Proceso Constituyente de Chile 2020 (Segunda versión de la presentación)
Autor: Andrés Retamales Soto. Abogado. Santiago de Chile
Fecha: Martes, 10 de diciembre de 2019.
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Ciudadano: algunas preguntas 1- ¿Qué es el proceso constituyente? 2- ¿Cómo participar de el...? 3- ¿Cómo incidir en el...?
Respuestas...
Hitos del Proceso Constituyente de Chile 2020 Hito
Fecha
1. “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”
15 de noviembre 2019
2. Plebiscito de entrada
26 de abril 2020
3. Elección del órgano Constituyente
25 de octubre de 2020
4. Plebiscito ratificatorio (referéndum) 5. Publicación de la Nueva Constitución
septiembre o diciembre 2021
?
Consulta municipal
Referencia: https://www.achm.cl/index.php/noticias/item/1363-achm-da-a-conocer-preguntas-de-la-consulta-ciudadana-del-15-de-diciembre
Plebiscito de entrada, voluntario, 26 de abril 2020
Ejemplo de Elección Constituyente (25 de octubre 2020) en el Distrito 9 (comunas de Conchalí, Renca, Huechuraba, Cerro Navia, Quinta Normal, Lo Prado, Recoleta e Independencia) Órgano constituyente que se elija:
Escaños a elegir en Distrito 9
Composición total de Órgano
A) Convención Constitucional
7
155
4
172 (solo 86 elegidos)
B) Convención Mixta
Contenidos 1) Antecedentes del Proceso Constituyente 2) Definiciones (“Constitución Política”) 3) Hitos del Proceso Constituyente de Chile 2020
Anexos
1- Antecedentes del Proceso Constituyente Antecedente
Fecha
1°- Protestas en Chile de 2019 o Crisis social y política de Chile
18 de octubre de 2019
2°- Convocatoria del Presidente
12 de noviembre 2019
3°- “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”
15 de noviembre de 2019
1° Antecedente del proceso: Protestas en Chile de 2019 o “Crisis social y política de Chile”. Fecha: 18 de octubre de 2019 1.1- Protestas en Chile de 2019: también llamadas “Chile despertó, Crisis en Chile de 2019, Primavera de Chile, Revuelta de Octubre y Revolución de los 30 pesos”. – Fecha: 18 de octubre de 2019 –
Referencia: https://es.wikipedia.org/wiki/Protestas_en_Chile_de_2019
1.2- "Evasiones masivas": Piñera declara el estado de emergencia en Santiago por las protestas por el alza del precio del metro en la capital. Redacción, BBC Mundo. – Fecha: 19 octubre 2019 –
Referencia: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-50106555
Cronología 1) 14 oct. 19: Estudiantes evaden masivamente Metro de Santiago por alza de pasaje en 30 pesos. (3 hechos que 2) 18 oct. 19: Protestas y destrucción de Metro. podrían haber deslegitimado 3) 19 oct. 19: Presidente Piñera decreta Estado de Emergencia la Constitución (con toque de queda). del 80).
4) 20 oct. 19: Presidente Piñera: "Estamos en Guerra".
5) 25 oct. 19: "La Marcha más Grande de la Historia": 1.200.000 personas en Santiago. 6) 30 oct. 19: Cancelación de APEC y COP 25. 7) 12 nov. 19: Alza del dólar (superó los $800-, valor más alto de la historia).
Consecuencias de Las Protestas de octubre de 2019 Víctimas: Muertos: 25 confirmados ● Heridos: Más de 3400 hospitalizados. ●
Consecuencias económicas: Crecimiento: se rebaja estimación de 2,5% a 2,0% para 2019. ● Dólar: el 12 de noviembre el dólar obtuvo su valor más alto de la historia de Chile, al superar los $800 pesos. ●
●
Referencia: https://es.wikipedia.org/wiki/Protestas_en_Chile_de_2019
2° Antecedente del proceso: Convocatoria del Presidente
“Presidente Piñera convoca a todo el país a un Acuerdo por la Paz y a condenar la violencia de forma categórica” (Acuerdo por una Nueva Constitución). Fecha: 12 de noviembre 2019.
