necesite la aprobación, ya explícita, ya implícita del Gobernador, pues aun los tomados en las materias mas sencillas no son ejecutivos hasta que hayan trascurrido quince días sin que el Gobernador , á quien hay que comunicarlos todos, oponga su veto. La Comisión provincial también es elegida por el Gobernador de las ternas formadas por la corporación. Pero, á semejanza de lo que sucede respecto de los alcaldes, también faculta la ley al Gobernador á hacer la designación en personas que no figuren en las ternas, de lo cual se ha abusado enormemente en la práctica. También corresponde al Gobernador general el nombramiento de los principales empleados de la Diputación, entre los que se cuentan los que han de manejar los fondos. Igualmente está facultado para imponer multas á los diputados, sin ulterior recurso.


D E G R A C I A D E LA B E S T Á U R A C I Ó N .

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Y por lo que afecta á la suspensión de los acuerdos, la ley puertorriqueña ofrece dos esenciales diferencias respecto de la peninsular. Según ésta, los Gobernadores civiles sólo pueden suspender los acuerdos cuando la Diputación s» haya extralimitado, incurriendo en delincuencia ó resolviendo en asuntos cuyo conocimiento les esté prohibido. Y en todo caso, el Gobernador puede ser sometido á un procedimiento criminal ante el Tribunal Supremo de Justicia. En Puerto-Rico no hay nada semejante: el Gobernador general puede suspender sin limitación alguna todos los acuerdos, y mediante la supresión del artículo que somete en la Península los Gobernadores civiles á la jurisdicción del Tribunal Supremo, no puede exigirse la responsabilidad en que dicha superior autoridad incurra. v

Por último, la ley electoral para diputados á Cortes, ahondó más, si cabe, que las de A y u n tamientos y Diputación provincial, las diferencias que la Restauración establecía entre los ciudadanos de Puerto-Rico y los de la Península, concediendo voto únicamente á los contribuyentes al Estado por territorial ó industrial con 12o pesetas, á unos pocos en concepto de capacidades y á los funcionarios que perciban 2.000 pesetas por sueldo y sobresueldo, es decir, á todos los empleados públicos; mientras en la Península se concedía el voto á los q u e salisfa9


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LA REACCIÓN D E 1 8 7 4

Y E L GOLPE

ciesen al Tesoro 25 pesetas por contribución territorial, ó SO por subsidio industrial, se abría mayor margen á las capacidades y se limitaba el sufragio á los funcionarios del Estado desde la categoría de oficiales cuartos. Á esto hay que agregar la injusticia de haber sido mantenida la división territorial de quince distritos unipersonales, establecida por Real decreto de 1.° de Abril de 1871, de acuerdo con el criterio de la, ley electoral de la Península de 1870; al paso que la sancionada para ésta en 28 de Diciembre de 1878 estableció el sistema de distritos y de circunscripciones. Tal fué la obra del partido conservador y de los primeros Gobiernos de la Restauración. Esto no obstante, los elementos dispersos del liberalismo puerto-riqueño comenzaron á dar señales de vida con motivo de las elecciones de 1879. Las corrientes de transacción de que antes hemos hablado siguieron en aumento, y la inteligencia entre aquellas fuerzas políticas fué un hecho. Pero inspirados los liberales en la mejor buena fe, no habían contado con la falacia de los incondicionales, que, aleccionados por la experiencia de 1872 y 1873, buscaban en la transacción dos cosas: conservar los medios de influencia, manteniendo al frente de los Ayuntamientos sus alcaldes nombrados por el Gobernador general, y amparar los privilegios de los


D E GRACIA D E L A R E S T A U R A C I Ó N .

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jesuítas, convertidos á última hora en eficaces -cooperadores y auxiliares del incondicionalismo. Y el resultado fué la derrota de los liberales, que, seguida del encumbramiento en la Península de Cánovas y de Romero Robledo y de la reorganización en la Isla de la hueste incondicional en 1880, con la vuelta á la vida activa de la política de ios más intransigentes, produj o la definitiva muerte del partido reformista. La situación de los partidos y grupos puertoriqueños quedó, pues, á partir de aquel momento, planteada de este modo. De un lado, el incondicionalismo triunfante, alentado por la protección decidida del Gobierno general, sobre el cual ejercían los jesuítas avasalladora influencia, especialmente durante el mando del General Despujols, y apoderado de las listas electorales, de los Ayuntamientos y de la Diputación provincial. De otro, los conservadores discretos, retraídos y desorientados por el fracaso del Ministerio Martínez Campos. Y, por último, los liberales, sin rumbo fijo, dispersos y solicitados por diversas tendencias, cuya representación más acentuada en la prensa la llevaban La Crónica, de Ponce, autonomista, y El Agente, d e la capital, ¡ie espíritu democrático, pero defensor de la asimilación. Faltaba, por tanto, á los liberales una fórmula precisa de doctrina y una regla absoluta de conducta, y, desde luego, habiendo variado


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L A R E A C . D E 1 8 7 4 Y E L GOLPE D E LA R E S T A U .

por completo las condiciones políticas desde1866, y existiendo nuevos elementos en la juventud, ansiosa de penetrar en la vida pública, aparecía muy difícil que se realizaran las a s p i raciones de algunos antiguos reformistas que pretendían la reconstitución del maltrecho partido de este nombre.


C A P Í T U L O XI REFORMISTAS É

INCONDICIONALES

Subida del partido liberal en la Metrópoli.—Influencia de sus primeros actos en los reformistas puertoriqueños.—Es promulgada en Puerto-Rico la Constitución del Estado.—La ley de reuniones públicas — Reuniones de los liberales.—Campañas de El Agente y fundación de El Clamor del País.—La Asamblea reformista de Noviembre de 1883.—Parte declarativa de la nueva Constitución del partido.—Recae la elección de Jefe en el Sr. Celis Aguilera.—Causas que contribuyeron á que, siendo los mismos hombres de 1873, fuese menor que entoncss s u e n t u s i a s m o . — Conducta de los Generales Laportilla y Vega Inclán. —Arbitrariedades de los gobiernos de éstos.—Juicio de la política del Gabinete Sagasta.—Lo que hizo y lo que dejó de hacer.—Breve paso de la izquierda por el poder.—Nuevo encumbramiento de los conservadores.—Consecuencias de las elecciones de diputados á Cortes en 1884.—Divisiones en el partido liberal.— Desarrollo que dentro de él toman las tendencias republicana y autonomista.—Dimisión del Sr. Celis A g u i lera.—Propaganda autonomista de la prensa.—Fórmula que se adopta para la campaña.—El partido incondicionalmente español.— S u credo político.— Critica del mismo.—Otros detalles de la prganización de este partido.

La caída del Gabinele conservador y el adve-" nimiento al poder del partido liberal alentaron en gran manera á los elementos que en PuertoRico se agitaban por reorganizar las huestes reformistas. Y desde luego ejerció marcada i n fluencia sobre ellos el discurso regio de apertura de las Cortes de 1881, el Real decreto de 1 de Abril que mandó promulgar en Puerto-Rico


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REFORMISTAS

la Constitución del Estado y el discurso p r o nunciado por el Ministro de Ultramar, Sr, León y Castillo, en la sesión del Congreso de 29 de Octubre de aquel mismo año, afirmando los propósitos asimilistas del Gobierno y a n u n ciando la próxima promulgación en las Antillas de la ley de 15 de Junio de 1880 sobre el ejercicio del derecho de reunión pacífica que, por iniciativa del Sr. Labra, se había prometido en las Cortes anteriores y que, en efecto, se hizo extensiva á Puerto-Rico por Real decreto de 1.° de Noviembre. Verificóse en la capital de la Isla una reunión de los liberales, convocada por los señores Acosta, Celis y Hernández, para felicitar al Gobierno de la Metrópoli, y mientras el periódico El Agente, redactado por los Sres. Alonso, Acosta, Ferrer y Corchado, levantaba la bandera de la asimilación, sosteniendo que también era la del Gabinete de Madrid, otros, como Goico, Blanco, Elzaburu, Celis, Guillermety y losmismos Ferrer, Acosta y Corchado, constituidos en Comité central interino del partido liberal reformista, por la cooperación de los liberales de San Juan, Mayágüez, Ponce, Caguas, Yauco, Humacao, Arecibo y Vega-Baja, se dirigían á todos sus correligionarios de la Isla en Noviembre del 81 para proceder á la reorganización del partido. Á poco aparecía El Clamor del Pais con igual propósito. Y de estas gestio-


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nes, contrariadas por muchas dificultades, nació la reunión de los delegados reformistas de los pueblos en Asamblea pública, celebrada en la capital en ios días 11, 12 y 13 de Noviembre de 1883, de la que resultó reorganizado el partido con el lema de la asimilación y bajo la presidencia de ü. José de Celis Aguilera. Hó aquí la parte declarativa de la Constitución por entonces aprobada: «1.° El partido liberal-reformista de PuertoRico declara que su procedimiento político es el de la asimilación, á ñn de alcanzar para los moradores de esta provincia la plenitud de la ciudadanía española, que es hoy su fundamental objeto. 2.* El partido liberal-reformista de PuertoRico declara también que considera como parte integrante de la ciudadanía española, la identidad de derechos y de deberes políticos entre españoles peninsulares y puerto-riqueños, sin discrepancia ni modificación alguna. 3.° Declara asimismo el partido liberal-reformista de Puerto-Rico, que es igualmente parte integrante de aquella ciudadanía la identidad en el orden jurídico y judicial. 4.° Y, por último, declara que juzga indispensable para la prosperidad y buen gobierno de esta comarca, una descentralización tan amplia como la tienen y la tengan en lo sucesivo las provincias peninsulares, y desde luego en


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REFORMISTAS

armonía con la vida peculiar de nuestras localidades y, por lo tanto, de la Isla considerada en su conjunto.» Pero fuerza es reconocer que, á pesar del buen deseo de los organizadores y del acierto de que éstos dieron pruebas designando para la presidencia y dirección del partido á una p e r sona tan experta, activa y prestigiosa como el Sr. Gelis, se echaba de ver la falta de aquel e n tusiasmo y de aquella homogeneidad que presidían los actos del antiguo. Contribuían á e s t o varias causas. Primeramente la lentitud y m e ticulosidad con que el Gobierno de la Metrópoli practicaba la política de asimilación, nunca por entonces iuterpretada en el sentido y con el alcance que le daban los liberales puerto-riqueños. Después, la influencia del ejemplo deCuba, donde el partido autonomista tomaba vuelo. Y, por último, la propaganda que en la Península hacían los diputados liberales ultramarinos, especialmente el Sr. Labra, que desde el periódico La Tribuna, fundado el año 1882, defendía la solución autonomista y demostraba que ni lo que el Gobierno liberal hacía ni aquello por l o q u e los asimilistas de Puerto-Rico suspiraban era asimilación, así como que existían profundos abismos entre la asimilación defendida por los liberales puerto-riqueños y la que sustentaban los conservadores cubanos. No influyó, además, poco en aquella desani-


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mación, la conducta observada por los Generales Laportilla y Vegalnclán, representantes del gobierno liberal de la Metrópoli en Puerto-Rico. Sus manifiestos y sus primeros actos fueron perfectamente acogidos por los elementos liberales de la Isla, que les prepararon é hicieron verdaderas ovaciones. Y hay que advertir que los liberales de Puerto-Rico, para darse por contentos con las autoridades, no esperan de éstas empleos, gracias y favores y mucho m e nos que se apriete ó persiga á los reaccionarios. Piden sencillamente dos cosas: que se les trate io mismo que á sus adversarios y que las oficinas públicas no sean una remora constante para los adelantamientos generales del país, extraños á toda preocupación de partido. Mas el General Laportilla salió al fin de Puerto-Rico por el desdén de los unos y de los otr»s:álos liberales los trató con irritante injusticia y negra ingratitud; á los reaccionarios los halagó torpemente y concluyeron por exagerar sus pretensiones, dando por ello motivo á un famoso informe del General, en el que declanba éste que era imposible gobernar con una gente «cuya insignificancia llegaba al extremo de no poder sacar dos diputados» á no tener una ley electoral de privilegio y no ponerse á su servicio, con verdadero escándalo, toda la i n fluencia oficial. Lo propio sucedió con el Sr. Vega Inclán.


