Dirección General de Materiales Educativos Coordinación Nacional de Telesecundaria Lineamientos para el desarrollo de los Cursos de Fortalecimiento Propedéutico, y de Reforzamiento y Regularización 2011 J u s t i f i c a c i ó n Dentro del marco del Programa de Fortalecimiento de la Telesecundaria, se diseñaron estrategias de reforzamiento a la formación y al aprendizaje, como propuestas pedagógicas complementarias a las que configuran el trabajo curricular durante el ciclo escolar. En ese sentido, previo al inicio del ciclo lectivo, se instrumenta por un lado el Curso Propedéutico para estudiantes egresados de las primarias, el cual constituye una alternativa para aportar elementos que contribuyan a la mejora de su desempeño escolar, y los introduzcan al método de enseñanza‐aprendizaje empleado en las telesecundarias. El curso propedéutico proporciona a los alumnos herramientas de trabajo que les permitirán aprender a aprender, ejercitando sus competencias comunicativas y de razonamiento lógico matemático, que son básicas para el logro de esta habilidad. Por otro lado, se instrumenta el curso de Reforzamiento y Regularización, el cual tiene el propósito de apoyar a los alumnos que ya estudian en Telesecundaria para mejorar su logro educativo. Este curso se aboca exclusivamente a reforzar los aprendizajes trabajados durante el curso regular en los que manifestaron mayores deficiencias. Cabe destacar que la Telesecundaria es un servicio educativo que tiene como objetivo contribuir a aminorar las desigualdades sociales, pretensión que encuentra en los Cursos de Fortalecimiento una herramienta concreta y práctica que coadyuva a favorecer en buena medida la apropiación de los aprendizajes de muchos jóvenes pertenecientes a pequeñas comunidades rurales. Aun cuando cada servicio educativo puede decidir el modo más conveniente de instrumentarla, se enfatiza que esta herramienta deberá ser empleada con la finalidad de atender las necesidades de aquellos alumnos que cursen sus estudios en escuelas que, por un sinfín de razones, adolezcan de múltiples carencias y evidencien bajos desempeños. Ante la imposibilidad de contar con los recursos económicos requeridos, y como una manera de impulsar una gestión educativa planificada con suficiencia y criterio de equidad educativa, los cursos de fortalecimiento se incluyen como actividad financiable en los Programas Estatales de Fortalecimiento, los cuales se han constituido como una forma clara y accesible de lograr la instrumentación de acciones acordes con las características de cada servicio educativo. En ese sentido, la inclusión de dichos cursos como parte de las actividades del Componente 2: “El proceso de aprendizaje de los alumnos es fortalecido mediante acciones de apoyo al rendimiento escolar”, deberá cumplir con los criterios descritos en estas orientaciones generales, así como con el conjunto de las Reglas de Operación del Programa para el Fortalecimiento del Servicio de la Educación Telesecundaria (PFT).
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Orientaciones para la Organización y Funcionamiento Propósitos: General ⇒ Contribuir a elevar el logro académico de los estudiantes de las escuelas telesecundarias.
Específicos Propedéutico ⇒ Ofrecer situaciones de aprendizaje que permitan a los futuros estudiantes de Telesecundaria conocer y practicar la forma de trabajo empleada en este servicio educativo, así como mejorar sus habilidades para aprender a aprender y, con ello, elevar su desempeño en este nivel de enseñanza. De Reforzamiento y regularización ⇒ Coadyuvar a reforzar y regularizar los aprendizajes de los estudiantes que tienen bajo aprovechamiento escolar (calificaciones de 5, 6 o 7), a través de situaciones que propicien poner en práctica sus conocimientos y habilidades en un ambiente adecuado, propicio dinámico, respetuoso y cordial.
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1. De la organización: 1.1 Beneficiarios Serán beneficiarios de los cursos los tipos de estudiantes siguientes ⇒ Propedéutico Egresados de primaria de cualquier tipo de organización escolar, preferentemente los grupos comunitarios CONAFE que ingresarán a Telesecundaria. ⇒ De Reforzamiento y regularización Estudiantes inscritos en escuelas telesecundarias focalizadas y que manifestaron bajo aprovechamiento (calificaciones bajas o reprobatorias) en las asignaturas de: Español, Matemáticas, Ciencias con énfasis en Biología y Geografía de México y el mundo, de primer grado; Español, Matemáticas, Ciencias con énfasis en Física e Historia, de segundo grado; y Español, Matemáticas, Ciencias con énfasis en Química e Historia, de tercer grado. 1.2 Selección de escuelas participantes Con la finalidad de determinar cuáles serán los centros educativos en los que se instrumentarán los cursos de fortalecimiento, se emplearán los criterios siguientes: • Serán objeto de atención prioritaria escuelas telesecundarias que estén en áreas de influencia de escuelas primarias multigrado y/o grupos comunitarios de CONAFE. • Las escuelas seleccionadas en el PEFT 2011 para constituir el OBJETO DE ATENCIÓN del mismo, en caso del Propedéutico, las escuelas adicionales con base en los resultados de algún instrumento de evaluación que manifieste el nivel de desempeño de los estudiantes, preferentemente la información derivada de haber aplicado la Evaluación del Nivel de Logro de la Calidad Educativa (ENLACE). • En caso de utilizar otro tipo de referente, se requerirá que la detección de la necesidad provenga de la aplicación de un instrumento diseñado, desarrollado y estandarizado por una institución externa, de preferencia de educación superior, con experiencia en evaluación de los aprendizajes y con prestigio académico estatal y/o nacional.
