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La ley inmobiliaria y su reglamento en el Estado de México

Por: Mtra. Blanca Arceo Santamaría, director Jurídico Sección Metropolitana del Estado de México

El gobierno del Estado de México a fin de regular la actividad inmobiliaria, publicó el Libro XIX Al Codigo Administrativo del Estado de Mexico, el 3 de septiembre del 2015, referente a las Oparaciones Y Servicios Inmobiliarios, cuyo objetivo es lograr la ¨Formalización de la Actividad de intermediación Inmobiliaria¨ de los profesionales inmobiliarios, y establecer mecanismos de incorporacion a la formalidad, brindar garantias juridicas a los propietarios y contratantes que requieren del servicio de un Profesional Inmobiliario.

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Va dirigido a prestadores de servicios inmobiliarios, personas físicas y directores de empresas, que una vez certificados, podrán ser inscritos en el Registro de Operaciones y Servicios Inmobiliarios del Estado de México, que será de consulta pública.

Para llevar a cabo el cumplimiento a dicha disposición, el 2 de mayo del 2022 se emitió el Reglamento del Libro XIX del Código Administrativo del Estado de México, en donde se indica el procedimiento y requisitos para certificarse, así como lo referente a las insituticiones que puedan impartir y emitir las constancias correspondientes.

Se firmó el convenio de colaboración con el Colegio de Notarios del Estado de México con AMPI, quién a través del Centro de Capacitación, Investigación y Estadística, CCIE, impartirán capacitación para emitir constancias de acreditación para solicitar y obtener la inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Inmobiliarios en la entidad y del Sistema de Información y Consulta para Usuarios de la Secretaría de Desarrollo Económico.

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