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REFORMISTAS

Llegó con aires severos, palabras dulces y h a ciendo grandes protestas de neutralidad; recorrió la Isla en medio de los vítores de los liberales, y en todas partes fué acogido con gran frialdad por los reaccionarios. Pero á medida que se fué acentuando el sentido conservador del Gabinete Sagasta, en el cual sucedió el señor Núñez de Arce al Sr. León y Castillo en la cartera de Ultramar, fué replegándose y haciendo salir á sus labios la sonrisa sólo para los conservadores. Y encumbrado nuevamente Cánovas del Castillo, tras el breve paso por el poder del Ministerio Posada Herrera, no tuvo ya que guardar el menor miramiento, y el antiguo moderado se mostró tal cual era. A lo arbitrario de la ley de imprenta de los conservadores tuvo la peregrina idea de añadir los Consejos de Guerra para juzgar los delitos cometidos por medio de la prensa; habiendo denunciado^un fiscal del Ejército un artículo de El Clamor del País en que se censuraba la gestión del Gobernador militar de la plaza de San Juan de Puerto-Rico, formóse proceso al periodista por el fuero de guerra y fué preciso que se provocase una competencia, para que la Audiencia declarase que el conocimiento del asunto correspondía á la jurisdicción ordinaria. Luego el Sr. Vega Inclán se dio en favorecer á los reaccionarios eu las elecciones de Ayuntamientos, de diputados provinciales y de diputados á


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Cortes, en las que se cometieron todo género d e atropellos y de coacciones. De suerte que las ilusiones y esperanzas puestas por los puerto-riqueños en el gobierno liberal de la Metrópoli se vieron pronto trocadas en una realidad de dos años completamente infructuosos para la causa de las reformas. Si se exceptúa la promulgación de la ley de reuniones de que ya hemos hablado, y que fué la única reforma seria de este período, nada, absolutamente nada, tiene que agradecer Puerto-Rico á esos dos años de gobierno del señor Sagasla. Porque si bien es cierto que no fué éste quien estableció la ley de imprenta, pudo en cambio reformarla ó aplicar la ley de policía de la prensa de la Península, y no lo hizo; y si también lo es que no fué el autor de las l e yes municipal, provincial y electoral, no lo es menos que pudo aplicar las de la Metrópoli, y tampoco las aplicó. Es verdad que promulgó la Constitución, pero dejando vigente el régimen anterior, lo cual era lo mismo que no promulgar nada. De los trece títulos de que se compone ésta, sólo rigen íntegros los siguientes: III del Senado,. IV del Congreso de los Diputados, VI del Rey y sus Ministros, Vil de la sucesión de la Corona, VIII de la menor edad del Rey y de la Regencia, X de las Diputaciones provinciales y Ayuntamientos, XI de las contribuciones, y XII


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REFORMISTAS

de la fuerza militar. Los demás, esto es, el I d é l o s españoles y sus derechos, II de las Cortes, V de la celebración y facultades de las Cortes, y IX de la Administración de justicia, ó no rigen ó rigen corregidos y adicionados. También intentó una ley sobro atribuciones de los Gobernadores generales, pero dejó dormir el proyecto, y las Cortes fueron disueltas ¿sin aprobarlo. Aludimos hace poco á las coacciones y escándalos electorales de 1884, y vamos á ver ahora sus efectos. Aquellas elecciones pusieron, más que otras, de manifiesto la existentencia en Puerto -Rico de dos grupos de reac cionarios: el uno con la aspiración de dar cierto carácter insular á sus candidatos ó intentando resistir á los cuneros , y el o t r o , capitaneado por el Jefe del partido incondicionalmente español, dispuesto á entregar todos los distritos al cuoerismo, con tal de disfrutar del apoyo oficial para todas sus empresas. Naturalmente, este último es el que triunfó, acentuándose, por lo tanto, el sentido que venía teniendo en los últimos años la política de los reaccionarios en Ultramar; esto es, negar la fuerza, la influencia y hasta la representación á los elementos de arraigo en el país, y reservarlas íntegras para los protegidos del Gobierno y para los elementos oficiales. Esto, por una parte, y por otra, las divisio-


É INXONDICIONALKS

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nes surgidas entre el Comité central reformista y el de Ponce, por cuestión de candidatos/ quebrantaron en gran manera al partido liberal puerto-riqueño, que ya venía muy trabajado, casi desde la época de su reorganización, por dos tendencias disidentes. La una, en favor del ingreso del partido en el republicano español, que tiene de su parte las reformas indiscutibles de 1873 y el hecho evidente de ser sus periódicos los únicos que con calor y constancia defienden las reformas ultramarinas. La otra, decidida por la idea de que el partido se determinara á hacer declaraciones francamente autonomistas. Afirmando la identidad de derechos políticos entre Puerto-Rico y la Metrópoli, llegaba el partido reformista en punto á organización colonial a u n a transacción: la solución asimilista era término para los unos y punto de partida para los otros. Pero el hecho de que los conservadores puerto-riqueños atacaran á aquellos asimilistas con igual furia y violencia con que los conservadores de Cuba agredían á los autonomistas probaba bien á las claras que lo que les preocupaba no era la solución autonómica ni la solución asimilista, sino los derechos del individuo y las libertades del ciudadano, que era lo que había de común entre autonomistas y asimilistas de entrambas Antillas. Contrariado justamente el Sr. Celis Aguilera,


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renunció en Septiembre de 1884 la presidencia y la jefatura del partido, y con él terminó s u misión en la pequeña Antilla el antiguo credo asimilista. De aquí los chispazos autonomistas que esclarecen el horizonte á partir de esta última fecha. El hábil exdiputado D. Julián Blanco y Sosa se hace cargo en Mayo de aquel año de la dirección de El Clamor del País, órgano hasta entonces del Comité Central del partido reformista: desde él declara que no es en realidad a u tonomista ni asimilista y define el viejo partido como una gran asociación de todos los liberales que pidan ante todo la reforma, pretendiendo tan solo que autonomistas y asimilistas vivan dentro de una liga ó buena inteligencia, para obtener la ley electoral de la Península, el Gobierno civil, la reforma provincial y municipal, etc. Luego D. Román Baldorioty de Castro trata magistralmente la tesis doctrinal en La Crónica, de Ponce; un ilustrado letrado y entusiasta político de Mayágüez, el Sr. Guzmán Benítez, decídese á fundar en 1885 un periódico titulado La Autonomía Colonial; aparecen en San Germán y en Ponce dos periódicos autonomistas, El Deber y El Derecho Popular; hácese eco de la nueva tendencia El Buscapié, periódico de crítica política y literaria, popularísimo en Puerto-Rico y dirigido por el republicano Sr. Fernández Juncos; coincide con este movi-


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miento la llegada á la Isla, para fundar la Revista de Puerto-Rico en Agosto de 1886, del distinguido periodista asturiano D. Francisco Gepeda y Taborcias, muy caracterizado ya en la política liberal autonomista por su Revista Económica, de la Habana, y su Revista de las Antillas, de Madrid; y, por último, apártase de El Clamor del País el Sr. Blanco, sucediéndole en la dirección uno de los primeros publicistas puerto-riqueños, el Sr. Brau, autonomista de convicción y de propósito, y se inicia con una viva campaña la segunda crisis del partido liberal reformista, sosteniendo la solución autonómica, además de los periódicos citados, La Civilización y El Liberal, de Mayágüez, La Juventud Liberal, de Ponce, y El Criterio, de Humacao. De esta suerte el espíritu autonomista se iba imponiendo poco á poco, adoptándose como fórmula la del partido liberal de Cuba, desenvuelta por el periódico madrileño La Tribuna y sancionada por el Tribunal de imprenta de la Habana en sentencia de 31 de Mayo de 1881 sobre la legalidad de la doctrina autonomista e x puesta por el periódico El Triunfo; por la Audiencia de Puerto-Rico en la de 1.* de Agosto de 1882 sobre la compatibilidad de la doctrina autonomista con la Constitución del Estado y la reforma pacífica de ésta, proclamada en un impreso por varios vecinos de Yauco;y por el Tri-


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L A S REFORMAS

bunal Supremo de Justicia en la de 24 de Diciembre de 1883, que absolvió á un individuo condenado por la Audiencia de Puerto-Príncipe por haber dado vivas, al terminar un meeting, á la autonomía colonial. La semilla estaba, pues, sembrada, y pronto habría de dar opimos frutos. Pero de ellos nos ocuparemos en capítulo aparte y terminaremos el presente dando una rápida ojeada por el credo del partido incondicionalmente español, votado en 14 de Enero de 1886. Según él, el fin supremo de la existencia de dicho partido es «velar por la integridad del territorio nacional y contribuir al adelantamiento moral y material de la provincia.» La base segunda declara que «como partido exclusivamente nacional, reconoce, acata y sostiene á todos los Gobiernos legalmente constituidos, sin renunciar al derecho de queja y representación, y de oposición franca y decidida contra las disposiones que puedan compro-

meter el fin supremo que persigue.» Y por la tercera establece que «no defiende como suyos los ideales políticos de ninguno de los partidos peninsulares que se disputan la gobernación del Estado al amparo de la Constitución y de las leyes; ni combate los de escuela alguna política, mientras estos ideales sean

compatibles con lo preceptuado en la base 1 / »

La vaguedad de este programa chocaría á


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quien no conociera á fondo la historia de los incondicionales de Puerto-Rico. Pero no á nosotros, que sabemos que esa vaguedad es reflexiva y que reconoce por causa ocultar el verdadero objetivo del partido y evitar de paso las antipatías de los elementos liberales de la Metrópoli. Con efecto, no se necesita, ni mucho m e nos, ser un prodigio de penetración, para comprender que, mediante esas vagas fórmulas de acatamiento y desinterés respecto del Gobierno y de los partidos peninsulares, lo que se consagra es la arbitrariedad y el capricho de los directores del incondicionalismo puerto-riqueño, que se reservan el derecho y la competencia para declarar en todo caso qué es lo que favorece y qué lo que perjudica á la integridad nacional. Pero si de esa suerte no se consagrara el capricho y la arbitrariedad de sus directores, siempre resultaría que el partido habría de tener algún criterio político á que ajustar sus juicios y su conducta. Y en tal caso, es perfectamente gratuita y notoriamente falsa la afirmación de que es extraño á los ideales políticos de los partidos peninsulares y no responde á escuela política determinada. Esto no es así, porque ese partido ha hacho y hace oposición á todas las soluciones democráticas. Ha combatido la abolición de la es10


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REFORMISTAS

clavitud, es partidario del sufragio restringido y adversario del sufragio universal; repugna la descentralización administrativa y aboga por la unión y centralización del mando civil y militar en una sola persona, representante del Poder supremo; es enemigo de los alcaldes de elección popular, de la libertad de imprenta y del jurado; es autoritario por sistema y disciplina, y se inclina más al sistema preventivo que al represivo. Es decir, que lo incompatible con la integridad nacionales para él todo a q u e llo que constituye la legislación común en los pueblos contemporáneos y todo cuanto ha asegurado el orden y el imperio de la Metrópoli en las colonias extranjeras. Á lo que hay que agregar ciertos detalles de organización interior que denuncian claramente el carácter de personalismo de este partido. La suprema autoridad, según el art.2.*de la Constitución, reside de derecho en el Jefe y en el Comité Central, pero de hecho sólo en el primero, porque está facultado para suspender á los individuos de éste y aun á todo el Comité. Á él corresponde la reso ución en los c a sos graves, siendo responsable de sus actos únicamente ante la Junta Magna del partido, que se reunirá una vez cada, cuatro años ó cuando lo pidan mil individuos. Es, además, juez de éstos, de los Comités locales y del Central, y no puede recusarle la persona ó colee-


