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iniciaron una investigación tras la amenaza
from Edición del 3 de marzo del 2023: Johnny Terán dice que una camaronera provoca inundaciones
by aldiacomec
contra Lionel Messi
La mañana del dos de marzo se reportó una balacera con la que atacaron de forma directa a un centro comercial ubicado en Rosario, Argentina, propiedad de Antonela Roccuzzo, y dejaron una amenaza escrita en contra de Lionel Messi. “Messi te estamos esperando. Javkin es narco, no te va a cuidar”, se lee en un pedazo de cartón que los atacantes dejaron luego de perpetrar el atentado. Pablo
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Javkin, intendente de Rosario, confirmó que se liberó la zona para la investigación que se desarrolla ya bajo la responsabilidad de la Fiscalía del territorio. La localidad se encuentra consternada por el atentado y la amenaza contra Lionel Messi, máximo representante de Rosario y del fútbol argentino, que en diciembre pasado levantó la Copa del Mundo en Qatar.
Fuente: EL Telégrafo
Viernes, 3 de Marzo 2023 | 9
LG-CÓD Juicio No. 12331-2021-00098
UNIDAD JUDICIAL
CIVIL CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO. Quevedo, lunes 19 de septiembre del 2022. a Ias 10h52.
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: SALDAÑA BARRETO
RICHARD DENNIS.
SE LE HACE SABER:
Por sorteo correspondió conocer a la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, la demanda de Procedimiento:
ORDINARIO por Asunto: COBRO DE DINERO
N° 12331-2021-00098, seguido por: ECUAQUIMICA ECUATORIANA DE PRODUCTOS QUIMICOS C.A., en contra de: SALDAÑA BARRETO
RICHARD DENNIS, cuyo extracto es como sigue:
ACTOR: AB. GERMAN
STALIN PARRA MALDONADO, en su calidad de procurador judicial de ECUAQUIMICA ECUATORIANA DE PRODUC-
TOS QUIMICOS C.A.
DEMANDADO: SALDA-
ÑA BARRETO RICHARD
DENNIS
OBJETO DE LA DEMAN-
DA: El accionante, acude a esta Unidad Judicial a demandar al señor SALDA-
ÑA BARRETO RICHARD
DENNIS, para que en sentencia lo condene al pago inmediato del monto de las facturas referidas en su demanda, por ser una deuda determinada de dinero, liquida exigible y de plazo vencido, este valor corresponde a la suma de
CUARENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 25/100 CENTAVOS DE DOLARES, el pago de intereses respectivos determinados en el Art.360 del Código Orgánico General de Procesos, intereses QUE SUMAN LA
CANTIDAD DE DOCE MIL
QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 19/100 CENTAVOS DE DOLARES, dando un total de CINCUENTA Y
CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE
CON 44/100 CENTAVOS DE DOLARES.- Que el demandado compró a la demandante durante el periodo comprendido entre noviembre del 2018 a septiembre del 2019, productos de insumo agrícola, en virtud de lo cual conforme lo establece el Art. 201 del Código de Comercio, se emite la factura correspondiente a nombre de
SALDAÑA BARRETO RICHARD DENNIS, a pesar del tiempo transcurrido y pese a los múltiples requerimientos del demandante el demandado no ha cumplido con el pago de las referidas facturas; por lo que el actor solicita que mediante sentencia y previo al trámite de Procedimiento
Ordinario ordene al demandado SALDAÑA BARRETO
RICHARD DENNIS, el pago de CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 44/100 CENTAVOS DE DOLARES, más intereses y honorarios.-
CUANTÍA: CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 44/100 CENTAVOS DE DOLARES.
TRÁMITE: ORDINARIO
JUEZ DE LA CAUSA:
Dr. Pablo Mariano Ojeda
Sotomayor, Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha Quevedo, jueves 04 de febrero del 2021, a las 08h55, Avoca conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. La demanda que antecede es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se califica y admite a trámite mediante procedimiento ORDINARIO, y ordena que se practique de forma obligatoria la diligencia de citación a la parte demandada SALDA-
ÑA BARRETO RICHARD DENIS, en el domicilio señalado, para lo cual se adjuntará la demanda, las copias necesarias y este auto inicial. Depréquese la diligencia citatoria ante uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón La Mana, a quien se le ofrece reciprocidad en casos análogos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede al demandado el término de treinta días para que conteste la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- OTRO
DECRETO.- Mediante decreto de fecha Quevedo, jueves 18 de agosto del 2022, a las 12h35, dispone que al señor SALDAÑA
BARRETO RICHARD DENIS se lo citará de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 incisos Segundo y Tercero del COGEP, que textualmente Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar, de no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva; por lo tanto la señora actuaria del despacho proceda a realizar el extracto de citación a fin de que se cite al demandado de la presente acción.-
Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial en esta ciudad para que reciba sus notificaciones y que deberá comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrá ser declarada rebelde.Certifico.Quevedo, septiembre 19 del 2022 ARTEAGA
BUSTAMANTE
NANCY NARCISA SECRETARIA más de esto, la compañía GURITBALSAFLEX CIA.
LTDA., ha incurrido en costos y gastos de operación (preparación de terreno, chapia, fertilización, riego) que ascienden a la cantidad de $20.000,00, el Lucro cesante.- Los bienes económicos que no ingresaron ni ingresarán al patrimonio de la compañía GURITBALSAFLEX CIA. LTDA., por cuanto no se pueden procesar para la producción de bloques de balsa para la exportación asciende a la cantidad de $384.000,00.-
CUANTÍA: SEISCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO