Libro femicidio y suicidio de mujeres por razones de género

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FACULTAD LATINOAMERICANA DE CIENCIAS SOCIALES SERIE LIBROS FLACSO-CHILE

FEMICIDIO Y SUICIDIO DE MUJERES POR RAZONES DE GÉNERO. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe

Gabriel Guajardo Soto y Verónica Cenitagoya Garín (Editores)

Santiago de Chile, junio de 2017


Esta publicación debe citarse como: Guajardo, G. & Cenitagoya, V. (Eds.) (2017). Femicidio y suicidio de mujeres por

razones de género. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe. Santiago de Chile: FLACSO-Chile.

Ediciones FLACSO-Chile Av. Dag Hammarskjöld 3269, Vitacura - Santiago de Chile www.flacsochile.org Impreso en Santiago de Chile Junio de 2017 ISBN Libro impreso: 978-956-205-261-0

Descriptores: 1. Femicidio 2. Feminicidio 3. Suicidio 4. Mujeres 5. Violencia extrema de género 6. Violencia contra las mujeres 7. Cooperación Sur-Sur 8. América Latina 9. El Caribe 10. Políticas públicas

Producción Editorial: Marcela Zamorano, FLACSO-Chile. Diagramación interior: Marcela Contreras, FLACSO-Chile. Diseño de portada: Marcela Zamorano, FLACSO-Chile. Impresión: Gráfica LOM, Concha y Toro 25, Santiago, Chile

Este libro es una publicación de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile. Sus contenidos no pueden ser reproducidos o traducidos totalmente o en parte, sin autorización previa de FLACSO-Chile. Las opiniones versadas en los artículos que se presentan en este trabajo, así como los análisis e interpretaciones que de estos se infieren, son de responsabilidad exclusiva de sus autores(as) y no reflejan necesariamente la visión y puntos de vista de FLACSO-Chile ni de las instituciones a las cuales se encuentran vinculados(as).


ÍNDICE

AGRADECIMIENTOS 15 PRESENTACIÓN 17 Claudia Pascual Grau PRESENTACIÓN 21 Laura Echeverría Correa PRESENTACIÓN 25 Juan Pablo Lira Bianchi PRESENTACIÓN 29 Ángel Flisfisch Fernández

INTRODUCCIÓN 33 Gabriel Guajardo Soto y Verónica Cenitagoya Garín PARTE I. EL DEBER DE LA PREVENCIÓN Y LA ACCIÓN INTEGRAL PARA LA VIOLENCIA EXTREMA DE GÉNERO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

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CAPÍTULO 1. Frente a la violencia de género: deberes de prevención en contextos contra la mujer e investigación en conflicto armado. Desarrollos jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Julie Diane Recinos y Jorge Calderón Gamboa

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CAPÍTULO 2. Hacia una acción integral en materia de femicidio/feminicidio para América Latina y el Caribe Adriana Quiñones Giraldo

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PARTE II. RESPUESTAS NACIONALES ANTE VIOLENCIAS EXTREMAS DE GÉNERO

87

CAPÍTULO 3. El feminicidio en el Perú. Políticas públicas para su prevención y erradicación Russela Zapata Zapata

89

CAPÍTULO 4. La medición del femicidio en Costa Rica Jeannette Arias Meza

101

CAPÍTULO 5. Atención integral a mujeres víctimas de violencia durante el proceso judicial penal en Guatemala Dora Amalia Taracena

111

CAPÍTULO 6. El Salvador. Respuesta institucional de atención especializada a las mujeres en situación de violencia por razones de género Gertrudis de Jesús Calles de Lucero

139

ENTREVISTA A CAROLA SEPÚLVEDA SALINAS 155 Encargada de Género, Abogado, DIFROL, Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobierno de Chile. Asistente a seminario internacional sobre violencia extrema de género CAPÍTULO 7. La perspectiva de género en los planes gubernamentales de prevención del suicidio en América Latina y el Caribe Gabriel Guajardo Soto, Verónica Cenitagoya Garín, Ángel Ortiz Tribiños, Juan Carlos Adasme Pinto

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ENTREVISTA A PAULINA DEL RÍO JIMÉNEZ 173 Presidenta de la Fundación José Ignacio. Asistente a seminario internacional sobre violencia extrema de género PARTE III. LA DOMINACIÓN PATRIARCAL DESDE SUS MARCAS CONTEMPORÁNEAS EN LAS VIOLENCIAS EXTREMAS CONTRA LAS MUJERES

177

CAPÍTULO 8. El patriarcado contemporáneo y sus violencias extremas contra las mujeres Magdalena Valdivieso Ide

179

CAPÍTULO 9. Mujeres marcadas por la inmigración: del otro lado de lo chileno María Emilia Tijoux Merino

193

CAPÍTULO 10. Manifestaciones extremas de violencia heterowingkapatriarcal contra mujeres indígenas del Abya Yala: el genocidio colonial reeditado en feminicidios Doris Quiñimil Vásquez

205

ENTREVISTA A CLAUDIA BAROS AGURTO 237 Psicóloga, experta en investigación de mercado. Asistente a grupo de estudio y seminario internacional sobre violencia extrema de género PARTE IV. COOPERACIÓN SUR-SUR ANTE LAS VIOLENCIAS EXTREMAS DE GÉNERO: perspectivas, aportes, desafíos y aprendizajes

245

CAPÍTULO 11. 247 La violencia extrema de género y la mirada desde la Cooperación Sur-Sur: aportes y desafíos Ana María Portales Cifuentes, Gloria Yáñez Figueroa y Pierre Lebret CAPÍTULO 12. 273 El diseño del proyecto de cooperación Sur-Sur en violencia extrema de género contra las mujeres 2014-2016 Gabriel Guajardo Soto, Verónica Cenitagoya Garín, Juan Carlos Adasme Pinto, Ángel Ortiz Tribiños

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CAPÍTULO 13. Aprendizajes de un foro público en violencia extrema de género contra las mujeres: sistematización de una experiencia de coparticipación entre 2015 y 2016 Verónica Cenitagoya Garín, Gabriel Guajardo Soto, Juan Carlos Adasme Pinto, Ángel Ortiz Tribiños

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AUTORES Y AUTORAS

343

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SIGLAS Y ACRÓNIMOS

A/HRC/30/4

Report of the Working Group on the Human Rights Indigenous Peoples

ACADE

Academia Diplomática (Chile)

ACNUDH

Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

ADN

Ácido Desoxirribonucleico

AECID

Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo

AGCI

Agencia Chilena de Cooperación Internacional

AGCID

Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo

AIAMP

Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos

ANAMURI

Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (Chile)

AOD

Ayuda Oficial al Desarrollo

BBC

British Broadcasting Corporation

BID

Banco Interamericano de Desarrollo

CAD

Comité de Ayuda al Desarrollo

CADH

Convención Americana de Derechos Humanos

CAD/OCDE

Comité de Ayuda al Desarrollo

CARIMAN

Red de Acción de Hombres del Caribe

CARICOM

La Comunidad del Caribe

CELAC

Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños

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CEPAL

Comisión Económica para América Latina y el Caribe

CEDAW

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer

CEFEMINA

Centro Feminista de Información y Acción (Costa Rica)

CEH

Comisión para el Esclarecimiento Histórico (Guatemala)

CERJ

Consejo de Comunidades Étnicas Runugel Junam (Guatemala)

CHIRAPAQ

Centro de Culturas Indígenas del Perú

CID

Cooperación Internacional al Desarrollo

CIDEJ

Centro de Información y Desarrollo Judicial (Guatemala)

CIES

Centro de Investigaciones y Estudios Sociales

CIM

Comisión Interamericana de la Mujer

CIPST

Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura

CONDEG

Consejo Nacional de Desplazados de Guatemala

COMMCA

Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica y República Dominicana

Corte IDH

Corte Interamericana de Derechos Humanos

CSS

Cooperación Sur-Sur

CSW

Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer

CSW57

Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (número 57)

CT

Cooperación Triangular

CTPD

Programa de Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo

CVR

Comisión de la Verdad y Reconciliación (Perú)

DICONTE

Dirección Nacional contra el Terrorismo (Perú)

DIVISE

División de Investigación y Secuestro (Perú)

ECMIA

Enlace Continental de Mujeres Indígenas de las Américas

ECOSOC

Consejo Económico y Social (UN)

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EE.UU.

Estados Unidos

FACSO

Facultad de Ciencias Sociales (Universidad de Chile)

FIMI

Foro Internacional de Mujeres Indígenas

FLACSO

Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales

FNUAP

Fondo de Población de Naciones Unidas

FONIS

Fondo Nacional de Investigación y Desarrollo en Salud (Chile)

INEGI

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (México)

GAM

Grupo de Apoyo Mutuo (Guatemala)

ILEA

Academia Internacional para el Cumplimiento de la Ley

INAMU

Instituto Nacional de las Mujeres (Costa Rica)

INDH

Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile

INMUJERES

Instituto Nacional de las Mujeres (México)

ISDEMU

Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer

GIZ

Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit

GLTBI

Gays, Lesbianas, Transgénero, Bisexuales, Intersexuales

GRILAC-FLACSO

Grupo Regional de Investigación en América Latina y el Caribe de FLACSO

GED

Género en Desarrollo

LAC

Latinoamérica y el Caribe

LEIV

Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (El Salvador)

LGBTTTI

Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros, Travestis, Transexuales e Intersexuales

LRN

Ley de Reconciliación Nacional (El Salvador)

MED

Mujer en el Desarrollo

MESECVI

Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará

MINMUJERYEG

Ministerio de la Mujer y Equidad de Género (Chile)

MIMP

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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MRTA

Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (Perú)

OACNUDH

Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

ODM

Objetivos de Desarrollo del Milenio

OEA

Organización de Estados Americanos

OECD

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico

OEGS

Observatorio de equidad de género en salud en Chile

OIT

Organización Internacional del Trabajo

OCAC

Observatorio contra el Acoso Callejero de Chile

ONG

Organismo no Gubernamental

OPS

Organización Panamericana de Salud

OMS

Organización Mundial de la Salud

ONU

Organización de las Naciones Unidas

ONU Habitat

Oficina Regional para América Latina y el Caribe del Programa de Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos

ORNUSA

Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz

OSC

Organizaciones de la Sociedad Civil

PIB

Producto Interno Bruto

PLIEJ

Plan Iberoamericano de Estadísticas Judicial

PMA

Países Menos Adelantados

PNC

Policía Nacional Civil de El Salvador

PNP

Policía Nacional del Perú

PNUD

Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo

SAI

Sistema de Atención Integral a las Víctimas de Violencia contra la Mujer (Guatemala)

SAMHSA

Substance Abuse and Mental Health Service Administration

SEGIB

Secretaría General Iberoamericana

SERNAM

Servicio Nacional de la Mujer (Chile)

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SERNAMEG

Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (Chile)

SICA

Sistema de Integración de Centroamérica

UNFPA

Fondo de Población y Desarrollo de Naciones Unidas

UNICEF

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia

UNIMUJER-ODAC Unidades Institucionales de Atención Especializada a Mujeres en Situación de Violencia de la Oficina de Atención Ciudadana de la Policía Nacional Civil de El Salvador UNODC

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito

TEDH

Tribunal Europeo de Derechos Humanos

TPIR

Tribunal Penal Internacional para Ruanda

VCM

Violencia contra la Mujer

VIF

Violencia intrafamiliar

VIH

Virus de Inmunodeficiencia Humana

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AGRADECIMIENTOS

La Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, sede académica de Chile, FLACSO-Chile agradece a las personas que participaron en el grupo de estudio y seminario internacional “Violencia extrema de género contra las mujeres: femicidio y suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur”, ambas actividades realizadas el año 2016. Se agradece a las autoridades y especialistas asistentes al seminario internacional de los días 28 y 29 de noviembre de 2016, en Santiago de Chile. Especialmente a las señoras Russela Antonieta Zapata Zapata, Viceministra de la Mujer, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. República del Perú. A Jeannette Arias Meza, Jefa Secretaría Técnica de Género, Poder Judicial de Costa Rica; Gertrudis de Jesús Calles de Lucero, Jefa Unidad de Atención Ciudadana de la Policía Nacional Civil, Policía Nacional Civil, República de El Salvador; Alejandra Negrete Morayta, Comisionada Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres de la Secretaría de Gobernación, Gobierno de México; Adriana Quiñones, Asesora Regional del Programa para el Fin de la Violencia contra la Mujer, ONU Mujeres para las Américas y el Caribe, Oficina Regional en Panamá; Dora Amalia Taracena, Coordinadora. Unidad de Control, Seguimiento y Evaluación de los Órganos Especializados en delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer Judicial, República de Guatemala. Nuestro reconocimiento al comité de seguimiento ad hoc del proyecto “Violencia extrema de género contra las mujeres: femicidio y suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur”. Este comité colaboró activamente en la implementación de esta iniciativa y estuvo formado por los siguientes profesionales: Angélica Marín Díaz, Alicia Candia Molina, Mitzi Figueroa,

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Paloma Galaz Lillo, equipo de SernamEG, Chile; Vesna Madariaga y Fabiana Santa Rosa del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, Chile; Gloria Yáñez Figueroa y Juliana Zedan Santos de AGCID Chile; Verónica Cenitagoya Garín, Ángel Ortiz Tribiños, Juan Carlos Adasme Pinto, Marcela Díaz y Gabriel Guajardo Soto de FLACSO-Chile. A las autoridades públicas que asumieron el compromiso en impulsar la realización de un foro público en los temas de femicidio y suicidio por razones de género, especialmente a la señora Claudia Pascual Grau, Ministra, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, Gobierno de Chile; a la señora Laura Echeverría Correa, Directora Nacional del SernamEG, Chile, Gobierno de Chile; al señor Juan Pablo Lira Bianchi, Embajador y Director Ejecutivo de la AGCID, Gobierno de Chile; Eugenio Pérez y Ana María Portales Jefes de Departamento de la AGCID, Gobierno de Chile.

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PRESENTACIÓN

La violencia contra las mujeres, en sus más diversas manifestaciones, ha sido objeto de preocupación mundial y su erradicación constituye un compromiso que numerosos Estados hemos asumido siguiendo los mandatos de la Convención Belém do Pará y de la Declaración de Pachuca de 2014. Se trata de un fenómeno que presenta un profundo arraigo cultural que, pese a los importantes esfuerzos desplegados por los estados, los organismos internacionales y, especialmente, las organizaciones de mujeres y feministas de la sociedad civil, aún no ha logrado ser erradicado. El Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet Jeria ha impulsado una agenda de género transformadora, para la consagración de derechos y autonomías de las mujeres. En el año 2014 se elaboró un Plan Nacional de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres 2014-2018, cuyo objetivo general es articular e implementar acciones intersectoriales y participativas para una respuesta integral y de calidad, que promueva el derecho a una vida libre de violencias a las mujeres, tanto en el ámbito público como privado. Este Plan de Acción incluye cuatro líneas de acción estratégica: i) Prevención de la violencia contra las mujeres, a partir de la cual se instala el año 2015 el Programa de Formación de Monitores y Monitoras Comunitarias en Prevención de violencia con dirigentes sociales, habiendo hasta el momento formado a 3.647 dirigentes y dirigentas. ii) Articulación y fortalecimiento del sistema de atención, en virtud de la cual se ha trabajado en la conformación de Circuitos Regionales de Femicidio que se articulen también en el seguimiento y protección de las mujeres sobrevivientes para evitar nuevos ataques femicidas.

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Se ha coordinado a las Policías, Ministerio Público, Ministerio del Interior y Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, a fin elaborar una Pauta Unificada de Evaluación del Riesgo cuando las mujeres llegan a realizar las denuncias. Asimismo, dentro de esta línea de acción estratégica se ha desarrollado el Programa Nacional de Capacitación en modalidad presencial o vía e-learning, a través de un Curso básico de 30 horas cronológicas, denominado: “Herramientas para el abordaje de la Violencia contra las Mujeres”, habiéndose inscrito 591 funcionarios y funcionarias públicos en los años 2015 y 2016, de los cuales 470 recibieron certificación. Respecto a los Cursos Presenciales, éstos consisten en cuatro horas cronológicas o más, capacitando a 25.415 personas entre 2015 y 2016, la mayoría funcionarios y funcionarias públicos, en las quince regiones del país. iii) Acceso a la justicia y sanción efectiva, se ha impulsado el estudio de la legislación vigente para realizar propuestas de modificaciones legales. En el marco de este trabajo se aprobó en el Congreso Nacional en el mes de marzo recién pasado la ley que “Sanciona el Maltrato Corporal Único Relevante”, lo que permitirá abordar la investigación penal sin tener que esperar a la calificación de maltrato habitual de agresiones en contra de mujeres, niños y niñas, adultos mayores y familiares en situación de discapacidad en el marco de la actual ley de Violencia Intrafamiliar. También se presentó ante el Congreso Nacional el proyecto de ley que garantiza el derecho a una vida libre de violencia a las mujeres, el que se encuentra en tramitación en la Cámara de Diputados desde enero de este año. Este proyecto de ley avanza en el reconocimiento de las distintas formas que adopta la violencia contra las mujeres –física, sicológica, sexual, económico y simbólica–, y los distintos ámbitos en que puede ejercerse, como lo son el espacio público y privado, ampliando las concepciones actuales que recoge nuestro ordenamiento jurídico. iv) Información y conocimiento en violencia contra las mujeres. Estamos trabajando en la generación de un sistema de indicadores en Violencia contra las Mujeres, de acceso público a la ciudadanía, que va en la misma línea de trabajo que se llevó a cabo durante el año 2015 y 2016 con Instituto Nacional de Estadísticas (INE) para la elaboración del Micrositio de Datos de Estadísticas de Género. Por otra parte, hemos asumido que la atención y la prevención de la violencia contra las mujeres, no sólo es tarea de la institucionalidad de Genero de las políticas públicas, sino también de otras carteras en vía un tratamiento desde el Estado. Así es como el Ministerio de Salud incorporó la reducción de la violencia de género como una

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meta de la Estrategia Nacional de Salud 2011-2020 y el Plan Nacional de Salud, constituyendo una actividad obligatoria en la planificación operativa anual en los Servicios de Salud y en los planes anuales de capacitación en todo el Ministerio. Entre 2014 y el 31 de diciembre de 2016, capacitó a 5.150 trabajadores/as de la salud en violencia de género. Este 2017 se está instalando un programa Piloto de Atención y Vigilancia Epidemiológica para la Prevención del Femicidio en 3 regiones del país, que deberá articularse progresivamente a la oferta de la red intersectorial de atención en violencia en los niveles local y regional, sobre la base de seguimiento de casos. En el Ministerio del Interior, la Subsecretaría de Prevención del Delito incorporó acciones tendientes a disminuir la Violencia Intrafamiliar, con especial énfasis en contra la Violencia hacia las Mujeres, en 11 de 15 Planes Regionales de Seguridad Pública (2016-2017), con priorización de medidas asociadas a disminuir la prevalencia de casos de Violencia Intrafamiliar. El femicidio es la expresión más brutal de la violencia contra las mujeres. Para enfrentar esta realidad, se ha fortalecido la red de atención desde el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, y a las 23 Casas de Acogida instaladas durante el primer Gobierno de la Presidenta Bachelet, hemos sumado 20 nuevas residencias, que nos han permitido proteger de un riesgo inminente a 2.902 mujeres y 2.812 niñas y niños en estos tres años de gobierno. En los Centros de la Mujer hemos atendido a 89.978 mujeres, fortaleciendo la red con la implementación de 6 nuevos centros el 2015, lo que nos permitió pasar de 97 Centros de la Mujer a 103 a nivel nacional. En los centros de reeducación de hombres hemos atendido a 3.433 personas. En los 3 Centros de Atención a Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales se atendió en reparación sicológica a 2.353 mujeres entre 2014 y 2016. Además de los esfuerzos que como gobierno y Estado asumimos en nuestro país, es importante la articulación entre países para avanzar en estrategias conjuntas. De ahí la importancia que en agosto de 2015, los países en Naciones Unidas renovaran su compromiso con la erradicación de la violencia contra las mujeres, con motivo de la adopción de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en el marco de la Asamblea General. En particular, en el Objetivo 5, referido a “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas, se establece la Meta 5.2, consistente en “Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación”.

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A su vez, en el ámbito regional, los países de Latinoamérica y el Caribe hemos suscrito la Estrategia de Montevideo, que tiene por objeto implementar la agenda regional de género, uno de los acuerdos para la igualdad de género y la autonomía de las mujeres de esta agenda regional de género, se refiere al Derecho a una vida libre de toda forma de violencia y discriminación de las mujeres. Es en este contexto, que la publicación: “Violencia extrema de género contra las mujeres: femicidio y suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur”, es un aporte al debate y la toma de decisión para enfrentar políticas públicas en Latinoamérica y el Caribe que erradiquen la violencia contra las mujeres. La presente publicación da continuidad y profundiza el trabajo que venimos realizando en conjunto con la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) y la FLACSO-Chile, desde el 2014 como SERNAM (hoy Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género); genera una masa crítica en el abordaje de las violencias reflexionando sobre materias no tradicionales de la violencia extrema, como lo es el suicidio de mujeres, y finalmente porque permite visibilizar buenas prácticas y desafíos que aún persisten en la materia.

CLAUDIA PASCUAL GRAU Ministra Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, Gobierno de Chile

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PRESENTACIÓN

El libro que presentamos da cuenta de los avances y esfuerzos desde América Latina y el Caribe, de sus Estados, de la sociedad civil organizada, de la academia y de organismos internacionales, para transformar un orden de género en el que la violencia es, a la vez, uno de sus pilares y manifestaciones. Estos espacios, como el Seminario y Libro, constituyen un aporte a la reflexión y al intercambio de buenas prácticas, donde cada publicación, discurso, movilización social, foro público, manifestación o demanda, problematiza la normalización de estas prácticas que ponen en juego la vida de las mujeres y niñas. Todas estas acciones, contribuyen y promueven la subversión del orden de género a fin de generar las condiciones para una transformación cultural hacia la igualdad. Estamos ciertas/os que estas transformaciones requieren de la acción articulada de diversos actores. Es en esta convicción, que Chile buscó la cooperación de otros países más allá de sus fronteras con el fin de generar una reflexión en temas urgentes, como la violencia contra las mujeres, y sus manifestaciones más extremas, como el femicidio y el suicidio femicida. El marco normativo común para desarrollar esta tarea fue, la “Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, que en sus objetivos, señala “Estamos resueltos a poner fin a la pobreza y el hambre en todo el mundo de aquí a 2030, a combatir las desigualdades dentro de los países y entre ellos, a construir sociedades pacíficas, justas e inclusivas, a proteger los derechos humanos y promover la igualdad entre los

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géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas, y a garantizar una protección duradera del planeta y sus recursos naturales”. Lo que refuerza, en su objetivo N° 5, “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas, reconociendo que la igualdad entre los géneros no es solo un derecho humano fundamental, sino la base necesaria para conseguir un mundo pacífico, próspero y sostenible”, y su meta asociada, “Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos públicos y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación”. Y lo ya señalado, por la Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra las Mujeres, y los desarrollos y seguimientos de ella en la región a través del MESECVI, y porque no decirlo, de lo que va estableciendo la Corte Interamericana de DDHH (CIDH) a través de sus resoluciones. Asimismo, la Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el Marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030, señala que “en todos los consensos se insiste en la importancia de que los mecanismos para el adelanto de la mujer tengan recursos y capacidades para incidir transversalmente en las políticas y en la estructura del Estado. En particular, en el Consenso de Santo Domingo (2013) se introduce con claridad la noción de transversalidad, entendida como la adopción de la perspectiva de género y el enfoque de derechos en los programas, planes, proyectos y políticas públicos junto con la articulación entre poderes del Estado y actores sociales, lo que también implica cuestionar la sectorialidad que ha caracterizado el quehacer gubernamental. Además, se entiende que la inclusión de estos enfoques debe ser un pilar para el desarrollo sostenible. Frente al interrogante “¿Igualdad en qué?”, se responde “Igualdad en derechos” (p. 20). Precisamente, este libro es parte de esa orientación y plantea el desafío de avanzar hacia el establecimiento de un pacto social, que suponga generar las condiciones para que las mujeres y las niñas ejerzan su derecho a una vida libre de violencia, lo que implica la generación de acciones conjuntas entre organismos públicos y académicos con miras de hacer visible y desestabilizar el continuo de violencia que experimentan diariamente las mujeres. En este marco, entre los años 2014 a 2016, se ha venido desarrollando un trabajo conjunto, el que ha sido facilitado por un Convenio de

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Cooperación entre FLACSO-Chile y ACGID, con la participación de los Mecanismo de Adelanto de la Mujer del Estado de Chile, en su nueva institucionalidad a través del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género y el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género. El libro se inicia con el tema del deber de Prevención, Protección, Atención y Reparación. Este asunto es un desafío para los Estados de la región en cuanto a las prácticas que permiten materializar las obligaciones de prevención, investigación y sanción de este tipo de hechos. El repertorio de acciones y su efectividad ante los hechos de violencia, como son el femicidio, feminicidio y el suicidio femicida, es un nuevo horizonte para las instituciones públicas y actores sociales. En su segunda parte, se busca poner en común experiencias específicas, que dan cuenta de respuestas nacionales a la violencia contra las mujeres rescatando las singularidades de cada sociedad y cultura. Estas estrategias nos permiten observar, en parte, la riqueza de la región: políticas públicas de prevención y erradicación, acción y atención integral, medición del femicidio, la creación de planes nacionales e intersectoriales de violencia. Buscando el libro, poder recorrer experiencias y ser complementario, entre los espacios internacionales, regionales, subnacionales y locales. La tercera parte, profundiza en los soportes estructurales de la violencia extrema de género contra las mujeres, la dominación patriarcal o machista, y sus expresiones contemporáneas. El patriarcado no es posible reducirlo a una caricatura, si bien puede ser visto de esa forma por el absurdo que resulta para la vida actual, en el libro se reflexiona al respecto; la inmigración de mujeres y las construcciones de nación y la creación de un nuevo léxico que nomina las intersecciones de la dominación heterosexual, patriarcal y colonial a través del término heterowingkapatriarcal, y como ellos operan como recursos para pensar y actuar. Finalmente, podemos destacar que el libro da cuenta del proceso de trabajo conjunto entre las instituciones antes mencionadas, que incluye los intercambios entre las instituciones, los foros abiertos, el seminario y dos libros, que nos ha permitido intercambiar, con Perú, Costa Rica, El Salvador, Argentina, México, entre otros, a lo que se refiere el libro en su capítulo final, que resume esta virtuosa y provechosa relación de trabajo y aprendizaje recíproco y de incidencia en la red nacional relacionada a la materia, entre estos años 2014-2018.

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Agradecemos a las y los profesionales que participaron en esta experiencia, e invitamos a las/os lectoras/es de este libro a sumarse activamente en la generación de nuevos conocimientos y en la gestación de nuevas prácticas que hagan posible una vida libre de violencias para las mujeres.

LAURA ECHEVERRÍA CORREA Directora Nacional Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género

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PRESENTACIÓN

Proyectar a Chile en la ruta del desarrollo sostenible e inclusivo, es un tema prioritario para el país, y se constituye en uno de los ejes de la política exterior y por ende, de la cooperación chilena, en sintonía con las demandas de la sociedad a nivel nacional, pero también como una obligación permanente más allá de nuestras fronteras. Los compromisos de los gobiernos y los esfuerzos desplegados desde los diversos actores involucrados a nivel nacional e internacional, en torno a la incorporación de la perspectiva de género han avanzado, pero aún quedan desafíos pendientes. Es importante, incorporar plenamente este enfoque, en los programas y en la mirada de las instituciones que participan en los procesos de la cooperación internacional para el desarrollo. Lo anterior, es factible de realizar, pues los gobiernos y los donantes bilaterales y multilaterales cuentan hoy con marcos legales y procedimientos para abordar la igualdad de género como un objetivo imprescindible para la efectividad y sostenibilidad del desarrollo en su actual concepción multidimensional. En este sentido, pese a ser una región diversa pero muy desigual dentro y fuera de las fronteras nacionales, se asoman altas expectativas desde los donantes tradicionales en torno a las ‘nuevas’ modalidades con que se identifica a la Cooperación Sur-Sur y Triangular, cuyo eje de actuación es la colaboración técnica y el desarrollo de capacidades, como complemento a los propios esfuerzos en lo que están comprometidos los países de América Latina y el Caribe. Se requiere en este ámbito, profundizar aún más las alianzas para este desarrollo, como lo señala uno de los objetivos de la Agenda 2030, para ajustar y definir pasos estratégicos conjuntos entre todos.

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En esta perspectiva, el Gobierno de Chile y en particular esta Agencia de Cooperación, han logrado los primeros avances destinados a establecer criterios y formas para incorporar el enfoque de derechos humanos y de género, como un aspecto distintivo de la calidad a exigir de los proyectos de cooperación Sur-Sur y Triangular, con el fin de instalar el principio dual de transversalización a la par con el empoderamiento de las mujeres. Chile se ha convertido en un referente en todo lo que concierne al fortalecimiento de las instituciones responsables de las políticas públicas orientadas a las mujeres, proyectando esas capacidades y buenas prácticas, principalmente en el Caribe y Centroamérica. En el tema de la violencia extrema contra las mujeres, el que es abordado en esta publicación, la cooperación chilena comparte y se hace parte también de la preocupación sobre este fenómeno, junto a sus socios del Sur y del Norte, facilitando la generación de espacios de debate, orientado a técnicos y académicos vinculados a la materia, que permita la necesaria reflexión e intercambio, a través de instancias específicas, que tienen una alta prioridad en la agenda gubernamental de Chile. En esta perspectiva, el presente libro, recoge específicamente, un elemento relevante, como es la violencia contra las mujeres, temática que hace parte tanto de la Agenda Regional de Género como de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. A través del Programa de Cooperación Sur-Sur, que esta Agencia implementa a nombre del Gobierno de Chile, se ha posibilitado el intercambio regional de experiencias, en torno a la violencia extrema que afecta a las mujeres, destacando la existencia de una institucionalidad especializada en el tema, así como la implementación de medidas preventivas y sancionadoras. Para esto, nos hemos asociado con actores diversos: gubernamentales, sociedad civil, académicos y organismos multilaterales, con el objetivo de analizar la situación a nivel latinoamericano, debatiendo sobre las experiencias en curso, y reconociendo las capacidades existentes, como parte de una reflexión necesaria, para alinear esfuerzos y definir cursos de acción, a objeto de seguir avanzando en un camino de mayor justicia e igualdad, que permita enfrentar las violencias de género y contra las mujeres.

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Por todo lo anterior, la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI), seguirá trabajando desde nuestro Programa de Cooperación SurSur, contribuyendo así a la tarea de erradicar este flagelo que afecta a las mujeres, con el fin de disminuir las brechas existentes en nuestra región, que impiden lograr mayores niveles de igualdad.

JUAN PABLO LIRA BIANCHI Director Ejecutivo (T y P) Agencia de Cooperación Internacional de Chile AGCI

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PRESENTACIÓN

Este libro recoge el proceso de trabajo de reflexión y debate del proyecto “Violencia extrema de género contra las mujeres: femicidio y suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur” en el marco del convenio entre la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile y la Agencia Chilena de Cooperación para el Desarrollo, AGCID. El trabajo que se derivó del proyecto buscó construir un foro público en el tema de la violencia extrema contra las mujeres. Esta iniciativa comenzó el año 2014 en conjunto con el Servicio Nacional de la Mujer, SERNAM hoy SernamEG, la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) y la FLACSO-Chile. Desde un inicio se planteó el concepto de continuum de violencia que experimentan diariamente las mujeres. Lamentablemente dentro de este continuum, están el femicidio, feminicidio y el suicidio por razones de género, como dos expresiones radicales que ponen en juego los modos de convivencia en nuestras sociedades. Con el término feminicidio se quiere denotar que las causas de este tipo de asesinatos no se encuentran en las características patológicas de los agresores sino en el estatus social de las víctimas. Se trata de muertes de mujeres que son evitables, cuyo sustrato explicativo se encuentra en las relaciones sociales que suponen la supremacía de los hombres sobre las mujeres hasta el punto de subvalorar la vida por la condición de ser mujer y legitimar el sentido de posesión y control de los hombres sobre las mujeres. El concepto de continuum de violencia originalmente fue denominado por Liz Kelly en 1988 como “un continuum de violencia sexual” o “continuum de

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violencia contra las mujeres” para indicar que, las diversas expresiones de violencia que experimentan niñas y mujeres jóvenes o adultas, no son expresiones inconexas. Jill Radford y Diana Russell en el año 1992 señalaron que el concepto de continuum permite identificar y abordar una amplia gama de experiencias forzadas o coercitivas, más allá de un tipo penal específico según las normas legales vigentes y analizar las formas de control social para mantener la dominación masculina en la sociedad. Por tanto, el femicidio/feminicidio es la manifestación más extrema de este continuum de violencia. Para estas autoras el femicidio/feminicidio es una expresión directa de una política sexual que pretende obligar a las mujeres a aceptar las reglas masculinas y, por tanto, a preservar el statu quo genérico. En nuestras sociedades todavía constatamos que se mantienen estas formas de violencia que son un indicio del riesgo de ser mujer. Sin embargo, cada vez más crecen las manifestaciones para aunar voluntades y sensibilidades que son reforzadas con acciones de cooperación entre nuestros países. En este marco, planteamos un doble propósito, en primer lugar, el intercambio entre países de América Latina y el Caribe sobre políticas públicas en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur e igualdad de género y derechos humanos. En segundo lugar, colaborar en la expansión de la base de conocimientos y reflexiones en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur en igualdad de género y derechos humanos. Ambos propósitos han orientado el trabajo y que reafirman lo ya señalado en el libro de Violencias contra las mujeres: Desafíos y aprendizajes en la cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe del año 2015, que las políticas públicas en la medida en que tienen un apoyo en evidencia científico-social expresada en conocimientos de mejor calidad, basados en experiencias comparadas cada vez más y más ricas, tienden a ser mejores políticas públicas: son políticas públicas que corren menor riesgo de fracasar, y todo lo contrario, cuentan con mayor probabilidad de ser iniciativas exitosas en la medida que se hacen cargo del aprendizaje anterior y del rumbo ya transitado por quienes han estudiado las aplicaciones prácticas derivadas de la teoría que se produce en la academia y en los círculos especializados.

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Finalmente, expreso mis agradecimientos a conferencistas, expositoras, expositores, moderadoras y participantes que participaron del grupo de estudio y seminario internacional, especialmente a las personas representantes de los países de América Latina y el Caribe. Además de expresó mis agradecimientos al comité de seguimiento ad hoc que estuvo a cargo de organización del grupo de estudio y seminario internacional: Gloria Yáñez y Juliana Zedan de AGCID Chile; Angélica Marín, Alicia Candia, Mitzi Figueroa de SernamEG Chile; Vesna Madariaga y Fabiana Santa Rosa del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de Chile, y finalmente por FLACSO-Chile, el equipo del Programa de Inclusión Social y Género formado por Gabriel Guajardo, Verónica Cenitagoya, Juan Carlos Adasme y Ángel Ortiz.

ÁNGEL FLISFISCH FERNÁNDEZ Director Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile

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INTRODUCCIÓN

El femicidio, feminicidio y el suicidio de mujeres por razones de género, constituyen muertes violentas que son evitables. Este carácter, lleva a plantear la necesidad y urgencia de proponer un cambio de las relaciones sociales que suponen la supremacía de los hombres sobre las mujeres, que llega hasta el punto de subvalorar la vida por la condición de ser mujer y legitimar el sentido de posesión y control de los hombres sobre las mujeres. Esta supremacía se ha mantenido en el tiempo y en general, ha legitimado estas muertes, fruto de su naturalización y cotidianeidad. Este dominio masculino ha tenido resistencias y transformaciones, resquebrajándose su aparente fortaleza. Ha sido el movimiento de mujeres durante el siglo XX y XXI que radicalizó la crítica y cambio de este orden de cosas. La conceptualización específica de estas violencias data de la década los años ochenta del siglo XX, uno de cuyos conceptos es “continuum de violencia contra las mujeres”, originalmente denominado por Liz Kelly en 1988, para indicar las diversas expresiones de violencia que experimentan niñas y mujeres jóvenes o adultas, no son expresiones inconexas. Al usar este concepto y otros similares, permite develar que la lógica del caso singular y aislado forma parte de la retórica que no permite descubrir que las muertes violentas de mujeres tienen conexiones con otras violencias. ¿Cómo podemos construir una respuesta ante estas violencias que sin dudar podemos calificar de extremas? Una primera reacción es salir desde la posición de testigos de las violencias, dejar de mirar indulgentemente el orden social que produce desigualdades de género o señalar que se trata de asuntos que no se vinculan con el orden público. Existen otras posibilidades que, pensamos, se construyen a través del intercambio y la cooperación en sus amplios sentidos y que esta publicación forma parte.

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El propósito de escribir y publicar el presente libro ha sido poner a disposición del público, en lengua española, un material producto de la experiencia e intercambio técnico de funcionarios y funcionarias de los estados de América Latina y el Caribe, organismos internacionales, universidades y sociedad civil. Para cumplir con este propósito se desarrolló durante los años 2014 a 2016 un convenio entre la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AGCID y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile sobre las violencias contra las mujeres y la cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe. El 2015 se publicaron las actas del seminario internacional realizado a inicios de ese mismo año en la serie libros FLACSO con el título Violencias contra las Mujeres: Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe. Los objetivos de este proyecto fueron expandir la base de conocimientos y reflexiones acerca de las políticas públicas contra las violencias de género, y en especial hacia las mujeres, entendida como una materia que resulta prioritaria y sensible para la ciudadanía y las instituciones de los países de la Región. Tuvo como eje la acción pública en sus modalidades de prevención, promoción del ejercicio de derechos, como también de la atención eficaz, eficiente y oportuna para quienes han experimentado los diversos tipos de violencias de género, más allá del hogar familiar como espacio social preferente de las políticas públicas. En esta misma orientación se buscó brindar la posibilidad de actualización de conocimientos del sector público en una relación horizontal de intercambio y cooperación entre los países, para contribuir al fortalecimiento de competencias profesionales sobre políticas de igualdad de género y la mejora de la convivencia con los diversos colectivos de la sociedad. Esta iniciativa comprendió un trabajo colaborativo entre la AGCID, el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, el Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género del Gobierno de Chile y la FLACSO-Chile. En las actividades del año 2016 hubo un grupo de estudio y un seminario internacional en el tema de femicidio/feminicidio y suicidio de mujeres por razones de género. Este libro recoge diversos textos escritos para ser leídos como ponencias, artículos basados en las intervenciones orales y entrevistas a algunas de las personas asistentes al grupo de estudio y seminario internacional. En dicho evento se reunieron durante dos días un grupo de más de ciento cincuenta personas de diversas instituciones y organizaciones sociales,

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con la destacada participación de diferentes países. Se contó con la asistencia de académicas y funcionarias públicas de las repúblicas del Perú, Costa Rica, Guatemala, El Salvador y Estados Unidos Mexicanos. En este grupo participó el Programa para el Fin de la Violencia contra la Mujer de ONU Mujeres. Además, se realizó una invitación especial a incluir un artículo de Julie Diane Recinos y Jorge Calderón Gamboa, abogados, coordinadores senior de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, quienes gentilmente aceptaron y que se incluye en esta publicación. Este conjunto de textos no corresponde a una cartografía de las realidades nacionales de cada uno de los países de la Región. Si bien se describen las respuestas nacionales de algunos países, también la intención ha sido mostrar posibilidades de acciones públicas, modos de concebirlas e incluso procedimientos específicos que se pueden implementar. Lo anterior, podría ser propio de la gestión pública o de una aproximación de orden jurídico, no obstante se incluyen intervenciones del seminario desde la ciencia política, el feminismo, la sociología y el activismo del pueblo mapuche. Esta puesta en relación de diferentes discursos y posiciones de observación otorga densidad al libro más allá de las dicotomías teoría y práctica; academia y estado; sociedad y estado. Los conceptos y sus relaciones se pueden apreciar en un mapa conceptual adjunto a esta introducción. En términos de composición del libro existe diversidad de autoría, estilos y géneros discursivos. Se respetó el uso de los conceptos de femicidio, feminicidio o la formula femicidio/feminicidio. El sentido de cada opción se obtiene de la lectura de cada capítulo. A la vez, se emplean los términos estado, sociedad y ley en minúscula, con el fin de poner una alerta ante el efecto de idealización o asignación de trascendencia a estas categorías. El libro se encuentra organizado en cuatro partes. La primera parte, aborda el imperativo del deber de prevención para los estados y su necesaria integración en la cotidianeidad de las instituciones públicas. Este capítulo instala con precisión y detalle la interrogante acerca del trabajo del sector público frente a los indicios de violencias contra las mujeres y al mismo tiempo, la preocupación por la calidad de la respuesta ante este tipo de hechos. El texto siguiente, precisamente, expone los avances hacia las acciones integrales en materia de femicidio/feminicidio y el valor que tiene la cooperación en el diseño de instrumentos. Un caso que ejemplifica estas ideas es el modelo de protocolo Latinoamericano

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para la investigación del femicidio/feminicidio dirigido a policías, médicos forenses, jueces y fiscales. La segunda parte, con capítulos breves y concisos, se describen las respuestas nacionales del Perú, Costa Rica, Guatemala y El Salvador en materia de las políticas para la prevención y erradicación de la violencia extrema de género, medición de femicidio/feminicidio, atención integral y la respuesta institucional de atención especializada. Esta parte se cierra con un análisis de los planes nacionales de prevención del suicidio. En la tercera parte, se explora la dominación patriarcal desde sus marcas contemporáneas a través de las violencias extremas contra las mujeres. Esta sección se reflexiona críticamente sobre del patriarcado contemporáneo, la inmigración de mujeres y la violencia heterowingkapatriarcal contra las mujeres indígenas del Abya Yala. Finalmente, la cuarta parte, desde la perspectiva de la cooperación Sur-Sur se revisa regionalmente la disponibilidad de conceptos e instrumentos. Luego, se describe el diseño y sistematización del proyecto de cooperación Sur-Sur liderado por FLACSO-Chile que, durante los años 2014 a 2016, permitió identificar aprendizajes en violencias extremas de género en el marco de acciones de cooperación entre países de América Latina y el Caribe.

GABRIEL GUAJARDO SOTO Y VERÓNICA CENITAGOYA GARÍN Programa Inclusión Social y Género, FLACSO-Chile


Agenda regional de género

de

en

Intercambio regional

Agenda 2030 Desarrollo Sostenible

de

Perspectiva

con

en

en de

con

con

Medidas prevención y sanciones

Desafíos

con

Institucionalidad especializada

en

Aporte

con

Cooperación Sur-Sur

Heterowingkapatriarcal

en

Inmigración de mujeres

Patriarcado contemporáneo

en

Dominación patriarcal

se explica y expresa

con

Mayor justicia e igualdad

Aprendizajes

elabora

Proyecto 2014-2016 AGCID-FLACSO

de

en

Respuesta estatal-nacional

de

Perú

en

Costa Rica

en

Guatemala

en

El Salvador

en

Planes nacionales en países de LAC

en

Perspectiva de género

se enfrenta con

Suicidio por razones de género

Políticas de Medición Atención ONU Mujeres prevención y femicidio/ integral/ erradicación feminicidio especializada

por

Acción Integral

con

Modelo de protocolo latinoamericano

Corte Interamericana de Derechos Humanos

en

Deber de prevención

con

Femicidio/feminicidio

de

Violencia extrema de género

MAPA CONCEPTUAL DE LOS CONTENIDOS DEL LIBRO



PARTE I. EL DEBER DE LA PREVENCIÓN Y LA ACCIÓN INTEGRAL PARA LA VIOLENCIA EXTREMA DE GÉNERO EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE



CAPÍTULO 1.

Frente a la violencia de género: deberes de prevención en contextos contra la mujer e investigación en conflicto armado. Desarrollos jurisprudenciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos1 Julie Diane Recinos y Jorge Calderón Gamboa

Introducción En noviembre de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la Corte IDH), emitió dos fallos pioneros en materia de violencia de género, destacando las obligaciones de prevención, investigación y sanción de este tipo de hechos. Por un lado, en el caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México, cuyos hechos ocurrieron en el marco de un contexto de violencia contra la mujer en Ciudad Juárez, la Corte IDH estableció las obligaciones generales y específicas de prevenir violaciones de los derechos de las mujeres cuando existe un contexto de violencia de género, en particular, el deber de debida diligencia estricta en la búsqueda de niñas y mujeres desaparecidas en tales contextos. Este concepto ha sido reiterado y recientemente consolidado en el caso Velásquez Paiz y otros Vs. Guatemala (2015). Por otro lado, en el caso de la Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala, cuyos hechos ocurrieron durante el conflicto armado interno en ese país, la Corte IDH encontró que los actos de violencia sexual fueron parte del modus operandi de la lucha contrasubversiva del Estado, constituyendo éstos, actos de tortura, los cuales en el derecho internacional, y según la Corte IDH, contravinieron normas de jus cogens y deben ser investigados

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Algunos extractos de este artículo se reproducen en Calderón Gamboa y Recinos, “La Perspectiva de Género en casos de Violencia Sexual en Conflicto Armado: Aportes de las Sentencias de la Corte IDH en los casos Las Masacres de Las Dos Erres Vs. Guatemala y Espinoza Gonzáles Vs. Perú”; pgs. 405-434, en Parra Vera et al. (Eds.), La Lucha por los Derechos Humanos Hoy. Estudios en homenaje a Cecilia Medina Quiroga. Tirant Lo Blanch, 2017. También por publicarse en “Human Rights in a Global World”, Essays in honour of Luis Lopez Guerra, Wolf Legal Publishers (en prensa).

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y sancionados sin ningún eximente de responsabilidad. Dicho análisis también fue recogido en las sentencias condenatorias a nivel interno en Guatemala en el caso de Las Dos Erres y replicado en múltiples tribunales internos. Asimismo, este estándar fue aplicado en diversos casos posteriores de conflicto en otros países y particularmente desarrollado en el caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú (2014), en el cual se especificaron algunos de los aspectos que debe ostentar dicha investigación. En vista de ello, tanto el deber de prevención y debida diligencia, así como la investigación efectiva de los hechos, resultan hoy en día pilares de la jurisprudencia de género de la Corte IDH, permitiendo visibilizar la particularidad de la violencia sexual en distintas situaciones. Con este artículo pretendemos destacar los principales desarrollos y particularidades en la materia, así como algunas de las implicaciones que estos estándares han tenido en el análisis con perspectiva de género en la jurisprudencia de la Corte IDH.

El deber de prevención y obligación de debida diligencia estricta en contextos de violencia de género En materia de violencia de género, la Corte ha desarrollado una jurisprudencia particular sobre el deber de prevenir violaciones a los derechos humanos de las mujeres y niñas, incluso frente a las actuaciones de terceros, que comenzó con el caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México y continuó, con algunos matices, a través de los casos guatemaltecos Véliz Franco y otros y Velásquez Paiz y otros. A continuación se destacan los desarrollos de estos tres casos, los cuales ocurrieron en contextos de altos índices de violencia contra las mujeres y niñas. a)

Caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México

El caso Campo Algodonero llegó a la Corte con motivo de los altos índices de feminicidio (homicidio de mujeres por razones de género) en la ciudad fronteriza de Juárez, registrados desde la década de los años noventa del siglo pasado, en un contexto de discriminación sistemática contra la mujer e impunidad respecto de delitos perpetrados con base en el género2. En particular, el caso se refirió a las desapariciones en Corte IDH, Caso González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 16 de noviembre de 2009. Serie C No. 205, párrs. 113 a 144.

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septiembre y octubre de 2001 de tres jóvenes, dos de ellas menores de edad. En noviembre de 2001, los cuerpos de las jóvenes fueron encontrados en un campo algodonero con indicios de que habían sufrido violencia sexual3. Sin embargo, antes de encontrarse los restos, las autoridades estales no actuaron inmediatamente al recibir las denuncias de los familiares de estas jóvenes, a fin de localizarlas. Durante las primeras 72 horas luego de las denuncias, no realizaron acciones para buscarlas y, luego de ese período inicial, las actividades de búsqueda fueron mínimas. Además, la Corte consideró que estos hechos se enmarcaban dentro de un patrón según el cual la policía no emprendía acciones de búsqueda ni otras medidas preventivas al recibir denuncias de la desaparición de una mujer. Según el tribunal, esto se debió, en parte, al hecho de que estereotipos de género, es decir, preconcepciones de “atributos o características poseídas o papeles que son o deberían ser ejecutados por hombres y mujeres respectivamente”, se vieron reflejados en las políticas y prácticas de los funcionarios estatales, en su razonamiento y en su lenguaje, ya que indicaron a los familiares de las víctimas que las buscarían solo luego de trascurridas 72 horas e insinuaron que estas posiblemente se habían ido con un hombre. Es importante señalar que, desde el caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia (2006), relativo al asesinato y/o desaparición de 43 hombres del corregimiento de Pueblo Bello por parte de un grupo paramilitar, la Corte IDH se ha referido a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al sustentar su propia jurisprudencia sobre el deber de prevención frente a un riesgo real e inminente de la violación de los derechos humanos de determinadas personas. En Pueblo Bello, la Corte IDH formuló su estándar en los siguientes términos: “[…] es claro que un Estado no puede ser responsable por cualquier violación de derechos humanos cometida entre particulares dentro de su jurisdicción. En efecto, el carácter erga omnes de las obligaciones convencionales de garantía a cargo de los Estados no implica una responsabilidad ilimitada de los Estados frente a cualquier acto o hecho de particulares, pues sus deberes de adoptar medidas de prevención y protección de los particulares en sus relaciones entre sí se encuentran condicionados al conocimiento de una situación de riesgo real e inmediato para un individuo o grupo de individuos determinado y a las posibilidades

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Ibid., párrs. 165 a 167, 212 y 213. Los cuerpos de las jóvenes se encontraron amarrados, semi-desnudos, y con los pechos mutilados.

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razonables de prevenir o evitar ese riesgo. Es decir, aunque un acto, omisión o hecho de un particular tenga como consecuencia jurídica la violación de determinados derechos humanos de otro particular, aquél no es automáticamente atribuible al Estado, pues debe atenderse a las circunstancias particulares del caso y a la concreción de dichas obligaciones de garantía”4. Asimismo, en Pueblo Bello, la Corte IDH citó el caso Kiliç Vs. Turquía (2000), el cual, a su vez, cita el caso emblemático en la materia Osman Vs. Reino Unido (1998) que estableció el conocido “Osman test”. Entre otros, los párrafos citados por la Corte IDH recalcaban que para que surgiera la obligación positiva del Estado de tomar medidas preventivas contra los actos de otros individuos: “Debe ser establecido que al momento de los hechos las autoridades sabían, o debían haber sabido, de la existencia de un riesgo real e inmediato para la vida de un individuo identificado o de algunos individuos respecto de actos criminales de terceros, y que tales autoridades no tomaron las medidas dentro del alcance de sus poderes que, juzgadas razonablemente, podían esperarse para evitar dicho riesgo (ver la sentencia de Osman […], pág. 3159, párr. 116). [La traducción es nuestra]5”. Sobre esta base, con el caso Campo Algodonero la Corte IDH agregó algo más: los deberes generales y específicos de prevención en casos donde existen contextos de violencia contra la mujer y, como parte de los deberes específicos, la obligación de “debida diligencia estricta” en la búsqueda de niñas o mujeres desaparecidas. Según el Tribunal, en contextos de violencia contra la mujer existe un deber general de prevención a cargo del Estado, que es independiente de la existencia de alguna denuncia concreta. A la luz de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”), el Estado mexicano tenía una obligación reforzada de prevenir violaciones a los derechos humanos respecto de todas las mujeres de Ciudad Juárez, ya que desde el año

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Corte IDH. Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia. Sentencia de 31 de enero de 2006. Serie C No. 140, párr. 123. European Court of Human Rights, Kiliç v. Turkey, judgment of 28 March 2000, Application No. 22492/93, paras. 62 and 63, citing Osman v. the United Kingdom judgment of 28 October 1998, Reports of Judgments and Decisions 1998-VIII, paras. 115 and 116.

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1998 tenía amplio conocimiento de la situación general de riesgo en que se encontraban. Por ello, “la ausencia de una política general” para enfrentar esta problemática fue “una falta del Estado en el cumplimiento” de dicha obligación general6. No obstante, el Tribunal indicó que ésta no es “una responsabilidad ilimitada frente a cualquier hecho ilícito en contra de ellas”. Antes de las denuncias de los familiares de las tres víctimas del caso, la falta de prevención de las desapariciones no conllevó per se la responsabilidad internacional del Estado, porque éste no tenía conocimiento de un riesgo real e inminente de que podrían ser “agredidas sexualmente, sometidas a vejámenes y asesinadas”. Sin embargo, una vez interpuestas las denuncias de la desaparición de las jóvenes –y antes del hallazgo de sus cuerpos–, surgió para el Estado un deber de debida diligencia estricta: “[R]especto a su búsqueda durante las primeras horas y los primeros días. Esta obligación de medio, al ser más estricta, exige la realización exhaustiva de actividades de búsqueda. En particular, es imprescindible la actuación pronta e inmediata de las autoridades policiales, fiscales y judiciales ordenando medidas oportunas y necesarias dirigidas a la determinación del paradero de las víctimas o el lugar donde puedan encontrarse privadas de libertad. Deben existir procedimientos adecuados para las denuncias y que éstas conlleven una investigación efectiva desde las primeras horas. Las autoridades deben presumir que la persona desaparecida está privada de libertad y sigue con vida hasta que se ponga fin a la incertidumbre sobre la suerte que ha corrido”7. Así, la Corte estableció las medidas que deben tomar las autoridades estatales al tomar conocimiento de que una niña o una mujer se encuentran en riesgo real e inminente de sufrir violaciones a sus derechos humanos. En un contexto de violencia contra la mujer, la denuncia de la desaparición de una mujer es suficiente para que el Estado tome

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El Tribunal estableció que “los Estados deben adoptar medidas integrales para cumplir con la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres. En particular, deben contar con un adecuado marco jurídico de protección, con una aplicación efectiva del mismo y con políticas de prevención y prácticas que permitan actuar de una manera eficaz ante las denuncias. La estrategia de prevención debe ser integral, es decir, debe prevenir los factores de riesgo y a la vez fortalecer las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencia contra la mujer […]”. Ibid., párrs. 258. Ibid., párrs. 282 y 283.

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conocimiento de tal riesgo y, por ende, este debe activar inmediatamente los mecanismos necesarios y efectivos para buscarla exhaustivamente y encontrarla con vida. Se trata de un importante avance en torno al deber de prevención de los Estados, ya que recalca la necesidad de que tales denuncias sean tomadas en serio por las autoridades, sin que estas actúen con base en estereotipos. Al respecto, la Corte recalcó que “[l]a creación y uso de estereotipos se convierte en una de las causas y consecuencias de la violencia de género en contra de la mujer” (2000). b)

Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala

En el caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala, relativo a la desaparición de la niña María Isabel Véliz Franco y la falta de una búsqueda efectiva de aquella por parte del Estado, la Corte también constató la existencia de un contexto de aumento de violencia homicida contra las mujeres en Guatemala al momento de los hechos. Sin embargo, a fin de determinar si el Estado había incumplido su deber de garantizar los derechos a la vida e integridad personal de la niña Véliz Franco, cuya desaparición había sido denunciada, la Corte IDH reiteró el estándar sobre el deber de prevención en términos casi idénticos a los establecidos en su jurisprudencia anterior. Sin embargo, en dicha ocasión, se refirió a un juicio de tres elementos: “A fin de dilucidar la existencia de responsabilidad internacional estatal, […] es necesario evaluar si: a) el Estado tuvo oportunamente, o debió tener, conocimiento de la situación de riesgo real e inmediato en que se encontraba a María Isabel Veliz Franco; b) si, en su caso, tuvo posibilidades razonables de prevenir o evitar la consumación y, de ser así, c) si concretó la diligencia debida con medidas o acciones para evitar la lesión de los derechos de la niña nombrada”8 [El resaltado es nuestro]. El efecto concreto de la inclusión del elemento b) en este análisis fue agregar, voluntaria o involuntariamente, un paso adicional a la evaluación y determinación de responsabilidad estatal por incumplimiento del deber de prevención, que no existía antes en la jurisprudencia de la Corte. Con el caso Veliz Franco se incluye, lo que pareciera, el siguiente elemento adicional: ¿al momento en que el Estado tomó conocimiento de la situación de riesgo en que se encontraba la niña, sus esfuerzos y actuaciones hubiesen podido evitar el riesgo, o ya era demasiado

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Corte IDH. Caso Veliz Franco y otros Vs. Guatemala. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 19 de mayo de 2014. Serie C No. 277, párr. 142.

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tarde porque este ya se había consumado? Es decir, se condicionó la evaluación de la actuación de las autoridades estatales a que la víctima estuviera viva al momento de la denuncia. En efecto, en la sentencia de dicho caso, se atribuyó responsabilidad al Estado debido a que era posible que la niña Veliz Franco hubiese estado viva al momento de la denuncia ya que no existe certeza respecto del momento de su muerte debido, precisamente, a la falta de una investigación efectiva por parte del Estado9. Este análisis se realizó de tal manera, pese a que la Corte ha reiterado en su jurisprudencia que “las autoridades deben presumir que la persona desaparecida está privada de libertad y sigue con vida hasta que se ponga fin a la incertidumbre sobre la suerte que ha corrido” (2014), y más aún, pese a que, siendo un caso en que existía un contexto de violencia contra la mujer, debía aplicarse el estándar de debida diligencia estricta en la búsqueda de la niña desaparecida. La valoración de la actuación del Estado –y por ende, de su posible responsabilidad internacional– debió ser objetiva frente a la denuncia que se recibió y al contexto del caso concreto que se presentaba, y no debió depender de una determinación a posteriori sobre si la persona desaparecida estaba viva o no al momento de la denuncia. Al analizar dicho elemento adicional para la determinación de la responsabilidad de prevención del Estado, la sentencia en el caso Veliz Franco vació de contenido esta obligación de debida diligencia estricta de emprender, de forma inmediata y efectiva, una búsqueda seria de la niña en cuestión. c)

Caso Velásquez Paiz y otros Vs. Guatemala

Con base en este precedente, en el caso Velásquez Paiz y otros, sobre la desaparición de una joven guatemalteca en agosto 2005 y la falta de una búsqueda efectiva de aquella por parte de las autoridades, Guatemala argumentó que, en el mejor de los casos, la joven Claudina Velásquez hubiese permanecido con vida sólo una hora tras la denuncia de su desaparición por parte de sus padres, por lo que no habría tenido posibilidades reales de evitar la consumación del riesgo a la vida e integridad de aquella y, por ende, no sería responsable por un incumplimiento de su deber de prevención.

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Ibid., párrs. 155 a 157.

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Frente a ello, la Corte realizó un análisis integral de los deberes generales y específicos de prevención en contextos de violencia contra la mujer y aclaró el contenido de la obligación de debida diligencia estricta, señalando que “a fin de establecer un incumplimiento del deber de prevenir violaciones a los derechos a la vida e integridad personal, debe verificarse que: i) las autoridades estatales sabían, o debían haber sabido, de la existencia de un riesgo real e inmediato para la vida y/o integridad personal de un individuo o grupo de individuos determinado, y que ii) tales autoridades no adoptaron las medidas necesarias dentro del ámbito de sus atribuciones que, juzgadas razonablemente, podían esperarse para prevenir o evitar ese riesgo”10. Así, primero constató que, para el momento de los hechos, existía en Guatemala un aumento en los índices de violencia homicida contra las mujeres, el cual había sido puesto en conocimiento del Estado desde el año 2001. Además, estableció que para esa fecha, el Estado había implementado “acciones dirigidas a abordar la problemática de la violencia contra las mujeres”, sin embargo, “dichas medidas fueron insuficientes para solucionar el problema debido a la carencia de recursos asignados y a la falta de coordinación entre las diversas instituciones y de una estrategia integral de protección”11. Todo ello, en relación con el deber general de prevención. Seguidamente, la Corte constató que, una vez recibida la denuncia de la desaparición de la presunta víctima por parte de sus padres y, por ende, conocimiento del riesgo en que se encontraba, “las autoridades estatales no adoptaron las medidas necesarias dentro del ámbito de sus atribuciones que, juzgadas razonablemente, podían esperarse para prevenir o evitar la vulneración de los derechos a la vida e integridad personal de Claudina Velásquez Paiz”12. Finalmente, en su conclusión, el Tribunal tomó en cuenta “todo lo anterior” al señalar que: “El Estado no demostró haber implementado las medidas necesarias, conforme el artículo 2 de la Convención Americana [sobre Derechos Humanos] y el artículo 7 de la Convención de Ibid., párr. 109. Ibid., párr. 111 y 120. 12 Ibid., párr. 132. Es más, “los padres de Claudina Velásquez se vieron obligados a realizar ellos mismos las actividades de búsqueda de su hija que correspondían al Estado, tales como recorrer los lugares donde podría encontrarse, […]; llamar o entrevistar personalmente a las personas que podrían tener información sobre su paradero, y averiguar en hospitales y morgues si ahí se encontraba alguien con la descripción de su hija, entre otros”. Ibid., párr. 127. 10 11

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Belém do Pará, de forma que los funcionarios responsables de recibir denuncias de desaparición tuvieran la capacidad y la sensibilidad para entender la gravedad de las mismas frente al contexto de violencia contra la mujer, así como la voluntad y entrenamiento para actuar de inmediato y de forma eficaz. Además, […] las autoridades guatemaltecas no actuaron con la debida diligencia requerida para prevenir adecuadamente la muerte y agresiones sufridas por Claudina Velásquez y no actuaron como razonablemente era de esperarse de acuerdo al contexto del caso y a las circunstancias del hecho denunciado. Este incumplimiento del deber de garantía es particularmente serio debido al contexto conocido por el Estado –el cual pone a las mujeres en una situación especial de riesgo– y a las obligaciones específicas impuestas en casos de violencia contra la mujer por el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará” (2014). Así, la Corte dejó de lado la pregunta relativa a si la joven Velásquez Paiz estaba viva o no al momento de la denuncia interpuesta por sus padres, y más bien realizó un análisis objetivo de las actuaciones concretas del Estado frente al riesgo conocido. De este modo, dio un paso más hacia la consolidación de la obligación de debida diligencia estricta en la búsqueda de mujeres y niñas en contextos de violencia de género. d)

Perspectiva de género en las reparaciones de prevención y debida diligencia

Finalmente, es importante destacar que en los casos Campo Algodonero, Veliz Franco y Velásquez Paiz, la Corte ordenó a México y Guatemala implementar medidas de reparación dirigidas a la no-repetición del incumplimiento del deber de prevenir violaciones a los derechos de las mujeres. Por ejemplo, la Corte ordenó a ambos países capacitar a sus funcionarios públicos sobre esta materia, así como crear o adecuar sus protocolos o mecanismos de búsqueda de personas de conformidad con estándares internacionales, a efectos de lograr la búsqueda eficaz e inmediata de niñas y mujeres desaparecidas. Además, ordenó a México crear una página electrónica y una base de datos con la información personal y genética de las mujeres y niñas desaparecidas en el estado Chihuahua y a nivel nacional. Por otra parte, la Corte ordenó a ambos países crear programas educativos destinados a la población general, sobre la necesidad de erradicar los estereotipos, la discriminación y violencia de género: en el caso de México, esta medida fue dirigida a la población de Chihuahua, sin embargo, en el caso Velásquez Paiz,

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se ordenó educación permanente en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional. Al ordenar estas medidas, la Corte busca, a través de garantías de no repetición, atacar las raíces del problema de violencia de género y orientar a los Estados en las acciones que pueden tomar a fin de cumplir con sus deberes generales y específicos de prevenir violaciones de los derechos de las mujeres y niñas.

El deber de investigar violencia de género cometida en el marco de un conflicto armado interno La Corte IDH analizó por primera vez la violencia sexual como tal dentro del marco de un conflicto armado interno en la sentencia correspondiente al caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú, del año 2006, referente a un establecimiento carcelario. En dicha sentencia la Corte estableció que la violencia sexual que sufrió una interna de dicho penal constituyó tortura13. La Corte citó el caso Akayesu del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) al definir la violencia sexual14. Con posterioridad a la emisión de ese fallo, fue hasta la sentencia del caso de la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala, del año 2009, que en el marco de un operativo militar, la Corte IDH recurrió nuevamente a estándares del Derecho Penal Internacional a fin de analizar hechos de violencia sexual cometidos durante un conflicto armado. Cabe precisar que, previo al caso de la Masacre de Las Dos Erres, la Corte había conocido de al menos cinco casos de masacres15; sin embargo, en su análisis, el enfoque se centraba en la gravedad de los hechos, los cuales culminaban en la privación arbitraria de la vida, sin poner especial atención al móvil de los operativos, donde las víctimas no sólo eran condenadas a su ejecución, sino que previo a ello se les sometía a Corte IDH. Caso del Penal Miguel Castro Castro Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2006. Serie C No. 160, párr. 312. 14 Ibid., párr. 306. 15 Corte IDH. Caso Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala. Fondo. Sentencia de 29 de abril de 2004. Serie C No. 105; Caso de la “Masacre de Mapiripán” Vs. Colombia. Sentencia de 15 de septiembre de 2005. Serie C No. 134; Caso de las Masacres de Ituango Vs. Colombia. Sentencia de 1 de julio de 2006 Serie C No. 148; Caso de la Masacre de Pueblo Bello Vs. Colombia. Sentencia de 31 de enero de 2006. Serie C No. 140, y Caso de la Masacre de La Rochela Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C No. 163. 13

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un sinnúmero de vejaciones hasta orillarlos a la muerte. En esos casos, la Corte determinó la violación de diversos artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante la Convención o CADH), considerando la falta de investigación de los hechos y en su caso, el sufrimiento generado por la impunidad, pero no encontró que tales actos, los cuales incluían actos de violencia y violación sexual, podrían ser considerados como presuntos hechos de tortura o tratos crueles que, además, acarrearían otras obligaciones, en particular de investigar tales hechos16. En nuestro punto de vista, la falta de pronunciamiento concreto sobre estas prácticas de violencia sexual, generó la invisibilización de la violencia de género en todas sus dimensiones; es por ello que reconocer en sus sentencias expresamente, a través de una perspectiva de género y de impactos diferenciados, que la violencia sexual perpetrada contra las mujeres durante los conflictos armados se utilizó como práctica de estado dirigida contra la mujer, representó la oportunidad de identificar los móviles de la violencia y caminar hacia la no repetición de esos hechos. Precisamente el caso de la Masacre de Las Dos Erres representó el primer paso en esa dirección en casos de tal naturaleza. a)

Caso de la masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala

El caso trata sobre la falta de debida diligencia en la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de la masacre de 251 habitantes del Parcelamiento de Las Dos Erres, Guatemala, entre ellos niños, mujeres y hombres, efectuada entre los días 6 a 8 de diciembre de 1982, la cual fue ejecutada por un grupo especializado de fuerzas armadas en Guatemala denominado Kaibiles, en aplicación de la “Doctrina de Seguridad Nacional” vigente durante el conflicto armado interno que sufrió Guatemala desde 1962 hasta 1996. Entre otros hechos, la Corte estableció que muchas niñas y mujeres fueron violadas, inclusive frente a sus familiares, y luego fueron degolladas o aventadas

En el caso de la Masacre Plan de Sánchez Vs. Guatemala (2004), la Corte describió en la Sentencia de Reparaciones de 19 de noviembre de 2009, los actos que habían sido perpetrados contra las mujeres, al señalar que: “[…] La violación sexual de las mujeres fue una práctica del Estado, ejecutada en el contexto de las masacres, dirigida a destruir la dignidad de la mujer a nivel cultural, social, familiar e individual. […] Además, la impunidad en la que permanec[ían] estos hechos ha[bía] impedido que las mujeres particip[aran] en los procesos de justicia”. Sin embargo, la Corte no derivó ninguna violación u obligación particular al respecto; tampoco ordenó reparaciones distintas o declaró una violación de la Convención de Belém do Pará.

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a un pozo: “A las mujeres embarazadas les causaron abortos producto de los golpes que les propinaban, incluso saltando sobre el vientre de dichas mujeres hasta que salía el feto malogrado”17. En su Sentencia de 24 de noviembre de 2009, la Corte constató que esta masacre se enmarcó en un contexto sistemático de violaciones masivas de derechos humanos en Guatemala, frente al cual el actuar de la judicatura y falta de voluntad de las autoridades han impedido el acceso de justicia de las víctimas18. Respecto de la violencia sexual, la Corte IDH analizó las obligaciones de investigación de los estados frente a violaciones sexuales masivas utilizadas como parte de una estrategia de guerra estatal. Siendo que los hechos del caso ocurrieron con anterioridad a la competencia contenciosa del Tribunal, éste no analizó la posible responsabilidad internacional del estado derivada directamente de la masacre perpetrada en contra de la comunidad campesina. Sin perjuicio de ello, la Corte observó primeramente que la investigación de los hechos a nivel interno “sólo se refiere a las afectaciones a la vida, y no a aquellas otras relacionadas con hechos de presuntas torturas contra miembros del Parcelamiento y otros actos alegados de violencia contra la población infantil y las mujeres”19. Al respecto, especificó que “el Estado tenía la obligación de investigar con la debida diligencia todos esos hechos, obligación que se encontraba pendiente al momento del reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte el 9 de marzo de 1987. Dicha obligación fue reafirmada por el Estado con motivo de la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (CIPST) el 29 de enero de 1987 y posteriormente la ratificación de la Convención de Belém do Pará el 4 de abril de 1995, por lo que el Estado debía velar por su cumplimiento a partir de ese momento, aun cuando éstas no habían sido adoptadas por el Estado al momento de la masacre”20.

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Corte IDH, Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Serie C No. 211, párrs. 78 a 81. Asimismo, el Estado incumplió el deber de respeto y de adoptar disposiciones de derecho interno (artículos 1.1 y 2) en relación con la inefectividad del recurso de amparo. Además, declaró violación de los derechos a la protección a la familia y al nombre (artículos 17 y 18 – 1.1 y 19), así como el derecho a la integridad personal (artículo 5) de las 153 víctimas familiares y en relación a los derechos del niño (artículo 19) en relación con los menores sobrevivientes, todos ellos de la CADH. Corte IDH, Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala, supra, párr. 136. Ibid. Párr. 137.

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En particular, la Corte observó que después de aceptada su competencia, el Estado tuvo conocimiento de hechos de tortura contra la población adulta y la niñez del Parcelamiento, así como abortos inducidos a las mujeres embarazadas21, violaciones y otras formas de violencia sexual y actos de barbarie contra niñas y mujeres, perpetuados durante tres días consecutivos. Sin embargo, el Estado no inició una investigación tendiente a esclarecer lo ocurrido e imputar las responsabilidades correspondientes”22. Así, el Tribunal determinó que durante el conflicto armado las mujeres fueron particularmente seleccionadas como víctimas de violencia sexual, lo cual fue una práctica de Estado, dirigido a destruir la dignidad de la mujer a nivel cultural, social, familiar e individual, todo ello produciendo un daño grave a su integridad personal23. Por tanto, la Corte sostuvo que la falta de investigación de las alegadas torturas y violencia sexual en el contexto de un conflicto armado interno y/o dentro de un patrón sistemático: “Constituy[ó] un incumplimiento de las obligaciones del Estado frente a graves violaciones a derechos humanos, las cuales contravienen normas inderogables (jus cogens) y generan obligaciones para los Estados como la de investigar y sancionar dichas prácticas, de conformidad con la [CADH] y en este caso a la luz de la CIPST y de la Convención de Belém do Pará. […E]l Estado debió iniciar ex officio y sin dilación una investigación seria, imparcial y efectiva de todos los hechos de la masacre relacionados con la vulneración de la vida, así como respecto a otras afectaciones específicas contra la integridad personal, tales como las supuestas torturas y actos de violencia contra la mujer con una perspectiva de género”24. Para efectos de dichas determinaciones, la Corte tomó en consideración lo dispuesto en los diversos desarrollos jurisprudenciales internacionales, entre ellos, los del Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia, el Tribunal Penal Internacional para Ruanda y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”25. Ibid. Párr. 81. Ibid. Párr. 138. 23 Ibid, párr. 139. 24 Ibid, párrs. 139 a 141. 25 Ibid., pie de Página 149. “El Tribunal Penal Internacional para la Ex Yugoslavia, [el cual] ha calificado la violencia sexual como comparable a la tortura y otros tratos crueles inhumanos y degradantes, cuando ésta ha sido cometida dentro de una práctica sistemática contra la población civil y con una intención de obtener información, castigar, intimidar, humillar o discriminar a la víctima o una tercera persona. Cfr. ICTY, Trial Ch II. Prosecutor v. Anto Furundzija. Judgment, Dec. 10, 1998. paras. 267.i, 295; 21

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En el capítulo de la reparación integral, la Corte valoró la publicación del informe de la CEH, Guatemala: Memoria del Silencio, el cual incluye el caso de la Masacre de Las Dos Erres, como un esfuerzo que ha contribuido a la búsqueda y determinación de la verdad de un período histórico de Guatemala, mismo que describió algunos de los patrones de violencia sexual contra las mujeres en el conflicto armado26. No obstante, la Corte precisó que la “verdad histórica” contenida en ese informe no completa o sustituye la obligación del Estado de establecer la verdad y asegurar la determinación judicial de responsabilidades individuales o estatales también a través de los procesos judiciales27. En consecuencia, determinó que el Estado debía iniciar una debida investigación, especificando ciertos criterios para la conducción de la misma, entre otros28: “Investigar de forma efectiva todos los hechos de la masacre tomando el cuenta el patrón sistemático de violaciones a derechos humanos existente en la época en que ocurrieron los hechos del presente caso, incluyendo, además del asesinato de los pobladores del Parcelamiento, otras posibles graves afectaciones a la integridad personal, y en particular, los presuntos actos de tortura, a la luz de los impactos diferenciados con motivo de la

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ICTY, Trial Ch II. Prosecutor v. Delalic et al (Celebici case). Judgment, Nov. 16, 1998. paras. 941; ICTY, Appeals Ch. Prosecutor v. Delalic et al (Celebici case). Judgment, Feb. 20, 2001. paras. 488, 501; y ICTY, Trial Ch II. Prosecutor v. Kunarac et al. Judgment, Feb. 22, 2001. paras. 656, 670, 816. Asimismo, el Tribunal Penal Internacional para Ruanda también ha comparado la violación sexual con la tortura, señalando que la primera puede constituir tortura al ser cometida por o con la aquiescencia, consentimiento o a instigación de un oficial público. Cfr. ICTR, Trial Ch I. Prosecutor v. Akayesu, Jean-Paul. Judgment, Sep. 2, 1998. paras. 687, 688. Por su parte, la Corte Europea de Derechos Humanos ha señalado que la violación sexual puede constituir tortura cuando ha sido cometida por agentes estatales contra personas bajo su custodia. Cfr. ECHR. Case of Aydin v. Turkey. Judgment, Sep. 25, 1997. Paras. 86, 87, y Case of Maslova and Nalbandov v. Russia. Judgment. Jul. 7, 2008. Para. 108”. CEH, Guatemala: Memoria del Silencio, Guatemala. Conclusiones. Ob cit. Caso De la Masacre de las Dos Erres. Párr. 232. Ibid. Párr. 233. Dicha sentencia dispuso, además, que el Estado debía iniciar acciones contra las autoridades que obstaculizaron la investigación, adoptar medidas para reformar la Ley de Amparo; proceder a la exhumación, identificación y entrega de los restos de los fallecidos; implementar cursos de capacitación en derechos humanos; publicar la sentencia; realizar actos públicos; levantar un monumento en memoria de las víctimas; brindar tratamiento médico y psicológico a las víctimas; crear una página web de búsqueda de niños sustraídos y retenidos ilegalmente; pagar las indemnizaciones por daño inmaterial, dentro de las que se encuentra el daño al proyecto de vida y destierro que sufrió uno de los sobrevivientes de la masacre.