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tívidad acusada, aun cuando sea dicho Jefe su enemigo personal. De los cinco individuos que con él han de formar el Comité Central, la Constitución le reserva el derecho de nombrar el Secretario y el Procurador del partido, cargos que son retribuidos. Puede imponer las penas de amonestación, censura pública, suspensión y expulsión. Los (-omites locales designarán los candidatos de éste pira las elecciones municipales, y los de distrito propondrán los candidatos á la Diputación provincial; pero ni los unos ni los otros podran publicar las candidaturas sin la aprobación del Comité Central, el cual es responsable dt ¡ uso que haga de sus poderes ante el Jefe del }>(i,<-tido. La. designación de los candidatos á Cortes correspondo al Comité Central, junto con dos representantes elegidos por cada Comité de distrito, subsi-tiendo también la responsabilidad para ante el Jefe. Con lo d cho basta para formarse idea del carácter personalísimo del partido incondicionalmento español de Puerto-Rico. Con esas bases y esta organización entró en ...la vida política á principios do 1886. j



CAPÍTULO

XÍI

EL PARTIDO AUTONOMISTA

•Confusión entre la doctrina asimilista del partido l i b e ral puerto-riqueño y la asimilación de los Gobiernos de la Metrópoli y de los conservadores c u b a n o s . — N e cesidad de rectificarla.—Influencia del partido a u t o nomista cubano en la evolución de los liberales de Puerto-Rico.—Programa de 1.° de Abril de 1 8 8 2 . — Circular de la Junta Central L a Diputación liberal •de Cuba y el grupo de autonomistas peninsulares.— Recomendaciones del Sr. Labra.—Visita de los d i p u t a d o s cubanos á Puerto-Rico.—El viaje del S r . Millet.—Reunión de los autonomistas de la capital.—El p l a n de Pon ce.—Puntos que comprendía.—La A s a m blea de 1887.—Programa del partido autonomista «consignado en la Constitución orgánica de 10 de Marzo de 1887.—Carácter local de este partido.—Es esencialmente democrático.—Sentido político de s u s organizadores.—Importancia del nombramiento de leader recaído en el Sr. Labra.—Recuerdo de la c a m paña sostenida por La Tribuna.—El Directorio del partido autonomista.

Indicado queda en el capítulo anterior que «1 germen autonomista, latente en todas las colonias, no sólo existía en Puerto-fuco, sino que tenía importante representación en la prensa periódica y en algunas personalidades del campo liberal que, con profundo sentido político, •apoyaron sin reserva al partido reformista, sacrificando sus exclusivismos personales ante la fórmula de la asimilación, que era la que por el momento aunaba las voluntades. Autonomistas eran Baldorioty, Padial, Brau.... y lo era Labra,


E L PARTIDO AUTONOMISTA

•verbo de U reforma colonial en las Corles españolas desde 1871 y leader de la diputación r e formista puerto-riqueña en aquella fecunda campaña de 1872-73. El terreno estaba dispuesto, y para que la s e milla germinase solo era preciso que ajudaran los acontecimientos Y éstos no podían ser m á s propicios, porque, al ñn y al cabo, la b a n dera de la reforma co.onial en el Parlamento había sido, á partir de 1880, la de la a u t o nomía, desde que Labra l a desplegó á los airea, contra la opinión de muchos de sus amigos y paisanos de Madrid y de París, en el m a g n í í k » discurso de 24 de Febrero de aquel año, en el cual planteó el problema colonial tal como r e sultaba después de concluida la guerra separatista de Cuba, y en el que sostuvo que ya nobastaba la fórmula asimiladora de la Revoluciónde Septiembre. Por otra parte, los reformistas, insistiendo' mucho e n la identidad inmediata de derechos políticos, pretendieron siempre una positivadesigualdad y mayor espacio en el gobierno local, cosa á que ninguno de los partidos m o nárquicos de la Restauración suscribía. El m i s mo partido liberal y el propio > r . León y Castillo resistieron lo indecible la legalidad d e la propaganda autonomista y la negación del c r i terio de partidos legales é ilegales con r e l a e i é B . á Ultramar. No s e diga nada del Gobierno su—


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perior civil y de la ampliación del sufragio. Y, sin embargo, asimilistas se llamaban los Gobiernos do la Metrópoli y los conservadores discretos de Cuba Una sana pol.tica recomendaba, p u e s , la rectificación de estas confusiones. Ademas, la autonomía proclamada en el C o n g r e s o por el Sr. Labra no era, ni con mucho, la del Canadá, quizá incompatible con la Constitución y, sobre todo, con la tradición colonial española. Convenía, por tanto, acentuar esta nota, determinando la creación de un partido gubernamental cuya doctrina no pudiera confundirse con la contradictoria y peligrosa que imperaba en el Gobierno. De otro lado, la nueva vida política que se desarrolló en la grande Antilla después del Zanjón, había producido el nacimiento del partido liberal autonomista, cuyo programa, terminado en la Junta Magna celebr.ida en la Habana en 1.° de Abril de 1882, comprendía las siguientes animaciones: 1. Identidad de derechos civiles y políticos para los españoles de uno y otro hemisferio. 2. Libertad inmediata y absoluta de los patrocinados. 3 . Autonomía colonial, que habían sido desenvueltas por la JunLa Central del partido en la circular de 21 de Junio de 1882, en la cual se sostenía que los tres a

a

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E L P A R T I D O AUTONOMISTA

principios fundamentales que integran la doctrina sustentada por el partido liberal en lo tocante á la organización y atribuciones de los poderes públicos de la isla eran: «1.° La soberanía de la Metrópoli, sin la cual no cabe la existencia de la Colonia. 2.° L i representación local, que da forma en el dominio del derecho y en la esfera de los intereses á la personalidad de la Colonia en lo que á su vida interior atañe. 3." La responsabilidad del Gobierno cololonial, garantía de recta Administración y de respeto á las leyes. A cada uno de ellos corresponde respectivamente una institución: á la soberanía de la Metrópoli, el Gobierno general; á la representación ¡ocal, la Diputación insular; á la responsabilidad, el Consejo de Gobierno. De esa. suerte se conciertan en cabal armonía y dentro de un orden establecido los legítimos derechos de la Nación y los de la Colonia.* Al lado de la influencia que necesariamente había de ejercer sobre los liberales de Puerto Rico el ejemplo délo que en Cuba pasaba, hay que considerar el hecho de que á la sombra de la bandera autonomista defendía la causa de la reforma de las Colonias la Diputación liberal cubana, abogando, con el apoyo sincero de la minoría republicana, no sólo por los intereses de Cuba, sino también por los de Puerto-Rico,


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cuya representación liberal se reducía por e n tonces á la persona del Sr. Labra, elegido sin interrupción Diputado por el distrito de Sábana-Grande desde 18/2. Y, fuera del Parlamento, autonomistas éramos los que en torno de Labra formábamos el grupo, relativamente numeroso, que ha apoyado desinteresadamente eu la Península la causa de las reformas de Ultramar y que ha contribuido á propagar las ideas en la prensa, á celebrar meetings y banquetes y á llenar las listas de suscriciones para levantar los mausoleos de Corchado y de D. Calixto Bernal. Todo esto tenía que alentará los autonomistas de Puerto-Rico. Pero hay más. De la propia suerte que desde la formación del partido liberal recomendaba Labra á sus amigos de la grande Antilla que redujesen el programa á fórmulas concretas y gacetables, así también escribía á sus amigos de Puerto-Rico sobre la conveniencia de acogerse á la bandera autonomista, combinando su acción parlamentaria con la de los representantes de Cuba. De esta manera vino poco á poco á variar la situación del problema político de Puerto-Rico, estatableciéndose una perfecta solidaridad entre la causa de las reformas y la de la autonomía. Era, pues, lógica y, sobre todo, política la aparición del partido autonomista puerto-riqueño. Para estrechar los lazos existentes entre am-


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bas Antillas, al regresar á sus hogares en el •verano de 1886 los diputados cubanos Montoro, Fernández de Castro y Figueroa, detuviéronse algunas horas en la capital de Puerto-Rico, donde fueron recibidos por Cepeda y una Comisión del partido liberal presidida por el señor Blanco; festejados en casa del primero; felicitados por numerosas representaciones, y saludados por infinidad de Comités y particulares de todos lados de la Isla por cartas ó por telegramas. El abrazo de Blanco y de Montoro fué, real • mente, según la feliz expresión del primero, «el símbolo bendito de una unión más estrecha y duradera, más trascendental y fecunda: el abrazo de Cuba y Puerto-Rico, libres y autónomas en el materno regazo de la gran patria española.» Con este motivo estableciéronse corrientes de simpatía entre los Comités de San Juan y Ponce y la Junta Central del partido autonomista cubano; cruzáronse cartas entre los autonomistas de Madrid y de las Antillas; los liberales de la capital procedieron á constituir en todo el distrito comités autonomistas; la Revista de Puerto-Rico recomendó la organización de los liberales con el doble carácter autonomista y republicano; y, en fin, el Comité liberal de Ponce, que presidía el antiguo autonomista don Román Baldorioty de Castro y que se ocupaba seriamente en la reorganización de las fuerzas


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liberales, tomó la iniciativa, v e n 14 de Noviembre de 1886 publicó la convocatoria de una Asamblea, acompañándola de un Plan para la reorganización del partido liberal de la Isla. Casi en los mismos días desembarcaba en Puerto-Rico, de paso para la Habana, el distinguido patsiota cubano D. G ¡briol Millet con instrucciones del -Sr. Labra, celebrando importan tes conferencias y asistiendo á una reunión de los prohombres liberales de la capital, en la que quedó unánimemente acordado: Constituir en el acto el Comité liberal autonomista. Aceptar en sus puntos esenciales la doctrina ylas alirmaciones d é l a Junta Magna del partido autonomista cubano de í.° de Abril de 1882. Unirse á éste para todos los fines de la doctrina y parlamentarios, dejando á salvo la libertad ó independencia de ambos partidos en lo que atañe al interés particular de cada país; y Someter á la Asamblea de Ponce, por medio de enmiendas ó adiciones, estos extremos d© doctrina y de procedimiento. A esto siguió la publicación de una notable circular suscrita por 1). Julián Blanco y Sosa, Presidente dol Comité nombrado en aquella reunión, invitando á todos los de la Isla á llevar á la Asamblea de Ponce esos mismos p r o pósitos. El Comité liberal ponceño, inspirado en u n


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buen deseo, no se proponía en realidad otra cosa que la reunión de la Asamblea, y declaró» franca y modestamente, que no hacía cuestión de gabinete su Plan, el cual debía ser tan sólo considerado «como materia de estudio y, á lo más, c m o base de discusión.» Comprendía este Plan tres partes, relativas al Nombre, Principios y Organismos del partido. En cuanto al nombre, los liberales ponceños deseaban que se conservase el glorioso de liberal-reformista, con el cual se había hecho la campaña parlamentaria de 1869 á 1873 y se habían obtenido la abolición de la esclavitud, el título I de la Constitución de 1869 y las reformas municipal, provincial y electoral. Respecto de los principios, el Comité de Ponce formulaba los siguientes: Derechos individuales.—Sufragio universal. —Soberanía Nacional.—Independencia de los poderes.—República.—Separación de mandos. — Autonomía municipal y provincial.—Identidad de derechos civiles.—Libre-cambio.—Libertad de Bancos.— Contribución en parte alícuota al levantamiento de las cargas y servicios generales del Estado, incluso el militar. Y, por último, como organismos del partido establecía: la prensa, los Comités de sección ó locales, los Comités de distrito, la Delegación provincial y el Directorio. Fijada al fin por el Comité ponceño la fecha


