Nº40 junio 2013 - Boletin AECPArona

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Edita:

Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesionales de Arona Deposito Legal:

TF - 1.340 - 2.001 Época : 5º - Año: 2013 Presidente:

Antonio Luis Glez. Núñez Redacción:

J. Alexis Rguez. Remedios Mª. Esmeralda Rguez. Paulina Salas Guerrero Fotógrafos: Manuel Expósito, Moisés Pérez Daniel Cetrulo, Jesús de Sousa Diseño Gráfico:

La Frase

2.

Certificados de Eficiencia Energética

4.

Ley de Emprendedores

6.

Entregado el premio del DÍA DE LAS MADRES 2013

9.

Unidad de Rescate y Emergencia Empresarial (U.R.E.E.)

11.

Apostamos por el Comercio Tradicional

12.

Calendario de Contribuyente Nacional — MAYO

13.

Curso de Capacitación de Transportes

12.

ALGN - MSE Director Comercial:

Miguel A. Coletto Estévez Distribución:

A.L.O.G. - Publicidad

ARTÍCULO 20, Apartado a) Se reconocen y protegen los derechos, a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.


CLAVES DEL REAL DECRETO 235/2013 DE 5 DE ABRIL, POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS ¿A quién y en qué afecta?

¿Qué es el certificado de eficiencia

Los afectados por este RD serán propietarios de

energética?

inmuebles,

futuros

Este certificado es una documentación

arrendatarios, promotores y administraciones

suscrita por un técnico competente, que

públicas.

contiene información sobre las característi-

Se aplicará a edificios de nueva construcción.

cas y la calificación energética del inmueble.

• Edificios o partes de edificios existentes de

• Para otorgarlo, el técnico analizará las

futuros

compradores,

2

más de 50 m de superficie útil, que se vendan

características energéticas del edificio:

o

arrendatario.

envolvente térmica, instalación térmica y

• Edificios o partes de edificios en los que una

de iluminación, ocupación, confort térmico

autoridad pública ocupe una superficie útil total

y lumínico, y calidad del aire interior entre

alquilen

a

un

nuevo

2

superior a 250 m y sean frecuentados de manera habitual por público.

otros. • El propietario del inmueble es el responsable de solicitar dicho certificado, de conservarlo y de presentarlo al órgano competente de la Comunidad Autónoma para

su

inscripción

en

el

registro

correspondiente. Su validez es de diez años máximo, transcurridos los cuales debe renovarse.


¿Quién puede certificar la propiedad? El propietario del inmueble, podrá elegir al certificador de eficiencia energética, que deberá ser un técnico en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Este técnico • En el caso de que se trate de un edificio que no

puede

está construido todavía, el vendedor debe solicitar la

propietario del inmueble.

certificación energética del proyecto, y una vez

ser

elegido

libremente

por

el

construido, en el caso de que el proyecto haya sido

¿Qué sucede si no se cumple con los

ejecutado de acuerdo a lo establecido, se expide el

requisitos del Real Decreto?

certificado

terminado.

El órgano competente de cada Comunidad

• Además, si se vende un edificio existente, el

Autónoma puede llevar a cabo cuantas

certificado de eficiencia energética obtenido debe

inspecciones crea necesarias para comprobar

ponerse a disposición del comprador. En cambio, si

y vigilar el cumplimiento de la obligación de

se trata de un contrato de alquiler, bastará con

certificación de eficiencia de los edificios.

energético

del

edificio

enseñar y poner a disposición del inquilino una copia del certificado.

El incumplimiento de lo recogido en el RD se considera infracción y se procederá a la

¿Qué es la etiqueta energética?

sanción del propietario del inmueble de

Una vez obtenido el certificado de eficiencia

acuerdo con el Real Decreto Legislativo

energética, el propietario tiene derecho a utilizar la

1/2007 de 16 de noviembre, que establece la

etiqueta de eficiencia energética durante el periodo

cuantía de las infracciones en leves, graves y

de validez del mismo.

muy graves:

• Esta etiqueta clasifica los edificios dentro de una

• Las infracciones leves ascenderán hasta

escala de siete letras, que varía de la letra G (edificio

3.005,06€.

menos eficiente) a la A (edificio más eficiente) y se

• Las graves variarán entre 15.025,31€ y

debe incluir en toda promoción dirigida a la venta o

601.012,10€.

arrendamiento del inmueble.

• Las muy graves podrán incluso rebasar dicha

• Siempre que se trate de un edificio de titularidad

cantidad hasta alcanzar cinco veces el valor de

privada frecuentado por el público, y con una

los bienes o servicios objeto de infracción.