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alegada violencia contra la niñez y la mujer […]”29. [El subrayado es nuestro]. a.1) Voto razonado concurrente del Juez Ramón Cadena Resulta destacado en esta materia el Voto Razonado del Juez ad hoc de Guatemala, Ramón Cadena Rámila, quien al analizar la Convención de Belém do Pará, señaló que ésta complementa el corpus iuris internacional en materia de protección de la integridad personal y afirmó que “la aplicación de la perspectiva de género, enriquece la manera de mirar la realidad y de actuar sobre ella, […] y permite, entre otras cosas, visualizar inequidades construidas de manera artificial, socio-culturalmente y detectar mejor la especificidad en la protección que precisan quienes sufren desigualdad o discriminación. Ofrece, pues, grandes ventajas y posibilidades para la efectiva tutela de las personas y concretamente, de las mujeres”. a.2) Incidencia de la Sentencia de Las Dos Erres en el proceso interno en Guatemala y perspectiva de género en cumplimiento del fallo El día 8 de febrero de 2010 la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala declaró autoejecutable la Sentencia de la Corte IDH en el caso de la Masacre de Las Dos Erres, por lo que ordenó la continuidad del proceso penal, la inaplicabilidad de la Ley de Reconciliación Nacional (en adelante LRN) y la captura de los responsables, lo cual representó un avance relevante a pocos meses de emitido el fallo de la Corte IDH. Asimismo, el 2 de agosto de 2011 el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala concluyó que cuatro de “los sindicados: a) fueron responsables como autores del delito de asesinato cometido en contra de la vida e integridad de los pobladores de las Dos Erres; por lo que se les impuso la pena de […] 6,030 años de prisión inconmutables; b) que son responsables como autores de los delitos contra los deberes de humanidad, cometidos en 29

En la nota al pie 254 del párr. 233 b), se señaló que: El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer en su Recomendación General No. 19 “La violencia contra la mujer”, ha establecido que en el marco de conflictos armados se requiere que los Estados adopten medidas protectoras y punitivas, asimismo recomendó que velen por que las leyes contra los ataques respeten la integridad y dignidad de todas las mujeres, y que proporcionen protección a las víctimas, así como realizar una investigación de las causas y los efectos de la violencia y la eficacia de las medidas para responder a ella y que prevean procedimientos eficaces de reparación, incluyendo la indemnización.

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contra de la seguridad del Estado; por lo que se les impuso la pena de 30 años de prisión inconmutables; […] y d) se le ordenó al Ministerio Público continuar con la investigación correspondiente en contra de las demás personas que pudieren haber participado en los hechos”30. Cabe señalar que de acuerdo a esta y otras sentencias relevantes en el proceso interno, se condenaron a los imputados por delitos contra los deberes de humanidad31. A través de este tipo penal, es que el tribunal interno en sus consideraciones se pronunció sobre los impulsos de perversidad brutal, tortura, tratos inhumanos contra la población civil y la violencia sexual contra las mujeres; en particular, la violación sexual y los abortos inducidos, recogiendo la narrativa y estándares desarrollados en la Sentencia de la Corte IDH y disposiciones del derecho internacional humanitario32. Por dicho delito en particular correspondió una pena de 30 años de prisión33. En la sentencia de otro kaibil, dictada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de 12 de marzo de 2012, siendo que los crímenes cometidos eran de lesa humanidad, se ordenó difundir un video informativo que describiera los hechos de la masacre en cadena nacional por cinco veces y a cargo de la dirección General de Difusión de Radio y Televisión Nacional34. Asimismo, dicho juzgado ordenó el 10 de septiembre de 2010 la extradición activa de otros síndicos que se encontrarían en Estados Unidos y Canadá y se emitieron diversas órdenes de aprehensión. Además, el 18 de marzo de 2011, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la obligación de investigar estos hechos frente al recurso de amparo presentado por nueve de los kaibiles condenados. 30

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Corte IDH. Caso De la Masacre de las Dos Erres Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte IDH de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012. Considerando 7. Estos delitos son cometidos por “quien violare o infringiere deberes humanitarios, leyes o convenios con respeto a prisioneros o rehenes de guerra, heridos durante acciones bélicas, o que cometiere cualquier acto inhumano contra población civil o contra hospitales o lugares destinados o heridos”. Sentencia contra Pedro Pimentel Ríos, dictada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de 12 de marzo de 2012, pág. 205. Dicha pena junto con las otras penas generaron la condena por 6,030 años de prisión para cada uno de los procesados, que de conformidad con el artículo 69 del Código Penal de Guatemala corresponde a la pena máxima compurgable de 50 años de prisión. Sentencia del 2 de agosto de 2011 del Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, folio 244. Sentencia contra Pedro Pimentel Ríos, dictada por el Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente de 12 de marzo de 2012, pág. 230.

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Los hechos de la Masacre de Las Dos Erres, incluyendo la violencia sexual, también fueron imputados al entonces presidente de Guatemala Efraín Ríos Montt, quien en 2012 habría logrado un amparo concedido por la Sala cuarta de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia35. En vista de estos avances, la Corte IDH ha emitido, hasta la fecha, tres resoluciones de supervisión de cumplimiento de la Sentencia en fechas 6 de julio de 2011, 4 de septiembre de 2012 y 24 de noviembre de 2015, mediante las cuales ha valorado dicha información y actualmente monitorea de manera conjunta las órdenes de investigación de 12 casos guatemaltecos sentenciados por el Tribunal y respecto de los cuales ha celebrado una audiencia privada de supervisión de cumplimiento36. b)

Caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú

El análisis sobre el deber de investigar realizado por la Corte IDH en el caso Masacre de Las Dos Erres fue replicado en casos posteriores en que existieron hechos de violencia sexual en conflicto armado37. De manera particular, en el caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú se desarrollaron estándares más precisos en esta materia, especialmente en: la investigación, la toma de declaraciones y exámenes médicos, el rol del personal de salud y la valoración de la prueba, entre otros. En dicho caso, la Corte estableció la existencia de un patrón de violencia sexual en el conflicto peruano y enmarcó dicho patrón dentro de un contexto más amplio de discriminación contra la mujer, así como estableció nuevos criterios en cuanto al deber de investigar este tipo de violencia, principalmente en lo relativo a la recopilación y valoración de la prueba. Los hechos del caso se dieron en el marco del conflicto desarrollado durante los años 1980 a 2000 entre grupos armados ilegales y el Estado. Según estableció la Corte IDH, durante dicho conflicto, la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, inclusive a 35

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Corte IDH, Caso De la Masacre de las Dos Erres, supra. Resolución de 4 de septiembre de 2012, Considerando 10. Cfr. Corte IDH. Caso Supervisión conjunta de 11 casos Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de 21 de agosto de 2014, y Corte IDH. Casos Guatemaltecos Vs. Guatemala. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de 24 de noviembre de 2015, párrs. 108 a 114. Cfr. Inter alia, Casos Masacre de Río Negro Vs. Guatemala; Masacre del Mozote Vs. El Salvador; Rodríguez Vera Vs. Colombia.

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través de la violación u otros actos de violencia sexual, fueron utilizados de forma sistemática y generalizada en la lucha contrasubversiva. La Corte remarcó que en el Perú, este tipo de violencia fue utilizado principalmente por las fuerzas de seguridad, quienes, según el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) cometieron aproximadamente el 83% de los actos de violación sexual, pero también fue utilizado por los grupos subversivos (Sendero Luminoso y MRTA), quienes cometieron aproximadamente el 11% de dichos actos38. Así, en abril de 1993, Gladys Carol Espinoza Gonzáles fue detenida junto con su pareja, de forma violenta, por agentes de la División de Investigación de Secuestros (DIVISE) de la Policía Nacional del Perú (PNP), por su presunta participación en un secuestro llevado a cabo por miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA). Ambos fueron trasladados a las instalaciones de la DIVISE, donde falleció éste último y, al día siguiente, Gladys Espinoza fue trasladada a instalaciones de la Dirección Nacional Contra el Terrorismo (DINCOTE). En ambos lugares sufrió violencia extrema, inclusive violación y otras formas de violencia sexual. Pese a las reiteradas denuncias interpuestas ante autoridades estatales, inclusive autoridades judiciales, y pese a la existencia de evidencia médica de los actos cometidos en su contra, no se inició una investigación respecto a estos hechos sino hasta el año 2012, luego de la emisión del Informe de Fondo No. 67/11 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y a la fecha de emisión de la Sentencia de la Corte IDH, dicha investigación seguía en curso39. En lo que respecta la violencia sexual, en su Sentencia de 20 de noviembre de 2014 la Corte IDH determinó que la práctica generalizada de la violencia sexual por las fuerzas de seguridad durante el conflicto armado constituyó violencia basada en género, ya que afectó a las mujeres por el solo hecho de serlo. En este sentido, estableció que lo sucedido a la señora Espinoza fue consistente con dicha práctica generalizada y los actos de violencia sexual perpetrados en contra de ella también constituyeron actos de tortura. Al respecto, a la luz del contexto descrito, la Corte estableció que el cuerpo de Gladys Espinoza como mujer fue utilizado a fin de obtener información de su compañero sentimental y humillar e intimidar a ambos. Estos actos confirmaban 38

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Corte IDH. Caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 20 de noviembre de 2014. Serie C No. 289, párr. 62. Por otra parte, la Corte IDH estableció que entre 1996 y 2001, la señora Espinoza sufrió precarias condiciones de detención en el Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad de Yanamayo. Además, declaró que la fuerza utilizada en contra de la señora Espinoza durante una requisa en 1999 en dicho Penal constituyó tortura.

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que los agentes estatales utilizaron la violencia sexual y la amenaza de violencia sexual en contra de aquélla como estrategia en la lucha contra el mencionado grupo subversivo. Como consecuencia, la Corte también concluyó que Gladys Espinoza fue víctima de trato discriminatorio individualizado por su condición de ser mujer. Por otra parte, la Corte consideró que el Estado violó los derechos de la señora Espinoza a las garantías y protección judiciales, entre otros, por el retardo injustificado en iniciar la investigación de los hechos. En relación a ello, concluyó que en el Perú se tornó invisible el patrón grave de violencia sexual del cual fueron víctimas las mujeres detenidas en razón de su presunta participación en delitos de terrorismo y traición a la patria, lo cual constituyó un obstáculo a la judicialización de dichos hechos, favoreciendo su impunidad hasta la fecha, y configuró discriminación en el acceso a la justicia por razones de género. Asimismo, la Corte observó que ni las declaraciones que se le tomaron a Gladys Espinoza ni los informes médicos correspondientes a los exámenes que se le practicaron cumplieron con los estándares internacionales aplicables para la recaudación de prueba en casos de tortura y violencia sexual, y en particular, a la recopilación de declaraciones y la realización de evaluaciones médicas y psicológicas. Así, como se mencionó, esta sentencia se destaca porque recogió de forma sistemática los estándares ya establecidos en la jurisprudencia anterior de la Corte IDH respecto de cómo deben ser llevadas a cabo las investigaciones en casos de tortura y violencia sexual, así como estableció nuevos estándares en esta materia, los cuales se destacan a continuación40. b.1) Desarrollo de la investigación en casos de presunta violencia sexual y/o tortura Primeramente, en el caso Espinoza la Corte recordó “los principios rectores que es preciso observar en investigaciones penales relativas a violaciones de derechos humanos”41 y reiteró que “el deber de investigar 40

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Los pies de página incluidos en la Sentencia han sido omitidos, salvo que contengan información adicional relevante. Corte IDH. Caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú, supra, párr. 242 y nota 405. Dichos principios “pueden incluir, inter alia: recuperar y preservar el material probatorio con el fin de ayudar en cualquier potencial investigación penal de los responsables; identificar posibles testigos y obtener sus declaraciones, y determinar la causa, forma, lugar y momento del hecho investigado. Además, es necesario investigar exhaustivamente la escena del crimen, se deben realizar análisis en forma rigurosa, por profesionales competentes y empleando los procedimientos más apropiados”.

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efectivamente tiene alcances adicionales cuando se trata de una mujer que sufre una muerte, maltrato o afectación a su libertad personal en el marco de un contexto general de violencia contra las mujeres”. Así, señaló que, en “casos de violencia contra la mujer, ciertos instrumentos internacionales resultan útiles para precisar y dar contenido a la obligación estatal reforzada de investigarlos con la debida diligencia”42. Entre otros, en una investigación penal por violencia sexual es necesario que: “Dicha investigación incluya una perspectiva de género y sea realizada por funcionarios capacitados en casos similares y en atención a víctimas de discriminación y violencia por razón de género43; la investigación intente evitar en lo posible la revictimización o reexperimentación de la profunda experiencia traumática a la presunta víctima44; “se documenten y coordinen los actos investigativos y se maneje diligentemente la prueba, tomando muestras suficientes, realizando estudios para determinar la posible autoría del hecho, asegurando otras pruebas como la ropa de la víctima, investigando de forma inmediata el lugar de los hechos y garantizando la correcta cadena de custodia”; “se brinde acceso a asistencia jurídica gratuita a la víctima durante todas las etapas del proceso”, y “se brinde atención médica, sanitaria y psicológica a la víctima, tanto de emergencia como de forma continuada si así se requiere, mediante un protocolo de atención cuyo objetivo sea reducir las consecuencias de la violación”45. En cuento a este último requisito, en esta Sentencia la Corte señaló por primera vez que los estados se encuentran “en la obligación de brindar, con el consentimiento de la víctima, tratamiento a las consecuencias a su salud derivadas de dicha violencia sexual, incluyendo la posibilidad de acceder a tratamientos profilácticos y de prevención del embarazo”46.

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Ibid., párr. 242, citando, entre otros, el Protocolo de Estambul, 2001, párrs. 67, 77, 89, 99, 101 a 105, 154, 161 a 163, 170, 171, 224, 225, 260, 269 y 290, y Organización Mundial de la Salud, Guidelines for médico-legal care for victims of sexual violence, Ginebra, 2003, inter alia, págs. 17, 30-1, 34, 39 a 44 y 57 a 74. Ibid., párr. 242. Ibid., párr. 256. Ibid., párr. 242. Ibid., nota al pie 408.

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b.2) Toma de declaraciones y realización de exámenes médicos De forma más específica, en esta Sentencia la Corte IDH también detalló las características que deben ostentar las declaraciones y exámenes médicos realizados a la presunta víctima en casos de tortura y/o violencia sexual. De este modo, en cuanto a las entrevistas que se realicen a una persona que afirma haber sido sometida a actos de tortura, tomando en cuenta el Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (Protocolo de Estambul), la Corte señaló que: “se debe permitir que ésta pueda exponer lo que considere relevante con libertad, por lo que los funcionarios deben evitar limitarse a formular preguntas; no debe exigirse a nadie hablar de ninguna forma de tortura si se siente incómodo al hacerlo; se debe documentar durante la entrevista la historia psicosocial y previa al arresto de la presunta víctima, el resumen de los hechos narrados por ésta relacionados al momento de su detención inicial, las circunstancias, el lugar y las condiciones en las que se encontraba durante su permanencia bajo custodia estatal, los malos tratos o actos de tortura presuntamente sufridos, así como los métodos presuntamente utilizados para ello, y se debe grabar y hacer transcribir la declaración detallada. En casos de que la alegada tortura incluya actos de violencia o violación sexual, dicha grabación deberá ser consentida por la presunta víctima”47. Por otra parte, en cuanto a la entrevista que se realiza a una presunta víctima de actos de violencia o violación sexual, reiteró que “es necesario que la declaración de ésta se realice en un ambiente cómodo y seguro, que le brinde privacidad y confianza, y que la declaración se registre de forma tal que se evite o limite la necesidad de su repetición”. Además, enunció por primera vez algunos de los elementos que dicha declaración deberá contener, con el consentimiento de la presunta víctima48. 47 48

Ibid., párr. 248. Ibid., párr. 249, citando Organización Mundial de la Salud, Guidelines for medico-legal care for victims of sexual violence, págs. 36 y 37. Estos elementos incluyen: i) la fecha, hora y lugar del acto de violencia sexual perpetrado, incluyendo la descripción del lugar donde ocurrió el acto; ii) el nombre, identidad y número de agresores; iii) la naturaleza de los contactos físicos de los que habría sido víctima; iv) si existió uso de armas o retenedores; v) el uso de medicación, drogas, alcohol u otras substancias; vi) la forma en la que la ropa fue removida, de ser el caso; vii) los detalles sobre las actividades sexuales perpetradas o intentadas en contra de la presunta víctima; viii) si existió el uso de preservativos o lubricantes; ix) si existieron otras conductas que podrían alterar la evidencia, y x) detalles sobre los síntomas que ha padecido la presunta víctima desde ese momento.

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En cuanto a los exámenes médicos practicados en casos donde existen indicios de tortura, la Corte señaló que éstos deben ser realizados con consentimiento previo e informado, sin la presencia de agentes de seguridad u otros agentes estatales y, citando el Protocolo de Estambul, expuso los elementos básicos que deben incluir los informes correspondientes a dichos exámenes48. En cuanto a los casos de violencia contra la mujer, el Tribunal recordó que, “al tomar conocimiento de los actos alegados, es necesario que se realice inmediatamente un examen médico y psicológico completo y detallado por personal idóneo y capacitado, en lo posible del sexo que la víctima indique, ofreciéndole que sea acompañada por alguien de su confianza si así lo desea”. Además, citando la Organización Mundial de la Salud (OMS), agregó que dicho examen “deberá ser realizado de conformidad con protocolos dirigidos específicamente a documentar evidencias en casos de violencia de género50. La Corte también estableció, por primera vez en su jurisprudencia y citando la OMS, así como diversos protocolos de la región para la recolección de evidencia forense, estándares sobre la forma y el tiempo dentro del cual deben ser realizados los peritajes ginecológicos y anales, y resaltó que, en caso de no ser procedente o no contar con el consentimiento informado de la presunta víctima, el examen debe ser omitido, lo que en ninguna circunstancia debe servir de excusa para desacre ditar a la presunta víctima y/o impedir una investigación51. 49

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Ibid., párr. 251, citando el Protocolo de Estambul, párr. 83. Dichos elementos incluyen: a) las circunstancias de la entrevista: el nombre del sujeto y el nombre y la filiación de todas las personas presentes en el examen; la fecha y hora exactas; la ubicación, carácter y domicilio de la institución donde se realizó el examen; circunstancias particulares en el momento del examen, y cualquier otro factor que el médico considere pertinente; b) una exposición detallada de los hechos relatados por el sujeto durante la entrevista; c) una descripción de todas las observaciones físicas y psicológicas del examen clínico, incluidas las pruebas de diagnóstico correspondientes y, cuando sea posible, fotografías en color de todas las lesiones; d) una interpretación de la relación probable entre los síntomas físicos y psicológicos y las posibles torturas o malos tratos, y una opinión respecto a la recomendación de un tratamiento médico y psicológico o de nuevos exámenes, y e) el informe deberá ir firmado e identificar claramente a las personas que hayan llevado a cabo el examen. Ibid., párr. 252, citando Organización Mundial de la Salud, Guidelines for medico-legal care for victims of sexual violence, inter alia, págs. 28 y 29. Ibid., párr. 256. La Corte sostuvo que el peritaje ginecológico y anal debe ser realizado con el consentimiento previo e informado de la presunta víctima, lo más pronto posible durante las primeras 72 horas a partir del hecho denunciado, con base en un protocolo específico de atención a las víctimas de violencia sexual. Sin embargo, advirtió que esto no debe ser interpretado como una política estricta, dado que evidencias pueden ser encontradas tiempo después del acto de violencia sexual, particularmente con el desarrollo de la tecnología. Además, resaltó que la procedencia de un peritaje

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b.3) Independencia de los médicos y personal de salud Por otra parte, la Corte realizó diversas consideraciones respecto a las obligaciones del personal de salud encargado de examinar y brindar atención médica a detenidos, así como la obligación de los Estados de brindar a dichas personas garantías de independencia en sus cargos. De este modo, la Corte afirmó en esta Sentencia que los miembros del personal de salud: “están en la obligación de no participar, ni activa ni pasivamente, en actos que constituyan participación o complicidad en torturas u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, incitación a ello o intento de cometerlos. En particular, el médico forense está en la obligación de plasmar en sus informes la existencia de prueba de malos tratos, de ser el caso. Así, los médicos forenses deben adoptar medidas a fin de notificar posibles abusos a las autoridades correspondientes o, si ello implica riesgos previsibles para los profesionales de la salud o sus pacientes, a autoridades ajenas a la jurisdicción inmediata”52. Según el Tribunal, el “médico forense tiene igualmente una obligación de imparcialidad y objetividad frente a la evaluación de la persona a quien examina”, la cual debe ser garantizada por el Estado53. En esta misma línea, el Estado tiene la obligación de “proporcionar las garantías necesarias para que, si un examen médico forense apoyara la posibilidad de que se hayan cometido actos de tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, el detenido o la detenida no regrese al lugar de detención donde éstos habrían ocurrido”54.

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ginecológico debe ser motivada detalladamente por la autoridad que la solicita y considerada sobre la base de un análisis realizado caso por caso, tomando en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se alega que ocurrió la violencia sexual. Ibid., párr. 258. Ibid., párr. 260 et seq. Según la Corte, el Estado “debe garantizar la independencia del personal médico y de salud encargado de examinar y prestar asistencia a los detenidos[,] de manera que puedan practicar libremente las evaluaciones médicas necesarias, respetando las normas establecidas en la práctica de su profesión. El deber de independencia exige que el médico tenga plena libertad de actuar en interés del paciente, e implica que los médicos hagan uso de las prácticas médicas óptimas, sean cuales fueren las presiones a las que puedan estar sometidos, incluidas las instrucciones que puedan darle sus empleadores, autoridades penitenciarias o fuerzas de seguridad. En esta línea, el Estado tiene la obligación de abstenerse de obligar de cualquier forma a los médicos de comprometer su independencia profesional. Si bien no basta con afirmar que un médico sea funcionario del Estado para determinar que no es independiente, el Estado debe asegurarse de que sus condiciones contractuales le otorguen la independencia profesional necesaria para realizar sus juicios clínicos libres de presiones”. Ibid., párr. 258.

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b.4) Valoración de la prueba En su Sentencia, la Corte IDH señaló que una garantía para el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia sexual debe ser la previsión de reglas para la valoración de la prueba. Así, el Tribunal recordó los estándares que ha utilizado para la valoración de la prueba en este tipo de casos. Respecto a las declaraciones rendidas por presuntas víctimas, señaló que éstas suelen abstenerse, por temor, de denunciar hechos de tortura o malos tratos, sobre todo si se encuentran detenidas en el mismo recinto donde estos ocurrieron, y que no resulta razonable exigir que las víctimas de tortura manifiesten todos los presuntos maltratos que habrían sufrido en cada oportunidad que declaran55 Además, en lo que respecta los casos de alegada violencia sexual, recordó que las agresiones sexuales se caracterizan, en general, por producirse en ausencia de otras personas más allá de la víctima y el agresor o los agresores. Así, “[d] ada la naturaleza de estas formas de violencia, no se puede esperar la existencia de pruebas gráficas o documentales y, por ello, la declaración de la víctima constituye una prueba fundamental sobre el hecho. Asimismo, [recordó que,] al analizar dichas declaraciones, se debe tomar en cuenta que las agresiones sexuales corresponden a un tipo de delito que la víctima no suele denunciar, por el estigma que dicha denuncia conlleva usualmente. [Advirtió, además,] que las declaraciones brindadas por las víctimas de violencia sexual se refieren a un momento traumático [para] ellas, cuyo impacto puede derivar en determinadas imprecisiones [u omisiones] al recordarlo[, lo cual…] no significa que [dichas declaraciones] sean falsas o que los hechos relatados carezcan de veracidad”56. En esta misma línea, la Corte reiteró “que la evidencia obtenida a través de los exámenes médicos tiene un rol crucial” cuando personas detenidas alegan maltrato. En este sentido, recordó que “los alegatos de maltratos ocurridos en custodia policial son extremadamente difíciles de sustanciar para la víctima si ésta estuvo aislada del mundo exterior […]. Por tanto, corresponde a las autoridades judiciales […] la obtención y el aseguramiento de toda prueba que pueda acreditar los actos de tortura, incluyendo exámenes médicos”57. 55 56 57

Ibid., párr. 149. Ibid., párr. 150. Ibid., párr. 151.

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El Tribunal también resaltó que en una investigación en casos en que existen alegatos de supuestas torturas o malos tratos, “el tiempo transcurrido para la realización de las correspondientes pericias médicas es esencial para determinar fehacientemente la existencia del daño, sobre todo cuando no se cuenta con testigos más allá de los perpetradores y las propias víctimas […]. Por tanto, la falta de realización de un examen médico de una persona que se encontraba bajo la custodia del Estado, o la realización del mismo sin el cumplimiento de los estándares aplicables, no puede ser usad[a] para cuestionar la veracidad de los alegatos de maltrato de la presunta víctima”58. Del mismo modo, la Corte IDH señaló que, “en casos donde se alegue agresiones sexuales, la falta de evidencia médica no disminuye la veracidad de la declaración de la presunta víctima. En tales casos, no necesariamente se verá reflejada la ocurrencia de violencia o violación sexual en un examen médico, ya que no todos los casos de violencia y/o violación sexual ocasionan lesiones físicas o enfermedades verificables a través de dichos exámenes”59. b.5) Perspectiva de género y violencia sexual en las reparaciones La Sentencia en el caso Espinoza también estableció precedentes importantes en materia de reparaciones con perspectiva de género, reconociendo particularmente que “la práctica generalizada de la violación sexual y otras formas de violencia sexual fue utilizado como una estrategia de guerra y afectó principalmente a las mujeres en el marco del conflicto […]”60. Por este motivo, la Corte IDH ordenó al Perú implementar un mecanismo que permita a todas las mujeres víctimas de la práctica generalizada de la violación y otras formas de violencia sexual durante el conflicto peruano, tener acceso gratuito a una rehabilitación especializada de carácter médico, psicológico y/o psiquiátrico dirigido a reparar este tipo de violaciones. Además, ordenó al Estado, entre otros, desarrollar protocolos de investigación para que los casos de tortura, violación sexual y otras formas de violencia sexual sean debidamente investigados y juzgados de conformidad con los estándares indicados en la Sentencia, e incorporar dichos estándares en los programas y cursos

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Ibid., párr. 152. La Corte también señaló que la ausencia de señales físicas no implica que no se han producido maltratos, ya que es frecuente que estos actos de violencia contra las personas no dejen marcas ni cicatrices permanentes. Ibid., párr. 153. Ibid., párr. 331.

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permanentes de educación y capacitación dirigidos a quienes están encargados de la persecución penal y su judicialización61.

Conclusiones Como ha sido expuesto, con los casos González y otras (“Campo Algodonero”) Vs. México y Masacre de Las Dos Erres Vs. Guatemala, la Corte IDH estableció criterios importantes relativos a los deberes de los Estados de prevenir, investigar y sancionar violaciones de los derechos de las mujeres y niñas. Con el caso Campo Algodonero, desarrolló los deberes generales y específicos de prevención de violaciones a los derechos de las mujeres y estableció el estándar de la debida diligencia estricta en contextos de violencia contra la mujer. Con el caso de la Masacre de Las Dos Erres, la Corte IDH estableció la necesidad de visibilizar la violencia sexual cometida en el marco de un conflicto armado interno, frente a otras violaciones de derechos humanos percibidas como de mayor impacto, y de investigar y sancionar dicha violencia como grave violación a los derechos humanos, aun cuando los hechos estuvieran fuera de su competencia contenciosa. Así, a través de sus sentencias, la Corte IDH se sumó a los relevantes aportes desarrollados por los Tribunales Penales Internacionales y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y mediante la interpretación de diversos instrumentos en la materia, en casos posteriores ha logrado configurar una jurisprudencia coherente sobre situaciones de violencia sexual, aplicando una perspectiva de género al analizar dichas situaciones, que toma en cuenta, como elemento transversal, el impacto diferenciado que pueden sufrir las mujeres y niñas en determinados contextos. Particularmente en el caso Velásquez Paiz y otros Vs. Guatemala, la Corte aclaró el contenido de sus deberes de prevención y debida diligencia estricta y, en el caso Espinoza Gonzáles Vs. Perú, estableció obligaciones específicas en la investigación de la violencia sexual (particularmente cuando esta es utilizada como método de tortura), cometida en el marco de un conflicto armado. La transversalidad de esta perspectiva de género se inserta además en las medidas de reparación integral ordenadas por la Corte IDH, las cuales

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Ibid., párr. 322 y 327.

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están destinadas a remediar la situación y contribuir a la no repetición de los hechos y, más aún, a la transformación de las circunstancias que los originaron62. Así, la perspectiva de género como elemento transversal es un componente ineludible para analizar y enfrentar cualquier violación a derechos humanos y, en particular, cuando existan indicios de violencia de género. Es por ello, que los desarrollos jurisprudenciales en la materia, resultan fundamentales para la debida aplicación de la justicia. Tales aportes hoy en día contribuyen de manera relevante no sólo en la esfera internacional, sino que en el ámbito interno, a través, tanto de las obligaciones propias de la CADH y Convención de Belém do Pará, así como con motivo de la consolidación de la doctrina del “control de convencionalidad”, según la cual los operadores de justica deben aplicar a nivel interno no sólo las disposiciones de las Convenciones sino también la interpretación de las mismas, lo que permite expandir el nivel reforzado de prevención, investigación y sanción de estas prácticas, así como insertar un análisis con perspectiva de género en la región. Referencias bibliográficas. Calderón, J. (2007). Seeking Reparations for the Murder in Juarez: a Gender and Cultural Perspective. Human Rights Brief, American University Washington College of Law. Fall 2007. Disponible en: http://www.wcl.american.edu/hrbrief/14/2calderon. pdf?rd=1 Calderón, J. y Recinos, J. (2017). “La Perspectiva de Género en casos de Violencia Sexual en Conflicto Armado: Aportes de las Sentencias de la Corte IDH en los casos Las Masacres de Las Dos Erres Vs. Guatemala y Espinoza Gonzáles Vs. Perú”. En: Parra Vera et al. (Eds.) (2017) La Lucha por los Derechos Humanos Hoy. Estudios en homenaje a Cecilia Medina Quiroga. Ciudad de México, Tirant Lo Blanch (vía publicación 2017). Organización Mundial de la Salud (2003). Guidelines for medico-legal care for victims of sexual violence, Ginebra: OMS. MESECVI (2014). Declaración sobre la Violencia contra las Mujeres, Niñas y Adolescentes y sus Derechos Sexuales y Reproductivos. MESECVI. OEA/Ser.L/II.7.10. Convención Belém do Pará (MESECVI) MESECVI/CEVI/DEC.4/14. Undécima Reunión del Comité de Expertas/os 19 de septiembre 2014.

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Cfr. Calderón Gamboa, Jorge. Seeking Reparations for the Murder in Juarez: a Gender and Cultural Perspective. Human Rights Brief, American University Washington College of Law. Fall 2007. Disponible en: http://www.wcl.american.edu/hrbrief/14/2calderon. pdf?rd=1; Cfr. Declaración sobre la Violencia contra las Mujeres, Niñas y Adolescentes y sus Derechos Sexuales y Reproductivos. MESECVI. OEA/Ser.L/II.7.10. Convención Belém do Pará (MESECVI) MESECVI/CEVI/DEC.4/14. Undécima Reunión del Comité de Expertas/os 19 de septiembre 2014.

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CAPÍTULO 2.

Hacia una acción integral en materia de femicidio/ feminicidio para América Latina y el Caribe1 Adriana Quiñones Giraldo

Introducción En Latinoamérica y el Caribe (LAC) 1 de cada 4 mujeres sufrió alguna experiencia violenta a manos de su pareja2 La Violencia contra las Mujeres (VCM) constituye la primera causa de muerte en mujeres entre 15 y 49 años, por delante de la suma de las muertes provocadas por el cáncer, la malaria, los accidentes de tráfico y las guerras. En el marco de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Convención de Belém do Pará, de 1994, insta a los Estados Parte a adoptar leyes y políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y a crear marcos político-institucionales favorables para su efectiva implementación. El Segundo Informe Hemisférico del MESECVI (2012) reconoce que la VCM sigue afectando la realización de sus derechos, su salud, su potencial económico, su participación en la política y su contribución a la sociedad en general. En cuanto a los marcos normativos para abordar la VCM, LAC es una de la regiones que registra mayores avances: el 97% de los países han aprobado leyes contra la violencia doméstica; 10 países han aprobado legislaciones que amplían y toman en cuenta las distintas manifestaciones de violencia (de “segunda generación”) y 16 países han aprobado leyes o reformas en sus códigos penales que tipifican el femicidio/feminicidio.

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Este artículo resume y documenta esfuerzos de ONU Mujeres a nivel regional. Agradecimientos especiales a Nadine Gassman, Ana Güezmes, Wania Panisato, Magdalena Furtado por su liderazgo y contribuciones al trabajo de ONU Mujeres en materia de femicidio/feminicidio y la eliminación de todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. Organización Panamericana de la Salud (OPS), Violencia contra las Mujeres en América Latina y el Caribe: Análisis comparativo de datos poblacionales de 12 países (2012).

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En referencia a la coherencia entre marcos legales y políticas para atender la VCM, la violencia física, sexual y psicológica son las tres expresiones de VCM que están mayormente tipificadas penalmente en la legislación nacional y las que guardan mayor coherencia con las políticas y/o planes nacionales. E l femicidio/feminicidio, pese a ser recogido en numerosas legislaciones nacionales en los últimos años, resulta aún una asignatura pendiente, puesto que sólo está tipificado en un 50% de los países de LAC. Por otro lado, el ámbito privado es el ámbito de ejercicio de la VCM más protegido legalmente por el Estado –64% de los países lo incorporan en sus legislaciones–, pese a que el 85% de las políticas y/o planes nacionales consideran el ámbito privado y público. Las “nuevas” expresiones de VCM más tipificadas en la región son la trata/tráfico de personas y la prostitución forzada –en el 87% de los países–. Todas estas características que emanan del estudio, El Compromiso de los Estados: Planes y Políticas para Erradicar la Violencia contra las Mujeres en América Latina y el Caribe (ONU Mujeres/PNUD, 2013) reflejan algunos de los logros y retos en el tratamiento de la violencia contra las mujeres y las niñas en la región y tienen un impacto en las políticas públicas en materia de femicidio, como se verá en las páginas siguientes. Por otro lado, dado que la respuesta institucional para abordar la violencia contra las mujeres debe ser integral, por lo que las políticas y/o planes nacionales al respecto deben incorporar los ejes de prevención, atención, sanción y reparación, siendo los dos últimos los más comúnmente descuidados. Los principales retos identificados para garantizar la reparación de las mujeres en los sistemas de justicia han sido la insuficiente asignación de recursos; la débil articulación interinstitucional, intersectorial e interjurisdiccional; los cambios de gestión y altas tasas de rotación; la carencia de integralidad en la respuesta institucional; las capacidades técnicas debilitadas y culturas institucionales tradicionales; la debilidad en el desarrollo de sistemas de información; y las evaluaciones incipientes sobre los resultados. Frente a estos retos, la publicación plantea respectivamente las siguientes estrategias: asignar recursos adecuados a las políticas y planes o utilizar los ya existentes de forma más estratégica; crear o fortalecer estructuras de articulación y coordinación interinstitucional; mantener los modelos de gestión institucional exitosos; incrementar las acciones en los ejes de sanción y reparación de las sobrevivientes y sus hijos/as; fortalecer las capacidades del personal técnico mediante programas de formación permanentes sobre VCM; crear o fortalecer sistemas de información sobre VCM a nivel nacional; y evaluar los planes nacionales y políticas

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para garantizar su sostenibilidad. Todos estos temas repercuten en el tratamiento través de leyes y políticas públicas de la forma más extrema de violencia contra las mujeres y las niñas: el femicidio/feminicidio. En América Latina y el Caribe el fenómeno de feminicidio/femicidio constituye una alarmante forma de violencia contra las mujeres. Según diferentes informes las tasas de muertes de mujeres presentan, en los últimos años, una tendencia sostenida hacia el alza. Ello es preocupante, pues en los últimos 7 años, 16 países de la región han avanzado en la aprobación de legislación que penaliza el delito de feminicidio/ femicidio, sin embargo, aún subsisten graves obstáculos que impiden a las mujeres el efectivo acceso a la justicia, la verdad y la reparación, lo cual se refleja en las altas tasas de impunidad que caracteriza la muerte violenta de mujeres. Para ONU Mujeres y como lo ha descrito la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias3, Los homicidios por razones de género son la manifestación más extrema de la violencia contra la mujer que se experimenta en un continuo de violencia a lo largo de sus vidas y que aumenta progresivamente. La alta impunidad relacionada con los crímenes de violencia contra las mujeres y las niñas, manda equivocadamente el mensaje de que estas formas de violencia son aceptadas y toleradas. La falta de coordinación entre los múltiples servicios que se ofrecen a las mujeres que han sufrido violencia que no cuentan con una perspectiva de riesgo y protección a las víctimas y por último, la baja rendición de cuentas y sanciones para quienes por acción u omisión no responden efectivamente, perpetúan los actos violentos contra las mujeres y las niñas. A pesar de que un mayor número de hombres muere por causas violentas, las mujeres mueren en su mayoría en manos de su pareja íntima. Se ha estimado que 1 de cada 2 mujeres son asesinadas por sus parejas íntimas o familiares, en comparación con 1 de cada 20 hombres. A nivel global se estima que 60.000 mujeres y niñas de todo el mundo mueren cada año, principalmente porque son mujeres. Estas son solo estimaciones pues uno de los problemas principales de este fenómeno es la evidencia no está siendo capturada adecuadamente, de manera tal que ni siquiera entendemos el alcance completo de este problema.

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Report of the Special Rapporteur on Violence against Women its Causes and Consequences, Rashida Manjoo, January 15-26, 2012.

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Las tasas de femicidio/feminicidio en la región de América Latina y el Caribe son las más altas del mundo. Según un reciente informe mundial, “de los 25 países que registran tasas altas y muy altas de femicidio/ feminicidio, más del 50% (14) se encuentra en las Américas: cuatro en el Caribe, cuatro en América Central y seis en América del Sur”4. Además, en algunos países como Honduras, que tiene la tasa de homicidios más alta del mundo incluso considerando los países que se encuentran oficialmente en guerra, el aumento de la cantidad de muertes violentas de mujeres es cuatro veces mayor que para los hombres. En México, tras una reducción del 50% de las muertes de mujeres con sospecha de femicidio/feminicidio entre 1985 y 2006, entre 2007 y 2012 hubo un aumento del 138%; lo que significa que entre 2008 y 2012 no solo se perdió el progreso logrado en los 23 años anteriores, sino que estas muertes llegaron a niveles nunca antes registrados. Los últimos datos disponibles muestran una disminución de 250 casos en términos absolutos y una caída del 0,46 en la tasa, pero todavía sin regresar a los valores observados en 1985. Según los datos compilados por el Mapa de la Violencia5, Brasil está en el séptimo lugar de las tasas más altas de homicidios de mujeres en los 84 países comparados. Entre 1980 y 2011 hubo 96,612 homicidios de mujeres registrados, con un aumento del 233.5% registrado en ese período. El Salvador, Trinidad y Tobago, Guatemala y Colombia ocupan lugares superiores al de Brasil. Aunque no todas las fuentes de datos son comparables, Uruguay ha contabilizado 16 femicidios/feminicidios en los primeros cuatro meses de 2015 con una población de solo tres millones de habitantes en comparación con España, que registró 12 y tiene una población de 47 millones. En la región hace relativamente poco tiempo que se ha reconocido el problema del femicidio/feminicidio. En consecuencia, solo 16 países6 lo han incluido en su legislación y menos aún están recopilando datos

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En orden alfabético: Bahamas, Belice, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Jamaica, México, Venezuela. Ver la Carga Global de violencia armada. Recuperado de: http://www.genevadeclaration.org/fileadmin/docs/GBAV2/ GBAV2011_CH4_rev.pdf FLACSO. Mapa da Violencia 2012. Atualizacao: homicidio de mulheres no Brasil. Rio de Janeiro: CEBELA/FLACSO. Brasil. 2012. Recuperado de http://www.mapadaviolencia. org.br/mapazolz_mulheres.php, consultado el 20 de octubre de 2014. Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Perú, Venezuela.

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confiables sobre su prevalencia. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención de Belém do Pará, la sentencia Campo Algodonero de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las conclusiones convenidas del 57º período de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer ofrecen una amplia base normativa desde la cual abordar eficazmente esta forma extrema de violencia contra las mujeres. La legislación especializada; la recopilación de datos armonizados y comparables; la prevención, el castigo y la reparación (norma de la diligencia debida) son todos compromisos internacionales obligatorios que los países de la región. Tasa de impunidad del femicidio/feminicidio por cada 100.000 habitantes en 9 países de la región7. Todavía persisten barreras críticas que no permiten a las mujeres acceder a la prevención, la atención, el castigo y la reparación conforme a la norma de diligencia debida consagrada en las obligaciones normativas convenidas por los Estados de América Latina y el Caribe. Esto se refleja en las altas tasas de impunidad que caracterizan a las muertes violentas que se producen en la región. Según el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer, de 2012 a junio de 2014 se registraron 628 casos de presunto femicidio/feminicidio, pero solo 34 de estos han sido categorizados como femicidio/feminicidio. Desde enero de 2014 solo se están investigando 63 casos. Los problemas que influyen directamente en la ineficacia con la que el sistema penal responde a estas muertes violentas de mujeres son, entre otros: i) la falta de información cualitativa y comparativa confiable y comparable, ii) la falta de información acerca de las normas internacionales sobre violencia contra las mujeres, y la inaplicabilidad de la norma de la diligencia debida; iii) la escasa atención y/o protección a las víctimas, agravada por la impunidad generalizada. Además, la inadecuada interpretación y aplicación de las normas procesales; la falta de investigación o castigo del funcionariado que impiden u obstaculizan el acceso a la justicia de las mujeres víctimas; la inexistencia o el uso inadecuado de los métodos de investigación especiales en los casos de muertes violentas cometidas por organizaciones criminales, las cuales en

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Basado en datos del PNUD, el BID y el CESIJ y de observatorios de violencia contra las mujeres.

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algunos países están cometiendo cantidades alarmantes de femicidios/ feminicidios; son factores que contribuyen cada vez más a las altas tasas de impunidad. Esta situación lleva no solo a un enorme subconteo de los casos de femicidio/feminicidio, sus tendencias y patrones, sino que también contribuye a la noción de que se tolera y normaliza la violencia contra las mujeres, lo que en sí mismo es un factor que contribuye a las muy altas tasas de delitos contra mujeres y niñas. Los femicidios/feminicidios constituyen entonces el último acto en una cadena de violencia que se intensifica con el tiempo y que tiene manifestaciones en los espacios públicos y privados; que se intensifican con las guerras y los desastres naturales y cubren el ciclo de vida. En el centro de esta guerra contra la vida y la libertad de las mujeres, está la inequidad extrema entre los sexos y la discriminación evidenciada en el silencio, la negligencia, la omisión y la ineficacia con la que se sigue tratando la violencia contra las mujeres y las niñas. América Latina ha sido pionera en la identificación de este fenómeno y la elaboración de propuestas de política pública para atender este fenómeno que han sido impulsadas con el liderazgo del movimiento de mujeres quienes después de muchos esfuerzos y gran oposición lograron la primera ley de la región contra el femicidio en el año 2007 en Costa Rica. Esta ley es hoy un modelo para la región y la base de experiencias innovadoras. A nivel global, se ha ido avanzado con la primera resolución sobre femicidio/feminicidio (muertes relacionadas con el género) acordada por la Asamblea General a finales de 2013, pero también ha sido abordada por las recomendaciones del Comité de la CEDAW y de la Comisión para el Estatus Socio Jurídico de la Mujer. Se viene denunciando desde los instrumentos internacionales y la sociedad civil la intolerabilidad de que las mujeres sean asesinadas debido a su género para añadirle la falta de justicia.

Hacia una acción integral en materia de femicidio/feminicidio para América Latina y el Caribe Dado que se trata de una cadena de actos violentos que no sólo vincula a las mujeres, a los agresores y al estado, sino también a la sociedad en general, desde ONU Mujeres proponemos abordar el tema de una manera integral a través de cuatro ejes de trabajo:

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1) En primer lugar, asegurando la identificación y visibilidad de los femicidios/feminicidios mediante el desarrollo de legislación especializada o reconocimiento específico o, en otras palabras, creando un ambiente propicio para acabar con la impunidad y normalización de este fenómeno. 2) En segundo lugar, apoyar a los países en el fortalecimiento de sus capacidades de captar la información sobre la naturaleza y extensión de los femicidios/feminicidios de una manera comparable. 3) En tercer lugar, asegurar que el sistema de justicia, todos los componentes del sistema de justicia, aborden la discriminación, las actitudes discriminatorias y los déficits de capacidad que existen actualmente y que impiden que las mujeres y las niñas asesinadas por el hecho de ser mujeres y sus familiares reciban justicia. 4) Por último, a través promoción de la prevención primaria para que los crímenes en contra de las mujeres y las niñas no lleguen a cometerse ni sean aceptables por la sociedad. El trabajo de ONU Mujeres en esta materia se basa en la premisa de que la combinación de un mayor acceso a la justicia y una disminución medible de la impunidad, acompañados de cambios en las normas sociales e iniciativas de prevención, llevarán a una reducción del número de femicidios/feminicidios en la región. El uso del Modelo de Protocolo latinoamericano para la investigación del femicidio/feminicidio8 tiene la finalidad de brindar apoyo esencial a los sistemas de justicia penal de la región a fin de garantizar el acceso de las mujeres a la justicia, el castigo de las personas responsables de femicidio/feminicidio y la creación de mecanismos de prevención, castigo y reparación a las víctimas, con tal de abordar con eficacia las causas estructurales de la violencia de conformidad con las normas de la diligencia debida. En todas las áreas de intervención, el programa fomentará la cooperación Sur-Sur como medio de intercambio de conocimientos, fortalecimiento de las actividades de promoción y como forma de compartir prácticas prometedoras. El abordaje de las altas tasas de femicidio/feminicidio en América Latina y el Caribe requiere que se enfrenten cuatro problemas interrelacionados: i) la falta de comprensión de la naturaleza de género vinculada al femicidio/feminicidio que lleva a que no se denuncien todos los casos

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Recuperado de: http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/Modelo%20de%20 Protocolo.pdf

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y a investigaciones endebles. Por ejemplo, muchos países todavía no recogen datos desglosados por sexo del autor del delito y otras características que podrían vincular la muerte violenta de una mujer a una situación anterior de violencia; ii) la falta de conocimientos sobre la verdadera magnitud de la situación y sus patrones y tendencias a fin de prevenirla eficazmente y proteger la vida de las mujeres. Las carencias incluyen la disponibilidad limitada de registros adecuados, las lagunas en la información de los registros y documentos oficiales, y el hecho de que solo en unos pocos países existen entidades que centralizan los datos y proporcionan un mecanismo de seguimiento para estudiar el problema. Además, no existen criterios uniformes para registrar la información a nivel provincial y nacional; iii) la respuesta de los Estados conforme a las normas de derechos humanos es limitada. Por ejemplo, las debilidades del sistema de investigación penal, el cual con frecuencia carece de una estrategia planificada, llevan a una pérdida de información valiosa para la solución de los casos. Hay una gran ausencia de información sobre las medidas de reparación y restitución de derechos a las víctimas colaterales del femicidio/feminicidio, entre otros, sus familias, sus hijas e hijo; iv) la conciencia y participación social limitadas en el abordaje de la pandemia de la violencia contra las mujeres reduce la responsabilidad de los Estados y aumenta la normalización de la violencia contra las mujeres. Los siguientes cuatro ejes de trabajo interconectados abordan la situación.

Legislación especializada La legislación sobre femicidio/feminicidio permite un mejor registro de los casos así como procedimientos de investigación más precisos y seguimiento judicial. La legislación favorece la existencia de personal especializado para la investigación de estos delitos, incluidas las unidades especiales. Dieciséis países de la región ya han incluido el feminicidio en su legislación. Un análisis reciente apoyado por ONU Mujeres en materia de legislación para combatir el femicidio/feminicidio revela que: “Un problema general a casi todos los tipos penales previstos en la legislación es que utilizan expresiones ambiguas o excesivamente abstractas, que configuran tipos penales abiertos y por tanto pueden ser objetados por lesionar los principios de legalidad, tipicidad y seguridad jurídica”9. 9

Alicia Deus y Diana González. Análisis sobre legislación es especializada en materia de femicidio/feminicidio. Diciembre 2016, p. 58 (análisis de consultoría por publicar).

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Por su lado, El Modelo de Protocolo Latinoamericano de investigación de muertes violentas de mujeres, identifica las siguientes modalidades de muertes violentas de mujeres por violencia de género: Íntimo

La muerte de una mujer por un hombre con quien la víctima tenía o había tenido una relación o vínculo íntimo: marido, exmarido, compañero, concubino, novio o amante y se incluye el supuesto del amigo que asesina a una mujer porque ésta rechazó entablar una relación íntima (sentimental o sexual) . No íntimo La muerte de una mujer por un hombre desconocido. Infantil La muerte de una niña menor de 14 años por un hombre en el contexto de una relación de responsabilidad o de confianza o de poder. Familiar Es la muerte de una mujer en el contexto de una relación de parentesco entre la víctima y el victimario. Por conexión Es la muerte de una mujer que queda en la “línea de fuego” en el mismo lugar que un hombre mata o intenta matar a otra mujer. Sexual sistémico Es la muerte de mujeres que son previamente víctimas de delitos sexuales. A su vez puede ser: Sexual sistémico Cuando los sujetos activos actúan como una red organizado organizada de asesinos sexuales, con un método consciente y planificado en un determinado período de tiempo. Sexual sistémico Cuando los sujetos activos matan a las mujeres no organizado en un contexto de secuestro, violación y/o tortura que puede ser un caso o varios, pero si un método o planificación en red. Por prostitución u Es la muerte de una mujer que ejerce la ocupaciones prostitución u otra ocupación (stripers, bailarinas estigmatizadas de local es nocturnos, masajistas, etc.) cometida por uno o varios hombres por motivos de odio y de misoginia que despierta la ocupación de la víctima, dejando en evidencia la estigmatización social que justificaría el delito: “se lo merecía”, “no valía nada”. Por trata La muerte o el asesinato se produce en una situación de sometimiento y privación de la libertad de la

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Por tráfico

Transfóbico

Lesbofóbico

Racista Por mutilación genital femenina

mujer víctima en situación de “trata de personas”. Por trata entendemos –tal como lo señala la ONU– la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres y niñas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, ya sean rapto, fraude, engaño, abuso de poder o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de la o las mujeres y niñas con fines de explotación. Esta explotación incluirá, como mínimo, la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. El asesinato de la mujer se produce en una situación de tráfico ilegal de migrantes. Entendemos por tráfico –tal como lo señala la ONU– la facilitación de la entrada ilegal de una mujer en un Estado Parte del cual dicha mujer no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. La víctima del asesinato es una mujer transexual y el o los victimarios la matan por su condición o identidad transexual, por odio o rechazo de la misma. La víctima del asesinato es una mujer lesbiana y el o los victimarios la matan por su orientación o identidad sexual, por el odio o rechazo de la misma. El asesinato cometido contra una mujer por su origen étnico o sus rasgos fenotípicos, por odio o rechazo hacia los mismos. Cuando la mutilación genital que se practica a una mujer o niña acaba con la vida de ésta.

El análisis anteriormente citado explica cómo se interrelacionan los marcos normativos con la efectiva aplicación de legislación especializada en materia de femicidio/feminicidio: “Los países que cuentan con leyes de penalización del femicidio/ feminicIdio, pero no han aprobado leyes integrales, han centrado

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la respuesta a este problema en el sistema penal, siendo que la Convención de Belém do Pará exige de los Estados el desarrollo de acciones de prevención, protección, investigación y reparación, además de la penalización de la violencia contra las mujeres. Si bien, aun partiendo de la doctrina del derecho penal mínimo, la gravedad de la violación de derechos inherente a los femicidios/ feminicidios impone la penalización de este tipo de conductas delictivas para su adecuada sanción, es importante no dejar sólo en este ámbito la respuesta a las violaciones de derechos humanos y, asimismo, introducir elementos en esta normativa que permitan integrar la perspectiva de género e interseccional”10. Vemos entonces que no solo es necesario tener legislación, sino legislación que permita aplicar el tipo de delito en cada caso y castigar a los culpables. Solo así podremos pasar al siguiente punto sobre recopilación de estadísticas comparables.

Armonización en la recolección de datos y estadísticas comparables La forma en que cada legislación tipifica el femicidio/feminicidio afecta la recolección de datos estadísticos. En muchos casos, solo se considera el femicidio/feminicidio como un delito del círculo íntimo, lo que deja sin tomar en cuenta todos los demás tipos de agresores, ya sean conocidos o desconocidos por la víctima. En consecuencia, los gobiernos desconocen la verdadera magnitud del problema. La existencia de legislación especializada ofrece la posibilidad de contar los casos de forma mucho más exhaustiva y confiable. La disponibilidad de información confiable y comparable sobre los casos de femicidio/feminicidio facilita la adopción de medidas de prevención que pueden salvar vidas de mujeres y aumenta la cooperación Sur-Sur incluso en los casos transnacionales. Las actividades para lograr este resultado incluyen, entre otras, el desarrollo de capacidades en función de la recopilación de datos; la elaboración de catálogos de delitos contra mujeres; el apoyo para los observatorios de femicidio/feminicidio; el respaldo a los esfuerzos administrativos de recopilación de datos, incluidos los que se refieren a patrones de violencia, tentativa de femicidio/feminicidio, suicidio y lesiones físicas; apoyo a la iniciativa de recopilación de datos encabezada por la Cumbre Judicial Iberoamericana, que incluye variables como el grupo étnico, el carácter urbano o rural, y la condición de migrante. 10

Ibid. Pág 57.

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Varios países en la región avanzan con observatorios de femicidio/ feminicidio y violencia contra las mujeres como son el caso de Costa Rica y Honduras con excelente liderazgo de la sociedad civil y la academia ayudando a crear una base de datos e información clave para atender el fenómeno a través de políticas públicas basadas en la evidencia. Desde hace varios años, ONU Mujeres en colaboración con el Instituto Nacional de las Mujeres y el INEGI realizan el estudio Feminicidio en México: aproximación, tendencias y cambios 1985-2009 que se actualiza regularmente y que ahora se encuentra en su versión actualizada al 201411. Como dice la publicación: “Se trata de un esfuerzo para la recopilación y sistematización de estadísticas y estimular el análisis de las causas y efectos de la violencia en contra de las mujeres, indispensables para la puesta en marcha de políticas que frenen los actos de violencia en contra de la vida, la integridad, la libertad y los derechos de las mujeres. Asimismo, el estudio muestra los desafíos de los sistemas de procuración e impartición de justicia en esta materia” (página 6). Las instituciones involucradas han elegido un indicador proxi que permite comparar qué ha pasado tanto en el ámbito nacional, como estatal y municipal a partir de las estadísticas del INEGI de la Secretaría de Salud Pública con el apoyo de la Secretaría de Gobernación. A su vez, se ha vinculado a este esfuerzo el sistema Nacional para Prevenir, Sancionar y Eliminar la violencia lo que garantiza su sostenibilidad e impacto en las políticas públicas de atención y prevención. De acuerdo a la más reciente versión del estudio, documentando el análisis de los últimos 30 años, el feminicidio ocurre en los ámbitos públicos y privados pero la severidad y prevalencia en el ámbito privado no se han modificado y continúan siendo los que utilizan los medios más crueles como el ahorcamiento y diferentes formas de tortura. Este tipo de estudios permiten tener información desagregada para poder promover estrategias diferenciadas hacia la violencia doméstica y la que ocurre en los espacios públicos, con una más estrecha relación a la criminalidad común y de grupos organizados. También, el estudio presenta información por estado mostrando los estados federativos 11

Ver. “La Violencia Feminicida en México, Aproximaciones y Tendencias 1985-2014”. Para más información visitar:http://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/ articulos/2016/04/palabras-ana-guezmes-presentacion-violencia-feminicida#sthash. oMrL8KMM.dpuf

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con mayores números tasas de femicidio/feminicidio mostrando así las concentraciones del crimen para llamar la atención inmediata de las autoridades, además de que cada estado tiene su propia dinámica que merece ser profundizada para desarrollar estrategias efectivas en los ámbitos locales.

Implementación de la norma de la debida diligencia El Estado tiene la responsabilidad principal en liderar las medidas para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y las niñas. La legislación especializada garantiza el cumplimiento del deber del Estado de investigar, castigar, reparar y prevenir, asegurando así la participación adecuada de la policía, los médicos forenses, los fiscales, los jueces y la sociedad civil, al mismo tiempo que protege los derechos de las víctimas. ONU Mujeres apoya la implementación de este estándar internacional a través del desarrollo de capacidades con relación al Modelo de Protocolo Latinoamericano para la investigación del femicidio/feminicidio dirigido a la policía, los médicos forenses, los jueces y los fiscales por medio de instituciones de capacitación especializadas que faciliten la identificación clara de los casos de femicidio/feminicidio; apoyo a los mecanismos de coordinación y gobernanza con énfasis en la evaluación de riesgos y la prestación de servicios; apoyo al desarrollo de mecanismos para hacer un seguimiento de las experiencias de las mujeres en los servicios de salud, justicia y sociales y conectar a las instituciones para una prestación de servicios adecuada; el desarrollo de mecanismos de prevención y alerta geolocalizados; el fortalecimiento de las órdenes de protección; el apoyo a los casos paradigmáticos y las sentencias judiciales que establecen precedentes que aumentan la eficacia del sistema judicial. El Modelo de Protocolo es una herramienta integral que guía a las personas involucradas en la investigación, procesamiento y reparación de los homicidios basados en el género desde el inicio hasta el final del caso, desde los primeros pasos en la escena del crimen hasta las resoluciones judiciales definitivas. Basado en normas y estándares internacionales de derechos humanos, proporciona a los diferentes operadores judiciales (policía, forenses, fiscales y jueces) orientación práctica sobre cómo integrar una perspectiva de género en la investigación y el enjuiciamiento, a fin de construir factuales, jurídicos y probatorios del caso, construidos a partir de una adecuada comprensión de las características de los femicidios/feminicidios. Subraya la importancia de que los operadores judiciales tengan en cuenta que los objetivos de una investigación de este tipo de casos siempre deben ser identificar las manifestaciones de

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violencia de género que preceden, acompañan o siguen a la muerte de las víctimas. El Modelo de Protocolo describe los pasos de una respuesta integrada y una coordinación entre las entidades involucradas en el proceso. También proporciona una orientación detallada sobre los derechos de las víctimas. Con el objetivo de asegurar que el Modelo de Protocolo responda plenamente a las necesidades de los actores judiciales regionales y dé lugar a su apropiación, el proceso de redacción se llevó a cabo, desde el primer momento, con la participación activa de las entidades involucradas en su aplicación. El documento fue redactado con el apoyo experto de un criminólogo y un experto forense y se basa en una revisión exhaustiva de los protocolos institucionales existentes. Su estructura y contenido se desarrollaron a través de consultas de grupos de expertos con jueces, fiscales, abogados, forenses, representantes de instituciones policiales, académicos y organizaciones de la sociedad civil de América Latina (y también de Europa). El proyecto de Modelo de Protocolo fue revisado técnicamente por un grupo de expertos de la Región. Luego fue validado a través de dos talleres regionales (uno para América Central y otro para América del Sur), a los que asistieron autoridades judiciales de alto nivel y varias reuniones nacionales (en República Dominicana, Costa Rica, Panamá y Ecuador). Paralelamente, el Modelo de Protocolo fue presentado en reuniones especializadas de alto nivel, como la Conferencia de Estados Parte de la Convención Interamericana sobre Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) y la Asamblea General de la Asociación Iberoamericana de Fiscales Públicos (AIAMP). Ambos foros acogieron con satisfacción y apoyaron el instrumento. En las Conclusiones finales, la AIAMP “recomendó su aplicación en los Estados miembros”. El Sistema para la Integración Centroamericana (SICA) también ha participado en el proceso de validación del Protocolo. La resolución de la sesión ordinaria de octubre de 2013 de su entidad femenina especializada “COMMCA” (Consejo de Ministros de la Mujer de Centroamérica) reconoce el Protocolo Modelo como una “valiosa herramienta”. El Consejo de Derechos Humanos, en su período de sesiones de junio de 2013, aprobó la resolución 23/25, que reconoció el Modelo de Protocolo como una práctica positiva y prometedora (OP 19). La oficina de ONU Mujeres en Brasil, lidera la adaptación del Modelo de Protocolo, lo que dio como resultado un proyecto de ley tipificando el feminicidio como calificador del asesinato de mujeres en el Código Penal que fue adoptado en 2015. Con el liderazgo de la Secretaría de Políticas para las Mujeres se

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apoya la implementación y adaptación del Modelo de Protocolo con directrices e instrumentos para la labor de las personas responsables de la investigación y persecución penal de la muerte violenta de mujeres por razones de género a través del Grupo de Trabajo Interinstitucional que se creó con este fin. Para adaptar el protocolo regional a nivel nacional, se formó un Grupo de Trabajo Interinstitucional compuesto por 10 profesionales –policías, peritas y peritos, fiscales, defensoras y defensores públicos y magistradas/os– representantes de diferentes regiones brasileñas. En diciembre de 2014 se llevó a cabo la primera cita del Grupo de Trabajo, donde debatieron procedimientos, rutinas y flujos de procesos sobre asesinatos de mujeres. Para finales de 2016 la adaptación del protocolo había resultado en un diplomado con la Universidad de Sao Paulo para los profesionales del sector justicia. Cada vez más países como Ecuador, Panamá, El Salvador, Guatemala, Honduras entre otros, integran en su quehacer las guías del Modelo de Protocolo para la investigación del femicidio/feminicidio.

Construcción de una cultura que fomente la igualdad de género y prevenga el femicidio/feminicidio La reducción sostenida de la violencia contra las mujeres solo tendrá lugar a través de la transformación de las normas sociales a todos los niveles. La prevención es la inversión más estratégica para superar la violencia contra las mujeres en el largo plazo. En este aspecto, ONU Mujeres proporciona apoyo a organizaciones de mujeres y de víctimas para crear un movimiento social y aumentar la rendición de cuentas del Estado; lograr la participación de facultades de derecho y de medicina; aumentar la cantidad de mujeres en puesto de toma de decisiones en el sector judicial; e implicar a los medios de comunicación como artífices del cambio. Con el fin de fortalecer una comprensión compartida de la prevención de la violencia contra la mujer, ONU Mujeres, junto con seis organismos de las Naciones Unidas (OIT, PNUD, UNESCO, FNUAP, ACNUDH y OMS) elaboraron el Marco de las Naciones Unidas para apoyar la prevención de la violencia contra la mujer. El Marco tiene por objeto promover una respuesta interinstitucional, centrándose en un enfoque de prevención integral como la forma más eficaz de poner fin a la violencia contra las mujeres y las niñas. Se basa en el modelo ecológico que pone de relieve que diferentes factores a diferentes niveles de la sociedad, la comunidad, la familia y el individuo, contribuyen a la VCM y para trabjar eficazmente debemos abordar todos estos factores en todos los niveles.

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Esto demuestra la necesidad de un enfoque holístico que incluya intervenciones multisectoriales a diferentes niveles e involucre a una amplia gama de actores. Identifica además los elementos fundamentales que deben ser implementados para acelerar el cambio, así como los puntos de entrada clave, como las comunidades, la educación, los sectores de salud y justicia, los medios de comunicación, las organizaciones deportivas y los lugares de trabajo para la implementación de acciones y estrategias. Aunque el Marco se centra en las intervenciones que previenen la adopción de la medida antes de que se produzca la violencia contra las mujeres y las niñas, considera la prevención como parte de un enfoque global que también debe garantizar que los supervivientes tengan acceso a una gama de servicios de calidad. El Marco de las Naciones Unidas para la Prevención establece una hoja de ruta para los formuladores de políticas involucrados en el diseño y la implementación de las estrategias de prevención de la violencia contra las mujeres en todo el mundo, así como en la región de América Latina y el Caribe.

Conclusión Contrario a los análisis de años anteriores, en la actualidad contamos con el conocimiento y con una hoja de ruta que nos permita atender de manera integral todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas incluyendo el femicidio/feminicidio. Tenemos un nuevo marco de desarrollo al año 2030 que por primera vez íntegra la eliminación de la violencia como un objetivo fundamental. Si queremos asegurar que alcancemos el Objetivo 5.3 de los Sustainable Development Goals (SDG), poner fin a la violencia contra las mujeres para 2030, tenemos que actuar ahora y rápidamente. La visión regional permite establecer líneas estratégicas comunes, de aprendizaje y colaboración sur-sur comprables que permitan la sostenibilidad de las iniciativas y en este sentido, las mecanismos regionales como la Convención Belén do Para, las herramientas regionales como el Modelo de protocolo para investigación del femicidio/feminicidio, son los cimientos para evitar la duplicación de esfuerzos, armonizar las prácticas bajo los estándares internacionales de los derechos humanos y llegar a medir nuestros progresos como región.

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Referencias bibliográficas. Deus, A. y González, D. (2016). Análisis sobre Legislación es Especializada en Materia de Femicidio/feminicidio. Documento de consultoría preparado para ONU Mujeres. (sin publicar). Waiselfis, J.J. (2012). Mapa da violencia. Atualizacao: homicidio de mulheres no Brasil. Rio de Janeiro: CEBELA/FLACSO. Brasil. Secretaría de la Declaración de Ginebra (2015). Violencia letal contra mujeres y niñas. En La Carga Global de la Violencia Armada. Cada muerte cuenta. Cambridge: Cambridge University Press. SEGOB, INMUJERES y ONU Mujeres (2016). La violencia feminicida en México, aproximaciones y tendencias. 1985-2014. México: SEGOB, INMUJERES y ONU Mujeres. Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio). Panamá: Jeicos. Organización Panamericana de la Salud (2014). Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de los Estados Unidos. Violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe: Análisis comparativo de datos poblacionales de 12 países. Washington, DC: OPS. Report of the Special Rapporteur on Violence against Women its Causes and Consequences, Rashida Manjoo, January 15-26, 2012.

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PARTE II. RESPUESTAS NACIONALES ANTE LAS VIOLENCIAS EXTREMAS DE GÉNERO



CAPÍTULO 3.

El feminicidio en el Perú. Políticas públicas para su prevención y erradicación Russela Zapata Zapata

“Ser un país moderno significa respeto irrestricto a la dignidad de la mujer y a sus derechos, respeto a una vida plena sin violencia” Señor Pedro Pablo Kuczynski. Presidente de la República del Perú. Discurso de Investidura, 28 de Julio de 2016. El presente documento resume la exposición realizada en Santiago de Chile, a fines de octubre 2016, en el Seminario Internacional Violencia Extrema de Género contra las Mujeres, organizado por FLACSO, en el que se enfatiza que el Estado peruano ha diseñado una política integral conforme a los estándares internacionales y regionales sobre derechos humanos de las mujeres para erradicar toda forma y expresión de violencia, que vulnera diariamente sus derechos a la autonomía física, económica y política. Está organizado en seis subtemas. El primero introduce el marco de intervención del Estado Peruano; en el segundo se plantea el desafío de cambio en las relaciones de género; el tercero da cuenta de algunas cifras significativas de estadísticos y registros respecto a feminicidios y tentativas de feminicidios; en el cuarto se menciona la importancia de la inversión en la prevención; en el quinto, se resume el sistema multisectorial; y en el sexto, se comparte algunos aspectos de estrategia comunicacional.

Marco de intervención Cambiar los patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, en la familia, la sociedad y las instituciones públicas y privadas, es el mayor desafío.

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En la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, organizada por la CEPAL, realizada el 27 de octubre del año 2016 en Montevideo Uruguay, aprobamos la estrategia para alcanzar la igualdad de género al 2030, que comprende 10 ejes para la implementación de la agenda regional de género con un total de 74 medidas. Estas medidas, que considero vale la pena hacer de conocimiento púbico, están relacionadas a la igualdad de género; la democratización de la política; la gestión pública basada en la igualdad y la no discriminación; la movilización de recursos suficientes y sostenibles para economías inclusivas e innovadoras; el cambio cultural; la gobernanza multilateral democrática; la transformación de datos en decisión política; y la rendición de cuentas. En este contexto el Estado Peruano y representantes de los países presentes, ratificamos trabajar por las tres Autonomías para la Igualdad de Género, que se resumen en que la mujer tenga el control sobre su propio cuerpo (autonomía física), la capacidad para generar y controlar sus ingresos a partir del acceso al trabajo remunerado en igualdad de condiciones que los hombres, además de considerar el uso del tiempo y la contribución de las mujeres a la economía (autonomía económica) y la plena participación en los distintos niveles de los poderes del Estado y en las decisiones que afectan su vida y la de la colectividad, en igualdad de condiciones (autonomía política). Esta ratificación es muy importante, porque expresa la voluntad política de trabajar de una manera integral por los derechos de las mujeres y cerrar las brechas de género existentes en nuestros países. Específicamente, en el tema central del Seminario, feminicidios, tanto, quienes tenemos responsabilidad como funcionarias y funcionarios del sector público, como, quienes intervienen desde la actividad privada y sociedad civil, sabemos que la violencia contra las mujeres en América Latina y el Caribe es la expresión de un sistema construido en la desigualdad, que vulnera las tres autonomías mencionadas, y que las violencias que sufren las mujeres son diversas y están basadas en la desvalorización de las actividades, trabajo y roles que ellas desempeñan, estereotipando su presencia frente al poder, recursos y decisiones de los hombres. La trata con fines de explotación sexual, el acoso sexual en espacios públicos, la violencia obstétrica, las esterilizaciones forzadas, el hostigamiento sexual y el acoso político; la violencia en conflictos sociales, el analfabetismo que juega en contra del uso de tecnologías de información y comunicación, la discriminación por orientación e

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identidad sexual, la violencia en agravio de las mujeres migrantes, las mujeres con VIH, las mujeres privadas de libertad, las mujeres con discapacidad, son modalidades de violencia de género. En nuestros países existe un marco nacional de protección, que parte de nuestras respectivas Constituciones Políticas, que en el Perú se expresa desde su primer artículo “la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”; artículo 2 “la consagración de la vida, la integridad moral, psíquica y física como derechos fundamentales de la persona”. Asimismo, se refleja en el Código Penal que tipifica el delito de feminicidio en el artículo 108-B con pena privativa de libertad no menor de quince años sancionando al que mata a una mujer por su condición de tal, en cualquiera de los siguientes contextos: violencia familiar; coacción, hostigamiento o acoso sexual; abuso de poder, confianza o de cualquier otra posición o relación que le confiera autoridad al victimario; cualquier forma de discriminación contra la mujer, independientemente de que exista o haya existido una relación conyugal o de convivencia con el victimario. Las formas agravadas de feminicidio y que merecen por ello pena privativa de libertad no menor de veinticinco años, se configuran cuando concurren las siguientes circunstancias agravantes respecto a la víctima: ser menor de edad, estado de gestación, estar bajo el cuidado o responsabilidad del victimario, violación, actos de mutilación o padecer de cualquier tipo de discapacidad; también es agravante si el feminicidio fue con fines de trata de personas, u otras establecidas en el artículo 108 del mismo Código. La pena es de cadena perpetua cuando concurren dos o más circunstancias agravantes. Entre las últimas normas aprobadas en los dos últimos años, está la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que crea un Sistema Nacional Multisectorial e Intergubernamental Descentralizado con participación de la sociedad civil, que establece mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fin de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos; y el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021, que establece una ruta estratégica contra las cuatro formas de violencia, comprendidas en la Ley 30364, de género, física, sicológica, sexual y económica o patrimonial.

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Otra norma importante es el Decreto Supremo N° 006-2015-MIMP del 15.10.15 que aprueba el “Protocolo Interinstitucional de Acción frente al feminicidio, tentativa de feminicidio y violencia de pareja de alto riesgo” que establece lineamientos comunes y de intervención articulada, eficaz y oportuna facilitando el acceso a la justicia y la proyección social de las víctimas, ruta en la que participan diversas instituciones como el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Salud, Interior, Educación, Relaciones Exteriores, Mujer y Poblaciones Vulnerables, Poder Judicial y Ministerio Público. El protocolo incorpora la Ficha de Valoración de Riesgo para mujeres que sufren violencia de pareja que detecta oportunamente casos de violencia a la pareja que podrían terminar en feminicidios, de forma que facilite el cumplimiento de la debida diligencia del Estado para prevenir el feminicidio. De esta forma se fortalece su prevención mediante la valoración, categorización y gestión del riesgo en la violencia de pareja. La valoración del riesgo identifica los factores de peligro que se asocian al feminicidio como: la vulnerabilidad de la víctima, las concepciones de supremacía masculina, la forma violenta de resolver los conflictos, las adicciones al alcohol o drogas, celos, eventos que desafíen el poder del agresor como la ruptura reciente, la separación, la denuncia o la nueva relación de pareja tras la separación. Los resultados obtenidos en la Ficha son útiles para que los/as operadores/as dictaminen medidas de protección que salvaguardarán la vida e integridad de las mujeres. Sin embargo, tanto o más importante que las normas es la voluntad política y capacidad de los operadores de justicia para aplicarlas, de la sociedad para exigir y vigilar su cumplimiento, de las mujeres para reconocer si son víctimas o están en camino de serlo para actuar en consecuencia, y la voluntad de los Ministerios de Economía y Hacienda para la asignación presupuestal que ponga en marcha el Sistema de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Esta parte que es la más débil en nuestros países, lo es, sino en todos, en la mayoría de la región.

Cambio en las relaciones de género “Las relaciones de pareja y de género se rigen de manera importante por costumbres y normas sociales antes que por leyes y regulaciones. Son estas normas sociales las que naturalizan las prácticas negativas, volviéndolas hábito y costumbre”. Jeanine Anderson. Antropóloga, Docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

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Según la Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales ENARES 2015, el 54.8% de las personas toleran la violencia, el 45.5% de personas justitica que una mujer sea reprendida por un hombre si no atiende a su esposo o pareja o no cumple con “sus deberes del hogar”, el 55.7% refiere que el amor y la paciencia de la mujer, tarde o temprano hará que su esposo o pareja deje de ser violento. Cambiar los patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, en la familia, la sociedad y las instituciones públicas y privadas, es el mayor desafío, para un país que apunta ser moderno. Este desafío nos da la oportunidad de introducir nuevos comportamientos y formas igualitarias en las relaciones de pareja, comunitarias y sociales. En el Perú, un punto de inflexión lo constituye la Marcha Nacional Ni Una Menos del 13 de agosto de 2016, convocado por la sociedad civil, a la que se sumó el gobierno, y que movilizó a más de medio millón de personas. Los efectos de dicha movilización son el incremento de la cobertura y la mejora de la calidad de los servicios del Estado, y el incremento de las denuncias de las mujeres víctimas de violencia, en aproximadamente 25% cada mes, en ascenso como tendencia; asimismo, una ligera reducción de los feminicidios, y un incremento lamentable de las tentativas de feminicidios, que en conjunto suman una (1) cada día en agravio de las mujeres. La brutalidad extrema de las agresiones, producto de los instrumentos que usan los feminicidas y el lugar del cuerpo al que apuntan para garantizar que se produzca la muerte de la víctima, indican los extremos a los que estos llegan a causa de la cultura patriarcal y machismo, ante la “amenaza y posibilidad” de perder el poder, el control y la dominación que ejercen hacia sus parejas. Está claro, que las creencias, patrones, imaginarios y prácticas de la aún fuerte cultura patriarcal y machista, refuerzan y reproducen la violencia de género. Como ESTADO y como SOCIEDAD debemos desarrollar la capacidad de cuestionar y expulsar la violencia de nuestras culturas, prédicas y prácticas religiosas, en tanto antivalor que afecta los códigos de conducta,

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moral y ética, al interior de las familias y de un entorno globalizado, altamente efectista, que transmite y comunica percepciones sesgadas e intolerantes más que datos confiables, a una velocidad y masificación impresionante, a través de las redes sociales, a diferencia de las leyes, cuyo contenido llega a grupos muy pequeños.

