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Análisis de las repercusiones de la aplicación de la muerte cruzada en Ecuador

https://www.forbes.com.ec/, este medio digital especializado en análisis político, económico y social, publicó ésto sobre la decisión del presidente, Guillermo Lasso, de aplicar el art. 741 de la Constitución del Ecuador.

El 17 de mayo de 2023 Ecuador empezó una etapa política inédita. Se sintió alivio por el fin de una guerra política sin Dios ni ley y a la vez preocupación por lo que viene. El daño está hecho y no es despreciable.

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En un poco más de 24 meses habrá tres gobiernos, dos elecciones.

PL-1286

R. DEL E. UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO EXTRACTO DE CITACIÓN

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA.

SE LE HACE SABER: Que en esta Unidad Judicial se tramita el juicio de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO No. 12203- 2023-00562, que propone la señora KARINA DEL ROCIO VILLACIS VILLAMAR, en contra de HEREDEROS CONOCIDOS y PRESUNTOS DESCONOCIDOS del señor EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA.

OBJETO DE LA DEMANDA:

Será sin duda una etapa marcada por circunstancias desconocidas, con decisiones controversiales aunque sean convenientes y lógicas, dentro de un espacio en el cual la intensidad de los debates políticos, de sus planteamientos, del grado de radicalización que se incube en las campañas se convertirán en un serio escollo para el mantenimiento de un país vigoroso, con expectativas de crecimiento y cristalización de oportunidades. La economía no trae señales motivantes. Va camino a perder el esfuerzo hecho desde el 2019. La incertidumbre será un componente fundamental que empañará el horizonte y limitará de forma marcada las posibilidades de llevar adelante emprendimientos públicos y privados que bajo circunstancias normales se los lleva a cabo. Los riesgos enmarcados en ese ambiente postergarán decisiones e incluso pueden llegar a cancelar proyectos necesarios para mantener un mercado del trabajo compatible con los cientos de miles de jóvenes que cada año buscan empleo en las actividades económicas, culturales, sociales. No debería llamar

Judiciales

La accionante manifiesta: Que con el causante EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA, desde el 22 de agosto del 2010, mantuve unión de hecho, estable, monogamica en forma continua e ininterrumpida con el señor EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA, por ende desde ese fecha se inició de manera legal nuestra unión de hecho, viviendo juntos desde la indicada fecha, hasta el dia de su fallecimiento, ocurrido el día 14 de abril del 2023, decidimos formar una unión de hecho estable y monogámica con mi extinto conviviente el Sr. EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA, ambos de estado civil solteros, relación que mantuvimos por el lapso de 13 años, esto es hasta el 14 de abril del 2023 fecha en la que fue su deceso, cabe indicar que dentro nuestra relación marital procreamos 2 hijas que responden a los nombres de EMILY DISSLADY GARCIA VILLACIS y BRIANA NAILETH GARCIA VILLACIS de 9 y 6 años de edad respectivamente, mi pretensión es que luego del trámite ordinario de ley, solicito que en sentencia declare con lugar la demanda y que se reconozca la existencia de la unión de hecho entre EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA y KARINA DEL ROCIO VILLACIS VILLAMAR, desde el 22 de agosto del 2010 hasta el 14 de abril del 2023, tal como lo señala los articulos 68 de la Constitución de la Republica y artículos 222 y 223 del Código Civil vigente, Arts. 56 y 57 de la

Ley Orgánica de Gestión de la Identidad de Datos Civiles y Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.

CUANTÍA: INDETERMINADA.

TRÁMITE: ORDINARIO

JUEZ DE LA CAUSA: Dra. Sonia Elizabeth Aguilar Coello. Msc., en mi calidad de Jueza Titular de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quevedo, Provincia de los Ríos, mediante Resolución 138-2015 expedida por el Pleno del Consejo de la Judicatura el 20 de Mayo de 2015, previo el sorteo de ley. VISTOS: VISTOS: Puesta en mi despacho en la siguiente fecha y revisada la misma dispongo lo siguiente: Forme parte de los autos el acta de declaratoria bajo juramento, en atención a la misma, la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO, presentada por la señora KARINA DEL ROCIO VILLACIS VILLAMAR en contra de HEREDEROS CONOCIDOS Y PRESUNTOS DESCONOCIDOS DEL SEÑOR EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA por reunir los requisitos establecidos en los articulos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se califica de clara, precisa y completa, consecuentemente, se acepta a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo establecido en el Art. 289 ibidem. En tal virtud, se dispone: PRIMERO: CÍTESE a, SERGIO EDUARDO GARCIA CORONEL y MARCIA OLALIA FIGUEROA ROMERO, la atención que los indicadores de pobreza regresen a una tendencia deteriorante y con ello al renacimiento de sentimientos de frustración y repudio. en el domicilio señalado por la parte actora, para cual se adjuntará la demanda. copia certificada de los documentos adjuntos y este auto inicial. La citación se realizará por intermedio del personal de la Oficina de Citaciones y Notificaciones de esta Unidad Judicial. Así como también se deberá citar a los herederos desconocidos de EDWIN VLADIMIR GARCIA FIGUEROA, en la forma prevista en los Art. 56 y 58 del COGEP, esto es, mediante publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación de este cantón. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia asi mismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones integras se agregarán al proceso. El término de los herederos desconocidos para contestar la demanda, correrá transcurridos 20 dias desde la última publicación y se deberán tomar en consideración las prescripciones realizadas a los herederos conocidos. - NOTIFIQUESE y CUMPLASE.. Quevedo, 10 de mayo de 2023 AB. VERONIKA VILLASIS VASQUEZ SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA. MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

Lunes, 22 de Mayo 2023 | 11

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