2

superficie útil igual o superior a 500 m , será obligatoria la exhibición de la etiqueta. En el caso de los edificios públicos, su superficie deberá superar los 250 m2. Para el resto de los casos es voluntaria y de acuerdo con lo que apruebe cada comunidad autónoma.


Los contratos celebrados con menores de 30 años tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial de la seguridad Social del 100% para empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para empresas de mayor tamaño. Las condiciones a cumplir por los trabajadores son las siguientes: No tener experiencia laboral, o que ésta sea inferior a tres meses. Encontrarse en situación de desempleo y llevar inscrito como demandante del empleo al menos durante los doce meses anteriores a la contratación. Proceder de otro sector de actividad. Formación en idiomas o TIC de una duración al menos de 90 horas en el conjunto de un año. La formación debe ser acreditable o incentivada por los servicios públicos de Empleo. La formación la deben haber realizado los seis meses anteriores a la celebración del contrato. La jornada no deberá ser nunca superior al 50% de la jornada completa. No se podrán acogerlas empresas que hayan celebrado decisiones extintas improcedentes. La empresa contratante tendrá que mantener

el nivel de empleo alcanzado con el contrato durante la duración del mismo. Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Las empresas que contraten de manera indefinida, a tiempo completo o parcial, a un joven desempleado menor de treinta años tendrán derecho a una reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante el primer año de contrato. Para acogerse a esta medida deberá haber cumplido los requisitos que a continuación se exponen: Tener en el momento de la celebración del contrato una plantilla igual o inferior a nueve trabajadores. No haber realizado decisiones extintivas improcedentes en los seis meses anterior a la celebración del contrato. No haber tenido nunca ningún vínculo laboral con el trabajador. La empresa deberá mantener el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato a que se refiere este artículo durante al menos un año desde la celebración del contrato. La empresa tendrá que mantener en el empleo al trabajador contratado al menos 18


meses desde la fecha de inicio del contrato. Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Tendrán derecho a una reducción del 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social durante los doce meses siguientes a la contratación de los trabajadores por cuenta propia menores de 30 años y sin trabajadores asalariados que desde la entrada en vigor de este real decreto-ley contraten por primera vez de forma indefinida mediante un contrato de trabajo a tiempo completo o parcial a personas desempleadas de igual o superior a 45 años inscritas como desempleadas en la oficina de empleo al menos durante 12 meses o que resulten beneficiarios del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo. Se deberán cumplir los siguientes requisitos: Se deberá mantener el empleo por lo menos durante 18 meses desde el inicio de la relación laboral. La acumulación incompatible.

de

reducciones

es

Primer empleo joven. Se incentiva la celebración de contratos temporales con jóvenes desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses. Las empresas que una vez pasado el plazo mínimo de 3 meses desde la celebración del contrato transformen en indefinidos este tipo de contratos tendrán derecho a una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social

de 41.67 €/mes (500/año) durante 3 años siempre que la jornada sea inferior al 50%, en el caso de que sea contratada una mujer la bonificación será de 700 €/año. La empresa deberá mantener el nivel de empleo alcanzado con la transformación del contrato durante al menos 12 meses. Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo. Se podrán celebrar contratos en prácticas aunque hayan transcurrido 5 o más años desde la terminación de los correspondientes estudios. Las empresas que concierten un contrato en prácticas con un menor de 30 años tendrán derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante toda la vigencia del contrato de trabajo en practicas la reducción será del 75%. Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social. Bonificaciones en las cuotas empresariales de la Seguridad Social durante 3 años aplicable a cooperativas o sociedades laborales que incorporen trabajadores desempleados menores de 30 años como socios trabajadores. Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas menores de 30 años en situación de exclusión social, la bonificación será de 1.650€/año durante 3 años en el caso de contratación indefinida o durante la vigencia del contrato.



El pasado día 16 de mayo y como figuraba publicado en las bases del la Campaña de Las

al 5 de Mayo, siendo el sorteo el 10 de Mayo y el día 16 la entrega del premio al ganador.

Madres 2013, se celebró la entrega de premios del

Esperamos que el ganador disfrute de su

sorteo, dentro del Plan de Dinamización Comercial

viaje y siga consumiendo en el comercio local.

de la Asociación de Empresarios de Arona.