Estadísticas y registros La evolución de las estadísticas y los estudios de costos de la violencia, aportan a las investigaciones, análisis de las causas y mejora de las políticas de Estado. Las cifras de la violencia y feminicidios son altas en el Perú. Según la Organización Mundial de la Salud nuestro país ocupa el tercer lugar en el mundo en violencia sexual, con mayor prevalencia de mujeres entre 15 y 49 años que sufren de violencia sexual por parte de su pareja, luego de Etiopía y Bangladesh, y el segundo lugar en América Latina en feminicidios, en el 2013, con 83 feminicidios en el año, y en el 2014 ocupamos el 9 lugar con 90 feminicidios registrados, lo que nos obliga a actuar de inmediato con celeridad y debida diligencia. Encuesta Demográfica y de Salud Familiar ENDES 2015 - 7 de cada 10 mujeres sufrieron algún tipo de violencia por parte del esposo o pareja Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP - 2016 - Feminicidios. El promedio mensual es 10 feminicidios y 20 tentativas de femenicidios. Esto es uno cada día - 57% de feminicidios es dentro de vivienda de ella, del agresor o de un familiar - 79% son feminicidios intimos, por pareja, expareja o familiar

Según estudios realizados por el Centro de Investigaciones y Estudios Sociales CIES, el 50% de victimas de tentativas de feminicidio no reconoce la magnitud de la agresión sufrida y el nivel de riesgo de pérdida de la vida en el que ha estado y está. Otro dato interesante de estos estudios, motivo de alerta, es que el acoso reiterado predice el feminicidio, según las estadísticas, el 76% de víctimas de feminicidio sufrió acoso reiterado. Esto nos coloca ante el desafío de unificar el Registro de Víctimas de Feminicidio, el de víctimas con características de feminicidio del

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Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el de feminicidio del Ministerio Público. Este último opera con el Observatorio de Criminalidad, que reporta los índices de feminicidios y sus principales características.

Inversión en prevención es la apuesta El beneficio de la prevención en la vida de las mujeres justifica la inversión en el círculo de Protección de la Mujer que incluye la autonomía económica. En los últimos 5 años, existe una preocupación desde el Estado, la Academia, las Empresas y la Sociedad Civil por medir los costos económicos de la violencia hacia las mujeres, aunque ya de por sí sería suficiente considerar lo irreparable de la pérdida de vida de muchas mujeres. Un estudio realizado por la Universidad Particular San Martín de Porres, del año 2013, devela que las empresas peruanas perdieron el equivalente al 3.7% del PBI (6.7 billones de dólares) por causa de la violencia hacia las mujeres. Entre los factores medidos y valorizados están las tardanzas, la falta al trabajo, el presentismo, la baja productividad; y el año 2014, el Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial de la Cámara de Comercio de Lima valorizó este efecto en una pérdida equivalente al 4.5% del PBI, como impacto de la violencia en la economía del país (515 dólares por persona aproxidamente). Esto es sólo una parte de los costos económicos de una sociedad tolerante a los comportamientos violentos contra las mujeres, y sin embargo el presupuesto destinado a revertir esta situación es exiguo e insuficiente. Respecto a los centros laborales privados, con activa participación de las empresas, el Ministerio de la Mujer va por la tercera edición del Sello Empresa Segura Libre de Violencia hacia las Mujeres, como incentivo a la prevención; y está en ejecución un estudio de los costos de la violencia en los servicios del Estado articulados en el Sistema Multisectorial de Prevención, Atención y Sanción de la violencia. Respecto a la seguridad de las mujeres, una intervención intersectorial en la línea de la prevención es el Circulo de Protección de la Mujer, que en su concepción e implementación desarrolla actividades educativas, actividades económicas con demanda en el mercado, y una estrategia comunicacional; e incluye un contingente importante de voluntariado

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de más de 10 mil mujeres “facilitadras en acción” a nivel nacional, ex víctimas de violencia, autodenominadas Facilitadoras en Acción o Sanadoras, que participan activa, eficiente y solidariamente en la meta de lograr más mujeres libres de violencia. Cabe tener en cuenta que la prevención se soporta principalmente en lograr cambios de comportamientos, y en una sociedad machista y economicista –como la nuestra– implica demostrar en un plazo corto que el beneficio de la prevención es mayor que el costo. No se pregunta al revés, cuanto es el costo de no prevenir (la no prevención). La problemática de la violencia doméstica ha sido abordada por la sociología, la antropología, la psicología y la criminología. La mayoría se ha centrado en la familia, analizando roles, toma de decisiones y negociación interna, como si todas y todos sus miembros tuvieran el mismo poder. Por su parte, la economía del comportamiento, incluye la psicología a las leyes del mercado, desde el interés de las empresas de conocer a sus clientes. Sería enriquecedor incorporar estos aportes a la elaboración y gestión de políticas de erradicación de la violencia. La premisa sería que las políticas públicas que no toman en cuenta a la persona y su forma de comportarse, suelen estar destinadas al fracaso, además de ser contraproducentes, costosas e ineficaces. Invertir en estudios e incorporación de nuevos enfoques, es también una medida preventiva, porque implica asertividad en la definición y aplicación de una política pública, que dé mejores y efectivas respuestas.

En la ruta del Sistema Nacional Multisectorial El Sistema Nacional para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres apunta a la óptima articulación interinstitucional entre operadores en beneficio de la calidad en la atención a las víctimas y sanción a los agresores y feminicidas. Ley N° 30364. En el año 2016, a través de facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo se aprobó el Decreto Legislativo 1277 que sanciona comunicaciones malintencionadas a las centrales de emergencias, urgencias o información, el Decreto Legislativo 1296, que declara

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improcedentes los beneficios penitenciarios de semilibertad y liberación condicional para los feminicidas; y dispone que los beneficios de redención de la pena por el trabajo y la educación se otorgarán a razón de seis días de educación o estudio por un día de prisión (6 x 1)1, y el Decreto Legislativo 1323, que aunque fue derogado en su artículo relacionado a crímenes por orientación sexual e identidad de género, apuntaba a fortalecer la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género incluyendo nuevos agravantes al feminicidio con lo que se incrementaron las penas a sus autores y agravando las penas de los delitos de lesiones graves y lesiones leves. En el año 2016, se puso en operación el Sistema Nacional de implementación de la Ley 30364 que articula competencias y funciones de las entidades operadoras. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en ejercicio de su rol rector en la prevención y atención de la violencia hacia la mujer, es responsable del funcionamiento del Sistema Nacional y como tal lidera la Comisión Multisectorial de Alto Nivel y las instancias de concertación regional, provincial y local. Participan, la Policía Nacional, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Trabajo. Por otro lado, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables proporciona servicios de prevención y atención a mujeres víctimas de violencia, los cuales se dan a través de 250 Centros Emergencia Mujer localizados en todas las provincias del país, más 30 Centros Emergencia itinerantes en zona rural, con atención en lengua local e integración de la justicia comunitaria, la Línea telefónica 100 y el Chat 100, las Casas de Acogida Temporal, Centros de Atención Integral a varones agresores, Comisarías de Familia. A este esfuerzo se suman las Comisarías de la Mujer, Programa de Recompensas para prófugos por feminicidio, tentativas de feminicido, y por violación2, Juzgados de Familia y Juzgados Mixtos, Fiscalías Penales y Mixtas, Centros de Atención Legal Gratuita y Módulos de Atención al maltrato infantil. Para fortalecer la estrategia de investigación y persecución penal de los feminicidios el Estado peruano promueve la implementación del

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Para los sentenciados por delitos de menor gravedad el beneficio se otorga a razón de 2 x 1. 400 de los 1,500 agresores incluidos en este Programa corresponden a estos casos. La recompensa, según la gravedad del caso, es de 15 mil a 20 mil soles.

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“Protocolo Latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)”, en una estrategia global de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos ACNUDH y de ONU Mujeres para fortalecer los mecanismos destinados a prevenir e investigar los femicidios/feminicidios, sancionar a sus responsables y reparar adecuadamente a las víctimas o familiares.

Estrategia comunicacional Contar con una estrategia comunicacional y alianza con medios de comunicación masivos es clave para el cambio de estereotipos que perpetúan el machismo en nuestra sociedad. Uno se los factores claves en el aspecto preventivo es la construcción de una estrategia comunicacional que contribuya a cambiar los patrones socio-culturales que reproducen relaciones desiguales de poder. Se propone el desarrollo de herramientas comunicacionales y despertar el interés de medios de comunicación masivos para pasar la violencia y feminicidios de las páginas policiales a las principales páginas de política de la agenda nacional. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, soporta su estrategia comunicacional en cuatro ejes: uno, es un acuerdo con los propietarios de los principales medios de comunicación, que los compromete a apalancar recursos para la producción de campañas y difusión de mensajes no sexistas y favorables a los derechos de las mujeres, un segundo eje, es la capacitación a más de 200 comunicadores/as, conductores/as, productores/as, redactores/as y editores/as de noticias y de programas de entretenimiento para introducir mensajes preventivos y de toma de acción decidida contra la violencia, un tercer eje, es la conformación de una Red de Comunicación, y un cuarto eje, son las Ferias Intersectoriales educativo preventivas, y un quinto eje, son las movilizaciones públicas Una de las exitosas campañas nacionales realizadas como parte de la estrategia comunicacional es el TOXIMETRO: http://www.toximetro. pe/toximetro.html, herramienta digital en celular, que mediante test de autoevaluación identifica señales de riesgo de violencia de género en la relación de pareja y con ello el grado de toxicidad, muy útil para mujeres y hombres jóvenes. Se puede conocer el estado de la relación y estar alerta ante las primeras señales, para recibir la ayuda oportuna.

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Precisando los desafíos para erradicar la violencia Es conveniente focalizar y centrar nuestra atención en estrategias y acciones que permitan recuperar la confianza en los operadores y mecanismos de justica, así como en la calidad de los servicios dirigidos a las víctimas de violencia. Ambos, derechos ciudadanos. Una de ellas, es la toma de conciencia individual y colectiva que la solución está en nuestras manos. Por eso uno de nuestros soportes de campaña es DATE CUENTA, despierta ciudadana despierta ciudadano; y tras la identificación de señales de riesgo de violencia en la relación de pareja, enfrentarlas con seguridad y autonomía. Otro desafío, es la recuperación de la confianza en los operadores y en los mecanismos de justicia. Las señales tienen que ser claras, por ejemplo, no impunidad de los agresores emitiendo la sanción penal que les corresponde por el delito cometido; la protección y garantía de seguridad a la víctima para evitar los feminicidios. El incremento del presupuesto nacional en nuestros países para la erradicación de la violencia, con montos significativos destinados a la prevención, y la acción conjunta con los medios de comunicación para erradicar los estereotipos de género. Asimismo, y no menos importante, será fortalecer las capacidades y la participación activa de la población, desde pequeñas y pequeños, para asegurar una defensa activa de sus derechos a una vida libre de violencia. Finalmente, la acción conjunta y la solidaridad en la Región, entre estados, entre actores sociales, entre mujeres organizadas, compartiendo nuestros avances a manera de ejemplo; compartiendo lo que no funciona para no repetirlo; realizando campañas conjuntas simultáneas, movilizadoras de conciencia; unificando normas, como precedente jurídico; socializando sentencias, también como precedente, estandarizando indicadores para el seguimiento y comparar avances, porque tenemos que seguir luchando por justicia para las mujeres. SI TOCAN A UNA NOS TOCAN A TODAS. Muchas gracias.

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CAPÍTULO 4.

La medición del femicidio en Costa Rica Jeannette Arias Meza

Antecedentes e importancia del registro estadístico Los países de la Región han producido importantes avances en la adecuación de la legislación doméstica, a los instrumentos internacionales de derechos humanos de las mujeres, como lo son, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará). Estos avances se ven reflejados en la tipificación del delito de femicidio/ feminicidio en los países de América Latina, donde actualmente 16 países han adecuado su legislación penal, tipificándolo como delito. No obstante, los esfuerzos mencionados, la situación de las mujeres de América Latina y el Caribe, pone en evidencia que el derecho a una vida sin violencia, se enfrenta en la actualidad, a mayores y continúas amenazas. La afectación a la vida, la dignidad, la libertad, la integridad física, sexual y psicológica de las mujeres, incrementa, cuando además de la condición de mujer, se suma a ello circunstancias de inequidad económica y social; o su pertenencia a grupos en condición de vulnerabilidad. Hoy tenemos claridad, en cuanto a que las muertes violentas de las mujeres no pueden explicarse como un fenómeno de un país en particular, sino más bien como la manifestación de una relación históricamente desigual entre mujeres y hombres; que afecta a la mitad de la población del planeta. Aunque los datos mencionados muestran esta problemática, es evidente que existe una invisibilización del femicidio/feminicidio, y un subregistro

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de los datos; aquí es importante resaltar la labor de las ONG´s, en América Latina, que han venido desarrollando “informes sombras” en la región, para cuestionar los datos oficiales; y en otros casos proporcionar datos, en total ausencia de los mismos. Lo anterior, debido a la carencia, o a la deficiencia, de un registro de información sistematizada, que a su vez permita diseñar políticas públicas precisas y efectivas en esta materia; tanto a nivel preventivo como a nivel represivo. Es imprescindible que los Estados dispongan de sistemas nacionales de información, que presenten datos oficiales comparables, confiables y sostenibles; respecto de la víctima y del perpetrador. Ello permitirá elaborar líneas base y diagnósticos para supervisar el impacto y grado de eficacia de las leyes, políticas, planes y programas estatales en la erradicación de la forma más grave de violencia contra las mujeres.

Estadísticas en el Poder Judicial de Costa Rica El Poder Judicial de Costa Rica, es una institución compleja con particularidades muy propias; ya que reúne a la Judicatura, el Ministerio Público, la Defensa Pública y la Policía Judicial (esta es la policía técnica especializada, la cual a su vez está formada por el Departamento de Investigaciones Criminales, el Departamento de Medicina Legal y el Departamento de Ciencias Forenses). También es importante señalar, que tanto el Ministerio Público como la Policía Judicial, tienen sus propias leyes orgánicas, lo cual les garantiza una autonomía e independencia funcional. El Poder Judicial de Costa Rica, en su ámbito administrativo, tiene como uno de sus objetivos, promover y desarrollar la recopilación de datos estadísticos, así como, su mejoramiento, con el fin de establecer un centro de información que proporcione los insumos necesarios que se requieren para la toma de decisiones en el proceso de la planificación institucional y que sirvan como parámetros en el planteamiento de políticas sociales y públicas; articuladas con el resto de las instituciones del Estado. Para cumplir con dicho objetivo, la Sección de Estadística recibe información de los despachos del ámbito jurisdiccional, de la Policía Judicial y del Ministerio Público, la cual se recolecta a través de fórmulas estadísticas y listados, los cuales son generados bajo la responsabilidad de los coordinadores judiciales, con la ayuda de los sistemas informáticos utilizados en el Poder Judicial.

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El registro de femicidios en Costa Rica La Sección de Estadísticas, que forma parte de la Dirección de Planificación institucional, registra de manera oficial, las estadísticas del delito de femicidio, a partir del año 2007, como efecto de la aprobación de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, en cumplimiento de la Convención de Convención de Belém do Pará, por parte del Estado costarricense. Esta Ley, en su artículo 21 establece que: “Se impondrá pena de prisión de veinte a treinta y cinco años a quien dé muerte a una mujer con la que mantenga una relación de matrimonio, en unión de hecho declarada o no” (Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica, 2007, p. 10). Por lo tanto, el ámbito de aplicación del artículo 21 de la Ley referida, enmarca las muertes violentas de mujeres, producidas en su entorno familiar o de pareja. Lo anterior, implicó la problemática, de que la ley acuñó un término jurídico (femicidio), vía Asamblea Legislativa, en donde se redujo la aplicación del mismo, únicamente a relaciones de matrimonio o de unión de hecho actual. A la vez, quedaron por fuera de este tipo penal, las muertes violentas de mujeres, por su condición de género, producidas fuera de estas relaciones de pareja. Ejemplo de ello son: • • • •

Las muertes durante el noviazgo. Las muertes después de un divorcio. Las muertes luego del cese de una unión de hecho. Las muertes violentas de mujeres, también por su condición de género, en el ámbito público, a raíz de un ataque sexual, por sicariato o en razón del crimen organizado, entre otras.

Ante este nudo crítico, la respuesta de nuestro sistema, fue establecer una figura adicional para la generación de estadísticas, que visibilizara y registrara, todas estas muertes de mujeres, las cuales quedaban excluidas del artículo 21 mencionado.

A esta figura adicional, la hemos denominado: “femicidio ampliado” Para la construcción de las variables que debían ser recopiladas en el registro de los femicidios ampliados, se conformó una Comisión Interinstitucional, integrada por entidades estatales y organizaciones no gubernamentales; que de manera consensuada, establecieron los

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parámetros para la recolección de información. Estos parámetros fueron definidos de conformidad estricta, con lo establecido en el artículo segundo de la Convención de Belén do Pará (1994), el cual señala que: “Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica: 1. Que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual. 2. Que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo , así como en instituciones educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y 3. Que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra” (p. 77). Una vez definidos los parámetros, la Sección de Estadísticas del Poder Judicial, se centró en desarrollar una herramienta metodológica para la recopilación de la información de los registros administrativos que son la fuente de información estadística, de manera que se pudieran obtener datos confiables, sostenibles y de calidad, en relación con las muertes violentas de mujeres, por su condición de género, en Costa Rica.

Comisión interinstitucional para el registro de femicidios Esta Comisión se reúne periódicamente con el fin de analizar los femicidios ocurridos y su ruta crítica, de manera que sea posible verificar los criterios de clasificación del expediente, como un mecanismo de control de calidad de la metodología vigente, que además ha permitido ir haciendo ajustes y acciones correctivas. Esta Comisión, que es dirigida y convocada por el Instituto Nacional de las Mujeres, se encuentra conformada por las siguientes instituciones: • • • • • •

Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU). Poder Judicial (Judicatura, Fiscalía y Sección de Estadísticas). La ONG Centro Feminista de Información y Acción (CEFEMINA). Ministerio de Seguridad. Ministerio de Salud. Defensoría de los Habitantes.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Cuadro Parámetros para ubicar el femicidio de acuerdo a la LPVCM o según la Convención de Belém do Pará Femicidio Art.21 LPVCM Compañero unión de hecho

Compañera unión de hecho

Esposo

Esposa Femicidio Convención Belém Do Pará

Excompañero unión de hecho

Excompañera unión de hecho

Ex-esposo

Ex-esposa

Atacante sexual

Desconocida

Novio

Novia

Ex-novio

Ex-novia

Pretendiente

Pretendida

Cliente sexual

Trabajadora del sexo

Amante

Amante

Hermano

Hermana

Hijo

Madre

Padre

Hija

Concuño

Cuñada

Ex-concuño

Ex-cuñada

Ex-yerno

Ex-suegra

Hijastro

Madrastra

Nieto

Abuela

Padrastro

Hijastra

Primo

Prima

Yerno

Suegra

Tío

Sobrina

Secuestrador

Secuestrada

Conocido cercano

Conocida cercana

Ninguna relación

Ninguna

Fuente: Elaboración de la autora basada en Art.21 LPVCM y Convención Belém Do Pará.

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Análisis de la metodología utilizada por la Sección de Estadísticas a) Técnica estadística Registro administrativo: para ello se recurre a diferentes fuentes que aportan datos para su respectivo análisis. Algunas de sus bondades son: • Contiene las variables de interés utilizadas. • La actualización de la base es permanente. • La información se registra por medios informáticos, excepto el informe policial. • Cobertura Nacional. Para el registro de la información se construyó una Ficha de Registro de Casos, en la cual se consignan variables cualitativas y cuantitativas. b) Fuentes de información Las fuentes utilizadas son: • • • •

Organismo de Investigación Judicial (policía técnica especializada). Departamento de Medicina Legal. Ministerio Público. Juzgados de Violencia Doméstica.

c) Pasos para la construcción del dato 1. Se revisa el informe policial A este informe se le asigna un número único, lo cual permite identificar el expediente desde que inicia hasta que fenece a lo largo de todo el proceso judicial, independientemente de la oficina por donde vaya pasando a medida que va avanzando en las etapas judiciales, v.gr. policía, fiscalía, judicatura. Además, incluye los hechos denunciados, las diligencias de la investigación como lo son, entre otros: el o los presuntos imputados, ubicación del sitio del suceso, indicios (SIORI), evidencias, datos del imputado, datos de la ofendida, etc. 2. Se revisa el protocolo de la autopsia Elaborado por el Departamento de Medicina Legal. Con este informe se determina la causa y manera de muerte, así como la cantidad de heridas y el tipo de arma utilizada.

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3. Se digita la información Tal y como se mencionó anteriormente se digita la información en una ficha de registro de datos de acuerdo a las variables especificadas (esto lo hace el personal de la Sección de Estadísticas). 4. Control de calidad del dato Se considera que la información debe cumplir con ciertos atributos como lo son: oportunidad, actualización, exactitud y accesibilidad. Es por ello que una vez recopilada y digitada se revisa en conjunto en el seno de la Comisión para el Registro de Femicidios. 5. Análisis de los resultados Luego del paso de control de calidad se procede a realizar el análisis respectivo, el cual se realiza anualmente. Esta metodología del Poder Judicial de Costa Rica, para la medición y el registro de los femicidios/feminicidios, según los parámetros de la Convención de Belén do Pará, ha sido de interés de ONU Mujeres y de Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), de manera que pueda extenderse al resto de Iberoamérica, ya que se puede implementar, indistintamente de si existen o no leyes especiales que contemplen el femicidio/feminicidio, en los 23 países de Iberoamérica, e independientemente de las diferencias de los tipos penales que tenga cada país. Lo anterior en razón, de que constituye una figura estadística, que va más allá de la existencia de un tipo penal específico, por cuanto obedece más bien, a la verificación de la aplicación de la Convención de Belén do Pará, que es un instrumento aprobado por todos nuestros países. En la reunión de la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en el mes de mayo de 2015, en Bogotá, se acordó desarrollar una estrategia conjunta con ONU-Mujeres y SEGIB, a efecto de plantear la manera en que será desarrollado este trabajo en la Cumbre Judicial Iberoamericana.

Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana y su impacto regional en las estadísticas de género Durante la XVII Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en la ciudad de Santiago, Chile los días 2, 3 y 4 de abril de 2014, se acordó lo siguiente:

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“Constatando que la igualdad y equidad de género es y será un tema estratégico y prioritario en las próximas Cumbres, acordamos la constitución de una Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia, que tendrá como objetivo, dar seguimiento al proceso de incorporación de la perspectiva de género en todo el quehacer de la Cumbre Judicial Iberoamericana que deberá integrarse conforme a las recomendaciones que formule la Comisión de Coordinación y Seguimiento durante la primera Reunión Preparatoria de Coordinadores Nacionales de la próxima Cumbre”. Durante la primera reunión de la Comisión de la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en Costa Rica los días 10 y 11 de noviembre de 2014, en las Conclusiones de San José1, se adoptó un plan de trabajo, donde uno de los ejes más importantes, consistió en: “c) Proponer estrategias para la incorporación de la perspectiva de género en el Plan Iberoamericano de Estadística Judicial, por sus siglas PLlEJ2, y dar seguimiento a los avances” (p. 2). El Plan Iberoamericano de Estadística Judicial (PLIEJ) tiene como objetivo “contribuir a la configuración del espacio judicial Iberoamericano, mediante el establecimiento de una herramienta estadística homogénea que permita un mejor diseño y definición de políticas públicas judiciales, así como el análisis y estudio comparativo de los diferentes sistemas” (2006, p. 320). Lo anterior, debido a que cada uno de los países cuenta con sistemas y procesos para registrar, recolectar, procesar, analizar y difundir información generada a partir de la operación o gestión de los distintos tribunales de justicia existentes. Estos procesos y sistemas son distintos entre países, ya sea por la disparidad y disponibilidad de recursos humanos y tecnológicos, por las diferencias en las leyes, pero principalmente por los distintos objetivos y usos que se le asigna a la información estadística en cada país. Estas diferencias tienen como consecuencia final que sin los esfuerzos que se están haciendo en el PLIEJ, no sería posible hacer comparaciones válidas a partir de las estadísticas con que actualmente cuentan nuestros países.

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Referencia: http://www.cumbrejudicial.org/c/document_library/get_file?uuid=3920a 732-5d4c-45be-a6e3-f6e74ff25de1&groupId=10124 En la primera reunión preparatoria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que se efectuó en el mes de Noviembre de 2006 en la Isla Margarita, Venezuela, se aprobó por parte de los miembros de dicha Cumbre la ejecución del proyecto llamado “Plan Iberoamericano de Estadística Judicial” (PLIEJ).

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Para el ámbito judicial, es importante contar con información para su gestión y el diseño y monitoreo de políticas públicas judiciales que podrían involucrar el trabajo tanto de los órganos judiciales como de otras instituciones, y finalmente para la rendición de cuentas a la ciudadanía. Por lo anterior, en el marco de la Cumbre Judicial Iberoamericana se pretende realizar un trabajo conjunto entre la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia y el PLIEJ, con el propósito de obtener datos desagregados por sexo, que permitan la toma de decisiones y el desarrollo de estrategias para el avance de los derechos humanos de las mujeres en el acceso a la justicia en Iberoamérica. Este proyecto se llevará a cabo, mediante una colaboración y alianza entre ONU-Mujeres – la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana. El proyecto se denomina: “Incorporación de la perspectiva de género en las estadísticas de los Poderes Judiciales de Iberoamérica”. Objetivo general: Promover un mecanismo Iberoamericano homogéneo que permita el mejoramiento de la calidad de las estadísticas y su alineación para que puedan ser comparables, reuniendo datos desglosados por sexo en todas las materias y ámbitos, de tal forma que los Poderes Judiciales cuenten con información básica para identificar quiénes son las personas usuarias de los servicios que prestan, visibilizar las desigualdades, y contribuir a la definición de acciones para mejorar el acceso a la justicia de acuerdo a las características y necesidades de la población. La información generada servirá como base para el diseño de políticas públicas que logren la articulación de servicios, así como en los procesos de revisión de normas y leyes. Objetivos específicos: 1. Consolidar la generación de estadísticas desagregadas por sexo, identificando entre otras a la víctima, el agresor y la relación entre ellos así como las diferentes formas de violencia contra las mujeres que tiene el Poder Judicial costarricense, que permita beneficiar a otras instancias homólogas en el ámbito Iberoamericano. 2. Promover en los poderes judiciales un modelo de trabajo homogéneo, que permita la recolección de datos desagregados por sexo en las distintas materias que atienden y ámbitos que los conforman.

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3. Plantearse un sistema de codificación común con otros servicios, por ejemplo policía, servicios sociales, de salud, entre otros. 4. Desarrollar un clasificador sobre delitos contra las mujeres que den luz sobre las formas de violencia que sufren las mujeres y las niñas. 5. Elevar la capacidad técnica de los poderes judiciales de Iberoamérica en el mejoramiento de la calidad de las estadísticas y en los procesos de alineación para que puedan ser comparables a nivel regional. Con el fin de establecer un mecanismo idóneo de cooperación para la implementación de estos esfuerzos, durante la XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana celebrada en Asunción en abril de 2016, se firmó una Carta de Intenciones entre la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia, ONU Mujeres y SEGIB. Referencias bibliográficas. Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica (2007). Ley de penalización de la violencia contra las mujeres. Recuperado de http://www.ciem.ucr.ac.cr/IMG/pdf/ ley_8589_penalizacion_de_la_vcm-2.pdf Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia. Cumbre Judicial Iberoamericana (2014). Conclusiones de San José, Costa Rica. En XVIII Cumbre Judicial Iberoamericana. Primera reunión Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia. Recuperado de http://www.cumbrejudicial.org/c/document_library/get_ file?uuid=3920a732-5d4c-45be-a6e3-f6e74ff25de1&groupId=10124 González Morales, F. (Coord.) (2006). Plan Iberoamericano de Estadística Judicial (PIEJ). En Primera reunión preparatoria de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, Isla de Margarita (Venezuela). Recuperado de http://www.cumbrejudicial.org/c/docum ent_library/get_file?p_l_id=587623&folderId=41749&name=DLFE-3113.pdf OEA (1994). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Belém do Pará, Brasil.

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CAPÍTULO 5.

Atención integral a mujeres víctimas de violencia durante el proceso judicial penal en Guatemala Dora Amalia Taracena

Introducción Ser mujer y nacer en un espacio de tierra, ubicado en el Centro de América Latina, representa un cúmulo de retos, de cara a una serie de injusticias a las que se debe enfrentar diariamente. No obstante, reconocerse mujer en este contexto, cobra un valor diferente cuando se atraviesan las múltiples formas de dominación existentes. Las mujeres con un sentido de resiliencia altamente fortalecido buscan la justicia en el sistema oficial, pero también lo buscan en otras vías como la de replantearse su sentido y proyecto de vida, sanar y reconocer que existen otras formas de relacionarse basadas en el respeto. Ser mujer en Guatemala, requiere el reconocimiento de una historia de relaciones asimétricas y por consecuencia, violentas. Iniciando por un proceso colonizador basado en, la imposición de formas de vida indignas para los pueblos originarios; hilado con treinta y seis años de conflicto armado interno donde hubo desapariciones forzadas, masacres, violencia sexual, entre otras ejecuciones arbitrarias, dejando un saldo de 42.275 víctimas, incluyendo hombres, mujeres, adolescentes, niñas y niños. Veinte años después de la firma de los Acuerdos de Paz, las cifras que reflejan los índices de violencia son alarmantes. Lo que refleja el sistema económico, político y social que replica la asimetría mencionada anteriormente. Una de las problemáticas sociales a la que las mujeres guatemaltecas se enfrentan es la violencia en su contra, como producto de una cultura eminentemente patriarcal; muestra de ello es que para el año 2016 se presentaron 59.845 denuncias por violencia contra la mujer1, 1

Datos proporcionados por Ministerio Público en 2016.

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considerando que este último dato en su mayoría corresponde a niñas, adolescentes y mujeres, no por ello dejar de hacer visible a un porcentaje de niños y adolescentes hombres. No obstante, ante un panorama que puede calificarse como desesperanzador, se encuentra el coraje y la valentía de muchas mujeres que se han atrevido a poner un alto a esa historia de violencia social, familiar y personal que representan. Una historia cargada de un componente que invisibiliza a las mujeres y sus acciones, hace necesario el reconocimiento del esfuerzo articulado y constante de grupos de mujeres y feministas en diferentes países a lo largo de las últimas décadas. Mujeres que contribuyeron al avance en el marco normativo internacional, dejando materializado su esfuerzo en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW, 1979 y su Protocolo Facultativo, en la que se establece que la discriminación contra la mujer, denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera. Por otro lado, la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer “Convención De Belém Do Pará” en 1994, establece que debe entenderse por violencia contra la mujer: “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. A su vez en materia judicial señala que los Estados deben “adoptar medidas judiciales para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer de cualquier forma que atente contra su integridad o perjudique su propiedad”.

Antecedentes En Guatemala se avanzó en materia legislativa con un marco sustantivo generador particular de los derechos de las mujeres. Para finales de la década de los noventa, se promulga la Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer, Decreto número 7-99, la cual busca promover el desarrollo integral de la mujer y su participación en todos los niveles de la vida económica, política y social de Guatemala. Así también, promover el desarrollo de los derechos fundamentales con relación a la dignificación

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y promoción de la mujer, se encuentran establecidos en la Constitución, las convenciones internacionales de derechos de las mujeres y los planes de acción emanados de las conferencias internacionales sobre la temática de la mujer, correspondiendo la promoción a las instituciones públicas y privadas en lo que fueren aplicables. Así también, en el entendimiento de que la violencia intrafamiliar era una problemática altamente recurrente, se propone la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar. Decreto número 97-1996, que tiene por objeto, regular las medidas de protección necesarias para garantizar la vida, la integridad, seguridad y dignidad de las víctimas de violencia intrafamiliar. Para el año 2008 entró en vigencia la Ley Contra el Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer, Decreto número 22-2008 con el objeto de garantizar la vida, libertad, integridad, dignidad, protección e igualdad de todas las mujeres ante la ley, y particularmente cuando por condición de género, en las relaciones de poder o confianza, en el ámbito público o privado quien agrede, cometa en contra de ellas prácticas discriminatorias, de violencia física, psicológica, económica o sexual, o bien de menosprecio a sus derechos. Esta ley tipifica como femicidio la muerte de una mujer, provocada en el marco de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, por su condición de mujer. Establece el delito de violencia contra la mujer como el acto provocado por un hombre en el ámbito público o privado mediante el cual se ejerza violencia física, sexual o psicológica en contra de la víctima; y, el delito de violencia económica cuando se menoscaba, limita o restringe a la mujer la libre disposición de sus bienes o derechos patrimoniales o laborales, la obligue a suscribir documentos relacionados a sus bienes o patrimonios, se los destruya u oculte; someta su voluntad por medio del abuso económico o ejerza violencia psicológica, sexual o física con el fin de controlar sus ingresos introducir el objetivo y otras aportes de la ley como conceptos. A su vez, instituye la asistencia integral, contemplando que la mujer víctima de violencia, sus hijas e hijos, tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo, de refugio, así como de recuperación. La atención multidisciplinaria implicará especialmente: atención médica y psicológica, apoyo social, seguimiento legal de los reclamos de los derechos de la mujer, apoyo a la formación e inserción laboral y la asistencia de un intérprete.

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Tomando en cuenta que la incidencia de la violencia sexual reportada tiene cifras que van en incremento, así como la comprensión de que este tipo de violencia por ocurrir en su mayoría dentro del ámbito familiar no siempre es denunciado. Sumado a lo anterior, el problema se complejiza aún más, a nivel del trauma provocado por condiciones como la recurrencia, la cercanía del agresor, la alianza con otros tipos de violencia como la psicológica y la física, entre otros factores culturales que resultan determinantes para mantener el silencio. Para el año 2009, se crea la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Decreto número 9-2009, la cual realiza una reforma al Código Penal vigente. Tiene por objeto prevenir, reprimir, sancionar y erradicar la violencia sexual, la explotación y la trata de personas; la atención y protección de víctimas en condiciones de vulnerabilidad como los niños, niñas y adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultas mayores, así como resarcir los daños y perjuicios ocasionados. Debido a la forma en que las mujeres desaparecidas aparecen sin vida con manifestaciones de violencia física y sexual, previos a su muerte, el Estado de Guatemala promulgó la Ley de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas. Decreto número 9-2016. La cual crea un mecanismo de búsqueda inmediata de mujeres desaparecidas, a efecto de garantizar la vida, libertad, seguridad, integridad y dignidad de las mujeres que se encuentren desaparecidas, con el fin de contar con un mecanismo que permita su pronta localización y resguardo para evitar que tras su desaparición, puedan ser objeto de otro tipo de vejámenes. El marco normativo desarrollado en Guatemala, ha respondido a la presión y avance a nivel internacional en materia legislativa enfocada en derechos humanos de las mujeres. Sin embargo, existen también estándares internacionales sobre derechos de víctimas tales como: la Declaración de los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de delitos y del Abuso de Poder de la Organización de las Naciones Unidas, en 1985, también conocida como “Carta Magna” de los derechos de las víctimas, sentó las bases y reconocimiento de la condición de víctima y sus derechos esenciales; la Carta de derechos de las personas en el espacio Judicial Iberoamericano, también llamada Carta de Cancún, de la Cumbre Iberoamérica de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, en 2002, la cual tiene como principales principios el derecho de las personas a una justicia moderna y accesible; las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la Justicia de las personas en condiciones de vulnerabilidad, como una declaración de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que contiene recomendaciones

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para los órganos e instituciones relacionados al sistema judicial. Se encuentra también la Carta Iberoamericana de Derechos de las Víctimas, propuesta en el 2012 por la Cumbre Judicial Iberoamericana, que instrumentaliza y desarrolla las 100 Reglas de Brasilia de Acceso a la Justicia, y tiene como finalidad garantizar y hacer efectivos los derechos de las víctimas de violencia en todo tipo de proceso judicial. Particularmente, se encuentran también, las Reglas Regionales de Atención a las Mujeres Víctimas de Violencia de Género con Énfasis en Violencia Sexual, desarrolladas en el 2011, que contienen elementos para la detección y prevención de la violencia sexual, así como la investigación y atención integral de las víctimas de estos delitos, así como la atención a poblaciones doblemente discriminadas. Este documento, a la vez, plantea aportes para la reparación de las mujeres víctimas de violencia sexual. Luego de la primera parte expuesta, surge la interrogante de ¿por qué enfatizar el ámbito normativo? y una de las respuestas resulta fácil al hacer la analogía de estar “picando piedra”. Hablar de los derechos de las mujeres y de la atención a mujeres víctimas de violencia en el sistema de justicia oficial, atraviesa necesariamente el muro del “deber ser” que hasta hace pocos años fue casi en su totalidad, de índole patriarcal y penal, es decir, hecho por y para los hombres, así como desarrollado en clave sancionatoria. Al respecto se hace visible la ideología patriarcal, la cual no sólo explica y construye las diferencias entre mujeres y hombres como biológicamente inherentes y naturales, sino que mantiene y agudiza otras (todas) formas de dominación (Facio, 1999). De manera esperanzadora, en Guatemala es posible ver una luz en el camino, que alumbra una posibilidad distinta de enfrentar y resolver la problemática social de violencia contra las mujeres. Como lo señala Alda Facio, el mejoramiento de la administración de justicia también depende de una sociedad civil empoderada e igualitaria donde no haya discriminación o exclusión por razones de género, raza/etnia, discapacidad, edad, orientación sexual, etc., pero además, requiere la modernización y mejoramiento de los otros poderes e instituciones del Estado (Facio, 2005). Introduciendo una visión contextualizada de la perspectiva de género como una herramienta auxiliar en la interpretación del derecho, precisamente porque a través de ella, se puede desarticular el peso que tiene la cultura patriarcal como detonadora de la tolerancia hacia la violencia de género

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contra las mujeres y de la impunidad que ha prevalecido (Aldana, 2013). Se crean en la línea de las disposiciones de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, órganos especializados en los delitos tipificados en dicha ley, los que se enfocan en los derechos de quienes han sido víctimas de situaciones de violencia por razones de género, y han decidido depositar su confianza en el sistema de justicia oficial para poner un alto a su situación y a la vez encaminarse en proceso de superación ante las experiencias violentas vividas. La Ley Orgánica del Instituto para la Asistencia y Atención a la Víctima del Delito. Decreto número 21-2016 crea la entidad encargada de la asistencia y atención a la víctima del delito, para lograr la reparación digna a la cual tiene derecho. Esta normativa se encuentra en proceso de preparación del reglamento que facilitará su aplicación y cumplimiento. Tendrá a su cargo la asistencia legal gratuita a la víctima que desee constituirse como querellante adhesiva dentro de un proceso; la atención psicológica a la víctima del delito; atención pertinente para contrarrestar las secuelas emocionales causadas por la comisión del delito; coadyuvar al Ministerio Público en la garantía y defensa del derecho a la reparación digna de la víctima. La cobertura del Instituto será a nivel nacional y en el caso de los casos de menores de edad, actuarán de oficio junto con la Procuraduría General de la Nación.

La justicia especializada en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer La visibilización de que todo acto de discriminación y de violencia en contra de las mujeres, por el hecho de ser mujeres, requirió de marcos jurídicos específicos dado que las leyes declarativas y preventivas no fueron suficientes para comprender que conforme al sistema jurídico vigente, antes de las leyes específicas, todo acto discriminatorio y de violencia contra la mujer debía ser reprochado y sancionado judicialmente. En este sentido, el desafío para el sistema de justicia, radica en tornar operativos en cada caso concreto para garantizar los derechos de las mujeres a vivir una vida libre de violencia por razón del género y al desarrollo integral en condiciones de equidad e igualdad con los hombres. Después de entrar en vigencia la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, en mayo de 2008, el número de denuncias penales y solicitudes de medidas de protección se incrementó significativamente. Sin embargo, la capacidad de respuesta estatal no ha sido proporcional ni efectiva en materia de investigación, sanción y

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reparación del daño. Las prácticas culturales basadas en patrones de carácter patriarcal han incidido notablemente en la interpretación y aplicación del marco jurídico por parte de mujeres y hombres que integran las diferentes instituciones implicadas en el sistema de justicia penal. De hecho, los actos de violencia contra la mujer en el ámbito privado continuaron considerándose, en su mayoría, como actos cuya solución competía “únicamente” a las personas implicadas en el conflicto y, por ende, no susceptibles de ser sancionables como delito o falta. Con base en esa concepción, hasta la implementación efectiva de los Juzgados de Primera Instancia Penal y Tribunales de Sentencia de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, el 15 de octubre del 2010, la jurisdicción penal se mantuvo prácticamente al margen de aplicar medidas de protección a favor de mujeres víctimas de violencia contra la mujer, pues la misma, contrario al ordenamiento jurídico, era delegada básicamente en los Juzgados de Paz y de Familia. A partir del funcionamiento de los Juzgados y Tribunales especializados se ha vislumbrado un cambio en el abordaje de la violencia contra las mujeres, en el ámbito público y privado. Se invocan convenciones internacionales relativas a los derechos humanos de las mujeres, tal como lo establece el artículo 26 del Decreto 22-20082 que las constituye como fuente de interpretación, en particular la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Este mismo Decreto incluye una serie de definiciones relacionadas a los derechos de las mujeres víctimas, los ámbitos en que la violencia se produce; las diferentes formas de la violencia; las relaciones de poder, el resarcimiento a la víctima, entre otros. Protocolo de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, Decreto Número 22-2008 del Congreso de la República. Principios y Derechos: a) Tutelaridad de los derechos de la mujer: el espíritu de la Ley contra el Femicidio y Otras formas de Violencia Contra la Mujer, está orientado, de manera general en todo su contenido, a la protección de todos los derechos que les asisten a las mujeres. 2

Ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer.

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b) Igualdad: las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres que, históricamente, han existido en nuestro país. Por cuestiones culturales, las mujeres han estado en desventaja ante los hombres, lo cual ha redundado en discriminación, abusos, violencia en sus distintas manifestaciones y el Femicidio como la extrema manifestación de violencia en su contra, situación por la cual la ley trata de equilibrar desde el punto de vista normativo y en cumplimiento con los compromisos asumidos en las convenciones de la CEDAW y Belém do Pará. Este principio de igualdad ha sido explicado en otros ámbitos jurídicos, uno de ellos analizado en la jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad. c) Legalidad: por muchos años, la legislación penal guatemalteca trató la muerte de las mujeres como parricidio o asesinato, a partir de la vigencia de la Ley, la muerte y violencia contra las mujeres se tipifican como delitos que protegen la vida y la integridad física de las mujeres, con una sanción penal, siendo una ley especial y en cumplimiento del principio de legalidad. d) Taxatividad: concretamente la muerte y violencia contra las mujeres se tipifican como delitos que protegen la vida y la integridad física de las mujeres, con una sanción penal, siendo una ley especial y en cumplimiento del principio de legalidad correctas que deben de entenderse en el contenido normativo, dejando cerrada la posibilidad de otras interpretaciones que podrían menoscabar el espíritu, fin y objeto de la Ley. e) Erradicación de la violencia y la discriminación contra la mujer: resalta la intención del legislador de erradicar la violencia, la discriminación y el menoscabo de la integridad de la mujer, por el simple hecho de serlo, en concordancia con el derecho humano de libertad e igualdad, incluye la reparación y el resarcimiento de la víctima, indicando que no importa el ámbito de ocurrencia de la violencia en contra de las mujeres, ésta deberá ser sancionada. f) Multiculturalidad: promueve la protección a diversos grupos étnicos, reconociendo sus formas de vida, costumbres, tradiciones y formas de organización social. g) Derecho de la víctima y acceso a la justicia: víctima es toda mujer, de cualquier edad, que ha sido objeto de un hecho de violencia en cualquiera de sus manifestaciones, y tiene derecho a la asistencia integral e información de sus derechos, de los procesos y mecanismos para exigir justicia. h) Atención victimológica integral: consiste en una serie de acciones relacionadas entre sí, que se desarrollan secuencialmente, que tienen por objetivo contener los efectos de la victimización a través

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del acompañamiento efectivo a la víctima, durante todas las etapas y momentos que esta requiera, atendiendo oportunamente sus necesidades jurídicas, médicas, psicológicas y sociales, y buscando su restablecimiento, ofreciéndole seguridad, confianza y protección. Para ello se establecen y aprovechan vínculos institucionales. Las mujeres sobrevivientes de violencia tienen derecho a recibir una atención integral (Médica y Psicológica, Apoyo Social, Seguimiento legal de las reclamaciones de los derechos de la mujer, apoyo a la formación e inserción laboral, así como la Asistencia de Intérprete). Acompañamiento importante para fortalecerla en sus decisiones. El Organismo Judicial de Guatemala, dando cumplimiento a lo estipulado en el artículo 15 de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer que establece la creación de los Órganos Especializados que tienen como finalidad la aplicación de dicha normativa, así como la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas; institucionalizando la justicia especializada que busca trascender social y jurídicamente para lograr disminuir y cooperar con la erradicación de la violencia contra la mujer en todas sus manifestaciones y principalmente con los femicidios en nuestro país. La creación de estos órganos jurisdiccionales propone un nuevo sistema de justicia, el cual contempla atender las necesidades especiales que la víctima sobreviviente de violencia requiere, así como evitar la revictimización, sancionando los actos en los que se cometa algún delito tipificado por las mismas y teniendo como visión principal la prevención y contribución a erradicar la violencia contra las mujeres; estableciendo el funcionamiento progresivamente de juzgados, tribunales y salas especializadas a partir del año 2010. A la fecha, se cuenta con 31 Órganos Especializados en Violencia contra la Mujer con presencia en once departamentos del país, con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer y de violencia sexual contenidos en el Capítulo I, del Título III del Código Penal (Violación y Agresión Sexual); contando además con un Juzgado de Primera Instancia de Turno que labora las 24 horas los 365 ó 366 días al año dentro de las instalaciones del Ministerio Público Central en ciudad de Guatemala. De acuerdo con las necesidades del servicio de atención a víctimas de violencia, la Presidencia del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia podrá ampliar la implementación del Sistema de Atención a Víctimas en áreas territoriales en las que no operen juzgados

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especializados de femicidio y violencia contra la mujer, quienes tendrán las funciones antes descritas3. El Acuerdo 30-2010 que tiene como objeto regular la organización y funcionamiento de los juzgados y tribunales penales especializados de delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer y los del ramo penal ordinario de delitos de narcoactividad y delitos contra el ambiente que tienen competencia en los delitos de femicidio, violencia contra la mujer, violencia económica4; establece que la jurisdicción de estos inicia al tener conocimiento de un hecho de femicidio u otra forma de violencia contra la mujer debiendo conocer y resolver, inmediatamente, los requerimientos verbales o escritos que le sean formulados; y, disponer las medidas que garanticen la ejecución de lo resuelto5. En ningún caso estos órganos jurisdiccionales podrán disponer que los requerimientos sean formulados por escrito, ni exigir la presencia de la víctima para la emisión de las resoluciones que dispongan las medidas de seguridad, salvo cuando la ley expresamente lo establezca. Y, en cuanto al horario, en ningún caso podrán postergar el conocimiento ni ser remitidas a otro órgano jurisdiccional las solicitudes que requieran la emisión de una resolución por hechos relacionados con la aplicación de la Ley contra el Femicidio, que hubiere ingresado, al órgano jurisdiccional, antes de concluida la jornada laboral6. Que para operativizar los principios, derechos y garantías otorgados y reconocidos a las víctimas de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer, los órganos jurisdiccionales deben adoptar todas las medidas tendientes a:

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Artículo 21. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 1. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 2. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 3. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010.

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a) Evitar que la víctima sea confrontada con el agresor, salvo cuando la ley expresamente señale que para la realización de un acto deben estar presentes la víctima y el victimario. b) Evitar la utilización de juicio de valor que estigmaticen a la víctima. c) Evitar el uso de terminología, acciones, o comentarios misóginos. d) Garantizar que en los actos y diligencias procesales se evite exponer la identidad, integridad física y psicológica de la víctima. e) Garantizar que la víctima reciba atención especializada necesaria durante todo el proceso, en especial, previamente a prestar declaraciones en cualquier etapa del proceso. f) Evitar que la víctima declare innecesariamente dentro del proceso; sin perjuicio del derecho que le asiste a declarar cuantas veces ella lo considere. g) Evitar que en el interrogatorio a la víctima le sean dirigidas preguntas en las que se utilicen términos discriminatorios o estigmatizantes. h) Garantizar que la víctima reciba información oportuna sobre el estado del proceso y el alcance de las actuaciones judiciales. i) Minimizar o eliminar los efectos colaterales que puedan derivar de la ejecución de las medidas de seguridad7. Los hechos delictivos regulados en la Ley contra el Femicidio no admiten en momento alguno la suspensión o conclusión del proceso a causa de desistimiento, renuncia o conciliación de la víctima. Ella deberá ser informada durante todo el proceso de manera clara y precisa sobre los alcances del procedimiento penal, los derechos y garantías que le asisten y los efectos de las resoluciones judiciales en especial que aún y cuando desista, renuncie o concilie con el victimario el proceso penal no se suspenderá y continuará hasta la resolución que ponga fin al caso8. Sin embargo, en ningún caso los órganos jurisdiccionales podrán suspender o dilatar la emisión o promoción de la ejecución de resoluciones judiciales, salvo que, conforme al ordenamiento jurídico, se hubiere emitido resolución expresa que declare la suspensión del proceso9. 7

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Artículo 4. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 5. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 6. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010.

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En cuanto a las medidas de seguridad a favor de las víctimas de femicidio u otras formas de violencia contra la mujer, podrán ser emitidas de oficio o a requerimiento verbal o escrito de cualquier persona a discreción de quien las solicita, siendo el órgano jurisdiccional ante quien se presente la solicitud quien conozca, resuelva e inmediatamente sin necesidad de la presencia de la víctima ni del presunto agresor. Debe además individualizar a la persona responsable de la ejecución de la medida, el plazo para ejecutarla y el plazo para informar el resultado de la ejecución; de acuerdo a la naturaleza de las medidas impuestas. Seguirá siendo competente para conocerlas hasta que hubiere verificado la ejecución de las mismas; y, oportunamente, deberá remitir las actuaciones al juzgado o tribunal competente10. Son competentes para dictar las medidas de seguridad a favor de la víctima por hechos de femicidio u otras formas de violencia contra la mujer las y los jueces de: a. Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Turno, cuando no se hubiere emitido el auto de procesamiento; b. Paz independientemente de que exista o no Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente; c. Primera Instancia o tribunales con competencia en materia penal, narcoactividad y delitos contra el ambiente cuando tengan conocimiento del caso; d. Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer cuando esté conociendo el caso luego de emitido el auto de procesamiento. Deberán remitir la causa posterior a verificada la ejecución de las medidas, cuando no sea competente, a los juzgados de: a. La Niñez y Adolescencia Amenazada o Violada en sus Derechos Humanos cuando la víctima del hecho delictivo fuere menor de edad a fin de que se sustancie el proceso de protección conforme a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. b. Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal cuando el presunto agresor fuere Adolescente en Conflicto con la Ley Penal a fin de que

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Artículo 7 y 8. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010.

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se siga el procedimiento especial de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal. c. Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente que sea competente conforme a las reglas de competencia territorial y el sistema de asignación de casos, cuando no se hubiere dictado auto de procesamiento por algún delito regulado en la Ley contra el Femicidio. d. Primera Instancia de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer si se dictaré auto de procesamiento en contra del presunto agresor por un hecho regulado en la Ley contra el Femicidio11. Asimismo, estos órganos jurisdiccionales competentes para conocer el proceso penal resolverán las solicitudes relacionadas con la prórroga, ampliación, sustitución o revocación de las medidas de seguridad que hubieren sido emitidas. Quienes, al recibir las actuaciones, de oficio, deberán verificar que las medidas de seguridad emitidas a favor de la víctima sean idóneas y efectivas de acuerdo a las necesidades particulares de cada una. Son competentes para conocer los delitos contenidos en la Ley contra el Femicidio, los juzgados de: a. Primera Instancia Penal de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, dentro de su ámbito de competencia territorial, a partir del auto de procesamiento cuando al menos uno de los hechos hubiere sido calificado como femicidio, violencia contra la mujer en cualquiera de sus manifestaciones, física, sexual, psicológica o económica; b. Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, dentro del ámbito de su competencia territorial, hasta la emisión de la resolución que decide el auto de procesamiento, cuando hubieren juzgados de Primera Instancia de Femicidio u otras Formas de Violencia contra la Mujer, y, en los lugares donde no existieren dichos juzgados hasta la emisión de la resolución que ponga fin al caso en primera instancia, o según corresponda, hasta la resolución que decide el ofrecimiento de prueba luego de dictado el auto de apertura a juicio; c. Los Juzgados de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente que fueren competentes para conocer procesos penales de mayor riesgo, según

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Artículo 9 y 10. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010.

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las disposiciones legales vigentes; d. Los Juzgados de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal cuando para determinar la responsabilidad de la persona procesada fuere aplicable el procedimiento de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal. En cuanto a tribunales de sentencia penal, son competentes para conocer los delitos contenidos en la Ley contra el Femicidio, los Tribunales de Sentencia de: a. Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, dentro del ámbito territorial de su competencia, cuando en el auto de apertura a juicio se califique al menos uno de los hechos como Femicidio, Violencia contra la Mujer o Violencia Económica; b. Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, dentro del ámbito de su competencia territorial, en aquellas regiones donde no hubiere Tribunal de Sentencia de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer; c. Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente que fueren competentes para conocer procesos penales de mayor riesgo, según las disposiciones legales. Una vez dictado el auto de apertura a juicio, el Tribunal de Sentencia de Delitos de Femicidio y Violencia contra la Mujer, así como, los Tribunales de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente deberán seguir conociendo el proceso hasta la emisión de la sentencia, aún y cuando, durante la sustanciación del proceso la calificación jurídica del auto de apertura a juicio hubiere variado. La estructura orgánica y funcional del despacho judicial de los juzgados y Tribunales de Sentencia de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer será la establecida en el Reglamento Interior de Juzgados y Tribunales Penales; y, contarán con un Sistema de Atención Integral a Víctimas de Violencia contra la Mujer que dependerá funcionalmente de la persona que ejerza la función gerencial de secretario o secretaria del Juzgado de Primera Instancia de Delitos de Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer. Cuando en la región hubiere más de un Juzgado de Primera Instancia, la Corte Suprema de Justicia del Organismo Judicial designará a quien ejercerá dicha función. Se creará un sistema nacional de monitoreo de violencia contra la mujer, que tendrá a su cargo: a. La recopilación, procesamiento y análisis de la información producida por los órganos judiciales en materia de violencia contra la mujer.

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b. El desarrollo de investigaciones focalizadas para la determinación de políticas judiciales que permitan adoptar las medidas que competan al Organismo Judicial para contribuir a la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer. c. El registro de personas que han participado en hechos de violencia contra la mujer. d. El registro de personas que han sido víctimas de violencia contra la mujer. e. La publicación anual sobre los principales resultados de la gestión judicial de los tribunales en casos regulados por la Ley contra el Femicidio, así como un análisis de los fenómenos criminológicos que se han presentado en hechos de violencia contra la mujer12. El sistema de registro, está a cargo de quienes ejercen la función de secretarios de los juzgados y tribunales debiendo llevar un registro manual o informático sobre los casos en los cuales se hubiere presentado algún hecho de violencia contra la mujer. Dicha información deberá ser trasladada al Sistema Nacional de Monitoreo de Violencia contra la Mujer a cargo de Centro de Información, Desarrollo y Estadística Judicial –CIDEJ–, para su procesamiento, análisis y formulación de las recomendaciones pertinentes a la Corte Suprema de Justicia13. Cabe destacar que existen principios que rigen la atención en la Justicia Especializada: Atención de calidad El trato digno orientado a la búsqueda de y con calidez: soluciones concretas con respeto, amabilidad y empatía de manera que la persona que es atendida se sienta satisfecha y apoyada. Informar Toda persona que se encuentre laborando dentro oportunamente: del sistema de justicia tiene la responsabilidad de brindar información precisa y comprensible. Si por alguna razón se desconoce, inmediatamente buscará orientarse adecuadamente y dar respuesta a las inquietudes de las personas que lo requieren. 12

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Artículo 19. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010. Artículo 20. Acuerdo 30-2010. Reglamento de gestión para los juzgados y tribunales con competencia en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer. Corte Suprema de Justicia. Guatemala, 2010.

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Confidencialidad:

Se protege la privacidad e identidad de las víctimas y/ o sobrevivientes, así como la información que ellas brinden. Existe información que no se documenta a menos que sea relevante para alguna diligencia especial como medidas de seguridad o reparación digna. Ética profesional: Comprende la conducta regida por normas orientadas al profundo respeto y protección de la dignidad de las personas, reconociendo sus diferencias y condiciones de vulnerabilidad. Interés superior de La razón de existir de los órganos especializados la víctima: en delitos de femicidio y otras formas de violencia contra la mujer y violencia sexual, es la vida e integridad de la persona que vivió la experiencia violenta y decidió confiar en la respuesta judicial para romper los círculos de violencia en su historia personal, familiar y social. Inmediatez en la La atención se da con prontitud, para evitando atención: a toda costa, esperas injustificadas y tratos burocráticos. No revictimización: Se evitan acciones u omisiones que hagan experimentar reiteradamente la forma en que las personas se sintieron cuando fueron sujetas de violencia por el o los agresores directos, sin el cuestionamiento de su credibilidad, incomprensión ni reproches. Respeto: La atención que se ofrece debe realizarse con dedicación, de acuerdo a la condición y tipo de situación específica que la llevó a la búsqueda de apoyo. A su vez se brinda el acompañamiento y asesoría, respetando las decisiones que tome, sin forzar o transgredir en ningún momento. Seguridad y Es principio fundamental, considerar que, frente a protección: dos derechos, prevalece el de mayor ponderación, de ahí que frente al derecho a la vida y la seguridad, no existe un derecho considerado como superior. No existe razón jurídica que impida la aplicación de una medida de seguridad y/o protección para salvaguardar la vida e integridad de una persona. Dichos principios abren la puerta a enfoques más amplios dentro del sistema de justicia, no solamente el de género como ya se mencionó

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anteriormente, haciendo visible las relaciones de poder entre hombres sobre mujeres. También desde la victimología, la cual es una ciencia joven, en la que se asientan los pilares de un nuevo sistema de justicia, capaz de equilibrar el orden social (Terán, 1996). Desde este enfoque se concede u n papel protagónico en el proceso judicial, a la persona que, pese a las condiciones estructurales predeterminantes, decide confiar su proceso de superación al sistema de justicia guatemalteco. Cabe resaltar que no debe confundirse con una mirada maternalista hacia las personas, sino busca el análisis de la complejidad del fenómeno social de la violencia.

Transición de la justicia de lo penal a lo restaurativo El acceso a la justicia es un derecho humano que constituye un elemento fundamental para garantizar el derecho al desarrollo, es un instrumento para la transformación de las relaciones de poder que perpetuán la exclusión y la pobreza, en ese sentido, la justicia restaurativa surge como un mecanismo para enfrentar las inequidades y disfunciones del sistema de justicia de corte penal, así como su manera de castigar o sancionar las formas ordinarias del delito en una sociedad, esencialmente punitiva y retributiva. La justicia restaurativa busca que el derecho penal supere el castigo como retribución y enfoque su atención en la víctima y el daño sufrido por ella, dando un giro de centrar la atención en el acto criminal como en su autor (Villarreal Sotelo, Karla, 2013). La respuesta al delito debe tener como finalidades básicas, las necesidades de las víctimas y el restablecimiento de la paz social. Para ello se requiere el reconocimiento del sufrimiento de la víctima, así como tener en cuenta la necesidad de reparación integral del daño y la restauración de su dignidad (Ulloa, 2016). Para realizar con profundidad y de manera personalizada esta intervención-acción, se ha depositado la responsabilidad en profesionales de ciencias sociales y humanísticas, quienes con un enfoque holístico de la situación de violencia, así como los principios mencionados anteriormente, ofrecen un acompañamiento humano y profesional durante el proceso judicial que implica un tiempo prolongado. En Guatemala, la frase “picar piedra” hace referencia a un trabajo duro, pero altamente transformador. El hecho que la psicología y el trabajo social se encuentren inmersos en un sistema de justicia, representa con esperanza la posibilidad de cambiar esquemas rígidos que tradicionalmente han sido revictimizantes al no responder a las

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necesidades de las mujeres, sino a las formalidades del sistema. Es por ello que se considera el lado humano de la justicia.

Sistema de Atención Integral a la Víctima de Violencia contra la Mujer (SAI): estructura y funcionamiento Para el año 2010, los Órganos Jurisdiccionales en Delitos de Femicidio y otras formas de violencia contra la Mujer y Violencia Sexual, cuentan con un Sistema de Atención Integral a la Víctima de Violencia contra la Mujer, que de ahora en adelante se denominará SAI (SAI), cuya función primordial es “brindar atención personalizada a las víctimas dependiendo de las circunstancias particulares de edad, sexo, género, cultura, pertinencia étnica, origen, condición económica y cualquier otra” (Organismo Judicial, 2010). Asimismo, busca minimizar la re-victimización; y apoyar en el proceso de empoderamiento de la víctima/sobreviviente. Por medio del personal especializado en psicología, trabajo social y personal técnico que atiende a niños/as se les ayuda a superar los efectos de los hechos de violencia de los que fueron objeto, apoyándolas durante el proceso judicial, efectuando estudios sobre las medidas de protección necesarias en cada caso en particular. Este sistema considera la asistencia de intérpretes de idiomas mayas cuando se hace necesario, contando con un Centro de Interpretación y Traducción Indígena, conformado por intérpretes que hablan diferentes idiomas de las diversas comunidades lingüísticas. No obstante, es importante precisar que el “sistema” está conformado por todas las personas funcionarias públicas que directa o indirectamente impactan con su labor diaria a las víctimas (Organismo Judicial, 2017). El SAI es el elemento clave de la Justicia Especializada con enfoque de género y victimológico; brindan información y orientación a todas aquellas personas que se acercan con la intención de denunciar o que simplemente buscan una guía para salir del círculo de la violencia y atención con calidad y calidez a las personas víctimas durante el proceso judicial. Para el año 2016, la justicia especializada se encontraba en once de veintidós departamentos de la República de Guatemala. Y en cada departamento existe un equipo SAI, integrado por profesionales de psicología, de trabajo social y niñeras, coordinado por un profesional del derecho, quien es el/la secretaria del juzgado. Debido a la diversidad de características particulares de las víctimas, se hacen necesarios ciertos lineamientos para la atención diferenciada, de

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acuerdo a condiciones como discapacidades, migración, adultez mayor entre otras. Estos lineamientos ofrecen al personal la posibilidad de adaptar condiciones físicas, procedimentales y de atención de acuerdo a las necesidades de los casos especiales. En ese sentido, al abordar casos de personas con discapacidad, a manera de ejemplo, se remite un caso con dos procesos distintos por violencia sexual, donde la víctima era una mujer de treinta y seis años con retraso mental no especificado por el hermano, siendo éste quien realizaba las diligencias, acompañaba a su hermana y trataba de realizar todas las indicaciones que en los órganos especializados le instruían. La psicóloga del caso, en labor coordinada con la trabajadora social, realizó las gestiones para buscar el apoyo en la movilización y traslado de la víctima y su hermano, quienes viven en un municipio a 28 kilómetros de la capital. “…y me gestionaban patrullas o ellas mismas me daban jalón (transporte) con mi hermana para que se me facilitara llegar. Si no, quizás no hubiera aguantado terminar el proceso por lo económico” (Saturnino, 2016). Asimismo, las profesionales de SAI, recomendaron a las/os juzgadoras/es para que explicara y autorizara adaptaciones en las audiencias como priorizar la participación de la víctima. El ejemplo mencionado remite a otro requerimiento predominante dentro del sistema de justicia, que llega a impactar en las víctimas dentro de su proceso judicial; esto consiste en una coordinación real, tanto a lo interno de cada equipo, las diferentes unidades y departamentos dentro de la institución, así como con otras instituciones del Estado y organizaciones de sociedad civil. Son básicamente los recursos de tiempo, voluntad y comunicación los requeridos para intentar dar una respuesta adecuada a las necesidades de las víctimas. Históricamente y en la actualidad, Guatemala está viviendo en una crisis en la que el sistema económico, político y social, responde ante la violencia de manera reaccionaria, asistencialista y paternalista, lo cual no contribuye a una erradicación del problema, tampoco se enfoca en una repuesta reparadora e integral por parte del Estado a las víctimas.

Acciones de reparación digna Al hablar de reparación, ésta comprende la restauración del derecho afectado por el hecho delictivo, que inicia desde reconocer a la víctima como persona con todas sus circunstancias como sujeto de derechos contra quien recayó la acción delictivo, hasta las alternativas disponibles para su reincorporación social a fin de disfrutar hacer uso, lo más pronto

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posible, del derecho afectado, en la medida que tal reparación sea humanamente posible y, en su caso, la indemnización de los daños y perjuicios derivados de la comisión del delito (Congreso de la República de Guatemala, 1992). En la práctica concreta, el tema de la reparación digna está condicionado por una serie de factores procesales. No obstante, dentro de la justicia especializada se ha logrado comprender la reparación digna aplicada en todo el proceso judicial y no solamente hasta el final del mismo, como un elemento de la sentencia. Al decir que la reparación se aplica en todo el proceso, se hace énfasis en la respuesta de las instituciones a las necesidades de las víctimas. Las víctimas/sobrevivientes han decidido depositar en el sistema de justicia su confianza y han encontrado en la vía judicial, una forma de demostrarse a sí mismas que nada justifica la violencia y que es posible transformar lo que histórica y culturalmente ha afectado a la sociedad guatemalteca, en especial a las mujeres. El concepto de reparación a las víctimas, de acuerdo con la doctrina victimológica (figura contemporánea), resalta que no sólo el victimario es objeto de resocialización sino que la víctima debe ser protagonista de la acción penal, lo que significa que a la víctima se le debe prestar ayuda para que se integre a la sociedad. La reparación a la víctima establece los deberes de restitución, indemnización, rehabilitación y satisfacción. Por ello, es necesario un proceso en el que la víctima tenga plena garantía de sus derechos, de verdad y de justicia, que contribuya a la recuperación de lo perdido o causado por la acción de la violencia (Estrada Rivera, 2016). La Ley Contra El Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer en el Artículo 3, inciso h, define: Resarcimiento a la víctima: Se entenderá por resarcimiento el conjunto de medidas tendientes a aproximar la situación de la víctima al estado en que se encontraría de no haberse producido el hecho delictivo (Congreso de la República de Guatemala, 2008). La reparación digna deberá caracterizarse por su integralidad y comprende además de indemnizaciones de carácter económico, todas aquellas medidas tendientes a dotar a la víctima de una reparación médica, psicológica, moral y social. Así mismo, en el capítulo V: Reparaciones, artículo 11 de dicha normativa, establece que: La reparación a la víctima será proporcional al daño causado y al grado de culpabilidad del autor del delito. En ningún caso implicará un enriquecimiento sin causa de la víctima.

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Considerando lo establecido en las Reglas de Brasilia, las Reglas Regionales de Atención Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia de Género con énfasis en Violencia Sexual, la ejecución de la reparación digna establecida en el Código Procesal Penal; así como el resarcimiento a la víctima al que se refiere la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, el Estado debe contar con un fondo estatal de compensación sobre el daño ocasionado por la violencia de género, especialmente violencia sexual; la reparación digna debe ser de rápida ejecución conforme lo resuelto en la sentencia condenatoria. Para lograrlo, se recomienda priorizar junto con la condena este campo en el proceso judicial; se solicita fortalecer el acompañamiento a las víctimas/ sobrevivientes en todas las etapas del proceso penal, especialmente en la etapa de ejecución; se requiere incluir la psicoterapia como reparación digna en el proceso, no solamente al final del mismo, sino garantizar a través del SAI quien lo comunique efectivamente a las autoridades judiciales; para que se cuente con un proceso de acompañamiento psicológico con apoyo de la Red de Derivación. Esto porque ante la vivencia de un hecho de violencia son muchas las capacidades que se ven debilitadas, entre ellas la propia estima, identidad y confianza, la sensación de vulnerabilidad y los efectos que pueda dejar la violencia como el mismo proceso judicial (Salguero, J.M. Universidad Rafael Landívar, 2014). La terapia psicológica como proceso representa para las víctimas/ sobrevivientes el soporte necesario para restablecer aquellas cualidades o capacidades que han sido vulneradas. Como se ha mencionado, la atención debe ser sistémica, es decir que no solo se debe atender a la persona como víctima/sobreviviente directa, además a su familia o personas que hayan sido afectadas. Tener presente que para el resarcimiento económico, se debe atender a la retribución monetaria de los gastos a los que la víctima/sobreviviente junto a su familia ha incurrido como: honorarios médicos, medicamentos, copia de documentos, honorarios de abogado/a, y otros aspectos que lleva el trámite legal, transporte, hospedaje (en caso la víctima tenga que desplazarse de su vivienda a otra región), alimentación, servicios funerarios, entre otros. Para lo cual, se requiere realizar cálculos estimados y conscientes de dichos gastos con el apoyo de trabajo social. Un elemento indispensable de atender es la reinserción laboral de la víctima/sobreviviente, pues hay elementos que condicionan negativamente el desenvolvimiento de la víctima/sobreviviente. En

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primer lugar, la asistencia a los órganos jurisdiccionales ocasiona dificultades en sus lugares de trabajo cuando están bajo relación de dependencia, o bien pérdidas directas, cuando trabajan de forma independiente. En segundo lugar, cuando existe una sentencia condenatoria, las victimas cuyo agresor es el padre de sus hijos/as se quedan sin el soporte económico, por lo que se recomienda: el trabajo coordinado del SAI en apoyo con los y las administradoras de justicia, en la búsqueda de oportunidades de independencia económica, ya sea en instituciones o con proyectos de emprendimiento que contribuyan a su sostenibilidad personal y familiar, para lo cual corresponde el apoyo de otras entidades sociales y de servicios. Otro aspecto a tener en cuenta se refiere a facilitar los mecanismos para que la víctima/sobreviviente pueda continuar sus estudios, en caso hayan sido afectados o abandonados. Pues es producto tanto de la violencia social como de cada caso concreto, el hecho de no priorizar el desarrollo técnico-profesional que forma parte de su proyecto de vida. Ello requiere el apoyo coordinado del Ministerio de Educación y del Ministerio de Desarrollo Social. Igualmente, de acuerdo a cada caso, considerar una disculpa pública en situaciones de violencia sexual, es una forma de que el o los agresores reconozcan su responsabilidad del hecho violento. Esto es significativo para las victimas/sobrevivientes al ser una forma simbólica de retribuir el daño a su dignidad. Sobre todo, porque es un delito que pocas veces se denuncia por el temor. No obstante, debe ser tomado encuentra a partir del requerimiento de la víctima o sobreviviente de violencia. Esta es una forma de reparación, que aunque no repara totalmente el daño, contribuye en el proceso de reparación integral de las víctimas/ sobrevivientes. Los aspectos antes mencionados se toman en cuenta en los contenidos de los procesos de formación que actualmente reciben el personal judicial y administrativo de los Órganos Especializados.

Pero… ¿Qué dicen las víctimas? Se hace necesario hacer un alto en este apartado para reflexionar sobre que en un estudio realizado a cerca de la satisfacción de las víctimas sobre la atención recibida en las instituciones de seguridad y justicia se encontró lo siguiente:

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1) Las víctimas no están completamente satisfechas del proceso judicial, sobre todo por los plazos tan largos que están establecidos legalmente y sus implicaciones consecuentes. 2) Lo que las víctimas buscan además de justicia, es atención, información y seguridad (Comisión Nacional para el Apoyo y Seguimiento al Fortalecimiento de la Justicia, 2016). Es de estos últimos tres elementos que se revela por voz de las víctimas lo que ellas requieren. En ese sentido, se comprenderá que la atención requiere una escucha activa y respetuosa por parte del personal que atienda. Revirtiendo de esta forma, la idea que revictimización sea el hecho que la víctima relate su historia en repetidas ocasiones; ya que ellas refieren que si lo dicen varias veces pero son escuchadas con empatía y respeto, para ellas es una descarga y alivio compartir la situación de violencia a la que han puesto un alto en sus vidas. Se entiende entonces, por revictimización o victimización secundaria, a toda acción u omisión que lesione el estado de la víctima, basado en malas prácticas, falta de información y atención por parte de funcionarios/as públicos/as. Siguiendo la línea de los resultados de dicho estudio, las víctimas manifiestan una necesidad de información unificada y comprensible, ya que además de encontrarse frente a un proceso mínima o escasamente conocido, escucha una terminología jurídica ajena a su cotidianidad. Debido a lo expuesto, el personal de SAI, se encarga de realizar una explicación lo más sencilla y comprensible, de manera que se ubique en el momento procesal, así como conozca las posibles conclusiones de cada etapa del proceso. Lo que representa un reto, ya que la terminología, los elementos y posibilidades de todo el proceso son bastante cargados en contenido. Y considerando que las víctimas llegan con un cúmulo de ideas, recuerdos, emociones y malestares, la información es una demanda generadora de ansiedad. Al obtener la información, las víctimas recobran seguridad y firmeza, elementos deteriorados por la misma situación de violencia. En el caso de la seguridad, la legislación guatemalteca cuenta con diecisiete medidas de seguridad, mismas que son dictadas por la jueza o juez, de acuerdo a su juicio y disposiciones de ley, de conformidad con las características cada caso particular (Organismo Judicial de Guatemala, 2016). Sin embargo, la realidad que sobrepasa, ha demostrado que ha habido casos que aún con medidas de seguridad otorgadas, algunas mujeres han sido víctimas de femicidio. Por lo tanto, el personal de SAI, indaga sobre los factores de riesgo existentes, para sugerir al juez/a la

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idoneidad de las medidas. Por otro lado, SAI orienta en la forma que puede tomar algunas medidas de seguridad personales, como un mecanismo de recuperación de confianza y seguridad propias. El acompañamiento de SAI, como es perceptible, se encamina al fortalecimiento y empoderamiento de la persona que busca justicia. Un reto bastante desafiante, porque implica acompañar el caminar dentro de un sistema patriarcal, sostenido por varios obstáculos institucionales como lo son: a) la familia; b) el sistema educativo; c) las iglesias y religiones; d) los medios de comunicación; y, ¿por qué no…?, e) el sistema de justicia oficial. Dichas instituciones son consideradas como obstáculos, en la medida que refuerzan y reproducen la violencia de manera simbólica en la cotidianidad. La violencia en sus múltiples dimensiones, ha provocado históricamente no solo una serie de emociones individuales y colectivas, primordialmente: sufrimiento, miedo, culpa, vergüenza, entre otras; también ha logrado y mantenido la ruptura del tejido social. Como lo plantea la psicóloga Carola Estrada, lo que en sociedad se enferma, en sociedad se cura. Es por ello, que, en la búsqueda de justicia, las profesionales de SAI han propuesto realizar diferentes alternativas encaminadas a la búsqueda de justicia, una de ellas es que se realicen actividades grupales, que posteriormente se le denominaron Núcleos de Apoyo. En estos grupos, las mujeres exploran la expresión de sus puntos de vista y malestares con relación a la situación de violencia y del proceso judicial que les ha tocado enfrentar; desde la comprensión específica de su grupo social. Sus vivencias, teñidas del hecho de ser mujer, serán validadas por otras mujeres. Se reconocen como iguales, más no idénticas, con libertad y autoridad recíproca. Su individualidad se torna en un vivir colectivo que refleja las prácticas y discursos sociales pero que también los critica. Sus miradas van cambiando con la escucha y el reconocimiento de su propio deseo, con el reconocimiento de su situación, su reflexión independiente y con el contraste de sentir, pensar y actuar. Las mujeres definen el proceso judicial como largo cansado, desgastante, incomprensible, entre otras denominaciones cargadas de frustración. Distintas son las vidas y las experiencias vividas por las mujeres antes de llegar a tomar conciencia de la violencia, y luego e identificarla atreverse a denunciarla.

