Reglamento Feria de dulces y gastronomía

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MAGIA & TRADICIÓN

FERIA DE DULCES Y GASTRONOMIA NAVIDEÑA REGLAMENTO DE FERIA 1.- ORGANIZACIÓN, FECHA Y LUGAR Artículo 1: La feria de dulces es un evento que forma parte de la programación “Navidad Ibarreña” del año 2015, impulsada por el GAD Ibarra con motivo rescatar las tradiciones gastronómicas navideñas en el marco de los eventos y actividades a desarrollarse en el centro de la ciudad por festividades de Navidad. Tipo de evento: Feria gastronómica - dulces Lugar: Calle Flores entre Bolívar y Olmedo, Fechas: 11, 12, 13, 18, 19 y 20 de diciembre de 2015 Horario de Feria: Desde las 17h00 hasta las 22h00 Teléfono de contacto: 2611890 / 2608489 / 3700200 ext. 2153 Web site: www.ibarra.gob.ec / www.touribarra.gob.ec 2.- INSCRIPCIÓN, REQUISITOS, PLAZO Artículo 2: Podrán participar en la “Feria de Dulces y Gastronomía Navideña” todas las personas dedicadas a la producción artesanal o gastronómica de postres, dulces y golosinas tradicionales navideñas en el cantón Ibarra. Artículo 3: El plazo de inscripción será desde el viernes 4 de diciembre 2015 hasta el jueves 10 de diciembre 2015, 12h30. Artículo 4: El formulario de inscripción está a disposición de los interesados en las oficinas de la Dirección de Gestión Turística y Cultural, Casa de la Ibarreñidad (calle Bolívar y Flores esquina), teléfono 2608489 / 2611890 / 3700200 ext. 2153, primer piso. También podrán descargarlo de la página web: www.ibarra.gob.ec o www.touribarra.gob.ec Artículo 5: El formulario de inscripción firmado constituye un compromiso por parte del solicitante, de su asistencia y aceptación de las normas específicas de la Feria. La inscripción en la feria no tiene costo alguno. Los expositores se comprometen a acatar todo lo dispuesto en el presente Reglamento. 3.- SERVICIOS FACILITADOS Artículo 6: Servicios facilitados por la Organización 6.1. La Organización de la “Feria de Dulces y Gastronomía Navideña” está a cargo del GAD Municipal de Ibarra a través de la Dirección de Gestión Turística y Cultural. 6.2. La Organización entregará a cada participante inscrito una carpa de 3m x 3m, con paredes, tablero, mantel, punto de energía eléctrica e iluminación.


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6.3. Durante los días de feria, el GAD Ibarra facilitará vigilancia de los estands para garantizar la seguridad durante el desarrollo del evento. 6.4. La Organización será responsable de la distribución de los estands, atendiendo a criterios de funcionalidad y cumpliendo el cupo establecido para el efecto. 6.5. El mismo día de la feria, la Organización coordinará con los expositores la ubicación del estand en el lugar de la feria. 6.6. Para la entrega del estand el expositor firmará un acta entrega recepción de los implementos entregados y será responsable de su cuidado y custodio durante los días y horarios de feria. Además como garantía el expositor firmará una letra de cambio con el valor de los implementos, documento que será entregado posterior al día que finaliza la feria. 4.- MONTAJE Y HORARIOS Artículo 7: Montaje y horarios 7.1. Los expositores se comprometen a mantener la actividad del estand durante los días y horarios de apertura al público. Horario de montaje: De 16h00 a 17h00 Apertura y cierre de estand: De 17h00 a 22h00 7.2. Los expositores se comprometen a cumplir los horarios de apertura y cierre de la feria establecidos por la Organización. En caso de incumplimiento no será tomado en cuenta para próximos eventos gastronómicos. 7.3. Es responsabilidad del expositor la logística y el traslado de sus productos hacia la feria. La organización no se responsabilizará en el traslado de participantes y productos hacia la feria ni a lugares de domicilio. 5. EXPOSITORES Y VENTA Artículo 8: Expositores y venta 8.1. La asignación de espacios y ubicación de cada expositor se llevará a cabo por la Organización; esta asignación será inalterable e irrevocable. 8.2. Los expositores no podrán ocupar mayor espacio que el asignado, una carpa de 3m x 3m por expositor. 8.3. Se permitirá la venta de dulces, postres, tortas, golosinas tradicionales o artesanales navideños previamente elaborados. Únicamente se permitirá la preparación en el estand de chocolate, café, aguas aromáticas, empanadas, pristiños,


