Workplace julio 2022 - Fascículo No. 5

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Fascículo 5


Breve Manual de Derecho Laboral para Empleadores Colaboradores

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Autores

AmCham´s President Juan Pablo Carrasco de Groote

Communication Coordinator Lisa Peña

AmCham´s Executive Director Waleska Sterkel

Layout & Design Erwin Acajabón

Job Search Coordinator Lucrecia Castañeda

Licda. Mirla Tubac Montesdeoca Manager, EY LAW, S.A | Co-presidente del Cómite Laboral y SIYSO de AmCham

M.A. Oscar A. Pineda Chavarría Socio, Molina Mencos, Pineda & Asociados Co-presidente del Cómite Laboral y SIYSO de AmCham Marcelo Richter Práctica Legal, S.A. Socio


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OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR Y DEL EMPLEADOR De acuerdo a lo establecido en las normas laborales vigentes en Guatemala, que rigen las relaciones entre empleador y trabajador, la principal obligación de ambas partes es la de obrar de buena fe y con diligencia. Al iniciar la relación laboral, se debe formalizar por escrito el contrato de trabajo y remitirlo a la autoridad administrativa de trabajo, y se le debe entregar copia al dependiente. Desde el primer día de trabajo, el empleado está obligado a ponerse a disposición de un sistema de control de asistencia. Además, antes de ingresar al lugar de trabajo, se le debe impartir al trabajador una capacitación respecto de los riesgos inherentes del lugar, sobre las medidas preventivas que debe observar, así como de los procedimientos de trabajo seguros para evitar accidentes. Además, corresponde que, en su primer día de trabajo, se le entregue el reglamento interno donde consten las obligaciones y deberes que tiene como trabajador en la empresa. ¿Cuáles son las principales obligaciones del trabajador en relación de dependencia? Entre otras, se reconocen que: a) debe prestar el servicio con puntualidad, asistencia regular y dedicación; b) debe

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observar los deberes de fidelidad que deriven de la índole de las tareas que tenga asignadas, guardando reserva o secreto de las informaciones a que tenga acceso y que exijan ese comportamiento de su parte; c) debe observar las órdenes e instrucciones que se le impartan sobre el modo de ejecución del trabajo, sea por el empleador o sus representantes; d) debe cuidar los instrumentos de trabajo; e) estará obligado a prestar los auxilios que se requieran, en caso de peligro grave o inminente para las personas o para las cosas incorporadas a la empresa; e) debe someterse a los controles del empleador, siempre que estos no afecten su dignidad; f) debe realizarse los exámenes pre-ocupacionales y periódicos de salud establecidos en las normas; g) debe someterse a los procesos terapéuticos prescriptos para el tratamiento de enfermedades y lesiones del trabajo y sus consecuencias; h) tiene que cumplir con las normas de prevención establecidas legalmente y en los planes y programas de prevención; i) tiene que asistir a los cursos de capacitación que se dicten durante las horas de trabajo; j) debe usar los equipos de protección personal o colectiva y observar las medidas de prevención; k) debe utilizar en forma correcta los materiales, máquinas, herramientas, dispositivos y cualquier otro medio o elemento con que desarrolle su actividad laboral; l) tiene que observar las indicaciones de los carteles y avisos que indiquen medidas de protección y colaborar con su cuidado; m) le corresponde

colaborar en la organización de programas de formación y educación en materia de salud y seguridad; n) debe informar al empleador todo hecho o circunstancia riesgosa inherente a su puesto de trabajo; y o) tiene que cumplir con las obligaciones derivadas de su contrato de trabajo en particular. ¿Cuáles son las principales obligaciones del empleador? Se reconocen las siguientes: a) pagar la remuneración al empleado en los plazos y condiciones previstos en la ley; b) dar ocupación efectiva al empleado de acuerdo a su calificación o categoría profesional; c) respetar el derecho a la intimidad, debido a que no puede obligar al trabajador a manifestar sus opiniones políticas, religiosas, sindicales, preferencias sexuales, estado civil, etc.; d) observar las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo, y hacer respetar las pausas y limitaciones a la duración del trabajo; e) reintegrar al trabajador los gastos solventados por éste para el cumplimiento adecuado de su trabajo; f) prestar protección a la vida y bienes del trabajador cuando éste habite en el establecimiento. Si se le proveyese de alimentación y vivienda, aquélla deberá ser sana y suficiente, y la última, adecuada a las necesidades del trabajador y su familia. Debe efectuar a su costa las reparaciones y refecciones indispensables, conforme a las exigencias del medio y confort; g) cumplir


con las obligaciones del sistema de seguridad social; h) entregar a la finalización del contrato, un certificado de trabajo; i) remitir a los trabajadores información completa y fehaciente sobre los resultados de sus exámenes de salud, conforme a las reglas que rigen la ética médica; y j) dispensar a todos los trabajadores igual trato en identidad de situaciones. Al concluir el contrato de trabajo, el empleador deberá practicar la liquidación de las remuneraciones y prestaciones que le correspondan al trabajador, separando los rubros que paga. Además, cuando por cualquier razón se extinga el contrato de trabajo, el empresario tiene la obligación de entregar al trabajador un certificado de trabajo, el que deberá contener: a) La fecha de su entrada y de su salida; b) La clase de trabajo ejecutado; y c) El salario ordinario y extraordinario devengado durante el último período de pago. Si el trabajador lo desea, el certificado debe determinar también: a) La manera como trabajó, y b) La causa o causas de la terminación del contrato.(Artículo 87 Código de Trabajo). El trabajador deberá restituir en óptimas condiciones, salvo por el deterioro producido por el uso normal, las herramientas de trabajo que el empleador le hubiese entregado para el desempeño de sus tareas, así como también la ropa de trabajo, si esta no hubiera sido adquirida por el dependiente con sus ingresos. El listado de obligaciones mencionadas no limita la existencia de otras que pudieran surgir por las especiales funciones que deba realizar el trabajador y por la actividad económica que desarrolle el empleador, pero estas son útiles para evitar conflictos y mantener una convivencia sana en el centro de trabajo.

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