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de la Asamblea, tuvo ésta efecto en la ciudad de Ponce, baluarte de las libertades puerto-riqueñas y centro el más importante de cultura de la pequeña Antilla, en los días 7, 8 y 9 de Marzo de 1887, con asistencia de más de doscientos delegados en representación de sesenta y dos localidades y de nueve periódicos, y entre los que figuraban las mayores ilustraciones del país, hombres de ciencia, abogados, médicos ingenieros, comerciantes, etc Puerto-Rico dio allí una prueba más de su cordura, de su sentido político y de su admirable aptitud para el ejercicio de las libertades y derechos. Fn todo hubo completa unidad de miras y perfecta unanimidad de criterio, al punto de no haberse hecho la menor oposición á ninguna de las proposiciones que se presentaron y que fueron aprobadas por aclamación entre atronadoras salvas de aplausos. Kl partido autonomista puertorriqueño tiene un carácter local y, en tal concepto, una personalidad propia y distinta de la de los demás partidos políticos peninsulares. Además, éstos abarcan en sus programas toda la política y aquél prescinde de la afirmación de principios relativos á la organización general del gobierno y de las instituciones nacionales, y se limita á establecer las bases para la organización de la Colonia. Partiendo del supuesto de la existencia de instituciones y principios de gobierno


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que informan la vida nacional, sólo pide que se hagan extensivos á los hijos de Puerto-Rico así los derechos como los deberes que las l e yes establezcan respecto de los españoles p e ninsulares. De donde se desprenden las dos bases capitales, fuente y origen del cuerpo de principios y doctrinas del partido: Identidad política, y jurídica.—Autonomía económica y administrativa, y el principio fundamental de su política: Alcanzar la mayor descentralización posible dentro de la unidad nacional. La identidad política y jurídica supone que en Puerto-Rico, lo misino que en la Península, rijan la propia Constitución, la ley electoral, la de reuniones, la p o p i a representación en Cortes, la propia ley de asociación, la de procedimientos oviles y criminales, Ja orgánica de Tribunales, la de matrimonio civil, la de orden púbhco, las mismas leyes provincial y municipal, los propios Códigos penal y civil, etc. Es decir, que «en punto á derechos civiles y políticos, el partido pide que se iguale á las Anticon la Península » Y esto porque todos los derechos y deberes que la Constitución del listado y las demás leyes de orden político y civil reconocen, g-i r a í tizan ó imponen emanan de la ciudadanía. De suerte, que deben ser iguales para todos los esp iñoles, ya vivan éstos en la Península,ya en ultramar.


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Los autonomistas puerto-riqueños parten, pues, de un supuesro necesario, sin el cual no tendrían eficacia ni valor su programa, sus aspiraciones y su doctrina: á saber, la Unidad Nacional, bajo la cual y mediante ella puede explicarse únicamente la personalidad de la Colonia. Por lo mismo, establecen que el goce supremo de la Soberanía y la práctica del Imperio están reservados á la Metrópoli, única competente para entender de una manera exclusiva «en todo lo relativo al Ejército, Marina y Tribunales de Justicia, Representación diplomática y Administración general del país, señalando á éste el cupo que le corresponde en el presupuesto general del Estado, llevando Ja dirección de la política general, yetando por la fiel observancia de las leyes, resolviendo todos los conflictos de corporaciones y entidades, y nombrando y separando, con arreglo á las leyes generales de la Nación, á sus representantes en las diversas esferas de los poderes p ú blicos. De suerte que la autonomía colonial, defendida por el partido puerto-riqueño, no traspasa los límites de lo puramente local, ni sale de las e s f e í a s de o administrativo y económico. Sus bases son: «la representación directa de los int'-reses locales á cargo de la Diputación provincial, y la responsabilidad, también directa,


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de los que tengan á su cargo el ejercicio de las funciones públicas, en lo que toca á la administración puramente interior ó local.» La Diputabión provincial es la única entidad competente para determinar en todos los a s u n tos administrativos locales, los cuales deben quedar definitivamente resueltos en la Colonia. Y para sufragar los gustos que esto ocasione, consiguiendo así que el país se administre con el concurso legal de sus habitantes, la Diputación provincial debe formar y votar los presupuestos de ingresos y gastos locales por su naturaleza, objeto y fin. Consecuencias del régimen autonómico son, por consiguiente, la división de los gastos en generales y locales y la determinación de los servicios que deben quedar encomendados á la Colonia. En esto puede caber el más y el m e nos; pero para el partido autonomista p u e r t o riqueño «las cuestiones locales que, por regla general, deben reservarse a l a s Antillas son las siguientes: Instrucción pública, Obras públicas, Sanidad, Beneficencia, Agricultura, Bancos, Formación y policía de las poblaciones, Inmigración, Puertos, Aguas, Correos, Presupuesto local, Impuestos, Aranceles y Tratados de comercio, éstos subordinados siempre á la a p r o bación del Gobierno Supremo.» Fuera de esto, la Colonia contribuirá á los gastos generales de la Nación con la parte alf-


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cuela que la corresponda. La garantía de ésta se halla en el ejercicio de la Soberanía y del Imperio, mediante el cual al Gobierno de la Metrópoli le corresponde «la facultad de suspender y anular los acuerdos de la Diputación provincial, cuando lleven el vicio de incompetencia, ó sean contrarios á los intereses nacionales.» Tal es la sencillísima doctrina del partido autonomista p u e r t o - r i q u e ñ o , consignada en la Constitución orgánica de 10 de Marzo de 1887. Mas debemos insistir en un punto. Hemos dicho que este partido se abstiene de definir y establecer credo político alguno. Pero ¿implica esto acaso que los autonomistas de la pequeña Antilla no tengan fe en los principios y les sean indiferentes todos? No: el partido autonomista puerto-riqueño es esencialmente democrático. Y si no bastasen para probarlo la naturaleza misma del principio autonómico, cuyas bases son la manifestación más acabada y perfecta de los dogmas de la democracia; ni la brillante tradición del partido reformista, del cuab por evolución racional y lógica, ha surgido; ni la circunstancia de ser republicanos casi todos los hombres que lo constituyen, sin excluir á sus directores, sería suficiente para convencerse de ello la regla 4. transitoria de la Constitución, según la cual «el partido autonomista, habiena

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do aceptado unánimemente el programa a u t o nómico de! eminente repúblico D Rafael M. de Labra, en prueba de gratitud por sus importantes servicios le proclama leader; es decir, guía y vocero principal de este partido en la Metrópoli.» La omisión en su programa de todo dogma ó principio reiativo á la política general, lejos de ser un defecto, es, por el contrario, la mejor prueba de la discreción y sentido político de los hombres que lo fundaron, porque no hay que echar en olvido que se trata de un partido local. Aparte de los sentimientos de gratitud hacia la ilustre persona del Sr. Labra, que, arrostrando la impopularidad y sacrificando posición y honores, se ha consagrado en cuerpo y alma á la causa de la reforma colonial, y sin cuyas brillantes é incesantes campañas en la prensa, en la tribuna pública y en el Parlamento todo continuaría en las Antillas como en la época anterior á la Revolución de Septiembre, hay en el nombramiento de leader algo profundamente político, que debemos señalar, y es el reconocimiento de la posición y medios del partido autonomista, que siendo exclusivamente losal había de tener representación en el Parlamento. En efecto, como partido local, nadie más competente que sus directores para decidir respecto de todo cuanto afecte á su dirección y


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acción en Puerto Rico. Pero ¿cabía determinar asimismo desde la pequeña An tilla lo más conveniente en cada momento para el éxito de la acción parlamentaria de los representantes del partido, que tienen que agitarse en otro medio, á muchas leguas del centro director y atentos á la marcha de los partidos peninsulares y de la política general? De aquí la necesidad de un director especial en la Metrópoli, necesidad perfectamente atendida y satisfecha con el n o m bramiento de un leader. Esto dio casi resuelto el problema de ponderación y de táctica, planteado cinco años antes por el periódico La Tribuna, el cual sostenía la condición gacetable y gubernamental del programa autonomista, tanto como el carácter local de los partidos que defendiesen en Cuba y Puerto-Rico el régimen autonómico. Mas al propio tiempo reconocía que para influir en la Península y determinar con urgencia y á satisfacción la opinión pública y los partidos de la Metrópoli, era jfreciso que se interesaran activamente en la política general. Por eso recomendó constantemente que los Diputados y Senadores autonomistas se entendiesen con los simpatizadores peninsulares de su programa. Ni más ni menos que lo que habían hecho los diputados puerto-riqueños en 1872 y 1873 para obtener, como lo consiguieron, la plenitud de Jas reformas pretendidas. Y pensando así, como


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La Tribuna, se encontró con que los elementos monárquicos de la Metrópoli no tan solo n o aceptaban el programa autonomista sino que lo combatían; no tuvo que vacilar, y con todafranque¿a enarboló la bandera republicana con el procedimiento pacífico y legal, puesto que sólo los republicanos, dentro y fuera de la Cámara, venían autorizando y amparando desde 1879 la reclamación autonomista. Pero La Tribuna siempre afirmó, dentro del ciiculo r e p u blicano, la personalidad del grupo ultramarino. Por eso combatió siempre la idea de algunos autonomistas de entrar en otros partidos ó agrupaciones, en los cuales seguramente hubiera padecido la importancia de la demanda colonial. El partido autonomista puerto-riqueño tuvo muy en cuenta esta sabia política, afirmando allá su carácter loca!; pero, al propio tiempo, la necesidad de mantener aquí á toda costa el programa autonomista, moviéndose dentro de la política genera!, en relación con los partidos peninsulares. Con muy buen acuerdo la Asamblea de Ponce elig ó una Delegación interina en tanto p o día ser nombrada, con arreglo á la Constitución, la definitiva, la cual se constituyó mes y medio después, en 29 de Abril, recayendo los nombramientos de Directores de las secciones •política, jurídica y económica, en que estaba


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dividida aquélla, en los Sres. Baldorioty de Gastro, Arce Romero y Salazar, y nombrando S e cretario de este Directorio al joven letrado don Herminio Diaz.



CAPITULO

XIII

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Agitación de los reaccionarios.—Exaltación de las l u chas políticas a la llegada del General Palacio Exposiciones al Congreso sobre la ilegalidad del partido autonomista. —Victoria de éste en las elecciones m u nicipales.—Rumores de expediciones filibusteras.— Medidas de precaución que se adoptan.—Los compontes.—Propósitos que perseguían los autores de estos atropellos.—Conducta prudente de los autonomistas. — L o s sucesos de Juana Díaz.—Observaciones al parte oficial publicado en la Gaceta de Puerto-Rico.— El Manifiesto de la Delegación autonomista.—Prisiones de los más caracterizados individuos de este partido.—Persecuciones contra la prensa liberal. —El atentado contra Cepeda.—Vicisitudes del proceso de Juana Díaz. —Traslación de los presos principales al castillo del Morro.—Alocución del General P a l a c i o . —Consúltase al Gobierno la suspensión de las garantías.—Trabajos del Sr. Labra cerca del Gabinete.—El General Palacio e s l l a m a d o á Madrid.—Renacela calma.—Absolución del Sr. Cepeda por la Audiencia de Puerto Rico.—Enseñanzas que se desprenden para el porvenir del fracaso político del General Palacio.