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“…cuando yo era pequeña fui tocada por un tío, no recuerdo si alguien más me abuso de muy pequeña, tal vez mi papá o mi hermano, son cosas que no recuerdo pero lo tengo en mi corazón, lo siento. Luego, el papá de mi primera hija me violó, yo tenía 14, 15 años casi. Tratando de buscar el afecto, la persona con la que viví me abusó sexualmente muchas veces, de muchas formas, yo decía que eso no era un abuso porque era mi pareja pero yo no quería y me humilló tanto en eso que yo un día lo que dije es mejor voy a tirarme a la perdición, igual me están tratando como que fuera una sexoservidora. Me ha marcado y no tengo deseos de tener una relación así porque siento que va a ser lo mismo… Tener que estar expuesta, al igual que mi familia, en un juzgado por haber sido víctima de la persona que uno ha querido y estar con los antecedentes manchados aunque no sea como victimaria pero como víctima, para mí ha sido lo más duro, vergonzoso y molesto. Se pierde el trabajo y el tiempo…me digo “¿por qué me volvió a suceder esto?” sólo que ahora me pasó algo muy grave. Trato de no tomarle tanta importancia porque aun sonrío, platico con las personas, no tengo odio contra las demás personas, pero perdí mi confianza y mi autoestima, sobre todo” (Toni, 2016). Los casos de violencia que llegan al sistema de justicia, ofrecen la opción de poner un algo a la situación de violencia vivida con la persona agresora, situación que detonó la decisión de denunciar, no obstante, un acto de denuncia implica la posibilidad de romper diversos ciclos de violencia en la historia personal, familiar y comunitaria, muchos de esos eventos resultado de cada ciclo no han sido hablados nunca por el estigma social. “Mi papá me estuvo regañando, me dice “eso pasa porque te separaste del esposo”, yo le dije “¿cuántas veces me fuiste a separar del hombre cuando me estaba pegando? me pateaba, me pegaba ¿cuántas veces me fuiste a recoger? Prefiero estar sola ¿quién llevaba todos esos problemas? Yo. Como mi problema fue muy grande. Hay días que un día me pongo a llorar, no dejo de llorar porque yo a veces me acuerdo y yo no esperaba esto. Yo quisiera olvidarme, pero si llego veo el gesto de mis papás y vienen mis hermanas, mis cuñadas y están allí diciéndome cosas. He vivido cosas tan tristes estos años, si voy es por el patojo que tengo todavía, hasta él cambió mucho conmigo porque hasta él supo el problema que yo tuve. Cuando yo llego me dice “¿por qué viniste? Y me toca el corazón, me pongo a llorar. Mi hijo más

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grande llega con mis papás y me ignora como si no fuera su mamá. Todo esto me ha dolido mucho, me lastima mucho. Y aparte de la familia, la gente de la calle” (Elvi, 2016).

Esperanza de una justicia diferente En Guatemala se han encontrado formas y modelos innovadores para atender a las víctimas de violencia, tomando en cuenta la diversidad de su población y la realidad de su situación y condición de vida. Se da seguimiento en su implementación y se evalúan, mostrando desde la experiencia, prácticas con resultados que es importante socializar y replicar, no solamente dentro de la misma institución, sino a nivel interinstitucional. Una de estas exitosas prácticas lo constituye el componente de la grupalidad, a través de los Núcleos de Apoyo que promueve el SAI, cuya base clave son los factores terapéuticos que se encuentran en el mismo: infundir esperanza, universalidad, información participativa, altruismo, desarrollo de técnicas de socialización, conducta imitativa, catarsis, factores existenciales, cohesión de grupo, aprendizaje interpersonal y el grupo como microcosmos social. Se considera que la socialización es una de las necesidades inherentes a la persona, la cual permite el intercambio de saberes, afectos y energías que posibilitan desarrollar y fortalecer los factores resilientes en cada mujer, abordándose en pequeños grupos con denominadores comunes que hacen posible la recuperación de las mujeres, facilitados por las instituciones de seguridad y justicia, realizándose en las diferentes comunidades, sin necesidad de viajar, evitándose gastos de transporte e inversión de tiempo (Organismo Judicial de Guatemala, 2015). La atención e información son elementos importantes en el proceso de búsqueda de justicia, por lo que la empatía, autenticidad y el respeto por parte del personal de las instituciones significan en sí mismas parte de esa reparación digna que las víctimas de violencia que acuden en búsqueda de justicia y seguridad tienen derecho a recibir. La información que las mujeres necesitan en su proceso judicial por violencia en su contra requiere paciencia, constancia y gradualidad, con palabras sencillas y actitud respetuosa para trasladarla, además que sea en el idioma materno, que no siempre será el español. Emocionalmente, las mujeres que han denunciado delito de violencia en su contra, se enfrentan con miedo o temor, inseguridad, culpa, vergüenza, dolor o tristeza y preocupación, por lo que uno de los principales desafíos es lograr el fortalecimiento de su libertad y seguridad en la toma de decisiones y realización de acciones, tomando muy en cuenta que el hecho de vivir

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en una sociedad violenta, luego de denunciar una situación de esta naturaleza, los riesgos son latentes y requiere un trabajo consistente para encontrar los mecanismos que posibiliten retomar el poder pedido o debilitado por las situaciones de violencia vividas. El conocimiento en el tema y su contexto, que incluye la sensibilización en la atención a toda la población, pero particularmente a las víctimas del delito de violencia en cualquiera de sus manifestaciones, es importante para afianzar la percepción de las mujeres, al saber que cuentan con apoyo cercano e inmediato de las autoridades. El acompañamiento, supervisión y evaluación de los programas y diferentes modelos de atención, así como la revisión y actualización de los mismos, con base en la percepción y satisfacción por parte de las mujeres víctimas de violencia que acuden en búsqueda de justicia, seguridad e información durante los procesos judiciales, representan un soporte y a la vez una exigencia para el cumplimiento de los objetivos establecidos. El organismo judicial, cuenta con mecanismos de evaluación que velan por la calidad de la atención, que a su vez, son fortalecidos para su uso constante que redunde en un apoyo tanto para las víctimas como para los y las trabajadoras judiciales y administrativas de la institución. Estos aspectos, entre otros, hacen la diferencia en la atención integral, una atención de calidad y con calidez desde un enfoque de derechos humanos, de derechos humanos de las mujeres, victimológico, con perspectiva de género y pertinencia étnico-sociocultural, lema del Sistema de Atención Integral a la Víctima de Violencia contra la Mujer –SAI– del Organismo Judicial de Guatemala. Referencias bibliográficas. Aldana, T. (2013). Los retos de la esperanza. Justicia especializada con enfoque de género. Guatemala: Editorial Armar. Recuperado desde https://issuu.com/letra-a-negra/ docs/los_retos_de_la_esperanza Comisión Nacional para el Apoyo y Seguimiento al Fortalecimiento de la Justicia (CNSAFJ) (2016). “Estudio de satisfacción de la atención en las instituciones de justicia y seguridad a víctimas y sobrevivientes de violencia contra la mujer. Guatemala: Editorial Leitmotiv. Recuperado desde https://comisiondejusticia.org/publicaciones/ Congreso de la República de Guatemala (14 de diciembre 1992). Código Procesal Penal, Decreto N° 51-92. Guatemala. Congreso de la República de Guatemala (7 de mayo 2008). Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer, Decreto N° 22-2008. Guatemala. Estrada, M. (2016). La Reparación Digna en el Proceso Penal. Tesis de maestría en Derecho penal. Guatemala: Universidad Rafael Landívar. Recuperado desde http:// recursosbiblio.url.edu.gt/tesisjcem/2016/07/06/Estrada-Maria.pdf

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Facio, A. (1999). Lectura de Apoyo 1, Feminismo, Genero y Patriarcado. Recuperado desde http://centreantigona.uab.es/docs/articulos/Feminismo,%20g%C3%A9nero%20 y%20patriarcado.%20Alda%20Facio.pdf Facio, A. (2005). Justicia para las Mujeres. San José de Costa Rica: Fundación Justicia y Género. Organismo Judicial de Guatemala (2017). Protocolo de Atención a Víctimas de Violencia contra la Mujer y Violencia sexual. Guatemala. Organismo Judicial de Guatemala (2010). Corte suprema de justicia. Acuerdo 30-2010. Guatemala. Organismo Judicial de Guatemala (2015). Construyendo nuestra autonomía como mujeres. Guatemala. Organismo Judicial de Guatemala (2016). Guía Práctica para el Sistema de Protección de Medidas de Seguridad y Atención Estandarizada, Oportuna y eficaz a Mujeres Víctimas y Sobrevivientes de Violencia. Guatemala. Salguero, J. (2014). Análisis del Funcionamiento de La Red de Derivación del Ministerio Público. Tesis de Grado. Guatemala. Universidad Rafael Landívar. Recuperado desde http://biblio3.url.edu.gt/Tesario/2014/07/01/Salguero-Jorge.pdf Cuarezma, S. (1996). Estudios Básicos de Derechos Humanos. San José, Costa Rica: Editorial: Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Recuperado desde http://www. sergiocuarezma.com/wp-content/uploads/2013/12/21-Victimologia.pdf Afanador, M. (2016). Justicia transicional y justicia restaurativa: ¿dos caras de una misma moneda? Obtenido de XII Congreso Internacional de Humanidades. Ética desde las Víctimas en contextos de violencia. Recuperado de www.ustabuca.edu.co/ gpresenzia/.../files/.../vustabmanga69054220120619184654.pdf Villarreal, K. (2013). La victima, el victimario y la justicia restaurativa. México: Rivista de Criminologia. Recuperado desde http://www.vittimologia.it/rivista/articolo_ villarrealsotelo_2013-01.pdf

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CAPÍTULO 6.

El Salvador Respuesta institucional de atención especializada a las mujeres en situación de violencia por razones de género Gertrudis de Jesús Calles de Lucero

Introducción La Policía Nacional de El Salvador como garante de los Derechos Humanos, y como única Institución a nivel nacional garante de la seguridad pública del país, que le nace por mandato constitucional la prevención y la represión del delito; así como garantizar el orden, la seguridad y la tranquilidad Art. 159 Constitución de la República1 y en respuesta al mandato por la Ley especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, la Política Institucional de Equidad e igualdad de Género de la PNC, que coinciden en proporcionar una respuesta oportuna, eficaz, especializada y respetuosa de los derechos humanos ante hechos de violencia de género, especialmente contra las mujeres. En ese sentido la Policía Nacional Civil, tiene un modelo de atención con las condiciones necesarias y específicas para responder a la situación de violencia que viven las mujeres por motivos de género. A la fecha se han aperturado y están funcionando 24 Unidades Institucionales de Atención Especializada a Mujeres en Situación de Violencia, de la Oficina de Atención Ciudadana de la Policía Nacional Civil de El salvador”. Denominadas UNIMUJER-ODAC”.

Situación actual de la violencia contra las mujeres en El Salvador En el Salvador las mujeres representan el 52.6% de la población total, que es de 6,9 millones de habitantes, aproximadamente. En términos de violencia, los que están cimentados en brechas de desigualdad

1

Asamblea Constituyente. Constitución de la República, Decreto Número 38, de fecha 15 de diciembre de 1983, publicada en el Diario Oficial, Tomo 281 del 16 de diciembre de 1983.

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basadas en la condición de género, las mujeres enfrentan expresiones de discriminación los cuales se resumen en los siguientes datos estadísticos2: Según datos de la Policía Nacional Civil, PNC, de Enero al 16 de Noviembre fueron asesinadas 463 mujeres, es decir una cada 20 horas aproximadamente. Los departamentos con mayor incidencia de estos delitos son San Salvador, La Libertad y Santa Ana. Las edades de las víctimas son mujeres jóvenes de 18 a 30 años. Arma de fuego es con lo que más se cometen los feminicidios. Por casos de Violencia Intrafamiliar donde la víctima es mujer, la Policía Nacional Civil, recibió 1,296 denuncias, el 56% proviene de tres departamentos: Morazán, San Salvador y Usulután. De estos, Usulután registró la mayor cantidad de denuncias. Según este registro la mayor cantidad de denuncias fueron realizadas por mujeres jóvenes de 18 a 30 años y de 31 a 40. La Policía Nacional Civil, registró alrededor de 2,806 denuncias por delitos sexuales en contra de mujeres, como: estupro, violación y violación en menor e incapaz. El 45.55% de denuncias fueron realizadas en los departamentos de: Santa Ana, San Salvador y La Libertad. Por lo tanto, y como respuesta institucional a erradicar y prevenir estos hechos de violencia contra las mujeres, y como mandato de Ley, la Policía Nacional Civil de El Salvador pone a disposición “las Unidades Institucionales de Atención Especializada a Mujeres en Situación de Violencia, de la oficina de Denuncia y Atención Ciudadana”. En este documento se hace un recorrido por los inicios de la Policía Nacional Civil, desde su creación, formación, estructura organizativa, despliegue territorial, plantilla policial, marco legal de referencia, enunciando la legislación internacional, nacional e institucional. En este documento se hace una explicación detallada de la formalización y estandarización del Modelo UNIMUJER-ODAC, a través de sus dos grandes documentos, el primero que es el perfil, establece la descripción y funciones de los espacios y del personal que brinda la atención y el segundo documento denominado procedimiento de abordaje establece los lineamientos policiales para abordaje especializado de la violencia contra las mujeres en las UNIMUJER-ODAC. Para finalizar se enuncian aspectos importantes que ayudan a lograr la calidad y calidez en los servicios brindados en la UNIMUJER-ODAC.

2

Datos estadísticos a través de los registros policiales, Enero a 16 de Nov. 2016

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Antecedentes Nacimiento de la Policía Nacional Civil El 16 de enero de 1992 en El Salvador, se firmaron los Acuerdos de Paz, poniendo fin a una guerra civil de más de 11 años. Con la firma se estampaba el inicio de un nuevo El Salvador, y con él una nueva Policía Nacional Civil, la cual sería regida por un verdadero espíritu de servicio a favor de la dignidad humana. Cabe mencionar en este marco, que la Policía Nacional Civil inicio su proceso interno de profesionalización, con fuertes cursos de adiestramiento en el extranjero, en donde la comunidad internacional jugo un papel muy importante con nuestros policías. Aquí, la hermana república de Chile nos dio un fuerte apoyo, al brindarnos todo su conocimiento y experiencia a través de la Policía de Carabineros, quienes capacitaron y entrenaron a nuestros oficiales. Para el año de 1995 ya la Policía Nacional Civil cubría todo el territorio nacional, inicio su proceso de creación de Áreas Especializadas, como la División de Fronteras, Finanzas, Antinarcóticos, Medio Ambiente, Investigación Criminal, (apoyada por el Laboratorio Científico del Delito), Tránsito Terrestre, Seguridad Pública, (apoyada por la Unidad de Mantenimiento del Orden), con una nueva filosofía basada en el profundo respeto a la Dignidad y Derechos Humanos, y el acercamiento a la comunidad, con la Filosofía de Policía Comunitaria3.

Estructura organizativa

Es una institución jerarquizada, donde la autoridad máxima es el Director General, y de él dependen ocho Sub Direcciones y tres secretarías, entre ellas la Secretaría de Relaciones con la Comunidad de donde depende la Unidad de Atención Ciudadana, quien se encarga de la dirección técnica de las UNIMUJER-ODAC a nivel nacional.

Despliegue territorial En la actualidad territorialmente está organizada por 19 delegaciones, 99 Sub Delegaciones y 229 Puestos a nivel nacional4.

3 4

Recuperado de: www.pnc.gob.sv Directiva, para implementar la nueva estructura Organizativa de la Policía Nacional Civil. San Salvador, 5 de Febrero de 2016.

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Plantilla Policial5 Hombres

Mujeres

Total

24611

4218

28829

85.3%)

(14.6%)

(100%)

Porcentaje general Hombres Operativos

Hombres Administrativos

Mujeres Operativas

Mujeres Administrativas

20211

4400

2782

1436

70.10%

15.26%

9.6%

4.9%

Marco legal de referencia Internacionales Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. Artículos 1 y 2, estableciendo la conceptualización de Violencia contra las mujeres, condenando así todas las formas de violencia contra las mujeres. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Estableciendo diversas obligaciones para el Estado como: actuar con la debida diligencia para prevenir, erradicar, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. Nacionales Plan Quinquenal de Desarrollo 1. La reducción significativa y verificable de la pobreza, la desigualdad económica y de género y la exclusión social. 2. La prevención efectiva y el combate de la delincuencia, la criminalidad y la violencia social y de género.

5

Unidad de Género de la Policía Nacional Civil de El Salvador, hasta el 16 de Noviembre de 2016.

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Política Nacional de la Mujer Busca de manera transversal el logro de la deconstrucción de los patrones culturales, que fomentan la desigualdad a y la gestión del conocimiento a favor de intervenciones transformadoras que impacten de manera positiva la vida de las mujeres. Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres Art. 1. Garantía de cumplimiento del Principio Constitucional de Igualdad. Por medio de la presente ley, el Estado ratifica su compromiso con la plena aplicación del Principio Constitucional de Igualdad de las personas y el cumplimiento de las obligaciones derivadas en este principio aplicables a la legislación nacional y a la acción efectiva de las Instituciones del Estado. De conformidad con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW, esta ley prohíbe la discriminación, de derecho o de hecho, directa o indirecta, contra las mujeres. Este compromiso, expresa la voluntad política del Estado de hacer de la igualdad y la erradicación de la discriminación contra las mujeres, una exigencia fundamental de sus actuaciones en las iniciativas públicas y privadas, para que el principio constitucional se cumpla real y efectivamente en los hechos, como condición para el logro de una sociedad democrática, solidaria, justa, respetuosa de las diferencias y capaz de crear las condiciones de libre y pleno ejercicio de los derechos y de todas las capacidades jurídicas que confiere la ciudadanía salvadoreña en todos los ámbitos del quehacer colectivo. La garantía efectiva del Principio de Igualdad expresa que, para el Estado, mujeres y hombres son iguales ante la ley y equivalentes en sus condiciones humanas y ciudadanas; por tanto, son legítimamente, merecedoras y merecedores de igual protección de sus derechos por las Instituciones competentes y no podrán ser objeto de ningún tipo de discriminación que impida el ejercicio de tales derechos. En razón de lo anterior, las leyes y normas que aún mantengan disposiciones de exclusión y disminución de los derechos y capacidades jurídicas de las mujeres, se consideran discriminatorias a los efectos de la presente ley.

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Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres. (LEIV) Art. 25. Creación de Unidades Institucionales de Atención Especializada para las mujeres. Créanse las Unidades Institucionales de Atención Especializada para las mujeres que enfrentan hechos de violencia, cuya finalidad será brindar servicios integrales en condiciones higiénicas y de privacidad, con atención con calidad y calidez, con prioridad a la atención en crisis; así como también, asesorar e informar sobre los derechos que les asisten, las medidas relativas a su protección y seguridad, los servicios de emergencia y acogida, incluido la del lugar de prestación de estos servicios y el estado en que se encuentran las actuaciones jurídicas o administrativas de sus denuncias. Existirá una unidad de atención especializada en las siguientes instituciones y en sus correspondientes delegaciones departamentales: 1) Órgano Judicial. 2) Fiscalía General de la República. 3) Procuraduría General de la República. 4) Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. 5) Policía Nacional Civil. 6) Instituto de Medicina Legal. 7) Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social. 8) Otras que tengan competencia en la materia. El Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer será el encargado de velar y supervisar que la atención de las unidades sea prestada de la manera prevista en el inciso primero del presente artículo6.

Institucionales Plan Estratégico Institucional Que tienen una duración de cinco años, contempla seis líneas estratégicas con treinta y seis acciones operativas. Específicamente en la línea:

6

Asamblea Legislativa, Ley especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las mujeres; Decreto Legislativo N° 520, de fecha 25 de noviembre de 2010, publicado en el D.O. N° 2, Tomo 3390 del 04 de enero de 2011.

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L.E.5. Atención a NNA, mujeres y otros grupos en situación de vulnerabilidad desde la perspectiva policial. 5.2. Implementación de la Política Institucional de Equidad e Igualdad de Género. Política Institucional de Equidad e Igualdad de Género de la Policía Nacional Civil, de El Salvador En septiembre de 2011, mediante acuerdo de la dirección general de la PNC se adopta la Política Institucional de Equidad e Igualdad De Género de la Policía Nacional Civil, cuyo propósito es institucionalizar el enfoque de equidad e igualdad de género, en desarrollo, y este es en el que hacer sustantivo de la PNC, busca alcanzar la equidad e igualdad de género en todas las esferas del que hacer institucional al interior como en el ejercicio de las funciones, desarrollada a través de doce líneas estratégicas y un plan de acción. Con el fin de cumplir con esta línea estratégica; en cuanto a la creación de las Unidades Institucionales de Atención Especializada para las mujeres que enfrentan hechos de violencia la Policía Nacional Civil (PNC), en el año 2011, se comenzó a preparar las condiciones institucionales para responder a la situación de violencia que viven las mujeres y las niñas por motivos de género. Advirtiendo que según diversos sondeos de opinión y estudios, la PNC se constituye en una de las principales instituciones a través de las cuales las mujeres acceden al sistema de justicia, cuando enfrentan hechos de violencia en su contra, y por lo tanto la atención que reciban en esta etapa, debe ser lo más eficaz posible para generar la confianza necesaria que motive a las víctimas a permanecer dentro del proceso. Formalización y estandarización del modelo UNIMUJER-ODAC, PNC En diciembre de 2011 se apertura la primera Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana, UNIMUJER-ODAC, en la Delegación La Libertad Sur, en el departamento de la Libertad, con el apoyo de Organizaciones civiles, en el caso específico Organización de Mujeres por la Paz ORMUSA, Organismos Internacionales ONU Mujeres y otras agencias de cooperación.

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Documentos de aplicación propios PERFIL. Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana UNIMUJER-ODAC. Es un documento creado con la finalidad de establecer una descripción de la naturaleza de la unidad y sus objetivos, características de la infraestructura, organización y funcionamiento de la unidad. Para brindar a las usuarias servicios con calidad y calidez. Fue aprobado en diciembre de 20127. NATURALEZA DE LA UNIDAD: La UNIMUJER-ODAC. Se define como un espacio Institucional, que brinda atención especializada a mujeres en situaciones de violencia. Este espacio cuenta con condiciones higiénicas, privadas, confortables, son atendidas por personal capacitado y sensibilizado en la temática de atención, esto genera confianza, seguridad, calidad y calidez al momento de la atención. Objetivos de la unidad: • Mejorar la calidad de los servicios de atención proporcionados a las mujeres en situación de violencia. • Contribuir a mejorar el acceso a la justicia para las mujeres en situación de violencia por razones de género. • Fortalecer las capacidades de la Policía Nacional Civil en la atención y seguimiento de los hechos de violencia contra las mujeres por razones de género. • Contribuir a mejorar la confianza de la población en la institución policial. • Dar cumplimiento al mandato de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y la Política de Equidad e Igualdad de Género de la Corporación policial. Denominación: “Unidad Institucional de Atención Especializada a Mujeres en Situación de Violencia, de la Oficina de Atención Ciudadana de la Policía Nacional Civil de El Salvador”. 7

Policía Nacional Civil. Perfil, Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia, de la Oficina de Atención Ciudadana UNIMUJERODAC. San Salvador 13 de diciembre de 2012.

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Procedimiento de abordaje, Lineamiento Policiales para el Abordaje Especializado de la Violencia contra las Mujeres Describe y uniformiza el modelo institucional de atención especializado para el abordaje de la violencia contra las mujeres basado en los cuatro componentes señalados en la Ley Especial Integral para una Vida libre de Violencia para las Mujeres. Estandarizar el abordaje y procedimiento policial en los hechos de violencia contra las mujeres bajo competencia de las Unidades de Atención Especializadas con el propósito de prevenir conductas revictimizantes y facilitar el acceso de las mujeres a la justicia8. Figura Ruta de atención Unidad Institucionalizada de Atención Especializada Recepción de denuncia.

Asistencia a la víctima • Escucha activa. • Información sobre sus derechos. • Acompañamiento a otros servicios (atención médica, reconocimientos). • Extensión de certificación de denuncia.

Realiza capturas en caso de flagrancia.

Remite denuncia o aviso a fgr. Acompañamiento a reconocimientos médicos forenses.

Seguridad pública, realiza diligencias.

Solicita medidas de protección a favor de las víctimas. Hace efectivas: • Localizaciones de nna. • Recuperación de prendas y/o documentos. • Exclusión del hogar. • Supervisa cumplimiento de medidas de protección.

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Procedimiento de Abordaje, lineamientos Policiales para el Abordaje Especializado de la Violencia contra las Mujeres. San Salvador 13 de diciembre de 2012.

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Que son “unidades especializadas en atención a mujeres en situación de violencia, de la oficina de atención ciudadana, UNIMUJER-ODAC” y cómo funcionan: La UNIMUJER-ODAC está integrada por un equipo mínimo de seis personas, dicho personal está establecido en igual número de mujeres y hombres. Y la oficina depende directamente de la jefatura de la Delegación, con conducción de una jefa o jefe con categoría de oficial.

Funciones generales de UNIMUJER-ODAC Estas funciones las debe de cumplir específicamente la Jefatura de la UNIMUJER-ODAC: a. Dirigir y supervisar los servicios bajo competencia de la UNIMUJERODAC, asegurando que las mujeres en situación de violencia reciban una atención con calidad y calidez. b. Coordinar con los departamentos de prevención de las delegaciones respectivas, y este a sus vez con las diferentes jefaturas de sub delegaciones y puestos policiales, para la verificación de las medidas de protección. De igual manera coordinar con los departamentos de investigaciones, así como con instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil para garantizar la integralidad de la atención a las mujeres que están en situación de violencia. c. Participar activamente en la red de prevención de la violencia (Comité interinstitucional) en el territorio de la dependencia policial. d. Asegurar que el personal destacado en UNIMUJER-ODAC participe de los procesos de capacitación y actualización necesarios para el abordaje adecuado de la violencia contra las mujeres.

Áreas establecidas dentro de la UNIMUJER-ODAC para brindar atención con calidad y calidez Área de Recepción Funciones específica a) Recibir y atender a las mujeres que requieren los servicios, estableciendo una atención personalizada y especializada. b) Derivar a las mujeres a: sala de escucha activa o a recepción de denuncia. c) Mantener actualizado el libro de registro de las mujeres que solicitan los servicios de UNIMUJER-ODAC.

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Sala de Escucha Activa Funciones específica a) Escuchar de manera cuidadosa el relato de los hechos y preocupaciones de las mujeres que solicitan los servicios de UNIMUJER-ODAC. b) Proporcionar soporte emocional. c) Interpretar la información narrada, informar sobre sus derechos y explicar las diferentes alternativas que tiene la víctima para la toma de una decisión. d) Derivar a la usuaria a otros servicios dentro o fuera de la institución (referencia y referencia) de acuerdo a las circunstancias de cada caso. Área de toma de denuncia Funciones específica a) Atender a las mujeres en situación de violencia que requieren interponer una denuncia. b) Asesorar e informar a las mujeres en situaciones de violencia sobre los derechos que les asisten, solicitar medidas de protección, seguridad y servicios de emergencia, y de acogida a los que pueda acceder. c) Registrar, custodiar, archivar y procesar la información del hecho denunciado en los formatos establecidos. d) Coordinar acciones de carácter asistencial para las mujeres en situaciones de violencia, cuando requieran asistencia médica (tratamiento de retrovirales, anticonceptivo de emergencia, etc.), exámenes para reconocimiento médico legal, búsqueda de asistencia psicológica que contribuya a reestablecer su estabilidad emocional y traslado a otro lugar. e) Acompañar a las mujeres en diligencias administrativas y judiciales pertinentes en cada proceso y proporcionar el respectivo seguimiento. Área de cocineta La función específica de esta área es brindar un lugar limpio y con los electrodomésticos necesarios para poder ofrecer a las usuarias una bebida caliente té o café, agua, una galleta, o un alimento no perecedero si es requerido por ellas. Área de descanso para las usuarias Muchos de los hechos de violencia contra las mujeres ocurren en horas de la noche, y era necesario contar con un espacio acogedor y digno

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para que las usuarias si fuera necesario pudieran descansar y estar a salvo de su agresor. Ludoteca Este es un espacio nuevo dentro de las oficinas de atención, que ha sido creado con el fin de que los niños y niñas que acompañan a sus madres buscando protección, no revivan las historias junto a sus madres, cuenta con material lúdico y se procura tener juguetes no sexistas. Servicios que se brindan dentro de las UNIMUJER-ODAC a) Atención en crisis y escucha activa. b) Asesoría e información sobre sus derechos, medidas de protección, servicios de emergencia y acogida, el estado en que se encuentran sus actuaciones, y denuncia. c) Recepción de denuncias y realización del procedimiento respectivo o coordinación con otras dependencias policiales, de acuerdo a cada caso. d) Acompañamiento y seguimiento, para lograr la integralidad de la atención se coordinará con otros servicios especializados que funcionen en el territorio o fuera del mismo. Población de interés Las Unidades orientan sus esfuerzos para la atención exclusiva de mujeres en situaciones de violencia por razones de género, siendo nacionales o extranjeras, en todo su ciclo de vida Niñas, jóvenes, adultas o adultas mayores. El servicio es ininterrumpido, la atención es brindada las veinticuatro horas del día y los 365 días al año.

Personal policial asignado al servicio de atención en UNIMUJERODAC Perfil del personal El personal policial se es seleccionado por la jefatura territorial de donde funciona la oficina de atención especializada, mediante una entrevista con psicólogos de la institución, quienes deben identificar habilidades sociales como:

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• Amabilidad. • Diligencia. • Tolerancia. • Capacidad de escucha activa. • Empatía. • Proactividad. • Discreción. Finalizado el proceso, con el personal seleccionado se desarrolla el curso de especialización. Que en la actualidad dura 18 días. Con acreditación de la Academia Nacional de Seguridad Pública. La formación especializada contiene temas como • Derechos humanos y género. • Categoría sexo género. • Violencia contra las mujeres (conceptos, tipos y ámbitos). • Mitos y realidades de la violencia contra las mujeres. • Derechos sexuales y reproductivos. Anticoncepción oral de o emergencia. • Violencia contra las mujeres, normativa. • Victimología. • Procedimientos específicos de atención. • Trata de personas. • Laicidad y servicio público. • Técnicas de entrevista, atención a víctimas con discapacidad. • Técnicas de auto cuidado para el personal policial. Aspectos importantes a considerar • Ubicación accesible, inclusiva y con puerta única a la oficina. • Rotulo luminoso y visible, con el número de teléfono de la oficina. • Las paredes del área de espera, recepción y denuncia será el color ya establecido por el Plan Operativo para la implementación del Modelo de Oficina de Atención Ciudadana. El verde se asocia con la protección y la curación emocional, representa armonía y frescura, sugiere estabilidad y resiliencia. • El área de escucha activa se pintará de color naranja energía, a la pared que queda frente a la usuaria, y el color melocotón ocupará las paredes restantes del área. Los cuales tienen un agradable efecto de tibieza, confort y energiza. La combinación de estos colores ayudará en el trabajo emocional que se está haciendo con la usuaria.

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• En la actualidad se encuentran funcionando 24 Unidades Institucionales de Atención Especializada para las mujeres que enfrentan hechos de violencia la Policía Nacional Civil (PNC), a nivel nacional.

Conclusiones La Policía Nacional Civil, se constituye en una de las principales instituciones, a través de las cuales las mujeres acceden al sistema de justicia, cuando enfrentan hechos de violencia en su contra, por lo tanto la atención que reciban en esta etapa debe ser lo más eficaz posible, generando desde ese momento la confianza, el acompañamiento, asesoría, necesaria para que las usuarias permanezcan en el proceso. El deber ser de estas unidades especializadas es brindar servicios integrales en condiciones higiénicas y privadas, atendidas con calidad y calidez, asesorando e informando a usuarias sobre sus derechos, medidas relativas a la protección y seguridad de su integridad física, psicológica y material. Se brindan servicios de emergencia y acogida, acompañando a las usuarias el proceso y procedimientos relativos a la denuncia. Las UNIMUJER-ODAC constituyen una estrategia novedosa, que aún se encuentra en proceso de mejoras y ampliación, pero que desde sus orígenes ha impulsado a que las mujeres conozcan su derecho a vivir libres de violencia.

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Referencias bibliográficas. Constitución de la República de El Salvador [Const.] (2009). 2da Ed. Legis. ONU (1979). Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). OEA (1994). Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Belém do Pará, Brasil. Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) (04 de enero 2011). Decreto N° 520 de Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres. El Salvador. Editorial ISDEMU. Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU) (17 de marzo 2011). Decreto N° 645 de Ley de igualdad, equidad y erradicación de la discriminación contra la mujer. El Salvador. Editorial ISDEMU. Policía Nacional Civil El Salvador (2012). Procedimiento de Abordaje. Lineamientos policiales para el abordaje especializado de la Violencia contra las mujeres. El Salvador. Editorial ONU Mujeres. UNIMUJER-ODAC (2012). Perfil. Unidad Institucional de Atención Especializada a las Mujeres en Situación de Violencia, de la Oficina de Denuncia y Atención Ciudadana. El Salvador. Editorial ONU Mujeres.

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ENTREVISTA A CAROLA SEPÚLVEDA SALINAS Encargada de Género, Abogado, DIFROL, Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobierno de Chile. Asistente a seminario internacional sobre violencia extrema de género

1. En tu experiencia de trabajo con los países fronterizos con Chile ¿Cómo ha sido el proceso de intercambio en materia de género? Muy buena, todos los comités de integración con los países vecinos tienen una mesa de género hoy en día. 2. ¿Cuáles han sido los principales temas relacionados con género que se han abordado en las reuniones fronterizas? Trata de personas; igualdad de género (remuneraciones por ejemplo); violencia contra la mujer y niños. 3. Desde tu experiencia de participación en las reuniones fronterizas ¿Cuáles serían los temas de género que habría que abordar con mayor profundidad? Capacitaciones en la materia para funcionarios de los servicios contralores de la fronteras, Policía de Investigaciones de Chile (PDI), Carabineros de Fronteras, Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); personal administrativo de los Complejos Fronterizos. 4. En tu opinión ¿Qué grado de consenso tiene entre los países limítrofes con Chile el tema de violencia contra las mujeres? Alto consenso, debemos seguir trabajando en el avance de temas de género dando énfasis a la realidad de cada país. 5. Actualmente en la integración de los países fronterizos ¿Qué papel juegan los temas de género? Son una materia primordial, lo que se refleja en las mesas de trabajo conjunto en los comités de integración.

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6. ¿Qué papel debería jugar? Seguir priorizando los temas de género, dando la alta importancia e impacto para la sociedad en general. 7. Para lograr un buen intercambio en temas de género entre los países fronterizos ¿Qué recomendaciones harías? Seguir trabajando los temas de Género, en los comités de integración; incorporar capacitaciones a los interesados, a nivel regional y vecinal; realizar seminario binacionales especializados en materia de género.

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CAPÍTULO 7.

La perspectiva de género en los planes gubernamentales de prevención del suicidio en América Latina y el Caribe Gabriel Guajardo Soto, Verónica Cenitagoya Garín, Ángel Ortiz Tribiños, Juan Carlos Adasme Pinto

Introducción En este artículo se examina la inclusión de la perspectiva de género en los planes nacionales de prevención del suicidio en los países de América Latina y el Caribe. Estos planes gubernamentales destinados a prevenir los intentos de suicidio o abordar sus consecuencias cuando ocurren, plantean un imperativo que se liga a valores y principios reconocidos en diversos instrumentos internacionales. Este acervo normativo impulsa a los estados a la elaboración e implementación de programas y acciones públicas sustentadas en evidencias empíricas y presupuestos públicos que aseguren el reconocimiento y garantía de las mismas condiciones, trato y oportunidades a todos los seres humanos sin distinciones. La igualdad entre hombres y mujeres forma parte de este horizonte refrendado por la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). En esta orientación, el examen del grado de incorporación de la perspectiva de género en los planes preventivos, es precisamente abrirse a la información sobre la igualdad formal, sustantiva y de resultados que han alcanzado las políticas en este campo. Sin embargo, a pesar de la apelación constante de encontrarnos en un momento de globalización, donde el acceso a la información gubernamental resultaría más un asunto de habilidades o voluntades, continuamos con zonas grises. Una de estas zonas es el tema del suicidio. En la región, 7 de 33 países tienen planes o programas de prevención del suicidio disponibles on line. Este número se incrementa a 11 si se toman en cuenta que el tema del suicidio es incorporado en otros instrumentos como son las leyes o las políticas de salud mental. En otros casos se sabe de su existencia, pero no es posible obtener las fuentes de uso público y en otros países, no hay respuesta a las consultas directas a las instituciones estatales.

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En este panorama, que requiere ser reformulado en la medida que sea posible el acceso a la información y a la confirmación de su vigencia, habría dos tercios de los estados de la región que no considerarían al suicidio como un problema público ni tampoco se contaría con la formulación de políticas, asignación presupuestaria y un seguimiento técnico-político que supone el tema. Esta decisión de no intervención ni adopción de una política manifestada por el estado, es parte de su construcción de la realidad nacional y de la agenda pública. Por ello, en una mayoría de países de la región el suicidio estaría localizado en una situación privada, sin duda de carácter problemático. Un tercio de los países han priorizado el suicidio como tema de agenda política y han formulado leyes, programas o planes de prevención configurándose un avance en su enfrentamiento del suicidio. Es un avance en el sentido de que las muertes por suicidio son evitables y es posible prevenir cuando se realizan acciones o por lo menos, dejan un espacio de maniobra para quienes tienen la intención de que esas muertes no ocurran o abordar la ramificación de sus efectos en las personas que sobreviven, grupos y colectivos sociales. En cambio, la información epidemiológica sobre el suicidio permite reconocer la existencia de un problema de salud pública, de creciente preocupación e interés público, a nivel mundial. En los diversos planes se citan las cifras de la OMS que informa que cada año se suicidan casi un millón de personas en el mundo, representando una tasa de mortalidad de 16 por 100.000, o una muerte cada 40 segundos. En los últimos 45 años las tasas de suicidio han aumentado en un 60% a nivel mundial. El suicidio es una de las tres primeras causas de defunción entre las personas de 15 a 44 años, la segunda causa en el grupo de 10 a 24 años. Estas cifras no incluyen las tentativas de suicidio, que son hasta 20 veces más frecuentes que los casos de suicidio consumado (MINSAL, 2013). En la delimitación del suicidio en cuanto problema público es convergente en que se trata de un fenómeno propio del individuo. El acto o acción suicida corresponde a un resultado de un proceso o serie de factores explicativos de interacción compleja como son aquellos de orden político, económico, ambiental, biológico, psicológico y sociocultural. No obstante, es en el individuo donde se encuentra radicada la decisión y el acto de causarse a sí mismo la muerte física. La particularidad de esa acción en la que el individuo se quita la vida o se da la muerte implica la concurrencia de una serie de categorías, no necesariamente todas presentes, que forman parte de la decisión propia de suicidio y son no atribuibles a otras personas: fantasías, ideas, intención, voluntad, conocimiento, premeditación y planeación. En ese marco, la muerte

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autoinfligida es desde el punto de vista forense, un modo o manera de morir de carácter traumático (Ruiz & Ku Pecho, 2015) y traumatizante para los sobrevivientes (García & Pérez, 2013). La muerte como resultado es parte propio de un continuum de gravedad creciente que incluye la ideación suicida, las tentativas de suicidio y el suicidio consumado. La ideación suicida hace referencia a las ideas de hacerse daño o de quitarse la vida; el intento de suicidio se comprende como aquel acto destructivo auto-infligido no fatal, con intención explícita o inferida de morir; y, el suicidio, como el acto fatal destructivo y autoinfligido con la intención explícita o inferida de morir (Pérez & Pereda, 2015). Las políticas y planes de prevención del suicidio en América Latina y el Caribe comparten estas conceptualizaciones del suicidio (Congreso de la República Argentina, 2015; OPS & OMS, s.f.; Ministerio de Salud de Chile, 2013; Ministry of Public Health Guyana, 2014; Ministerio de Salud de Nicaragua, 2000; Comisión intersectorial para la prevención y control de la conducta suicida en Panamá, 2006; Dirección General de Salud Mental República Dominicana, 2014; Ministerie Van Volksgezondheid, 2016; Comisión Nacional Honoraria para la Prevención del Suicidio de Uruguay, 2011). Esta misma delimitación del fenómeno del suicidio se registra en las políticas de salud mental (Government of Barbados, 1989; Government of Belize, 2010; Government of Trinidad and Tobago, 2006; Ministere de la Santé Publique et de la Population, 2014; Ministerio de Salud San Salvador, 2011; Ministerio de Salud Argentina, 2013; Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de Paraguay, 2011; Ministry of Health, 2013; MSPAS, 2008; Parliament of The Bahamas, 1969; Secretaría de Salud de México, 2014; Servicio Departamental de Salud La Paz, 2014; The Parliament of Dominica, 1987).

Material y método El procedimiento utilizado fue una investigación documental de tipo bibliográfico mediante la consulta en los sitios web oficiales de los 33 países de la región y consulta mediante correo electrónico a las entidades gubernamentales de salud. A la vez, se efectuaron consultas escritas a organismos internacionales y embajadas acreditadas en Chile. La recolección de información se realizó en el período entre los meses agosto a noviembre del año 2016. El resultado obtenido de esta búsqueda fue la identificación de 11 acciones gubernamentales. El análisis se efectuó al corpus de textos de las acciones gubernamentales vigentes y accesibles on line destinado a la prevención del suicidio de

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países de América Latina y el Caribe. Este análisis se realizó desde una doble perspectiva, por una parte, un análisis de la presencia de una perspectiva de género o la distinción conceptual entre hombre y mujer en los planes o programas de prevención y, por otra parte, un análisis de los marcos referenciales en la formulación de objetivos de dichos planes. En este último tipo de análisis se empleó la propuesta de Coll (1999) en relación con la diferencia y complementariedad entre contenidos, procesos y resultados al momento de formular objetivos.   Cuadro N°1 Acciones gubernamentales de nivel nacional según 11 países de América Latina y el Caribe País

Nombre acción gubernamental

Argentina

Ley Nacional de Prevención del Suicidio (Ley 27130)

Brasil

Estratégia Nacional de Prevençao Do Suicídio

Chile

Programa Nacional de Prevención del Suicidio

Colombia

Plan Nacional de Prevención e Intervención de la Conducta Suicida

Costa Rica

Estrategia Nacional para la Prevención de los Intentos de Autoeliminación y del Suicidio

Guyana

National Suicide Prevention Plan

Nicaragua

Estrategia Nacional de Prevención del Suicidio. Plan Nacional de Promoción de la Vida

Panamá

Plan para la Prevención y Control de la Conducta Suicida en Panamá

República Dominicana

Programa de Prevención de la Conducta Suicida en la República Dominicana

Surinam

Nationaal Suïcide Preventie - En Interventie Plan 2016-2020

Uruguay

Plan Nacional de Prevención del Suicidio

Fuente: Elaboración propia FLACSO-Chile, noviembre de 2016.

El acceso a los textos de la formulación de objetivos y/o metas de los planes y programas fue menor. Hubo acceso a los textos de los planes de 9 países.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Cuadro N°2 Objetivos explícitos de la acción gubernamental nacional según países de América Latina y el Caribe País

Objetivo(s) explícitos de la acción gubernamental

Argentina

Disminuir la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y posvención. Siendo objetivos de la presente ley el abordaje coordinado, interdisciplinario e institucional de la problemática del suicidio; el desarrollo de acciones y estrategias para lograr la sensibilización de la población; el desarrollo de los servicios asistenciales y la capacitación de los recursos humanos; y la promoción de la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación. (Congreso de la República Argentina, 2015)

Brasil

Coordinar una serie de actividades, en diferentes niveles, y una de ellas es la capacitación permanente de los equipos de salud, una de las directrices de esta propuesta. Desde diversas enfermedades mentales están asociados con el suicidio, la detección temprana y el tratamiento apropiado de estas condiciones son importantes en su prevención. (OPS & OMS, s.f.)

Chile

Fomentar las competencias en la población para el autocuidado y la protección de estilos de vida y entornos saludables, teniendo como propósito reducir la tasa de mortalidad por suicidio, en ambos sexos. (MINSAL, 2013)

Colombia

No accesible texto de objetivos

Costa Rica

No accesible texto de objetivos

Guyana

Reducir el índice de mortalidad e intentos de suicidios (en un 20%), previniendo de esta manera la muerte prematura por suicidio o la morbilidad/minusvalía por intento de suicidio, durante el periodo abarcado de 2015 a 2020. (Ministry of public health Guyana, 2014)

Nicaragua

Reducir la mortalidad y morbilidad debido a la conducta suicida. Romper el tabú alrededor del suicidio y reunir juntos a las autoridades nacionales y al público para superar los retos. (Ministerio de Salud, 2000)

Panamá

Contribuir al mejoramiento de la salud mental de la población en general, focalizando los esfuerzos en los grupos de riesgo de conductas suicida. Busca reducir los factores de riesgo para la conducta suicida y disminuir los efectos psicosociales del suicidio en la población. (Comisión intersectorial para la prevención y control de la conducta suicida en Panamá, 2006)

República Dominicana

Desarrollar e implementar acciones de prevención de la conducta suicida en comunidades priorizadas de República Dominicana, de carácter intersectorial, inter e intra institucional, permanente, que fomente en la población el autocuidado y estilos de vida saludables. (Dirección general de salud mental, 2014)

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Surinam

El objetivo principal que aspira este plan durante el periodo prescrito, es reducir el actual predominio del suicidio en Surinam en un 10%. (Ministerie van Volksgezondheid, 2016)

Uruguay

Contribuir a mejorar la calidad de vida y la salud mental de toda la población uruguaya a nivel país, teniendo en cuenta las particularidades territoriales. Busca reducir la mortalidad por suicidio en un 10% para el periodo 2011-2020. (Comisión nacional honoraria para la prevención del suicidio, 2011)

Fuente: Elaboración propia FLACSO-Chile, noviembre de 2016.

Resultados Los resultados obtenidos se refieren a la inclusión de la perspectiva de género en la acción gubernamental sobre el suicidio y a los marcos de referencia en los objetivos de la acción gubernamental en suicidio. A. Inclusión de la perspectiva de género en la acción gubernamental sobre el suicidio Al examinar los documentos de política el concepto de género y la distinción hombre/mujer es utilizado por 7 de 11 países, especialmente en la delimitación del problema público y en menor medida, en la fase de implementación: Brasil, Chile, Guyana, Nicaragua, República Dominicana, Surinam y Uruguay. Estos planes se encuentran alojados en los ministerios de salud. En particular, los fenómenos recurrentes son la desigualdad de género; el abuso o trauma; el matrimonio insatisfactorio; el género masculino y la violencia contra la mujer. En cambio, la distinción conceptual hombre/mujer, que no necesariamente implica por sí misma la adopción de un enfoque de género, se emplea al referirse o caracterizar al comportamiento suicida, los fenómenos de depresión/ansiedad, el método usado, los factores sociodemográficos, el sexo y la etnia/raza/ color. En un único caso se detectó la necesidad de realizar acciones con el apoyo de ONG de mujeres. Por tanto, las etapas de implementación y de evaluación no encontramos las distinciones de género.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Figura N°1 Ubicación de la distinción hombre/mujer y el enfoque de género en acción pública de prevención del suicidio de países de América Latina y el Caribe

Fuente: Elaboración propia FLACSO-Chile, noviembre de 2016.

B. Marco de referencia en los objetivos de la acción gubernamental en suicidio La formulación de objetivos y/o metas de los planes de los países se detallan los procesos de trabajo por sobre los contenidos y resultados. Encontramos 15 procesos relativos a la acción pública que persiguen 8 resultados esperados con 9 contenidos claves. Los contenidos alusivos directamente al suicidio son “tabú del suicidio” y “conducta suicida”, en cambio priman los conceptos englobantes relativos a salud mental, enfermedades mentales, estilo de vida, calidad de vida, entornos saludables, autocuidado y particularidades territoriales. Al interior de cada uno de estos conceptos es posible desarrollar diferentes marcos referenciales, que incluso no son comprensivos necesariamente del fenómeno del suicidio ni de su carácter de problema público. Los procesos que se señalan en los objetivos y/o metas corresponden, en general, al ciclo de desarrollo de la acción pública que, esquemáticamente, se podrían distinguir entre planeación, programación, presupuesto, implementación o ejercicio y evaluación. Al examinar los 15 procesos

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indicados en los objetivos refieren, principalmente, a sus fases iniciales y escasamente a la implementación o evaluación de los planes. Un rasgo de las fases iniciales es la consideración de las relaciones entre estado y sociedad con puntos de articulación. En este aspecto se plantean las “redes de apoyo” y “unión entre autoridades y público en el reto” con una atención en la integración del estado al plantearse un “trabajo intersectorial, inter e intrainstitucional permanente, interdisciplinar”. Los resultados que se proponen en los objetivos comparten la acción de lograr disminuir o reducir diferentes parámetros para el fenómeno del suicidio desde el punto de vista poblacional: incidencia, prevalencia, mortalidad, predominio, índice de mortalidad e intentos de suicidio, morbilidad, tasa de mortalidad, factores de riesgo y efectos psicosociales. La identificación de una población afectada por el suicidio se realiza mediante 5 categorías: personas, grupo, comunidades, autoridades, público y sociedad. Estas categorías son especificadas por tres términos: riesgo, país, civil. El conjunto de conceptos y términos no permite distinguir marcadores de diferencia de género, edad, clase social u otros, sino más bien permanecen en un elevado nivel de abstracción. Sin embargo, en un plan encontramos un resultado que se plantea donde se incluye la distinción por sexo: “Reducir la tasa de mortalidad por suicidio en ambos sexos”. Entonces, cabe preguntarse cuál es el papel que se le asigna a las poblaciones, sujetos o actores de los procesos y resultados que se espera lograr con los planes. Lo anterior, nos lleva a pensar en el predominio en los países de un modo de formulación de objetivos que visualiza al estado como el actor protagónico, hasta el punto de hacer borrosa la imagen de los sujetos o poblaciones que son destinatarias de la acción pública.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Cuadro N°3 Contenido, procesos y resultados en la formulación de objetivos y/o metas de la acción gubernamental nacional según países de América Latina y el Caribe Contenidos 1. Salud mental 2. Enfermedades mentales 3. Estilos de vida 4. Calidad de vida 5. Entornos saludables 6. Autocuidado 7. Particularidades territoriales 8. Tabú del suicidio 9. Conducta suicida

Procesos

Resultados

1. Unir autoridades y público en el reto 2. Creación de redes de apoyo de la sociedad civil 3. Acciones y estrategias de sensibilización 4. Focalizar en grupo de riesgos de conducta suicida 5. Detección temprana de personas de riesgos 6. Priorizar comunidades del país 7. Trabajo intersectorial, inter e intrainstitucional permanente, interdisciplinar 8. Coordinación 9. Prevención muerte prematura por suicidio o morbilidad/ minusvalía por intento suicidio 10. Romper tabú del suicidio 11. Capacitación 12. Asistencia 13. Servicios asistenciales 14. Tratamiento apropiado 15. Posvención

1. Disminuir la incidencia y prevalencia del suicidio 2. Reducir la mortalidad por suicidio en un 10% 3. Reducir predominio del suicidio en el país en un 10% 4. Reducir índice de mortalidad e intentos de suicidios 5. Reducir morbilidad 6. Reducir la tasa de mortalidad por suicidio en ambos sexos 7. Reducir los factores de riesgos para la conducta suicida. 8. Disminuir efectos psicosociales del suicidio

Fuente: Elaboración propia FLACSO-Chile, noviembre de 2016.

Reflexiones finales Hay 22 países de la región de los cuales resulta difícil acceder a la información sobre sus acciones públicas en materia de suicidio o por el contrario, podría ser indicativo de la ausencia de acción. La decisión de no intervención del Estado en un asunto de interés público es parte de las opciones posibles con la consecuente destinación o no de fondos públicos (Subirats, Knoepfel, Larrue y Varone, 2012). No existiría una

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linealidad entre la definición del suicidio, en cuanto problema público a nivel mundial, con su incorporación en las agendas y priorización de los países ni tampoco con los enfoques de género o derechos humanos en su formulación. En tercio de países con acciones gubernamentales nacionales explícitas se incluyen conceptos y aspectos de una perspectiva de género, principalmente en la delimitación del problema público, donde concurren diversos antecedentes de caracterización del problema y de las poblaciones afectadas. Sin embargo, se detectó que no ocurre lo mismo en las fases de implementación y evaluación de los planes y programas. Se constata ausencia de la básica diferencia entre hombres y mujeres, que por sí misma no logra dar cuenta necesariamente de una perspectiva de género. En los marcos de referencia, que es posible reconstruir desde la formulación de los objetivos y/o metas de los planes y programas, se priorizan los procesos por sobre los contenidos y resultados. En el repertorio de procesos se le asigna un rol protagónico al estado y donde los actores sociales, sujetos o poblaciones se nominan de un modo abstracto sin coordenadas de género, edad, clase social, etnia/raza/ color u otro marcador de diferencia. En estas políticas se observa la primacía de la entidad del individuo en la conceptualización del suicidio, que no sólo es propia de la salud pública y de las políticas públicas, pues también se articula con la investigación de las disciplinas de la psiquiatría, la psicología, las ciencias médicas, y especialmente, medicina legal. Estas aproximaciones, a modo de hipótesis de trabajo, plantearían límites conceptuales y epistemológicos para la integración de la perspectiva de género –que enfatiza los procesos, interacciones y relaciones sociales– en el diseño de las acciones públicas en este campo. Los alcances y limitaciones de este examen de los planes de gubernamentales se encuentran en el acceso a las fuentes de los documentos públicos. El corpus de textos no permite la observación de las acciones públicas de carácter subnacional y sus articulaciones con los actores locales. Adicionalmente, una comparación de mayor profundidad de los planes gubernamentales requiere contemplar los factores de contexto de cada país que lo singularizan.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Cuadro N°4 Mención concepto género

País

Mención concepto de género y posición en el texto (capítulo y páginas)

Posición distinción hombre/mujer (capítulo y páginas)

Argentina

• Sin información

• Sin información

Brasil

• Sin información

• Comportamiento suicida, una dimensión del problema, página 9: aumento proporcional de tasa de suicidios tanto en hombres como en mujeres, más en lo último. • Depresión, página 33: depresión más frecuente en hombres que en mujeres.

Chile

• Capítulo III, Componente II, Actividad sugerida: elaborar orientaciones y lineamientos técnicos con enfoque de género dentro de la implementación de un plan regional intersectorial de prevención del suicidio. (MINSAL, 2013, p. 16) • Capítulo III, Componente V) Elaboración, impresión, distribución y difusión de Orientaciones Técnicas para el desarrollo del Programa de Intervención en Crisis, que incluya enfoque de género y condicionantes sociales, en cada Servicio de Salud. (MINSAL, 2013, p. 19)

• Capítulo 2, página 9: diferencias mundiales suicidios hombres/ mujeres. • Capítulo 4, ítem a, página 21: factores sociodemográficos suicidio hombres/mujeres. • Capítulo 4, ítem b, página 22: Historia de trauma o abuso: Las adversidades de la niñez, incluyendo abuso físico, emocional y sexual, conducen a un riesgo substancialmente más alto para el suicidio. Del mismo modo, la violencia hacia la mujer es uno de los precipitantes más significativos del suicidio femenino. (MINSAL, 2013) • Capítulo 4, subcapítulo factores de riesgo suicida, página 27: Una relación matrimonial que no satisface las expectativas originales puede ser un factor de riesgo, principalmente en las mujeres (MINSAL, 2013). • Capítulo 4, subcapítulo el desencadenamiento de la crisis suicida, página 30. • Capítulo 4, subcapítulo métodos para consumar el suicidio, página 31: uso de métodos pasivos de suicidio por parte de las mujeres.

Colombia

• Sin información

• Sin información

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Costa Rica

• Sin información

• Sin información

Guyana

• Sin información

• Resumen ejecutivo, consideraciones clave, página 9: identificación de situaciones de abuso o violencia en mujeres. • Capítulo VII análisis situacional, ítem factores de riesgo, página 19: mujeres en una relación o unión que han presentado o experimentado casos de violencias. • Capítulo X, línea estratégica de acción 4, página 31: uso de auto-envenenamiento con pesticidas/herbicidas por parte de las mujeres para suicidarse.

Nicaragua

• Sin información

• Ítem estrategia, página 5: enfoque en adolescentes y mujeres. • Estrategia nacional contra el suicidio en Nicaragua, página 7: proporción hombres/mujeres es 2.5 a 1. • Historia de intentos y amenazas, página 10: distinción consumación e intentos entre hombres y mujeres. • Prevención del suicidio, página 26: caso de un programa en Suecia, donde las mujeres bajaron la tasa de suicidios durante el lapso del programa. • Algunos puntos básicos en la prevención del suicidio, página 28: aumento progresivo de los suicidios de mujeres, especialmente en Europa. La mujer coquetea mucho más con la muerte que el hombre. • Abordaje del paciente suicida en el hospital, página 59: en EE.UU. las mujeres afroamericanas con mayor tendencia suicida. • Suicidio y depresión, página 69: suicidio como cuarta causa de muerte de las mujeres de 15 a 24 años.

Panamá

• Sin información

• Sin información

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales República Dominicana

• Modelo de intervención, página 4: desigualdad de género como factor de riesgo dentro del nivel social.

• Sin información

Surinam

• Capítulo 3.3, página • Capítulo 2.1.1, página 4 (13): 31: de las 600 personas diferencias edad suicidio que se suicidan, existe mujeres (edad mujeres 15 a 19). un registro tanto por • Capítulo 2.1.2, página 6 (15): las mujeres con más frecuencia que edad como género. los hombres hacen un intento de suicidio; 59% de 1868 intentos de suicidio registrados en el período 2013-2015 era una mujer. • Capítulo 2.2.3, página 13 (22): 1 de cada 4 mujeres y 1 de cada 5 adolescentes y adultos jóvenes entre 15 y 24 años pueden sufrir de trastornos de depresión y ansiedad. • Capítulo 3.2, página 21 (30): ONG de mujeres de Surinam apoyan prevención del suicidio.

Uruguay

• Diagnóstico de situación, página 11: pertenecer al género masculino como factor de riesgo de la OMS. • Antecedentes del plan de prevención del suicidio, página 14: aspecto considerado dentro de la sistematización de procesos, estrategias y prácticas.

• Justificación, página 5: Suicidio consumado es más frecuente en hombres que en mujeres, intentos es lo contrario. • Diagnóstico de situación, página 7: relación suicidios consumados hombre/mujer es de 3:1.

Fuente: Elaboración propia FLACSO-Chile, noviembre de 2016.

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ENTREVISTA A PAULINA DEL RÍO JIMÉNEZ Presidenta de la Fundación José Ignacio. Asistente a seminario internacional sobre violencia extrema de género

1. En tu opinión ¿es posible plantear la existencia de suicidio de mujeres por razones de género? No sólo creo que es posible, sino que es más común de lo que se cree. Cuando la asimetría del poder hombre-mujer deriva en abuso (del tipo que sea) siempre afecta psicológicamente a una mujer. Al ser sistemático y prolongado este abuso, va disminuyendo lentamente la autoestima de la mujer, reduciendo el espacio que ella siente que ocupa en el mundo y conduciéndola a un lugar en que ya no hay ninguna esperanza de cambio. Considerando que la desesperanza es uno de los principales predictores de suicidio y que la víctima probablemente está deprimida, y si a ello le sumamos un posible síndrome de estrés postraumático, nos encontramos frente a una bomba de tiempo.

Es preciso tener en cuenta que la inmensa mayoría de los suicidas no quiere morir, sino poner fin a su dolor psíquico. Así, cuando pensamos en el nivel de dolor que va acumulando una mujer abusada a lo largo del tiempo, se hace más fácil entender que este tipo de suicidios es una realidad.

2. En el trabajo de la Fundación José Ignacio que presides ¿Han conocido casos donde se podría usar esa noción? Sí. Recuerdo particularmente el caso de una empresa que nos pidió ayuda para contener a un grupo de trabajadoras tras el suicidio de una compañera muy cercana. Al principio lo enfrentamos como un suicidio gatillado (no causado) por problemas laborales, pero durante la conversación fueron surgiendo testimonios respecto de la relación entre la víctima y su marido en los que se hablaba de golpes, gritos, celos, en fin, un caso de abuso bastante claro.

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Me llamó mucho la atención que a las compañeras de la víctima les resultó muy difícil entender que pudiera existir una relación entre la violencia de género y el suicidio de su amiga. Al profundizar en el tema, la sensación que tuve fue que para ellas el abuso estaba tan naturalizado que no le atribuían suficiente importancia como para terminar quitándose la vida. Hemos tenido un caso más de suicidio en que el abuso psicológico/ emocional probablemente haya sido una de las causas, además de un intento de suicidio tras el cual se encontró evidencia de este mismo tipo de abuso. Por último, entre las mujeres –principalmente jóvenes– que buscan ayuda por ideación suicida sin haber hecho intentos, no es infrecuente encontrar indicios de violencia de género.

3. ¿Qué piensas de nombrar el suicidio por razones de género como suicidio femicida? Creo que es un término muy acertado y espero que vaya creciendo su aceptación e incorporación, tanto en estudios como en la vida cotidiana. Ahora bien, si cuesta tanto atreverse a hablar de suicidio en general, pienso que va a ser aún más difícil introducir el concepto de suicidio femicida. 4. Al comparar Chile con otros países ¿Qué grado de formación tienen los profesionales de la salud, privada o pública, en materia de suicidio y género? En general nos encontramos con que es escasa la preparación de los profesionales en temas de suicidio, a pesar de que vemos cada vez más interés por capacitarse en la materia. En el último año hemos advertido un aumento sustancial de consultas sobre talleres o información en general. Pero, nuevamente, si no hace mucho que se está percibiendo la necesidad de formarse en temas de suicidio en general, creo que todavía falta bastante para que se cuente con un número suficiente de profesionales de la salud que realmente puedan llamarse especialistas en suicidio y género. 5. En esa relación entre suicidio y género ¿Qué países tienen experiencias que serían importantes para Chile? En Estados Unidos, la rama de prevención del suicidio de la U.S. Substance Abuse and Mental Health Services Administration (SAMHSA) lleva más de cuatro años creando conciencia de que el suicidio y la violencia de género están íntimamente relacionados.

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En algunos países se ha legislado sobre suicidio femicida. En El Salvador, por ejemplo, se ha incorporado por ley la figura de suicidio feminicida por inducción o ayuda. Si consideramos específicamente el caso del suicidio de Antonia Garrós, ocurrido hace pocos meses en Chile, probablemente la existencia de este tipo de legislación habría permitido imputar a su pareja. 6. ¿Cómo se trabaja el tema en esos casos? SAMHSA está trabajando en el diseño de recursos educacionales y en explorar formas de asegurar que, cuando se trabaja en prevención de suicidio, no se pasen por alto los signos de este tipo de violencia, al mismo tiempo que, frente a casos de violencia de género, se ponga especial atención a las señales de riesgo suicida. Se trata de un procedimiento de fácil aprendizaje y aplicación, que no implicaría costos elevados para nuestro país y que podría ayudar a disminuir efectivamente el horror del suicidio femicida. 7. En Chile las organizaciones no estatales ¿Qué papel juegan en la prevención del suicidio de mujeres por razones de género? Creo que estas organizaciones están dando un primer paso fundamental en la prevención, ya que han empezado a poner sobre la mesa el término suicidio femicida que, hasta muy poco tiempo atrás, en Chile era prácticamente desconocido. A modo de ejemplo, la Red Chilena Contra la Violencia Hacia las Mujeres ha divulgado cifras de mujeres fallecidas por lesiones autoinfligidas y que tenían abierta una causa penal por violencia en contexto intrafamiliar.

En Fundación José Ignacio, mientras tanto, el aporte a la prevención de este tipo de suicidios consiste en un acompañamiento personalizado donde se detecta la existencia de violencia de género, para luego derivar a profesionales de la salud mental.

Me parece que las organizaciones no estatales pueden desempeñar un papel destacado en la concientización, el apoyo a víctimas y la obtención de los recursos necesarios para lograr estos objetivos. Estamos recién empezando.

8. Ante esa distancia entre el problema social del suicidio y el desarrollo de una respuesta nacional, ¿cuáles obstáculos son atribuibles a la sociedad civil? En mi opinión, el mayor obstáculo es que el tema del suicidio continúa siendo tabú; incluso el pronunciar la palabra suicidio provoca cierto

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malestar en la mayoría de las personas. Es muy difícil, entonces, introducir la idea de que se van a necesitar todos los recursos posibles para enfrentar un problema que ni siquiera nos atrevemos a nombrar. A esto se añade el papel de los medios de comunicación, que tradicionalmente han oscilado entre la negación total y el abordaje sensacionalista. Entiendo el temor al efecto de imitación, denominado originalmente efecto Werther, pero hay estudios contundentes que señalan la necesidad de hablar de suicidio siguiendo pautas establecidas, como las publicadas por la Organización Mundial de la Salud. 9. Al plantearnos la prevención del suicidio de mujeres por razones de género ¿Cuáles son las recomendaciones que darías? La recomendación básica es atreverse a hablar, difundiendo especialmente el término suicidio femicida. Exceptuando ciertas personas y organizaciones que trabajan en violencia de género, la sociedad en general tiene escasa conciencia de que se puede conducir a una víctima al suicidio como consecuencia del abuso sistemático.

Tal como se ha logrado abordar públicamente la violencia de género, creo que es posible realizar un trabajo enfocado en divulgar la realidad del suicidio femicida, lo cual exige primero derribar los mitos y tabúes sobre el suicidio en general.

Asimismo, me parece imprescindible capacitar a los profesionales que trabajan con las víctimas en la detección de señales de riesgo suicida; el desarrollo de factores protectores, como por ejemplo redes de apoyo comunitarias; y la derivación al sistema de atención en salud mental.

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PARTE III. LA DOMINACIÓN PATRIARCAL DESDE SUS MARCAS CONTEMPORÁNEAS EN LAS VIOLENCIAS EXTREMAS CONTRA LAS MUJERES



CAPÍTULO 8.

El patriarcado contemporáneo y sus violencias extremas contra las mujeres Magdalena Valdivieso Ide

Cuando recibí la invitación para dar esta conferencia se me plantearon dudas respecto de la posibilidad de una comunicación de utilidad entre una audiencia formada mayoritariamente por personas con amplia experticia en violencia de género y una politóloga feminista. Al empezar a definir los contenidos que quiero compartir con Uds. comprobé una vez más, que hablar de violencia contra las mujeres, es hablar de relaciones de poder, de dominación y subordinación. La violencia de género implica derechos, ciudadanía y libertades, también justicia, leyes y Estado. De todas las cuestiones nombradas se ocupa la ciencia política. Por otra parte, la existencia de la violencia contra la mujer, en adelante VCM cuestiona la ética, la cultura, las prácticas de una sociedad; asuntos acerca de los cuales la teoría crítica feminista ha reflexionado, conceptualizado y elaborado propuestas alternativas al pensamiento teórico dominante. De modo que compartimos un espacio disciplinario: el de las ciencias sociales y políticas para abordar algunos aspectos de la VCM en un diálogo de saberes. Voy a referirme a las relaciones de poder y privilegio, en la que se apoyan las relaciones de género que posibilitan la violencia contra las mujeres, las normas sociales que la legitiman y los estereotipos de género que la perpetúan. Quisiera empezar por revisar un referirse a la violencia de género “violencia machista” y no violencia consecuencias de esta calificación,

asunto que me preocupa: para se utiliza a menudo la expresión patriarcal; me interesa analizar las que a primera vista puede no ser

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importante, pero que, a mi juicio, tiene consecuencias para el abordaje de la violencia de género. Las conductas “machistas” son vistas como una exageración del comportamiento “natural del “macho” (referente biológico, no social, no cultural), no como un ejercicio extremo de poder patriarcal; considero que con este abordaje no se cuestiona la ideología ni los dispositivos de la trama de poder que se construyen política, normativa y socialmente, sobre las diferencias macho-hembra. Constatar las diferencias hombre-mujer, e incluso valorarlas no debiera tener consecuencias, el problema se ubica en que nuestra cultura carece de un concepto que no conciba inmediatamente la disparidad como inferioridad. Pasar por alto el predominio androcéntrico fuertemente arraigado en la tradición cultural de la que somos parte, que ha sostenido históricamente la inferioridad de las mujeres, sería ignorar un significante muy decisivo en la estructuración de las jerarquías y de la hegemonía masculina, que en la actualidad se encuentra ciertamente cuestionada y en proceso de redefinición, pero también muy enraizada y activa como sustento de la VCM. Por otra parte, considerar la VCM como expresiones de machismo, facilita verla como resultado de comportamientos excepcionales de hombres que se salen de los límites en sus conductas y uso de sus privilegios, no como un problema que interpela los basamentos patriarcales de nuestra sociedad y sin duda estas consideraciones tienen consecuencias en su abordaje. El feminismo, como teoría y como movimiento social ha recorrido un largo camino hasta llegar a redefinir la violencia contra las mujeres como un problema social y político. La visión tradicional, es decir, patriarcal, dominante de la violencia contra las mujeres, se ha debatido entre considerarla como algo normal y hasta necesario, para mantener las jerarquías de género a su consideración como problema patológico en los casos de violencia extrema. Considero que cuando nos quedamos en el folklore del machismo y no ubicamos la VCM en las relaciones patriarcales, cuestionamos y deslegitimamos la institucionalidad estructural que favorece relaciones desiguales, injustas y discriminatorias, en las cuales se sustenta. Desde esta perspectiva ubicamos la violencia hacia las mujeres en el amplio espectro de las inequidades producidas y reproducidas por el patriarcado en alianza con los otros sistemas de dominación.

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Una de las dificultades para erradicar la VCM se ubica justamente en el hecho que el uso de la fuerza para imponer su dominio sea sustentado por la ideología patriarcal como una conducta natural en el hombre, en razón de su sexo, alineada esta idea con las concepciones sobre los roles aceptados y promovidos para la masculinidad. Desde este abordaje, la conducta violenta no se cuestiona en su origen, ya que se presenta imbricada con otras “conductas” basadas en rasgos “deseables” como son la fuerza física, la capacidad de dominar a la naturaleza, de ejercer poder, de ser el protagonista del espacio público, espacio de confrontación, de competencia, de vencedores y vencidos. Estos son rasgos que tienen alta valoración social y aún persiste la idea basada en esos rasgos, que “el hombre debe mandar” y por tanto ser obedecido, no hay mando sin obediencia. Los modos como ejerza este mandato y su derecho a obtener obediencia, están sin duda constreñidos dentro de los límites del respeto, de la protección que debe a otros sujetos que no cuentan con estos atributos, pero ejercer este poder es un hecho legitimado. Autoridad, tutela y subordinación al pater familia, están en los antecedentes y en los imaginarios con que se ha construido nuestro ordenamiento jurídico y social y persisten más allá de la evidencia de la desaparición real de la figura del pater, del proveedor, del guerrero, se continúa en la actualidad valorando la audacia y el honor masculino, se respeta la agresividad, la dureza, la fuerza e incluso grados de violencia y brutalidad. Pareciera no tener sentido alguno, a inicios del siglo XXI, en tiempos que se han definido como de fin del patriarcado, recordar que el pensamiento filosófico, religioso, histórico y político marcadamente androcéntricos, dejaron un sólido legado en el que pueden sostenerse hoy ideas, prejuicios y estereotipos que forman parte de la arquitectura de sentidos, concepciones y valores en la que nos desenvolvemos. La dominación patriarcal aparece de manera sutil y en otras de manera abierta, en la argumentación que ha sustentado y legitimado la inferioridad de la mujer, su incapacidad de asumirse como sujeta y que están presentes hoy en todos los debates sobre igualdad de género y derechos de las mujeres. Nos interesa acá, más allá de las concepciones filosóficas que la sustentan, mostrar que nuestra sociedad tiene marcados rasgos patriarcales que se manifiestan en el ordenamiento político, social y jurídico que mantiene y reproduce la cultura de la subordinación femenina y de los privilegios de la masculinidad en los que se sostiene la naturalización de la VCM.

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Cuando se “juzga1” a mujeres que han sido víctimas de VCM, incluso de femicidios frustrado y femicidios, por los tribunales, por algunos medios de comunicación y por ciudadanos/as, se revisa en detalle si cumplen o cumplían con el “deber ser mujer”: buena madre, trabajadora abnegada con las tareas del hogar, conducta sexual intachable, es decir, se busca saber si aceptaba de buena manera el rol asignado por la “cultura” dominante. Preguntar cómo estaba vestida una mujer cuando fue violada, por dónde andaba, con quienes se juntaba, cuál es su historial de relaciones, no son interrogantes para identificar al violador, sino para juzgar si la víctima propició el delito. Escuchar a mujeres emitir juicios tales como “ella se lo buscó” “ya se sabía que iba a terminar mal” que justifican la VCM, es para mí la peor noticia del éxito de la ideología patriarcal. Si revisamos el modo como medios de comunicación presentan casos de violencia de género, encontramos que quizás sin proponérselo justifican las acciones que muchas veces terminan con la vida de una mujer, dejando entre ver que los victimarios actuaron guiados por diferentes detonantes que tienen en común “reafirmar el poder del varón” y de inmediato se supone existió una conducta impropia de la víctima, de este modo se coloca a la mujer en una situación dudosa, se la transforma en “sospechosa” de haber provocado el ataque que hizo al sujeto “perder la cordura”. Estos abordajes aún sin proponérselo contribuyen a legitimar la VCM y tienden a disminuir la responsabilidad de los victimarios. “Amores que matan: Los detalles tras asesinatos por amor” tituló el noticiero de #La Mañana de Chilevisión y mostró así “la noticia”: “Son amores intensos y apasionados que se transformaron en momentos terribles de locura y muerte. Tres casos homicidios por parte de sujetos que cegados por los celos o la melancolía terminaron con la vida de quienes decían amar”2. Resulta evidente que estas concepciones tienen como base la naturalización de la subordinación de las mujeres, la necesidad de su disciplinamiento, su deber de obediencia, para que el entramado de relaciones de poder se mantenga dentro de sus límites funcionales. Uso “juzga” porque en efecto sostengo que estos juicios están más centrados en las víctimas que en los acusados, ejemplos, sobran. 2 Recuperado de: http://www.chilevision.cl/matinal/noticias/amores-que-matan-losdetalles-tras-asesinatos-por-amor/2015-02-04/094636.html 1

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Es en este contexto que se ha introducido el concepto de femicidio para mostrar la naturaleza de este tipo de asesinato como una manifestación extrema de violencia contra las mujeres, sostenida en una estructura de poder que ubica a las mujeres en situación de inferioridad en los planos material, institucional y simbólico. En palabras de Montserrat Sagot: “El concepto de femicidio hace referencia al asesinato misógino de mujeres por parte de hombres de sus familias, por parejas o ex parejas, por atacantes sexuales ‒conocidos o desconocidos–, cuando los cuerpos de las mujeres son cosificados, usados como trofeos, como instrumento de reivindicación del “honor” o de venganza entre hombres. El femicidio expresa de forma dramática la desigualdad de relaciones entre lo femenino y lo masculino y muestra una manifestación extrema de dominio, terror, vulnerabilidad social, de exterminio e incluso de impunidad3. Toda forma de dominación se expresa en los cuerpos ya que son éstos en última instancia, los que nos dan singularidad en el mundo. La subordinación de las mujeres tiene como uno de sus objetivos el disciplinamiento y control de nuestros cuerpos. Los cuerpos de las mujeres son definidos, por el estado, el mercado, las religiones, por la ciencia y por la industria farmacéutica y son definidos de manera utilitaria, para que sirvan a las necesidades y fines del sostenimiento del sistema de poder dominante. La cosificación del cuerpo de las mujeres por el mercado se hace al representar o tratar a las mujeres como un objeto sexual, ignorando sus cualidades y habilidades intelectuales y personales. El considerar a la mujer como un objeto sexual se manifiesta en muchos aspectos, desde los anuncios publicitarios en los que se la presenta como un objeto de consumo (independientemente del producto que se quiera vender) hasta la utilización de presentadoras sexualmente atractivas (de acuerdo al canon heteronormativo), concursos de belleza, etcétera. Con este uso se reafirman y reproducen los estereotipos de género que están en la base de la VCM. El grado de naturalización de la violencia contra las mujeres, se evidencia, por ejemplo, en un comportamiento reportado una y otra vez por todas

3

Sagot, Montserrat, 2007.

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las encuestas sobre este fenómeno en el ámbito doméstico: cuando la pregunta es colocada en términos genéricos: “¿Usted sufre o ha sufrido violencia doméstica?”, la mayor parte de las entrevistadas responden negativamente. Pero cuando se cambian los términos de la pregunta nombrando tipos específicos de maltrato, el universo de las víctimas se duplica o triplica. Eso muestra claramente el carácter digerible del fenómeno, percibido y asimilado como parte de la “normalidad” o, lo que sería peor, como un fenómeno “normativo”, es decir, contra una mujer genérica que se salió de su “lugar”, esto es, de su posición subordinada y tutelada en un sistema de estatus. Todo sistema ideológico autoritario necesita transmitir sus postulados de manera incuestionable con el fin de que se pueda sostener como verdades absolutas, el conjunto de principios y valores en los que se inspira. El sistema patriarcal exige a los hombres sostener su capacidad de dominación sobre aquellos que ocupan la posición débil de la relación de estatus, y este estos/as son quienes exhiben significantes femeninos, mayoritariamente mujeres, pero no exclusivamente. El mantenimiento de los statu quo relativos entre los términos de género dominante-dominado requiere de un conjunto de mecanismos legitimados por la costumbre, entre ellos formas de violencia. Estos mecanismos de preservación de sistemas de estatus operan también en el control de la permanencia de jerarquías en otros órdenes, como el racial. El lenguaje expresa esta relación de dominio y subordinación, lo femenino esta para ser “conquistado”, “dominado”, “sometido”, en atención a sus características atribuidas de debilidad y vulnerabilidad, basadas en emocionalidad e irracionalidad. No obstante, que en cada cultura el grado de inferioridad de las mujeres con respecto a los hombres y los argumentos para justiciarla puede ser distintos, todas las culturas conocidas tienen algunos rasgos comunes. Janet Saltzman4 ha identificado tres de éstos: 1) Una ideología y su expresión en el lenguaje que explícitamente devalúa a las mujeres dándoles a ellas, a sus roles, sus labores, sus productos y su entorno social, menos prestigio y/o poder que el que

4

Saltzman, Janet (1992).