Esta

nueva

iniciativa

viene

a

Por expreso deseo del ganador del sorteo, que

complementar la ya larga oferta continua de

nos ha solicitado mantener su anonimato, no se ha

actividades y eventos de divulgación y

realizado, publicación alguna de ningún recurso

promoción de carácter gratuito de la A.E.C.P.

fotográfica, cumpliendo así con deseo recogido en la

Arona, esperando poder contar con el

Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.

respaldo de todos para fomentar el consumo

La Campaña del “Día de las Madres” 2013, este año bajo el lema “Un regalo para cada Madre”, y logró superar los objetivos previstos en cuanto a difusión y alcance, impulsando así la actividad comercial de nuestro municipio. La Campaña que se desarrolló del 19 de Abril

en nuestro Municipio. Desde la Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesionales de Arona, queremos expresar nuestro agradecimiento a todos nuestros asociados, por confiar en el colectivo, para la defensa de sus intereses y en nuestras campañas de dinamización comercial.




Para publicar su opinión en esta sección el autor deberá remitir nombre, apellidos y D.N.I. Este último no será publicado en cumplimiento de la L.O.P.D.

Envíe sus cartas a:

Quiero hacer publico mi agradecimiento y le doy las gracias a los miembros de la A.E.C.P. Arona por el exquisito trato y la diligencia en la tramitación y la respuesta a mi problema particular que hace unas semanas les plantee y que afortunadamente ya ha sido resuelto, y por ello hago publica esta pequeña reseña, para poner en valor el trabajo que hacen y que nadie valora en su justa medida ya que solo nos quejamos de que la cuota es cara y un gasto de eliminar, pero me han demostrado que juntos sí somos fuertes y es invertir en nosotros mismos si estamos todos unidos. Tuve problemas en mi establecimiento y no encontraba una solución satisfactoria, pasaba un miembro de la Junta y tras hablar con el me recomendó que tuviera una reunión en la Asociación y se encargaban de gestionar todo.

info@empresariosdearona.com

Tras la reunión en la que les expliqué mi caso y me pidieron toda clase de documentación y me pasaron con el letrado. La Asociación de Empresarios se encargó de hacer las gestiones oportunas ante el Ayuntamiento de Arona y el Concejal del Área, logrando saltarse la dictadura de los funcionarios que no ven mas allá de su titulitis aguda. No se trataba de realizar ninguna ilegalidad solo hacer el trabajo que no quería hacer el funcionario de turno y en tres semanas se solucionó algo que llevaba trabado más de cinco años. Es de bien nacidos ser agradecidos y les doy las gracias por el trabajo realizado y por que se demuestre la valía y la calidad humana de las personas. J.M.G.L.



Horarios adaptados a las necesidades del alumno MetodologĂ­a activa adaptada a las necesidades y niveles del alumno

Material de estudio, Test y Casos PrĂĄcticos incluidos Grupos Reducidos TutorĂ­as personalizadas y Clases presenciales

Profesorado cualificado con amplia experiencia docente


Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesionales de Arona C./ Barranquillo, nº: 11 - 38.650 Los Cristianos - Arona Tel./Fax: 922 751 555

info@empresariosdearona.com

DATOS PERSONALES: Don / Doña: ___________________________________________________________________________________________ Empresa: ___________________________________________________ C.I.F./ N.I.F.: _______________________________ Dirección: _____________________________________________________________________________________________ Población: _____________________________________________________ Municipio: ______________________________ Código Postal: ________________________ Actividad de la Empresa: ___________________________________________ Teléfonos: _______________ / ________________ / _______________ / _______________ Fax: _____________________ E-mail: __________________________________________________ Pagina Web: __________________________________ Observaciones: ________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________________

DATOS DOMICILIACIÓN BANCARIA: Caja / Banco: ________________________________________ Sucursal: _______________________________ Entidad: ____________ Oficina: ____________ D.C.: _______ Nº Cuenta: ______________________________

Autorizo a la Asociación de Empresarios, Comerciantes y Profesiones de Arona a cargar en mi Nº de Cuenta las cuotas mensuales establecidas y aprobadas en Asamblea General. Nº Trabajadores CUOTA MENSUAL

1a5 20€

6 a 10 30€

11 a 25 50€

26 a 50 70€

51 a >100 95€

Importe de la Cuota: ________________€. Arona, a ____ de _________________________ de 201__.

Firmado: _____________________________________

 El interesado otorga su consentimiento inequívoco, para el tratamiento de sus datos por parte de la A.E.C.P. Arona. En cumplimiento del artículo 5 de la Ley 15/1999 se informa que los datos de carácter personal que constan en esta notificación se incluirán en el fichero de nombres de la base de datos de la A.E.C.P. Arona, la finalidad del fichero en la gestión de las cuotas y transmisión de toda la información a los asociados y será gestionada exclusivamente por el personal de la Asociación. Los interesados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación o cancelación de sus datos personales en cualquier momento.



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