Referencia: https://prensa.presidencia.cl/comunicado.aspx?id=134377 https://prensa.presidencia.cl/lficontent/uploads/2019/11/thumbs/_srq2894_655x432.png
Extractos de la convocatoria presidencial: “Todas las fuerzas políticas, todas las organizaciones sociales, todas las chilenas y chilenos de buena voluntad tenemos que hoy día unirnos en torno a tres grandes, urgentes y necesarios Acuerdos Nacionales.” “Y tercero, un Acuerdo por una nueva Constitución dentro del marco de nuestra institucionalidad democrática, pero con una clara y efectiva participación ciudadana, con un plebiscito ratificatorio para que los ciudadanos participen no solamente en la elaboración de esta nueva Constitución, sino que también tengan la última palabra en su aprobación y en la construcción del nuevo pacto social que Chile necesita.”
3° Antecedente del proceso: “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución” Acuerdo de una salida institucional a la Crisis social y política de Chile de octubre de 2019, adoptado por los representantes de los Partidos políticos de Chile, cuyo objetivo es buscar la paz y la justicia social a través de un Plebiscito para una Nueva Constitución. Fecha: 15 de noviembre de 2019.
Referencias: https://www.senado.cl/senado/site/mm/20191114/asocfile/20191114 https://www.senado.cl/logran-historico-acuerdo-para-nueva-constitu
https://www.senado.cl/senado/site/artic/20191114/imag/foto_0000001320191114134609.jpeg
Firmantes del acuerdo: Fuad Chahin, Presidente Democracia Cristiana; Catalina Pérez, Presidenta Revolución Democrática: Mario Desbordes, Presidente Renovación Nacional; Javiera Toro, Presidenta Partido Comunes; Álvaro Elizalde, Presidente Partido Socialista; Heraldo Muñoz, Partido Por la Democracia; Luis Felipe Ramos, Partido Liberal; Carlos Maldonado, Presidente Partido Radical; Jacqueline Van Rysselberghe, Presidenta Unión Demócrata Independiente; Hernán Larraín Matte, Presidente Evópoli; Gabriel Boric Font (IND).
2- Definiciones (“Constitución Política”) 2.1- Constitución 2.2- Poder Constituyente 2.3- Proceso Constituyente 2.4- Asamblea Constituyente 2.5- Pueblo 2.6- Plebiscito 2.7- Política
2.1- Constitución (Etimiología: Del lat. constitutio, -ōnis.) “4. f. Ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política.” (RAE). Referencia: https://dle.rae.es/constitución Constitución Vida
Ley Reglamento
Poder Ejecutivo
Libertad Igualdad Dignidad
Poder Legislativo
Poder Judicial
2.2- Poder Constituyente “1. m. poder que corresponde a la soberanía popular para organizarse, dictando y reformando sus Constituciones.” (RAE). Referencia: https://dle.rae.es/poder?m=#9sMf234
Origen del Poder Político Teocracia
Reforma o Nueva Constitución Democracia
Plebiscito
2.3- Proceso Constituyente
P
Elección
Ratificación
E
R
1- “Conjunto de actos que conducen a la creación de una nueva Constitución” (Pisarello, 2014) 2- “...es aquel que se pone en marcha con el claro objetivo de dar forma a una constitución que esté ajustada y adecuada a las necesidades de la población en cada momento.”. “Por regla general, ese proceso citado se compone de tres fases fundamentales: (a)- la convocatoria de un referéndum para que se dé inicio y legitimidad a aquel, (b)- la realización y redacción de la constitución por parte de los representantes que han sido elegidos en las elecciones y (c)- finalmente un referéndum de aprobación.”. Referencia: Julián Pérez Porto y Ana Gardey. https://definicion.de/constituyente
Diferencias entre...
1- Reglas
2- Legitimidad
Proceso constituyente
Reforma constitucional
opera de acuerdo a nuevas reglas
procedimientos previstos en el orden constitucional
busca la legitimidad democrática
no cuestiona la legitimidad de los cambios planteados a los artículos de la constitución
Referencia: 1- http://www.onu.cl/es/wp-content/uploads/2016/06/undp_cl_gobernabilidad_INFORME_M 2- Julián Pérez Porto y Ana Gardey. https://definicion.de/constituyente
2.4- Asamblea Constituyente Asamblea: (Del fr. assemblée). "1. f. Reunión de los miembros de una colectividad para discutir determinadas cuestiones de interés común y, en su caso, adoptar decisiones. 2. f. Reunión de miembros de un cuerpo constituido, convocada reglamentariamente para deliberar sobre asuntos privados o públicos." (RAE) Referencia: https://dle.rae.es/asamblea Asamblea Constituyente: "asamblea de representantes de un país cuya misión es redactar o adoptar una constitución o una modificación de la misma, un texto fundamental de un estado que organiza las autoridades públicas". Referencia: http://www.toupie.org/Dictionnaire/Assemblee_constituante.htm
2.5- Pueblo (Etimología: del Latin “plebis”,”plebeyos”, "hijos de la tierra"; que no tienen antepasado conocido, a diferencia de los “patricios”).