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se le da a los de los hombres. De hecho el lenguaje sexista invisibiliza a las mujeres al no nombrarlas; el considerar el trabajo de cuidado y las labores domésticas como no trabajo, actividad sin valor se devalúa el aporte de las mujeres a la sociedad. 2) Significados negativos atribuidos a las mujeres y sus actividades a través de hechos simbólicos o mitos que no siempre se expresan de forma explícita; estos se comunican de intergeneracionalmente a través de estereotipos, leyendas, cuentos: brujas, mentirosas, engañadoras, irracionales, movidas por su naturaleza. 3) Estructuras que excluyen a las mujeres de la participación política y en general de espacios de decisiones económicas y políticas. En la base de estos mecanismos está sin duda el pensamiento dicotómico que nos ha enseñado a pensar la realidad en pares contrapuestos. La universalidad de la subordinación femenina, el hecho de que exista y que involucre los ámbitos de la sexualidad, la afectividad, la economía y la política en todas las sociedades, independientemente de sus grados de complejidad, evidencia que la VCM está enraizada en un entramado más profundo y que no podremos erradicarla con un simple reacomodo de algunos roles en lo sexual o social y con leyes. Siguiendo esta línea de análisis, Lucía M. Sabaté considera que los femicidios son “crímenes patriarcales” y disciplinadores por cuanto indican al resto de las mujeres que querer romper el estereotipo puede tener consecuencias fatales: “Para defender este sistema de las díscolas, de las rebeldes, de las que desean explorar otra alternativa sexual, de las que sienten que tienen derecho de cambiar de pareja abandonando una relación, de las que suponen que los quehaceres domésticos no son una prestación obligatoria para su existencia, están estos demoledores ejemplos de la vida cotidiana, que podemos sintetizar como “crímenes patriarcales”, es decir, asesinatos que se comenten para eliminar a la mujer que ha osado contrariar estos mandatos y a su vez para sostener y mantener los estereotipos y roles sexuales, de exclusividad, de sumisión y de servilismo de la mujer hacia el hombre” (2012, p. 7). El desplazamiento de las mujeres hacia posiciones no “destinadas” originalmente a ellas, en la jerarquía del modelo tradicional, pone de inmediato, en entredicho la posición del hombre en esa estructura, ya que el estatus es un valor relacional. De hecho, el polo jerárquico se constituye justamente a expensas de la subordinación del otro. El poder

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no existe sin la subordinación. Cuando ocurren estos desplazamientos, escuchamos expresiones tales como “las mujeres están incursionando en espacios masculinos”, “las mujeres están invadiendo territorios”, y más que dar cuenta de una nueva situación que puede ser favorable para la sociedad en su conjunto, estos comentarios se formulan como alertas para los hombres que verán amenazado su status en esos espacios. Así, algunas autoras ubican causas de la violencia de género, en la desilusión que ocasiona a varones la pérdida de sus privilegios entendidos como naturales ante el avance en reconocimiento de derechos de las mujeres. Sin duda estamos en un tiempo en el que las masculinidades se encuentran en redefinición, es muy probable que por cuestiones culturales las élites masculinas puedan vivir el cuestionamiento e ir adaptándose a nuevas formas de relación, sin embargo son evidentes las resistencias a estos cambios desde diversos espacios de poder patriarcal: político, religioso, económico. En este contexto la VCM es la expresión de resistencia más cruenta de las posiciones de dominio del orden patriarcal. Montserrat Sagot, señala: “Asimismo, el femicidio representa la expresión última de la masculinidad utilizada como poder, dominio y control sobre la vida de las mujeres. Desde esa perspectiva, es perpetrado por hombres sobre la base de un sentido de superioridad sobre las mujeres, por placer sexual o bajo la premisa de ser los dueños de esas mujeres. Tal y como lo plantea Melissa Wright (2011), la política de la muerte y la política de género van de la mano y ambas entran en funcionamiento para producir este tipo de crímenes”. A veces se busca restar notoriedad a la situación de muertes de mujeres, porque en efecto las cifras de asesinatos de hombres son más altas que las de mujeres en el mundo, sin embargo hay que tener en cuenta que los hombres son atacados por extraños o por hombres de fuera de su círculo familiar, por razones asociadas a disputas en los negocios, por riñas callejeras, como resultado del crimen organizado o de los conflictos políticos; en cambio se estima que cerca del 70% de los homicidios de mujeres en el mundo es cometido en el contexto de las relaciones de pareja, familiares o por violencia sexual. Asimismo, las mujeres son las principales víctimas de los eventos de “homicidio-suicidio”5.

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Geneva Declaration Secretariat, 2015.

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Quienes estamos comprometidas/os con la erradicación de la VCM tenemos, cada vez más información, mejores y más detallados estudios, nuevos enfoques normativos, avances legislativos, pero no tenemos aún un marco compartido de sentido, que oriente las conductas y las prácticas. No coincidimos aún en que erradicar la violencia de género es inseparable de la modificación de las relaciones de género tal como las conocemos, y no logramos dimensionar las consecuencias del hecho que durante siglos nuestra cultura, tanto popular como académica, haya legitimado esta violencia. De hecho, la familia, el Estado, el mercado, la educación, las religiones, las ciencias y el derecho han servido para mantener y reproducir el estatus inferior de las mujeres en este orden social, económico y jurídico, en el sostiene la violencia de género. Si asumimos que “La violencia contra mujeres y niñas es una de las manifestaciones de la desigualdad de varones y mujeres; y que es violatoria de los derechos humanos y, al mismo tiempo, entorpece el ejercicio pleno de derechos fundamentales, como los derechos a la vida, a la salud, a la educación, a la integridad física”, como lo declara la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, resulta evidente que requerimos de la creación de un sistema nacional de políticas públicas de prevención, tratamiento, información y evaluación que tenga como propósito reconocer y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Requerimos impulsar cambios en los procesos de socialización, principalmente en educación y en cultura comunicacional y no observamos que estás sean prioridades. Aspirar a una educación no sexista es todavía un planteamiento minoritario, tanto en el Estado como en la sociedad civil, baste ver que las consignas de educación laica, no sexista, educación para la igualdad, acompañando a educación pública y gratuita fueron incorporadas por las organizaciones de mujeres, interviniendo los mensajes masivos. La ideología patriarcal está tan firmemente interiorizada, sus modos de socialización son tan potentes, que un sistema que se ha levantado sobre el axioma de la inferioridad y subordinación de lo femenino a lo masculino, se presenta para muchas mujeres y en general para los hombres, como natural, no obstante, los avances en el reconocimiento de derechos ciudadanos a las mujeres. Y de que ya se considera políticamente incorrecto exhibir posiciones machistas. El acceso a la palabra, hasta hoy cuestionado, ha sido para las mujeres la condición necesaria para convertirse en sujetas de derechos e ir

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migrando del polo de subordinación, no obstante, de la palabra de la mujer se duda, requiere de otro masculino revestido de autoridad que la represente, que hable por ella y en muchos casos que decida por ella. Muestras de la persistencia de esta creencia hemos observado en el debate sobre despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo en tres causales que se desarrolla en estos meses en el Congreso. En la causal de violación, se ha insistido en la posibilidad de engaño por parte de la mujer, otros, revestidos de autoridad, sea profesional como es el caso de personal médico o legal, deben constatar, no importa tanto el hecho, sino que la mujer no miente. Otro ejemplo de la descalificación y de paso el desprestigio de las mujeres en tanto sujetas de derechos, es el caso de las mujeres casadas bajo el régimen de sociedad conyugal. Por Ley éstas carecen de la facultad para tomar decisiones sobre su propio patrimonio, las mujeres requieren la “autorización”, el “permiso”, la “venía” de la autoridad máxima del contrato matrimonial, el marido. La imagen de la mujer incapacitada, inhabilitada, impedida para definir sobre sus propios bienes es la que se sustenta con normativas patriarcales, las que a su vez regulan el orden y la trama en la diada patriarcado/capital. El régimen de sociedad conyugal es una representación más de la división sexual del trabajo y la lógica de propiedad privada que la sustenta, la mujer y todos sus bienes le pertenecen al marido, él tiene la potestad, son propiedad del pater, del padre o cabeza de familia. Transformar los mandatos culturalmente promovidos que finalmente conducen al resultado perverso de la violencia, desnaturalizar las dimensiones violentas de las relaciones de género, que se reproducen a diario por el mercado, educar para la igualdad, para la convivencia igualitaria entre diversos/as, son cuestiones que no se lograrán sólo a través de cambios jurídicos, que las más de las veces no dan respuesta en sus estrechos márgenes, a las complejas y difíciles situaciones que afectan a las mujeres y niñas víctimas de violencia. Cuando nombramos al patriarcado en América Latina, nos estamos refiriendo a una estructura de poder concreta, que constituye conjuntamente con el sistema económico capitalista y la persistencia de la colonialidad, más allá del colonialismo, un entramado de dominación que se expresa en órdenes y jerarquías, que establecen posiciones, roles y mandatos. Las relaciones de dominación patriarcales están pues imbricadas con las formas capitalistas y coloniales.

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La exotización colonial de los cuerpos de las mujeres negras constituye una proyección magnificada de “lo otro” sexual, cultural, étnico, etc., que mueve hasta nuestros días redes de prostitución y tráfico de personas. La doble subordinación de la mujer indígena impuesta por el colonialismo desde categorías raciales, es un ejemplo de cómo se refuerzan los mecanismos de dominación. De modo que toda acción contra la VCM en este continente requiere tener en cuenta los mandatos culturales de la colonialidad que operan en el sistema social en su conjunto y que es necesario abordar la violencia contra las mujeres como un núcleo donde la clase social, la etnia, la raza, la edad, la sexualidad, etc., se intersectan con la opresión de género para producir formas diferenciadas de desigualdad y, consecuentemente, de vulnerabilidad. El entretejido entre dominaciones capitalista y colonial, reafirma formas de exclusión, subordinación y menoscabo para las mujeres. La desvalorización del trabajo doméstico y de cuidado, el salario menor favorece la subordinación de las mujeres. Las dificultades que establecen el sistema financiero y el jurídico para que las mujeres puedan acceder a créditos y a bienes operan en el mismo sentido. Análisis realizados en diversos países demuestran que factores como el desempleo, la pobreza, la edad, el grupo étnico, el aislamiento, el estatus migratorio, los niveles de criminalidad de la región donde se vive y la falta de recursos de apoyo, tienen un impacto sobre quiénes serán más afectadas por la violencia y están en mayor riesgo de morir. Lo anterior, no significa volver a los viejos discursos de ubicar las causas de la violencia contra las mujeres en la pobreza o en los patrones de comportamiento de ciertos grupos culturales. Más bien, significa reconocer las posiciones especialmente vulnerables y peligrosas en las que se encuentran algunas mujeres, con el fin de no trivializar sus experiencias particulares y las dimensiones de la violencia que viven. Todo esto es esencial para tener referentes claros que permitan plantear propuestas efectivas de transformación social. Desde la anterior perspectiva, es fundamental comprender que la historia, la economía, la política, el sexismo, el racismo, la xenofobia y la pobreza pueden actuar sinérgicamente para vulnerabilizar a grupos

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de mujeres y hacerlas víctimas, de forma más fácil, del femicidio. Como manifestación extrema de la violencia contra las mujeres, el femicidio no solo funciona entonces como una herramienta del patriarcado, sino también como una herramienta del racismo, de la opresión económica, del adultocentrismo, de la xenofobia, de la heteronormatividad y hasta como un vestigio del colonialismo y sus prácticas de exterminio. El femicidio es, entonces, una marca distintiva ‒la final‒ de los cuerpos que han vivido múltiples formas de despojo e injusticias. La perspectiva interseccional nos sugiere, entonces, que los análisis y propuestas relativas a la violencia contra las mujeres tienen que contemplar el lugar diferenciado que ocupan las mujeres en ese entramado de diversas opresiones, con el propósito de que puedan conservar su carácter emancipatorio y convertirse en medidas eficaces para prevenir el femicidio. Asimismo, el análisis debe contemplar la interrelación de las condiciones individuales con las estructuras de desigualdad por género, clase, raza, sexualidad, localización geográfica, etc. Finalmente, un análisis interseccional también debe contemplar la forma en que esa interrelación opera en diferentes contextos, creando condiciones particulares de riesgo y vulnerabilidad para algunas mujeres. La reacción “conservadora” que recorre el mundo, en contra de la “ideología de género” aún si tenerlo entre sus objetivos refuerza los mandatos patriarcales y por tanto la legitimización de la VCM cuando sostiene que con las concepciones de género que sólo visibilizan las desigualdades construidas socialmente entre mujeres y hombres, se ha introducido una ideología que va a destruir las bases mismas de la civilización occidental: “La ideología de género tan en boga en nuestra postmodernidad es otra de las corrientes de pensamiento y acción que ha degradado al padre. Si cada quien puede optar por el sexo que prefiera, ¿qué valor o sustento tiene ser hombre y por tanto, qué valor puede tener un padre, si la madre puede hace sus funciones?”6. La reacción tan virulenta se debe a que efectivamente con las herramientas conceptuales de la teoría de género se visibiliza que las desigualdades que afectan a las mujeres son construcciones culturales y no producto de la diferencia sexual, son históricas y no naturales, con lo cual se puede y de hecho se cuestiona el sustento del patriarcado y de la

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Echeagaray Salvador Guerrero, 2017.

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red de alianzas que lo sustenta y se generan estrategias para su cambio. Para concluir dejo planteadas las preguntas a las que tenemos deber de responder como Estado y sociedad: ¿Cómo será posible encuadrar en la ilegalidad un conjunto de comportamientos que son la argamasa que sustenta la estructura jerárquica de género? ¿Cuán eficaces son o conseguirán ser las leyes que criminalizan actitudes fuertemente sustentadas por la moral dominante? ¿Cómo sería posible perseguir legalmente formas de violencia psicológica que responden y acompañan el racismo estructural y el sexismo estructural, reproducidos ambos por un mecanismo sólidamente entrelazado en la economía patriarcal y capitalista del sistema? ¿Cómo haremos para que el comportamiento sostenido en expresiones como “los muchachos tienen que ser muchachos”, tales como la violación en una cita amorosa o el acoso sexual, sean reconocidos como serios actos lesivos contra las mujeres y no sigan reproduciéndose en el hogar, la escuela y por los medios de comunicación? Por mi parte, si bien creo sin restricciones que un trabajo sobre la sensibilidad ética es la condición única para desarticular la moralidad patriarcal y violenta en vigor, atribuyo al Derecho un papel fundamental en ese proceso de transformación. Tener hoy en el país la posibilidad de abordar la VCM como un problema de carácter público, a través del proyecto de Ley Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, que firmará la Presidenta Michelle Bachelet en el día de la no violencia contra las mujeres y que debe abrir un debate nacional, es sin duda un avance significativo que busca contribuir a la generación de un cambio cultural para superar las situaciones de subordinación. En esta iniciativa legal se da un cambio cualitativo al abordar diversas formas de violencia que ocurren en el espacio privado y en el público. En el proyecto se establecen las definiciones y obligaciones de los organismos del Estado respecto de la VCM y propone la modificación de diversos cuerpos legales con el objeto de mejorar las respuestas del sistema judicial ante este tipo de crímenes. El proyecto propone la sanción del femicidio y abuso entre convivientes civiles y parejas que no convivan.

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El estado puede ser un agente que promueva la igualdad y que actúe enfrente la VCM, es mucho más difícil por su naturaleza que lidere la despatriarcalización de la sociedad, de modo que sólo con un abordaje del conjunto de la sociedad podremos avanzar en este proceso. Basado en estas consideraciones es que sostenemos que las políticas públicas que tienen como objetivo abordar el grave problema de la VCM y avanzar en el reconocimiento y protección del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, deben tener un enfoque integral y comprometer a un conjunto de políticas e instituciones de estado; se requiere articulación de alto nivel y financiamiento público acorde con la magnitud y complejidad del problema. Referencias bibliográficas. Cantera, L. (2004). Más allá del género. Nuevos enfoques de ‘nuevas’ dimensiones y direcciones de la violencia en la pareja (Tesis doctoral). Universidad Autónoma de Barcelona, Barcelona. Recuperado de http://www.tesisenred.net/ handle/10803/5441 Echeagaray, S. (2017, enero, 31). INTELLECTUS 2017. [Facebook]. Recuperado de https:// www.facebook.com/intellectusmx/posts/373690279672851:0 Geneva Declaration (2015). Global Burden of Armed Violence. Recuperado de http://www. genevadeclaration.org/fileadmin/docs/Global-Burden-of-Armed-Violence-fullreport.pdf Lagarde, M. (2008). Antropología, feminismo y política: violencia feminicida y derechos humanos de las mujeres. En: Bullen, M. y Díaz Mintegui, C. (coords.) Retos teóricos y nuevas prácticas. Actas del XI Congreso de Antropología, San Sebastián, Ankulegui, España. Lorente, M. (2004). El rompecabezas. Anatomía del maltratador. Barcelona: Crítica. Maffesoli, M. (1977). Lógica de la dominación. Barcelona: Península. Marugán, B., y Vega, C. (2002). “Gobernar la violencia: apuntes para un análisis de la rearticulación del patriarcado”, Política y sociedad, 39(2), 415-435. Molas, M.D. et al. (2007). Violencia deliberada: las raíces de la violencia patriarcal. Barcelona: Icaria. Sabaté, L. (2016). No son “crímenes pasionales”: son “femicidios”. Recuperado de http:// mercosursocialsolidario.org/valijapedagogica/archivos/hc/1-aportes-teoricos/2. marcos-teoricos/2.documentos/12.Los-Femicidios-No-Son-Crimenes-PasionalesLuciaSabate.pdf Sagot, M. (2007). Femicidio(feminicidio). En: Gamba, Susana B.; Barrancos, Dora; Giberti, Eva y Maffía, Diana (eds.) Diccionario de Estudios de Género y Feminismos. Buenos Aires, Argentina: Editorial Biblos. Saltzman, J. (1992). Equidad y Género. Una teoría integrada de estabilidad y cambio. Madrid: Ediciones Cátedra.

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CAPÍTULO 9.

Mujeres marcadas por la inmigración: del otro lado de lo chileno María Emilia Tijoux Merino

La presente ponencia aborda –parcialmente– desde investigaciones realizadas en los últimos años, la experiencia por la que actualmente pasan las mujeres inmigrantes en Chile. Me referiré principalmente a quienes la inmigración marca distintiva y negativamente en razón de su origen, clase, “raza”, color y nación y principalmente género, para dar cuenta de elementos socio-históricos y políticos que ayudan a comprender la mirada chilena y el racismo que actualmente se despliega en nuestro país. Posteriormente aludiré a situaciones que viven inmigrantes afrolatinoamericanas. Invito sobre todo a reflexionar sobre el lugar que tiene una persona inmigrante en nuestro imaginario, más aun cuando se trata de una mujer.

Inmigración y racismo en Chile Durante las últimas décadas se produce en el patrón migratorio hacia Chile un cambio caracterizado por una migración intrarregional protagonizada por personas de países latinoamericanos y caribeños. Las últimas estimaciones del Departamento de Extranjería y Migración del año 2015, muestran un crecimiento que señala que hasta el año 2016, residirían en Chile unos 500 mil inmigrantes, respecto a los 105.070 del año 1992 y los 184.464 en 2002. Se trata de una inmigración laboral, joven y femenina, instalada mayoritariamente en las Regiones Metropolitana, de Antofagasta y de Tarapacá. Su aumento se produce desde 1990, en un contexto postdictatorial que posiciona a Chile como un país política y económicamente estable y por lo tanto, atractivo para residir. En los últimos meses y frente a las críticas que desde distintos sectores se han hecho contra los inmigrantes, por ejemplo, el Director Nacional del Servicio Jesuita a Migrantes, Miguel Yaksic, señala que la situación no es ni alarmante ni compleja, pues Chile pasa por el proceso normal de un país de ingreso medio, que siendo estable en lo político y

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en lo económico, se convierte es destino de inmigrantes. La tasa es baja y no puede hablarse tampoco de “oleada migratoria”, pues alcanza al 2.8% frente a un promedio mundial de 3.1%, o en Argentina del 4.8% y en los países de la OCDE de más de un 13%1. La migración no es un fenómeno nuevo y en Chile su recepción ha sido variada, según las dos vertientes que presenta: tanto como inmigración, a veces promovida o aceptada y otras despreciada y excluida; tanto como emigración, también promovida u obligada por razones ya señalada. Durante parte del periodo colonial, en el siglo XIX y a comienzos del XX, la inmigración hacia Chile fue impulsada por el estado, como portadora de la impronta civilizadora europea. Y si bien llegaron al país comunidades de inmigrantes, es desde los años noventa que surge como un fenómeno social producido en un contexto de desplazamientos de personas en el mundo. Conocemos sus características y muchas de sus consecuencias fatales e inhumanas, al punto que hoy adquieren la visibilidad que posicionan a la migración como un “problema” del cual los inmigrantes son vistos como su principal causa. Esta es una perspectiva de clara connotación política, alimentada por medios de comunicación que trabajan para dejar en un lugar negado a grupos muy específicos de inmigrantes: primero peruanos, bolivianos y ecuatorianos llegados desde los años noventa y posteriormente, a colombianos, dominicanos y haitianos. Esta “selección” que exime a otros inmigrantes percibidos positivamente, pone a funcionar elementos racistas ya presentes en la sociedad chilena y latinoamericana que señalan a lo indígena y a la negritud. Jerarquizados desde percepciones estereotipadas, los y las inmigrantes son responsabilizados de afectar el mercado laboral, los servicios públicos, las relaciones vecinales y las matrimoniales, estas últimas como consecuencia de una sexualización racializada que exhibe –incluso de modo imaginario– en escenarios exotizantes, a mujeres provenientes de Colombia, República Dominicana y Haití, cuyos cuerpos se convierten en centro de atracción pero también de desprecio2. En razón de este

Recuperado de: http://www.emol.com/noticias/Nacional/2016/11/23/832548/Experto -en-inmigracion-Chile-esta-viviendo-el-proceso-normal-que-vive-un-pais-estable.html 2 Vale a este propósito observar alguna vez la emisión “Morandé con Compañía” y comprobar cómo la risa generalizada se produce contra los/as cuerpos de inmigrantes, así como las personas de edad, o con discapacidad, o que sufren de problemas sociales. Nota editores: “Morande con Compañía” es un programa de televisión chileno de carácter humorístico, emitido por el canal de televisión abierta Mega desde el año 2001 y es producido por la empresa Kike 21. 1

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lugar de sospecha que coloca a los inmigrantes en una otredad que los discrimina, deben enfrentar la superexplotación laboral, trabajando en nichos que parecieran estarles asignados en el sector servicios, las labores agrícolas, en restaurantes de diverso tipo, ventas de productos exóticos o en muchos casos, la entretención. También son objeto del tráfico ilegal y de la trata de personas que se desarrolla en un mercado liderado por “coyotes”, principalmente en las fronteras, que venden la entrada a Chile a cambio de maltratos, mostrando unas trayectorias repletas de peligros. Luego, deben vivir ocultándose por haber ingresado ilegalmente. Pero irregulares o no, los inmigrantes habitan en viviendas precarias y en barrios tildados como “barrios inmigrantes”, acceden con dificultad a los servicios básicos y soportan continuas humillaciones. La situación que describimos, muestra un escenario donde el racismo contemporáneo surge como reacción a los desplazamientos globales de una fuerza de trabajo precarizada y atada a la producción de jerarquías entre los grupos sociales, todo esto al interior de un proceso político de evidente marcación de otredades (Balibar, 1991). En este racismo se aloja la racialización y la sexualización que instauran “diferencias” a partir de atributos físicos y rasgos culturales esencializados. Vale considerar que las relaciones sociales que muestran las prácticas racistas se producen en los encuentros cotidianos, por lo tanto es en las experiencias más corrientes que se dan entre inmigrantes y chilenos, que dichas prácticas se develan, actualizando toda una historia nacional atravesada por la esclavitud, las guerras y el “desarrollo a la europea”, entendido como progreso “blanco”. Entonces, contrariamente los inmigrantes que portan como estigma un cuerpo negro o mulato, como los rasgos indígenas, se convertirán en los objetivos privilegiados donde los chilenos(as) medirán “diferencias“, considerando para este ejercicio una suerte de “razón corporal” que se objetiva en el color, la altura, la forma del cuerpo, los rasgos, a lo que se agrega el modo de hablar, el acento, la cadencia del caminar –entre otras características– que les permiten marcar, señalar y separar. Simultáneamente éstas se enlazan con características culturales o con formas de ser. Ser blanco implica lo bueno, lo aceptable o lo verdadero, como rasgos de lo nacional, de lo chileno; mientras que lo indígena o lo negro suele entenderse como una suerte de “carácter” negativo o de propensión al delito. Además, a la “raza” se atan la clase, la nación, el origen y el género. Y por ejemplo, ser mujer, pobre, inmigrante, negra o indígena cuando se vive en Chile deja a la persona despojada de nombre y de historia y la hace ser permanentemente sospechosa.

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Además de este racismo biológico, que supone que hay unos/as superiores y otros/as inferiores, brota el racismo cotidiano repleto de violencia simbólica, y, el racismo institucional: que si bien parece menos manifiesto de modo individual, opera en aquellas fuerzas establecidas y respetadas de la sociedad, como advertía Carmichael (1967), cuando señalaba que la prosperidad de las sociedades occidentales reposaba sobre el racismo institucional y por lo tanto terminar con el racismo, suponía destruir las sociedades occidentales. La repetición de estas diferencias entendidas como verdades termina naturalizando las prácticas racistas y legitimando estas prácticas como si fuesen actitudes normales. Entonces cuando se trata de despreciar, los chilenos(as) entienden como algo “obvio” rechazar a lo que señalan como: “personas distintas a nosotros”, presentando a la distinción que opera por negación. Hay por lo tanto, presencia de la otredad en un “otro/a inmigrante” que ha sido construido/a como un “uno solo” generalizado e inferior (“así son…”) para enfatizar la “diferencia” con lo chileno. Son vistos y vistas como “enemigos”, “invasores, “desordenados”, “bulliciosos” “contaminantes”, “infecciosos”, “prostitutas“, ladrones, o sea como sujetos de peligro. Sin embargo y siempre en una intención deshumanizadora son buscadas para despedidas de solteros(as), como animadoras, vedettos, productores de reggeaton, como chicas y chicos “scorts”, vendedores de frutas exóticas, mozos “de bella prestancia” en bares caros, profesores de bailes “calientes”, entre las tantas prácticas que los colocan en el lugar de lo “salvaje”, lo “erótico” y lo “prohibido”. Los inmigrantes declaran resistir, pero lo hacen desde un silencio que evite su desempleo o detenga la sospecha. Algunos(as) se conforman sobre su estatus diciendo: “entendemos a los chilenos, es su cultura y se debe respetar”. Pero podrán también usar y manejar el estigma (Goffman, 2001) en los lugares de trabajo para “agradar”, o incorporando esa construcción negativa como una segunda piel que los lleva a “comprender” las posiciones subordinadas a las que deben adaptarse con un objetivo de permanencia. Tal vez se trate de las tácticas que De Certeau (1996) define como una herramienta privilegiada de los débiles. Tal vez se trata de estrategias que construyen lentamente con el objetivo de proyectar su vida en Chile. El trabajador y la trabajadora inmigrante se encuentran insertos en el orden económico mundial que mueve la fuerza de trabajo precarizada en torno al capitalismo neoliberal, para transformarse en el foco de las manifestaciones contemporáneas del racismo (Balibar, 2008). Por

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lo tanto para entender el lugar que el/la inmigrantes de hoy tiene en este proceso, es preciso analizar su relación con el orden nacional, dado que nuestro mundo social y político como el entendimiento sobre su funcionamiento, se basa en categorías nacionales que la presencia del inmigrante cuestiona, pues emerge como la idea de una contra-prueba o de una situación límite que fuerza la reflexión sobre la idea de nación y obliga a revelar su verdad. El inmigrante es un “no-nacional” y estará excluido de lo político, privado del derecho fundamental de tener derechos, de pertenecer a un cuerpo político, a un lugar, una historia o una verdadera legitimidad. Su presencia es extranjera, pero es una partirá y regresará a su país. Es un sujeto que solo le pertenece al campo del trabajo, que está subordinada al trabajo, por tanto al orden económico y no al orden político. Como bien advierte Sayad (2006), su exclusión política de facto en tanto emigrante y por derecho en tanto inmigrante, es la base de muchas otras exclusiones que debe enfrentar. Más que una distinción jurídica, la condición de “inmigrante” tiene connotaciones negativas sobre el lugar que tiene afuera de los límites de la comunidad, pues conforma un sujeto ajeno al proceso civilizatorio, pero es al mismo tiempo un elemento fundamental para comprender los procesos de construcción de lo nacional. Como paradigma negativo del extranjero, el inmigrante cuestiona el orden social en términos económicos y culturales (Simmel, 1939) exponiendo los antagonismos de la sociedad de destino desde la raza, el género, la nación y la clase para designar una condición social definitiva. Este proceso de producción de estigmas (Goffman, 2001) se organiza sobre determinados rasgos culturales y corporales, considerados “otros”, jerárquicamente inferiores al “nosotros” chileno advertido en su sí mismo como blanco, civilizado y moderno, justificando distintas formas de violencia, desprecio, intolerancia, humillación y explotación, que terminan concibiéndose como una “segunda naturaleza”. Este racismo contemporáneo que observamos es manifestación actual del racismo biológico, instalado en discursos y prácticas coloniales y estatales-nacionales del siglo XIX y XX, que buscando un ideal de blancura, impulsara con fuerza desde las elites y el Estado, un discurso homogeneizador (Larraín, 2001; Subercaseaux, 2011) marcando y jerarquizando negativamente a determinados grupos sociales a través de la historia (Calderón et al., 1996). Hacia finales del siglo XIX y comienzos del XX, en un contexto de crisis social sumado a la visibilidad pública de sectores sociales medios y populares, se buscó la constitución de un nuevo “nosotros”, en una versión de la identidad nacional que los incorporara discursivamente a la figura de la “raza chilena”, que consolida el mito de la homogeneidad

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de la nación. Nación y raza fueron conceptos enlazadas explícitamente, lo que Nicolás Palacios reflejó muy bien en un nuevo discurso al ver en el Roto Chileno la base étnica de la nación y el fenotipo de la raza chilena, figura que se consolidó después de la Guerra del Pacífico al advertir del cruce de dos razas “biológicamente puras”, de carácter patriarcal y guerrero: los godos, provenientes de España y los araucanos que de acuerdo a Subercaseaux (2011) fue un modo de incorporar al “otro” dentro de un “nosotros” que, sin embargo, seguía autopercibiéndose culturalmente europeo. Fue durante ese periodo que la producción de discursos y políticas de Estado frente a los pueblos indígenas y otras figuras de la alteridad hicieron evidente la decadencia de la “raza” chilena. Es claro que las fronteras soberanas del Estado-nación se desfiguran en los albores de la República de Chile, indicando que lo racial es ficción y que ello parece indisociable de la animalización. La racialización/ sexualización comprobada en el trato a los inmigrantes, es pura violencia, es repetición de un maltrato anterior donde se aloja la crueldad, pues se maltrata al que ha sido maltratado, tal como se comprueba en la historia de esta nación. Antes el esclavo, hoy el inmigrante denominado “vulnerable”, y por lo tanto de antemano fuera de “lugar”, o sea fuera del pacto, fuera del trato, fuera del contrato. Lo que sucede actualmente en Chile con la inmigración se da en este contexto. En la crueldad, como persecución del cuerpo inmigrante por un supuesto soberano que determina que el afuera es su lugar. La ficción racial que se deja ver como “raza”, es la toma de distancia que en principio le permite al chileno (en tanto soberano) encarnizarse con un inmigrante cuyo cuerpo aparece siempre en pedazos, debido al uso que se le da y, con su supuesto color distintivo (siempre en oposición), para darle caza, como si fuese un animal que ha cruzado la frontera y al que hay que devolver siempre a la frontera. Este cuerpo inmigrante desde sí mismo establece la separación, consiguiendo un más allá de las fronteras políticas, pues lo que está en juego son los estereotipos. Fundados éstos en un sistema de creencias socialmente compartido que incorporan representaciones sociales sobre la identidad del propio grupo y del otro, los de racialización/sexualización permanecen presentes en el imaginario dominante nacional. De un lado, le permiten a los chilenos contar con la distinción ellos/nosotros, al verlos “diferentes”, o sea verlos como perversos y como amenaza. De otro lado, estos estereotipos no son meramente exteriores a los inmigrantes y pueden incorporarse en ellos/ as como una realidad sólida centrada, de forma racializada/sexualizada,

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sobre determinados rasgos corporales. Entonces, los estereotipos propios del imaginario dominante del chileno no le pertenecen ya sólo a los chilenos al ingresar en la mirada que los inmigrantes tienen respecto a sí mismos. Lo “blanco” predomina como una clave de apreciación y clasificación dada también en torno a la idea de “raza chilena” que tan fervientemente defendiera Nicolás Palacios, para quien aclopaba elementos síquicos y culturales de modo perfecto, entre los cuales está muy presente una psicología viril, donde el criterio del hombre debía primar completamente sobre el de una mujer. Esta fuerza dominante masculina es una constante presente en la sociedad chilena y el género es el marcador que permanentemente se cruzará con el de “raza”. Las mujeres negras, indígenas y pobres quedarán subordinadas a la voluntad masculina.

Racialización y sexualización de las inmigrantes La inmigración marca los cuerpos y construye generalizaciones negativas en las sociedades a las que llegan a trabajar las mujeres que emigran hacia países más desarrollados, para desempeñarse en el servicio doméstico o en cualquier otra labor precaria, o porque salen de sus regiones atraídas por mafias que operan en el campo de la entretención sexual. La feminización de las migraciones, característica de algunas migraciones contemporáneas, flexibiliza la división sexual del trabajo, empobreciendo la vida y transformando los roles de género. Estas situaciones de exclusión afectan los proyectos de vida y desarman las ilusiones familiares y personales, al mismo tiempo que pueden reforzar la subordinación de las mujeres dejándolas posicionadas en lugares de inferioridad. ¿Cómo enfrentan las mujeres que emigran de sus países la recepción de la sociedad chilena? O, ¿Cómo las ven los chilenos y las chilenas? O, ¿Cuáles pueden ser los efectos que provocan sus presencias? ¿Acaso importa lo que les suceda? En noviembre 2016, una mujer inmigrante dominicana de 48 años moría abandonada cerca de Colchane3, al igual que había sucedido con otra de sus compatriotas en la ciudad de Huara. La mujer estaba enferma. Claramente, no era útil para las mafias que

Recuperado de: http://www.soychile.cl/Iquique/Policial/2016/11/20/430726/Domini cana-encontrada-muerta-en-la-frontera-habria-sido-abandonada-traficante-depersonas.aspx

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operan en la frontera entre Bolivia y Chile o del siniestro trayecto que organizan cuando no les autorizan la entrada por Perú. En Punta Arenas también hay presencia de inmigrantes dominicanas y colombianas. Muchas llegaron siendo menores de edad, engañadas tras la trata de personas. Sus familias aun ignoran en que trabajan, pero están lejos, son familias pobres y precisan de las remesas que les envían quienes partieron. Muchas no pueden regresar y permanecen en ese oficio, viviendo en condiciones precarias y siendo objetos de distintos abusos. Sus derechos son continuamente vulnerados y las violencias de la cual son víctimas no parecen importar mucho. Además no denuncian los maltratos por temor a perder la residencia en Chile4. Hay cerca de 53 locales nocturnos sólo en Punta Arenas, además de la gran cantidad de clandestinos (Carrere M & Carrere C, 2014). Estos son algunos ejemplos sobre peruanas, bolivianas, ecuatorianas, colombianas, dominicanas y haitianas, que han pasado por dificultades que producen mucho sufrimiento. Las inmigrantes han salido de sus países a causa de la guerra, las persecuciones y la pobreza. Sin embargo extrañan el modo de vida de sus países, la solidaridad a la que estaban habituadas y la alegría del baile, la música y la risa compartida. Ciudades reconocidas como “pobres”, como Buenaventura, Barranquilla en Colombia o San Cristóbal en República Dominicana, surgen junto a la rememoración de Chimbote o Chiclayo en las peruanas. Los recuerdos positivos de sus países, la nostalgia por la separación de familias extensas donde construyeron modos de vida muy distintos, junto a sus abuelas, tías, hermanas, primas y vecinas con las que compartían el día a día y las tareas de la casa; los lazos construidos en torno al trabajo temprano y otras tantas experiencias, dejan ver la tristeza que acompaña la ruta iniciada con esta separación provocada por una emigración no buscada y que termina armando una trayectoria migrante hasta convertirlas en inmigrantes. Este es el viaje de mujeres pobres, que en algunos casos consiguen precarios objetivos y en otros termina con sus vidas. Como vidas que “no cuentan”. En este proceso de producción de excedente humano Chile no está ausente, pues hemos visto que se trata de un extractivismo realizado sobre cuerpos que se usan y desechan. Emigrar puede ser el

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inicio de un viaje deseado, pero es un deseo a cuestionar si buscamos comprender lo que allí oculta: temor al rapto, a la muerte, a la violencia en la casa o en la calle, a la extrema pobreza y principalmente a la exclusión. Esta primera cara del fenómeno migratorio no puede dejar de lado a los responsables de las condiciones de vida en los países de origen y por tanto a sus gobiernos e instituciones. Emigrar parece en ocasiones también sacarlas –y salvarlas–, del machismo vivido en hogares donde hay sometimiento a la voluntad masculina. Pero en Chile, esa violencia se expresa contra ellas públicamente y del peor modo, también en las instituciones, con miradas reprobadoras y palabras de desprecio que les indican un lugar inferior. Como las “esclavas”, las “indias”, las “cholas”. Hay prácticas violentas contra las inmigrantes, que no siempre se conocen a través de los medios, debido a la escasa importancia que se le otorga a sus realidades. Además, sin redes a las cuales acudir por estar lejos y por el hecho de no ser aceptadas en Chile, quienes las explotan o trafican explican sus prácticas desde la “protección o la ayuda”, lo que es frecuente con la trata de personas. Esta violencia contra las mujeres inmigrantes en Chile se traduce en femicidios, maltrato de la pareja o de hombres y mujeres en general, pero principalmente como explotación laboral y sexual. No tenemos hoy datos respecto a su salud mental. Pero podemos decir que si bien en Chile se reproduce de cierto modo lo que Durkheim advirtiera a fines del XIX: que se suicidan más los hombres debido al lazo que las mujeres tejen con sus hijos y las responsabilidades socialmente asignadas a este lazo, las inmigrantes sufren en silencio o comparten el sufrimiento con otras, por ejemplo por la vergüenza que sienten por las burlas en el trabajo o la constante exposición de la que son objeto. Hemos observado también que sus trabajos, por precarios que sean, les atan a la vida. Pero hemos visto que al mismo tiempo, el trabajo silencia los sufrimientos: “estamos bien”, “estamos mejores que otras”, “no hay nada que reclamar”, nos dicen. Estas frases se repiten ante nosotros/as, en un inicio del trabajo, en tanto presencia chilena, sin embargo una vez establecidas las confianzas, nos dicen que hay familias que dependen de ellas, “allá como acá, ¿sabe? soy yo quien da el dinero para vivir”. Paradójicamente esta dependencia es el lazo que aferra a la vida: ¿Qué haría mi madre sin mi?, ella es una anciana enferma”; o, “ahora hay que ayudar a mis sobrinos”. Pero según lo están demostrando otros estudios, principalmente de los servicios de salud, son sus hijas e hijos los más afectados, pues los ven sufrir y observan el futuro con distancia y muchas dudas.

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Debemos inquietarnos por estos problemas, que en razón de lo reciente del fenómeno migratorio no se visibiliza tanto. Además las dificultades ligadas a un terreno donde hay elementos de ilegalidad y temor complican tener cifras y realidades más claras. En lo que atañe a la violencia de género en las mujeres inmigrantes, tal como ocurre con las chilenas, se suelen ocultar y más aún cuando la intervención de especialistas puede ser sentida como amenaza policial. El contexto en el que se produce este sufrimiento es conocido, en el entendido que estamos en un contexto nacional de violencia contra las mujeres en los ámbitos público y privado. Los documentos oficiales como las investigaciones científicas, dan cuenta de esta violencia que se visibiliza recientemente, siendo el femicidio la práctica más extrema. Lo que opera como “pérdida de poder” del hombre, proveniente de la antigua historia de un binarismo que fataliza a la mujer, contiene leyes y discursos que banalizan las muertes, culpando generalmente de ellas, a las propias víctimas. No cabe duda que la fuerza de esta violencia repetida afecta a la familia, al entorno y a la sociedad en general. Son muchas y variadas las asociaciones creadas contra este delito que deshumaniza e innumerables las acciones llevadas a cabo. No obstante el problema persiste. Para las inmigrantes, el problema se endurece debido a la deshumanización de la que son objeto. Hay mucho por hacer, por ejemplo trabajar interdisciplinarmente y conseguir del estado los medios para hacerlo, sin una intervención ni marcos de referencia armados de antemano. Hay trabajos acumulados y las ciencias sociales tienen un lugar central en esta producción. Entonces, es necesario seguir encontrándose para conversar, intercambiar metodologías, teorías y sobre todo puntos de vista y atar lazos con profesionales de otras disciplinas con el objetivo de buscar los mejores medios para aportar al encuentro con los inmigrantes, conocer y examinar las experiencias de las mujeres en este campo y principalmente enfrentar las violencias que contiene el racismo.

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CAPÍTULO 10.

Manifestaciones extremas de violencia heterowingkapatriarcal contra mujeres indígenas del Abya Yala: el genocidio colonial reeditado en feminicidios Doris Quiñimil Vásquez1

Mari mari kom pu che. Iñche Doris Quiñimil Vásquez pingen, mapuche iñche, wariache, mapurbe, feminista ka servidora pública2. Hola a todos y todas. Soy Doris Quiñimil Vásquez, mapuche de la ciudad o mapurbe, feminista y servidora pública. Como comprenderán, no me es fácil hoy hablar desde acá, por lo que hablaré desde el corazón, el lugar donde reside la memoria, como nos recordarían las hermanas zapatistas. Cada 25 de noviembre conmemoramos en todo el mundo el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, rindiendo

Mujer mapuche y feminista. Además, Psicóloga, Pontificia Universidad Católica de Chile; y Máster Erasmus Mundus en Estudios de las Mujeres y de Género, por las Universidades de Granada y Bologna. También cuenta con un Diplomado Internacional de Especialización en Derechos Humanos, Diversidad Sexual y Políticas Públicas, impartido por la Fundación Henry Dunant; y con un Curso de “Género y Etnicidad: reflexiones desde el Sur del mundo”, brindado por la Universidad de Chile. Desde el 2004 ha trabajado en Chile en la implementación de Políticas Públicas en Educación y en Derechos Humanos. Ha colaborado en instituciones promotoras de Derechos Sexuales y Reproductivos (principalmente desde APROFA); de Derechos de la comunidad LGBTIQ+ (desde la Fundación Iguales); en Derechos Colectivos del Pueblo Mapuche (desde su trabajo académico y activista en colectivos mapuche urbanos); y de Derechos de las Mujeres (desde el ex SERNAM y actual SernamEG). Junto con coordinar programas de capacitación en la materia, ha diseñado materiales educativos y de difusión para la prevención de la violencia contra las mujeres (VCM). Desde el 2015 está a cargo del Programa Nacional de Capacitación en VCM, al alero del Plan Nacional de Acción en VCM 2014-2018, y forma parte del Programa de Prevención de la Unidad Nacional en VCM del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG). Desde el 2016 forma parte de la kolectiva mapuche feminista [R A N G I Ñ T U L E W F Ü], Entre ríos/Entre []. 2 Como se observa, este artículo incluye algunas palabras en mapudungun o lengua mapuche según el grafemario unificado. 1

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un homenaje a las hermanas Mirabal3, cuyo asesinato es ícono de la violencia extrema de género, que hoy apellidaríamos interseccional y feminicida. Interseccional porque es un hecho que Minerva, María Teresa y Patricia Mirabal así como tantas Otras hermanas de NuestrAmérica o Abya Yala4 vivieron experiencias de dominación múltiple5 que desafían la comprensión monista de entender las formas de dominio, ya sea solo desde el patriarcado, el colonialismo o el capitalismo. Feminicida6 porque desde la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas del 93 y desde la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, o Belém do Pará, de la Organización de los Estados Americanos del 94, se protege el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y se busca eliminar actos de violencia contra las mujeres, incluyendo los femicidios y feminicidios (unas de sus manifestaciones más extremas), los cuales pueden ocurrir en la familia o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad y también aquellos perpetrados y/o tolerados por el Estado o sus agentes7. Sin embargo, esta violencia extrema de género, interseccional y feminicida, muta en sus intenciones y manifestaciones cuando se

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El 25 de noviembre de 1960 agentes del Servicio de Inteligencia Militar de República Dominicana, bajo órdenes del dictador Trujillo, asesinaron a las Mariposas: Minerva, María Teresa y Patricia Mirabal, simulando un accidente automovilístico. “Abya Yala es el nombre kuna que, en especial en América del Sur, es utilizado por los y las dirigentes y comunicadorxs indígenas para definir al sur y norte del continente, siendo América un nombre colonial con el que no quieren identificar su territorio común. El pueblo Kuna, quien vive en los archipiélagos de Panamá y en el Darién, habla una lengua del grupo chibchense y puede visualizar desde su precisa geografía en la cintura del continente, tanto el sur como el norte de América, siendo quizá por ello el único que le ha dado un nombre común” (Gargallo, 2014, p. 23, n. 9). Lo que Patricia Hill Collins denomina Matriz de Dominación (1998, p. 289), es decir, la imbricación de múltiples sistemas de opresión o Interseccionalidad, concepto elaborado por Kimberlé Crenschaw (1989). En la nota al pie 14 se expone brevemente la distinción femicidio/feminicidio; y en el primer apartado de este artículo el porqué del uso del concepto de feminicidio en este texto. Adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en junio de 1994, en Belém do Pará, Brasil, es el único instrumento internacional que protege, específicamente, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. En su artículo 2° indica lo que serían sus tipos o manifestaciones y los ámbitos o contextos, señalando que se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y psicológica, los lugares donde puede tener lugar y quienes pueden perpetrarla y/o tolerarla.

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perpetra contra mujeres indígenas, al no estar basadas solamente en el género sino principalmente en el territorio (resignificado como Madre Tierra y cuerpo femenino/feminizado), por lo que la designación como actos de violencia contra las mujeres deriva en este artículo, siguiendo al Foro Internacional de Mujeres Indígenas (2006), del impacto desproporcionado que tiene en las hermanas indígenas la reedición del Genocidio Colonial en Feminicidios, siendo ejemplo emblemático al respecto el de Berta Cáceres Flores, lideresa indígena lenca, feminista, activista defensora de la Madre Tierra, asesinada el 03 de marzo de 2016 por sicarios de la hidroeléctrica de Agua Zarca8, quien nos recuerda que: “Los cuerpos de las mujeres se convierten en objeto, en botín de las transnacionales, de estos proyectos de dominación, de opresión múltiple. No solo es el capitalismo depredador, sino que también el patriarcado y el racismo, que se triplican más cuando somos mujeres indígenas o negras” (Berta Cáceres Flores, en Alorda, 2016, p. 5). Así, hablar de violencia contra las mujeres indígenas implica profundizar y abordar la relación raza, clase, género y sexualidad, inserta en los procesos históricos del Abya Yala como son la colonización, la esclavitud, el capitalismo, el neoliberalismo y el racismo y no solo el patriarcado. Por lo anterior, propongo la categoría de violencia heterowingkapatriarcal para visibilizar, reconocer y abordar las manifestaciones extremas de violencia contra las mujeres indígenas, algunas de las cuales no son aplicables a las mujeres no indígenas y van más allá del mero análisis desde el género9. 8

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La hermana Berta Cáceres Flores cofundó el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) en 1993, en defensa de la Madre Tierra, el rescate de la cultura Lenca y para mejorar las condiciones de vida de su región. Luchó contra proyectos hidroeléctricos, mineros y maderedos, destacando su lucha contra la represa de Agua Zarca. Berta recibió por años graves amenazas de muerte, llegando incluso a ser encarcelada por su labor en la defensa de los derechos indígenas, por lo que contaba con medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al momento de ser asesinada. Aun cuando en el presente texto se entienda género como performativo, tal como lo plantea Judith Butler, para quien el género lejos de ser algo natural inherente a las gónadas, es más bien un rol que se representa iterativamente frente al escenario recreado por las condiciones culturales dominantes. Por lo tanto, el género, al igual que el sexo y la sexualidad, es performativo y no implícito. Un cuerpo no nace mujer, sino que se construye/deviene mujer en base a un cuerpo dado, a través de citaciones y reiteraciones de lo que se espera de tal, dentro de un marco cultural dominante (Butler, 2010). Siguiendo a Butler, y con el fin de dinamitar el género binario instalado a través de la repetición de la norma heterowingkapatriarcal, también desde la escritura, utilizo en todo el texto la x (tomándome la libertad de agregarla en las citas

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Para desarrollar lo anterior, tejeré este artículo en los siguientes tres grandes apartados: 1. Especificidad de las manifestaciones extremas de la violencia contra las mujeres indígenas: El genocidio colonial reeditado en feminicidios y violencia heterowingkapatriarcal como categoría propuesta. 2. Manifestaciones extremas de violencia heterowingkapatriarcal contra mujeres indígenas del Abya Yala: Violencia en nombre del “Desarrollo” y Violencia en nombre de la “Tradición”. 3. Recomendaciones para asegurar una vida libre de violencia a las mujeres indígenas del Abya Yala y desafíos desde las políticas públicas y desde la cooperación Sur-Sur.

Especificidad de las manifestaciones extremas de la violencia contra las mujeres indígenas: El genocidio colonial reeditado en feminicidios y violencia heterowingkapatriarcal como categoría propuesta Desde el genocidio colonial del Abya Yala de 1492, los pueblos y las mujeres indígenas hemos luchado y resistido contra la usurpación y el desplazamiento territorial, la colonización, el militarismo, el racismo, la exclusión y criminalización, la asimilación y migración forzada, el empobrecimiento sostenible, y los asesinatos de la Madre Tierra y de los cuerpos indígenas, realizados “en nombre del progreso, la civilización y el desarrollo”. Esta aniquilación o exterminio parcial o total, sistemático y deliberado10 de los pueblos indígenas por intereses imperialistas y económicos, o colonialismo sustentado ayer en capitalismo y hoy, devenido en

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seleccionadas) para sellar simbólicamente la performatividad y situacionalidad del género propuesta por Butler (2007). También se comprende el género desde la visión de Joan Scott, quien lo considera un elemento constitutivo de las relaciones sociales –basadas en las diferencias percibidas entre los sexos–, y forma primaria de relaciones simbólicas de poder. “Los cambios en la organización de las relaciones sociales siempre corresponden a cambios en las representaciones del poder; pero la dirección del cambio no es necesariamente única” (Scott, 2008, p. 65). En esta definición la distribución o el control diferencial sobre los recursos materiales y simbólicos (como es el territorio para los Pueblos Indígenas), así como el acceso a éstos se torna fundamental. Como no es de extrañar, durante la Segunda Guerra Mundial nació la palabra genocidio, término acuñado en 1944 por el jurista polaco Raphael Lemkin para caracterizar la práctica de exterminio de las naciones y los grupos “étnicos”. En 1948, la ONU adoptó la Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio, que entró en

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neoliberalismo11 en la escala mundial, o capitalismo gore12 en la escala g-local13, se ha centrado en la depredación de los territorios indígenas. “En años recientes en muchas partes del mundo, los ataques que durante décadas sufrieron los Pueblos Indígenas han aumentado, mientras que los estados y las corporaciones se disputan el control de las cada vez más limitadas fuentes de recursos naturales en el mundo, muchas de las cuales están ubicadas en los territorios de los Pueblos Indígenas” (FIMI, 2006, p. 14). Dicho genocidio colonial se ha intensificado por el neoliberalismo, y se basa en políticas del despojo y colonización de todos nuestros territorios; entendiendo el territorio como constituyente del ser indígena y como “ese lugar por donde la vida transita, por donde somos y dejamos de ser” (Aguirre y Santacruz, 2008, ¶6). Así, la usurpación, la invasión, la

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vigor en 1951. Ésta confirma que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional y se entiende como cualquier acto perpetrado con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, “étnico”, racial o religioso, tales como la matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física o mental de lxs miembrxs del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; y traslado por la fuerza de niñxs del grupo a otro grupo (art. I y II Convención, ONU, 1948, p. 1), siendo también castigada su tentativa y complicidad (art. III), ya se trate de gobernantes, funcionarixs o particulares (art. IV). O colonización de los mercados, que va de la mano de una colonización de las conciencias, ya que el neoliberalismo ha entendido que la producción de subjetividad tal vez sea más importante que cualquier otro modo de producción (Guattari y Rolnik, 2006, citados en Valencia, 2010), utilizando para ello argumentos como la imposibilidad de cambiar el sistema porque “opera por lógica histórica”, así como que dicha lógica se basa en la desigualdad, y por ende, necesariamente en las sociedades actuales siempre habrán ganadorxs y perdedorxs –la mayoría mujeres– (Cobo, 2007). La base de este nuevo modelo económico son las trasnacionales, que obligan a los Estados a liberalizar y privatizar todo, para colocarlo en el Mercado. Por ende, hoy ningún Estado es soberano (Rubio, 2010), por lo que se habla de la crisis de los Estados Nación. Concepto acuñado por Valencia (2010) para hacer referencia a un nuevo capitalismo que reinterpreta la economía hegemónica neoliberal y global en los espacios fronterizos. El concepto gore proviene del cine gore, un tipo de película de terror que se centra en lo visceral y en la violencia gráfica extrema, usando efectos especiales y exceso de sangre artificial para demostrar la vulnerabilidad del cuerpo humano y la teatralización de su mutilación. Así, el capitalismo gore implica violencia y derramamiento de sangre explícito e injustificado como precio a pagar por el “Tercer Mundo” para seguir las lógicas del capitalismo, entendiendo a la vida y al cuerpo como mercancías canjeables, susceptibles de producir riqueza a través de su tortura y extinción. El término g-local refiere a que la economía y la producción de sentido se piensan de forma global y se ejecutan de forma localizada (Valencia, 2010).

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expropiación, la explotación, la privatización y mercantilización de la Madre Tierra, incluyendo las aguas, bosques, minerales, semillas, plantas medicinales y el cuerpo femenino/feminizado de los pueblos y mujeres indígenas y sus subjetividades, memorias, conocimientos y lenguas pone en jaque la existencia de los pueblos indígenas, reeditándose hoy el genocidio colonial en feminicidios. Lo anterior porque el concepto de feminicidio, desarrollado por Marcela Lagarde (2005), si bien se centra en los asesinatos de mujeres por razones de género, ilumina las causas de estas muertes violentas, las razones de género y la construcción social detrás de estos crímenes, así como la desidia institucional y la impunidad que los rodea (OEA, CIM y MESECVI, 2008)14. Así, feminicidio enrostra la impunidad, indolencia y complicidad de los Estados Nación, que rinden pleitesía a su amo y señor, el Capital, que hoy deviene Gore, como nomina Sayak Valencia a propósito de Ciudad Juárez (2010), en los espacios g-locales respecto a los cuerpos femeninos/feminizados de las mujeres indígenas y de la Madre Tierra. Así los feminicidios, tanto frustrados como consumados, en lo que se conoce occidentalmente como México, El Salvador, Guatemala, Honduras, Canadá, Perú, Argentina, Chile, y triste e indignantemente 14

El concepto feminicidio muchas veces se utiliza como sinónimo de femicidio. Si bien ambos, internacionalmente, son definidos como “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión” (OEA, CIM y MESECVI, 2008, p. 6), es fundamental su diferenciación en términos políticos y técnicos. El concepto femicidio fue acuñado por las estadounidenses Diana Russell, al testimoniar ante el Tribunal Internacional sobre Crímenes contra las Mujeres, en Bruselas en 1976; y Jill Radford, en su libro “Femicide: The Politics Of Woman Killing” (Femicidio: La política del asesinato de mujeres) de 1992, y lo definen como el asesinato de mujeres, cometido por hombres, por el solo hecho de ser mujeres (Harmes y Rusell, 2006). Marcela Lagarde toma la noción de femicide de Russell y Radford y no la desarrolla como femicidio (que vendría a ser su traducción literal) sino como feminicidio, al usarla para analizar el asesinato de mujeres en Ciudad Juárez, México, y para visibilizar la tolerancia de parte de los Estados frente los asesinatos de mujeres, muchos de los cuales no tienen investigación ni culpables (OEA, CIM y MESECVI, 2008). Así, en este artículo se entenderá por feminicidio, siguiendo a Lagarde, el “conjunto de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. Por eso, el feminicidio es un crimen de Estado” (2005, p. 155). Para complementar dicha definición se sugiere revisar La escritura en el cuerpo de las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez. Territorio, soberanía y crímenes de segundo estado de Rita Laura Segato (del 2006 y reeditado en el 2013).

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en todo lo largo y ancho del Abya Yala, tienen rostro de mujer pobre y/o de color, afrodescendiente o indígena. En cuanto a estas últimas, la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y sus consecuencias, en su Informe del 2012 (A/HRC/20/16), describió como esta forma extrema de violencia: “Puede repercutir en las mujeres indígenas, como resultado de su marginación y opresión social, cultural, económica y política […]. Los homicidios de mujeres indígenas por motivos de género [directos o indirectos], pueden adoptar múltiples formas, a saber, asesinatos intercomunitarios; represalias por defender sus derechos humanos; asociación a conflictos; en el contexto de desplazamientos de sus comunidades debido a evicciones de tierra; denuncias de “mujeres desaparecidas” que supuestamente han sido asesinadas” (ONU, 2015, p. 18). Así, el listado de feminicidios consumados como el de la hermana lenca Berta Cáceres Flores, de las hermanas mayas víctimas del genocidio en Guatemala15, de las hermanas pilagá víctimas del genocidio silenciado en Argentina16, de las 1.017 mujeres y niñas indígenas desaparecidas o asesinadas (registradas) en el Canadá entre 1980 y 201217, de la lamngen 15

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Entre 1960 y 1996 se asesinó, torturó y/o desapareció a defensorxs de los derechos humanos en base a la Doctrina de Seguridad Nacional, con su obsesiva concep¬ción del “enemigo interior” y de la “subversión universal”. Así, el Grupo de Apoyo Mutuo (GAM), formado por familiares de víctimas desaparecidas, el Consejo de Comunidades Étnicas Runugel Junam (CERJ), dedicado a la defensa de los derechos de lxs indígenas, el Consejo Nacional de Desplazados de Guatemala (CONDEG), que defendía los intereses de las comunidades refugiadas en México y de lxs desplazadxs internxs, y otras organizaciones dedicadas a proteger los derechos de lxs indígenas, fueron intensamente reprimidas (García, 2005). El 10 de octubre de 1947, en pleno gobierno democrático de Juan Domingo Perón, cientos de indígenas pilagá fueron asesinadxs en La Bomba o Rincón Bomba en Formosa, y luego, durante casi un mes, fueron perseguidxs, torturadxs, fusiladxs y enterradxs en fosas comunes y las mujeres abusadas (Mignoli, 15 de diciembre de 2016). Para mayor información revisar Octubre Pilagá, memorias y archivos de la masacre de La Bomba de Valeria Mapelman (2000) e Historia de la crueldad argentina, Julio A. Roca y el genocidio de los pueblos originarios (Bayer et al., 2010). Native Women’s Association of Canada y Amnistía Internacional han documentado y denunciado tales feminicidios al Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y a lxs anteriores y actuales Relatorxs Especiales sobre los derechos de los Pueblos Indígenas. “Se desprende de estadísticas de la Real Policía Montada del Canadá del año 2014 que las probabilidades de ser asesinadas se multiplican por cuatro en el caso de las mujeres indígenas en comparación con las mujeres no indígenas” (ONU, 2015, pp. 18-19).

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Macarena Valdés Muñoz asesinada el 22 de agosto de 201618; y el de Feminicidios Frustrados como el de la machi Francisca Linconao Huircapan y de tantas Otras lamngen acusadas de “terroristas” (siendo torturadas, amenazadas y presas políticamente), lamentablemente no solo en Chile19, se presenta solo como la punta del iceberg de innumerables mujeres indígenas asesinadas, detenidas o desaparecidas en este escenario tétrico de despojo, explotación, violación, sometimiento y militarización de la tierra y su contraparte de criminalización de las demandas de autodeterminación, recuperación y defensa territorial. Así cabe preguntarnos ¿cuántas vidas de hermanas se violentan hasta la muerte por el solo hecho de defender los derechos humanos colectivos de sus Pueblos Indígenas como defensoras de la Madre Tierra? Al respecto, la Declaración de las Mujeres Indígenas del Mundo, adoptada en el foro de ONGs de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, en 18

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La lamngen (hermana en mapudungun) Macarena Valdés Muñoz fue asesinada con simulación de suicidio el año pasado, con 30 años de edad, cuatro hijos y esposa de werken (mensajero en mapudungun) de la comunidad Newen-Tranguil, a manos de sicarios de la transnacional hidroeléctrica, RP Global, junto a la empresa eléctrica SAESA, por oponerse a la instalación de cableados de alta tensión en el territorio de dicha comunidad. Para mayor información ver notas de prensa en medios de comunicación no hegemónicos. En Declaración Pública en el marco del Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer de la Red por la Defensa de los Territorios (25 de noviembre de 2016), se denuncia como violencia de género y estatal: que hasta principios de 2017 estuviese en la cárcel una autoridad tradicional mapuche y mujer, como es el caso de la Machi Francisca Linconao Huircapan, quien hizo una larga huelga de hambre, que casi significó su muerte, como último recurso para exigir justicia (hoy con arresto domiciliario); los golpes, patadas y dichos racistas perpetrados por agentes represores de la policía militarizada a la anciana Machi María Claudina Ancamilla en el año 1999; la extraña muerte de Nicolasa Quintreman, en diciembre del 2013, con 74 años de edad, supuestamente ahogada en el mismo embalse creado por la central hidroeléctrica Ralco, de la transnacional Endesa, en Alto Bío Bío, luego de luchar, junto a su hermana Berta, por más de 20 años contra Ralco; las heridas realizadas por contingente policial en enero del 2001 a Daniela Ñancupil, de tan solo 12 años, y los dos intentos de secuestro para atemorizarla junto a su familia en pos de la mantención de la impunidad ante dicha violencia; la persecución político judicial a la Machi Millaray Huichalaf, quien ha enfrentado detenciones, encarcelamiento y juicio, siendo una activa defensora del lugar sagrado Pilmaiken, amenazado por la empresa hidroeléctrica transnacional Statkraft; el baleo con perdigones de funcionarios del GOPE a Ruth Meñaco, a 10 metros de distancia, en su propio hogar y en presencia de sus dos hijos, en mayo de 2016; el trato cruel, inhumano y degradante recibido por la presa política Lorenza Cayuhan Llebul, comunera contraria a las empresas forestales, quien debió parir engrillada y en presencia de gendarmes en octubre del 2016; y las amenazas de muerte reiteradas este año a la papay/anciana Julia Quillempán Peña, compañera de luchas de la lamngen Macarena Valdés Muñoz, por parte de los mismos sicarios que asesinaron a Macarena.

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Beijing (1995) se inicia recordándole al mundo que “[l]a Tierra es nuestra madre. De ella recibimos nuestras vidas y nuestra capacidad para vivir. Es nuestra responsabilidad cuidar de nuestra madre y al cuidar de nuestra madre, cuidamos de nosotras mismas” (p. 1), explicitando el despojo y el desplazamiento de los Pueblos Indígenas de sus territorios ancestrales como la violencia fundacional. Para finalizar este apartado, por un lado, intentando evitar la cooptación, blanqueamiento e invisibilización del genocidio volonial al usar el término feminicidio (enraizado histórica y fundacionalmente en este artículo en dicho genocidio), y por otro, asumiendo el desafío expuesto por la hermana maya Aura Cumes (2014 y 2012), quien reclama el derecho y deber histórico de los pueblos del Abya Yala de construir nuestras propias categorías y abandonar nuestra dependencia colonial con el llamado Norte u Occidónde; y por Lorena Cabnal, feminista comunitaria xinka, quien nos recuerda que: “Otras cosas el paso que necesitamos dar es nombrar desde nuestros propios idiomas liberados y cosmovisiones, las categorías y conceptos que estamos construyendo para el análisis de nuestras realidades históricas de opresión, pero también de liberación como mujeres indígenas, originarias, campesinas, rurales o de pueblos” (Cabnal, citada en Gargallo, 2014, p. 17). Propongo la categoría de violencia heterowingkapatriarcal, usando la palabra mapuche wingka con su anclaje “al winkün o acto de vejamen, usurpación, violación o desgarro” (Nahuelpan, 2012, p. 151), para denunciar los procesos de despojo y violencias coloniales y patriarcales, y de “rape/violación” fundacional de esta HIStoria occidental hegemónica, escrita de la mano de la sicaria y siniestra hidra colonial, capitalista, neoliberal, racista y heteropatriarcal “que demanda territorios, recursos y conocimientos indígenas, combinando estrategias de seguridad, criminalización y militarización” (Nahuelpan, 2012, p. 151). Asimismo, y siguiendo a otras lamngen feministas como Verónica Huilipán y Relmu Ñanku, quienes consideran estratégico a la lucha descolonizadora de los pueblos y de los cuerpos el plantear el actual heteropatriarcado indígena en general y mapuche en particular un producto colonial20; 20

Pues combaten el machismo en sus comunidades explicando que en la identidad mapuche no existe el sexismo, ya que nuestra cosmovisión no jerarquiza masculino/ femenino (Ziga, 2011). Esta visión se puede complementar con la consigna de las feministas comunitarias, para quienes es imposible “descolonizar sin despatriarcalizar”;

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me ha llevado a proponer el neologismo heterowingkapatriarcal como categoría descolonizadora, al visibilizar, reforzar e integrar a la lucha indígena y mapuche contra lo ideológicamente wingka y colonial (es decir, los sistemas de opresión neoliberales y neocoloniales impuestos por Occidónde, como los estados, iglesias, transnacionales y la biomedicina), la lucha contra los heteropatriarcados chileno y mapuche, pues no “es posible fraguar la resistencia real ante el sistema económico en el que vivimos, que basa su poder en la violencia exacerbada, sin cuestionar la masculinidad” (Valencia, 2010, p. 182); pasando de reivindicación entendida solo como feminista a una reivindicación y estrategia necesariamente de descolonización y recuperación de todos nuestros territorios21. Al respecto, y bajo la consigna #NiUnaMenos, el 25 de noviembre de 2016 múltiples sectores denunciaron la violencia heterowingkapatriarcal que afecta a hermanas del pueblo nación mapuche, reconociendo “al capital y al patriarcado como enemigos de nuestra existencia y [haciendo] un llamado a organizarse para poner fin a la violencia machista en todos los ámbitos de la vida. Que el capitalismo

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desafiándonos como pueblo a no postergar las demandas de las mujeres y a reconstruir comunidad para el küme mongen (buen vivir o vivir bien en mapudungun) desde la descolonización/despatriarcalización personal “del amo que me habita” (Lorde, 2003) y también colectiva de los proyectos de liberación. No obstante lo anterior, la categoría heterowingkapatriarcal debe someterse a discusión colectiva como pueblo, pues si bien es planteada desde su potencial aunador de luchas (facilitando no guetificarlas en pos de procesos descolonizadores integrales) así como un atisbo de “soberanía” epistemológica; sigue siendo una categoría mestiza, que por un lado, puede resultar engañosa al homogeneizar lo wingka en vivencias encarnadas y situadas de personas mapuche e indígenas y no, comunes (como el coexistir en una sociedad heteronormativa, colonial y neoliberal) y diversas (según clase, raza, género, orientación sexual, zona de residencia, etc.) a la vez, de acuerdo a las coordenadas interseccionales de dominación en que están insertas. Por otro lado, puede resultar neocolonizadora, pues retoma un concepto medular dentro del feminismo blanco/mestizo-burgués-urbano y heterocéntrico occidental, pudiendo alimentar una colonización discursiva nefasta y cómplice de los feminismos hegemónicos del Norte y del Sur, como los feminismos de la igualdad y de la diferencia, coludidos con la colonización discursiva denunciada por Mohanty (1986, citada en Espinosa, 2009). Sin embargo, Guzmán y Paredes nos impelen a resignificar, repolitizar e historizar el concepto de patriarcado por su potencial desmantelador, al entenderlo como “el sistema de todas las opresiones, todas las explotaciones, todas las violencias, y discriminaciones que vive, toda la humanidad (mujeres, hombres y personas intersexuales) y la naturaleza, históricamente construidas, sobre el cuerpo sexuado de las mujeres” (2014, p. 77). Por eso, para el feminismo comunitario (que no apela ni a la igualdad ni a la diferencia, sino a la comunidad), la descolonización pasa necesariamente por la despatriarcalización, pero no viceversa. Independiente de aquello, invito a sospechar del concepto de heteropatriarcado y a reemplazarlo por otro u otros mapuche o indígenas.

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y el patriarcado caigan juntos!” (Comunicado Comunidades militantes multisectoriales frente a la situación de violencia patriarcal a mujeres del Pueblo Mapuche, 25 noviembre de 2006).

Fuente: Afiche difundido el 25N del 2016.

Manifestaciones extremas de violencia heterowingkapatriarcal contra mujeres indígenas del Abya Yala: violencia en nombre del “Desarrollo” y Violencia en nombre de la “Tradición” En el Informe Complementario al Estudio sobre Violencia contra las Mujeres del Secretario General de las Naciones Unidas, Mairin Iwanka Raya, Mujeres Indígenas Confrontan la Violencia del Foro Internacional de Mujeres Indígenas (FIMI, 2006), y fundadas en la usurpación, invasión, expropiación y explotación territorial, las mujeres indígenas del mundo explicitan como manifestaciones particulares y extremas de violencia contra ellas y sus pueblos, e interrelacionadas virulentamente, por un lado, al neoliberalismo con su Desarrollo Agresivo/Destructivo (liderado por los monopolios corporativos), la migración y el desplazamiento forzado, los conflictos armados y la militarización y la violencia estatal (o violencia en nombre del “Desarrollo”); y por otro, la violencia en nombre de la “Tradición”, incluyendo la violencia familiar y de pareja.

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Respecto a la violencia en nombre del “Desarrollo”, ésta se basa en el neoliberalismo. Según la Relatora Especial sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, Victoria Tauli Corpuz, en su Informe del 2015 (A/ HRC/30/41), “[este] paradigma económico que defiende el poder de las fuerzas de mercado [,] argumenta que, desregulados, los mercados permitirán que se produzca un desarrollo mundial. La prevalencia del neoliberalismo aumentó en las últimas décadas del siglo XX y se infiltró en la política de desarrollo. El ingreso de inversiones extranjeras directas en los territorios indígenas para explotar los recursos minerales y establecer proyectos de megainfraestructura sin el consentimiento libre, informado y previo de lxs ciudadanxs afectadxs por la liberalización y la desregulación del mercado ha llevado a que se produzcan violaciones sistemáticas de los derechos sobre las tierras y la libre determinación de lxs indígenas. El predominio mundial del neoliberalismo ha conducido a un desarrollo medido por cifras globales de crecimiento, pero que concede muy poca importancia al hecho de que tal desarrollo desemboque en una reducción de la desigualdad o un alivio de la pobreza, por lo que perjudica en gran medida a los grupos [vulnerabilizados], como los pueblos y las mujeres indígenas” (ONU, 2015, p. 26)22. Así, el neoliberalismo o violencia en nombre del “Desarrollo Económico” invade y construye en territorios indígenas hidroeléctricas, gasoductos, canales, rutas, puertos, parques eólicos y otros megaproyectos, que incluyen el desplazamiento forzado, la degradación del medio ambiente y los conflictos armados. Estos megaproyectos generalmente son construidos sin el consentimiento libre, previo e informado de las poblaciones locales (principio CLPI respaldado por el Convenio 169 de la OIT), sufriendo éstas los efectos negativos de tales proyectos, 22

Siguiendo dicho Informe, otra forma en la que el neoliberalismo ha afectado a los pueblos y mujeres indígenas se refiere a las políticas de ajuste estructural del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, que basadas en doctrinas neoliberales, prescriben estrictos programas de austeridad fiscal como remedio para el subdesarrollo económico, generando un alto nivel de endeudamiento en relación con el producto interno bruto. Esto reduce drásticamente el gasto público, lo que se traduce en recortes en los servicios vitales y derechos económicos, sociales y culturales básicos (agua, alimentación, vivienda, educación y salud), lo que repercuten de forma desproporcionada en las personas más vulnerabilizadas por este sistema, entre ellas las mujeres indígenas.

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“pero muy rara vez se benefician de las ganancias que estos proyectos generan” (FIMI, 2006, p. 23). Así, “[a] través de las políticas neoliberales que desplazan a las comunidades indígenas o restringen su acceso a sus territorios, las Mujeres Indígenas, quienes habitan en algunos de los medio ambientes más ricos de la tierra, se convierten en pobres” (FIMI, 2006, p. 23). En base a dicha violencia neoliberal, económica y estructural, se desprenden manifestaciones particulares y extremas de violencia contra las mujeres indígenas y sus pueblos, que imponen un riesgo desproporcionado para éstas, tales como: • La violencia ecológica y racismo ambiental vinculada a las lógicas extractivistas y degradadoras de la Madre Tierra, y que refiere a las “formas en que la salud, las formas de vida, el estatus social y la supervivencia cultural de las Mujeres Indígenas están siendo amenazadas por las políticas y prácticas que afectan negativamente a la tierra, su estabilidad climática y sus diferentes ecosistemas” (FIMI, 2006, p. 20), incluyendo “cualquier política, práctica o directiva que afecta diferencialmente o desfavorece (intencionalmente o no) a individuos, grupos o comunidades basadas en la raza o el color” (Bullard, 1996, citado en ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015, p. 19), por lo que se habla de racismo ambiental propiamente tal. Por un lado, los territorios indígenas son especialmente codiciados por las corporaciones en busca de comercializar, a través del saqueo de los recursos naturales (petróleo, oro, minerales, agua, bosques y fuentes de medicinas), los cuales desde tiempos inmemoriales han sido utilizados por los pueblos indígenas “bajo una ética cultural de la sostenibilidad” (FIMI, 2006, p. 22). Por otro lado, las tierras de los pueblos indígenas son destruidas por las corporaciones mineras, forestales, hidroeléctricas, eólicas, etc. o son utilizadas como botaderos de desechos industriales, tóxicos, radioactivos y peligrosos. Este círculo de la muerte de privatización, niveles de consumo y contaminación insostenibles y el desastre climático amenazan la existencia no solo de los pueblos indígenas, e incluye el eufemístico capitalismo verde y el ecoturismo, que no tienen nada de “sostenible” más que la explotación y la muerte. • La violencia epistémica con la piratería biológica (como las mismísimas semillas) y genética (como el mismísimo ADN), de conocimientos y prácticas ancestrales, a través de patentes,

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o biocolonialismo, que “ponen en peligro el acceso que tradicionalmente tenían los Pueblos Indígenas a las medicinas derivadas de las plantas y animales locales” (FIMI, 2006, p. 24), vulnerando principalmente los derechos humanos básicos a la salud y la seguridad alimentaria. 
 • La violencia espiritual referida al impacto del ataque sistemático contra las prácticas espirituales indígenas, a través de “formas de coerción e imposición, individual o colectiva, de un credo dominante socialmente sobre otra creencia espiritual o religiosa. En el caso de los pueblos originarios, esta violencia se inicia históricamente con la conquista española, portuguesa, francesa o inglesa y evangelización de los credos de éstos. Se reproduce como violencia simbólica, a través de procesos institucionales y de internalización de la dominación” (ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015, p. 19) en pos de la asimilación forzada en el nombre de la “integración”. • La violencia militarizada cuyo principal objetivo es neutralizar la oposición indígena para incautar sus recursos y tierras, transformando a los pueblos indígenas que siguen luchando por la recuperación de todos sus territorios y su libre determinación en “terroristas”, por lo cual la guerra contra el terrorismo23 es en realidad la continuación de guerras de conquista (FIMI, 2006) o de recursos (Homer-Dixon, 1999, citado en FIMI, 2006). “Durante la guerra que tuvo lugar en los años 70 y 80, apoyada y financiada por los Estados Unidos, el pueblo maya sufrió actos de genocidio […]. Mi realidad estuvo llena de amenazas de destrucción, llena de terror y torturas, secuestros y bombardeos. Quemaron nuestros bosques, destruyeron miles y miles de hogares. Quemaron nuestros maíces que para nosotrxs son sagrados. 23

Debido a que el antiterrorismo supone un racismo que diferencia por adelantado quién contará como una vida (que vale la pena vivir, que merece ser protegida y que merece que se lleve duelo por su pérdida) y quién no (Butler, 2011), pues el racismo deshumaniza y vuelve ininteligible el valor de los cuerpos ubicados en territorios racializados (Cacho, 2012, citada en Hernández, 2016); y los Estados Nación justifican las leyes antiterroristas con fines de seguridad pública, es relevante superar el concepto de seguridad definido desde el miedo al/la otrx y el consiguiente establecimiento de medidas de seguridad individualistas y violentas, que limitan la libertad de las personas, para pasar a entenderla como un ambiente sostenible para la vida, redistribución de la riqueza y derechos humanos como base para un orden global comprometido con las necesidades humanas y que de cabida a modos diferentes de ser humanx (Valencia, 2010).

