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En plena clase, un alumno de 16 años apuñaló a su maestra de español en Francia

La docente fue apuñalada y recibió los primeros auxilios en el lugar pero no sobrevivió. El menor fue inmediatamente arrestado y se encuentra en dependencias de la Gendarmería

Un alumno de 16 años apuñaló mortalmente este miércoles a su profesora de español, de 50 años, en el colegio Santo Tomás de Aquino de San Juan de Luz, en el País Vasco francés, indicó el Gobierno. Los hechos tuvieron lugar poco antes de las 10.00 horas dentro del establecimiento privado de enseñanza católica, agregaron fuentes judiciales. La docente recibió los primeros auxilios en el lugar pero no sobrevivió a las heridas sufridas. El menor fue inmediatamente arrestado y se encuentra en dependencias de la Gendarmería. Según el canal BFMTV, el joven sufría problemas psiquiátricos y aseguró que escuchó voces antes de apuñalar a la profesora. El menor no tenía antecedentes penales. El portavoz del Gobierno, Olivier Veran, envió un mensaje de apoyo a “toda la comunidad educativa” y confirmó que el ministro de Educación, Pape Ndiaye, se dirige al centro escolar, al que tiene previsto llegar en las próximas horas. El ataque se produjo esta mañana y, aunque las autoridades no han establecido aún un motivo exacto, fuentes citadas por la televisión pública gala apuntan que el presunto agresor, detenido tras los hechos, ha declarado que estaba poseído antes del ataque. Las fuerzas de seguridad han dado por desarticulada la amenaza tras el arresto del único responsable, que habría actuado en plena clase. La profesora daba clases de español en el centro.

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Fuente: Infobae

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN PORTOVIEJO PROVINCIA DE MANABI

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO: OSCAR ADOLFO TORRES GALLARDO SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio ORDINARIO DE DECLARATORIA DE UNION DE HECHO No. 12203-2022-01720 presentada por la señora LUCIA GRICELDA ROSERO LOPEZ, en contra de los HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida se llamó OSCAR ADOLFO TORRES GALLARDO

Cuyo extracto es como sigue:

ACTORA: CLARA GEOCONDA LAAZ MOREIRA OBJETO DE LA DEMANDA: Debo indicar señor juez que desde aproximadamente el 5 de junio del 2016 mantuve una relación amorosa con el señor OSCAR ADOLFO TORRES GALLARDO y de esta relación tuvimos tres hijos que responde a los nombres de DIANA CAROLINA TORRES ROSERO, WENDY HEIDY TORRES ROSERO Y AYLING SAMIRA TORRES ROSERO, las dos primeras mayores de edad y la última menor de edad, la cual hasta la actualidad viven conmigo, como yo vivía en la parroquia centro Quevedo, en la calle 12 de Octubre y 11ava de esta ciudad de Quevedo, decidimos unirnos desde el 05 de junio del 2016, como marido y mujer e irnos a vivir a la Parroquia San Camilo, Av. Otto Arosemena y la I, como nos encontrábamos ambos sin pareja en ese tiempo y yo madre de sus tres hijos, quien estaba a cargo de él, decidimos por amor, formar un hogar y dar por iniciada una unión de hecho estable y monogamica, con el fin de vivir juntos, apoyarnos y auxiliarnos mutuamente. Desde el 05 de junio del 2016, que mantuvimos nuestra unión de hecho no adquirimos bienes de ninguna índole; unión de hecho en la que nos hemos venido tratándonos como marido y mujer en todas nuestras relaciones sociales y así hemos sido recibido por nuestros parientes, amigos y vecinos; en calidad de convivientes hemos venido suministrándonos lo necesario y contribuyendo dentro de nuestra posibilidades al mantenimiento del hogar común; vale mencionar que mi conviviente señor OSCAR ADOLFO TORRES GALLARDO falleció el 16 de junio del 2016 y con fecha de culminación de 16 de marzo del 2022, fecha en la que falleció inesperadamente, vale mencionar que mi conviviente en vida y con mi consentimiento realizamos una Acta Notarial de la Declaración Solemnizada de Unión de Hecho, en la Notaria Tercera del Cantón Quevedo, antes el Notario Dr. Elvis Adrián Sánchez Zambrano, realizada el 05 de junio del 2020, donde declaramos que manteníamos una Unión de Hecho y monogamica hace varios años.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece esta acción esta garantizada en los Art. 68, 69 y 70 Constitución de la República del Ecuador, Arts. 222 al 232, 337, 1021, del Código Civil numerales 1 y 5 del art. 240 y art.234 numeral 2 de Código Orgánico de la Función Judicial; y, Art. 142, 143, 144, 187 y 289 del Código Orgánico General de Procesos, dando de esta manera cumplimento de lo señalado en el Art. 142. Numeral 6 Código Orgánico General de Procesos

TRAMITE: ORDINARIO

CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA: Dra. Gloria Segovia Vinza Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto Interlocutorio de Calificación de fecha viernes 23 de diciembre del 2022, las 08h27, se ordenó citar por la prensa a los Herederos desconocidos de quien en vida se llamó OSCAR ADOLFO TORRES GALLARDO, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que la actora afirma bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia o domicilio actual de dichos herederos desconocidos.- Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.- Certifico.Particular que comunico para los fines de Ley.

Quevedo, 16 de Enero del 2023 Ab. Galo Mendoza Segovia SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

Viernes, 24 de Febrero 2023 | 11

Una niña de 11 años fue abusada sexualmente por un vecino. Así lo determinó un Tribunal de Garantías Penales que –con base en las pruebas presentadas por Fiscalía– lo sentenció a una pena privativa de la libertad de nueve años y cuatro meses.

El procesado, identificado como Galo Heriberto P., también deberá pagar una multa de veinte salarios básicos unificados y una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima, quien –además–tendrá que seguir tratamiento psicológico por las secuelas que le dejó la agresión sexual. El fiscal especializado en Violencia de Género, Galeano Balcázar, probó durante la audiencia de juicio que, entre los meses de junio y julio de 2017, el ya sentenciado atacó a la niña, al menos en dos ocasiones: tocó sus partes íntimas.

Según la prueba practicada por Fiscalía, lo hizo empleando amenazas –incluso de muerte–

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