4.1- Definición moderna: Cuerpo electoral. 4.2- “3. m. Conjunto de personas de un lugar, región o país.” (RAE). Referencia: https://dle.rae.es/pueblo?m=&e=
2.6- Plebiscito “1. m. Resolución tomada por todo un pueblo por mayoría de votos. 2. m. Consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre una cuestión política o legal.” (RAE). Referencia: https://dle.rae.es/plebiscito?m=&e=
2.7- Política (Etimología: “Del latín polīticus, y del griego politikós, politikḗ, «de, para o relacionado con los ciudadanos» “Los asuntos de la Polis”.) Según la RAE: “7. f. Arte, doctrina u opinión referente al gobierno de los Estados. 8. f. Actividad de quienes rigen o aspiran a regir los asuntos públicos. 9. f. Actividad del ciudadano cuando interviene en los asuntos públicos con su opinión, con su voto, o de cualquier otro modo.” Referencia: https://dle.rae.es/pol%C3%ADtico#Ta2HMYR
3- Hitos del Proceso Constituyente de Chile 2020 Hito 1. “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”
Fecha 15 de noviembre 2019
2. Plebiscito de entrada
26 de abril 2020
3. Elección del órgano Constituyente
25 de octubre de 2020
4. Plebiscito ratificatorio (referéndum) 5. Publicación de la Nueva Constitución
septiembre o diciembre 2021
?
3.1- Primer hito del Proceso Constituyente: “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución” “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”
Definición: Acuerdo de una salida institucional a la Crisis social y política de Chile de octubre de 2019, cuyo objetivo es buscar la paz y la justicia social a través de un Plebiscito para una Nueva Constitución, firmado por los representantes de los partidos políticos de Chile. Fecha: 15 de noviembre de 2019.
Materialización del Acuerdo: Puntos 10 y 11 del Acuerdo.
“10. Los partidos que subscriben el presente acuerdo designarán una Comisión Técnica, que se abocará a la determinación de todos los aspectos indispensables para materializar lo antes señalado. La designación de los miembros de esta Comisión será paritaria entre la oposición y el oficialismo. 12. El o los proyectos de reforma constitucional y o legal que emanan de este Acuerdo serán sometidos a la aprobación del Congreso Nacional como un todo. Para dicha votación los partidos abajo firmantes comprometen su aprobación.”
3.2- Segundo hito del Proceso Constituyente: Plebiscito de entrada Plebiscito de entrada Definición: Plebiscito de 26 de abril de 2020, de sufragio voluntario, que resolverá si queremos una nueva Constitución y quién la redactará Fecha: abril de 2020
Referencia: Punto 2 y 3 del Acuerdo
“2. Se impulsará un Plebiscito en el mes de abril de 2020 que resuelva dos preguntas: a) ¿Quiere usted una nueva Constitución? Apruebo o Rechazo b) ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la nueva Constitución? Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional. 3. La Convención Mixta Constitucional será integrada en partes iguales por miembros electos para el efecto, y parlamentarios y parlamentarías en ejercicio.”
3.3- Tercer hito del Proceso Constituyente: Elección Constituyente Elección y Órgano Constituyente Definición: elección de los miembros del Órgano Constituyente (Convención Constitucional o Convención Mixta) bajo sufragio universal con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de Diputados. Fecha: 25 de octubre de 2020 (conjuntamente con las elecciones regionales y municipales). Referencia: Punto 4 al 6, 9 y 11 del Acuerdo.