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Quemaron nuestras cosechas, quemaron nuestra Madre Tierra y lxs que sobrevivimos quedamos afectadxs a nivel psicológico, físico y espiritual” (Maria Toj Mendoza, Pueblo Maya Kiche, Guatemala, 2001, citada en FIMI, 2006, p. 36). Como nos enrostra este testimonio, proporcionado en la Conferencia Mundial Contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas conexas de Intolerancia de las Naciones Unidas (realizada en Sudáfrica en el 2001), esta violencia militarizada ha asolado a pueblos indígenas en Guatemala, Chiapas, Bolivia, Chile, entre muchos Otros. En el caso de las mujeres indígenas y como en todas las guerras, ha implicado violaciones, embarazos y esterilizaciones forzadas, partos deshumanizados, tratos degradantes al visitar a sus familiares presxs o al ingresar a servicios de salud, y encarcelamientos por presunto “terrorismo” (Gargallo, 2014), lo que enrostra múltiples violencias: sexuales, gínecoobstétricas, Estatales, por nombrar algunas (Quiñimil, 2015). • El empobrecimiento sostenible de los Pueblos Indígenas, de la mano de otras formas de violencia extrema heterowingkapatriarcal intrínsecamente asociadas con las crisis económicas g-locales y el avance despiadado del neoliberalismo transnacional, como la trata de mujeres indígenas relacionada al comercio de órganos y servidumbre esclavista (incluyendo su reclutamiento forzado a carteles del crimen organizado), su sobrerrepresentación en la base piramidal tanto delictiva (encarceladas por presunto terrorismo o por presunto microtráfico o narcomenudeo) como de las fuerzas armadas o del orden público24, en contextos de migración y desplazamiento forzado. Al respecto, ya que la “apropiación de tierras no es imparcial con respecto al género y los derechos de las mujeres indígenas interactúan con las violaciones de los derechos colectivos a la tierra” (ONU, 2015,

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Un análisis desgarrador e irrefutable acerca de esta sobrerrepresentación en la base piramidal delictiva de las mujeres indígenas se encuentra en el texto de Aída Hernández, La “Guerra contra el Narco”: Violencia de género, militarización y criminalización de los pueblos indígenas (2016). Asimismo, el artículo de Rauna Kuokkanen, Globalization as Racialized, Sexualized Violence: The Case of Indigenous Women (2008) muestra la cooptación de las mujeres indígenas en las filas de la milicia norteamericana, quienes por sus condiciones múltiples de marginación como indígenas, madres solteras, pobres y sin estudios “optan” por sumarse a las filas de la armada. Ambas lecturas ilustran nuevas estrategias para continuar la agenda exitosa de asimilación, colonialismo y despojo de los Pueblos Indígenas.

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p. 4), dicha apropiación empeora las condiciones de vida de las mujeres indígenas, haciéndolas más vulnerables al abuso, la violencia sexual, la explotación y la trata. Así, por ejemplo, los efectos secundarios de las violaciones de los derechos sobre la tierra como el deterioro de su salud y la pérdida de sus medios de subsistencia tradicionales (tales como la recolección de alimentos, la producción agrícola y/o el pastoreo) afectan a las mujeres indígenas desproporcionadamente, pues la compensación y los puestos de trabajo tras la confiscación de la tierra tienden a “beneficiar” a los hombres de las comunidades indígenas; y los marcos patriarcales de “propiedad” indígena obstaculizan la tenencia y herencia de tierras, especialmente cuando las mujeres enviudan (ONU, 2015). En cuanto a la violencia en nombre de la “Tradición” o violaciones de derechos humanos de las mujeres justificadas en el nombre de la cultura, religión o costumbres (como la mutilación genital femenina, el matrimonio precoz forzado, los “crímenes de honor”, la violencia familiar y de pareja), éste es un concepto adoptado por FIMI (2006) para criticar la pseudoneutralidad ética del término “prácticas tradicionales perjudiciales o nocivas”, de la ONU, pues por un lado, justifica la violencia sobre la base del relativismo cultural del concepto prácticas; y por otro, asume que dichas “prácticas” son “tradicionales” o “antiguas/ ancestrales”25. Lo anterior, genera la falsa dicotomía Derechos versus Cultura, reforzando dos ideas coloniales por antonomasia: que es la cultura la que subordina y oprime a las mujeres y la modernidad la que las libera (negando que la modernidad es en sí misma un sistema cultural (Engle, 2003, citada en FIMI, 2006); y que la tradición y la cultura fuera inherente e inmutable, exótica, “estática, sagrada, homogénea y existente por fuera de las fuerzas de la historia y la política [y la economía]” (FIMI, 2006, p. 29). Esta falsa dicotomía es desafiada por las hermanas indígenas, quienes nos recuerdan que todas estas violaciones de derechos de las mujeres son prácticas patriarcales cometidas en nombre de la cultura, religión o costumbres, e insertas en procesos de empobrecimiento, migraciones y desplazamientos forzados.

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Olvidando la ONU en su definición prácticas de la modernidad nefastas por su violencia de género como las violaciones sexuales durante citas o fiestas, los concursos de belleza infantil, el 90/60/90 y el canon femenino en tacos y sempiternamente joven, a costa de dietas, productos de la industria cosmética y dietética y del boom de las cirugías estéticas.

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Ya que “la negación del derecho colectivo a la libre determinación de los Pueblos Indígenas es en sí misma una forma de violencia contra las Mujeres Indígenas, y al mismo tiempo un contexto para muchas otras violaciones de derechos humanos, incluyendo la violencia de género” (FIMI, 2006, p. 42), el abordaje de la violencia intrafamiliar y de pareja debe considerar: • En sus estrategias antiviolencia de género (incluyendo la criminalización de la violencia de pareja), la violencia estructural e inclusive física perpetrada por los mismos Estados en contra de las mujeres indígenas y de sus pueblos. Así, el arresto forzado aumenta la intervención del Estado y el control sobre las vidas de las mujeres indígenas y sus familias (junto con las vidas de Otras mujeres y familias de color, migrantes y pobres), quienes son examinadas de manera desproporcionada por los sistemas estatales de servicios psicosociales, jurídicos y migratorios (Coker, 2004, citada en FIMI, 2006). • Al respecto, el que una mujer indígena de comunidad abandone a su pareja abusiva requiere que se separe y aleje de su comunidad, lo cual representa amenazas de violencia y disrupción espiritual o cultural que las mujeres no indígenas no enfrentan; por lo que las casas de acogida o refugios sin perspectiva intercultural pueden convertirse en espacios de violencia heterowingkapatriarcal, perpetrando desde la asimilación forzada a la discriminación y violencia racista por ser indígena (FIMI, 2016). • El asegurar el debido proceso a lxs miembrxs de las comunidades indígenas como obligación de los Estados, es esencial para garantizar los derechos de las mujeres indígenas y de Otras que han sufrido violencia por parte de sus parejas y por parte del Estado. De no ser así, los llamados a “denunciar” o a acercarse a los servicios estatales serán en vano, pues resulta paradojal pedir ayuda a quienes, en vez de proteger, reprimen. • El relacionar las estrategias contra la violencia de género con estrategias para restablecer los derechos de los Pueblos Indígenas. Si bien las mujeres indígenas rechazan la idea que la violencia machista cometida por los hombres indígenas sea otra consecuencia negativa de la colonización, y plantean que la violencia contra la mujer no es esencial ni natural a ninguna cultura, identificándola como un fenómeno negativo

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que afecta el equilibrio de la familia y de la comunidad (Mercado, 2011; Painemal y Richards, 2011, citadas en Palma y Sandrini, 2014), que desestabiliza el principio indígena del buen vivir (al ser un mecanismo de poder y control para conformar y mantener las relaciones de poder dentro de la pareja y las familias), reconocen que: “Para los hombres indígenas, esta disfunción está basada en la violación de los derechos colectivos de sus pueblos, incluyendo la pérdida de territorios, tradiciones, formas de vida, suministros de alimentos, fuentes de medicinas, redes sociales y otros elementos que brindan la salud emocional y una identidad masculina positiva. Las violaciones a los derechos colectivos también han determinado que los hombres indígenas estén afectados por los conflictos armados, la destrucción ambiental, el desplazamiento forzado, los procesos de migración, urbanización, racismo, desempleo y pobreza, y han expuesto a los hombres indígenas a las drogas, alcohol, modelos de masculinidad basados en la dominación y las doctrinas religiosas […] Todos estos factores contribuyen a promover la violencia de los hombres indígenas contra las Mujeres Indígenas, considerando el término de “violencia doméstica” tanto inadecuado como ahistórico” (FIMI, 2016, p. 35). • Que la utilidad de los procesos de justicia restaurativa “depende de que lxs participantes en realidad condenen la violencia contra las mujeres” (FIMI, 2006, p. 34). Por eso mismo, se crítica la aplicación del derecho consuetudinario indígena en delitos de violencia intrafamiliar, apelando al Convenio 169 de la OIT, en base al cual Tribunales de Justicia han establecido acuerdos reparatorios o la conciliación tradicional26 (como pedir disculpas públicas, comprometerse a no reiterar los hechos de violencia o asistir a terapia familiar), transgrediendo el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia y desestabilizando el principio indígena del buen vivir (Quiñimil, 2015). 26

Los cuales están prohibidos en leyes nacionales en la materia como en la Convención Belém do Pará, pues la aplicación de estas medidas “tiene efectos contraproducentes en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia. También la CIDH ha indicado que promover la conciliación bajo la premisa de que las partes involucradas se encuentran en igualdad de condiciones de negociación, es erróneo. Por su parte la Organización Panamericana de la Salud (OPS) agrega que el desequilibrio de poderes en los acuerdos de conciliación aumenta el riesgo físico y emocional de las mujeres, ya que los acuerdos no son generalmente cumplidos por el agresor (MESECVI, 2012, citado en CHIRAPAQ y ECMIA, 2013, p. 20).

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En cuanto a este punto, y ya que lo que abunda no daña, a continuación cito textual Declaración respecto a la mala aplicación e interpretación por parte de la justicia chilena acerca del Convenio 169 de la OIT (sustentada en estereotipos y resoluciones racistas y discriminatorias hacia las mujeres mapuche27), en Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas de la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (ANAMURI, 2013, citada en ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015, pp. 48-49): “La violencia machista no forma parte de la cultura ancestral de los pueblos originarios” Durante los días del 19 al 21 de marzo, ANAMURI en la ciudad de Padre Las Casas, mediante la Comisión Nacional Indígena y con la participación de las representantes de las organizaciones de mujeres de los pueblos Aymara, Collas, Diaguitas y del Pueblo Mapuche, se llevó a cabo el “Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas Identidad, Cultura y Derechos”. En este contexto, hemos tomado conocimiento por la prensa –Diario Austral, del 11 de marzo de 2013– que en numerosos casos de violencia contra las mujeres mapuche, se ha invocado la supuesta costumbre mapuche, en el marco del Convenio 169, que ha finalizado con las disculpas públicas de los agresores y nada más. Frente a esa situación, queremos ser claras y tajantes: La violencia machista, heredada del sistema patriarcal, NO forma parte de la cultura ancestral del pueblo mapuche, y de ningún pueblo indígena de nuestro país. Rechazamos terminantemente que se esté utilizando un valioso instrumento internacional como lo es el Convenio 169 de la OIT para evadir el cumplimiento de penas por haber cometido un delito y atentar contra los derechos de las mujeres. Por tanto, hemos estimado necesario hacer presente a nuestras organizaciones y a la opinión pública nuestro desconcierto e indignación ante las noticias aparecidas en el diario El Austral que más de doce casos de violencia ejercida en las mujeres Mapuche

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Para mayor información ver Yamuwvn mu ka poyen tañi ixofij mogen amuleay tañi kvme mogen. Con respeto y amor por las distintas vidas, avanzamos hacia el buen vivir. Sistematización de nvxamkawvn (encuentros de conversación) y definición de propuestas entre mujeres y organizaciones mapuche en torno a violencia contra mujeres mapuche y aplicación de sistemas de justicia propia (Contreras, Mercado, Tragolaf y Zegers, 2015). Otro ejemplo aberrante de estereotipos y mitos heterowingkapatriarcales, racistas y discriminatorios hacia las mujeres indígenas, plasmados y perpetuados por marcos jurídicos, es el caso de la Ley Chilena N° 16.441, conocida como la Ley Pascua (de 1966), que supuestamente crea el Departamento de Isla de Pascua, y que en sus artículos 13 y 14 establece que a todos los nacidos en territorio insular, independiente de si son o no rapa nui, y a quienes cometen delitos sexuales (abuso o violación) dentro del territorio de la Isla, se les impondrá una pena inferior en un grado al mínimo de lo señalado por la ley para este delito, así como la posibilidad de acceder a beneficios carcelarios, como si las hermanas y niñxs rapa nui fueran “originariamente abusables”.

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cómo fueron mediante la Defensoría Pública, el Juzgado de Garantía y la Corte de Apelación que trasgrediendo lo dispuesto en las sanciones penales para los agresores han utilizado o distorsionada lo establecido en el convenio 169 de la OIT en el artículo 9 y 10 que señala: “Que debe respetarse las formas en que las culturas resuelven sus conflictos” para absolver a los agresores señalando que este flagelo que sufren las mujeres obedece a su cultura y se resuelve con una simple disculpa pública y el compromiso de concurrir a terapia. Nos parece inaceptable esta distorsionada interpretación que pone al pueblo mapuche como insensible ante la violencia que sufren las mujeres, de ahí que nos asiste la duda que sus valores culturales y espirituales sean también pisoteados por sus autoridades proporcionando cartas de aval o buenas conductas a los agresores ante tan indigna conducta. Nos parece de una extrema gravedad esta situación, por la cual mediante la Comisión Nacional Indígena, de ANAMURI, exigimos a las autoridades chilenas tomen la justicia en su justa dimensión en que no signifique una nueva forma de violencia a las mujeres mapuche y hacia todas las formas de discriminación contra la mujer. Comisión Nacional Indígena, ANAMURI. Chile.

Por otra parte y para abordar la violencia contra las mujeres indígenas en el contexto de pareja, se deben trabajar las otras formas extremas de violencia contra las hermanas indígenas. Al respecto, el manual en prevención de violencia de pareja en comunidades mapuche, en el contexto de otras formas de violencia que se ejercen hacia las mujeres de los Pueblos Indígenas, “Caminando Juntas hacia la recuperación del Kvme Mogen y el Azmapu”, realizado el 2015 por ANAMURI, FACSO y FONIS (y testeado con lamngen de la VIII, IX y XIV Regiones en Chile), nos ilumina el caminar intercultural, visibilizando: • Que el abordaje sobre la violencia contra la mujer debe partir de una conversación sobre la identidad indígena (entendida como auto-identificación a un pueblo) y la forma de recuperarla. • Que “tenemos y nacimos de una historia de violencia” (Contreras et al., 2015, p. 9), reconociendo las manifestaciones de violencias cotidianas (tanto coloniales como patriarcales, es decir, heterowingkapatriarcales). Para ello, metodológicamente se propone utilizar el siguiente esquema del entramado de violencias íntimas y sociales que afectan a las mujeres indígenas, basado en la figura 9 (ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015, p. 20), planteándolo siempre como un diagrama incompleto:

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Violencia Estructural Violencia Institucional

Violencia Espiritual

Violencia Ambiental

Mujeres Indígenas

Racismo y Discriminación “étnica”

Violencia Política

Violencia... Violencia de Género

Fuente: ANAMURI, FACSO y FONIS (2015). Manual de trabajo en prevención de VIF “Caminando Juntas hacia la recuperación del Kvme Mogen y el Azmapu. Santiago, Chile: FACSO Ediciones.

• El auto-cuidado y la desvictimización, por ejemplo, a través de la práctica de la recapitulación, que desde el recordar corporalmente y revivir los acontecimientos dolorosos de la vida en pos de un proceso de sanación que haga recobrar el estado de equilibrio, armonía e integridad bio-psico-socio-espiritual que teníamos al nacer (Sánchez, 2003, citado en ANAMURI, FACSO U. Chile y FONIS, 2015), se transforma en un ejercicio colectivo de empoderamiento y recuperación, al ser parte del bagaje ancestral de conocimientos de los Pueblos Indígenas del Abya Yala. • Que la ruta intercultural de la violencia contra las mujeres o caminos que ellas toman para recuperar y ejercer el derecho a vivir sin violencia, tanto en su comunidad (incluyendo sus autoridades tradicionales) como en la institucionalidad, es el Sur a seguir. Lo anterior es central, ya que: Cuando las mujeres [indígenas] recurren a las instituciones públicas para denunciar, o buscar algún tipo de ayuda frente a las violencias que están viviendo por parte de su pareja, se encuentran, en la gran mayoría de los casos con respuestas y soluciones insatisfactorias y/o con situaciones de violencia institucional, victimización secundaria o racismo abierto por parte de lxs funcionarixs que culpan a las propias mujeres de la violencia

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vivida, “por el hecho de ser [indígena]” (ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015, p. 26)28. No obstante, la profesionalización y tecnificación de las soluciones a los problemas sociales y de vulneración de derechos, con la sobrevaloración del equipo biopsicosocial y jurídico supuestamente altamente capacitadx versus la invalidación de las propias mujeres de los espacios colectivos de participación social y de las organizaciones femeninas (otra herencia perversa del sistema neoliberal con su culto a la individualidad y a la competencia), desempodera el accionar colectivo en la prevención de la violencia hacia la mujer (ANAMURI, FACSO y FONIS, 2015). • Que es fundamental recuperar el tejido social y hablar de este mal presente, que es la violencia de pareja, sustentado en una historia de violencia y despojo, sacando dicha problemática del espacio personal para que se transforme en clave para la autodeterminación y el control territorial –también del territorio cuerpo de las mujeres indígenas– (Contreras et al., 2015).

Recomendaciones para asegurar una vida libre de violencia a las mujeres indígenas del Abya Yala y desafíos desde las políticas públicas y desde la cooperación Sur-Sur Nosotras, las mujeres de los pueblos originarios, hemos luchado activamente con el fin de defender nuestros derechos a la libre determinación y a nuestros territorios que han sido invadidos y colonizados por naciones e intereses poderosos. Hemos sufrido y continuamos sufriendo múltiples opresiones como pueblos indígenas, como ciudadanxs de países colonizados y neo-coloniales, como mujeres, y como miembrxs de las clases sociales más pobres. A pesar de esto, hemos protegido y continuamos protegiendo, hemos transmitido y continuamos transmitiendo, hemos desarrollado y continuamos desarrollando nuestra cosmovisión indígena, nuestra ciencia y tecnología, nuestro arte y cultura, y nuestros sistemas socio-políticos y económicos, que armonizan con las leyes naturales de la Madre 28

En el caso mapuche “[l]as mujeres expresan distintas formas de violencia Estatal e Institucional desde la implementación de políticas y programas de abordaje contra la violencia hacia las mujeres, manifestando claramente que no son reconocidas en su identidad como mujeres mapuche, ni tampoco en sus particularidades de contextos urbanos y rurales [destacando] el cruce de la violencia policial en territorios en recuperación, y la violencia que ejercen lxs funcionarixs en las mismas instituciones del Estado” (Contreras et al., 2015, p. 17).

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Tierra. Mantenemos los valores éticos y estéticos, el conocimiento y la filosofía, la espiritualidad que conservan y nutren a la Madre Tierra. Perseveramos en nuestra lucha por el derecho a la libre-determinación y por nuestro derecho a nuestros territorios. Esto lo hemos demostrado a través de la tenaz postura y capacidad para soportar y sobrevivir la colonización de nuestras tierras durante [más de] 500 años (Declaración de las Mujeres Indígenas del Mundo, adoptada en el foro de ONGs de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, en Beijing, 1995, p. 1). En base a esta Declaración y desde las propias voces de hermanas del Abya Yala, rescato de todo este recorrido, para la tarea titánica y desafiante de asegurar una vida libre de violencia contra las mujeres indígenas del Abya Yala, desde las políticas públicas del continente y desde la cooperación Sur-Sur, al menos las siguientes recomendaciones: • Reconocer, histórica y situadamente, el despojo de los territorios como una violencia fundacional para las mujeres indígenas, que lleva, por un lado, a reconocer los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas como elemento central de las iniciativas antiviolencia de las mujeres indígenas; y por otro, a conciliar integralmente los derechos colectivos e individuales de las hermanas indígenas desde el buen vivir o vivir bien comunitario, integrando la demanda de autodeterminación y autonomía en el territorio soberano que también debiese ser el cuerpo, en un contexto colonial y heteropatriarcal, nacional como indígena. Esto porque: “[p]ara las Mujeres Indígenas la sistemática violación a los derechos colectivos como Pueblos Indígenas es el factor de mayor riesgo para la violencia de género, incluyendo la violencia perpetrada dentro de las comunidades. Por lo tanto, las estrategias antiviolencia de las Mujeres Indígenas están basadas en la defensa de los derechos colectivos de sus pueblos” (FIMI, 2006, p. 15). • Descolonizar y despatriarcalizar los conceptos y abordajes de la violencia de género contra las mujeres indígenas, repolitizando el concepto feminista de interseccionalidad en las manifestaciones extremas de violencia contra las hermanas indígenas (de por sí, heterowingkapatriarcales), con su anclaje histórico en el Genocidio Colonial, hoy reeditado en Feminicidios.

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Para las Mujeres Indígenas, la violencia de género es definida no solo por la discriminación de género dentro de los contextos indígenas y no-indígenas; sino también por un contexto de continua colonización y militarismo, racismo y exclusión social, políticas económicas y de “desarrollo” que aumentan la pobreza. Estos fenómenos son interactivos y mutuamente influyentes, al igual que los distintos aspectos de identidad que definen las experiencias de violencia de las mujeres y sus estrategias de resistencia (FIMI, 2006, p. 14). Al respecto la conceptualización indígena de la violencia contra las mujeres propuesta en el Informe Complementario al Estudio sobre Violencia contra las Mujeres del Foro Internacional de Mujeres Indígenas (FIMI, 2006) refleja la multiplicidad de formas en que la violencia contra las mujeres es mediada por la interacción de identidades o interseccionalidad. Este Informe reconoce la violencia contra las mujeres “como una violación a los derechos humanos de alcance universal, la cual es mediada en cada caso por aspectos de la identidad que van más allá del género, como [la] raza, clase, casta, religión, orientación sexual, situación geográfica” (p. 14). Al analizar y abordar la violencia de género contra las mujeres indígenas desde las interrelaciones entre distintos aspectos de la identidad (y no solo desde el género, análisis miope que suele despolitizar las manifestaciones cotidianas de violencia que afectan a las mujeres indígenas) y las formas en que son usados para resaltar privilegios u opresión, FIMI (2006) recuerda trabajar siempre desde la intersección y descolonización de tres movimientos: los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas, los derechos humanos y los derechos humanos de las mujeres. • Resignificar, descolonizar y despatriarcalizar la concepción de los derechos humanos y las categorías de familia, comunidad y Estado (FIMI, 2016) para abordar las manifestaciones extremas de violencia contra las mujeres indígenas. Derechos Humanos porque convencional/occidentalmente hoy son entendidos como individuales en vez de colectivos, pues “el defender el derecho de las Mujeres Indígenas a tener una vida libre de violencia de género requiere de una revisión fundamental del paradigma tradicional de derechos que postula al individuo como sujeto de derechos” (FIMI, 2006, p. 17). Este binarismo jurídico corrompe de raíz los tratados internacionales en materia de protección de las mujeres al categorizar

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la violencia de género como actos que ocurren en “cierta familia, comunidad y Estado”. De allí la urgencia de resignificar dichas categorías y así posibilitar el visibilizar y abordar otras manifestaciones extremas de violencia de género contra las mujeres indígenas. Familia porque el modelo de familia nuclear burguesa y heterosexual, atomizada en un hogar individual, refuerza el aislamiento de las mujeres indígenas, reproduciendo las relaciones de poder patriarcales dentro de la familia y comunidad indígena. Comunidad porque como espacio bio-geo-temporo-político es diferente para los Pueblos Indígenas y no Indígenas. Desde el actual marco de los derechos humanos la comunidad es fija en términos temporales y limitada al presente. Pero para los Pueblos Indígenas incluye lxs ancestrxs como a las generaciones venideras como integrantes de sus comunidades29. Por eso: “[u]n marco legal en el cual el pasado y el futuro no existen, no puede proteger adecuadamente los derechos de lxs ancestrxs o de las generaciones por venir, quienes son miembrxs integrales de muchas comunidades indígenas” (FIMI, 2006, p. 19). De hecho, en el Informe del Foro Internacional de Mujeres Indígenas, ya en el 2006 se planteaba a los países el procurar guiarse bajo el principio de la Séptima Generación, por el cual toda toma de decisión es realizada teniendo en cuenta el impacto de nuestras acciones en el bienestar de la séptima generación que está por venir. Estado porque su conceptualización de los territorios, las fronteras, la ciudadanía y la residencia de las mujeres indígenas difieren de las que históricamente han construido los Pueblos Indígenas, exponiéndolas a mayor violencia. Por ejemplo, las hermanas indígenas del Altiplano, pastoras y nómades, muchas veces son sujetas de múltiples violencias de género y de clase/raza cuando las fronteras nacionales dividen o invaden sus territorios. Como no recordar el suicidio de las hermanas colla Justa, Lucía y Luciana Quispe en 1974, tras la llegada de los militares a su territorio30; o la travesía diaria de las hermanas miskitas, 29

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De hecho, FIMI (2006) considera que la erradicación del pasado y el futuro no es inherente al marco de los derechos humanos, explicitando como excepciones a esta interpretación occidental de éste, la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo del 92. Para mayor información ver “Las Niñas Quispe”, película del 2013 basada en este suicidio interseccional y feminicida.

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cuyos territorios se encuentran divididos entre los países de Nicaragua y Honduras, quienes cruzan las fronteras nacionales todos los días para trabajar la tierra o recolectar plantas medicinales, enfrentando el riesgo de acosos, extorsiones y violaciones por parte de los agentes del estado en las fronteras “nacionales” o el ser víctimas de trata al no poder cruzar legalmente dichas fronteras. • Incorporar manifestaciones extremas de violencia contra las mujeres indígenas, que son particulares a éstas, inclusive en las legislaciones nacionales, tales como la violencia espiritual, epistémica, ecológica/medioambiental y transnacional o g-local. • Co-construir con las mujeres indígenas políticas públicas y planes de desarrollo interculturales e interseccionales, para erradicar las manifestaciones extremas de violencia contra las mujeres indígenas con Enfoque de Derechos Humanos (colectivos e individuales) desde el buen vivir o vivir bien comunitario, principio que podría dialogar y ampliar el Norte de la Cooperación, es decir, el desarrollo inclusivo y sostenible, por ejemplo, a través de la Ética de los Cuidados y la Cuidadanía31, que pone en el centro de la vida lo más importante, es decir: la Vida. La elaboración conjunta de políticas y planes debe ir más allá del principio del consentimiento libre, previo e informado de la OIT, en pos del ejercicio del principio de libre determinación, facilitando la recuperación del protagonismo de las hermanas indígenas, quienes “[e]n su rol de guardianas del conocimiento ambiental, técnico, científico, cultural y espiritual […] poseen las claves para combatir la pobreza en sus comunidades, creando e implementando las estrategias para el desarrollo sostenible en todos los niveles de formulación de políticas” (FIMI, 2006, p. 28). • Subsanar urgentemente el subregistro de las múltiples formas de violencia contra las mujeres indígenas y su desagregación por clase, religión, edad, discapacidades, zona de residencia, incluyendo a los pueblos que son nómadas, seminómadas, migrantes, en transición y desplazados (FIMI, 2006 y CHIRAPAQ y ECMIA, 2013), en pos de la recolección regular y exhaustiva sobre Pues los Cuidados ponen al centro la producción y mantención de la “vida” (Prieto y Serrano, 2013); y la Cuidadanía apela a la construcción de una sociedad que busca la sostenibilidad de la vida, desde un sistema económico-social basado en la cooperación, la interdependencia, la reciprocidad y la horizontalidad y no en la lógica acumulativa.

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los actos de violencia perpetrados contra mujeres indígenas en estadísticas de delitos oficiales, incluyendo las de feminicidios. • Velar porque en los objetivos e indicadores acordados para hacer el seguimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible se incluyan formas de medir e incentivar los avances en relación con las comunidades y las mujeres indígenas (ONU, 2015), como es el acceso a los territorios y los recursos naturales. Ya que un cúmulo de investigaciones reconocen la pobreza o empobrecimiento sostenible de los pueblos indígenas (que en sí mismo es una forma de violencia extrema) como el principal factor de riesgo para la violencia de género, es crucial descolonizar dicho indicador y relacionarlo con la pérdida de los territorios. Por ende, el deterioro de los medios de producción y consumo sostenibles serían los principales indicadores de pobreza en las mujeres y Pueblos Indígenas y no el ingreso (FIMI, 2006). • La rehabilitación (por ejemplo, vía reforestación) de las tierras indígenas destruidas, tanto por parte de las empresas como de los gobiernos que han permitido dicha violencia ecológica y racismo ambiental, pues la recuperación de las tierras ancestrales no solo permitirá la prolongación de los Pueblos Indígenas, sino también de los roles de poder realizados por las hermanas en el continente, salvaguardando así sus conocimientos y prácticas ancestrales, espirituales, sanatorias y alimentarias por ejemplo. • Asumir que las mujeres indígenas, al igual que la tierra, son sometidas, explotadas, desplazadas, encarceladas, tratadas, violadas y asesinadas, y que en “esta embestida de violencia y despojo, los cuerpos de las mujeres […] se han convertido también en territorios para ser invadidos, destruidos, desaparecidos” (Hernández, 2016, p. 8), impele a mirarse en el espejo de la HIStoria, desempolvar la memoria del Genocidio Colonial y su reedición en Feminicidios, y dejar de ser cómplices de las neo o recolonizaciones que se encubren bajo otras denominaciones, aparentemente “neutras”, como los términos de globalización y libre comercio, que resignifican y reivindican la violencia como herramienta de enriquecimiento y de necroempoderamiento32.

Valencia (2010) define necroempoderamiento como “los procesos que transforman contextos y/o situaciones de vulnerabilidad y/o subalternidad en posibilidad de acción y autopoder, pero que los reconfiguran desde prácticas distópicas y autoafirmación perversa lograda por medio de prácticas violentas” (pp. 205-206).

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Asumir que la globalización tan trillada e impuesta, en figura y fondo, es una violencia física sobre los cuerpos y las vidas espectralizadas de quienes viven “en el ominoso paréntesis de lo considerado fuera de, y por tanto, indigno” (Valencia, 2010, p. 195)33, implica como condición mínima para encarnar esa “sisterhood global”, tan vitoreada por movimientos feministas del Norte y del Sur, o esa “justicia” de los movimientos sociales del mundo; y para asegurar el derecho de las mujeres indígenas a una vida sin violencia (o a vivir en paz como cantaría Víctor Jara) el visibilizar estas vidas como existentes y vivientes, ya que a pesar de la distribución geopolítica de la vulnerabilidad y de la violencia, la cercanía o distancia geopolítica no exime de la responsabilidad por la vida física de las Otras34. Finalmente, con la esperanza que sean escuchadas con el corazón las palabras de Berta Cáceres Flores, en sus últimos despojados días de vida, quien nos recuerda que: “Despertemos, despertemos humanidad, ya no hay tiempo. Nuestras conciencias serán sacudidas, por el hecho de estar solo contemplando la autodestrucción basada en la depredación capitalista, racista y patriarcal”35. Y para que vivan las Mariposas, las Bertas Cáceres, las hermanas Quintreman, las Macarenas Valdés, las Machi, las Lorenzas Cayuhan, para que vivan! porque vivas nos queremos! 33

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Al respecto es aportativo lo señalado por Butler (2010), quien profundiza en la participación de la sociedad dominante en la creación de una jerarquía valórica de personas: unas valen más, otras menos, y sus cuerpos existen en la medida en que éstas son etiquetadas o marcadas culturalmente –ya sea por género, raza, clase, religión, etc.–. Así, como en la guerra, con lxs invasorxs e invadidxs, lxs perdedorxs y lxs vencedorxs; así como con lxs inmigrantes y lxs nativxs ocupadxs; así como con las mujeres en la HIStoria, algunxs se convierten en “vidas dignas de ser lloradas”, en el sentido de poner un valor emocional extra a unas vidas más que a otras, lo que se relaciona con vidas dignas de ser protegidas y lloradas en caso de ser vulneradas. De ahí que Valencia (2010) proponga pensar el dolor producido por la violencia en el cuerpo de lxs otrxs como un recurso político, resignificando el peso de la muerte en el entramado capitalista, patriarcalista y gore y haciendo que el dolor y la muerte del/a otrx sean un estremecimiento de todos los cuerpos. Esto con el fin de desmontar y deslegitimar una serie de comportamientos que nos vinculan con el culto a la violencia –como son la violencia decorativa o el papel que juega cada unx en la cadena del capitalismo gore–; así como la creación de modelos humanos alejados de la distopía gore y del hiperconsumismo neoliberalista. Extracto del Discurso realizado por Berta Cáceres Flores al aceptar el Premio Goldman de Medioambiente, premiación más importante del mundo en honor a activistas medioambientales (también conocido como “Nobel Verde”), el 20 de abril de 2015.

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ENTREVISTA A CLAUDIA BAROS AGURTO Psicóloga, experta en investigación de mercado. Asistente a grupo de estudio y seminario internacional sobre violencia extrema de género

1. Desde tu experiencia profesional ¿qué sensibilidades hay en las agencias de investigación de mercado respecto de la violencia que experimentan las mujeres en el país? Las agencias preguntan y observan. En este sentido, en los discursos y prácticas de la población hemos visto un cambio: hay una disconformidad con la inequidad de género, principalmente en las mujeres más jóvenes, aunque también en las mayores y en muchos hombres jóvenes. Se entiende que la inequidad es violencia. Estamos ante mujeres más contestatarias, que no quieren que las traten como objeto, que deciden sobre sus cuerpos y la maternidad, a las que les importa la realización personal, que quieren hombres comprometidos con la crianza, que quieren igualdad en derechos laborales. Y muchos hombres, conscientes de que la inequidad les afecta en tanto los restringe, hoy renuncian a roles masculinos tradicionales y se involucran en la crianza, por ejemplo. En ese sentido, al perfilar para consultar, respecto a los hombres cuando son padres, ya no podemos decir que ellos no compran pañales, por ejemplo. Incluso hoy, en gran oposición al rol de género masculino, entendiendo que es una pequeña minoría pero que revela un cambio cultural, se está viendo el fenómeno de los “princesos”, es decir, hombres que gustan de cuidar su apariencia y de dedicarse al cuidado de los hijos en vez de trabajar, realizando el tradicional rol de dueña de casa. En contraparte, muchas mujeres debido a la mayor responsabilidad que se nos atribuye en el cuidado del hogar, están optando por no ser madres para poder desarrollarse profesionalmente. Las tasas de natalidad han disminuido en todo el mundo, no sólo en Chile.

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En cuanto a la representación del rol de las labores del hogar en los medios y la publicidad, también se ha visto un cambio. Tiempo atrás, una campaña de un producto de limpieza que decía haber sido diseñado para las madres recibió una ola de críticas desde sectores de mujeres a través de las redes sociales. Este año, el protagonista de los spots de dicha marca es nada menos que un hombre. Así, en resumen, se está dando un fenómeno de visualización de la población de la violencia hacia lo femenino, que no queda exclusivamente ligado a la mujer, aunque le afecta en mayor medida y es más percibido por ella. 2. En Chile han existido campañas publicitarias que han tomado el tema de la violencia contra la mujer y luego han sido cuestionadas una vez lanzadas al público ¿Cómo se explican estos desfases entre la industria y el público? Creo que hay varios problemas relacionados.

Detrás de campañas ha habido marcas que no tienen una imagen que les dé credibilidad, y eso se percibe como oportunismo. Si alguien habla sobre el tema, debe tener credibilidad; eso es evidente para el sentido común. El año pasado, luego de la multitudinaria marcha “Ni Una Menos”, una marca de retail lanzó una campaña en contra de la violencia hacia las mujeres, al poco tiempo de haber expulsado de una de sus tiendas a una pareja de lesbianas. En plena era de las redes sociales, la comunidad “le cobró” esta incongruencia entre discurso y prácticas.

Entendiendo que hablamos de campañas de entidades que tienen credibilidad, veo que el primer problema, con “conocimiento de causa”, es que las agencias de publicidad están llenas de hombres hablando sobre mujeres, sin tener una educación de género. Esa sería la primera brecha: el desconocimiento. Como segundo problema veo la poca difusión de ellas. Vemos más campañas que sensibilizan respecto a otros temas. No tienen gran tribuna. Lo ideal sería verlas varias veces al día y apoyarlas con variada publicidad en la vía pública. Sin masividad no hay alcance, así de sencillo. Otro problema es que estas campañas publicitarias, a excepción de las últimas del MINMUJEG y PDI, no se han orientado a educar qué

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es la violencia de género. Más bien llaman a denunciar, poniendo todo el peso en la víctima, sin considerar el pobre empoderamiento de ella, muchas veces por falta de educación respecto al tema. Mi opinión es que la publicidad en torno al tema debe educar gráficamente qué es la violencia hacia la mujer, cual fuera una clase. No podemos dar por sentado que la sociedad sabe claramente qué es la violencia hacia la mujer. Creo que los creativos publicitarios y asesores comunicacionales han partido de una premisa errónea pues a nadie se le ha educado respecto al tema, por lo que obviamente eso debería ser lo primero y fundamental.

Por último, las campañas van orientadas a las mujeres y dejan fuera a los hombres, y si los incluyen, tienden más a “acusarlos” que a hacerlos conscientes, generando esa sensación de que luchar por la equidad es estar en contra de los hombres; alimentando ese mismo discurso en muchos hombres.

Si de mí dependiese, pensando en la violencia hacia la mujer no extrema, las campañas debiesen estar dirigidas también a los hombres educándolos y visibilizando la violencia hacia lo femenino a través del humor. Por ejemplo, se ha jugado en Estados Unidos con entrevistar a celebridades masculinas como si fueran mujeres, entonces en vez de preguntarles por su trabajo, se les pregunta dónde compraron su ropa y accesorios, develando que a las mujeres se nos trata como un objeto sexual. Otro buen ejemplo es el vídeo que se creó para develar la inequidad en respuesta al recordado “incidente” del profesor Robert Kelly, interrumpido por sus hijos mientras daba una entrevista a la BBC. Luego se publicó un video con qué hubiese ocurrido si el profesor fuera mujer, donde con humor se devela que las mujeres estamos a cargo de muchas labores del hogar de manera simultánea al trabajo. En lo personal, la vía del humor para educar me parece relevante, en tanto no ataca, bajando resistencias y generando una apertura a recibir la información y a “abrir los ojos”. 3. O más bien quienes diseñan y aprueban las campañas han creído que era un camino correcto ¿Cuál es tu su visión en este ámbito? Yo supongo que si las aprueban, es porque ven valor en ellas, porque creen que son correctas. Supongo, por lo que he visto, que no hay consciencia del error. Ahí tenemos el caso de la muñeca inflable regalada en un evento a una alta autoridad de gobierno, “para estimular la economía”. Semejante descalabro fue el último eslabón de una cadena de errores: alguien debió proponer la idea, alguien la

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aprobó, otro la compró, otro la llevó al escenario, otro la obsequió y otro la aceptó. 4. Casi a modo de una hipótesis de trabajo y desde tu experiencia ¿En qué grado los discursos y prácticas de la población se vinculan con la publicidad? Se vinculan sólo cuando conviene. Por lo general, la publicidad aún avala el machismo y protege al hombre, ningún publicista ni su cliente, por lo general ambos hombres, aceptarían algo así: el “grueso” de la publicidad no muestra que somos tratadas como objeto por los hombres, por ejemplo. Todo lo contrario, aún en la mayoría de las campañas publicitarias, las mujeres somos las que realizan las labores de aseo y crianza del hogar, las que tenemos que estar guapas y atractivas, etc. Y por lo general la publicidad no devela que los hombres, por estar restringidos por el machismo, son inexpertos en roles más femeninos. Es una cofradía: los creativos publicitarios no hablan “mal” de los hombres porque generalmente sus clientes también son hombres. Esto también alcanza a la industria de la televisión en su conjunto. Hace apenas unos meses atrás vi cómo una propuesta de formato docureality donde los hombres debían quedar al cuidado de los niños y encargados de las labores domésticas, fue desechada tras sucesivas modificaciones exigidas por los ejecutivos del canal (hombres) para evitar lo que para ellos era la ridiculización del género masculino, al dejar en evidencia la diferencia de expertise entre hombres y mujeres para desarrollar las tareas de crianza y administración del hogar. 5. Se ha dicho ya hace muchos años que el mercado cosifica a la mujer ¿Qué piensas al respecto? Más que el mercado, es la publicidad de ese mercado. Estoy totalmente de acuerdo. Es evidente. Un gran ejemplo es Dolce & Gabbana y su gráfica con una mujer en el piso afirmada por un hombre semi desnudo, mientras otros miran la situación. La mujer es sumisa, está en inferioridad, un objeto que queda sujeto al deseo masculino. Y en el mercado televisivo también se puede notar. Estamos llenos de realities con tomas de ángulos sexuales de las mujeres, a diario vemos que a las conductoras de programas las hacen desfilar o dar una vuelta para mostrar sus atributos físicos, por ejemplo. Como consecuencia, las mujeres “del mundo real” debemos luchar con no parecer inmorales y elegimos a diario nuestra vestimenta,

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para no caer en esa sospecha. Por el contrario, el hombre no tiene ese lugar: el hombre debe demostrar que es competente, no moral. Las mujeres sentimos la obligación de presentarnos como sujetos morales en respuesta a toda la cosificación que nos cae encima. 6. Teniendo presente lo que planteas ¿Cómo habría que desarrollar una publicidad sensible al género y los derechos humanos? Una publicidad sensible al género y los derechos humanos es una publicidad feminista, es decir, donde se da un escenario de igualdad de derechos para cualquier persona, indistintamente de su género, y con ello incluyo a la población LGBTTTI. Los derechos humanos son transversales: lo lógico es que el tratamiento por género sea transversal y equitativo también. En específico, esto implicaría renunciar a los modelos machistas de representar a la sociedad. Aunque sinceramente veo que es algo casi imposible mientras las agencias de publicidad no se eduquen en enfoque de género.

Pensando en la producción publicitaria, lo ideal sería tener campañas orientadas a sensibilizar y educar en enfoque de género; algo que se puede hacer directamente como parte de la agenda de un ministerio, por ejemplo; o indirectamente en las representaciones de género de los argumentos y personajes utilizados.

Si de mí dependiese, entendiendo que mucho se habla de patriarcado y machismo, pero no hay lineamientos claros respecto a qué se refiere, por lo que cada persona puede interpretar a su antojo, se debe educar a la población con ejemplos claros y sencillos los ámbitos donde lo femenino resulta subordinado y violentado. Y volviendo a tu primera pregunta, yo optaría por involucrar más a los hombres, dirigirse a ellos, hablarles directamente, pero sin atacarlos o culparlos, sino que empatizando. Todo lo que se aprende se puede reaprender, pero para ello se deben bajar las resistencias involucrándolos. Para ello, yo partiría con una campaña que demuestre cómo a los hombres les afecta el machismo en sus derechos, y luego haría una que demuestre cómo nos afecta a las mujeres en nuestros derechos.

Por último, como ejemplos de educar de una manera simple y sencilla, y a la vez lúdica, me gustaría destacar las propuestas más artísticas al respecto, siendo esta vía una expresión que me parece interesante de profundizar y financiar. Dirigida a hombres, me parece notable

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la propuesta que se hizo en el metro de México donde se puso un asiento con un pene, donde los hombres al sentarse sin notarlo, leían a los pies que eso no era nada en comparación al acoso que sufren las mujeres en el metro; la denominaron #NoEsDeHombres. Otra iniciativa interesante es #morewomen, donde se tomaron fotos de reuniones de líderes y se borraron a los hombres, graficando claramente que las mujeres somos minoría. 7. ¿Quiénes serían los actores principales para ese cambio cultural? Honestamente creo que este cambio viene con las nuevas generaciones. Para un niño es una locura decir que las mujeres están subordinadas. En ellos hay paridad.

Entendiendo que los modelos se reproducen en el hogar, es necesario que el cambio esté dado en las instituciones educativas. La educación en género debiese ser una materia a trabajar en el currículum, de manera obligatoria, tanto en la infancia como en la adolescencia, sobre todo en la etapa que comienzan las relaciones de pareja.

No obstante, lo ideal sería que la educación al respecto involucre todos los espacios posibles, no sólo la escuela, porque ello es darse por vencido y renunciar a proteger a las poblaciones que en este momento están más vulnerables. 8. En tu opinión ¿las nuevas tecnologías de información que oportunidades ofrecen para la prevención de la violencia contra la mujer? Muchísimas. Hay muchas aplicaciones orientadas a educar sobre la violencia contra las mujeres, que incluso permiten evaluar la propia relación de pareja; y hay otras aplicaciones para la violencia extrema, que permiten denunciar y generar redes de apoyo frente a ella. Algunos ejemplos son “Enrédate sin machismo”, “Liad@s”, “YgualeX” y “Libres”. En mi opinión, la urgencia en nuestro país debiese estar en una aplicación para generar redes de apoyo en caso de violencia física, para generar mejores tiempos de ayuda en caso de peligro. La violencia física es real, ocurre en este mismo momento y si bien hay que prevenir, yo pongo la prioridad en defendernos y protegernos creando un sentido de comunidad a través de redes de apoyo. Pongo como grandes ejemplos de la necesidad de ello, primero, aquí en Chile, una noticia que se difundió hace unas semanas de

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unos vecinos que, a través de una nota, amenazan a un hombre que maltrata a su mujer, diciéndole que si ello se reitera, la comunidad lo castigará. El otro ejemplo, aunque es radical pero nos dice mucho, es una organización de mujeres en India que se apodan Gulabi Gang, que se reúnen para golpear con palos a hombres violadores o que maltratan a sus esposas. Desde este año, en India es obligación usar una aplicación para ayudar en caso de violencia. Me parece que estos ejemplos, siendo los que podría citar muchos más, hablan de la urgencia de generar protección desde la comunidad, y es allí donde yo priorizo enfocar los esfuerzos. Insisto, se trata de una urgencia vital. En Chile, el año pasado tuvimos una cifra un poco mayor a 17.000 víctimas de delitos sexuales, los femicidios consumados han aumentado en un 12% y los frustrados un 44%, y tuvimos cerca de 73.000 mujeres víctimas de VIF. 9. En esto que propones acerca de las aplicaciones en el tema de violencia ¿cómo ha sido la recepción de esta idea? Estas aplicaciones que menciono han tenido gran acogida y han demostrado ser realmente eficaces. Sin embargo, en Chile aún estamos “al debe”, falta desarrollar iniciativas similares. Felizmente, he visto que la sociedad civil y los organismos públicos que están en conocimiento de estas aplicaciones, están sensibles a la relevancia de desarrollarlas a corto plazo. 10. ¿Cómo se podría vincular la tecnología y su publicidad en un compromiso de prevención de la violencia contra las mujeres? Insisto que el compromiso de la tecnología y la publicidad deben direccionarse a educar y generar redes de apoyo. El acceso a esta tecnología debe ser siempre gratuito, de manera de ser útil transversalmente. Por otra parte, con la tecnología sabes perfectamente quien es el usuario del momento. Me parece que la publicidad debe ir en busca del potencial victimario o víctima, teniendo en cuenta el rango de edad, con campañas diferenciadas para adolescentes y para adultos. Por último, me parece que la tecnología y la publicidad debiesen comprender al suicidio femicida como parte de la violencia extrema, ya que se puede deducir que hay más suicidios por estar en una relación de violencia que femicidios consumados. Personalmente, como psicóloga, me gustaría que existiese una aplicación para

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evaluar la salud mental de una mujer que sufre violencia por parte de su pareja y que pueda determinar el riesgo de suicidio, para así generar las redes de apoyo necesarias para prevenirlo. Quiero finalizar, agregando que para prevenir femicidios y suicidios femicidas, es importante ayudar a las mujeres a eliminar la variable de la dependencia económica al agresor. Para ello me imagino una aplicación de ofertas de trabajo exclusivas para mujeres víctimas de violencia, pudiendo acceder con alguna clave que les den al realizar una denuncia.

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PARTE IV. COOPERACIÓN SUR-SUR ANTE LAS VIOLENCIAS EXTREMAS DE GÉNERO: PERSPECTIVAS, APORTES, DESAFÍOS Y APRENDIZAJES



CAPÍTULO 11.

La violencia extrema de género y la mirada desde la Cooperación Sur-Sur: aportes y desafíos1 Ana María Portales Cifuentes, Gloria Yáñez Figueroa y Pierre Lebret

Introducción En el actual contexto internacional, las orientaciones que aporta la Agenda de Desarrollo al 2030 a nivel mundial, y sus correspondientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), plantean claramente una convergencia de intereses para combatir la desigualdad en el mundo, en todas sus expresiones, considerando, entre los 17 ODS establecidos por la comunidad internacional, medidas específicas para alcanzar la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas (ODS N° 5). Esto se refuerza, a partir de las medidas comprometidas por Chile en el marco de Naciones Unidas, para cumplir con informar sobre el avance del país, así como también, con lo estipulado en las obligaciones derivadas del marco internacional de derechos humanos de las mujeres e igualdad de género (CEDAW)2, así como lo acordado para el seguimiento de la Plataforma de Beijing+20, entre otras obligaciones internacionales relacionadas con el enfoque de género y empoderamiento de las mujeres. En este ámbito, la cooperación internacional para el desarrollo nos debe permitir, avanzar de manera más integral en el cierre de las brechas estructurales existentes en cada uno de nuestros países. Ello incluye, trabajar con firmeza para garantizar los derechos de equidad de género y de las mujeres, promoviendo esfuerzos para su activa y amplia participación en todos los ámbitos de la sociedad.

1

2

Las autoras expresan su agradecimiento a Juliana Zedán, Daniel Castillo y María del Pilar Álvarez, que como colegas involucrados de AGCID, participaron en el grupo de estudio y seminario internacional sobre femicidio y suicidio por razones de género del año 2016. Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU (CEDAW).

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Estas buenas prácticas y conocimientos compartidos entre los países, involucran a diferentes niveles de la administración pública y refuerzan el Estado, en una relación que se define en términos de mutuo beneficio, para quienes hacen parte de la transferencia técnica, construyendo relaciones de cooperación y aprendizaje en el tiempo, que involucran desde su génesis, el enfoque de derechos humanos, y de las mujeres. La cooperación técnica implementada desde el Sur, ha aumentado su aporte y valor agregado en el ámbito internacional - debido a que los países oferentes de Cooperación Sur-Sur, como es el caso de Chile, promueven la trasferencia de experiencias concretas, aplicadas, comprobadas y relevantes para los países que así lo requieren, enfocados en la alineación de las acciones con las necesidades que se han tenido presentes al solicitar expertos/as, que transfieran soluciones innovadoras, con mayor apropiación y sostenibilidad. A nivel nacional, el programa de Gobierno de Chile (2014-2018), compromete una “Nueva Agenda de Género basada en los derechos, igualdad y autonomía de las mujeres, impulsada por una institucionalidad renovada y de mayor rango”. El 1º de junio del año 2016, inicia sus funciones el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, para situar la igualdad entre mujeres y hombres al más alto nivel en la agenda política, reinstalando además, el Consejo de Ministros y Ministras para la Igualdad de Oportunidades. En consonancia con este mandato y prioridad gubernamental, la estrategia institucional de AGCID 2015-2018, compromete incorporar un enfoque dual en materia de género, como una temática transversal, y como área prioritaria, lo que ya se viene trabajando en las negociaciones, en el marco de la Cooperación Sur-Sur y Triangular de Chile. Esto forma parte de las nuevas orientaciones explicitadas por la cooperación chilena, como un aporte y compromiso con un desarrollo inclusivo y sostenible al año 2030. En el presente documento, se quiere destacar, en particular, los avances en materia de cooperación técnica chilena, a partir de la definición estratégica en torno al género que ha impulsado AGCID, en su doble dimensión, sectorial y transversal, en el marco de la nueva política chilena de cooperación al desarrollo, que incorpora el enfoque de derechos humanos y de género. Como parte de ello, desde el año 2015, se viene realizando un trabajo de colaboración público-académica, entre AGCI, luego como AGCID

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Agencia Chilena para el Desarrollo y la sede en Chile de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO-Chile), en la que se definió un trabajo conjunto en los temas de género y la contribución desde la cooperación Sur-Sur chilena. Este esquema de trabajo con la academia, tuvo una etapa de preparación, en donde AGCID participó activamente en una instancia de reflexión y aprendizaje con los actores públicos relevantes a nivel nacional, como paso previo al Seminario Internacional, realizado entre el 28 y 29 de noviembre de 2016, sobre “Violencia Extrema de Género contra las Mujeres: Femicidio y Suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y Aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur”. La conclusión de este trabajo conjunto corresponde a la publicación del presente libro. A continuación, se revisan los antecedentes que permitan comprender la mirada de la cooperación Sur-Sur y la manera de abordar el fenómeno específico de la violencia extrema de género, con una primera aproximación sobre la relación dinámica de la cooperación internacional al desarrollo y el género, dando cuenta de los principales hitos de la agenda internacional en esta temática y con énfasis en los aportes regionales de América Latina y el Caribe. Posteriormente, se abordan los principales desafíos de los compromisos internacionales de desarrollo, enfocados en la desigualdad y el género, establecidos a partir del compromiso definido en la Agenda de Desarrollo 2030 y los medios requeridos para apoyar acciones en esta línea, tanto desde la cooperación tradicional como desde las modalidades emergentes del Sur, que complementan y dinamizan los esfuerzos nacionales. A continuación, se revisa el caso de Chile en materia de desarrollo humano y género, relevando este enfoque como parte de la definición actual de la cooperación chilena, muy vinculada a esta convergencia temática, en tanto componente de la política exterior. Se describen algunas iniciativas en curso, que contribuyen a aminorar los procesos en torno a las inequidades, brechas y barreras de género y en especial, su aporte específico a los temas de violencia extrema contra la mujer. Finalmente, se presenta un breve análisis de la relación entre la cooperación Sur-Sur y la temática de la violencia extrema de género, dando cuenta de las dificultades que se mantienen en la actualidad para abordar los temas de género en la cooperación internacional.

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Género en la cooperación internacional para el desarrollo: una relación dinámica El tema del desarrollo, como concepto amplio, constituye una apuesta transformadora, no sólo teórica sino que, enfocada concretamente a la dignidad de las personas y sus condiciones, reconfigurando de esta manera, el trabajo de la cooperación internacional al servicio del desarrollo desde un enfoque sistémico, que pone énfasis en la interdependencia de los problemas de desarrollo y en la articulación de las agendas para el cambio social. A nivel internacional este proceso se vio acompañado por una serie de foros y encuentros importantes, en las cuales se deciden las rutas de las políticas globales y se da visibilidad al tema de género en la Cooperación Internacional al Desarrollo (CID). En perspectiva histórica, a mediados del siglo XX, en el discurso sobre desarrollo ya instalado en las políticas de los países industrializados, las desigualdades de género como tema, fue prácticamente inexistente, como afirma un documento reciente: “Los primeros estudios sobre el impacto de la modernización constataron que las mujeres, no solo habían estado ausentes de las acciones y los beneficios del desarrollo, sino que hasta veían empeorar su estatus familiar y social. Por consiguiente, las feministas buscaron hacer visible el aporte de las mujeres al desarrollo, y lograron demostrar que los planificadores del desarrollo habían actuado bajo estereotipos sobre las mujeres y su papel productivo” (Rabea, 2015, p. 6). Luego, en los años setenta, dando cuenta de esta preocupación, nace el enfoque denominado Mujer en el Desarrollo (MED), centrado principalmente en esfuerzos para combatir la pobreza e integrar a las mujeres al desarrollo a través del rol productivo. En los años ochenta, se produce una transición de este enfoque MED hacia un enfoque llamado de Género y Desarrollo (GED), que busca integrar de mejor manera la aproximación a esta problemática, al considerar, las relaciones de género y las interacciones con otras formas de diferenciación social, como clase, etnia o edad. Con posterioridad, en los años noventa, se observa que en las décadas anteriores no se habían logrado los cambios previstos, generando un nuevo enfoque para la cooperación internacional, denominado Género en el Desarrollo (GED), que se ocupó del análisis de las estructuras

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sociales, así como de los procesos y relaciones de poder, que producen e incrementan desigualdades sociales entre los géneros, surgiendo el enfoque de empoderamiento de las mujeres en esta línea. Del mismo modo, este enfoque GED impulsa la introducción de la perspectiva de género al interior de las instituciones públicas, incorporando el tema en los procedimientos de planeación y evaluación, dando origen al enfoque de la transversalización de género (Gender Mainstreaming). “Estos dos enfoques –empoderamiento y transversalización– bajo el paraguas del GED existen hasta el día de hoy y reconocen, primero, la importancia de transversalizar la perspectiva de género al observar las relaciones sociales en todos los procesos de desarrollo y, segundo, subrayan la necesidad de apoyar específicamente a las mujeres debido a la persistencias de las desigualdades de género” (Rabea, 2015, p. 6). a)

Principales hitos en la agenda internacional de desarrollo y género

Entre los hitos más relevantes de la agenda internacional en materia de género y desarrollo, se debe mencionar el año 1975, en que se celebró el Año Internacional de la Mujer y la primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en México, que marca el comienzo del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1975-1985). Posteriormente, la Conferencia Mundial se celebra cada cinco años: en Copenhague (1980), Nairobi (1985), y Beijing (1995). A ésta última le han seguido, una serie de exámenes quinquenales. En cuanto a instancias especializadas en materia de género para la Cooperación Internacional al Desarrollo (CID), se deben consignar como un hito relevante en la década de los noventa en el plano multilateral, la creación del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU (CEDAW, 1992), que tiene como objetivo, evaluar de manera regular los progresos y eventuales retrocesos alcanzados por los países miembros. A continuación, se desarrolla la Conferencia de Derechos Humanos de Viena, donde explícitamente, y por primera vez, se reconocieron los Derechos de las Mujeres como Derechos Humanos (1993) y la Declaración y Plataforma de Pekín (1995). En relación al tema específico del femicidio, se debe destacar la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (ONU) y

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la Convención de Belém Do Pará3, que comprometen a los estados y a la comunidad internacional, para realizar acciones dirigidas especialmente a favor de las mujeres, para que puedan contar con oportunidades de mayor bienestar y acceso a una vida libre de violencia. Posteriormente, con la Declaración del Milenio de la ONU (2000), se dio un paso más articulado a nivel de la comunidad internacional, hacia la erradicación de la desigualdad entre los géneros, estableciendo para el año 2015 los objetivos 3 y 5 como prioritarios en cuestiones de género. Además, se reconoció la necesidad de integrar la perspectiva de género de forma efectiva en cada uno de los objetivos. En este sentido, los esfuerzos de las Naciones Unidas son un buen ejemplo de una estrategia de doble vía, de empoderamiento por un lado y de instalar de modo transversal la perspectiva de género, por otro. Sin embargo, la señal más fuerte de institucionalización del tema a nivel multilateral, se produce el año 2010, cuando se crea ONU Mujeres, como una entidad específica, para el seguimiento en cuestiones de igualdad de género. En la actualidad, los estados miembros deben informar avances y dar seguimiento al compromiso actual sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) al 2030, que considera el enfoque transversalmente, y además estipula un ODS especifico (N° 5), para lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a las mujeres y las niñas. Según un reciente documento de Naciones Unidas, un enfoque amplio para la realización de los derechos humanos de las mujeres y las niñas debe reconocer también las sinergias y la interdependencia entre los derechos. Por ejemplo, la realización de un derecho, como el derecho de la mujer al trabajo, puede facilitar la realización de otros, como el derecho a un nivel de vida adecuado. Por el contrario, la negación de los derechos en una esfera, como la falta de acceso a instalaciones de saneamiento seguras e higiénicas, puede repercutir en el disfrute de otros derechos, como los derechos a la salud y a no sufrir violencia4.

3

4

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, OEA, 1994. Recuperado en: http://undocs.org/es/E/CN.6/2017/4

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b)

Aportes a la Agenda de Desarrollo 2030 y el género en América Latina

La implementación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) entre el año 2000 y 2015, tuvo un gran avance en el alcance de sus metas en América Latina y el Caribe, gracias al activo compromiso de los países en la región, principalmente a través de los presupuestos nacionales, pero no exclusivamente: “Adicionalmente, la cooperación internacional para el desarrollo (CID), y de manera particular la Cooperación SurSur (CSS) y Cooperación Triangular (CT), constituyeron herramientas relevantes para acelerar el proceso hacia el cumplimiento de los Objetivos y maximizar los resultados” (SEGIB, 2016 p. 29). Desde la perspectiva regional de la cooperación internacional y la agenda por la igualdad de género, la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) señala en un reciente informe, que en el Consenso de Lima (2000), los acuerdos se concentran en los mecanismos de la cooperación bilateral y multilateral, sobre la base del respeto mutuo y la promoción del intercambio de experiencias. Con posterioridad, en el Consenso de México (2004), se acuerda promover la cooperación internacional para apoyar las actividades de los mecanismos para el adelanto de la mujer, lo que incluye la participación de organismos especializados de Naciones Unidas promoviendo la igualdad de derechos y la creación de oportunidades para las mujeres en la región. Finalmente, en el Consenso de Brasilia, junto con fomentar las acciones multilaterales: “Se introduce la cooperación Sur-Sur y la necesidad de fortalecerla para avanzar en la agenda. En el Consenso de Santo Domingo se da un paso adelante, puesto que se insta a que los donantes cumplan sus compromisos en materia de asistencia oficial para el desarrollo como un elemento esencial para la igualdad de género, respetando la autodeterminación de los países” (CEPAL, 2016, p. 28). Como señal de coherencia, en febrero de 2017, se profundiza e integran los esfuerzos en materia de fortalecimiento de los marcos normativos que favorezcan los derechos de las mujeres y la igualdad de género, lo que se plasma en la firma de un convenio entre la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) y ONU Mujeres5, como respuesta a las

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Recuperado en: http://segib.org/agenda/firma-de-convenio-entre-segib-y-onu-muje res/

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numerosas colaboraciones realizadas en 2016, y debido al interés por continuar trabajando conjuntamente en éste ámbito que incluye, como uno de los tres ejes principales, la eliminación de todas las formas de violencia. En lo que concierne al tema central de violencia extrema de género, que se aborda como fenómeno cada vez más visible en el presente libro, ya en el año 2012, la SEGIB incluía una declaración específica sobre el tema: “Reconocen como un avance la tipificación del delito de femicidio/ feminicidio que algunos países Iberoamericanos han lIevado a cabo y encomiendan a la Conferencia de Ministros de Justicia de Países Iberoamericanos estudiar experiencias comparadas sobre la materia de tipos penales. Reconocen la importancia de que foros intergubernamentales, como la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe de la CEPAL, y movimientos de mujeres discutan el tema y consensuen acciones para enfrentarlo”6 (SEGIB, 2017). En esta línea, un hito relevante a nivel latinoamericano, se produce en Montevideo, entre el 25 y 28 de octubre de 2016, con la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, organizada por la CEPAL, y el apoyo local del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Nacional de las Mujeres de Uruguay, para reforzar y establecer una estrategia regional para la implementación del Consenso de Santo Domingo. La Conferencia se centró en la igualdad de género, la autonomía de las mujeres y el desarrollo sostenible, y los avances para su implementación, considerando los desafíos de la Agenda Regional de Género en el contexto de la implementación de la Agenda 2030 y los Objetivos del Desarrollo Sostenible. Según el documento final “La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es sinérgica con la agenda regional de género. En la Declaración que figura en la Agenda 2030 se establece que los Estados tienen la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos humanos (párrafos 10, 19, 35), y se reconoce que la consecución de la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de las mujeres y las niñas contribuirá decisivamente al progreso respecto de todos los objetivos y metas y que para ello es crucial la incorporación sistemática de una perspectiva de género en la implementación” (CEPAL, 2016, p. 20). 6

Recuperado en: http://segib.org/wp-content/uploads/09-COMESP-FEMINICIDIOESP.pdf

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La estrategia regional o denominada estrategia de Montevideo, es un instrumento político-técnico que complementa la Agenda 2030, y busca dar un salto cualitativo hacia la puesta en marcha y el fortalecimiento de políticas públicas multidimensionales e integrales para garantizar los derechos humanos y la autonomía de las mujeres y alcanzar la igualdad de género en América Latina y el Caribe. Es un instrumento cuyo alcance compromete a toda la estructura estatal y que reconoce el liderazgo de los mecanismos para el adelanto de las mujeres. Las medidas incluidas requieren el compromiso y la participación activa de los ministerios sectoriales, las entidades de planificación y presupuesto, los organismos descentralizados, los parlamentos y el poder judicial, entre otros actores gubernamentales. Además de reconocer el valor de la sociedad civil y las empresas a estos fines. “Los puntos de contacto entre los medios de implementación de la Agenda 2030 y los ejes para la implementación de la Estrategia de Montevideo son múltiples. La Agenda 2030 incluye un objetivo dedicado a fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible (ODS 17) y metas específicas de implementación en los otros 16 Objetivos” (CEPAL, 2016, p. 20). Entre los nudos estructurales que se definen en la Estrategia de Montevideo, se encuentran: • La desigualdad socioeconómica y la persistencia de la pobreza. • Los patrones culturales patriarcales discriminatorios y violentos y el predominio de la cultura del privilegio. • La división sexual del trabajo y la injusta organización social del cuidado. • La concentración del poder y las relaciones de jerarquía en el ámbito público. Dentro de las medidas (74) concebidas en dicho encuentro regional, existe un punto específico relacionado con la construcción y fortalecimiento de capacidades estatales para lograr una gestión pública basada en la igualdad y la no discriminación, que señala; “La implementación de la agenda regional de género implica el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales y de los recursos humanos que diseñan y ejecutan las políticas en todos los niveles estatales. Las capacidades institucionales se fortalecen a través de la planificación, la gestión y el seguimiento de las políticas, asegurando la coherencia entre las

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políticas de igualdad de género y las políticas de desarrollo. Entre los instrumentos para el fortalecimiento de los recursos humanos se destacan la capacitación, el intercambio de experiencias, la transferencia de conocimientos y la asistencia técnica a nivel nacional, regional e internacional” (CEPAL, 2016, p. 17). Asimismo, se señala entre otras medidas, aquellas vinculadas a la cooperación internacional, para avanzar hacia una gobernanza multilateral democrática, que definen desde una perspectiva geográfica: “Los países de América Latina y el Caribe y la comunidad internacional están llamados a cooperar y brindar asistencia, de acuerdo con sus capacidades y recursos, para apoyar los esfuerzos encaminados a alcanzar la igualdad de género y garantizar los derechos de las mujeres. Los acuerdos de cooperación para el cumplimiento de la agenda regional de género pueden ser de carácter técnico, científico, financiero, de transferencia de tecnología o capacidades. La cooperación regional, la cooperación Sur-Sur y la cooperación triangular complementan, pero no sustituyen, a la cooperación Norte-Sur y se basan en los principios de horizontalidad, no condicionalidad y beneficio mutuo” (CEPAL, 2016, p. 20). Finalmente, en esta línea de propósitos planteada en la estrategia regional, se destacan aquellas medidas relacionadas con los sistemas de información, para transformar datos en información, información en conocimiento y conocimiento en decisión política.

Compromisos internacionales de desarrollo: foco en la desigualdad y el género A nivel global, incluso considerando los avances obtenidos en la reducción de la pobreza, se constata que las desigualdades se han incrementado, aumentando más la brecha entre ricos y pobres entre los países, pero también se han evidenciado al interior de los países las desigualdades, y en ello, los actores internacionales, destacan la persistencia de las brechas de género. Como ya se destacó, Naciones Unidas ha mantenido y profundizado su compromiso multilateral en materia de igualdad de género, y cuenta para ello, con una entidad dedicada exclusivamente al tema de género y el empoderamiento de la mujer. Un hecho a destacar en este contexto,

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es que la actual Presidenta de Chile, Michelle Bachelet, asumió el liderazgo de ONU Mujeres, entre los años 2010 y 2013, destacando el apoyo a las instancias intergubernamentales como es la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW) en su formulación de políticas, estándares y normas mundiales, coordinando el trabajo con otras agencias, y promoviendo la rendición de cuentas, a través del monitoreo periódico de los avances dentro del sistema multilateral. a)

Una agenda universal que integra lo social, ambiental y económico

Al principio, la pobreza fue entendida como un asunto exclusivamente de ingresos, siendo el foco de las acciones internacionales vinculadas al desarrollo. Esto cambia en el año 2015, y la superación de la(s) desigualdad(es), se constituye(n) como un eje central de los esfuerzos para el logro del bienestar humano y del planeta, sobre la base de un crecimiento sostenible e inclusivo, que busca romper la tradicional fragmentación de esfuerzos en y entre los países, en torno al desarrollo como un tema de múltiples dimensiones, como una cuestión imprescindible, para el logro de las ambiciosas metas delineadas y suscritas por la comunidad internacional. Si bien los países, declaran que están comprometidos en no retroceder en los logros alcanzados en torno a la disminución de la pobreza, y a la vez, avanzar en las dimensiones social, ambiental y económica que plantea la Agenda 2030, el carácter universal e indivisible, supone una tarea mucho más compleja y transformadora, que debe ser asumida, de modo coherente, por múltiples actores y en distintos niveles territoriales. Por esta razón, la región de América Latina y el Caribe, en el actual marco que brindan los ODS, se enfrenta sin duda a una oportunidad pero también a un desafío, para mantener y reforzar los alcances logrados en materia de un desarrollo integral para hombres y mujeres, en un complejo escenario de incertidumbre y baja del crecimiento económico mundial, en especial para países exportadores de materias primas, como es el caso de la mayor parte de los países que hacen parte de esta región.

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b)

Complementariedad de los esfuerzos internacionales al desarrollo y la cooperación Sur-Sur

En paralelo a la disminución de recursos de cooperación internacional para el desarrollo asignados a Países de Renta Media (PRM), que afecta notoriamente a la región latinoamericana y Caribeña, se fortalece la Cooperación Sur-Sur y Triangular como un modelo estratégico de relación para los países del Sur, y como un mecanismo innovador, que permite hacer converger esfuerzos de diversos actores, lo que calza con el interés planteado en la Agenda de Desarrollo, en lo que corresponde al ODS 17, que busca fortalecer las asociaciones para el desarrollo, apelando a la integración de actores diversos en torno a lo que se califica como bienes públicos, globales y/o regionales. Como lo plantea la SEGIB, organismo Iberoamericano: “La implementación de la Agenda 2030 y el logro de las metas globales servirán como horizonte para el accionar de las instituciones nacionales, y tendrá impacto en la arquitectura de la gobernanza global. He ahí una primera y prioritaria área de oportunidad de contribución de la CSS y CT a la Agenda 2030, es decir la adecuación de dicha gobernanza a la consecución de los ODS y sus medios de financiamiento e implementación” (SEGIB, 2016, p. 31). Se debe tener presente además, que el valor de la CSS y CT trasciende las consideraciones puramente financieras, ya que su principal distinción respecto de la tradicional cooperación internacional al desarrollo, es que representa un mecanismo de gestión de conocimiento entre pares. Sin embargo, su real dimensión no está claramente establecida, por la diversidad de formas que adopta esta modalidad de cooperación, en torno a la creación de capacidades y al fortalecimiento de las políticas públicas. La CSS contribuye además, a profundizar procesos de integración entre los países que se hacen parte: “En América Latina y el Caribe, en particular, se ha visto una mayor fortaleza en las capacidades de los países para realizar CSS y un creciente interés por participar en proyectos intra y extra regionales, incidiendo en la mejora de la calidad e impacto de las acciones y logrando un fuerte posicionamiento regional” (SEGIB, 2016, p. 33).

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En una reciente reunión de trabajo regional, dedicada a la cooperación internacional en el marco de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC)7, el foco de los acuerdos estuvo en la política de Cooperación Sur-Sur y Triangular, comprometiendo a los estados, para avanzar en la definición de un marco común y desarrollar una estrategia regional, para incidir en los procesos regionales y globales que permita, promover el acceso a los flujos de cooperación para el desarrollo multidimensional, y hacer frente al proceso de graduación de los países de renta media, así como la implementación de proyectos con impacto en el corto y largo plazo. En estos acuerdos, queda planteado, como un desafío importante, avanzar en la preparación de un posicionamiento regional relativo al papel de la cooperación Sur-Sur en el marco de la Implementación de la Agenda de Desarrollo 2030 y el Cumplimiento de los ODS. Este tema, junto a otros, será debatido también, en el Comité de Cooperación Sur-Sur de la CEPAL, previsto para celebrarse en la Ciudad de México en abril de 2017, con el objetivo de avanzar en una definición estratégica del tema. Pese a lo anterior, en la región latinoamericana, el tema de género sigue siendo considerado un aspecto exclusivamente sectorial en las temáticas de la Cooperación Sur-Sur y Triangular. Aunque está presente desde hace más de dos décadas en la agenda de trabajo de la cooperación internacional para el desarrollo, su expresión concreta sigue siendo mínima, lo que se refleja en la proporción de recursos financieros y técnicos dedicados. Así tenemos, que este tema a nivel Iberoamericano, alcanza sólo el 1.1% de un total de 900 iniciativas bilaterales y triangulares implementadas en el año 2014, tanto a nivel de proyectos como de acciones directas, establecida como ‘otra dimensión sectorial’, junto a la cultura, y caracterizada como: programas y proyectos que relacionen mujer y desarrollo, fomento y apoyo a grupos y organizaciones de mujeres8.

7

8

IV Reunión del Grupo de Trabajo de Cooperación, realizada en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, los días 12 y 13 de enero de 2017. Informe de la Cooperación Sur-Sur en Iberoamérica, Secretaría General Iberoamericana, septiembre 2016.