Desde la constitución del partido autonomista comenzaron á agitarse los elementos reaccionarios de la pequeña Antilla, protestando de t o das suertes contra una fuerza política que nacía con un entusiasmo rayano en el delirio y con un programa que congregaba á su alrededor hombres de muy diversas procedencias; pues conviene advertir que entraron á formar en dicho partido muchos de los antiguos asimi-


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listas y otras personas conocidas por sus o p i niones templadas. Poco después de la llegada á la Isla del General D. Romualdo Palacio alcanzaba la lucha política un grado de exacerbación tal, que hacia temer serios conflictos. Los enemigos de la reforma estaban vivamente interesados en h a cer el vacío alrededor del partido autonomista, y, aprovechando la inexperiencia del nuevo gobernante y su desconocimiento absoluto de las condiciones del país que estaba llamado á regir en nombre de España, pusieron en práctica su tradicional costumbre de presentar á los liberales como enemigos encarnizados de la Madre Patria á los ojos del nuevo Gobernador. Ya en los meses de Mayo y Junio de 1887 llegaron al Congreso extrañas exposiciones pidiendo á la Cámara que declarase «la ilegalidad del partido autonomista,» mientras la prensa reaccionaria de Puerto-Rico, representada por El Boletín Mercantil, La Unidad Nacional, La Bandera Española, La Nación Española y La Integridad Nacional, clamaba por esto mismo en artículos destemplados y provocativos, lanzando un día y otro sobre los autonomistas graves acusaciones de íilibusterismo. El resultado de las elecciones municipales de Mayo, en las cuales obtuvieron los autonomistas un triunfo en toda la línea, logrando una respetable mayoría en los Ayuntamientos, acre-


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centó esa agitación y á poco comenzaron á c o rrer rumores de que se temían graves complicaciones, inventándose casi á diario noticias de depósitos y alijos de armas (perseguidos con verdadero ardor y extraña tenacidad por el General Palacio, pero nunca en conlrados) y de expediciones filibusteras que se esperaban de la vecina Isla de Santo Domingo, que jamás llegaron á desembarcar en Puerto-Rico. No hay necesidad de decir que todos estos tenebrosos planes se atribuían á los autonomistas, los cuales, en el momento mismo en que conseguían triunfos positivos, preludios de otros mayores, y en que alcanzaban promesas del Gobierno, llevadas á vías de hecho con la presentación al Congreso del proyecto de reforma de la ley electoral de 1878 y los anuncios de la aplicación inmediata de la libertad de imprenta, del juicio oral y de la ley de asociación de la Península, abandonaban el camino de la legalidad para emprender una guerra separatista, de imposible sostenimiento en Puerto-Rico y cuyo resultado evidente sería la pérdida de todo lo conseguido y la anulación más absoluta para el porvenir!! Semejante absurdo ni siquiera merece rectificación. Con estas alarmas y temores, fomentados por el movimiento de voluntarios, la concentración de la Guardia civil, las investigaciones de la policía, los registros domiciliarios y las prisiones,


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coincidieron abusos y atropellos llevados á oibo en personas inermes y pacíficas por los r e p r e sentantes de la fuerza pública y singularmeute por individuos de la Guardia civil. El componte, el infame componte, sólo conocido hasta entonces en los campos de Cuba, tomó carta de naturaleza en Puerto-Rico, y los periódicos comenzaron á llenar sus columnas con denuncias de incalificables atropellos. En Aguas Buenas un cabo y varios números de la Guardia civil allanan la morada de un vecino, diciendo «que estaban autorizados por el Ministro de Ultramar para perseguir la autonomía hasta dentro de las casas.» En Utuado varios conservadores, armados de fusiles y revólvers, allanan de noche una casa, en persecución de imaginarios conspiradores. En Guánica la Guardia civil interrumpe una fiesta de labriegos y con gran aparato los lleva en cuerdas por los caminos. En Salinas, Ponce y Santa Isabel son invadidas por fuerza pública y por inspectores de policía las casas de personas de respetabilidad, en busca de armas enterradas y de c o n s piradores, que nadie encuentra. En Humacao es apaleado por agentes de la autoridad el director del periódico El Gato Flaco, al cual, además, se le procesa por las autoridades militares, so pretexto de injurias á la Guardia civil. En Naranjito la Guardia civil, reconcentrada, de Gorozal, Comerio y Bayamon, toma posesión


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del pueblo para impedir la celebración de un meeting autonomista, declarando el Alcalde, consternado ante tales aprestos, que se lavaba las ¡nanos como Pilatos. En Adjuntas se cometen los más atroces atropellos por individuos del Cuerpo de Voluntarios COD la complicidad del Alcalde. ¿Qué se buscaba con todo esto? ¿Excitar los ánimos de aquellos morigerados habitantes para que se lanzasen en peligrosas aventuras y j u s tificar así ante la autoridad superior las alarmas y los temores que le habían infundido de una próxima insurrección? Pero el sesudo pueblo de Puerto-Rico no parecía dispuesto á secundar el maquiavélico plan de los organizadores de los compontes, y la misma calma con que se recibían los mayores agravios, enfurecía á los que los causaban, produciendo el efecto de que se duplicasen los atropellos y las violencias. Dos meses se habían pasado y era ya preci' so completar la farsa. Y, en efecto, ésta no se hizo esperar. La Gaceta Oficial de Puerto-Rico publicaba en su número de 8 de Septiembre el parte que en 30 de Agosto dirigiera el Teniente Coronel de la Guardia civil al Gobernador general, y en el cual se transcribía el del Capitán del segundo Escuadrón, dado en 27 del propio m e s . De él son los siguientes párrafos: «Según confidencias reservadas que venia re-


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ciñiendo de toda clase de delitos y atentados cometidos y proyectados en demarcación de este Escuadrón, coincidiendo las últimas recibidas con un telegrama de S. E., en el que ordenaba la salida de fuerza montada á la persecución y captura de una cuadrilla de hombres armados aparecida en el barrio Capitanejo en la misma tarde del día 19; emprendí la marcha con toda la fuerza disponible para dar una batida en el dicho barrio de Capitanejo y los de Bucaná, Valle-Arús, Sabaneta, Sábana Llana, Amuelas, Río Cañas Arriba, Rio Cañas Abajo, Tijeras y la 4 . Tierra en esta demarcación y Juana Díaz »Una vez en la hacienda Fortuna de esta j u risdicción, dispuse un descanso para reponer el ganado, fatigado por los caminos, y esperar así la noche, como más conveniente para mi plan ideado, dedicándome en el entretanto á adquirir informes de entero crédito, q u e - m e dieron por resultado el averiguar la existencia e a ia 4. Tierra de los vecinos sospechosos por sus pésimos antecedentes Cristino Aponte y Cleto Mangual, á cuya captura procedí inmediatamente y en persona, no sin grandes esfuerzos, acompañado del sargento segundo José Escudero Rey y dos guardias, regresando con ellos á las once de la noche á la hacienda Fortuna a

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»Incomunicados desde luego é interrogados por separado, pudo conseguirse varias contra-


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dicciones del Cleto Mangua', quien concluyó por denunciar la existencia de una vasta asociación secreta denominada Los Secos, cuyos siniestros fines tienen por objeto el exterminio de los peninsulares y la proclamación de su independencia con la República porto-riqueña, señalando como representante de su barrio al Cristino Aponte, ea cuya casa se reunían los juramentados. Sometidos á un careo, pudo conseguirse también una amplia confesión de este último y los nombres de infinito número de comprometidos, á cuya cabeza se hallan personas de posición en esta ciudad, descubriéndose á la vez los que en cuadrilla habían atentado la noche anterior contra varios vecinos de Arús y Capitanejo. »Sin pérdida de tiempo y tomándola como base de operaciones, dispuse salir con la fuerza fraccionada en pequeños grupos á procurar la captura de los principales, incomunicándolos conforme llegaban, en evitación de confabulaciones, procediendo á la vez á la form ición de u n expediente, legalizando las declaraciones con testimonio de vecinos pacíficos y honrados y consiguiendo por este medio poder conducir al medio día del 20 á la cárcel de Juana Díaz, como más próxima, convictos y confesos, siete principales comprometidos en la sociedad secreta, á la vez que componentes todos ellos de la criminal cuadri'la ya mencionada, así como un


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numero considerable de comprometidos en la primera, que con los apresados en Jos dos días siguienles, ascendieron próximamente á 50, no pudiéndolo precisar, pues, ordenado por S. E. q u e otro Jefe continuara el expedientie informativo preliminar de las actuaciones que se hubieran de seguir, en la tarde del 20 hice entrega de las actuaciones y detenidos al Comandante del Batallón de Valladolid 1). Enrique Vázquez, así como también de bastante número de armas blancas y de fuego, municiones y un documento escrito en jíbaro, que no nos fué posible descifrar; teniendo que ausentarme de nuevo para continuar la persecución de otros delitos y ramificaciones, por los que han sido detenidos hasta la fecha y ordenado por autos oficiales su prisión hasta noventa individuos; habiéndose presentado el Juez designado para incoar el proceso, í>. José García de Lara, quien se hizo <;argo de ella.» Lo extraño de los fines de la supuesta a s o ciación de ¿os Secos, que eran nada menos que «el exterminio de los peninsulares» y «la proclamación de la República Puerto-riqueña»; lo absurdo del documento escrito en jíbaro indescifrable, cuya lengua es el castellano-andaluz d e generado que hablan en la pequeña Antilla los hombres del campo, allí llamados jibaros; la pretendida jefatura de Aponte, que es un jornalero sin instrucción ni influencia entre sus con-


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vecinos; los compromisos que con gentes de mal vivir se supone que tenían contraidos personas de posicióu; y otros detalles más que seguramente no escaparán á la perspicacia del discreto lector, es un conjunto de cosas anómalas é inexplicables. Pero lo mas interesante del parte anterior es la confesión que contiene de Inber intervenido en aquellos sucesos, no estando en suspenso las garantías constitucionales, comisiones militares. Presos Baldorioty, Presidente del Directorio autonomista, Don Antonio E. Molina, que desempeñaba igual cargo en el Comité local de Ponce y el Secretario del Directorio, Don Herminio Diaz, la Delegación del partido publicó un importante manifiesto al país, que terminaba con estas notables palabras: «Tócale, pues, al Partido Autonomista Portoriqueño, ante los hechos que hoy presencia con asombro y dolor, permanecer firme en la legalidad, que es su divisa; ser esforzado en la defensa de su derecho, y con el corazón abierto á la esperanza de mejores días y puesto en la justicia de su causa, mostrar que ni le a s u s tan los procedimientos de la violencia, ni le arredran los amaños tenebrosos de sus adversarios.» Si los sucesos que á estos hechos siguieron no hubieran pasado ante nuestros propios ojos.


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tal vez dudaríamos de su existencia y seguramente de su exactitud. Porque es difícil concebir que en corazones españoles quepa tanta perfidia y crueldad tanta, como la desplegada en aquellos luctuosos días contra inermes campesinos, para arrancarles, en medio de los mas horrorosos tormentos, la supuesta confesión de hallarse comprometidos, por instigación de los hombres mas importantes del partido autonomista, en planes tenebrosos y en conspiraciones tremebundas contra los peninsulares. Y, sin embargo, fuerza es rendirse ante la evidencia. El distinguido escritor puerto-riqueño Don Francisco Mariano Quiñones, ha reunido en un notable libro titulado Apuntes para la Historia de Puerto-Rico, las descripciones que han hecho de esos tormentos las personas que de ellos fueron víctimas, y su lectura hace subir los colores al rastro, de vergüenza é indignación. escuadrones de la Guardia Civil recorrieron la Isla, llevando á todas partes el terror por los procedimientos inquisitoriales de que se valían, y en un momento fueron reducidos á prisión los Directores del partido autonomista y mas de un centenar de personas distinguidas de la sociedad puerto-riqueña, entre los que citaremos á Baldorioty de Castro, Cepeda, Molina, Marín y Herminio Diaz en Ponce; al venerable padre Pieretti y los doctores Pasarell


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y Franceschi en Yauco; al Doctor Zabala en Guayanilla; á Barea, Sarjabria y Cruz, en San Germán; á Espada, Murillo y el Doctor Tió, en Sabana Grande; á Farias, Antongiorgi y Landrau, en Lajas; y á los Doctores Garbonell y Vázquez y al Notario Palmer, en Mayágiiez. Al mismo tiempo que se realizaban estas prisiones, perseguíase con verdadero ensañamiento á la prensa liberal, que valientemente amparaba á las victimas de los compontes, dando cabida en sus columnas á las quejas de éstos y denunciando á los tribunales ordinarios los actos de verdadera ferocidad de algunos individuos de la Guardia civil. En este punto merecen especial mención el atropello cometido con el periodista Cepeda por el propio Comandante militar déla plaza de Ponce dentro de la cárcel de esta ciudad, y las retractaciones que violentamente fueron arrancadas á la Revista de Puerto-Rico y á El Pueblo, á las que siguieron la suspensión de estos periódicos. El proceso se seguía por supuesta existencia de asociaciones ilícitas; pero todo varió al e n cargarse de la causa el Juez de entrada de Cáguas, Sr. García de Paredes, que dio á ésta un nuevo giro, persiguiendo el delito de conspiración para la rebelión. Entretanto eran conducidos al castillo del Morro de la capital en el aviso de guerra Fernando el Católico, con un lujoso aparato de 12


