Plan de Vivienda Aracena 2011

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03 1. PRESENTACIÓN 05 2. LA LEY 1/2010, DE 8 DE MARZO. REGULADORA DEL DERECHO A LA VIVIENDA EN ANDALUCÍA 06 3. LA VIVIENDA EN ARACENA HOY 08 4. BALANCE DEL I PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA DE ARACENA 08 5. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE VIVIENDA 09 5.1 El nuevo Plan General de Ordenación Urbana 09 5.2 El Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida 10 5.3 La Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’ 11 6. OBJETIVOS DEL II PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA DE ARACENA 11 6.1 Actuaciones: vivienda nueva de promoción pública 13 6.2 Actuaciones: vivienda nueva de promoción privada 14 6.3 Actuaciones: reserva de suelo 15 6.4 Actuaciones: rehabilitación 16 6.5 Actuaciones: acceso a la propiedad desde el alquiler 17 6.6 Actuaciones: ayuda al alquiler 17 7. DESARROLLO TEMPORAL, EVALUACIÓN Y REVISIÓN DEL II PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA


1. PRESENTACIÓN Garantizar el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, reconocido a todos los ciudadanos y ciudadanas, tanto en la Constitución Española como en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, debe ser una obligación de primer orden para los poderes públicos, de ahí que el Ayuntamiento de Aracena haya hecho de ello uno de los ejes de su acción de gobierno. El desarrollo del I Plan Municipal de Vivienda ha concluido con la construcción de 202 viviendas protegidas, así como 348 actuaciones de rehabilitación, suponiendo una apuesta política decidida y sin precedentes que ha convertido a Aracena en uno de los municipios más activos de Andalucía en política pública de vivienda. Aún siendo relevante el esfuerzo realizado y de justicia reconocerlo, no es suficiente, ya que el dinamismo y la propia evolución demográfica de Aracena y sus aldeas hacen que numerosos aracenenses sigan sin tener adecuadamente resueltas sus necesidades residenciales, bien a través del acceso a una vivienda nueva o bien a través de la mejora de las condiciones de habitabilidad de su casa actual. Por ello, con el aval de lo hasta ahora realizado y la experiencia adquirida en su desarrollo, es necesario renovar la disposición y seguir avanzando en la misma dirección para ofrecer a cada ciudadano y ciudadana, en un tiempo razonable, respuestas concretas, eficaces y ajustadas a sus circunstancias. Esa es la finalidad fundamental del II Plan Municipal de Vivienda que aquí presentamos, fruto de un profundo estudio y conocimiento de la situación local en esta materia (del parque residencial existente y del mercado inmobiliario, de la demanda real y de los perfiles y aspiraciones de esos demandantes), de los instrumentos oportunos y del marco normativo estatal y autonómico actual (en el que obligatoriamente nos tenemos que mover) y de los recursos patrimoniales y económicos existentes (que no siempre son los deseados, ni los precisos). Previo a su redacción, y

para que este documento no se quede en una vaga e incierta declaración de buenos deseos generadora de escepticismo y frustración, se ha recorrido un largo camino a fin de conformar una propuesta ambiciosa en sus objetivos, pero desde el rigor y el posibilismo: se ha conseguido suelo para el patrimonio municipal, se han alcanzado acuerdos con propietarios de terrenos y promotores privados, se ha revisado y modificado cuanto ha sido necesario la normativa urbanística municipal, se han creado herramientas administrativas, se han negociado y logrado ayudas y colaboración con otras administraciones y entidades financieras…. No partimos, pues, de cero (un buen número de actuaciones están, incluso, ya en marcha), ni se basa este Plan en la simplicidad de las buenas pero imprecisas intenciones, sino que se cimienta en un trabajo de años y se articula en proyectos concretos y determinados, cuya ejecución va a implicar la movilización de un significativo volumen de recursos, tanto públicos como privados, lo que supondrá un revulsivo para la economía local en su conjunto y, especialmente, para nuestras empresas constructoras, con una positiva incidencia en el mantenimiento y generación de empleo. Todos necesitamos un hogar en el que referenciar nuestra cotidianidad, por eso la vivienda no puede ser un lujo, sino que ha de considerarse un derecho, un recurso básico para que cada persona pueda hacer realidad su proyecto vital. Conscientes de ello, hemos volcado en la elaboración de este plan mucho esfuerzo y entusiasmo, y tampoco en su desarrollo va a faltar energía y determinación, dando así forma a un compromiso serio e ilusionante con los ciudadanos y ciudadanas de Aracena y sus aldeas en general y, singularmente, con los que demandan respuestas en materia de vivienda.