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c)

Nuevas perspectivas que integran la violencia y el género en Latinoamérica

América Latina y el Caribe figura en la actualidad, como la región más violenta del mundo, concentrando un 9% de la población mundial, pero registrando un 33% de los homicidios a nivel global, con una ligera tendencia ascendente. En razón de lo anterior, el fenómeno de la violencia constituye una prioridad para la ciudadanía, y tal como señala un informe del Banco Interamericano de Desarrollo en Jaitman “…el crimen y la violencia imponen costos significativos a la economía y constituyen una amenaza severa para el desarrollo económico de los países” (2016, p. 4). El mismo estudio afirma que: “Los niveles de homicidios en la región no solo son altos sino que también se observan tendencias preocupantes. Si bien en numerosas regiones (como en el África subsahariana) la tendencia de homicidios disminuye, ALC es la única región donde la violencia sigue siendo alta y ha seguido aumentando desde 2005” (p. 4). Específicamente, el BID señala que: “La Violencia Contra la Mujer (VCM) abarca muchas formas de violencia, desde el abuso psicológico hasta el femicidio, e incluye una amplia gama de delitos, desde violencia doméstica hasta agresión sexual. Según la OMS (2013), el 29.8% de las mujeres de ALC ha experimentado violencia física y/o sexual durante su vida, el 11.9% ha sufrido violencia no íntima y el 10% de las víctimas de homicidios en la región son mujeres. Estas altas cifras ilustran la gravedad del problema. También generan altos costos en términos de bienestar. La VCM tiene innumerables costos intangibles e indirectos que son difíciles de medir, incluidos los impactos negativos en los indicadores de salud de las mujeres y los niños. Incluso los costos directos son graves…Dado que las tasas de homicidios femeninos en la región son casi dos veces más altas que el promedio mundial de 2,3 homicidios femeninos por 100.000 mujeres, generan costos directos que ascienden al 0.31% del PIB para la región frente al costo total mundial del 0.12% PIB” (Jaitman, 2016, p. 8). Una tarea pendiente para nuestro país y la región latinoamericana, es seguir contribuyendo a la superación de las desigualdades de género y el ejercicio pleno de los derechos y la autonomía de las mujeres desde la perspectiva de la cooperación internacional para el desarrollo, y en ello, la Cooperación Sur-Sur y Triangular.

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Chile y su compromiso con la Agenda Global de Desarrollo 2030 A partir de la revisión de las tendencias sobre desarrollo y cooperación internacional en el último tiempo, incluyendo la perspectiva de derechos humanos y de género que las orientan, queda establecido que apuntan a un compromiso político de alto nivel de todos los países, como una exigencia creciente de coherencia de una actuación pública de calidad. Esto implica en lo sustantivo, transitar hacia el diseño y aplicación de políticas públicas, que integren de manera más efectiva y transversal, la perspectiva de desarrollo humano y género. En esta línea, Chile, al igual que otros países en la región latinoamericana, presenta avances y desafíos en la calidad y cobertura de sus políticas públicas. Lo anterior se da en un marco dinámico de implementación y debate intenso en el país, asociado a reformas de última generación, en donde los esfuerzos internacionales de cooperación, siguen siendo un elemento bienvenido por su efecto catalizador, al complementar y acelerar los procesos de ajuste y adecuación de políticas públicas, para asegurar de mejor manera, el bienestar y acceso en igualdad, de hombres y mujeres. En las últimas décadas, Chile ha consolidado su posición regional y global a través de mecanismos innovadores de financiamiento internacional para el desarrollo, lo que permitido diversificar la expresión en que se concreta la Cooperación Sur-Sur chilena, incorporando con fuerza la participación de la sociedad civil y su aporte al desarrollo, para avanzar en inclusión y sostenibilidad. Esto obedece a la certeza que, para profundizar el proceso de modernización estatal, resulta clave compartir e intercambiar conocimientos bajo la idea de mutuo beneficio, apostando a la formación y especialización de profesionales y técnicos, para contribuir con nuevos conocimientos a sus respectivas entidades y comunidades de referencia. Todo lo anterior, sustenta el trabajo institucional que se ha propuesto la Agencia Chilena de Cooperación Internacional (AGCI), a fin de avanzar en la ejecución de medidas progresivas y coherentes, para contribuir a un desarrollo de capacidades, que incorpora el enfoque de género en la implementación de la Política Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y su Estrategia definida para el período 2015-2018. Esto exige ser coherente en las acciones que se desarrollan en el exterior, en donde Chile debe devolver la generosa solidaridad que ha recibido, compartiendo aprendizajes y mejores prácticas de políticas públicas hacia países de igual o menor desarrollo que lo requieran.

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En dicho contexto, la Agencia se ha comprometido a incorporar la perspectiva de género en la política chilena de cooperación para el desarrollo, a través de las iniciativas desplegadas hacia Chile, como también aquellas realizadas hacia otros países, con prioridad en América Latina y el Caribe, en el marco de la Cooperación Sur-Sur y Triangular. La Presidenta Bachelet, señaló durante el lanzamiento oficial de esta política chilena de cooperación, en noviembre de 2015, que este planteamiento está en concordancia con los desafíos que plantean los ODS, aprobados en Nueva York, cuyo énfasis está centrado en la democracia y las personas. Forma parte de una respuesta coherente de la política exterior y de la cooperación chilena, y que es consistente con la tendencia de promover gobiernos más sensibles a las implicancias de la problemática del desarrollo, que en un amplio rango de desafíos recoge la Agenda 2030. a)

Activa participación internacional de Chile en derechos humanos y género

Chile en la actualidad, es miembro del grupo de amigos de la Resolución 1325 de Naciones Unidas, sobre la participación plena e igualitaria de las mujeres en todas las iniciativas de paz y seguridad. Desempeña un rol de liderazgo en la región al haber sido el primer país latinoamericano en lanzar un plan de acción nacional, cuya implementación se inició en el año 2009; compromiso que se reafirmó con un segundo plan de acción, en el que se definieron cuatro ámbitos y objetivos a cumplir en: prevención, participación, protección y socorro y recuperación en misiones de paz y conflictos armados o postconflictos. Como parte de ese compromiso, a 15 años del lanzamiento de la Resolución 1325 el Ministro de Relaciones Exteriores de Chile, recordó que en la Asamblea General de Naciones Unidas se abordó la igualdad entre los géneros, el desarrollo y la paz para el siglo XXI: “… ese año hubo un punto de inflexión en la relación de los temas de igualdad de género y marcó el inicio de un nuevo enfoque respecto del papel que le cabe a las mujeres en la preservación de la paz y la seguridad internacional”. Agregó que para nuestro país “la temática ‘mujeres, paz y seguridad’ es uno de los ejes prioritarios de la política exterior. Así lo hemos demostrado durante nuestra participación en el Consejo de Seguridad, instalando el tópico de

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mujeres y paz como un asunto transversal de la discusión de los grandes temas de la seguridad”9. Asimismo, se puede señalar en términos de compromisos internacionales y desarrollo, una activa participación de Chile en instancias multilaterales, cuestión coherente con el compromiso que se tiene también en materia de género. Prueba de ello, es el resultado en donde Chile es electo por la totalidad de los miembros del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC) para integrar la Junta ejecutiva de ONU-Mujeres para el período 2017-2019. Nuestro país ocupa uno de los puestos asignados para países en desarrollo que son contribuyentes de dicho órgano, asegurando así una representación ampliada para la región Latinoamericana y del Caribe10. Ésta instancia, proporciona orientación al Secretario General Adjunto sobre el trabajo operacional de ONU-Mujeres, asegurando que sus actividades y estrategias sean consistentes con la orientación política general establecida por la Asamblea General del ECOSOC. Además monitorea el desempeño de la organización y aprueba sus planes estratégicos, programas y actividades, incluido aquellos a nivel país. Este resultado, es una clara señal del rol de liderazgo de Chile, en el marco multilateral, con una alta valoración del compromiso político internacional con los temas de equidad e igualdad de género. Esta es la novena oportunidad en que nuestro país asumirá como miembro de este órgano de Naciones Unidas, lo que refleja la prioridad que otorga Chile a la promoción de los derechos de la mujer en los ámbitos político, social y cultural. Una muestra de ello, y parte de un proceso de sensibilización a nivel nacional, se realizó en octubre de 2016 el Seminario; “Chile y su Compromiso Internacional con la Igualdad de Género al 2030: ¿Cómo se plasma el enfoque de Género en la Política Exterior en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)?”, organizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. El eje central de la actividad fue reflexionar de manera abierta sobre cómo alcanzar la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y niñas, tal como lo plantea la agenda 9

10

Recuperado en: http://www.minrel.gov.cl/en-cancilleria-se-celebraron-los-15-anosde-la-resolucion-1325-mujeres/minrel/2015-11-09/165455.html Recuperado en: http://www.minrel.gov.cl/chile-integrara-junta-ejecutiva-de-onumujeres/minrel/2016-12-09/123218.html

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para el 2030, como un objetivo fundamental para el progreso integral de nuestras sociedades. La Presidenta Bachelet en Naciones Unidas, cuando se suscribió la agenda 2030. “Sin igualdad de género no hay desarrollo sostenible, es así de claro, aquí no hay lugar a dudas”11. En el mencionado evento, se describió la estructura de seguimiento que Chile tendrá, para los ODS, a través del l Consejo Nacional para la Implementación de la Agenda 2030, instancia que asesorará a la Presidenta y coordinará en los próximos 15 años, la implementación y seguimiento de los ODS y de la agenda a nivel intersectorial12. Este mecanismo da cuenta que para avanzar decididamente en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, particularmente el Objetivo 5 “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas”, se requiere de un trabajo reforzado y un esfuerzo conjunto a nivel nacional e internacional, así como de un impulso que va mucho más allá del estado: sin la participación activa de la sociedad civil y de sus organizaciones, sin el compromiso ciudadano, no podremos avanzar como lo deseamos. b)

Los desafíos de la temática de género: una cuestión de desarrollo humano

El cómo abordar este tipo de desafíos del desarrollo multidimensional, aumentando la comprensión de procesos de desarrollo humano en la cooperación chilena, tiene su correlato en la preocupación, por integrar la perspectiva de género en las instituciones y políticas públicas. Esto hace parte, de una nueva concepción instalada en la administración pública, en donde la incorporación de la perspectiva de género en las políticas públicas, supone diagnosticar y corregir las desigualdades e inequidades de género en la sociedad. Ello requiere, el compromiso explícito del Estado para abordar un diagnóstico y solución diferenciada dentro de su estructura organizacional.

11

12

Recuperado en: http://www.minrel.gob.cl/canciller-s-edgardo-riveros-participo-enseminario-sobre-igualdad-de/minrel/2016-10-03/174655.html Recuperado en: En el seminario también participaron la Coordinadora Residente del Sistema de Naciones Unidas y Represente del PNUD en Chile, Silvia Rucks, la Directora del Instituto Nacional de Estadísticas, Ximena Clark; el Director de la Academia Diplomática, Embajador Juan Somavía; la Directora de Planificación Estratégica, Embajadora Domínguez y Alicia Candia, especialista de la Unidad Nacional de Violencia contra las Mujeres del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.

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En particular, el fenómeno de la violencia de género y contra las mujeres, principalmente ejercida por los hombres, es una de las expresiones más claras de la violación a los derechos humanos de mujeres y niñas, que ha estado presente a lo largo del tiempo en muchas sociedades, legitimándose y naturalizándose como una forma de establecer relaciones sociales, basadas en la dominación (Rico, 1996, en González, 2016). Existen avances en las últimas décadas, ya que se ha visibilizado y debatido sobre un fenómeno social subterráneo, se ha llevado a la esfera pública y se ha legislado contra el femicidio y la violencia intrafamiliar. Pero, frente a la magnitud del problema, las normativas no alcanzan a dar respuesta y menos a erradicar este fenómeno, como una extensión de la violencia social, económica y cultural. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que la violencia contra la mujer –especialmente la ejercida por su pareja y la violencia sexual– constituye un grave problema de salud pública y una violación de los derechos humanos de las mujeres. Según afirma un estudio reciente de Comunidad Mujer, en nuestro país todavía existen las condiciones para que las mujeres sean susceptibles de ser afectadas por actos de violencia en mucho mayor medida que los hombres13. Ello no solo repercute a nivel individual, sino también en la familia y en la sociedad en su conjunto, afectando finalmente la cohesión social, y disminuyendo el rendimiento laboral como variables asociadas. c) Chile y las restricciones actuales de la Ayuda Oficial al Desarrollo Desde la perspectiva de la cooperación al desarrollo, Chile es calificado como país de renta media-alta, al superar los 12.000 dólares per-cápita. Con este hecho, se restringe el concepto de desarrollo únicamente a un indicador económico y se abren las puertas para dejar de percibir Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD). Esto, no sólo afecta a nuestro país, sino que al conjunto de países calificados como de renta media, los que poseen elementos comunes de vulnerabilidades estructurales en su desarrollo inclusivo y sostenible (brechas en el formación de capital humano; vulnerabilidad económica; conocimiento y capacidades de innovación; 13

En el año 2014, de acuerdo a cifras de la Subsecretaría de Prevención del Delito, hubo 129.617 víctimas de violencia intrafamiliar (53.9% más que en 2006) de las cuales un 80.6% fueron mujeres.

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calidad de gobernanza, calidad de infraestructura; y vulnerabilidades medioambientales)14. Este criterio exclusivamente económico es ampliamente sostenido por el Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD/ OCDE), organismo que reúne a los donantes tradicionales que aportan cooperación (AOD). Recientemente en el CAD, se acordó establecer un panel de alto nivel que hiciera recomendaciones para la transformación del Comité, en el marco del nuevo consenso de la Agenda de Desarrollo al año 2030, marcada por cuatro acuerdos internacionales: los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el Acuerdo de París sobre Cambio Climático, ya ratificado por nuestro país, el acuerdo de Addis Abeba, sobre Financiamiento para el Desarrollo, y el Acuerdo Marco de Sendai, para la reducción de riesgos de desastres. Un aspecto central en este debate, tiene que ver con el proceso de ‘graduación’ a partir de la calificación de los países en el mundo, exclusivamente dado por su ingreso per cápita, lo que les permite o no, recibir determinado tipo de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD). Pero, lo paradójico de esta limitación, es que la mayor parte de la población pobre del mundo vive en estos países de renta media y el uso de un solo indicador económico no puede reflejar la complejidad y múltiples dimensiones del proceso de desarrollo. d)

Ejemplos concretos de aportes chilenos desde el Sur a los temas de género

En la última década, Chile se ha convertido en un referente para América Latina, en todo lo que concierne al fortalecimiento de las instituciones responsables de las políticas públicas y en particular, las orientadas a las mujeres, proyectando esas capacidades y formas de abordar el fenómeno, principalmente en Centroamérica y el Caribe. Se han, promovido buenas prácticas de gobernabilidad, con autoridades y responsables de organizaciones de la sociedad civil, a través de acciones y medidas concordadas con los países, así como, asociado con otras fuentes de financiamiento internacional. A la fecha, las medidas y proyectos relacionados con el fortalecimiento institucional en materia de género y violencia, han sido liderados por el mecanismo de la mujer en Chile, a partir de algunas iniciativas gestionadas por AGCID, bajo sus distintos instrumentos y fondos. 14

Ver, José Antonio Alonso: Supporting LDC’s transformation; how can ODA contribute to the Istanbul Programme of action in the post 2015 era?

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Un ejemplo concreto, de la presencia del tema de violencia extrema de género, en la agenda de trabajo de AGCID, como parte de la generación de capacidades para el desarrollo de la cooperación SurSur, lo representa el trabajo sostenido para contribuir con el aporte de especialistas del sector público, para entregar contenidos técnicos, a una iniciativa liderada por EE.UU., a través de su Academia Internacional para el Cumplimiento de la Ley (ILEA), con sede en El Salvador. Para lo anterior, desde hace cinco años, participan expertos y expertas enviados por el Gobierno de Chile, para impartir en calidad de relatores, un curso internacional en materia de prevención de la violencia de género, orientado a países de Centroamérica y Caribe, mejorando el conocimiento de funcionarios y funcionarias vinculados al tema. La tercera versión de este curso internacional, abordó el tema de la “Perspectiva penal sobre el tratamiento de la violencia contra la mujer” y fue dirigido a países angloparlantes del Caribe y Centroamérica (Barbados, Bahamas, Belice, Trinidad y Tobago, Dominica, Saint Kitts, St. Lucia, St. Vincent). Este Curso, corresponde a una acción triangular chilena, que cuenta con el apoyo técnico nacional del Ministerio de Justicia, la Policía de Investigaciones y el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM), realizado entre 24 al 28 de marzo de 2015, movilizó a cuatro expertas chilenas para hacerse cargo de la formación de corta duración. Un ejemplo de acción en esta línea, fue una iniciativa de Chile vinculada a la creación de capacidades en el ámbito diplomático, que se realizó a partir de un Seminario de Alta especialización en Formación en Materias de Género, ejecutado por la Academia Diplomática (ACADE) para el fortalecimiento de las capacidades institucionales de los servicios diplomáticos de la región, en el marco de un convenio anual de cooperación con AGCID, que contó con apoyo técnico del SERNAM y del PNUD. Se realizó entre el 6 y el 14 de julio de 2015, asistiendo 12 profesionales de las Cancillerías de Panamá, El Salvador, República Dominicana, junto con profesionales de sectores institucionales vinculados a los temas de desarrollo social y el Mecanismo de la Mujer. Otro esfuerzo de Chile en el exterior en relación a la violencia extrema de género, ha sido promover un mayor conocimiento regional sobre la Resolución 1325, y sus normas posteriores, que exigen respetar los derechos de las mujeres en situaciones de conflicto armado y crisis de seguridad, incrementando para ello, la participación femenina en temas de paz y seguridad en el mundo, a fin de trabajar de manera colectiva

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para llegar a logros significativos en la promoción de los derechos humanos y de las mujeres en especial. Por esta razón, con cargo al Fondo Chile contra el Hambre y la Pobreza, se realizó el apoyo al Taller regional de formación sobre Género y Seguridad /10 al 12 de agosto 2015 en El Salvador, iniciativa local de Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), que junto con el Ministerio de Relaciones Exteriores, contó con el l apoyo con financiamiento del Fondo Chile y países como Francia, España y EE.UU., junto con organismos multilaterales (ONU mujeres, PNUD y CEPAL). Asimismo, se aprobaron en el año 2015, recursos del Fondo Chile para implementar en el año 2016 un proyecto denominado: RedComunidad de organizaciones sindicales de América Latina y El Caribe por la Igualdad de Género. Este proyecto sobre igualdad de género, ha tenido como objetivo contribuir al fortalecimiento de la acción sindical; es implementado por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SERNAMEG) y busca integrar iniciativas de instituciones públicas con enfoque en la cooperación Sur-Sur, congregando a representantes del mundo sindical de países de América Latina y el Caribe, expertas en temas de igualdad de género y representantes de agencias de Naciones Unidas, para compartir experiencias y perspectivas sobre esta temática. Esta iniciativa, se propone también conformar una red de sindicatos comprometidos con la igualdad de género y preparados para participar activamente con las empresas que se encuentren desarrollando procesos o quieran iniciar procesos de certificación en igualdad de género a nivel regional. En el marco de este Proyecto se han realizado dos eventos principales: el “Seminario Igualdad de Género en la Acción Sindical y Buenas Prácticas Laborales” y el “Diálogo Igualdad de Género en la Acción Sindical”, evento de carácter regional que contó la participación de representantes de México, Colombia, Nicaragua, Costa Rica, El Salvador, Uruguay, Cuba, Panamá, Brasil, República Dominicana y Honduras, que se han asociado para crear la Comunidad de Sellos por la Igualdad de Género, con el objetivo de promover un enfoque transversal de género en más de 1400 centros laborales, públicos y privados, que han sido certificados en la Región.

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Aportes de la Cooperación Sur-Sur al género y el femicidio: una reflexión final La incorporación del enfoque de género se instaló en los años ‘90, como una estrategia para incrementar la eficacia y eficiencia, de modo de construir políticas más equitativas y mejorar su focalización, para promover la participación ciudadana, a fin de fortalecer la democracia y contribuir a la modernización del Estado y la gestión pública de calidad. La experiencia mayoritaria de reformas de las instituciones y sistemas del sector público, se ha basado en la transformación de las normas, políticas y prácticas que conforman la planificación, la elaboración de presupuestos y la supervisión del rendimiento de los gobiernos. Sin embargo, estos diseños no contemplan cabalmente el tema de la igualdad de género, lo que contribuye a la pérdida de oportunidades para el avance de los compromisos a favor de esta igualdad, lo que incluso en ocasiones, causa efectos negativos indirectos sobre las mujeres, con la consiguiente ampliación de las brechas de género. Hoy en día, sabemos que la actual organización sectorial del aparato estatal, presenta grandes dificultades para abordar los numerosos problemas transversales que conforman la agenda pública de género, pero, a su vez, constatamos que esta temática es parte de los desafíos a nivel local, regional y global. Ello, se ve reflejado en los compromisos de desarrollo aprobados a nivel global; Agenda 2030 y Agenda de Género. Estos desafíos son comunes a todos los países, y precisan encontrar una manera más integrada y coherente de actuar en el ámbito de las políticas públicas, para enfrentar con mayor calidad, innovación y pertinencia, los desafíos planteados a nivel internacional. Los esfuerzos globales por integrar a las mujeres en el desarrollo constituían un objetivo específico de la agenda global. Sin embargo, en la actual agenda internacional se han definido como un reto transversal e ineludible, para lograr el desarrollo sostenible con igualdad de género. Asimismo, cuando se plantea en la agenda internacional de género, erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas, el primer aspecto que se destaca en este ámbito, es el reforzamiento de las leyes y las instituciones que protegen a las mujeres, que incorpora como condición de éxito, el involucrar a los hombres en esta lucha. Un segundo aspecto, de orden práctico y que la cooperación ha ido asumiendo paulatinamente, es el trabajo con la cadena de actores involucrados, definiendo medidas para mejorar el acceso a la justicia y la eliminación de la impunidad, que exige un trabajo sostenido en torno a medidas de

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creación de capacidades para dar respuestas adecuadas al trabajo que realizan las policías y los trabajadores judiciales. Como señala Naciones Unidas, como parte de su campaña contra la violencia contra las mujeres, el femicidio no es un problema de las mujeres asesinadas, es un problema de todos. Por ello, las recientes recomendaciones se concentran en seguir mejorando los datos y precisar las debilidades procedimentales y resolutivas del caso a caso, para desde la profundidad de la dimensión que tiene el fenómeno de la violencia, que termina con la vida de tantas, se constata que la justicia tardó, no vio o no escuchó. En este escenario, Chile ha reafirmado su posición ante la comunidad internacional y orienta su acción en alineación con las metas de la Agenda 2030, teniendo presente que es un país que mantiene un rol dual en materia de cooperación internacional para el desarrollo (receptor y oferente), junto con otros países de la región, como es el caso de México y Colombia, entre otros. Por ello, la Estrategia de la Cooperación Chilena para el período 2015-2018 ha considerado como uno de sus tres objetivos, avanzar hacia un desarrollo inclusivo y sostenible, comprometido con la dignidad de las personas, y el enfoque de derechos sociales, políticos, económicos, ambientales y culturales. El país cuenta con un amplio bagaje de buenas prácticas y experiencias institucionales y modelos probados, que son posibles de compartir, que deben ser armonizadas con los objetivos y enfoques de los actores nacionales (gobierno, sociedad civil, academia, entre otros) que se enfrentan hoy a nuevos desafíos globales, regionales y como país, en torno a los compromisos de la nueva agenda de desarrollo. Se reconoce la existencia de brechas de desarrollo al interior del país que justifican aportes de la cooperación internacional, y por otra, Chile coopera compartiendo buenas prácticas a otros países, a través de la movilidad y experiencia de técnicos y profesionales calificados, así como también, creando capacidades y aumentando la calificación de hombres y mujeres que se perfeccionan en áreas del conocimiento de mutuo interés. En cuanto a los proyectos de cooperación que gestiona AGCID, éstos se definen en base a las áreas temáticas priorizadas en la estrategia de Cooperación 2015-2018, a fin de lograr un mayor impacto territorial y programático de mediano plazo, con un enfoque de derechos, lo que ha implicado centrarse en la contribución a la calidad de las instituciones y las políticas públicas. Un área de concentración de la cooperación

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que Chile otorga es la del desarrollo social, cuyo principal objetivo es contribuir a la reducción de brechas de desigualdad, para la eliminación de toda forma de discriminación, incluyendo el género. Un aporte concreto que la cooperación chilena ha posibilitado en la transversalidad de la temática de género, se ha reflejado en la capacidad de convocar a diversos actores del ámbito público, para reflexionar conjuntamente, desde distintas ópticas institucionales sobre problemas de política pública, como es el caso de la violencia extrema de género. Esto ha permitido un efecto catalizador al aglutinar diversas líneas de trabajo público que se cruzan, pero no necesariamente dialogan. En una de las regiones más desiguales del mundo, debemos considerar la clave que identificamos, nuestra desigualdad no solo es de carácter económico, ello pues, al interior de las clases, segmentos o estratos, cualquiera sea el que consideremos, existe una desigualdad interna que no se relaciona con la condición socioeconómica sino que proviene de la condición de género. Eso implica efectuar una crítica de nuestros modelos de desarrollo, modernizar nuestras sociedades implica incluir, proteger, reconocer, pero también evitar que el silencio de las victimas sea una justificación para no actuar. Para ello, la cooperación internacional es clave para que nuestros países de Latinoamérica y el Caribe sigan trabajando y compartiendo buenas prácticas para instalar la igualdad de género como una constante al interior de nuestras sociedades, y para luchar contra la violencia contra las niñas y las mujeres. Es imprescindible reconocer el enfoque de derechos y de género en el quehacer público y en la cooperación internacional. Enfrentar los estereotipos, el estigma y la violencia, a través de un espacio para la reflexión académica en conjunto con actores claves del mundo gubernamental, multilateral y de la sociedad civil, es una forma de visibilizar la riqueza de ese debate colectivo más allá de nuestras fronteras personales, institucionales y geográficas. Sin embargo, el proceso sigue siendo desafiante, a pesar de los compromisos de los gobiernos y los esfuerzos desplegados desde los diversos actores involucrados a nivel nacional e internacional, debido a que la perspectiva de género no está debidamente incorporada en los programas ni en la mirada de las instituciones que participan en los procesos de la cooperación internacional para el desarrollo. Lo anterior, pese a que los gobiernos y los donantes bilaterales y multilaterales cuentan hoy, con marcos legales y procedimientos para abordar la igualdad de género, como un objetivo imprescindible para la efectividad y sostenibilidad del desarrollo en su actual concepción multidimensional.

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Referencias bibliográficas. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (2016). Informe de investigación. El uso transversal de la perspectiva de género en los proyectos de cooperación internacional para el desarrollo: una cuestión pendiente. Madrid, España: AECID. Alonso, J.A. (2015). Supporting LDC’s transformation; how can ODA contribute to the Istanbul Programme of action in the post 2015 era? Recuperado de http://www. un.org/en/development/desa/policy/cdp/cdp_background_papers/bp2015_28. pdf Comisión Económica para América Latina y el Caribe (octubre 2016). Autonomía de las mujeres e igualdad en la agenda de desarrollo sostenible, documento preparado para ser presentado en la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe. Santiago, Chile: Naciones Unidas. Comunidad Mujer (2016). Informe GET; Género, Educación y Trabajo: la brecha persistente. Primer estudio sobre la desigualdad de género en el ciclo de vida. Una revisión de los últimos 25 años. Chile. Santiago, Chile: Comunidadmujer. Jaitman, L. (Ed.) (Febrero 2017). Los costos del crimen y de la violencia. Nueva evidencia y hallazgos en ALC. Washington, Estados Unidos: BID. Rabea Weis, A. (2015). La Perspectiva de género en la cooperación internacional al desarrollo. Conceptos Básicos y buenas prácticas. Alemania: Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ). Secretaría General Iberoamericana (Septiembre 2016). Informe de la Cooperación Sur-Sur en Iberoamérica, Secretaría General Iberoamericana. Madrid, España: SEGIB.

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CAPÍTULO 12.

El diseño del proyecto de cooperación Sur-Sur en violencia extrema de género contra las mujeres 2014-2016 Gabriel Guajardo Soto, Verónica Cenitagoya Garín, Juan Carlos Adasme Pinto, Ángel Ortiz Tribiños

Introducción Este capítulo describe el diseño del proyecto sobre violencia extrema de género contra las mujeres en la perspectiva de la cooperación SurSur en América Latina y el Caribe. Esta iniciativa fue desarrollada por FLACSO-Chile y AGCID, con la activa participación de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y el SernamEG. El instrumento utilizado para el diseño fue el marco lógico que, de un modo creciente, ha sido incorporado como la forma estandarizada de planeación y programación de las acciones públicas en los países de la región. El sentido de esta herramienta fue facilitar los procesos de conceptualización, diseño, ejecución, monitoreo y evaluación del proyecto con la perspectiva de género (INMUJERES y ONU Mujeres México, 2014). El diseño se llevó a cabo el año 2016 y tuvo el antecedente directo la experiencia de trabajo similar entre las instituciones participes durante el año 2014 y 2015. En esos años se organizó un debate entre representantes del sector público y miembros de FLACSO, de diferentes países de América Latina y el Caribe, en torno a las violencias contra las mujeres (Guajardo y Rivera, 2015). En el debate se detectó que era necesaria la profundización en ciertos núcleos problemáticos o desafíos en el campo de las violencias en relación con la capacidad de respuesta del sector público, las instituciones de educación superior y la sociedad civil. A la vez, se constató que esos desafíos deberían considerar el marco de cooperación Sur-Sur, de modo de producir aprendizajes mutuos desde las diferentes sociedades y culturas de los países de la Región. La matriz de marco lógico fue usada, en el diseño del proyecto del año 2016, tanto para apoyar la toma de decisiones y gestión del presupuesto, como asimismo, la planeación participativa y propiciar el logro de

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acuerdos desde un enfoque de género. Hubo claridad desde el inicio del trabajo para dar curso al proyecto era necesario formar un comité de seguimiento ad hoc con representantes de cada institución responsable. Una vez constituido ese comité, de modo presencial y on line, los contenidos de la matriz fueron revisados, reformulados y aprobados. El período de funcionamiento de esta instancia de coordinación se proyectó para siete meses, donde los primeros tres meses exigieron una mayor de destinación de horas profesionales que los cuatro meses restantes. En el año 2016 los temas propuestos fueron femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en cuanto problema público que afecta a todos los países del continente. Esta selección fue posible a partir de la convergencia de intereses y agendas temáticas entre el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de Chile y el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG), la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AGCID) y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile. El financiamiento para este proyecto se obtuvo mediante un convenio específico de cooperación entre AGCID y FLACSO-Chile fechado en agosto de 2016.

Hipótesis de trabajo del proyecto La hipótesis de cambio del proyecto, entendida como una formulación de trabajo que se anticipa a la implementación y valoración de la acción, es la siguiente: estimular, explícita e implícitamente, un diálogo propositivo y debate entre actores claves de las políticas públicas en el tema de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género, que permita la activación de los procesos de formación y fortalecimiento de competencias en materia de agenda de género y violencia contra las mujeres, el intercambio técnico intergubernamental y la transversalización de la igualdad de género, los derechos de las mujeres y los derechos humanos. La noción de estimular se refiere a generar las condiciones del diálogo propositivo y debate pues no se encuentran dadas, deben ser producidas. El carácter explícito de esa provocación se realiza fundamentalmente en el tema seleccionado y los modos en que se plantea o enuncia en los diversos canales de comunicación y formatos elegidos. Respecto del modo implícito alude a las condiciones materiales y de relación entre las personas que sean necesarias y suficientes para

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desarrollar los objetivos y actividades según lo diseñado. Un elemento indispensable y que debería ser transversal a los niveles de planeamiento es un modo participativo en la implementación del proyecto. En consecuencia, la sintaxis de la hipótesis de cambio del proyecto de cooperación Sur-Sur en violencia extrema de género es la siguiente:

Estimular, explícita e implícitamente, de un diálogo propositivo y debate

entre actores claves de las políticas públicas

en el tema de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género

permite la activación de los procesos de formación y fortalecimiento de competencias orientados

Agenda de género y violencia contra las mujeres.

Intercambio técnico intergubernamental

Transversalización en el sector público de la igualdad de género, los derechos de las mujeres y los derechos humanos.

Fuente: Elaboración propia, FLACSO-Chile, 2017.

Niveles de planeación y componentes de la matriz de marco lógico Fines: El proyecto tuvo una doble finalidad. En primer lugar, se buscó contribuir a la agenda de género y violencia contra las mujeres en Chile a través del intercambio técnico a nivel intergubernamental en el período 20152018; en segundo término, se esperaba aportar a las áreas transversales de la igualdad de género, derechos de las mujeres y el necesario proceso de formación y fortalecimiento de capacidades, según la política de cooperación chilena para el desarrollo del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile (2015). Ambas finalidades son alusivas al sector público chileno. El impacto se produciría principalmente a nivel estatal en las relaciones de cooperación entre los países al provocar una apertura al intercambio y expansión de la base de conocimiento y reflexiones con otros países y actores no-estatales de la sociedad. El componente finalidad permite la formulación de los propósitos. Los propósitos se refieren a los efectos directos del proyecto en el sector

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público de los países, especialmente en quienes se encuentran a cargo de temas de género o aquellos vinculados intersectorialmente. Propósitos: P1: Realizar un intercambio entre países de América Latina y el Caribe sobre políticas públicas en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur e igualdad de género y derechos humanos. P2: Avanzar en la expansión de la base de conocimientos y reflexiones en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur en igualdad de género y derechos humanos. A partir de estos propósitos se plantearon supuestos o factores de contextos para la realización de la iniciativa. Sin embargo, estos supuestos o factores se explicitan al tener incidencia en el éxito o riesgo del proyecto: la mantención o aumento prevalencia de la violencia contra la mujer en América Latina y el Caribe y que las políticas públicas destinadas a la prevención, atención y erradicación de violaciones a los derechos humanos continuarán sin una perspectiva sistémica y con una necesidad de mayores intercambios. A estos dos factores se sumó la continuidad en la operación y seguimiento la política exterior de Chile en materia de cooperación Sur-Sur y Triangular. El cumplimiento de estos propósitos debería permitir procesos favorables para la acción pública en materia de femicidio y suicidio por razones de género. Por ello, se diseñaron cuatro objetivos específicos en concordancia. Objetivos específicos: Los objetivos específicos se desprenden de las finalidades y propósitos del proyecto. Teniendo ese trasfondo conceptual median con la metodología y actividades que permiten su concreción. A continuación se presenta un mapa conceptual de objetivos de proyecto de cooperación Sur-Sur en violencia extrema de género.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Políticas de Estado Articulación Respuesta intersectorial

con

Protocolos

para

para

Legislaciones

con para

Acción pública en Prevención

en

en

en

Erradicación

Atención

de

de

de

en Sanción

de

Reparación

de

Femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en América Latina y el Caribe Actores claves en Políticas públicas

entre

Diálogo propositivo en

Debate

a través Cooperación Sur-Sur

en

que permite

Profundizar en el tema con un

Análisis interseccional

en sus Transformaciones y tensiones

de en Manifestaciones de femicidio y suicidio de mujeres

Fuente: Elaboración propia, FLACSO-Chile 2017.

Objetivos específicos: 1) Promover un diálogo propositivo entre actores/as claves de las políticas públicas involucrados/as en el tema de violencia extrema contra las mujeres: femicidio y suicidio por razones de género. 2) Desarrollar un debate acerca de las transformaciones y tensiones que se experimentan en América Latina y el Caribe en relación con el tema violencia extrema de género, especialmente en femicidio y suicidio de mujeres por razones de género. 3) Analizar interseccionalmente las manifestaciones de violencia extrema contra las mujeres: femicidio y suicidio por razones de género. 4) Profundizar en el tema violencia extrema de género contra las mujeres con miras a una contribución a las políticas de Estado, para su prevención, erradicación, atención, sanción, reparación, articulación de la respuesta intersectorial, protocolos y legislaciones. La formulación de los cuatro objetivos específicos amplió el repertorio de actividades y factores de contextos que eran necesarios tener presente para su logro.

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Actividades del proyecto: Sigla

Actividades

Duración

A1

Reuniones regulares de comité de seguimiento ad hoc entre 7 meses AGCID, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, SernamEG, FLACSO para el proyecto.

A2

Grupo de estudio interdisciplinario e intersectorial ad 1 mes honorem preparatorio de seminario internacional con la participación de actores estatales y no estatales.

A3

Búsqueda y lectura de bibliografía clave en el tema y su puesta 3 meses a disposición los grupos de estudio y comité de seguimiento.

A4

Seminario internacional en tema “Violencia extrema de 2 días género: Femicidio y suicidio de mujeres”.

A5

Reunión de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, 2 días SernamEG y AGCID con contrapartes de instituciones públicas de países de la región.

A6

Publicación de un libro.

4 meses

A7

Presentación pública de libro con comentarios sustantivos.

1 día

7 meses totales de trabajo

Actores y actividades del modelo de trabajo: Actor 1: Comité de seguimiento ad hoc del proyecto. Actor 2: Representantes de países cooperación Sur-Sur. Actor 3: GRILAC - FLACSO “Interseccionalidad, inclusión social y educación”. Actor 4: Organismos de Naciones Unidas. Actor 5: Sociedad civil. Actividades: A1: Reuniones y seguimiento presencial/on line con marco lógico y carta Gantt. A2: El grupo de estudio ad honorem intersectorial. A3: Búsqueda bibliográfica en tema de proyecto a cargo de FLACSO-Chile. A4: Seminario internacional de dos días en Santiago de Chile. A5: Reuniones de trabajo entre países durante seminario internacional. A6: Publicación en Serie Libros FLACSO. A7: Presentación pública de libro con comentarios.

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Modelo de trabajo para las actividades Este repertorio de siete actividades imprescindibles para el desarrollo de los cuatro objetivos tuvo un modelo de trabajo. Este modelo se formuló para secuenciar las actividades y anticipar la gestión de recursos y actores necesarios para su logro. El actor que sostiene el proyecto es el comité de seguimiento ad hoc y que se espera su participación en las actividades tanto en la decisión de contenidos, personas asistentes y expositoras, como también la programación necesaria. La revisión y ajuste de marco lógico y la carta Gantt que facilitan los procesos. Este comité toma contacto con las personas que serán invitadas de países de la región. Luego tenemos los actores 2 al 5, que proporcionalmente se espera su participación en el proyecto. Las actividades fueron secuenciadas de acuerdo a la necesidad de relación que guardar entre sí. La actividad A1 se espera que se encuentre vigente hasta el cierre del proyecto. Las actividades A2 y A3 son simultáneas, de igual forma lo son las actividades A4 y A5. La actividad A4 tiene una duración mayor que las anteriores y corresponde al proceso de producción y edición de una publicación. La actividad A6, finaliza el proyecto desde el punto de vista de su gestión académica. Administrativamente el convenio exige informes propios para su implementación. Figura Modelo de trabajo diseñado para las actividades del proyecto sobre violencia extrema de género contra las mujeres Actor 2: Representantes de países cooperación Sur-Sur

A2: Grupo de estudio ad honorem intersectorial (1 mes)

Actor 3: GRILAC – FLACSO “Interseccionalidad, inclusión social y educación”

Actor 4: Organismos de Naciones Unidas

A4: Seminario internacional en Santiago Chile (2 días)

0

Actor 5: Sociedad civil

A6: Publicación en Serie Libros FLACSO (4 meses) 7 meses (2016-2017)

A3: Búsqueda bibliográfica en temas (3 mes)

A5: Reuniones de trabajo entre países durante seminario (2 días)

A7: Presentación pública de libro con comentarios (1 día)

Actor 1: Comité de seguimiento ad hoc: AGCID, MinMujEG, SernamEG, FLACSO-Chile. A1: Reuniones regulares y seguimiento presencial/on line con marco lógico y carta Gantt (7 meses)

Fuente: Elaboración propia, FLACSO-Chile 2017.

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Factores de contexto de las actividades Los temas de femicidio y suicidio por razones de género a lo menos son considerados por la opinión pública de los países como materias controversiales o tabú. No obstante, se encuentren en la agenda noticiosa de los medios de comunicación y de instituciones públicas, en consecuencia, era necesario contar con el interés en los actores claves en diálogo en el formato de un seminario internacional y las publicaciones derivadas. A esa disposición favorable se identificó como un factor de contexto el apoyo técnico y político de las autoridades públicas que, justamente, otorgará sostenibilidad a un comité ad hoc entre las instituciones convocantes y que se expresará en un funcionamiento regular y con incidencia institucional, dado los plazos y recursos financieros disponibles. Estos últimos factores se consideraron determinantes para el logro de los diferentes resultados y productos esperados. A nivel de los contenidos sin duda constituye un desafío la calidad de las discusiones. Se contemplaron como factores de contexto el interés y la calidad técnica en las sesiones del grupo de estudio previos al seminario y que además, pudiera tener presente los contenidos en debate en los organismos supranacionales y nacionales. Estos elementos fueron señalados pues, en el proceso se convocaría a diferentes actores estatales y no estatales sin necesariamente un trabajo previo, discusiones o lecturas compartidas. Asunto que se sumó el hecho de las personas representantes de las instituciones públicas de los países invitados tuvieran conocimiento y convergencia con el análisis interseccional en el fenómeno de femicidio y suicidio de mujeres. Otro factor de contexto para el desarrollo del debate con una perspectiva latinoamericana fue contar con la colaboración del Grupo Regional de Investigación de América Latina y el Caribe, GRILAC-FLACSO, “Interseccionalidad, inclusión social y educación”. La FLACSO es un organismo internacional de carácter regional y autónomo con unidades académicas en Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, México, Panamá y Paraguay. Sin duda, contar con la posibilidad de intercambio con académicos y académicas que comparten compromiso con la región, es un reservorio de oportunidades para enriquecer el debate público. Esta posibilidad fue explorada mediante contactos previos para contar con su potencial participación. Finalmente, uno de los productos que cierra el proyecto es la producción y edición de una publicación en la Serie de Libros FLACSO. En este marco,

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factores de contexto contemplados son que los autores/as aceptan escribir artículos en los plazos y calidad esperada para la Serie de Libros FLACSO; y que exista interés de actores de cooperación Sur-Sur, género y derechos humanos en asistir a lanzamiento de libro publicado y con incidencia en el debate público en la materia. Cuadro N°1 Matriz de marco lógico de proyecto “Violencia extrema de género contra las mujeres: Femicidio y suicidio de mujeres en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur (año 2016)” Nivel de planeación y resumen narrativo Fin: F1: Contribuir a la Agenda de Género y violencia contra las mujeres en Chile a través del impulso de nuevos programas y proyectos de trabajo e intercambio técnico a nivel intergubernamental (2015-2018). F2: Contribución a las áreas transversales de la igualdad de género, derechos de las mujeres y el necesario proceso de formación y fortalecimiento de capacidades, según “La política de cooperación internacional chilena para el desarrollo: Nuestra visión al 2030” del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Nivel de planeación Indicadores y resumen narrativo Propósitos : 100% de participantes P1: Realizar un provenientes de intercambio entre países de LAC que no países de América son Chile. Latina y el Caribe A lo menos 2 sobre políticas de organismos públicas en materia internacionales de femicidio y representadas en el suicidio de mujeres seminario violencia por razones de de género contra las género en el marco mujeres. de las relaciones de 30 de instituciones cooperación Surchilenas represenSur e igualdad de tadas en el Seminario género y derechos violencia de género humanos. contra las mujeres. 3 invitadas conferenP2: Avanzar en la cistas al seminario expansión de la base internacional

Metas o resultados esperados Lograr una contribución a la Agenda de Género y violencia contra las mujeres en Chile a través del impulso de nuevos programas y proyectos de trabajo e intercambio técnico a nivel intergubernamental (2015-2018). Contribución a las áreas transversales de la igualdad de género, derechos de las mujeres y el necesario proceso de formación y fortalecimiento de capacidades, según “La política de cooperación internacional chilena para el desarrollo: Nuestra visión al 2030” del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.

Metas o resultados esperados Se realiza un intercambio entre países de América Latina y el Caribe sobre políticas públicas en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur e igualdad de

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Medios de verificación Actas Seminario Internacional LAC.

Supuestos

Se mantiene o aumenta prevalencia de la violencia contra la Libro sobre mujer en ALC. violencia Políticas extrema públicas de género: destinadas a femicidio y la prevención, suicidio de atención y mujeres. erradicación de violaciones Registro a los derechos fotográfico de humanos las actividades continúan del Seminario. sin una perspectiva sistémica.


Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales de conocimientos y reflexiones en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación SurSur en igualdad de género y derechos humanos.

Nivel de planeación y resumen narrativo Objetivo 1: Promover un diálogo propositivo entre actores/as claves de las políticas públicas involucrados/ as en el tema de violencia extrema contra las mujeres: femicidio y suicidio por razones de género.

género y derechos humanos.

violencia de género contra las mujeres. En seminario internacional realización de paneles intersectoriales con representantes de países de LAC y Chile en tema femicidio y suicidio de mujeres 2 instancias de actividad grupal en seminario internacional de debate focalizado sobre el tema de violencia extrema de género.

Política exterior de Chile en materia de cooperación Sur-Sur y Triangular en operación y seguimiento.

Se obtienen avances en la expansión de la base de conocimientos y reflexiones en materia de femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en el marco de las relaciones de cooperación Sur-Sur en igualdad de género y derechos humanos.

Actividades 2016

Indicadores

Metas o resultados esperados

Medios de verificación

Supuestos

Reunión de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, SernamEG y AGCID con contrapartes de instituciones públicas de la región.

Una reunión de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y contrapartes de países asistentes al Seminario Internacional. Una reunión de SernamEG y contrapartes de países asistentes al Seminario Internacional. Una reunión de AGCID y contrapartes de países asistentes al Seminario Internacional.

Articulación entre países para el trabajo conjunto de propuestas de acción pública según las modalidades de promoción del ejercicio de derechos, la atención eficaz, eficiente y oportuna de violaciones de derechos humanos.

Grupo de trabajo ad hoc entre países de América Latina y Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, SernamEG y AGCID, en el marco del seminario.

Existe interés en actores claves en diálogo sobre tema prioritario en formato de seminario internacional y publicaciones derivadas.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Nivel de planeación y resumen narrativo Objetivo 2: Desarrollar un debate acerca de las transformaciones y tensiones que se experimentan en América Latina y el Caribe en relación con el tema violencia extrema de género, especial mente en femicidio y suicidio de mujeres por razones de género.

Actividades 2016

Indicadores

Metas o resultados esperados

Medios de verificación

Supuestos

Un seminario internacional en tema “Violencia extrema de género: Femicidio y suicidio de mujeres”. Grupo de estudio interdisciplinario e intersectorial ad honorem preparatorio de seminario internacional. Comité de seguimiento entre AGCID, Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, SernamEG, FLACSO para el proyecto.

Un grupo de estudio interdisciplinario con funcionamiento regular. Un Comité de seguimiento ad hoc entre instituciones en funcionamiento. Un seminario internacional realizado que permita un debate.

Se realiza debate copresencial sobre transformaciones y tensiones en violencia extrema de género, con una perspectiva regional ALC e interseccional. Recopilación de bibliografía clave sobre el tema prioritario y actualizado. Construcción de un equipo de tarea en torno a proceso de debate (grupo de estudio, seminario, libro).

Actas de Grupo de estudio. Actas de Comité de seguimiento. Informe de actividades de seminario internacional.

Registro fotográfico de grupo de estudio y seminario internacional. Existe interés y calidad técnica en sesiones de Grupo de Estudio. Comité logra funcionamiento regular y mantiene comunicaciones regulares con incidencia institucional. Autoridades de instituciones apoyan desarrollo de proyecto. Existe una brecha de contenidos en debate ya consolidado en tema prioritario de organismos supranacionales y nacionales. Colabora GRILACFLACSO “Interseccionalidad, inclusión social y educación”. Existe financiamiento disponible para participación de GRILAC FLACSO.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Nivel de planeación y resumen narrativo Objetivo 3: Analizar interseccionalmente las manifestaciones de violencia extrema contra las mujeres: femicidio y suicidio por razones de género.

Actividades 2016

Indicadores

Metas o resultados esperados

A lo menos en una sesión de grupo de estudio se explicita análisis interseccional. A lo menos una ponencia en seminario internacional con análisis interseccional. Comentarios de libro relevan perspectiva de análisis interseccional en libro. Objetivo 4: Lectura de Identificación Profundizar bibliografía de brechas en el tema clave en el en: violencia tema. • Prevención extrema Discusión • Erradicación de género en grupo • Atención contra las de estudio • Sanción mujeres con interdis• Reparación miras a una ciplinario de • Articulación contribución tema. respuesta a las políticas Seminario intersectorial, de Estado, internacional protocolos y para su discusión de legislaciones. prevención, tema que Un grupo erradicación, profundiza de estudio atención, el conociinterdiscisanción, miento. plinario en el reparación, Elaboración, tema. articulación edición y Un libro sobre de la publicación violencia respuesta de un libro. extrema de intersectorial, Realización género. protocolos y de comenlegislaciones. tarios en lanzamiento de libro. Lectura de bibliografía clave en el tema. Discusión en grupo de estudio interdisciplinario de tema central. Seminario internacional discusión de tema que profundiza el conocimiento. Comentarios del libro.

Medios de verificación

Supuestos

Se integrar análisis interseccional en grupo de estudio, seminario y libro sobre tema.

Actas de seminario (manuscrito e informe de actividades). Publicación de un libro de actas de seminario en impreso y digital. Evento de lanzamiento público de libro impreso con comentarios.

Autores/as conocen y comparten análisis interseccional en el fenómeno de femicidio y suicidio de mujeres.

Se profundiza desde cooperación Sur-Sur y Triangular en tema “Violencia extrema de género: Femicidio y suicidio de mujeres”. Se identifican brechas en diferentes ámbitos que requieren acción pública. Se publica un libro sobre violencia extrema de género: femicidio y suicidio de mujeres.

Actas de seminario (manuscrito e informe de actividades). Publicación de un libro de actas de seminario en impreso y digital. Evento de lanzamiento público de libro impreso con comentarios sustantivos. Distribución focalizada de libro impreso y digital que asegure acceso de actores claves en el tema.

Autores/ as aceptan escribir artículos en los plazos y calidad esperada.

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Existe interés de actores de cooperación Sur-Sur, género y derechos humanos en asistir a lanzamiento de libro publicado.


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Referencias bibliográficas. AGCID Chile (2015). Política y estrategia de cooperación internacional chilena para el desarrollo. Santiago de Chile: AGCID Chile, Ministerio de Relaciones Exteriores. Guajardo, G. y Rivera, C. (Ed.) (2015). Violencias contra las Mujeres: Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur en América Latina y el Caribe. Santiago: SERNAM, AGCID y FLACSO-Chile. INMUJERES y ONU Mujeres México (2014). Hacia una metodología de marco lógico con perspectiva de género. México: Gobierno de la República de México, Instituto Nacional de las Mujeres, ONU Mujeres.

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CAPÍTULO 13.

Aprendizajes de un foro público en violencia extrema de género contra las mujeres: sistematización de una experiencia de coparticipación entre 2015 y 2016 Verónica Cenitagoya Garín, Gabriel Guajardo Soto, Juan Carlos Adasme Pinto, Ángel Ortiz Tribiños

Introducción La experiencia de diseño y organización conjunta de acciones entre instituciones del sector público y organismos académicos nacionales e internacionales es frecuente y forma parte de los espacios de deliberación acerca de la sociedad, el estado y sus políticas (Moreno, 2016). En este espacio se ubican los foros que participan en la producción de políticas públicas con una composición más compleja y diversa que las elites, autoridades y grupos de interés. Entre los diversos tipos de foros encontramos aquellos que buscan, bajo el concepto guía de la cooperación Sur-Sur discusión, interpretación y el intercambio técnico y político entre los estados de la Región en el campo de las desigualdades de género. En base al concepto anteriormente mencionado, se articulan los resultados obtenidos de la sistematización de la experiencia de trabajo conjunto entre las instituciones a cargo del proyecto Violencia extrema de género contra las mujeres: femicidio y suicidio de mujeres por razones de género en América Latina y el Caribe. Desafíos y aprendizajes en la Cooperación Sur-Sur1. Esta iniciativa fue desarrollada por FLACSO-Chile y AGCID, con la activa participación de Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género y el SernamEG. El objeto de la sistematización fue el proceso de trabajo participativo entre los años 2015 y 2016 orientado a la articulación y negociación 1

El diseño del proyecto se expone en el capítulo 12 de este mismo libro titulado: El diseño del proyecto de cooperación Sur-Sur en violencia extrema de género contra las mujeres 2014-2016, Gabriel Guajardo Soto, Verónica Cenitagoya Garín, Juan Carlos Adasme Pinto, Ángel Ortiz Tribiños.

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de contenidos. Por esa razón, no es una reconstrucción acabada de cada una de las etapas del proyecto ni tampoco de otros componentes o resultados esperados según su diseño original. Por ello, el objetivo principal de la sistematización fue analizar y obtener aprendizajes del proceso colaborativo de construcción de contenidos y de la obtención de resultados. La determinación de los aprendizajes fue por parte del equipo de FLACSO-Chile y en esa orientación, cada institución y actores participantes efectúan ese proceso. Los ejes de la sistematización estuvieron centrados en aquellos momentos en que se propició una relación de negociación de un lenguaje compartido, de construcción de contenidos y de establecimiento de redes de mejoramiento del trabajo común en contra la violencia extrema de género. A partir de estos ejes centrales se formuló una hipótesis de trabajo de la sistematización: el foro público logra producir una negociación y transacción de los sentidos y los contenidos del proyecto, lo que permite el trabajo articulado del sector público y académico con otras instituciones de diferente origen, profundizando en el conocimiento del fenómeno. En este caso el foro público comprendió tres momentos articulados y que son materia de la sistematización: a) las reuniones del comité de trabajo ad hoc, con el consentimiento de las cuatro instituciones, con funcionamiento desde el inicio del proyecto; b) un grupo de estudio de un mes de duración; c) El seminario internacional de dos días. En cuanto al diseño de la sistematización, antes de iniciar el registro de datos, se sometió a la revisión y acuerdos del comité de seguimiento ad hoc del proyecto, formado por las instituciones convocantes, y hubo consenso en que FLACSO-Chile estuviera a cargo de su desarrollo en calidad de participante y observador de la implementación de la iniciativa.

Antecedentes de contexto La sistematización se vuelve totalizante al momento de hacer el ejercicio metodológico, teórico y práctico, ya que las personas se encuentran insertas en contextos específicos, con situaciones y experiencias únicas. Es aquí donde la socialización y enculturación, ha dejado una huella, la cual se manifiesta en cada espacio. Son las personas las que construyen esta realidad, y son las conductas en un sentido amplio, las conversaciones, y la comunicación como el vehículo, los que dan cuenta

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del fenómeno de la violencia ejercida hacia mujeres, niñas y niños, y también, adultos mayores. La interacción entre diferentes actores interesados e involucrados y la negociación de sentido construye una nueva forma de mirar, construye cultura. Existen una serie de acontecimientos, en torno a la violencia contra la mujer, tanto nacional como internacional, que han contribuido con la formulación de este proyecto. Un elemento son las legislaciones, es decir, la ley de violencia intrafamiliar, y las legislaciones en contra de la violencia de género. Otro elemento es la declaración de la OECD, quien reconoce que en América Latina y el Caribe existe un gran avance en la materia. Si bien existen logros, estos, no logran frenar la violencia, más bien la modulan. La conmemoración de los 20 años de la Plataforma de Beijing, es uno de los elementos de contexto que marca la agenda internacional y nacional en torno al género: De hecho nuestro país se encuentra adscrito a esta plataforma de acción desde el año 1996. Un último factor importante de influencia, es el reconocimiento del fenómeno de la violencia como una violación de los derechos humanos, lo cual ha posibilitado una serie de acciones, tanto de trabajo colaborativo, como también en estudios que se orientan al conocimiento en mayor profundidad del fenómeno en cuestión. Los tratados, convenciones, acuerdos, foros, entre otros, cuyo fin es garantizar los derechos que tienen las mujeres y niñas, y toda persona que sea violentada en una cultura específica, también son instancias que permiten tener un marco normativo común para aunar esfuerzos y estrategias en el trabajo contra la violencia de género. En la evolución de las distintas culturas, las sociedades, encuentran en lo normativo, un nicho en el cual poder volcar, todas y cada una de las acciones, que tienen como fin el control de la conducta. Lo normativo en nuestra cultura se encuentra asociado a lo masculino, a un sistema de creencias, que permite una forma de dominación, una jerarquía que se instaura y se vuelve conducta. Una ley que tipifique el femicidio es necesaria en nuestra sociedad desde el momento que un grupo de hombres (no todos los hombres) mata a las mujeres, por la sencilla razón de que estas son mujeres. Contextualizar adquiere importancia al proporcionar una visión panorámica de incidencia, que nos proporcione una base de análisis.

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Con respecto a los hechos o hitos que han posibilitado el surgimiento, la visibilización y sensibilización de la violencia contra las mujeres. Se hace imprescindible hacer una distinción entre aspectos jurídicos y políticos, latinoamericanos, internacionales y nacionales, ya que estos procesos, han sido conversados, discutidos, ha existido una articulación entre países, han estado presente personas expertas en los temas, se han discutido cuales son los énfasis, los focos en las intervenciones, que se busca mejorar, y sobre todo, que elementos busca trabajar cada país por medio de sus políticas públicas.   Tabla N°1 Hitos jurídicos y políticos internacional y Latinoamericanos

Contexto

Hitos

Tipo: Jurídico o Político Internacional CEDAW (Convención sobre la Eliminación de Jurídico todas las Formas de Discriminación contra la Mujer). Latinoamericano Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Político Mundial de la Mujer (1995, Beijing). Internacional OEA. Carta de la Organización de los Estados Político Americanos (1948). Latinoamericano OEA. Convención Interamericana sobre Político Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer (1948). Internacional Convención Interamericana sobre Concesión de Político los Derechos Civiles a la Mujer (1948). Internacional Convención Americana sobre Derechos Político Humanos (1969). Latinoamericano Protocolo Adicional a la Convención Americana Político sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) (1988). Latinoamericano Convención Interamericana para Prevenir, Político Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) (1994) Latinoamericano Programa Interamericano sobre la Promoción Político los Derechos Humanos de la Mujer y la Equidad e Igualdad de Género (PIA, 2000). Latinoamericano Carta Democrática Interamericana (2000). Político Latinoamericano Conferencias Regionales sobre la Mujer de Político América Latina y el Caribe, en particular, el Consenso de Quito en 2007 y el Consenso de Brasilia en 2010. Internacional Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos Jurídico - Viena 1993. Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017 en basado en: OEA, 2008; La Morada, 2004; OEGS, 2013; Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres (2014 y 2015).

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La distinción entre lo político y lo jurídico, dice relación con los distintos avances en materia de derechos y visibilidad de la violencia hacia las mujeres. Y también se relaciona con el carácter vinculante de los compromisos y responsabilidades adquiridas. Algunas convenciones como por ejemplo la CEDAW, es de carácter obligatorio y legal, es decir jurídico. En cambio la Plataforma de Beijing, corresponde a compromisos políticos de futuras acciones que adquieren los países sin vinculación legal. Se puede observar, que los distintos cambios van de la mano de lo normativo, por tanto la pregunta es ¿Lo normativo es la solución ante la ola de violencia y muerte? Esta es la base legal que impulsa las políticas públicas en torno al fenómeno. Numerosas son las convenciones internacionales a las cuales como país nos hemos adherido, pero no todas son vinculantes y comprometen acciones concretas y monitoreables que responsabilicen a los Estados en generar condiciones que aseguren una vida sin violencia para las mujeres. Tabla N°2 Hitos jurídicos y políticos en Chile Hitos

Tipo: Jurídico o Político

A partir de 2001, en respuesta a la creciente demanda de Político mujeres, Sernam puso en marcha el programa Centros de la Mujer. En 2003, el Sernam redefinió su propuesta, que se focalizó Político en la atención exclusiva a mujeres víctimas de violencia leve y moderada. Año 2008, se inicia el modelo interinstitucional de Jurídico tratamiento de la violencia contra la mujer La Ley 19.968, que crea los tribunales de familia en Chile.

Jurídico

El concepto de femicidio se incorporó a la legislación chilena Jurídico en 2010 (Ley 20.480). El Programa Nacional de Formación de Monitoras y Político Monitores Comunitarios en Violencias contra las Mujeres, fue implementado por el Servicio Nacional de la Mujer en agosto del 2015. Plan Nacional de Acción en Violencia Contra las Mujeres Político 2014-2018. Comisión Acceso a la Justicia y Sanción Efectiva. Pauta unificada de evaluación inicial de riesgo de violencia Político contra las mujeres en contexto de pareja. Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017 en basado en: OEA, 2008; La Morada, 2004; OEGS, 2013; Red Chilena contra la Violencia hacia las Mujeres (2014 y 2015).

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Con respecto a Chile una de las estrategias del Estado, ha sido por medio de la agenda de género, considerar las manifestaciones de violencia, ya sea en los distintos espacios en donde estas se realizan, así como también los tipos que se ejercen como delito. Parte de la misma política pública es el Plan Nacional de Acción en Violencia contra la Mujer. Este se coordina desde el Estado de Chile, y cuenta con una serie de participantes y también instituciones. Lo anterior se encuentra unido a la estrategia intersectorial que articula diferentes instituciones estatales que comparten un mismo objetivo. Dentro del plano normativo, la ampliación de la Ley 20.066 de violencia intrafamiliar, incluye otras manifestaciones de violencia, que trascienden el espacio privado. La política de cooperación internacional chilena es coherente con la búsqueda de bienestar de las personas, y la eliminación de todo tipo de manifestación de violencia. El Estado de Chile apunta hacia un modelo que tiene como objetivo, crear una sociedad más justa, reducir la desigualdad, y fortalecer los derechos de la ciudadanía. Para ello, durante el año 2014, en la Asamblea General de Naciones Unidas la Presidenta Michelle Bachelet, llama a construir una gobernanza más inclusiva de la mano de la agenda del desarrollo, y de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS), desde un foco centrado en los derechos y la equidad de género. En este contexto emerge la cooperación Sur-Sur, la cual es la relación que se establece entre dos o más países, organismos u organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de alcanzar metas de desarrollo consensuadas. También se refiere a todas las acciones y actividades que se realizan entre naciones u organizaciones de la sociedad civil tendientes a contribuir con el proceso de desarrollo de las sociedades de países en vías de desarrollo. De esta manera, la cooperación puede darse en diferentes niveles, direcciones y formas, dando origen a la cooperación Sur-Sur, la cooperación Triangular, y la cooperación para el Desarrollo Nacional. La práctica liderada por AGCID, converge con el interés de FLACSO-Chile. Este último, por medio de su Programa de Inclusión Social y Género, contribuye en la investigación orientada a conocer y entender distintas transformaciones producto de las relaciones entre los géneros y la construcción de la diferencia sexual, con el fin de aportar en conocimiento que permita avanzar hacia una mayor equidad y una ampliación de la ciudadanía, el respeto de la diversidad y el reconocimiento de las identidades colectivas que se expresan en movimientos y actores

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sociales. En base a lo anterior, y con fecha 10 de diciembre del año 2014, se firma un acuerdo mediante Resolución Exenta, en el cual se establecen relaciones de cooperación, para la realización de actividades. Estas consistieron en llevar a cabo dos seminarios internacionales uno para el año 2015 y otro en el año 2016.   En el modelo general de trabajo, ya expuesto en el capítulo 12, es necesario recordar que la sistematización sólo entra en tres momentos, el grupo de estudio, las reuniones de trabajo entre los países durante al seminario y las reuniones del comité de seguimiento ad hoc. Esto se realiza por medio de actas, minutas de registro y entrevistas en profundidad a actores claves.

Marco conceptual de la sistematización Hablar sobre sistematización, es también reconocer una historia Latinoamérica, con una serie de prácticas culturales, en donde la dialéctica juega un rol preponderante en la construcción de sentidos y símbolos asociados a una serie de prácticas internalizadas, por ejemplo la violencia que se ejerce contra las mujeres, como una práctica naturalizada. De acuerdo con Gutiérrez (2008) la sistematización es una instancia metodológica, la cual se gesta en distintos hechos sociales, siendo la revolución Cubana de 1959, un hito de gran relevancia, ya que este hecho, es una trasformación social, que cambia la forma de relación y apropiación del conocimiento y los aprendizajes. Otro elemento que posibilita esta práctica, son los modelos de intervención social que se desarrollan en América Latina y el Caribe de corte asistencial durante los años 1940-1960, estos son cuestionados, por algunas líneas de pensamiento. En Rozas (2015), encontramos a Ignacio Martin Baró y Paulo Freire. Este último hace hincapié en que el conocimiento es algo que se construye socialmente y en interacción. Los distintos énfasis de la sistematización, estuvieron puestos históricamente en: intervenciones sociales y abordajes, con miras a la realidad de los actores involucrados, poder reconocer prácticas, en post del desarrollo, dando cuenta así de una nueva realidad, con características distintas, con problemas asociados a contextos específicos, es decir, existe un cambio en la forma de ver y entender, en donde lo particular se superpone a lo singular, siendo ese el foco, adonde se aspira llegar con esta sistematización, que se centra en un aspecto en particular que es el eje del enfoque participativo, el diálogo.

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Algunas de las características de la sistematización, es que esta produce conocimiento a través de recuperar la experiencia histórica, se valoriza el saber del sentido común, es una interpretación critica de lo sucedido. Por tanto, existen elementos que son constitutivos del proceso de sistematización. Figura N°2 Elementos constitutivos de la sistematización

Relación Sujeto/Objeto Objetividad Subjetividad Intersubjetividad

Procesos de transformación cultural

Sistematización Hechos Sociales-Históricos

Experiencias personales

Transformaciones disciplinares

Innovación cultural

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

El conocimiento y los aprendizajes de las personas tanto en grupos como de forma individual, nos proporcionan, y nos permiten entender, acercarnos, y lograr una recuperación de un momento particular, a partir de lo allí vivido. Es decir, estos elementos posibilitan realizar una interpretación y entendimiento crítico y lógico del o de los procesos que construyen las personas, quienes se encuentran insertos en un medio en el cual existen una serie de factores de contexto; políticos, perspectivas del mundo, profesiones, cargos institucionales. Por ende, la sistematización de experiencias nos permite una reflexión sobre las dinámicas y la relación entre tales factores. Un elemento central en esta sistematización, son las metodologías utilizadas, de tipo participativo. Estas han sido fundamentales para en la implementación de estrategias de que buscan el desarrollo social (CEPAL, 2002), pero también, constituyen un espacio de establecimiento de redes, de reflexión y de intercambio del saber. La importancia que

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tiene esa transacción, se encuentra en estrecha relación con el método utilizado en este proceso de casi ocho meses, donde desde el inicio con las reuniones del comité de seguimiento ad hoc, el grupo de estudio y luego en el seminario internacional, los grupos de trabajo fueron instancias de diálogo entre diferentes actores que negociaron contenidos, prácticas, experiencias y líneas de trabajo a futuro, importantes de rescatar como aprendizajes de este proceso de intercambio y vínculos. El trabajo participativo puede estar a nivel de formulación, análisis, toma de decisiones y gestión de los recursos. Y en cuanto a la participación puede ser desde el informar sobre el trabajo hasta llegar a la corresponsabilidad en los resultados. Esta modalidad de trabajo surge en los años 70 como reacción a la aproximación positivista que no entregaba resultados del todo satisfactorios en ciencias sociales. Parte en comunidades reducidas bien delimitadas y de a poco se fue expandiendo a las zonas urbanas con mayor número de habitantes. El trabajo con instituciones que tienen poder de decisión en igualdad de condiciones, se concibe como un buen espacio intersubjetivo de trabajo para tratar temas complejos fuertemente arraigados en nuestra cultura. Se busca la producción de conocimiento propositivo que lleve a la transformación social, por medio de un proceso de debate y construcción colectiva. Pasar desde un trabajo intra institución, desconectado de las producciones de contenido y prácticas que otras organizaciones afines desarrollan en sus quehaceres en el ámbito público y privado, a un trabajo intersectorializado y colaborativo que reconoce la complementariedad de las capacidades y la necesidad de integrar esos saberes y prácticas en problemas de difícil resolución. Para la apropiación del proceso se deben establecer etapas que incluyan como forma de trabajo la construcción de sentido en base a la interrogación y elaboración de nuevos contenidos consensuados, sin olvidar integrar los intereses legítimos que puede tener cada participante como representante de su institución. Por lo mismo no se espera que siempre haya convergencia de significados, la divergencia también es parte y los problemas de comunicación muchas veces son problemas que se deben gestionar dentro de la metodología participativa. Estas etapas debieron potenciar espacios de conversación que fueran generando un colectivo y sentidos compartidos por el mismo. No sólo hay una negociación y acuerdos de contenidos y significados, como podría ser el espacio de debate después de una ponencia en un congreso. Se trata que ese espacio tenga las condiciones que permitan ir configurando un grupo que se amplía a cada etapa, fortaleciendo las competencias

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necesarias para abordar el problema de violencia contra la mujer. Este diálogo propositivo, rompe el individualismo y jerarquías propias de nuestra sociedad, hasta llegar al entendimiento y corresponsabilidad de los objetivos obtenidos por el proceso completo. El trabajo colectivo de las personas, tanto en instancias de foro, reflexiones grupales, conversaciones, decisiones de contenidos, de diseño y formas de aplicabilidad de tales decisiones, no está exento del ejercicio del poder, al contrario, el poder ha sido un elemento clave en la articulación de las distintas instancias que se busca sistematizar. Aunque no se consideran ni son parte de los resultados esperados, la constitución de redes informales en el ámbito público y privado, y la sustentabilidad de la línea de trabajo en torno a la violencia contra las mujeres, es un efecto propio de la metodología participativa que puede estar presente en los logros secundarios de este proyecto.

Metodología de la sistematización Técnicas de trabajo para la sistematización de experiencia Iniciamos este proceso, preguntándonos ¿Cómo abordaremos esta sistematización?, a lo cual, primero efectuamos una revisión bibliográfica que proporcionó una visión panorámica, algunos hitos, que reflejan el carácter de lo que es una sistematización y sitúan sus orígenes, principalmente en Latinoamérica, siendo esta una expresión sociohistórica-cultural de transformación. Esto último, se puede apreciar, en los distintos conceptos que emergen, las miradas de estos sobre la realidad y los énfasis, dando cuenta, de un proceso de construcción, elaboración, re-construcción y re-elaboración sobre las prácticas, aprendizajes, y experiencias de las personas. El proyecto completo contempla numerosas etapas y actividades tendientes a cumplir con los objetivos planteados. Sin embargo, no todas estas fases implican un espacio de negociación de sentidos y contenidos asociados al fenómeno de la violencia extrema de género. Para que ese momento ocurra, es necesario que las diferentes partes interactúen y dialoguen, sometiendo sus conceptos y argumentos a debate. Se considerarán sólo las instancias dentro del proceso donde los actores pertenecientes a AGCID, FLACSO-Chile, SernamEG y MinmujeryeEG se relacionan y debaten sobre los contenidos a tratar, los tiempos, la estructura que propicia el intercambio de conocimientos y los invitados y participantes pertinentes a convocar.

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Por medio de fuentes primarias y secundarias, se reconstruyó el relato de la experiencia y organizó la información de forma comprensiva y cronológica, para definir los hitos significativos que representan instancias de foro. Cabe destacar que las fuentes primarias, se basa en entrevistas en profundidad, con el fin de poder establecer una relación comparativa entre el periodo 2015 y 2016. Tabla N°3 Descripción de fuentes de información de la sistematización Fuentes primarias ( entrevistas)

Fuentes secundarias (documentos)

Nivel institucional. • Director FLACSO-Chile. • Director AGCID. • Directora SernamEG. • Ministra MinmujeryEG.

• Minutas reuniones y acuerdos 2015 y 2016. • Carta invitación países 2015 y 2016.

Nivel operativo (2015-2016). • Director FLACSO-Chile. • Representante Comité FLACSO-Chile. • Representante Comité de AGCID. • Representante Comité de SernamEG. • Representante Comité de MinmujeryEG.

• Programa grupo de estudios 2015 y 2016. • Relatorías discusión de grupos de estudios 2016. • Información lista de asistencias seminario 2016. • Reporte asistentes seminario 2016. • Informe resultados encuesta satisfacción seminario 2016.

Seguimiento Seguimiento Seguimiento Seguimiento

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

La sistematización a realizar del proceso de elaboración de contenidos, responde a la necesidad de conocer si las instancias de foro que posee en varias de sus etapas, permite el trabajo de diferentes actores provenientes de diversas organizaciones (privadas y públicas) en forma articulada, la profundización de los contenidos de interés, la negociación de un lenguaje común y la vinculación con instituciones públicas de Centro América. El conjunto de elementos mencionados, y la construcción dialógica de un evento de esta naturaleza, permitiría un desarrollo más eficaz y articulado para las instituciones interesadas en trabajar sobre violencia de género. Los actores consultados para la sistematización y el equipo que realiza esta acción, han participado activamente en la experiencia a sistematizar. Se cuenta además con el registro de las actividades que componen

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el proyecto. Por medio de minutas, listas de participantes, asistencia, fichas de registro e inscripción y la publicación del 2015, se reconstruirá el proceso.

¿Qué aspectos se buscan sistematizar?

Tabla N°4 Hitos de sistematización año 2016 Instancia a sistematizar

Sub-aspectos de sistematización

Comité de seguimiento.

Acuerdos, Organización Funciones, Participantes

Grupo de estudio.

Acuerdos, Organización Funciones, Participantes

Seminario Internacional

Debates, Grupos de trabajo.

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

En las instancias, mencionadas anteriormente, se pondrá énfasis en identificar: contenidos, actores participantes, transacciones y negociaciones entre los diferentes representantes de las instituciones involucradas. Finalmente, el material disponible para ser analizado corresponde a: Tabla N°5 Fuente de información año 2014 a 2017 Fuente de información Documentos

Fecha de recolección Entre septiembre de 2014 y abril 2015. Entre septiembre a noviembre de 2016. Entre enero y marzo de 2017.

Origen Asociados a proyecto de 2015. Asociados a proyecto de 2016. Entrevistas grabadas y Realizadas, a parte del transcritas equipo del comité de seguimiento ad hoc que estuvieron presentes en los dos años. Entrevistas grabadas y Entre enero y abril de 2017. Realizadas a directivos de las transcritas instituciones organizadoras (Minmujery EG, AGCID, SernamEG y FLACSO-Chile). Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

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Un importante de considerar para el equipo de trabajo, fue el que el proceso de 2015 no tenía contemplada una sistematización de experiencia, por lo que mucha de la información conservada no necesariamente está documentada con el detalle para reconstruir el proceso. Al mismo tiempo, no todos los documentos son comparables en las diferentes etapas del proyecto, aun cuando en los dos procesos se dieron los mismos momentos. Para las entrevistas en profundidad se elaboraron dos pautas (directores y representantes comité de seguimiento) que tenían finalidades distintas: Pauta 1: Buscaba profundizar en el conocimiento sobre el proceso de trabajo participativo durante el proyecto. Pauta 2: El objetivo era obtener una visión institucional sobre la importancia de participar en procesos que tuvieran estas modalidades de trabajo. Se invitó a personas de las cuatro instituciones a participar. Por razones de agenda, se realizaron finalmente entrevistas a tres de las instituciones convocadas.

Resultados En cuanto a contenidos, del material escrito que se obtiene, tanto de la recopilación documental como de las entrevistas, se desprendieron 16 categorías temáticas que abarcan los diferentes momentos en que se produjeron instancias de diálogo en los participantes de la comité de seguimiento ad hoc que debía elaborar y validar el proyecto y su implementación para la realización de un seminario internacional sobre la violencia extrema de género, femicidio y suicidio por razones de género. Estas 16 categorías se agrupan en tres macro categorías temáticas que las instituciones definen el trabajo colaborativo: 1. Trabajo participativo. 2. Género. 3. Contenidos logrados.