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fuerza y tomándose toda clase de precauciones, los Sres. Baldorioty de Castro, Cepeda, Molina, Marin, los Doctores Carbonell y Vázquez y otras personas de distinción; y el Gobernador general abandonaba su residencia de Aibonito y se trasladaba á San Juan, donde en los últimos días de Octubre publicaba una alocución, en la que, entre otros párrafos, la pasión política h a bía dictado el siguiente: «He hecho nuevos ó importantes descubrimientos, que en su tiempo haré públicos, que no sólo llevan en su hipócrita seno las intenciones más perversas y antinacionales, si que también conspiran contra el orden social. Ni en Europa, ni en América, ni aun entre las hordas salvajes de África, se han conocido jamás sociedades secretas que abrigaran fines tan pérfidos y de destrucción, como las que acabo de descubrir en esta Isla: el robo, el incendio, el asesinato, la devastación y la ruina de la sociedad, son las armas de que pretendían valerse para acabar aquí con el imperio español.» Se hablaba de suspender las garantías constitucionales y de próximos fusilamientos y d e portaciones. Con efecto, á Madrid llegaron telegramas firmados por Ubarri, Infiesta, Gallart, y demás reaccionarios que rodeaban al General Palacio, solicitando del Gobierno facultades extraordinarias para conservar el orden y el prestigio de la patria española. Y mal les hubiera


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ido á aquellos distinguidos amigos nuestros si -el Gobierno se hubiese hallado en manos de hombres apasionados ó imprevisores. Pero por fortuna velaba en Madrid por los fueros de la justicia y de la defensa del derecho el Sr. Labra, á quien nunca pagarán los liberales puerto-riqueños el inmenso servicio que en aquella ocasión les hiciera, y la contestación que el Gobierno del ¿r. Sagas ta dio á aquel telegrama fué que resignara inmediatamente el mando el Gobernador general y viniera á Madrid á dar cuenta de sus actos al Gabinete. El día 11 de Noviembre se embarcó para la Península el General Palacio, y renació la calma en los conturbados espíritus de los puerto-riqueños, no influyendo poco en ello la p r u d e n te conducta y el espíritu justiciero del General Gontreras, que interinamente se hizo cargo del Gobierno superior de la Isla. El partido autonomista reclamaba la p r o s e cución de la causa de Juana Díaz, rechazando con dignidad cuantas propuestas se le hicieron de acabarla con una amnistía. Estaba vivamente interesado en que resplandeciera al cabo la verdad. Pero si bien no ha logrado sus propósitos, porque el interés de echar un velo sobre estos hechos, determinó al Gobierno á incluir á los procesados por estos supuestos delitos en el Real decreto de indulto de 7 de Marzo de 1890, recibió en cambio una satisfacción, en la sen-


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tencia pronunciada por la Audiencia de Puerto-Rico el 2 de Junio de 1888, que absolvió á Cepeda de los delitos de injuria y calumnia contra el instituto de la Guardia civil do que fué acusado, y mandó sacar diversos testimonios para que los jueces respectivos procedieran contra los individuos de este cuerpo, cuyos actos de verdadero salvajismo se patentizaron en la amplia prueba desarrollada en los 99 resultandos de que consta dicha sentencia. Por fortuna, aquellos sucesos pasaron, y yo espero que para no repetirse jamás, siquiera al frente de los puestos más importantes de aquella desdichada Administración hayan continuado y continúen todavía los principales promovedores de tan horrible farsa que pudo costar muchas lágrimas á Puerto-Rico y un día de duelo y de vergüenza á España. El ejemplo de lo sucedido al General Palacio,, cuya responsabilidad en las persecuciones que quedan referidas, encuentra una atenuación en su inexperiencia y en el engaño de que le h i cieron víctima las personas de que se rodeó, constituirá siempre una enseñanza para los Gobernadores generales de la pequeña Antilla,


CAPÍTULO :BL P A R T I D O L I B E R A L Y

XIV.

LAS REFORMAS U L T R A M A R I N A S .

Crisis del partido autonomista puerto-riqueño.—Elección de nuevo D i r e c t o r i o — L o s compromisos del partido liberal en la política ultramarina.—Discurso del Sr. Sagasta de 27 de Junio de 1885.—Eeformas realizadas por los Sres. Balaguer, Capdepón y Becerra.—El proyecto de reforma de la ley electoral. — F u é una rectificación de la política del G a b i n e t e . — Modificación de este proyecto en el Senado.—Caida del Gobierno.—Efecto que produce en Puerto-Rico l a vuelta de los conservadores Agravio inferido á la pequeña Antilla por el Sr. Fabié.—Rumores de retraimiento.—Trabajos del Sr. Labra para combatirlo.—Los autonomistas se deciden por la l u c h a . — N o table manifiesto de la Delegación de este partido.

En medio de las persecuciones contra los autonomistas y del terror del país, verificáronse las elecciones provinciales, en las que, salvo algunas excepciones honrosas, como la de Cabo-Rojo, donde los liberales sacaron triunfante al Sr. Cepeda, fué general el retraimiento del partido, que—excusado es decirlo—atravesaba una crisis hondísima. De aquí las dimisiones de los individuos d e l Directorio y la constitución de otro, á principios de 1889, formado por el Dr. D. Martín R. Corchado, Director de Política; el Ldo. D. José J. Vargas, Director Jurídico; D. Olimpio Otero, Director Económico y D. Francisco Cepeda, S e cretario, que se ha ocupado seriamente en e s -


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tos dos años de la reorganización de los Comités y ha dado frecuentes pruebas de su vitalidad publicando importantes manifiestos. Pero volvamos la vista á la Península. Los lamentables sucesos que acabamos de reseñar en el capítulo anterior no cambiaron afortunadamente la política colonial trazada de antemano por el Gobierno de la Metrópoli, al frente del cual, como es sabido, se hallaba otra vez el Sr. Sagasta desde fines do 1885. Los serios compromisos contraidos por él en este punto, parten de las solemnes declaraciones que en los primeros dias del verano de aquel año hicieron en el Parlamento los hombres mas distinguidos del partido liberal, aceptadas por el propio Sr. Sagasta, respondiendo á excitaciones del Sr. Labra, en el discurso pronunciado en el Congreso en la sesión de la noche del 27 de Junio. A continuación reproducimos los párrafos más salientes : «Pero vamos á lo principal, á lo que el señor Labra considera como esenciah'simo en este debate, ó sea á lo que yo pienso acerca de las d i versas cuestiones, que concretamente ha e x puesto S. S. No sé si acertaré á enumerarlasen el orden que el Sr. Labra lo ha hecho. P r i mera cuestión: reformas políticas. ¿Han de h a cerse antes, después, ó simultáneamente con las reformas económicas? Yo creo que deben hacerse cuanto antes; pero como las reformas-


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económicas son tan esenciales y tan urgentes en Cuba, creo que aquéllas no deben hacerse antes que éstas; pero que si se pueden realizar simultáneamente, do esta manera deben hacerse. Me parece que S. S. no irá mas allá, porque es imposible hacer antes las reformas p o líticas que las económicas. Aquel país está sediento de reformas económicas, no puede vivir sin ellas y por consiguiente no hemos de esperar para hacerlas á que hayamos planteado las políticas, mucho más cuando se pueden hacer á la vez. De manera que opino que las reformas políticas se hagan, si pueden hacerse, al mismo tiempo que las económicas.» «Segunda cuestión concreta que ha propuesto S. S.: ¿queremos ó rechazamos nosotros la reforma electoral? Pues contestación terminante: la queremos, la deseamos y la realizaremos cuando podamos realizarla.» «Tercera cuestión: ¿hemos de llevar reformas á los Ayuntamientos y á las Diputaciones? También, y en cuanto podamos las llevaremos.» El Sr. Balaguer realizó algunas reformas, que respondían al carácter asimilista de la p o lítica del Gobierno, entre las que recordaremos la aplicación de la ley de policía de imprenta de^ la Península, la de matrimonio civil, la creación de las Cámaras de comercio, la extensión á Puerto-Rico de los convenios de propiedad literaria celebrados por la Metrópoli con diversas-


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naciones y la aplicación de la ley de policía de ferrocarriles. En el orden puramente político presentó á las Cortes en 15 de Junio de 1887 un proyecto de reforma de la ley electoral y tenía p r e parada una ley orgánica del Gobierno general y la extensión de la ley de asociaciones. Y si no hizo más, fuerza es reconocer que las complicaciones y contrariedades que produjo al Gobierno lo ocurrido en la pequeña Antilla durante el período de mando del general Palacio, fueron gran parte á impedirlo. El Sr. Capdepón, que le sucedió en la cartera de Ultramar, adelantó mucho la obra, promulgando la ley de asociaciones, aplicando la ley de lo Contencioso-Administrativo, reformando el enjuiciamiento criminal, creando las Audiencias de este nombre, estableciendo el juicio oral y público, dando estabilidad y garantías de independencia á los funcionarios de la carrera judicial mediante el ingreso por oposición y facilitando la entrada en la magistratura á los hijos del país, por la provisión de la tercera parte de las vacantes en las capitales de las Antillas. Á lo que hay que agregar el acertado nombramiento del Coronel Macías para la jefatura del Tercio de la Guardia civil de Puerto-Rico y la reposición del Magistrado Sr. Maya, ponente de la causa contra el Sr. Cepeda, y á quien había dejado cesante por telégrafo á las


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veinticuatro horas de dictado el fallo absolutorio, por intrigas de los incondicionales de P u e r to-Rico. Después, en 1889, se ha llevado el Código civil y se ha dictado por el Sr. Becerra la circular de 18 de Enero á los Gobernadores generales de ambas Antillas, informada en un espíritu altamente expansivo y liberal, y en 1890 se ba llevado la ley de Colonias agrícolas y se han creado las Escuelas Normales de maestras y de maestros, calcadas — dicho sea de paso— en el modelo anticuado de las de la Península. Pero no eran éstos solamente los compromisos contraídos por el partido liberal: alcanzaban también á una reforma profunda en el régimen electoral, á la transformación de las condiciones de vida de los Municipios y á la desaparición del anacrónico Gobierno militar, que constituye una excepción respecto á lo que se realiza en todas las colonias del m u n d o culto, y que es verdaderamente incompatible con las libertades llevadas á Puerto-Rico desde 1881 acá. De estos tres compromisos, sólo el primero ha intentado cumplirlo; pero en condiciones tales, que cuanto en este camino ha hecho constituye una rectificación de su campaña reformista y de su tradición liberal. Porque el primitivo proyecto del Sr. Balaguer y el mismo del señor Becerra resolvían un problema en la oca-


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sión en que fueron presentados; pero realizada antes de que empezase á discutirse el segundo, la instauración del sufragio universal en la Península, lo que constituía antes un evidente progreso, trocóse en un retroceso lamentable, pues se ahondaban más y más las diferencias que en punto al derecho electoral separaban á los ciudadanos de Puerto-Rico de los ciudadanos de la Metrópoli. Por otra parte, la malaventurada idea del señor Becerra de conceder voto á los voluntarios y de autorizar á los socios de las compañías mercantiles á repartir la contribución para los efectos del sufragio entre las personas que tuvieran por conveniente, dio al proyecto un marcado carácter de privilegio en favor de los reaccionarios, concedido por debilidad del Ministerio en gracia al partido conservador de la Metrópoli. Algo se enmendaron estos yerros al pasar el proyecto del Congreso al Senado, cuya Comisión, de acuerdo con lo convenido á última hora entre el Sr. Sagasta y el Jefe de la minoría autonomista, suprimió del dictamen la parte relativa al voto de los voluntarios. Pero sobre no haberse hecho por el Gobierno concesión ninguna en cuanto al otro punto, el mal estaba ya realizado, y de no haber ocurrido la inesperada caída del Gabinete, el proyecto, convertido en ley, hubiera constituido siempre un borrón en la historia del partido liberal.