Elección Constituyente “4. En el caso de la Convención Constitucional sus integrantes serán electos íntegramente para este efecto. La elección de los miembros de ambas instancias se realizará en el mes de octubre de 2020 conjuntamente con las elecciones regionales y municipales bajo sufragio universal con el mismo sistema electoral que rige en las elecciones de Diputados en la proporción correspondiente. 9. Las personas que actualmente ocupan cargos públicos y de elección popular cesarán en su cargo por el solo ministerio de la ley al momento de ser aceptada su candidatura por el Servicio Electoral al órgano constituyente. Los miembros del órgano constitucional tendrán una inhabilidad sobreviniente para ser candidatos y candidatas a cargos de elección popular por un año desde que cesen en su mandato.
Ejemplo de Elección Constituyente (octubre 2020) en el Distrito 9 (comunas de Conchalí, Renca, Huechuraba, Cerro Navia, Quinta Normal, Lo Prado, Recoleta e Independencia) Órgano constituyente que se elija:
Escaños a elegir en Distrito 9
Composición total de Órgano
A) Convención Constitucional
7
155
4
172 (solo 86 elegidos)
B) Convención Mixta
“Hoja en Blanco”: Órgano Constituyente
Interpretación: “No es reforma, sino una Nueva Constitución.” "...la actual Constitución queda derogada al ratificarse la propuesta emanada del órgano constitucional".
“5. El órgano constituyente que en definitiva sea elegido por la ciudadanía, tendrá por único objeto redactar la nueva Constitución, no afectando las competencias y atribuciones de tos demás órganos y poderes del Estado y se disolverá una vez cumplida la tarea que le fue encomendada. Adicionalmente no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y adopción de acuerdos.”
Quorum (proporción de votos favorables para que haya acuerdo) “6. El órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio.” Interpretación: “Si no se consigue los votos necesarios de aprobación (2/3), la norma no será constitucional, y podría ser regulada por ley”.
Plazo “11. El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta nueve meses, prorrogable una sola vez por tres meses. Sesenta días posteriores a la devolución del nuevo texto constitucional por parte del órgano constituyente se realizará un referéndum ratificatorio con sufragio universal obligatorio. En ningún caso éste podrá realizarse sesenta días antes ni después de una votación popular.”
3.4. Cuarto hito del Proceso Constituyente: Plebiscito ratificatorio (de salida)
Plebiscito ratificatorio (referéndum)
Definición: Plebiscito o referéndum ratificatorio del texto elaborado por el Órgano Constituyente, que será de sufragio obligatorio. Fecha: Sesenta días posteriores a la devolución del nuevo texto constitucional por parte del órgano constituyente. En ningún caso éste podrá realizarse sesenta días antes ni después de una votación popular.
Referencia: Punto 8 y 11 del Acuerdo.
“8. Una vez redactada la nueva Carta Fundamental por el órgano constituyente ésta será sometida a un plebiscito ratificatorio. Esta votación se realizará mediante sufragio universal obligatorio.” 11. El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta nueve meses, prorrogable una sola vez por tres meses. Sesenta días posteriores a la devolución del nuevo texto constitucional por parte del órgano constituyente se realizará un referéndum ratificatorio con sufragio universal obligatorio. En ningún caso éste podrá realizarse sesenta días antes ni después de una votación popular.”
3.5. Quinto hito del Proceso Constituyente: Publicación
Publicación de la Nueva Constitución
Definición: Publicación o inserción del texto de la Nueva Constitución en el Diario Oficial. Fecha: ? Referencia: Punto 7 del Acuerdo. “7. La Nueva Constitución regirá en el momento de su promulgación y publicación derogándose orgánicamente la Constitución actual.”
ANEXOS
1° Anexo: Texto del “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”, 15 de noviembre de 2019.
2° Anexo: Propuesta de Texto de Reforma Constitucional, Mesa Técnica del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución, 06 de diciembre de 2019
3° Anexo: Evolución Constitucional Chilena
1° Anexo: Texto del “Acuerdo por la Paz Social y La Nueva Constitución”.
Referencia: https://www.senado.cl/senado/site/mm/20191114/asocfile/20191
2° Anexo: Propuesta de Texto de Reforma Constitucional, Mesa Técnica
Propuesta de Texto de Reforma Constitucional, Mesa Técnica del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución,
06 de diciembre de 2019
Referencia:
https://www.senado.cl/senado/site/mm/20191209/asocfile/20191209173307/
https://www.senado.cl/quieren-fortalecer-la-formacion-civica-con-miras-al-pro
3° Anexo: Evolución Constitucional Chilena Constituciones políticas en la historia de Chile y sus redactores 1.