Trabajo participativo Dado que el énfasis de la sistematización de experiencia está en la negociación de contenidos y acciones por parte de los participantes del comité de seguimiento ad hoc, el trabajo participativo emerge como una

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categoría macro que integra varias de las categorías temáticas. Luego de terminado el seminario hay divergencias en cuanto a las dificultades enfrentadas por parte del comité de seguimiento. Se reconoce la necesidad de establecer confianzas, sin embargo las acciones son un aspecto importante al momento de apoyar o no el trabajo en grupo y la elaboración participativa de las diferentes etapas que componían el proyecto. a)

Gestión de trabajo participativo

Esta categoría englobante surge por la necesidad de definir las condiciones de organización que permiten el trabajo participativo. Por lo mismo corresponde a las acciones y responsabilidades establecidas para el buen funcionamiento de todo el proceso que implica el diseño, implementación y ejercicio del proyecto. Durante el desarrollo de todas las fases del proyecto (formulación, implementación y ejecución) se tienen miradas divergentes en cuanto a la gestión del trabajo que implica poner capacidades complementarias en función de un objetivo. Se relevan elementos subjetivos que intervienen con la misma fuerza que el establecimiento de estrategias explícitas, en una planificación dialogada. “Lo que a mí me hace mucho sentido estratégico, es que FLACSO ha tenido un rol de catalizador de estos procesos de conversación. Teniendo una opinión académica importante, sin embargo el rol catalizador, de ofrecer un espacio en común, de generar ciertas confianzas entre grupos distintos, de distintas áreas del estado, es siempre una contribución. Es una contribución a pensar el problema de una nueva manera, más global, ehhhhh, y más completa, y no fijándose en determinados parámetros que tienen las instituciones por normativa. Ehh, el hecho de que el SernamEG, pudiera ejercer un cierto liderazgo, desde su competencia en el tema, también ayuda que ese actor institucional apoyado por FLACSO, tenga una dimensión distinta y una profundidad distinta de conversaciones significativas con otros actores involucrados, eso” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 6). “Creo que el gran aprendizaje es que la gestión del poder y su conflictividad requiere un diseño, yo creo que el aprendizaje es que ¡Em.!:: la confianza es un efecto, un buen efecto pero no puede estar basado el trabajo colaborativo solo en el factor de la confianza entre los actores, también hay que gestionar y

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formalizar el poder y su conflictividad inherente(.)” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 5). Se reconocen momentos de descoordinación, por lo tanto de divergencias en los sentidos y objetivos, por la conformación del Ministerio de la Mujer en Chile el mismo año del seminario, lo que establece una jerarquía sobre el equipo de seguimiento, en su natural necesidad de instalarse como voz autorizada en los temas relacionados con la mujer. El establecimiento de roles, funciones y tareas específicas permitiría una mejor gestión del trabajo participativo, ya que de esta forma se gestionaría el poder que surge como parte de la interacción de instituciones que entre ellas tienen formalmente relaciones simétricas y asimétricas. También hay opiniones divergentes en cuanto a liderazgo, confianzas y acciones que apoyan los discursos que circulan en el comité de seguimiento ad hoc. Se reconoce el “rol catalizador” en la FLACSO-Chile en los procesos de conversación, al propiciar un espacio de diálogo e integrar diferentes miradas sobre el fenómeno que preocupa. El liderazgo es atribuido a SernamEG debido a su conocimiento en terreno del problema de violencia contra la mujer. Pero el rol negociador de los disensos y conflictos, estuvo ausente en el equipo. Estas divergencias en la organización, se cristalizan al término del seminario, pero están presentes mucho antes en el proceso de reuniones del comité de seguimiento. Esto desarticula las “confianzas”, por lo tanto, el grado de cohesión del grupo. Los “costos” de esta situación quedaron a nivel personal y no se reflejó en los contenidos finalmente negociados y presentados. Esto se apoya los resultados de la encuesta de satisfacción aplicada a los participantes post seminario. Los coordinadores académicos del Seminario estuvieron disponibles a las demandas de los participantes. (n=61), la suma de la opción está muy de acuerdo o totalmente de acuerdo es 89%. El 2% de los encuestados no estuvo de acuerdo con la aseveración (Documento 26, 2016). b)

Percepción del trabajo participativo

Se construye a partir de la gestión que se tiene del trabajo a realizar. Está centrada en la visión que los participantes del proyecto tienen sobre el trabajo colaborativo, ya sea por sus elementos positivos como negativos

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y la forma de superar las diferentes dificultades que se presenten en el transcurso del proceso. “Y en el fondo entender que hay un objetivo común que es compartido, y que pueden haber lenguajes, miradas, énfasis distintos, pero que ellos pueden ir ajustándose y además se pueden ir haciendo dialogar para que el fondo haya un discurso integrativo finalmente y que todas las miradas, sin que nadie como que hhh, renuencia a sus objetivos pretensiones, que son temas incluidos, eso también aunque uno no lo crea, también siempre está en la mesa, es lo no dicho, pero está en la mesa (0,4), entonces como en todos los procesos, a veces lo primero que está siempre en juego. Y en este caso tampoco es distinto y acá juega a favor la armonía de sentido” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 1). “Creo que se fueron validando que el espacio del colectivo fuera el espacio, que independiente de que ahí haya habido conversaciones bilaterales o quizás cosas que uno quisiera precisar de parte de todos y todas las integrantes de la mesa, como validar que el fondo el espacio del colectivo estuvieran todos o no, y que se había construido como el espacio formal de trabajo, como las reuniones” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 1). “Cuando uno se vincula con diferentes instituciones, en este caso AGCID, ¡Eh!:: SERNAMEG, el Ministerio, ¡Eh!:: está hablando de tres instituciones pero está hablando de varios agentes del Estado, entonces está hablando de personas, varias personas, entonces estamos hablando de un trabajo colaborativo que no es bidireccional, estamos hablando que tiene múltiples direcciones, entonces claramente, son grados, ¡creo yo!, de colaboración, entonces hay momentos de mayor colaboración y momentos menos colaborativos, momentos que son de más de diálogo y otros que son monólogos, entonces, esto yo diría que se mueve en grados. Entonces, puede haber instancias que son definidas como colaborativas, pero, ¡Eh!:: no necesariamente por llamarse así, lo que resulte de ellas lo sea” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 5). “Más allá de los hitos (grupo estudio, seminario, libro), la idea de una metodología participativa y colaborativa entre las diferentes instituciones, es una instancia necesaria, que se busca, pero que

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no necesariamente es cómoda. Porque somos pocos entonces el poder trabajar entre muchas instituciones no es fácil, pero hace que se pare y que se reflexione sobre temas que muchas veces la inmediatez hace que se vaya más hacia el activismo que hacia la reflexión. Por lo que si bien no es algo que sea sencillo es algo que se busca” (Entrevista director 8). El trabajo participativo no homogeniza, sino que integra y gestiona la diversidad. Lo no dicho también está presente y marca diferencias, pero hay un sentido compartido que une. En este caso se reconoce el objetivo común, y la necesidad de establecer un discurso integrativo. La negociación se da en un espacio colectivo que debe ser validado como tal, para que los acuerdos no sean resultado de relaciones bilaterales. La experiencia releva la importancia de identificar los momentos colaborativos y distinguir una variedad de niveles de cooperación, marcados por las etapas del proceso. El trabajo participativo requiere más tiempo que el individual, en reuniones y esfuerzo pero se concibe como necesario si se quiere involucrar a los participantes y responsabilizar de los resultados y se quiere establecer un espacio de reflexión sobre el problema enfrentado. c)

Situación de contexto

Esta involucra todos los elementos situacionales a los que se haga referencia y formen parte de las condiciones institucionales, personales, temporales y espaciales durante el desarrollo del proyecto, influyendo en los resultados esperados en cada etapa. “Que le proceso de hacer un trabajo colectivo, nos pilla, nos aborda, justamente en un minuto, en que hay las complejidades propias de un servicio y un Ministerio se están separando, entonces, justo nos tocó en ese minuto, entonces fue como la prueba de coordinación y re-encuadre en este nuevo escenario, además con las sensibilidades de que somos las mismas personas” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 1). “Es un tema que sacude a la Región, coincide con la creación del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Es un tema que podemos tratar en un marco internacional, porque hay una demanda similar y podemos, digamos, compartir experiencias,

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compartir buenas prácticas, compartir también lo que no se ha hecho también, ósea. Creemos que puede ser un tema” (Entrevista directivo 3). “Pero también en el contexto de cambio que está sufriendo el área de la mujer, el organismo de la mujer en Chile, con un Ministerio recién instalado, con funciones poco claras, con una relación con un servicio que es dependiente, pero que ha ejercido la actividad como mecanismo de la mujer desde hace 25 años. Era claramente un elemento a considerar. Muchos desajustes que se produjeron durante el proceso, pero yo ahí rescato la fortaleza del equipo humano, del equipo técnico de violencia de género el SernamEG” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 6). Una situación de contexto directo que acontece durante las actividades de grupo de estudio y del seminario, es la inauguración en Chile el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género. Esto marcó diferencias en los modos de relación que se establecieron en las instancias de trabajo en grupo: i. Las relaciones se jerarquizaron en cuanto a poder en las decisiones y acceso a redes de trabajo en los temas. ii. El tema del femicidio/feminicidio adquiere mayor significación que el suicidio de mujeres por razones de género. iii. Se “fragmenta el trabajo” en la representación de dos polos: organizaciones públicas y académicas. Otro elemento que también incide, está a nivel internacional, al constituirse la violencia de género un problema reconocido en forma mundial, lo que aúna las voluntades y los objetivos en torno a mecanismos de actuación y resultados esperados para los próximos años hasta el 2030. d)

Condiciones institucionales

Es una de los factores de contexto que surgen como relevantes durante el proceso. Revela situaciones propias de la institución, que pueden ser permanentes o temporales y que condicionan los logros del proyecto. “mmmm yo creo que el gran desafío tiene que ver con las velocidades, las velocidades que, en términos de academia, son normales por decirlo de alguna forma. El tema del libro es el mejor ejemplo de la distinta velocidad que tienen de contribuir

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con conocimiento desde las instituciones públicas, por qué las instituciones hacen, pero piensan poco, reflexiona poco, vacían poco sus contenidos experienciales y en documentos, por lo tanto diría que el libro, que es como la gran tortura” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 6). Las condiciones institucionales estuvieron presentes en ambos años de seminario e influyen en los resultados obtenidos: i. Diferencias de situación en la organización 2015-2016 en cuanto a la cantidad de personas que están en una posición de diálogo, lo que hace que los acuerdos fueran más sencillos de consensuar en el 2015 (conversaciones bilaterales) frente al 2016 que tiene más representantes por institución. ii. El tiempo y las modalidades de trabajo. La elaboración de un libro marca la diferencia entre academia e institución pública. Si bien el libro es una buena estrategia de compartir conocimientos que rompe con la temporalidad limitada que tiene el grupo de estudio y hasta el mismo seminario. También presenta una dificultad, ya que marca el tiempo de otra forma, en cuanto a la velocidad de producción de contenidos y la reflexividad que se quiere pero que está fuera de las posibilidades por la acción constante que es parte del trabajo de las instituciones públicas. iii. La formación de Ministerio de la Mujer y Equidad de Género (MinmujeryEG) en el momento que se estaba en la etapa de diseño e implementación del proyecto. e)

Condiciones personales

Revela situaciones atribuibles a las personas que participan, que pueden ser partes de su modo de trabajo o circunstanciales a un evento particular pero que condicionan los logros del proyecto y las relaciones entre los grupos participantes. Es parte de la situación de contexto inmediato de operación el proyecto. “Claro porque tú me dices un contraste de la experiencia seminario, como por ejemplo con el seminario que se hizo en el 2015, por ejemplo, estaba XXX, no sé si tú lo alcanzaste a conocer. XXX era realmente un súper hombre, tú lo veías llegar a primera hora, con los estandartes, los pendones, los papeles, que se yo. Y el que, actuaba como registrador, hacía de moderador, exponía, ponía el pendón, ósea, un hombre orquesta, es difícil

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que un funcionaria haga todo eso. Entonces, yo creo que fue una excepción, justamente, porque el bueno, hacia clases en FLACSO, estaba más conectado, se sentía como. Pero yo creo que los que seguimos en este segundo seminario, tratamos de poner lo mejor de nuestro tiempo, de nuestra actitud para que saliera optimo, pero claramente había déficit, que no lograron ser cubiertos, y eso me imagino que estaba sobre. Ese tipo de persona valía por tres” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 6). El 61.4% de los participantes en el seminario tiene entre 0 y 10 años de experiencia laboral en temas de violencia de género, y un 38% más de 10 años de experiencia (n=171) (Documento 28, 2016). Se reconoce además la relevancia de las condiciones personales de los participantes en tres aspectos centrales: i.

Competencias personales en habilidades blandas

Se releva la presencia de una persona del Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) que corresponde al actual Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género (SernamEG) que estaba en el 2015, pero no en el 2016 y al que se le atribuye la capacidad de hacer muchas tareas que apoyaba el trabajo general. Se reconoce en los contenidos de los entrevistados que la modalidad de trabajo del 2015 fue menos participativa y el trabajo de dos o tres personas posibilitó mejor comunicación entre las partes y la rápida toma de decisiones para realizar los procesos planteados, mientras que la modalidad dialogada, mejoró en involucramiento de las partes en cada uno de los hitos parte del proyecto. ii. Competencias personales en habilidades técnicas La escritura es un elemento que provoca tensión, se espera este producto pero al mismo tiempo se reconoce la falta de experiencia y tiempo para escribir por parte de las instituciones públicas. iii. Experiencia de los participantes En la búsqueda de compartir conocimientos y experiencias, para comité de seguimiento ad hoc, la pertinencia de los invitados, en cuanto al tiempo trabajado, era central de forma de tener un nivel de trabajo con

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más elementos para reflexionar. Los inscritos al seminario en su mayoría tienen menos de 10 años de experiencia, y de este grupo el 39% menos de 5 años de trabajo en el tema. Finalmente, en la interacción de los participantes, se revela que los años de trabajo, si bien son un indicador de la experiencia laboral, no representan el compromiso ni la capacidad en innovación, ni de diálogo de los participantes del grupo de estudio, y de trabajo durante el seminario. Cada persona aporta tanto desde su desconocimiento o de su conocimiento a la reflexión de un problema difícil de abordar como es la violencia extrema de género. f)

Metodología de trabajo participativo

Se refiere a todos aquellos aspectos que dado el problema planteado nos permiten el abordarlo en forma coherente a un sustrato conceptual y suficiente para su resolución. En este caso se refiere al trabajo cooperativo entre las instituciones en la búsqueda de ampliar, profundizar y compartir el conocimiento y prácticas que apoyen el trabajo de los interesados contra la violencia de género. Forma parte de la gestión del trabajo participativo y es coherente con la necesidad de propiciar el diálogo reflexivo y propositivo para la obtención de los objetivos propuestos. Las personas involucradas en un trabajo participativo tensionan la metodología empleada en dos aspectos: i. El número de participantes muchas veces actúa contra las instancias de reflexión participativa, pero propicia la difusión y la probabilidad de generación de contactos. ii. La capacidad resolutiva de las personas que participan aumenta la conflictividad, dada la presencia de relaciones asimétricas. La gestión del poder es central cuando se dan estas condiciones. A nivel directivo, hay una coherencia en la visión sobre la metodología en cuanto al involucramiento que implica al momento de responsabilizarse por los procesos y resultados. Se busca un trabajo participativo para el desarrollo de fenómenos complejos que debe comprometer a cada participante para el logro de objetivos. Con respecto a las personas asistentes al seminario, que estuvieron presentes tanto de las ponencias como de los grupos de trabajo realizados dentro del mismo seminario. Hay una calificación positiva a la metodología empleada para los grupos de trabajo, en cuanto a generar intercambio de conocimientos y prácticas en torno al tema de las violencias hacia las mujeres.

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“Y además esa metodología de trabajo ¡Eh!:: Ya! la compartíamos de experiencias anteriores con FLACSO, [Ya!., des… Yo no recuerdo en este momento, mala memoria a esta edad, peor aún ¡Eh! el 2015, el 2014 también hicimos un trabajo en materia de género precisamente en esta perspectiva de ir acumulando ¡Eh! aportes y utilizamos también la metodología participativa de poder involucrar a los participantes ya expertos de nivel nacional nuestros que pudieran hacer aportes al trabajo del proyecto, digamos!” (Entrevista director 4). “Lo que estamos buscando es generar un modelo, un dispositivo de foro público, entonces justamente la idea era conservar y perfeccionar aquello que en el año 2015 se realizó para realizarlo en el 2016. […], que tiene tres partes; tiene grupo de estudio, tiene seminario y tiene producción de un libro [Ya! y dentro del Seminario grupos de trabajo., Y a nivel de actores, tiene distintos actores públicos y privados y tiene el sistema FLACSO digamos presente y ¡Eh!:: y el comité de seguimiento que es la instancia colaborativa pero en el fondo este año fue con mayor instancia resolutiva y también mayor conflictividad, el año pasado había menos resolutividad en las instancias y menos conflicto […] Esa es una hipótesis importante de interpretación; a medida que participan personas con capacidad resolutiva aumentan los conflictos en el comité de seguimiento, menos capacidad resolutiva menos […] Tiene que ver centralmente con el tema del poder y cómo se gestiona el poder entre instituciones que se ven unas a otras como iguales o desiguales, hay atribuciones de imágenes, entonces yo creo que cuando se gestiona el poder está el conflicto presente, entonces el conflicto no es algo anómalo [Si no que es parte” (Entrevista equipo comisión seguimiento 5). “Si es un seminario más académico más de debate más chico, quizás ahí tal vez, uno tendría que ser súper focalizado, decir las personas que van son estratégicas y que entonces no es un seminario abierto masivo, como para difundir cosas” (Entrevista equipo comisión seguimiento 1). “ehhh, emmm (0.5) a ver, desde el punto de vista de la AGCID ehhhhh, lo más relevante es que concreta una dimensión de interés de la política de cooperación, en orden de establecer alianzas públicos académicas (0.4). eso para mí es el contexto que le da soporte a este trabajo colaborativo con FLACSO. Que es

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vincular la academia con el sector público en materia que son, de, que están en la agenda internacional, que está en las prioridades gubernamentales y que mmmm (0.4) es una combinación virtuosa, que apoya una reflexión crítica, que apoya una mirada en común, y que apoya una cierta visión completa de un fenómeno que es intersectorial, pero que deja déficit, en torno al Estado, esta sectorizado para abordar un fenómeno como el de género y violencia, y por eso resulta muy pertinente. Yo diría que eso es una de las grandes contribuciones” (Entrevista equipo comisión seguimiento 6). “Esta metodología de trabajo e es una metodología a replicar, es decir que no solamente hacer un evento en que se junte mucha gente a conversar y se escuche, sino que también exista esta otra instancia en que se obligue a parar y a reflexionar sobre los temas y dejar de naturalizarlos. Que luego hayan más invitados para profundizar para terminar en un producto que pueda ser difundido y ampliar la cantidad de público al que se llega” (Entrevista directivo 8). La suma de los participantes al seminario que piensa que la metodología de los grupos de trabajo, logra generar una relación de intercambio de ideas y prácticas frente al fenómeno en cuestión. Es de 97%, un 2% no está de acuerdo (n=61) (Documento 26, 2016). Al momento de referirse a la metodología participativa, más que centrarse en el reflexionar sobre los elementos que constituyen el modo de trabajo con esta metodología, se centran los entrevistados en las implicancias que tiene la elección de esa opción. En este aspecto, se explicitan los objetivos que esperan de un trabajo colaborativo entre diferentes instituciones: a) Mejorar prácticas, conocimientos e involucramiento. b) Generar un dispositivo de trabajo fundado en instancias de foro y diálogo. c) Establecer alianzas públicas y académicas. d) Fortalecer políticas de cooperación internacional. e) Establecer alianzas de trabajo en un Estado sectorizado. Aparece la dicotomía entre lo público y académico, en cuanto al número de personas que participan. Lo académico por sus objetivos de ahondar en el conocimiento se ve más circunscrita a un interés específico. Y las

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instituciones públicas se relacionan con la búsqueda de más participación y difusión de sus acciones. g) Intersectorialidad Es la gestión de un trabajo que articula las capacidades y recursos de diferentes sectores del sector público para la definición e intervención conjunta de un problema. Se puede considerar como una visión institucional de trabajo colaborativo, al poner en juego competencias diferentes y complementarias que permiten un mejor quehacer. “Entonces por ejemplo, todos los temas que se instalaron son temas que son parte de nuestra agenda de trabajo, entonces para nosotros nos sirven, que van, van .hhh, van, van, cimentado, me entendí, contenidos y disposiciones, a entrar en alguna áreas, como el protocolo de investigación femicida, la cosa pericial, entrar en esto de las policías, que la primera vez que vinieron al seminario de flacos, fue también, pero la conversación no fue tan empática, sino que fue más, mira tú esto. Con el Salvador, nosotras estamos en otra y ahora cambio, era otro momento. Ha pasado más tiempo de trabajo también, entonces, es como cuando tu leí un libro y no te hace sentido, y lo agarras dos años después y te hace sentido” (Entrevista equipo comité de seguimiento 1). “Ahora, es un tema en que participamos en el seminario, pero no tenemos proyectos propiamente tal en esta temática digamos, de los recursos nuestros de cooperación. Pero si creemos que es una demanda, para hacer seminarios, para compartir buenas prácticas, y que hemos estado trabajando con el ministerio de la mujer, en distintos temas, y en distintas lugares de Sudamérica, y compartiendo experiencias, creemos que ese es el ámbito” (Entrevista director 3). “Debido al desconocimiento de la temática por parte de muchos encargados de las misiones diplomáticas, se realizó un seminario y un encuentro binacional Chile-Argentina y viceversa, con el fin de realizar comparaciones de resultados. Para ello el Servicio Nacional de Menores (en adelante SENAME), SernamEG y la asistencia judicial fueron cruciales, por la participación necesaria de ellos sobre estas temáticas. Con este antecedente se crea una troika, la cual es de nivel sudamericano y con la cual se realiza una conferencia. Para tal programa, los productos esperados consistieron en acuerdos,

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informes, un esbozo de protocolo para cónsules en materia de VIF [Violencia intrafamiliar], y un programa de capacitación dirigida a los cónsules chilenos “(Documento 10, 2016). La acción intersectorial, se aborda desde dos perspectivas. Por un lado, están las fundamentación del trabajo intersectorial, como demanda del Estado y de la necesidad de profundizar en conocimiento por medio de un trabajo articulado entre los diferentes interesados en un objetivo. Se busca además no replicar esfuerzos, personas y recursos monetarios en acciones que son de interés transversal para varias instituciones estatales. Por otro lado, están las instancias que promueven este trabajo entre los diferentes organismos del Estado. En esta perspectiva además se incorporan todos los productos esperados como resultado de los espacios de reunión. El trabajo articulado tiene como centro el compartir, por lo que se requieren espacios de conocimiento mutuo que cambien las disposiciones para trabajar. Por lo mismo hay un nivel individual basado en las personas que establecen esos contactos y uno colectivo centrado en las prácticas inter instituciones que quedan como experiencia de lo que fue trabajar en forma colaborativa. h)

Constitución de redes

Se refiere a la formación de equipos de trabajo en función de temas en común, líneas de investigación y acción propiciadas por las actividades del proyecto. Si bien el proyecto no considera como parte de sus objetivos el que se constituyan redes de trabajo, se espera como efecto secundario a la reunión de intereses y conocimientos. Tanto en el 2015 como el 2016, uno de los elementos que se busca, en la cooperación y en el desarrollo de un trabajo participativo, es complementar competencias y dialogar contenidos para la elaboración en conjunto de conocimientos y estrategias que apoyen el trabajo de cada institución representada. “Para el adecuado cumplimiento de este diálogo propositivo, entre actores y actoras clave involucrados/as en el ámbito de la acción pública contra las violencias de género y contra las mujeres, se le solicita proponer ante nuestra Embajada de Chile antes del 27 de febrero de 2015, los antecedentes de la participación de un o una representante, que posea experiencia en esta área, de manera de

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conseguir el propósito final planteado en la Cooperación Sur-Sur, para identificar posibles proyectos conjuntos, sobre la base un mayor acercamiento entre pares” (Documento 15, 2015). “No sin duda! y eso también, [lo menciono] muy bien es efectivamente uno de los resultados concretos, ósea esto nos permite además, que, no, no, no generar redes para la Agencia si no generar redes tanto para el organismo ejecutor como para la institucionalidad pública que trabaja estos proyectos. Entonces hoy día, hace, nosotros sabemos objetivamente que hace cuatro años atrás el Ministerio, el SERNAM, el Ministerio de la Mujer no tenían el mismo de vinculaciones ni de confianza con muchas personas que han empezado a incorporarse al trabajo de estos proyectos, ¡digamos! y eso nos permite que ellos tengan las redes para poder trabajar los temas en los países, digamos ¡Ah! y que tengan un contacto fluido con ellos, etc, etc, ¡digamos!” (Entrevista director 4). “Este es un trabajo que tiene un antecedente en el 2015, que fue una buena experiencia para nosotros y tengo entendido que para la AGCID también en consecuencia resultó lo del año pasado y tenemos esta pequeña unidad en la que trabajas tú y XXX, donde había más gente que se fue por motivos diversos. Y es una de nuestras líneas de trabajo” (Entrevista director 7). “Hay una necesidad de potenciar la participación de la comunidad en generar redes fortalecidas de forma que el fenómeno se aborde por diferentes actores” (Documento 27). En la medida que los diferentes equipos se conocen institucionalmente y conocen también los temas trabajados, la convocatoria también se facilita. Y así se establece una red de trabajo que va ahondando en los temas que reúnen. En el 2015 se habló de las violencias de género y el 2016 se hace una focalización en dos tipos de violencias extremas que se trataron, el femicidio y el suicidio por causas de género, que también se conoce como suicidio femicida. Hay una reflexión crítica de una mirada común que permite compartir información y generar alianzas para profundizar en los aprendizajes y buenas prácticas, no sólo a nivel Estatal, sino que también se ve la necesidad de articularse con las redes a nivel de la comunidad. No se espera un cambio inmediato porque se reconoce que los procesos son

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lentos. Para que empiece el movimiento y se deben generar múltiples encuentros y conversaciones que vayan estableciendo vínculos y confianzas que permiten y facilitan identificar temas afines y el posterior trabajo conjunto, que entre otras cosas debe multiplicar su área de incidencia. En cuanto a países participantes, el 2016, tuvo 15 países que vinieron a Santiago de Chile a compartir sus experiencias. En el 2015, 10 países participaron del mismo evento, que convocó 80 personas. En el año 2016 se invita a cinco países a compartir sus conocimientos, experiencias en el área pública. Los países que participaron son México, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y Perú. Tabla N°6 Nacionalidad de los inscritos a seminario internacional 2016 (N = 171) País N° de inscritos por país % de inscritos por país Chile 154 90.06% Colombia 1 0.58% Costa Rica 1 0.58% Cuba 1 0.58% Ecuador 1 0.58% EE.UU. 1 0.58% Egipto 1 0.58% El Salvador 2 1.17% España 1 0.58% Guatemala 1 0.58% India 2 1.17% México 2 1.17% Perú 1 0.58% Uruguay 1 0.58% Venezuela 1 0.58% Total 171 100% Fuente: Base de Formulario de inscripción on line de Seminario Internacional, 18 al 24 de octubre de 2016 (Documento 12, 2016).

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Tabla N°7 Nacionalidad de los inscritos a seminario internacional 2015 (N = 80) País Participante 2015 Chile Argentina

Institución representada Sernam, AGCID, FLACSO, e invitados Programa Las Víctimas Contra las Violencia Ministerio de Justicia y Derechos humanos de la Nación. FLACSO-Argentina Barbados Programme Officer at the Bureau of Gender Affairs of Barbados El Salvador - COMMCA Planificación y Monitoreo Institucional Secretaría Presidencial de la Mujer - Delegación Policial San Salvador Norte de UNIMUJERODAC Ecuador FLACSO-Ecuador Uruguay FLACSO-Uruguay Guyana Womem’s Affairs Bureau Ministry of Labour, Human Services and Social Security Jamaica Unit Bureau of Women’s Affairs Paraguay Secretaría de Género del Poder Judicial Corte Suprema de Justicia Fuente: Elaboración propia a partir de minuta reunión 2015 (documento 24, 2015). FLACSO-Chile, 2017.

De un total de 38 instituciones, la mayoría corresponden a organismos del Estado, lo que abre la posibilidad de profundizar en la intersectorialidad buscada. En el año 2015, la prevalencia de instituciones públicas era menor y la academia estaba más presente. Los países representados y las diferentes instituciones tienen el potencial de un trabajo colaborativo desde el momento que se dan las instancias de conocimiento que permiten un contacto fluido en el futuro.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Mapa conceptual 1 Red macro categoría Trabajo Participativo. Condiciones institucionales

Revela situaciones propias de la institución, que pueden ser permanentes o temporales y que condicionan los logros del proyecto. es parte de

Condiciones personales

Revela situaciones atribuibles a las personas que participan, que pueden ser partes de su modo de trabajo o circunstanciales a un evento particular pero que condicionan los logros del proyecto y las relaciones entre los grupos participantes.

Trabajo participativo

Gestión del trabajo participativo

Situación de contexto

Se refiere a todos los elementos situacionales a los que se haga referencia y que formen parte de las condicionantes, personales, temporales y espaciales del desarrollo del proyecto.

asociado con

Corresponde a las acciones y responsabilidades establecidas para el buen funcionamiento es parte de todo el proceso que de implica el diseño, implementación y ejercicio del proyecto. es causa de

Percepción sobre el trabajo participativo

Se centra en la visión que los participantes del proyecto tienen sobre el trabajo colaborativo, ya sea por sus elementos positivos como negativos y la forma de superar las diferentes dificultades que se presenten.

Metodología de trabajo participativo

Revela situaciones propias de la institución, que pueden ser permanentes o temporales y que condicionan los logros del proyecto. Se refiere a todos aquellos aspectos que dado el problema planteado nos permiten el abordarlo en forma coherente a un sustrato conceptual y suficiente para su resolución. En este caso se refiere al trabajo cooperativo entre las diferentes instituciones en la búsqueda de ampliar, profundizar y compartir el conocimiento y prácticas que apoyen el trabajo contra la violencia de género de los diferentes interesados.

Intersectorialidad

Es la gestión de un trabajo que articula las capacidades y recursos de diferentes sectores del sector público para la definición e intervención conjunta de un problema.

Es un aspecto de

Constitución de redes

Se refiere a la formación de grupos de trabajo en función de temas en común, líneas de investigación y acción propiciadas por las actividades del proyecto.

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

Género Otra macro categoría es género, sobre este concepto se convoca al seminario. Esta vez abordando en forma específica la violencia de género, y dentro de ella se enmarca el problema en el femicidio y suicidio por razones de género. Para los efectos de la sistematización se trata de rescatar la pertinencia del tema y la coherencia de las acciones que se realizan con la plana directiva de cada institución. Por lo mismo el que sea parte de la agenda pública y que se visualice como un problema público es central para el apoyo de un trabajo participativo. a)

Agenda pública:

Se refiere a información que se reconoce como parte de la preocupación y acción del Estado para la prevención, intervención y reparación del problema social planteado. Es parte del debate a diferentes niveles del Estado. “Sí, bueno, a ver, yo te podría señalar que el proyecto específico de violencia de género, ¡Eh!:: que ejecutamos con FLACSO dentro

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de otros seminarios, ese y otros, se inscribe dentro de una política institucional de la Agencia que está definida, desde, si mal no recuerdo, desde el 2015, cuando definimos la Política de Estrategia de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile, en definitiva, una instancia pública. En esa Política se define las orientaciones que va a tener la cooperación chilena de aquí a al 2030 en el marco de los objetivos de desarrollo sustentable, y además, definimos una estrategia ¡Eh!:: (.) anual 2015-2018 para cubrir completamente el período presidencial actual ¡ya!” (Entrevista director 4). “Los temas que se tratan sí tienen prioridad dentro de la política pública en términos de género. Lo ha dicho la ministra, antes el Sernameg. Hay más que una preocupación, hay una prioridad en estos temas excepcionales, pero que cada vez se repiten más y que tienen un impacto en la opinión pública muy intenso como el caso de Nabila Rifo donde se está en el juicio oral” (Entrevista director 7). “Esto forma parte de la voluntad expresada por la Jefa de Estado, Sra. Michelle Bachelet, para avanzar en la agenda de desarrollo inclusivo y sostenible que impulsa el país, y que tiene una expresión concreta en el trabajo que cumple la Agencia de Cooperación Internacional de Chile (AGCI), que además de avanzar en apoyo de los diversos esfuerzos de integración regional, demuestra que Chile asume sus compromisos internacionales” (Documento 15, 2015). La agenda pública es un contenido que aparece fundamentalmente en los entrevistados que son directores de instituciones como un fundamento para realizar acciones que apoyen la intersectorialidad, la cooperación de capacidades con otros países, el establecimiento de temas dentro de los países con los que se establece la cooperación Sur-Sur y el fenómeno que se define como un problema social. Se menciona el juicio oral de Nabila Rifo, realizado entre marzo y abril de 2017 presentado ampliamente en los medios de comunicación. Ella fue atacada por su pareja con la intención de matarla y fue condenado por ese acto. Esto pone en la opinión pública el conocimiento de una realidad que se ve circunscrita a un grupo pequeño de la población. En este caso el impacto de la violencia por el ser mujer, trasciende el número de casos. Habla de la instalación de un modelo que deja a parte de la población mundial vulnerable a acciones que castigan su género.

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El trabajar en conjunto busca incrementar el conocimiento en torno a las violencias extremas y el género tanto en el 2015 como el 2016. b)

Percepción sociedad civil

Se refiere a una visión secundaria sobre la importancia del tratar el tema de la violencia extrema de género. Es una mirada indirecta que corresponde a lo que las diferentes instituciones participantes conciben como la mirada de los otros sobre el tema. Ya sea en base a antecedentes de investigaciones que recogen esa percepción, o mediante lo difundido por los medios de comunicación. “Es un tema que sacude a la Región, coincide con la creación del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Es un tema que podemos tratar en un marco internacional, porque hay una demanda similar y podemos, digamos, compartir experiencias, compartir buenas prácticas, compartir también lo que no se ha hecho también, ósea. Creemos que puede ser un tema” (Entrevista director 3). Dentro de los elementos que definen el problema público, no hay mayor referencia a la imagen que se tiene sobre lo que la sociedad civil percibe sobre el problema planteado. Parece tener mayor peso el que se ha instalado como un tema dentro del marco internacional. Esta situación se fundamenta en la naturalización de las violencias en el mundo, y en especial la violencia contra la mujer que responde a una sociedad patriarcal que invisibiliza la realidad y necesidades del 50% de su población. c)

Género como tema

Corresponde al reconocimiento de la necesidad de considerar la perspectiva de género como un elemento importante en la discusión sobre diferentes temas que involucra a hombres y mujeres. “No, que también, mira, pero ahora es muy lindo el discurso, pero estamos trabajando para ver como impregnar del enfoque de género los proyectos de cooperación, porque tampoco es un tema que sepamos trabajar de manera bien en la institución, el tema es un desafío y estamos en ello. En una gestión de proyectos, en una elaboración de proyectos de cooperación internacional el enfoque de género está presente, cual es la metodología, cuales son los mecanismo, como se puede hacer eso, no solo

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tratar temáticas de género aparte, sino que también permear la cooperación, que tenga esa, ese eje, esa luz digamos, que pueda ser capaz de mirar también con esa perspectiva los proyecto de cooperación, pero estamos trabajando en ello, es un desafío, que no es de corto plazo, es de mediano plazo. Entonces en temáticas de género, y que hemos hecho es la resolución 1325 de naciones unidas, hemos hecho algunas acciones de emprendimiento de mujeres, pero no es una, temática que este privilegiada dentro de los proyectos de cooperación, es una temática más, y yo creo es como el enfoque de género puede ser transversal a todos los proyectos de cooperación, yo creo que eso es lo más importante” (Entrevista director 3). “Ahora, dentro, dentro de esa Política, estrategia, y su implementación a través de la estrategia, una de las áreas prioritarias, TRANSVERSAL, una de las áreas TRANSVERSALES es el tema de género [Ya!., ¡Ya¡ para nosotros es una preocupación ¡Eh!:: permanente poder incorporar las temáticas de género que impuso la Presidenta en coordinación con el Servicio de la Mujer y ahora también con el Ministerio de la Mujer, ¡Eh! en el trabajo que hacemos hacia los países de la región, como una forma de contribuir a la política de equidad de género en general y a la incorporación de las mujeres en los diferentes ámbitos de trabajo ¡Eh!:: temático nuestro” (Entrevista director 4). “Se necesita capacitación en los profesionales que trabajan con violencia hacia la mujer, hay un déficit en el conocimiento de lo que implica enfoque de género, patriarcado y machismo” (Documento 27). En este momento, el género como tema, es parte de las políticas públicas de Chile, lo que evidencia la prioridad que tiene en el Estado. Por lo mismo, se apoya con instituciones específicas como MinmujeryEG y desde hace 26 años el Sernam, que ahora se llama SernamEG. El énfasis está en la equidad como logro que permitiría superar los problemas de violencia que ahora se enfrentan. Hay conceptos asociados a violencia como patriarcado, machismo y la misma perspectiva de género que requiere capacitación constante para actualizar y aunar criterios y conceptos que se ocupan constantemente como causa de violencia hacia la mujer. El tratar el género como un tema, se ve en oposición al reconocer en ello un enfoque integrado en el accionar del Estado. El tratarlo como un

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tema, lo define a nivel de discurso donde se reconoce su importancia, pero que no necesariamente se logra integrar transversalmente en el diseño, implementación y aplicación de las prácticas institucionales. Se concibe como un desafío el abandonar la idea de un tema aparte e instalarlo en cada acción como un enfoque, como una mirada que las permea. No se aborda, es parte integral. d)

Violencia de género

Busca hacer una diferencia entre el reconocer el género como un enfoque dentro de la agenda de todas las instituciones participantes, a especificar la violencia extrema como un fenómeno que es parte del primero y que tiene prioridad dada la gravedad que reviste. “Mira, haber, es que no es tema, la idea, es que nosotros queremos, y es lo que está planteado en la estrategia, y es a través de nuestros tres objetivos estratégicos, y nuestras áreas temáticas, es que el tema, el enfoque de género permee de una u otra manera la cooperación. No es solo tener temas específicos de género” (Entrevista director 3). “Los temas que se tratan sí tienen prioridad dentro de la política pública en términos de género. Lo ha dicho la Ministra, antes el SernamEG. Hay más que una preocupación, hay una prioridad en estos temas excepcionales, pero que cada vez se repiten más y que tienen un impacto en la opinión pública muy intenso como el caso de Nabila Rifo donde se está en el juicio oral” (Entrevista director 7). “Muy bueno trabajar con este modelo de trabajo que no considera sólo un seminario, sino que también un grupo de estudio donde se pueden trabajar los temas con respecto a reflexionar, los diferentes temas que surgen con respecto a la mujer y en especial hacia la violencia que en este caso siente que se ha ido naturalizando y que se ha ido perdiendo un poco que la sociedad sienta que hay un impacto importante y que no se incorpore al quehacer social” (Entrevista director). La violencia de género, se ve como uno de los fenómenos importantes de tratar producto de una realidad desigual en la vivencia del género. Pero dada la instalación en la sociedad de la violencia contra la mujer,

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se requiere primero visibilizar el fenómeno como el problema que es. Incorporar al resto de la sociedad que naturaliza los actos violentos hacia la mujer. Una estrategia de trabajo que apoya este objetivo es el modelo de trabajo que se implementó en el proyecto. Un hito que podría ser sólo un seminario de compartir conocimientos y prácticas entre expertos, incorpora nuevas etapas que preparan, profundizan y abordan en forma colaborativa (alianza pública y académica) un seminario que deja un libro como producto, que trasciende el tiempo del hito central y multiplica los destinatarios de los resultados obtenidos. Otras instituciones en el ámbito público, como AGCID, también trabajan intersectorialmente el tema de género, pero el énfasis está más en fomentar una metodología de trabajo que apoye la intersectorialidad y el establecimiento de redes internacionales de cooperación para el intercambio de capacidades, más que el fenómeno per se. Género para los participantes de la Comité de seguimiento, como para la mitad de los directivos entrevistados, no es un tema aislado, sino como una perspectiva que debe estar presente en todas las acciones institucionales por lo tanto no se saca y pone a voluntad en la discusión. A pesar que los participantes en el seminario fueron personas que trabajan directamente con la violencia hacia la mujer, se conciben esta como una situación deficitaria frente a los temas centrales que circulan en torno a género, como la perspectiva de género, machismo y patriarcado. No se visualiza la operacionalización de los conceptos en el día a día. El siguiente diagrama representa esta macro categoría con sus componentes temáticos.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Mapa conceptual 2 Red macro categoría género Género

Agenda Pública

Se refiere a información que se reconoce como parte de la preocupación y acción del Estado para la prevención, intervención y reparación del problema social planteado. Es parte del debate a diferentes niveles del Estado.

Percepción sociedad civil sobre el tema

Se refiere a una visión secundaria sobre la importancia del tratar el tema de la violencia extrema de gobierno. Es una mirada indirecta que corresponde a lo que las diferentes instituciones participantes conciben como la mirada de los otros sobre el tema. Ya sea en base a antecedentes de investigaciones que recogen esa percepción, o por lo difundido por los medios de comunicación.

debe considerar

está asociado con

Violencia de género como tema

Género como tema

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

Corresponde al reconocimiento de la necesidad de considerar la perspectiva de género como un elemento importante en la discusión sobre diferentes temas que involucra a hombres y mujeres.

es parte de

Busca hacer una diferencia entre reconocer el tema de género dentro de la agenda de todas las instituciones participantes, a especificar la violencia extrema como un fenómeno que es parte del primero y es necesario abordar.

Contenidos logrados Esta tercera macro categoría está asociada a las dos primeras porque se vincula con los resultados logrados por medio de una metodología participativa en un proyecto que pone como eje de reflexión la violencia extrema contra la mujer, específicamente el femicidio y suicidio por razones de género. a)

Logro de resultados

Corresponde al reconocimiento de la obtención de los objetivos planteados por el proyecto. Al reflexionar sobre los resultados logrados por el seminario y el grupo de estudio como parte del proyecto, se incorporan aprendizajes sobre nuevos elementos a considerar en el futuro que puedan mejorar nuevos encuentros de intercambio y las prácticas institucionales en la prevención, erradicación, sanción y reparación de la violencia contra la mujer marcada por el hecho de ser mujer. “Falta el libro. Sí, si, mmm, yo creo que el ejercicio previo, es muy interesante, es muy estimulante para los equipos del sector público, y que tienen que ver con el tema, y que tienen pocas instancias

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que no sea avocados a una tarea específica, reunirlos. O sea la persona que invite de cancillería, todavía me ve y me agradece la experiencia. Entonces cuando tú dices que si los resultados, si, entonces, el seminario se hizo, las personas que vinieron tenía muy buen nivel. Falta efectivamente el libro, como un reflejo neto de los resultados final. Pero la experiencia es muy positiva, muy positiva” (Entrevista equipo comisión seguimiento 6). “Si se considera todo, yo creo que sí, pero ahí pasa que yo por ejemplo, en donde se ponen más en tensión las políticas públicas es con los grupos de estudio yo diría, cuando conversábamos ehhhh, había poca gente, entonces claro, el impacto de eso” (Entrevista equipo comisión seguimiento 1). “Si, también trabajamos con FLACSO, [Ya!., Como te decía este proyecto específico es entre comilla una cierta tiene una mirada más de mediano plazo, ósea lo que nosotros esperamos, por lo menos mientras dure el período presidencial actual es poder trabajar los cuatro años temas de género, en diferentes materias dependiendo lo que vayan definiendo los especialistas y los países también que son los que, cuales trabajamos estos tema en el exterior ¡Eh!:: ir haciendo pequeños aportes que puedan ir, ir, ir aumentando la masa crítica en la temática que estamos abordando, digamos, ¡Ah! y por eso es muy importante ¡Eh! el trabajo en equipo y el trabajo de incorporación a los diferentes actores porque eso nos permite, además, ir apreciando cuanto de lo que ya hicimos se va adicionando a lo nuevo que estamos proponiendo, y como se llama, testear que efectivamente que haya quedado algo en la contribución de la temática, digamos!” (Entrevista director 4). “En términos globales los objetivos creo se han cumplido, ahora la INCIDENCIA que tiene esto, el valor asignado que uno puede atribuirle, eso se va a ver en el contexto, en el fondo el libro va ser leído, el libro va a ser comentado, el libro va a ser referente en algún elemento, no todo el libro pero al menos alguna parte, ahí se va a ver realmente, digamos si se cumplen los propósitos más que los objetivos operativos, los propósitos del debate” (Entrevista equipo comisión seguimiento 5). “ehhh, conociendo en el minuto a las invitadas internacionales uno se da cuenta que son personas con un tremendo potencial y

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liderazgo, no me queda duda de eso, y me llamo mucho la atención la policía salvadoreña, la Vice Ministra del Perú, y que eran personas que no solo estaban para dar una exposición y salir, sino, tendría que haber habido actividades paralelas o conversatorios, instancias más asociadas a especialistas y no solo en el seminario, sino no, así como se generó el grupo de estudio, debiera haber una instancia de tipo conversatorio, reflexivo, al inicio y al cierre, de manera de mejor, llenar las expectativas” (Entrevista equipo comisión seguimiento 6). La suma de 90% de los participantes (n=61) está de acuerdo y muy de acuerdo con que contenidos del seminario permiten hacer una aplicación práctica de tipo operacional en relación al problema de la violencia (Documento 26, 2016). El 95% de los asistentes (n=61) están de acuerdo y muy de acuerdo con que el seminario, por medio de sus contenidos, permitió actualizar, integrar, y/o comprender nuevos aprendizajes y/o visiones sobre la violencia de género contra las mujeres (Documento 26, 2016). Específicamente el logro de resultados esperados por el seminario, está marcado por el intercambio de experiencias que se expresa en tres aspectos centrales: i. Resultados del proceso se espera obtener prácticas que sean transferibles a otros ámbitos y experiencias. ii. Identificación de contenidos emergentes que se desprenden de nuevas realidades y conocimientos. iii. Profundización en los conocimientos que ya se tiene sobre el problema de la violencia contra la mujer en Latinoamérica. Estos aspectos son coherentes con la búsqueda a nivel directivo de aumentar la masa crítica, los actores que se involucren y constatar que se sigue adicionando a lo ya realizado. Se reconoce que es un proceso que va creciendo a partir de una base que ya se ha trabajado. En el grupo de estudio que se realizó antes del seminario durante las cuatro semanas del mes de octubre de 2016, se conciben como el espacio donde se tensionan las políticas que se están aplicando, por ello es importante ampliar la invitación a más personas tanto del sector público como de otros sectores que se incorporen al debate.

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La necesidad de aprovechar cada instancia de reunión se hace también explícita sobre las invitadas internacionales. El seminario y las exposiciones en él fueron insuficientes. Él número de participantes en las diferentes actividades, representa aspecto dicotómico entre la profundidad del conocimiento mutuo y de experiencias en otras prácticas y la incidencia, participación y capacidad de difusión de las acciones públicas tendientes a la prevención e intervención en el fenómeno de violencia contra la mujer. El libro es un aspecto que no se realiza de forma participativa, pero que se espera como resultado de todo el trabajo. Es un producto que plasma la reflexión y profundización sobre el fenómeno y que a su vez tiene potencialidad en la incidencia y difusión de contenidos. Por lo que rompe con la dicotomía que producida por la definición del número de participantes que participan en las actividades diseñadas, entre más participantes y mayor difusión, menor profundización de los temas. Es interesante como en las entrevistas que corresponden a miembros comité de seguimiento ad hoc, cuando se habla de los logros y falencias del proyecto la persona es indeterminada y no se ocupa la primera persona plural, como parte de un equipo que construye en forma participativa las diferentes etapas del proceso completo. b)

Buenas prácticas

Identifica acciones que reconocen como exitosas en cuanto al cumplimiento de los objetivos planteados. Una característica de esta práctica es que se puede replicar, y es transferible a un contexto diferente. “Se percibe a Chile como en una mejor posición en sus estrategias de trabajo, por lo que se mira como una fuente de buenas prácticas para el resto de Latinoamérica, que debe adaptar los contenidos a sus contextos territoriales” (Documento 27). Una buena práctica puede emerger desde una dificultad que pone en relieve los elementos a considerar para dar vuelta la situación. Las buenas prácticas están al nivel de generar acciones que integran al sector público compartiendo capacidades y conocimientos junto con el sector académico. Para trabajar en esa base es necesario efectuar acciones que acerquen a los participantes y permitan la generación

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de confianzas. Este es un concepto que aparece durante las diferentes categorías como central para superar los problemas propios de trabajar diferentes instituciones con agendas, capacidades y sensibilidades distintas. “Muy bueno trabajar con este modelo de trabajo que no considera sólo un seminario, sino que también un grupo de estudio donde se pueden trabajar los temas con respecto a reflexionar, los diferentes temas que surgen con respecto a la mujer y en especial hacia la violencia que en este caso siente que se ha ido naturalizando y que se ha ido perdiendo un poco que la sociedad sienta que hay un impacto importante y que no se incorpore al quehacer social” (Entrevista directivo 8). Una práctica replicable reconocida, es el proceso del proyecto que no implica sólo el desarrollo de un hito como la organización de un seminario, si no que involucra diferentes etapas que busca ahondar en el conocimiento y generar redes de trabajo que profundizan aprendizajes sobre el fenómeno y mejores prácticas en la prevención, tratamiento, sanción y reparación. A la vez, esos conocimientos y prácticas se plasman en un libro que permite un efecto multiplicador en tiempo de acción y en número de personas con las que se comparte los resultados. Todo este proceso se ve como un dispositivo a replicar en el futuro. c)

Contenidos emergentes

Se refiere a temas que aparecen como líneas importantes de trabajar que son causa, parte o efecto del tema central del proyecto. “O sea que no es lo mismo escuchar picoteado a escuchar de manera más sistemática, o de interculturalidad o VCM [violencia contra las mujeres]” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 1). “Yo creo que la intersectorialidad quedo como un tópico absolutamente necesario de abordar, y a veces se da como por obvio, etapa superada en el caso chileno, pero aquí vimos que habían, hay practicas que deberían revisarse [Ya!., entonces el tema de la intersectorialidad yo creo que fue un tema que ahí se voy la necesidad de seguir trabajando. Un segundo tema, es el tema de las masculinidades y el femicidio, creo que, ahí partíamos de la idea del punto ciego, del seminario, y creo que efectivamente fue un punto ciego, es decir hablar de la violencia contra la mujer sin hablar de masculinidades o de la construcción que hacen los

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hombres en el tema es una ausencia, ¡Em!:: Otro tercer tema, es el tema del suicidio que ahí quedo de manifiesto que no, se le reconoce su importancia y su sensibilidad frente al asunto pero no hay una lectura de género. ¡Eh! Entonces, en lo que le corresponda digamos, ¡No! entonces, yo creo que ese es un tercer tema que quedo en evidencia en el grupo de estudio. Un cuarto elemento es la bibliografía que tiene fuertemente un sello protocolizador y normativo [Ya!., y no necesariamente de orden teórico. Entonces, ahí queda, ese, ese otro tema para seguir profundizando, el papel de la antropología, de la sociología, la psicología, la ciencia política en esta área de investigación posible” (Entrevista equipo comité de seguimiento 5). “Hay una necesidad de considerar a los hombres, de sensibilizarlos para que sean parte de la solución” (Documento 27). En este proceso, hubo dos instancias en que surgió conocimiento de nuevas líneas y/o temas a abordar en el futuro, tanto para el tema de género como para las formas que nos vinculamos para trabajar mejor. i. El seminario mismo el 28 y 29 de noviembre 2016: donde el suicidio por razones de género, o el suicidio femicida interpela a los asistentes a la búsqueda de estrategias que permitan su detección dentro de las violencias extremas, y no como una responsabilidad acto individual. ii. Los grupos de estudio octubre 2016: las masculinidades como un trabajo poco visibilizado, que queda fuera del análisis y que corresponde a la otra mitad de la población que conforma nuestra sociedad. Y la intersectorialidad como una estrategia necesitada pero no lograda en le búsqueda de articular capacidades. La bibliografía que apoya el conocimiento sobre violencia hacia la mujer, es una bibliografía con un fuerte énfasis en protocolos y normatividad más que en la construcción teórica. Esta situación se transforma en otro tema más emergente transversal a los anteriores que surgen en las diferentes etapas. d)

Profundización del conocimiento

Se refiere a aquellas opiniones que reconocen como uno de los objetivos logrados el adquirir mayor conocimiento sobre el trabajo y experiencias de otros y con ello el mejoramiento de las propias prácticas. Es una acción que se produce tanto por la aparición de los contenidos emergentes ya mencionados, como por el diálogo reflexivo que se

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da entre los diferentes participantes que comparten sus experiencias y conocimiento dando profundidad a aspectos del fenómeno de la violencia de género. “Y desde el punto de vista de si fue o no una contribución, o si aporto o no a la política pública por ejemplo, o a los actores y a la sociedad chilena, dignatarios, actores civiles, organizaciones internacionales, yo creo que sí. La gente se fue contenta sintió que escucho cosas que no había oído, se sensibilizo en temas que no se había sensibilizado, las policías pudieron intercambiar en un almuerzo, en otros espacios más informales la Janette Arias de Costa Rica, en ese espacio se dio la posibilidad de generar una reunión con la corte chilena, o sea, hubo, la ONU-Mujeres venia, estaba muy interesada en hacer su presentación general, pero quería instalar el tema del protocolo de muertes violentas y lo logro instalar, entonces el seminario también fue una plataforma para otras personas que no habían estado en, tuvieran tribuna para poner temas que para nosotros también estaban bien porque contribuyen igual, y además que la gente se fue contenta y con la sensación de que había aprendido, había escuchado, de que había visto experiencias, les sorprendió” (Entrevista equipo Comité de seguimiento 1). “Y ¡Eh! han sido utilizados por los organismos internacionales especialistas en la materia, por lo tanto ir colocando ciertos temas que nos permitan ir haciendo una especie de transferencia de la experiencia chilena en esos temas, pero además, obtener algunos resultados concretos respecto a la inversión que hacemos en esos proyectos, para nosotros ese resultado concreto es precisamente ¡Eh! el poder traer a la actualidad en los nuevos proyectos la experiencia que hemos desarrollado en proyectos anteriores a través de estos grupos de trabajo conjunto, estos equipos que van discutiendo las temáticas y específicamente, particularmente en las publicaciones, porque la publicación es un registro que queda y que nos permite además, difundir las temáticas y lo trabajado en un universo” (Entrevista director 4). “Se necesita elaborar un registro único fehaciente y articulado, que permita una Pauta Unificada. Se trata de intercambiar información en cuanto a conceptos y definiciones entre comunidad internacional, nacional y de base” (Documento 27).

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Las diferentes instancias en que se trabaja colaborativamente se transforman en plataformas para instalar nuevos temas. El libro, reviste un triple objetivo, como reflexión, como registro y como mecanismo de difusión. Su importancia es tan central como las anteriores etapas, aún cuando no está dentro del trabajo participativo realizado en este proyecto. Se busca a diferentes niveles (internacional, nacional y comunitario) compartir un registro de información y una pauta unificada que permita trabajar contra la violencia hacia la mujer. No sólo es una sensación de quedar conforme con los contenidos trabajados. Es la generación de nuevos conocimientos aplicables al propio trabajo tanto de forma conceptual como metodológica. Cada una de estas macro categorías están entrelazadas entre sí, la prioridad es definida por el objetivo y objeto de esta sistematización. Los logros están en función de responder si la metodología participativa, el dialogo reflexivo y propositivo de este proyecto, permite obtener los objetivos buscados en el mismo. El establecer instancias de negociación, acuerdo y gestión de los desacuerdos de contenidos, permite que los diferentes involucrados en la construcción de estos, visualicen esta modalidad de trabajo como una estrategia que permite una mejor articulación entre diferentes actores de un proyecto, mayor involucramiento en el proceso, profundización de conocimiento y una amplitud mayor de mirada lo que permite detectar contenidos emergentes o no considerados en el trabajo que se ha realizado.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Mapa conceptual 3 Red macro categoría contenidos logrados Contenidos logrados

Logro de resultados

Corresponde al reconocimiento de la obtención de los objetivos planteados por el proyecto. se encuentra en

Profundización del conocimiento

Buenas prácticas

Identifica acciones que reconocen como exitosas en cuanto al cumplimiento de los objetivos planteados. Una característica de esta práctica es que se puede replicar, y es transferible en un contexto diferente.

Contenidos emergentes

Se refiere a temas que aparecen como líneas importantes de trabajar que son causa parte o efectos del tema central de proyecto.

Se refiere a aquellas opiniones que reconocen que uno de los objetivos logrados está el adquirir más conocimiento sobre el trabajo y experiencias de otros y con ello el mejoramiento de las propias prácticas.

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

La integración de las tres macro categorías parte con la estrategia metodológica elegida en el proceso y se enlaza con el logro de resultados y el fenómeno en específico desarrollado en el seminario, que es la violencia extrema hacia la mujer.

Conclusiones En el proceso del proyecto, el seminario internacional es un hito central que conduce todas las formulaciones de contenidos y acciones que buscan vincularse para compartir experiencias y así profundizar en el conocimiento sobre la violencia extrema de género, su prevención e implicancias para nuestra sociedad. Si bien el seminario como evento centra las actividades que se diseñan e implementan para el logro de los objetivos del proyecto, no constituye la única instancia participativa. El proceso comienza con el diálogo reflexivo y propositivo en las reuniones de organización y revisión de la formulación del proyecto por parte del comité de seguimiento ad hoc conformado por personas designadas por las instituciones participantes. Continúa con el grupo de estudio donde

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se amplía la convocatoria al resto de la sociedad civil, académica y pública interesada en el fenómeno, lo que permite compartir y profundizar en los conocimientos que se seguirán trabajando durante el seminario. Este último amplía aún más la invitación a participar, agregando mayor número de instituciones tanto de la sociedad civil, organizaciones privadas y públicas. Junto con la base nacional se invita a cinco países a mostrar sus experiencias en el fenómeno de violencia extrema hacia la mujer: México, Guatemala, El Salvador, Costa Rica y Perú. El proceso culmina con la publicación de un libro que recoge las intervenciones en el seminario y autores especialmente invitados. Esta es una instancia que también apoya la reflexión, la adquisición y profundización de más conocimiento, así mismo propicia la difusión del trabajo realizado para seguir dialogando sentidos. No se pudo incorporar en la sistematización de experiencia pero es una etapa del proyecto que los entrevistados relevan como importante, tanto a nivel directivo como a nivel más operativo, como es el equipo parte del comité de seguimiento. Las instancias de debatir y compartir trabajos, experiencias y conocimientos fueron el objeto de esta sistematización. Por lo mismo, los contenidos que emergieron estaban centrados en la metodología participativa y no necesariamente en el fenómeno de violencia extrema de género. Finalmente, la forma en que nos relacionamos para trabajar define algunos aspectos para obtener un buen resultado del proceso. a) Hallazgos Se concibe el logro de resultados asociado a contenidos, para ello el profundizar en el conocimiento es un objetivo buscado y que se expresa tanto en el surgimiento de nuevos temas que ir trabajando para el futuro, como la identificación de buenas prácticas que apoyen la dificultad que implica intervenir sobre un fenómeno invisibilizado desde una perspectiva de género. Esta aproximación se alimenta de dos fuentes: la percepción de la sociedad que se construye en base a lo que es el problema público y los medios de comunicación, que en este proyecto no tiene representación activa, y la agenda pública que también da cuenta de los convenios y responsabilidades adquiridas como Estado. La estrategia colaborativa que diseñó, implementó y ejecutó buena parte del proyecto, tiene como eje central la gestión del trabajo participativo. Los contenidos surgidos a partir de esta modalidad, son centrales en la tarea de sistematizar esta experiencia.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Mapa conceptual 4 Hitos participativos y contenidos emergentes Comité de seguimiento

Acuerdos formulación proyecto, tareas y responsabilidades

finalidad

coordina Grupo estudio

Seminario internacional

sigue

finalidad

claridad del proceso y responsabilidades

LIBRO

finalidad

Profundización del conocimiento, identificar temas emergentes, compartir estrategias y experiencias con invitados nacionales

reconocimiento del trabajo del otro

sigue

Profundización del conocimiento, identificar temas emergentes, compartir estrategias y experiencias con invitados nacionales e internacionales

reconocer y gestionar redes de poder

validación espacio colectivo

rol catalizador

redes

complementariedad del conocimiento

tiempo

definir momentos y grados de colaboración confianzas, complicidad

objetivo común

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

Las diferencias entre un año y el otro está marcado por la metodología, los años 2014 y 2015 no definió como una forma de trabajo participativo, y si bien hubo consultas y acuerdos entre las partes, se ve más como un trabajo bilateral, entre las instituciones públicas con la académica, que realmente una estrategia planteada con características participativas. En ambos períodos del convenio los objetivos se cumplieron, reconociendo dificultades en el segundo por la complejidad y especificidad del tema y por las relaciones entre los miembros del comité de seguimiento ad hoc. Los desacuerdos se superaron al converger en un objetivo común y al existir un planteamiento claro en la formulación de la matriz de marco lógico, pero se reconoce las dificultades entre los diferentes participantes del comité de seguimiento ad hoc, debido a las agendas propias de cada institución y su potencial asimetría. Las relaciones de poder marcan y presentan un desafío mayor a los grupos, al tener que gestionar tales formas de vinculación que tienen mayor verticalidad. Esta situación no se ve como algo anómalo por los entrevistados ya que las divergencias del trabajo colaborativo entre instituciones siempre tienen esa tensión de agendas y poderes, que son propios de la relación entre pares.

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Los hallazgos obtenidos2 se refieren a una transversalidad de fenómenos, que no pertenecen a una sola instancia del proyecto. Estos operan en la construcción de sentido y deben ser atendidos en el proceso. La metodología participativa como estrategia de trabajo estuvo durante los hitos dialogados que fueron sistematizados y los hallazgos representan esos momentos de trabajo colaborativo. Cada instancia tuvo sus propias finalidades, pero los contenidos asociados a la metodología participativa, en las reuniones del comité de seguimiento ad hoc, el grupo de estudio y las instancias de diálogo del seminario, estuvieron en cada etapa. Las tres categorías centrales –trabajo participativo, género y contenidos logrados– se vinculan a contenidos de apoyo a la gestión, elementos técnicos y la presencia de habilidades institucionales e individuales necesarias para el apoyo de la gestión. La importancia dada a las metodologías participativas, es de conocimiento común y principalmente radica en que permite: a) Construir colaborativamente potenciando capacidades. b) Compartir experiencias, conocimientos y trabajo entre los participantes. c) Establecimiento de redes que mejoran el trabajo a realizar. En el establecimiento del diálogo que es base de esta estrategia de trabajo ¿qué elementos apoyan, entorpecen y deben ser gestionados para permitir que se produzca con las ventajas reconocidas? El diálogo producido durante la metodología participativa necesitó de un objetivo central común que guiara las negociaciones. Para ello, los propósitos y objetivos específicos del marco lógico dieron una plataforma de trabajo. Desde la estrategia participativa realizado en el proyecto, aparecieron dos vertientes de desarrollo: a) La transacción de contenidos a conocer y profundizar. Dentro de los contenidos aparecen temas emergentes, estrategias, conocimiento sobre el fenómeno de las violencias de género, experiencias de trabajo, la complementariedad del conocimiento (las cuatro instituciones participantes tenían competencias diferentes que se pusieron al servicio de un objetivo), mecanismos de difusión y el libro como una instancia más de reflexión y replica a nuevas audiencias.

2

Ver mapa conceptual 4.

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b) El establecimiento de un sentido compartido de mayor complejidad por la intersubjetividad que implica la generación de confianzas. Esta modalidad de relación permite el establecimiento de otras situaciones como las redes de trabajo, la valoración del espacio compartido como el espacio de negociación y no establecer alianzas bilaterales, identificar y expresar las agendas intervinientes, la definición con claridad de los status y roles a ejecutar, así como identificar dentro del proyecto cuáles etapas tendrán un trabajo participativo y qué nivel de participación se establecerá en cada momento. La confianza que se establezca permite la coordinación del trabajo participativo y la gestión de las relaciones de poder que naturalmente se den en el proceso. Sin embargo, este no es un trayecto que tiene una sola dirección, ya que la presencia de cada uno de los elementos que aparecen en los discursos y documentos consultados, también contribuyen a ir generando las mismas confianzas esperadas entre las partes. El libro, aunque no forma parte de las instancias a sistematizar, sí contiene en su estructura el proceso de trabajo y los contenidos compartidos sobre el fenómeno de la violencia extrema de género. Además, su figura está siempre presente como una etapa que interesa a nivel directivo en cuanto concentra los siguientes significados: un verificador del trabajo realizado; una práctica replicable; y una oportunidad de ampliar el número de personas con quien difundir y compartir los conocimientos y experiencias expuestas en el seminario. A nivel del comité de seguimiento ad hoc se reconocen los aspectos que los directores visualizan, pero se agrega la tensión de la escritura en tiempos cortos cuando simultáneamente se debe cumplir con una multiplicidad de tareas propias de los cargos que detentan.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Mapa conceptual 5 Metodología participativa y contenidos asociados en sistematización del proyecto metodología participativa objetivo común contenidos parte de

profundización del conocimiento sobre el fenómeno

experiencia de trabajo

se deben generar tiempo

difusión

temas emergentes

sentidos compartidos

transacción de

experiencias

estrategias

interviene

gestión de asimetrías por poder

complementariedad del conocimiento

implica compromiso

respeto

establecer niveles de participación

redes status y roles claros

validación espacio compartido

reconocimiento del trabajo del otro

se expresa en responsabilidad

confianzas que permiten

interés

agenda considerar

Individual

Institucional

libro

Fuente: Elaboración propia. FLACSO-Chile 2017.

Un elemento ambivalente es el tiempo. El tiempo participa en el establecimiento de las confianzas. El comité de seguimiento ad hoc, en su mayoría, se conocía desde el proceso realizado el 2014 y 2015. El tiempo también es un recurso necesario en la negociación y transacción de contenidos entre las partes participantes. Asociado a ello se configuran los dos sentidos. a) Un obstáculo, porque se refiere al tiempo que se invierte en este tipo de trabajos colectivos, ya que implican más consultas y el uso de este recurso para llegar a acuerdos por el objetivo común. b) Una fortaleza ya que el establecimiento de redes permite que ese tiempo se recupere en otras etapas. Una más rápida articulación permite en el futuro acortar los pasos y por lo tanto los tiempos. El involucramiento de todos los actores hace que haya claridad sobre el proyecto a diferentes niveles, sin operar como una cadena de producción con compartimentos de trabajo aislados que no se comunican entre sí y que requieren usar más este recurso para llegar a acuerdos y trabajar colaborativamente. Dado este conjunto de contenidos y relaciones que intervienen en diferentes niveles, se puede identificar elementos de apoyo que estuvieron presentes en los años 2014 y 2015 como el 2016. Las

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instituciones participantes lograron converger en el establecimiento de un objetivo común, en identificar y reconocer la complementariedad como un aspecto que enriquece: la reflexión, competencias técnicas que apoyan la coordinación de actividades, los espacios sociales y físicos de foro para el diálogo reflexivo y propositivo, el uso del recurso tiempo para permitir el trabajo acordado en el 2015 y participativo en el 2016. Las divergencias se produjeron, según los entrevistados, por el “quiebre de las confianzas” en un momento del proceso que correspondió a las reuniones del comité de seguimiento ad hoc en la fase de implementación. Hubo indicios de agendas no explicitadas, pero principalmente la gestión de la metodología de trabajo adquirió un peso mayor. Si bien el poder es un fenómeno natural en el trabajo colaborativo, la presencia de relaciones jerárquicas dentro del comité de seguimiento, que no son coherentes con el trabajo participativo, demandó mayor capacidad de análisis y tensión en la gestión de ese poder. Este elemento marcó el proceso, como una de las personas entrevistada lo verbalizó como que “fragmentó” al equipo de trabajo y los acuerdos establecidos, desdibujando los roles y responsabilidades ya delimitadas. Sin embargo, se mantuvo el compromiso de las partes y el involucramiento para lograr los objetivos propuestos. Se logró articular un grupo base que mantuvo la acción participativa por sobre “el quiebre de las confianzas”. Además, se instala el proyecto como un dispositivo con varias etapas que no se configura solo por las actividades de un evento de reunión entre interesados, como sería un seminario. Las reuniones del comité de seguimiento ad hoc, el grupo de estudio, el seminario mismo y el libro como culminación del proyecto, configuran una unidad compuesta por varias partes que no se restringe a un hito sino a una experiencia que efectivamente se multiplica y que se puede poner al servicio de seguir profundizando en el conocimiento. c)

Aprendizajes del equipo de FLACSO-Chile

El equipo de FLACSO a partir esta sistematización se preguntó por la incorporación de una modalidad de trabajo dialógica entre diferentes instituciones, representada por la metodología participativa, sobre un problema de interés común. ¿Cuáles eran sus ventajas? ¿Qué aprendizajes se pueden esperar que permitan el mejoramiento del trabajo futuro? En este proyecto en específico, hubo dicotomías, donde estuvieron las tensiones, que se develaron luego en los documentos analizados y en las entrevistas en profundidad. Estas son son las siguientes:

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• Sector público frente a instituciones académicas. • Modelo de trabajo público frente a modelo de trabajo académico (escritura). • Tiempo como ventaja frente a tiempo como desventaja. • Agendas institucionales frente a agenda del proyecto. • Reflexión y profundización frente a incidencia y difusión (definición del número de personas que participan). • Verticalidad frente a horizontalidad en las relaciones. Al momento de realizar la sistematización de experiencia y el equipo FLACSO-Chile escribe este capítulo, el proceso del proyecto seguía en curso. Este texto forma parte de la etapa final materializada en la escritura de un libro que permitirá aún una visión más reflexiva y con mayor difusión que el mismo seminario realizado. En la línea de tiempo, cada etapa ha ido aumentando a los participantes y los resultados del proyecto en diferentes públicos. Los aprendizajes del equipo FLACSO-Chile establecidos a modo de listado son los siguientes: a) Interacción en equipos profesionales de diferentes instituciones • Las posturas jerárquicas entre las instituciones son un obstáculo en el momento de realizar un trabajo colaborativo porque impiden las confianzas necesarias. El poder se transforma en inhibición individual y grupal, en coerción, en desconfianza, en formas de desvinculación, es decir, baja el número de decisiones, o aportes, la comunicación se vuelve más lenta, se polarizan los grupos y se generan alianzas dentro del colectivo. Aprendizaje 1: resguardar la equivalencia de jerarquía entre quienes se encuentran a cargo de la gestión del proyecto; negociar y mediar las diferencias de poder en torno al objetivo buscado. • En esta sistematización, antes y durante, la realización de un trabajo participativo, son centrales los modos de relación que se establecen. Son ellos los que permiten la confianza, los acuerdos, el respeto por el otro, sus capacidades y la validación de los espacios colectivos. Aprendizaje 2: explicitar en el proceso de trabajo los compromisos asumidos por las instituciones y las personas participantes. Si hay modificaciones que se pueden implementar establecer el grado acuerdo y desacuerdo.

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b) Gestión de proyecto de cooperación Sur-Sur en materia de género • Los momentos y niveles participativos que se definen dentro de una intervención, se deben explicitar claramente. Así mismo los roles, funciones y tareas que cada grupo o miembro del equipo tendrá en esos diferentes instantes. Aprendizaje 3: compartir y tomar acuerdos con los equipos profesionales de las instituciones sobre el significado, alcance y niveles del carácter participativo del proyecto. • Las agendas institucionales siempre están presentes y también deben ser explícitas para que las acciones a realizar no se obstaculicen por el interés de una en particular. Si se expresan al comienzo, de ser posible, se pueden integrar al tiempo de trabajo. Esta es la metodología bajo la cual se desarrolla el proyecto sobre la violencia extrema hacia la mujer por razones de género, por lo que los mismos principios de diálogo, espacio colaborativo, establecimiento de las horizontalidades, tiempo y vinculaciones debían estar presentes en la construcción de sentido dentro de las instituciones participantes. Se logró establecer instancias de diálogo entre equipos que negocian un objetivo común y que establecen espacios de trabajo colaborativo para el logro de ese objetivo. Aprendizaje 4: es necesario operacionalizar las agendas que se han acordado en torno a los temas de trabajo. • En el caso de este seminario, se lograron los objetivos y las descoordinaciones fueron declaradas y situadas a nivel personal y se superaron con el trabajo en equipo apoyado en los otros aspectos que permiten el trabajo participativo (diálogo, tiempo, espacio colaborativo). Aprendizaje 5: reafirmar que el cumplimiento de los objetivos comprometidos asegura el trabajo potencialmente participativo. • El tiempo debe ser reconocido como un recurso escaso. Es necesario optimizar su uso en la gestión del trabajo participativo, de tal forma que las partes concurrentes asistan a cada reunión y contacto sabiendo a qué aspecto del objetivo común aporta esa actividad. • El establecimiento de redes y vínculos de colaboración son aspectos que ayudan a acortar los tiempos de trabajo, a profundizar en el conocimiento y a no doblar recursos para un mismo objetivo.

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Aprendizaje 6: reafirmar la carta Gantt como instrumento de gestión de un proyecto de cooperación Sur-Sur; el grupo de estudio contribuye al conocimiento de acciones públicas en el mismo tema y permite aun esfuerzo. c) Contenidos emergentes del grupo de estudio y seminario internacional • Se ha ampliado la mirada a nuevos temas que deben ser incorporados para una visión más integrativa como las masculinidades y los estudios de género de hombres, el suicidio por razones de género o el suicidio femicida que es otra expresión de la violencia a la que son sometidas las mujeres. Y a la necesidad de integrar la intersectorialidad como una estrategia real y concreta en el accionar del Estado. Aprendizaje 7: se requiere integrar la producción científica de los estudios de hombres y masculinidades en el tema de violencia extrema de género; un área de trabajo emergente es el suicidio de mujeres por razones de género o suicidio femicida y su incorporación en las políticas públicas. • La relación entre profundizar conocimiento y reflexionar versus la obtención de incidencia y difusión de las acciones, es un punto de tensión que presiona la decisión del número de personas a invitar en cada etapa del proceso. Por sus mismas características, en esta metodología la organización y gestión que se haga del poder, es la que permite mayores o menores grados de cohesión para llegar a las confianzas que propician la convergencia de sentidos y objetivos. Las divergencias no son ajenas al trabajo en conjunto, ocupan un espacio y generan también aprendizajes en la organización y coordinación del trabajo. Aprendizaje 8: no hay contradicción entre reflexión y el objetivo de buscar incidencia en el tema. Estas son las bases para el establecimiento de instancias de diálogo que acuerden sentidos y logren el cambio en los modos de relacionarnos y de trabajar en conjunto, no sólo participativamente en un proyecto, sino que también intersectorialmente, como un eje de alineación e integración entre las diferentes instituciones del estado que persiguen un fin común y que poseen capacidades complementarias.

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AUTORES Y AUTORAS

Juan Carlos Adasme Pinto

Asistente de investigación. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile.

Jeannette Arias Meza

Jefa de Secretaría Técnica de Género. Poder Judicial de Costa Rica.

Claudia Baros Agurto

Psicóloga. Experta en investigación de mercados, Chile.

Jorge Calderón Gamboa

Abogado. Coordinador Sénior de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH).

Gertrudis de Jesús Calles de Lucero

Jefa de Unidad de Atención Ciudadana de la Policía Nacional Civil. Policía Nacional Civil, República de El Salvador.

Verónica Cenitagoya Garín

Investigadora Asociada. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile.

Paulina del Río Jiménez

Presidenta de la Fundación José Ignacio, Chile.

Gabriel Guajardo Soto

Investigador Asociado. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile.

Pierre Lebret

Jefe de Unidad de Política. Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AGCID. Gobierno de Chile.

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Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales

Ángel Ortiz Tribiños

Asistente de investigación. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, FLACSO-Chile.

Ana María Portales Cifuentes

Jefe de Departamento Política y Planificación. Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AGCID. Gobierno de Chile.

Julie Diane Recinos

Abogada. Coordinadora Sénior de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH).

Doris Quiñimil Vásquez

Encargada del Programa Nacional de Capacitación en Violencia Contra las Mujeres. Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, Gobierno de Chile.

Adriana Quiñones Giraldo

Asesora Regional del Programa para el Fin de la Violencia contra la Mujer, ONU Mujeres para las Américas y el Caribe, Oficina Regional en Panamá.

Carola M. Sepúlveda Salinas

Abogado. Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, DIFROL, Ministerio de Relaciones Exteriores, Gobierno de Chile.

Dora Amalia Taracena

Coordinadora de Unidad de Control, Seguimiento y Evaluación de los Órganos Especializados en delitos de Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer Judicial. República de Guatemala.

María Emilia Tijoux Merino

Coordinadora Académica de Doctorado en Ciencias Sociales. Académica del Departamento de Sociología de la Universidad de Chile.

Magdalena Valdivieso Ide

Jefa de la División de Políticas de Igualdad Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Gobierno de Chile.

Gloria Yañez Figueroa

Analista Unidad de Política. Departamento Política y PLanificación. Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, AGCID. Gobierno de Chile

Russela Antonieta Zapata Zapata

Viceministra de la Mujer. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. República del Perú.

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