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Concluyó, pues, la dominación de éste después de cerca de cinco años de poder, dejando sin resolver por unas causas ó por otras losmismos problemas que encontró planteados. 1.a vuelta de los conservadores necesariamente tenía que producir en Puerto-Rico un gran desaliento. Máxime después de su activa campaña contra la reforma electoral ultramarina y de su empeño en que se redujese, cuando no pudo impedirla, á los términos en q u e estaba sometida á la deliberación y aprobación del Senado. Además, la extemporánea crisis de Julio, i m pidiendo hasta esa deficiente reforma, vino á agravar los términos en que se hallaba planteado el problema electoral, porque al paso que-las Corles que se eligiesen habían de serlo en la Península por sufragio universal, continuaba vigente para las Antillas la ley de 1878 con el elevado censo de 25 pesos. Todavía estaba reservado á Puerto-Rico u n nuevo desencanto. En los últimos días de Diciembre de 1890 aparecía en La Gaceta de Madrid un Real decreto reformando la división t e rritorial de la Isla de Cuba y aumentando el número de sus diputados y se prescindía del arreglo equivalente en la pequeña Antilla, manteniéndose , por t a n t o , la existencia de los quince distritos unipersonales y olvidando que, conforme al art. 27 de la Constitución, le c o -


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rresponde enviar diez y seis en vez de quince representantes al Congreso. Lo irritante es que esto se hacía por el Ministro de Ultramar señor Pabié sin alegar la mas pequeña razón ni el mas fútil pretexto. No extrañará, por tanto, á nadie, que t o m a sen en Puerto-Rico extraordinario relieve las corrientes de retraimiento de la lucha electoral y que se diese como muy válida la noticia de la próxima disolución del partido autonomista. Daha autoridad á estos rumores la resolución tomada por el partido autonomista cubano, que, herido en su dignidad y ñel á la promesa que solemnemente había hecho en un célebre manifiesto dado al país en vísperas de las elecciones generales de 1886 de no volver á acudir á los comicios bajo la ley electoral de 1878, había acordado retraerse por mayoría de votos de su Junta directiva y comunicado oficialmente este acuerdo á la primera autoridad de la Isla. Pero otra vez más dieron los puertorriqueños prueba de su sensatez y de su cordura, accediendo á las recomendaciones insistentes del señor Labra, el cual consideraba cobardía insigne retirarse de la lucha en los momentos en que estaban planteados los mas graves problemas coloniales, y para quien el retraimiento es u n a protesta de carácter político, que resultaría infec u n d a , faltando, como faltan, á los autonomistas


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medios de acción y de propaganda con que sustituir en la Península la gestión de sus Diputados. Y hó aquí el importante manifiesto publicado por la Delegación del partido: «Correligionarios: Nos hemos reunido hoy para deliberar y t o mar acuerdo acerca de la actitud que debe adoptar nuestra colectividad en las ya próximas elecciones de Diputados á Cortes. En este acto solemne hemos meditado m u y detenidamente antes de aconsejar nada respecto á lo que tanto puede influir en el futuro d e s envolvimiento del derecho y del progreso en Puerto-Rico. Y, tras detenida discusión, han sido tomados, por mayoría absoluta de votos, los acuerdos de mantener enhiesta la bandera del partido, y de acudir á las urnas, para luchar en ellas hasta sacar triunfantes nuestras candidaturas, en aquellos distritos en que haya probabilidades de buen éxito. La Delegación, pues, recomienda desde l u e go, que los autonomistas, unidos como u n solo hombre, voten las siguientes candidaturas, que sabemos han sido aceptadas ya por los respectivos distritos: Por el de Sabana Grande.—D. Rafael M. d e Labra. Por el de Ponce.—D. Miguel Moya y Ojanguren.


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Por el de Mayágüez.—D. Antonio Cortón y Toro. Por el de Aguadillo,.—D. Agustín Sarda y Llabería. Y además excita á todos los autonomistas á •que, si en algún distrito pueden tomar parte en la lucha para obtener algún resultado ventajoso, vayan á ella con el candidato que acuerden. La Delegación, reservando para próxima oportunidad el decidir lo pertinente á ia p r o testa que hoy existe latente en todos los habitantes de Puerto-Rico, que sienten herida su dignidad, por la desairada situación en que acudimos á los comicios, lastimados por la injusticia de los gobernantes, acuerda también convocar la Asamblea del partido para que, el segundo Domingo de Marzo próximo (1), se reúna en Mayágüez ó en la Capital de la Isla, si las circunstancias inclinasen á resolverlo así al Directorio, á cuya decisión se deja en último caso el acuerdo. Y en esa Asamblea nuestros representantes tomarán todas aquellas resoluciones que exija el decoro del país y que les aconseje el amor que lodos profesamos á esta maltratada Colonia. Autonomistas: á luchar y á vencer. Ponce 11 de Enero de 1891. (1) La reunión de esta Asamblea ha sido aplazada jiata el mes de Mayo.


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Martín R. Corchado.—Luis de Porrata-Doria. —Francisco Cepeda.—Julián Blanco y Sosa.— José H. Ruiz.—Félix Tió Malaret.—Abelardo E . Aguilú.—Rafael Toro Quiñones.—Francisco Mejía.—Pedro Fournier.—Ponentes: Juan Iglesias Genebriera.—José Llorens Echevarría.» Pronto, pues, los representantes del partido autonomista resolverán la suerte futura de esta importante agrupación, cuya influencia en la marcha de la política colonial no podrá ser negada por nadie.



C O N C L U S I Ó N La experiencia de estos últimos años impone á los autonomistas puerto-riqueños la necesidad de variar de rumbo, de rectificar las preocupaciones del localismo y de entrar de lleno en las condiciones generales de la política ingresando en las filas del partido republicano español. La doctrina particularista no ha sido todavía expuesta sistemáticamente por sus doctores ó sus partidarios, pero no es imposible determinarla, teniendo en cuenta fe práctica de sus votos y las expansiones de sus entusiastas. Según ella, la política colonial, no solo es distinta, sino que está separada por completo de la política general. Ue suerte que pide una consagración exclusiva y absoluta, que no i m plica relaciones directas de ninguna clase con la acción general y la marcha total de la política de la Metrópoli. Consecuencia de esta premisa es la idea de que en la cuestión colonial no debe privar otro interés mas que el local ó de la colonia; siendo un factor meramente secundario la complexidad de la vida nacional y, por consiguiente, los gustos, los intereses, las preocupaciones y los elementos todos de las demás regiones de la Metrópoli. 13


194 De aquí también la propensión de reducir la competencia y la autoridad en las cuestiones coloniales á los habitantes de las.colonias. Mucha parte de estas exageraciones corresponde á la juventud é inexperiencia política de las sociedades antillanas que, como los hombres en el momento de salir de la adolescencia, creen que se bastan para todo con sus elementos propios y sus aspiraciones generosas é insaciables. Por tanto, si de ello me ocupo, no es con el mero propósito de censurarlo y menos aun de darle un alcance separatista. Yo soy de los que creen—por el trato? que hace años llevo con muchas distinguidas personas de las Antillas— que en las prevenciones que han existido en aquellas comarcas respecto de la Metrópoli, no han entrado, generalmente hablando, pasión mal sana ni odio profundo á la Madre Patria, como algunos integristas han dado en suponer. Por el contrario, las atribuyo, unas veces á un sentimiento exagerado de la personalidad colonial y otras, las más de ellas, á la reacción producida por los evidentes errores y por el sistema opresor que la Metrópoli ha consentido en aquellos países, principalmente después de 1825. Me ocupo de esa tendencia, para combatirla, porque á quien caña sobre todo y cada vez de un modo más sensible y profundo, es á las Antillas mismas.


CONCLUSIÓN

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De la propia suerte hay que considerar los intermitentes decaimientos que, en cierta paite del público antillano, se producen, tan pronto como surge una seria dificultad ó se detiene, siquiera momentáneamente, el progreso q u e d e los últimos años á esta parte se viene realizando, en cuyo caso brotan de sus labios palabras desalentadoras, explicándose el suceso por causas completamente extrañas á la política que se viene practicando, que es quizá la razón principal ó uno de los mas poderosos motivos del hecho lamentado. Tomando, pues, la cuestión en sus naturales términos, no sería difícil combatir teóricamente las afirmaciones antes referidas; pero lo que desde luego salta á la vista es lo peligroso de la conducta señalada, que, entre otros inconvenientes, ofrece el de prestarse á la reciprocidad de parte de los demás elementos políticos, dejando á los antillanos liberales entregados á sus propios y exclusivos recursos de evidente deficiencia. Negar ésta sería vano empeño. Se necesitaría no haber vivido un mes en la Metrópoli é ignorar por completo lo que en circunstancias análogas hacen en Inglaterra, y particularmente en Londres, los autonomistas irlandeses. En Ultramar se ignora el absoluto desinterés con que tres ó cuatro periódicos de la Metrópoli defienden la solución autonomista; pero ade-


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CONCLUSIÓN

más de que estos periódicos nunca comparten la responsabilidad de un partido local antillano, es claro que no pueden hacer la campaña á diario, como seguramente la harían si contasen por centenares los suscriptores en las Antillas; Como se carece de prensa, faltan los círculos y nadie se atreverá á asegurar que los antillanos residentes en Madrid constituyan un grupo dispuesto á gestionar activamente cerca del Gobierno y á influir sobre la opinión p ú blica respecto de las soluciones avanzadas de la política colonial. Reciente está todavía lo ocurrido en las informaciones abiertas por las Comisiones del Congreso encargadas de d a r dictamen sobre los últimos presupuestos de Puerto-Rico y sobre la proposición de ley del. ár. Moya relativa á la separación de mandos. Exceptuando al Sr. Cortón, peninsulares fuim o s los que acudimos á ellas. Además, abiertas están las cátedras del Ateneo, de El Fomento de las Artes, del Círculo de la Unión Mercantil y de otras mil sociedades de instrucción y d e propaganda: nadie sube á sus tribunas. Esta es la verdad, la dolorosa, la amarga verdad. No es posible, por tanto, negar la p e quenez de los recursos propios y exclusivos de los autonomistas puerto-riqueños. Es un hecho y hay que partir de él. Pues si esto es así, ¿qué juicio merecerá u n a política cuyos resultados inmediatos sean ais-


CONCLUSIÓN

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lar á los pocos representantes del autonomismo en la Península y dejar entregado al partido insular á sus deficientes recursos? Y no se hable del egoísmo ó de la ignorancia de los partidos metropolíticos. Prescindiendo de que solo ellos tienen el derecho de poner en orden los problemas á cuya solución dedican sus esfuerzos, teniendo en cuenta además de la bondad de las causas, la oportunidad de su planteamiento y los medios de que para su triunfo disponen, ¿cómo ni por dónde podrán reprochar su reserva, los que principian por afirmarla absoluta en todo lo que particular y exclusivamente no les interesa? Creemos sinceramente que es hora ya de dar de lado á estos particularismos y de -aprovechar las lecciones de la experiencia. En est o s últimos años Puerto-Rico ha conseguido todas las libertades llamadas necesarias y, sin embargo, el estado aparente de aquella sociedad es el mismo que antes de conquistarlas, por efecto de las dificultades interiores, nacidas del desarrollo del caciquismo, con el cual es un error suponer que podrá acabarse solo por el esfuerzo y la acción de un partido local. Los problemas que allí están planteados n e cesitan para ser resueltos del concurso eficaz, activo y perseverante de fuerzas políticas peninsulares. Y no hay que olvidar que en estos


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CONCLUSIÓN

últimos años se han dado dos hechos de positiva importancia: Primero, la inclusión de la solución a u t o n o mista en el programa de la Minoría de Unión Republicana del Congreso, acordado el 30 de Noviembre de 1887, en el que se contiene la siguiente declaración: «La minoría sostiene la identidad de los derechos políticos y civiles en Cuba y Puerto-Rico respecto de la Península, y en todas las Colonias el mando superior civil, con una organización interior en sentido autonomista, que, afirmando poderosamente la unidad de la Nación y del Estado, consagre de un modo a m plio y eficaz la competencia local para los negocios propiamente coloniales.» Segundo, la inclusión de la autonomía colonial en la Circular de la Minoría de la Asamblea Republicana, publicada por el periódico La Justicia en l.° de Marzo de 1890, y que sirvió de base á la formación del partido Centro Republicano. Decídanse los autonomistas puerto-riqueños y vengan á reforzar las huestes republicanas, seguros de que al prestar á éstas su calurosa adhesión, encontrarán en cambio para sus soluciones el apoyo incondicional y valiosísimo de un partido nacional tan importante como el r e publicano. Después de lodo, los republicanos han sido-


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los únicos auxiliares que para su política han encontrado el partido reformista primero y el partido autonomista después, desde 1879 á esta parte. Además abona este consejo el éxito que para las campañas de los reformistas puertoriqueños, tuvo su ingreso en el partido radical en 1871. La ocasión es propicia. Estando para reunirse en el próximo mes de Mayo la Asamblea del partido, no deben desaprovecharla. Mi consejo es leal y verdaderamente desinteresado, por cuanto las circunstancias especiales de mi vida, me tienen retraído en absoluto de las luchas activas de la política.

