Antijuricidad Causa de Justificaci贸n
Mar铆a Alejandra Velasco Valero Derecho Penal General
Antijuricidad Aspecto positivo del delito
“Contrario al Derecho”
En los tipos penales se señalan los valores que es necesario salvaguardar y cuando se vulneran dichos bienes o valores, existe una conducta antijurídica.
Formal: Implica transgresión a una norma establecida por el Estado. Material: Contradicción intereses jurídicos
a
los
Ausencia de antijuricidad
Aspecto negativo del delito
Conducta atípica en aparente oposición al Derecho y que no es antijurídica debido a que está protegida por una causa de justificación.
Causa de Justificación Son las condiciones que tienen el poder para poder excluir la antijuridicidad de una
conducta típica.
Cuando existe una de ellas falta uno de los elementos esenciales del delito. Conforme a Derecho: La excluyente de la antijuridicidad se integra por la declaración o el
reconocimiento por la legislación.
Legítima defensa
Estado de necesidad
Cumplimiento de un deber
Ejercicio de un derecho
Consentimiento del titular del Bien Jurídico afectado
Legítima defensa Se entiende por legítima defensa o defensa propia la acción por la cual una repele la agresión de otra u otras de tal suerte que causan un daño, en principio, castigado por las normas penales, pero que el legislador considera como eximente de la falta o delito.
Repeler una agresión
Protección de bienes jurídicos
Debe existir
• Real • Actual o Inminente • Sin derecho
• Propio • Ajenos
• Necesidad de la defensa • Racionalidad de medios empleados
Caso Real: Chihuahua, Chihuahua. Se trató de un incidente que sucedió al interior del domicilio de Rosa Emma quien tiene cuatro hijos. El menor es hijo de Jaime Josué Martínez, de quien Rosa estaba separada desde hacía meses porque ella lo corrió de la casa; él se introdujo por una ventana quebrando para ello un vidrio. Josué, quien estaba intoxicado al parecer con alcohol, trató de matar a la mujer clavándole un cuchillo que tomó de la cocina, pero al arrinconarla contra unos colchones que estaban recargados en una pared, ella forcejeó, le arrebató el arma y se lo clavó. Al ver ella la gravedad de la herida, lo llevó a un hospital, donde el hombre falleció finalmente. Rosa Emma enfrentó acusaciones de “homicidio en riña”, y después de pasar casi un mes en prisión, fue liberada al comprobarse que el asesinato de su esposo fue en “legítima defensa”.
Hechos 1. El agresor ingreso al domicilio de la victima por medios violentos. 2. Agrede verbalmente y golpea a la victima. 3. El sujeto activo toma un cuchillo y amenaza en matar a Rosa
Emma y a uno de sus hijos.
4. Inicia un forcejeo por el arma. 5. Dentro del forcejeo la victima logra voltear el cuchillo y se clava en
el abdomen del agresor.
6. En ese momento cesa la agresi贸n. 7. La victima de la agresi贸n lleva al agresor al hospital. 8. En el hospital fallece el agresor.
Aspecto Jurídico Aplicable De acuerdo al Código Penal del Estado de Chihuahua en su artículo 4, trata
sobre el principio del bien jurídico y de la antijuridicidad material y especifica que para que la acción o la omisión sean consideradas delictivas, se requiere que lesionen o pongan en peligro, sin causa justa, al bien jurídico tutelado por la ley penal.
En su artículo 28 fracción IV, El delito se excluye cuando existe legitima
defensa, describiéndola de forma expresa.
Las causas que excluyen el delito se resolverán de oficio, en cualquier etapa
del procedimiento. El Ministerio Público podrá resolverlas desde el inicio de la investigación si cuenta con elementos para hacerlo.
Conclusión En base a los hechos narrados se puede concluir que ocurrió una causa de
exclusión de delito, prevista en el artículo 28 fracción IV.
Agresión real
Agresión actual
No hubo exceso
Agresión inmediata
Agresión ilegitima
Bien jurídico protegido
Necesidad de defensa
Legitima Defensa