Relación de supuestos de convalidación de los módulos de FOL y su fundamentación jurídica. FOL LOGSE más certificado básico de prevención.
Sí se convalida.
RD 1147/2011 Artículo 38 Convalidaciones 1. Los módulos profesionales podrán ser objeto de convalidación en los siguientes términos: c) El módulo profesional de Formación y Orientación Laboral de cualquier título de formación profesional establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá ser objeto de convalidación siempre que se acredite haber superado el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral establecido al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.
Convalidación FOL/EIE LOE, de cualquier Título, ya sea de Grado Medio o Superior.
Es posible hacerla, a tenor de los artículos 14 o 15 de cada uno de los RD que establecen los respectivos Títulos.
Artículo 15.2 del RD del Título de Integración Social (por ejemplo). Artículo 15.2 2. Quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e iniciativa emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
Convalidación de No se convalida, a Artículo 15.2 del RD del Título de Integración Social menos que el FOL con solicitante haya Artículo 15.3 experiencia obtenido la laboral de un año acreditación de TODAS 3.Quienes hayan obtenido la acreditación de todas las unidades de competencia
incluidas en el título, mediante el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009,
las competencias profesionales a través del procedimiento de acreditación y cumpla con el requisito de un año de experiencia laboral y esté en posesión del certificado básico de prevención. Convalidación de Sí se convalida. En virtud de la Disposición EIE con AGPC adicional 5ª del RD 1147/2011 en relación con el anexo IV de los RD que establecen los diferentes Títulos.
de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, podrán convalidar el módulo profesional de Formación y orientación laboral siempre que: – Acrediten, al menos, un año de experiencia laboral. – Estén en posesión de la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
Disposición adicional 5ª 1147/2011
Disposición adicional quinta Convalidación entre módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de 1990, de Ordenación General del Sistema Educativo y módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación 1. Los módulos profesionales de títulos de la Ley 14/1990, excepto el de Formación en Centros de Trabajo, que figuren como convalidados en el anexo de los títulos elaborados al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, darán derecho a la convalidación del correspondiente módulo profesional que aparezca en dicho anexo, independientemente del título de formación profesional al que perteneciera. 2. Dicha convalidación será reconocida por la Dirección del centro educativo donde conste el expediente del alumno e irá acompañada de la documentación acreditativa de cumplir los requisitos exigidos, conforme con lo dispuesto en el artículo 40 de este real decreto.
Anexo IV del Real Decreto del Titulo de Atención a personas en situación de dependencia (por ejemplo)
Nota de convalidación Los módulos profesionales, se convalidarán con un 5.
RD 1147/2011 Artículo 38.3 Convalidaciones 3. Los módulos profesionales convalidados se calificarán con un 5, a efectos de obtención de la nota media.