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1.3 Tamaño de los grupos Se reitera que los cursos forman parte de una estrategia para revertir la desigualdad social y, por tanto, lo que se busca es mejorar la calidad de los aprendizajes de los estudiantes, antes que promover la participación del mayor número de estudiantes por grupo. Lo anterior supone crear condiciones propicias para la atención de las necesidades particulares de los alumnos beneficiarios, de tal manera que los asesores puedan trabajar con las debilidades detectadas y fortalecer sus competencias con eficacia. Así pues, la conformación de los grupos deberá considerar los criterios siguientes: Propedéutico En comunidades de alta y muy alta marginación, el grupo podrá contar hasta con 10 estudiantes. En comunidades de media marginación, hasta con 15; En escuelas ubicadas en zonas urbanas o urbano‐marginales, hasta con 20 estudiantes. En todos los casos, con excepción de las escuelas ubicadas en comunidades de alta y muy alta marginación, podrá haber una variación de 5 estudiantes más o menos. Con base en la demanda, en cada escuela se podrá abrir más de un grupo. De Reforzamiento y regularización: Se abrirán únicamente aquellos grupos que ameriten participar en virtud del bajo aprovechamiento registrado durante el último ciclo escolar. Un grupo podrá contar con un máximo de 15 estudiantes inscritos en la Telesecundaria. 1.4 Periodo de instrumentación De acuerdo con su propósito y destinatario, los cursos de Fortalecimiento: Propedéutico, y de Reforzamiento y Regularización, se instrumentarán durante el receso escolar. El primero, como una herramienta que coadyuve a introducir a los estudiantes de reciente ingreso a la metodología de Telesecundaria; además, se les proveerá de situaciones de aprendizaje que les permitan ejercitar sus competencias básicas de lectoescritura y de resolución de problemas matemáticos con base en las operaciones básicas, de modo que al ingresar a la Telesecundaria se puedan subsanar algunas de las carencias con las que llegan y esto permita a los docentes de primer grado avanzar con los contenidos programáticos, conforme a lo establecido en el plan y programas de estudio. El segundo, como una estrategia que permita a los alumnos la continuidad de sus estudios. 1.5 Padrón de beneficiarios Las características y los requisitos que debe contener dicho Padrón se encuentran contenidos en el formato de captura del SISPRO.
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2. Del Funcionamiento: 2.1 Calendarización por curso • Del 18 de julio al 12 de agosto, durante el receso escolar. Se hace notar que los servicios educativos estatales podrán adecuar el calendario, siempre y cuando se logren los propósitos establecidos, informando de manera oficial y oportuna a la Coordinación Nacional de Telesecundaria la justificación de dicho cambio de inicio y fin de los cursos de fortalecimiento. 2.2 De la Supervisión De acuerdo con las características geográficas de la entidad y su organización, cada servicio educativo determinará la cantidad de grupos por supervisar. En este caso, si el supervisor regular no participa, se podrá designar a un director de la misma zona para realizar dicha función. 3. De los Recursos Humanos: Se deberá contar con diferentes figuras para lograr la instrumentación de los cursos: 3.1 Propedéutico Asesores: podrá cumplir con esta función cualquiera de los profesionales listados jerárquicamente a continuación: Si la normatividad estatal lo permite, docentes en servicio de Telesecundaria. Si la normatividad estatal no permite lo anterior, egresados recientes de la Licenciatura en Educación Secundaria, preferentemente con especialidad en Telesecundaria (pasantes o titulados). Estudiantes de 7º semestre o superior de la Licenciatura en Educación Secundaria, preferentemente con la especialidad en Telesecundaria. Docentes de otros servicios educativos del nivel. Directores: Técnicos o Comisionados, de las escuelas participantes. Supervisores: Actualmente con nombramiento, de preferencia; en su caso, podrá fungir como tal un director o docente de la propia zona. 3.2 De Reforzamiento y regularización Asesores: de manera similar, en el curso de reforzamiento podrán participar los profesionales que se listan jerárquicamente en seguida: Docentes en servicio, preferentemente con formación en la disciplina por regularizar y dispuestos a laborar fuera del horario regular. Docentes especialistas de la materia con experiencia en otros servicios. Docentes especialistas de la materia con experiencia en niveles superiores. Egresados de la Licenciatura en Educación Secundaria con especialidad en la asignatura.
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4. Del financiamiento: Existirán dos fuentes de financiamiento para la instrumentación de los Cursos de Fortalecimiento: la vía de participación estatal y la federal. 4.1 Participación estatal ⇒ Pago de recursos humanos: compensación para directores y supervisores. 4.2 Participación federal ⇒ Pago de recursos humanos: se transferirán los recursos financieros necesarios para quienes fungirán como Asesores de los Cursos Propedéutico, y de Reforzamiento y regularización (ver apartado 3: De los Recursos Humanos). ⇒ Pago de reproducción de materiales educativos impresos. ⇒ Pago de actividades de capacitación de asesores. ⇒ Viáticos y pasajes para seguimiento, siempre y cuando se presente la estrategia desarrollada de lo que se efectuará: propósitos del seguimiento, definición de criterios para construcción de la muestra, acciones, instrumento(s) por utilizar, estrategia de procesamiento de información, calendarización de las actividades. 4.3 Monto del estímulo para asesores $10,000.00 por asesor que participe en los Cursos: Propedéutico, o de Reforzamiento y regularización. 5. Generalidades Único: Cualquier situación no prevista en los presentes lineamientos será resuelta por la Coordinación Nacional de Telesecundaria.
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