F I N D E LA P R I M E R A P A R T E .



APÉNDICE O r g a n i z a c i ó n política, j u r í d i c a , e c o n ó m i c a y a d m i nistrativa

de P u e r f o - R i c o . Legislación

vigente

en 1891.

Administración de Justicia,.—R. D. de 26 de Octubre de 1888.—R. D. de 31 de Octubre de 1890. Apremios por débitos á la Hacienda.—Instrucción de 3 de Diciembre de 1880. Apremios por débitos á la Diputación provincial y Ayuntamientos.—Instrucción de 23 de Julio de 1835. Asociación {Ley para el ejercicio del derecho de).—R. D e creto de 12 de Junio de 1888. Banco Español de Puerto-Rico.—R. D . de 23 de Marzo de 1887.—R. O. de 28 de Enero de 1889. Baños y Aguas minerales.—R. O. de 27 de Febrero de 1890. Cámaras de Comercio.—RR. 0 0 . de 28 de Noviembre de 1888 y de 28 de Octubre de 1889. Carreteras.—Ley de la Península de 4 de Mayo de 1877, aplicada por R. D . de 22 de Enero de 1886. Caza (Ley dé).—La dictada para la Península en 10 de Enero de 1889, aplicada por R. D . de 31 de Julio de 1884. Código civil.—El mismo de la Península aplicado por R. D . de 31 de Julio de 1889. 14


APÉNDICE

Gédigo de Comercio El de la Península, de 22 de A g o s t o de 1885, hecho extensivo á Puerto-Rico por R. D . de 28 de Enero de 1886. Código de Justicia militar.—27 de Septiembre de 1890. Código penal.—El de la Península, aplicado por R. Decreto de 23 de Mayo de 1879. Comercio exterior en 1889.—Importación, 14.177.577'25 pesos.—Exportación, 11.066.683'85 pesos. Comisión de Codificación de las p-omncias de Ültrauar.— R . D. de 9 de Abril de 1880. Composición de terrenos realengos.—R. D . de 17 de Abril de 1884 y Reglamento de la misma fecha. Constitución de Sociedades anónimas.—R. D. de 16 de Agosto de 1878 y Reglamento de la m i s m a fecha. Constitución del Estado.—Promulgada por R. D . de 7 de Abril de 1881. Correos y Telégrafos.—R. D. orgánico de 23 de Mayo de 1884. Desamortización.—R. O. de 24 de Enero de 1857. Disenso paterno (Ley de).—La de 20 de Junio de 1862, aplicada por R. D . de 3 de Febrero de 1882. Empleados.—R. O. de 3 de Diciembre de 1856.—R. Decreto de 2 de Octubre de 1884.—R. D. de 3 de Diciembre de 1886.—R. O.,de 18 de Febrero de 1889. —Ley de 2 de Junio de 1889.—R. D. de 13 de Octubre de 1890. Enjuiciamiento civil {Ley de).—La de 3 de Febrero de 1881, dictada para la Península, reformada para Puerto-Rico por R. D. de 25 de Septiembre de 1885. Enjuiciamiento criminal (Ley de).—La de la Península de 14 de Septiembre de 1882, aplicada á Puerto-Rico por R. D. de 19 de Octubre de 1888. Extranjería (Ley de).—4 de Julio de 1870. Ferrocarriles.—Ley y Reglamento de la Península de 1877 y 1878.—Ley de Presupuestos de 22 de Junio


APÉNDICE

de 1880.=Pliego de condiciones de 17 de Diciembre de 1886.—R. ü . de 7 de Febrero de 1888. Gobierno general de la, Ma.-A.it. 1.° del Decreto de 10 de Marzo de 1874.—R. D. de 8 de Noviembre de 1878, que hizo extensivo á Puerto-Rico el de 9 de J u nio del mismo año, dictado para la Isla de Cuba.— A r t s . 8.° y 9.° de la Ley constitutiva del Ejército de 29 de Noviembre de 1878, Instrucción pública.—D. de 29 de Julio de 1874.—Real Decreto de 10 de Octubre de 1879.—R. O. de 11 de Octubre de 1879.—R. O. de 24 de Marzo de 1880.— R. O. de 25 de Abril de 1882.—R. D- de 5 de Junio de 1887.—R. O. de 19 de Junio de 1890. Junta provincial de Agricultura, Industria y Comercio.— R. D . de 12 de Julio de 1883. Jurisdicción contencioso administrativa.—R. D . de 23 de Noviembre de 1888, aplicando la Ley de 13 de S e p tiembre del m i s m o año, dictada para la P e n í n s u l a . ley Hipotecaria.—ha. de 21 de Diciembre de 1869 de la Península, aplicada por R. D . de 6 de Diciembre de 1878. Ley Municipal—&4 de Mayo de 1878.—A.rt. 17 de la Ley de Presupuestos de 18 de Junio de 1890. Ley Provincial.—24 de Mayo de 1878. Matrimonio civil.—R. D. de 2 de Marzo de 1883, aplicando los arts. 44 á 78 de la Ley de 1870-—R. D. de 12 de Noviembre de 1886, aplicando el de 9 de Febrero de 1875. Montes.—R. D . de 21 de Abril de 1886. Obras públicas.—Ley de la Península de 13 de Abril de 1877, aplicada por R. D . de 21 de Mayo de 1881. Presupuestos generales.—Los de 1890-91 se elevan: el de gastos, á pesos 3.633.586'60; el de ingresos, á pesos 3.683.100. Presupuestos municipales.—Los de l o s 71 municipios de


APÉNDICE

la Isla importaron en 1887-1888:—Los de gastos pesoa 2.314.106'33.—Los de ingresos, pesos 2.544.<353'09. Propiedad industrial.—R. D. de 21 de Agosto de 1884.. —R, O. de 13 de Febrero de 1889. Propiedad intelectual.—R. O. de 27 de Abril de 1887.— R. D. de 3 de Majo de 1 8 8 7 . — R . O. de 9 de Enero de 1889. Protección de los niños (Ley de).—La de 26 de Julio de 1878, aplicada por R. D. de 30 de Mayo de 1879. Recargos municipales. —Art. 8.° de la Ley de Presupuestos de 18 de Junio de 1890. Registro civil.—R. D. de 8 de Enero de 1884, aplicando la Ley provisional de 17 de Junio de 1870. Reunión pacífica.—R. D. de 1 d e Noviembre de 1881, extendiendo á Puerto-Rico la Ley de 15 de Junio de 1880. Servicio militar.—Ti. D. de 1.° de Junio de 1877. — Reglamento de 26 de Diciembre de 1877.—Reglamenta de 22 de Enero de 1883.—Arts. 20, 183, .187 y otro», de la Ley de 11 de Julio de 1885.


ÍNDICE Página»

INTRODUCCIÓN PRIMERA P A R T E . Bosquejo histórico CAPÍTULO I.—Desde la conquista hasta las i n vasiones de los ingleses y holandeses CAPÍTULO II.—Período de las invasiones de los ingleses y holandeses CAPÍTULO I I I . — R é g i m e n y situación de la Isla hasta el siglo x i x CAPÍTULO IV.—Las gestiones de P o w e r y las reformas de Ramírez CAPÍTULO V.—El régimen de la desconfianza... CAPÍTULO VI.—La Junta de información CAPÍTULO VIL—Los excesos del militarismo y los albores de la reforma CAPÍTULO VIII.—Las luchas d é l o s partidos CAPÍTULO IX.—Las reformas CAPÍTULO X.—La reacción de 1 8 7 4 y el golpe de gracia de la Restauración CAPÍTULO XI.—Reformistas é i n c o n d i c i o n a l e s . . . CAPÍTULO X I I . — E l partido autonomista CAPÍTULO XIII.—El terror CAPÍTULO XIV.—El partido liberal y las reformas ultramarinas CONCLUSIÓN APÉNDICE.—Organización política, jurídica, económica y administrativa de PuertoRico.—Legislación vigente en 1 8 9 1

1 7 9 15 25 31 43 51 69 81 95 119 13& 149 167 181 193

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OBRAS PARA

CONSULTADAS

ESCRIBIR

LA

PRÉSENTE

ABAD (Fr. Iñigo).—Historia geográfica, civil y natural de la Isla de Puerto-Rúo. Anotada por don José J . Acosta. Puerto-Rico, 1866. ANDRÉS ( S * ) . — L a reforma electoral en nuestras Antillas. Madrid, 1889. ANÓNIMO.—¿a situación de Puerto-Rico, las falacias de los conservadores y los compromisos del partido radical. Madrid, 1872. » —La abolición en Puerto Rico. (Primeros efectos de la Ley de 22 de Marzo de 1873).— Madrid, 1873. » —Los Diputados americanos en las Cortes españolas.—Los Diputados de Puerto-Rico (18721873).—Madrid, 1880. > —El partido autonomista puerto-riqueño.—Protesta del Directorio y de la D e l e g a c i ó n . — Madrid, 1868. > —Puerto-Rico por dentro. Cartas abiertas. Julio y Agosto de 1888.—Madrid, 18Í8. BALDORIOTY DE CASTRO ( D . Román). — Las facultades omnímodas en 1811 y los Diputados de PuertoRico en 1869.—Madrid. 1869. CÉLIS AGUILERA (D. José de).—Mi honradez política y la de mis detractores.—Puerto-Rico, 1885. CEPEDA (D. Francisco).—Catecismo autonomista ó la autonomía colonial al alcance de todos.—Ponce, 1888. » —Conferencias de Abidi celebradas con el Jefe de la minoría autonomista parlamentaria, don Rafael M. de Labra, sobre política antillana. —Ponce, 1890. CÓRDOBA ( D . Pedro Tomás de),—Memorias geográficas, históricas, económicas y estadísticas de la Isla de Puerto-Rico. — Cinco tomos. — PuertoRico, 1831-1832. LABRA.—La cuestión social en las Antillas españolas, Madrid, 1870. > —La abolición de la esclavitud en las Antillas españolas.— Madrid, 1873.


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OBRAS D E L O S AUTORES.

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Haba-

na, 1885. L a s I s l a s C a r o l i n a s y l a s Marianas: —Un folleto—Madrid, 1885.

Del SR. SENDRAS : Cómo s e gobierna e n Puerto-Rioo; —Un folleto.—Madrid, 1886. L a s ©lecciones d e Cuba e n 1886.— Un folleto.—Madrid, 1886. I>. Rafael M . de Labra.—Estadio biográfico.—Un folleto.—Madrid, 1887. XJn n u e v o partido.—Antecedentes , formación y aspiraciones del partido autonomista puertoriqueño.—Un folleto.—Madrid, 1888. La r*»forma e l e c t o r a l e n n u e s t r a s Antillas.—Uu folleto.—Madrid, 1889.



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