Manuel Guerra González Alcalde de Aracena

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2. LA LEY 1/2010, DE 8 DE MARZO, REGULADORA DEL DERECHO A LA VIVIENDA EN ANDALUCÍA En su vocación por situarse a la vanguardia de conquistas y derechos sociales, Andalucía dispone desde marzo de 2010 de la Ley Reguladora del Derecho a la Vivienda, una iniciativa pionera de la Junta de Andalucía que regula por primera vez en España el ejercicio del derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada. Esta norma determina las obligaciones que deben asumir las diferentes administraciones públicas para hacer efectivo ese derecho y establece su exigibilidad por parte de los ciudadanos andaluces ante los tribunales de justicia. Como aspectos más relevantes de esta Ley podemos citar los siguientes:  Fija como titulares del derecho a una vivienda digna y adecuada, en propiedad o en alquiler, a todas las personas que reunan estos requisitos: • Carecer de ingresos económicos para acceder a una vivienda en el mercado libre, tope que se concreta actualmente en las rentas inferiores a 5,5 veces el IPREM (en torno a 36.000 € brutos anuales de ingresos de la unidad familiar). • Tener vecindad administrativa en un municipio andaluz. • No ser titular ni tener derecho de disfrute sobre una vivienda ya existente. • Estar inscrito en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. Con estos requisitos la Ley viene a dar cobertura a todos aquellos, especialmente los jóvenes, a los que la dinámica especulativa ha expulsado del mercado de la vivienda.  Se define con claridad, y por primera vez, qué se entiende por vivienda digna y adecuada, en base a tres criterios: habitabilidad, accesibilidad y calidad.  En ningún caso se plantea el simplismo (por imposible) de que todo el mundo tenga derecho a una vivienda gratis y que las administraciones

tengan que proporcionársela, pero sí se pone límite al esfuerzo que los ciudadanos deben realizar para acceder a una vivienda, por lo que las ayudas públicas deben dirigirse a garantizar que el endeudamiento de la unidad familiar no supere el tercio de su renta, en caso de compra de vivienda, y el cuarto de su renta, cuando se trate de viviendas en alquiler.  Se establecen unos instrumentos para materializar el ejercicio de este derecho: • El Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida, con el que deberá contar cada municipio. • El Plan Andaluz de Vivienda y Suelo elaborado por la Junta de Andalucía. • Los planes municipales de vivienda y suelo. • Las reservas de suelo para vivienda protegida, que cada Ayuntamiento incluirá en su planeamiento para asegurar el cumplimiento de los objetivos de los planes de vivienda andaluz y municipal.  Se contempla la conservación, el mantenimiento y la rehabilitación del parque de viviendas existentes como otro instrumento para promover el derecho a la vivienda, apostando por la puesta en valor y la recuperación integral de centros históricos y barrios como espacios para la convivencia y la cobertura de las necesidades de sus habitantes.  Respecto al mercado de la vivienda libre, aunque la Ley no lo regula porque, evidentemente, no puede hacerlo, si que establece a las administraciones públicas el deber de posibilitar, a través del planeamiento urbanístico, el acceso a la vivienda de promoción libre para aquellas personas que tengan recursos suficientes para ello.  La Ley establece que será la Junta de Andalucía quien, en el marco de sus competencias, fijará los recursos económicos destinados a promover el derecho a la vivienda, incluyendo la gestión de las ayudas estatales.  Se crea el Observatorio de la Vivienda de Andalucía, órgano participado por agentes sociales, empresariales y colectivos del sector, para la planificación, el estudio y el análisis de la realidad social y económica que caracteriza al sector en nuestra comunidad.

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 La ley cuenta con el aval del respaldo de la mesa de Concertación Local (donde están representados todos los ayuntamientos andaluces), el Consejo Económico y Social de Andalucía, el Consejo Consultivo de Andalucía y diversas organizaciones de consumidores y vecinos. En resumen, y en concordancia con el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, la Ley concreta lo que podemos definir como un derecho de tercera generación y lo hace sustentándolo sobre la siguiente base: • No se garantiza la titularidad de una vivienda, sino el derecho a ser titular. • Las administraciones quedan obligadas a favorecer el acceso a la vivienda mediante la promoción pública, la concesión de ayudas financieras y fiscales, a través de los planes de vivienda y la adopción de medidas urbanísticas. • Se reconoce la garantía del derecho mediante la exigibilidad de las obligaciones propias de las administraciones, en su caso, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