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galletas artesanales, para lo cual el equipamiento (cocina/estufa/horno) no debe ser industrial. 8.4. Todos los expositores se comprometen a comercializar únicamente los productos que hayan listado en la inscripción. No podrá variar la oferta gastronómica durante el transcurso del evento. 8.5. No se considerará como parte de la oferta de dulces para la feria la venta de fundas de caramelos, confites procesados o industrializados; tampoco será parte de la oferta juguetes y adornos navideños. 8.6. El estand deberá ser decorado con motivos navideños y de acuerdo a la oferta gastronómica indicada en la inscripción. Esta decoración correrá por cuenta del expositor. LA ORGANIZACIÓN NO SE RESPONSABILIZA DE LA DECORACIÓN DE ESTANDS. Artículo 9: En el punto de venta 9.1. Los expositores deberán portar como indumentaria básica para la atención al público: delantal color blanco, gorra (color rojo o verde navideño) o malla para el cabello, guantes quirúrgicos. 9.2. Mantener el puesto limpio y ordenado. 9.3. Favorecer las condiciones de conservación de los alimentos con medidas ambientales apropiadas de ventilación, temperatura e higiene, con el uso de toldos u otros sistemas para proteger los alimentos de las inclemencias meteorológicas, o cualquier otro agente de contaminación que atente contra la seguridad alimentaria del cliente. 9.4. Exponer los productos alimenticios que necesitan refrigeración en expositores o vitrinas refrigerados para evitar la ruptura de la cadena de frío. 9.5. Proteger los demás productos para conservar, bien en sus propios envases o en contenedores destinados a ese fin. 9.6. Disponer de material de empaque de alimentos adecuados como bolsas, fundas, etc., para garantizar la conservación óptima de los alimentos a expender. 9.7. Retirar los residuos que se generen durante la venta con la mayor rapidez posible para que no se acumulen.


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9.8. Cada estand deberá contar con su propio recipiente para desechos con su respectiva tapa y funda plástica. Al final de cada día de feria se deberá retirar los desechos con el fin de mantener una imagen apropiada de la feria. 6.- OFERTA GASTRONÓMICA Artículo 10: Oferta gastronómica Los expositores podrán expender productos en la línea de dulces previamente elaborados, no se podrá elaborar o terminar la cocción del producto en el estand, exceptuando preparación de chocolate, café, aguas aromáticas, empanadas, pristiños, galletas artesanales. Está totalmente prohibida la venta de golosinas o productos elaborados industrialmente y que pertenecen a casas comerciales o productoras de marcas de dulces reconocidas en el mercado nacional. Entre la oferta gastronómica podrán participar: Dulces tradicionales: maní dulce, dulce de guayaba, dulce de leche, arrope de mora, nogadas, morocho de leche, empanadas, quimbolitos, espumilla, humitas, pristiños, aplanchados, higos con queso, maíz enconfitado (caca de perro), arroz de leche, come y bebe, melcochas, helados de paila, helados de crema o hielo. Preparaciones gastronómicas navideñas: tamales navideños, roscas de reyes, pan de navidad, pan de pascua, troncos de navidad, ponche de navidad, galletas decoradas, buñuelos con miel, chocolate caliente, alfajores, tortas de navidad, pie de frutas, mousse. 7.- ACEPTACIÓN DE BASES Artículo 11: Aceptación de bases 11.1. La inscripción y la correspondiente firma del solicitante determina la aceptación de estas bases del Reglamento, por lo que alegar el desconocimiento sobre cualquiera de los puntos contenidos en los numerales y artículos no será un argumento a tener en cuenta por la Organización en caso de incumplimiento de alguno de sus puntos, y será suspendida la participación durante la feria. El GAD Ibarra se reserva el derecho de admisión de los participantes en esta feria.

DIRECCIÓN GESTIÓN TURÍSTICA Y CULTURAL GAD MUNICIPAL DE IBARRA


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