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EXPEDIENTE: 12-006522-0007-CO PROCESO: ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ACCIONANTE MAYRA MARLENE ZAMORA ALVARADO : SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las diez horas y cincuenta y tres minutos del veintiuno de diciembre de dos mil doce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por MAYRA MARLENE ZAMORA ALVARADO , para que se declare inconstitucional el ARTÍCULO 92 DEL CÓDIGO DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS, por estimarlo contrario al artículo 39 de la Constitución Política y al principio de razonabilidad y proporcionalidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República y al Ministerio de Hacienda. La norma se impugna en cuanto el Código de Normas y Procedimientos Tributarios regula el régimen sancionatorio penal con dos normas cuyo contenido resulta particularmente idéntico, con la única excepción de que en el primero, lo defraudado -impuesto dejado de pagar- no debe superar los 200 salarios base, mientras que en el régimen penal requiere alcanzar dicho rubro o superarlo. En tales circunstancias, agrega la accionante, una conducta punible difiere de otra no punible, única y exclusivamente por el mero número de diez céntimos de colón en el monto de lo defraudado, sin distinguir la gravedad de la conducta, la gradación de los montos defraudados, ni una escala de sanciones gradual, porque por esa mínima diferencia centesimal se pasa de una sanción patrimonialo pecuniaria a una pena privativa de libertad de cinco años de cárcel, lo que en su criterio lesiona el principio de gradualidad de las penas establecido en el artículo 39 de la Constitución Política. Refiere que este principio impide que el monto de la defraudación deba ser el único criterio para distinguirentre la comisión de un ilícito administrativo y un delito, lo que además considera resulta irrazonable y Documento firmado digitalmente por: desproporcionado, tema que se agrava cuando la consecuencia es la restricción de ANA VIRGINIA CALZADA MIRANDA PRESIDENTE/A EXPEDIENTE N° 12-006522-0007-CO T eléfonos: 2295-3696/2295-3697/2295-3698/2295-3700. Fax: 2295-3712. Dirección electrónica: www.poder-judicial.go.cr/salaconstitucional. Edificio Corte Suprema de Justicia, San José, Distrito Catedral, Barrio González Lahmann, calles 19 y 21, avenidas 8 y 6


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