Reglamento Constitucional de 1811 (redactada por directiva del Congreso Nacional y José Miguel Infante, como Diputado Secretario).
2.
Reglamento Constitucional de 1812 (principal redactor fue José Miguel Carrera).
3.
Reglamento Constitucional de 1814 (redactada por Comisión integrada entre otros por José Antonio Errázuriz y Camilo Henríquez).
4.
Constitución de 1818 (redactada por comisión integrada entre otros por Manuel de Salas).
5.
Constitución de 1822 (principal redactor fue José Antonio Rodríguez Aldea).
6.
Constitución de 1823 (principal redactor fue Juan Egaña).
7.
Constitución de 1828 (principal redactor fue José Joaquín de Mora).
8.
Constitución de 1833 (principal redactor fue Mariano Egaña).
9.
Constitución de 1925 (principal redactor fue José Maza).
10.
Constitución de 1980 (principal redactor fue Jaime Guzmán).
Redacción de la Constitución de 1980
En su redacción intervinieron: 1. Comisión de Estudios de la Nueva Constitución (CENC), conocida como Comisión Ortúzar, la que creó un anteproyecto de constitución encargado por la Junta militar. El principal redactor fue Jaime Guzmán. 2. Consejo de Estado: El Consejo de Estado introdujo modificaciones al anteproyecto entre 1978 y 1980. 3. Junta del Gobierno Militar.
Aprobación de la Constitución de 1980
El texto fue aprobado en un plebiscito celebrado el 11 de septiembre de 1980, y entró en vigencia el 11 de marzo de 1981. Críticas al Plebiscito de 1980: 1- no existían registros electorales 2- la oposición no pudo efectuar campaña
Partes de la Constitución de 1980
1° Parte: Exposición de motivos 2° Parte: dogmática 3° Parte: orgánica 4° Parte: Reforma Constitucional 5° Parte: Disposiciones Transitorias
1° Parte: Exposición de motivos de la Constitución del 80 (existen diferencias entre la versión original de 1980 y la reforma de 2005), Versión original de 1980. “Santiago, 8 de agosto de 1980. DECRETO LEY Nº 3.464 /. VISTO: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527 y 788, de 1974; y 991, de 1976, La Junta de Gobierno de la República de Chile, en ejercicio de la potestad constituyente, ha acordado aprobar como nueva Constitución Política de la República de Chile, sujeta a ratificación por plebiscito, el siguiente DECRETO LEY: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE”.
2° Parte: dogmática (CAPITULOS DE BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD, NACIONALIDAD Y CIUDADANIA , DE LOS DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES),
3° Parte: orgánica (CAPITULOS DE GOBIERNO, CONGRESO NACIONAL, PODER JUDICIAL, MINISTERIO PUBLICO, TRIBUNAL CONSTITUCIONAL , JUSTICIA ELECTORAL, CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, FUERZAS ARMADAS, DE ORDEN Y SEGURIDAD PUBLICA, CONSEJO DE SEGURIDAD NACIONAL, BANCO CENTRAL, GOBIERNO Y ADMINISTRACION INTERIOR DEL ESTADO, GOBIERNO Y ADMINISTRACION REGIONAL, GOBIERNO Y ADMINISTRACION PROVINCIAL, ADMINISTRACION COMUNAL),
4° Parte: Reforma Constitucional (CAPITULO XIV),
5° Parte: Disposiciones Transitorias.
Reformas a la Constitución de 1980: Se hicieron reformas constitucionales en los años 1989, 1991, 1994, 1997, 1999, 2000, 2001, 2003, 2005, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015. La mayor reforma constitucional. La Ley 20.050 (26 de agosto 2005) incluyó 54 modificaciones: eliminación de senadores designados y vitalicios, reducción del mandato presidencial, facultad de remoción de Comandantes en Jefe; modificación del Consejo de Seguridad Nacional, nacionalidad, modificación al sistema de reemplazos de parlamentarios, eliminación de la referencia a la existencia de 13 regiones.
Texto actualizado de la Constitución Política de la República de Chile (Constitución de 1980)
Referencia: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=242302
FIN Gracias