3. LA VIVIENDA EN ARACENA HOY Ante al hecho evidente del progresivo despoblamiento de las zonas rurales y el consiguiente aumento y concentración de la población en las áreas urbanas y del litoral andaluz, Aracena es uno de los escasos municipios del interior de nuestra provincia que ha conseguido no sólo mantener su población, sino que experimenta un lento pero continuo crecimiento, especialmente acentuado en la última década. Así, frente a los 6.845 habitantes empadronados el 1 de enero de 2000, el 1 de enero de 2011 engrosan el Padrón Municipal de Habitantes 8.430 personas, un incremento de 1.585 residentes que supone un 23,16% más que hace 11 años. Este aumento puede tener su explicación, además de en una más eficiente gestión del propio instrumento del Padrón Municipal, en una mejora de las oportunidades laborales y económicas, así como de la cantidad y calidad de servicios disponibles (administrativos, sanitarios, sociales, educativos, culturales, deportivos…), que inciden en una mayor calidad de vida y bienestar, lo que

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ha permitido fijar a la población autóctona pero también atraer a nuevos vecinos de distinta procedencia:  De los pueblos del entorno.  Aracenenses que un día emigraron y ahora regresan.  Profesionales (principalmente de las Administraciones Estatal, Autonómica y Provincial, o de ciertas empresas con sede o sucursal en nuestra ciudad) que eligen Aracena para trabajar o son destinados a la misma y encuentran alicientes para establecerse indefinidamente.  Inmigrantes, destacando los procedentes de Rumanía y Bolivia, que llegan por motivos laborales. Por tramos de edad la configuración poblacional presenta unas cifras bastante homogéneas, y unas variaciones no excesivamente significativas en el último decenio:        

0 – 10 años: 11,94% 11 – 20 años: 11,11% 21 – 30 años: 14,62% 31 – 40 años: 15,62% 41 – 50 años: 16,39% 51 – 60 años: 10.86% 61 – 70 años: 7.49% 71 – 105 años: 11,96%

(-0,97). (-2,53). (-0,12). (-1,21). (+4,67). (+2,23). (-2.94). (+0,77).

Aunque, en línea con la evolución del conjunto del país se aprecia una cierta tendencia a que ganen más peso los tramos de mayor edad, Aracena sigue manteniendo un buen nivel de población infantil y juvenil, como demuestra el número de niños y jóvenes matriculados en sus centros escolares:  Escuela Infantil ‘La Jara’: 66 alumn@s.  Escuela Infantil ‘La Colmenita’: 67 alumn@s.  Escuela Infantil Municipal: 40 alumn@s.  Centro de Educación Infantil ‘La Julianita’: 253 alumn@s.  Colegio de Educación Primaria ‘José Nogales’: 530 alumn@s.  I.E.S. ‘San Blas’: 1.360 alumn@s. A la vista de todos estos datos podemos concluir, por tanto, considerando una evolución positiva del crecimiento poblacional en términos similares a los de la última década, al igual que estima el nuevo Plan General de Ordenación Urbana.


En cuanto al número de viviendas existentes, según datos catastrales, es de 3.530 unidades, lo que supone una media de 2,36 empadronados por vivienda, si bien esta cifra, que puede parecer bastante razonable, debe ser matizada en función de una serie de factores, tales como el cambio social en la composición de las familias y el aumento de hogares monoparentales y unipersonales, un importante número de residentes no censados que habitan de forma estable en Aracena y una significativa bolsa de viviendas de segunda residencia que se nutre de dos segmentos: el de los locales que emigraron pero mantienen su casa en el pueblo y regresan en ciertas fechas, y el de los foráneos que adquirieron su casa en la Sierra como segunda residencia, fenómeno creciente este segundo en los últimos años con el auge del turismo rural. Por otra parte, la dinámica del mercado de la vivienda en nuestro país en los últimos años (alentada en gran parte por la Ley del Suelo de 2002, de marcado perfil liberalizador) caracterizada por el precio desorbitado del suelo y unos altos márgenes de beneficio en la construcción y promoción y cuyo fruto es la conocida “burbuja inmobiliaria” que padecemos, también ha tenido una notable incidencia en Aracena, donde un importante número de las viviendas construidas por la iniciativa privada se han destinado preferentemente a la oferta de segunda residencia o, simplemente, como refugio de la inversión especulativa. Ello ha expulsado del mercado a un buen número de personas con necesidad de acceder a su primera vivienda, especialmente los jóvenes, con rentas medias o bajas. Reflejo de ello es el elevado número de inscripciones en el recientemente creado Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. Desde la puesta en marcha del referido Registro, el pasado 1 de febrero de 2010, y hasta principios de 2011, se han realizado 446 inscripciones, del estudio de las cuales puede obtenerse una foto aproximada de la demanda de vivienda actual en nuestro municipio y del perfil de los demandantes, lo cual resulta esencial a la hora de planificar las actuaciones previstas en este Plan Municipal, su número y sus tipologías. Los datos más relevantes a tener en cuenta para ello serían los siguientes:

titulares, es decir, a parejas. Por ello el número de personas solicitantes, sumando las que lo hacen de forma individual o conjuntamente con otra, es de 637.  En cuanto a la edad, en 313 solicitudes (el 70%) el titular (o al menos uno de los dos, si es conjunta) tiene menos de 35 años, mientras que en las 133 restantes (el 30%) el titular (o ambos titulares si es conjunta) tiene más de 35 años.  Respecto al régimen de propiedad preferido las alternativas elegidas se reparten de la siguiente forma: • 122 solicitudes señalan la compra. • 18 solicitudes señalan el alquiler. • 117 solicitudes señalan el alquiler con opción a compra. • 3 solicitudes señalan compra o alquiler. • 110 solicitudes señalan compra o alquiler con opción a compra. • 27 solicitudes señalan el alquiler o el alquiler con opción a compra. • 49 solicitudes señalan indistintamente las tres posibilidades.  De todo ello podemos concluir que la preferencia por comprar una vivienda aparece señalada, sola o con otras opciones, en 284 solicitudes, el alquiler en 97 solicitudes y el alquiler con opción a compra en 303 solicitudes.  Esas preferencias no siempre se ajustan a las posibilidades económicas de los solicitantes, al menos según los ingresos que en muchos casos declaran, así tenemos el siguiente perfil de ingresos: • En 24 solicitudes no se presenta declaración de la renta ni se declaran ingresos. • En 151 solicitudes los ingresos declarados son inferiores al IPREM, siendo en 44 ocasiones de 0 €. • En 235 solicitudes los ingresos declarados oscilan entre 1 y 2,5 veces el IPREM. • En 36 solicitudes los ingresos declarados están entre 2,5 y 5,5 veces el IPREM.

 El número total de solicitudes hasta la fecha referida es de 446, de las cuales 255 (el 57%) tienen un único titular (132 hombres y 123 mujeres) y 191 (el 43%) corresponden a dos

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4. BALANCE DEL I PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA DE ARACENA La formulación y desarrollo del I Plan Municipal de Vivienda de Aracena ha supuesto la mayor apuesta en materia de vivienda protegida de nuestra historia, colocando a nuestro municipio entre los más dinámicos de Andalucía en cuanto a promoción y gestión de vivienda pública, pero también en cuanto a apoyo a la rehabilitación del parque residencial, especialmente del Conjunto Histórico y de las Aldeas. En total se ha promovido a través de la Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’ la construcción de 202 viviendas, de distintas tipologías y regímenes, para dar respuesta y adaptarse a las necesidades diversas de cada persona. Igualmente se han acometido 348 intervenciones de rehabilitación, que han mejorado las condiciones de habitabilidad de otras tantas viviendas y la calidad de vida de quienes residen en ellas. En concreto, las nuevas viviendas protegidas construidas, con una inversión global en torno a los 15.000.000 € , son las siguientes:  LA UMBRÍA: 4 Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial. Inversión de 189.368 €.  ATANOR: 20 Viviendas de Protección Oficial en Régimen de Cofinanciación, con una inversión de 1.058.831 €.  VALDEZUFRE: 10 Viviendas de Protección Oficial en Régimen de Cofinanciación, con una inversión de 516.529 €.  RODEO: 30 Viviendas en Régimen Autonómico de Protección Pública en Alquiler, con una inversión de 1.639.633 €.  CERCADO DE REYES: 120 Viviendas de Protección Oficial (56 en Régimen Especial y 64 en Régimen General), con una inversión de 10.204.526 €.  CASTAÑUELO: 12 Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, con una inversión de 836.198 €.

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 CARBONERAS: 6 Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, con una inversión de 367.337 €. En cuanto a actuaciones de rehabilitación se han llevado a cabo las detalladas a continuación:  11 intervenciones del Programa de Transformación de la Infravivienda, con una inversión pública de 210.000 €.  143 actuaciones del Programa de Rehabilitación Autonómica, gestionadas a través del Área de Rehabilitación Concertada del Centro Histórico de Aracena, con una aportación de la Junta de Andalucía de 1.253.145,91 € y una inversión total de 1.888.487,92 €.  83 actuaciones del Programa de Rehabilitación Autonómica en las aldeas de Aracena, con una aportación de la Junta de Andalucía de 532.182,25 € y una inversión global de 939.864,5 €.  112 ayudas gestionadas desde los Servicios Sociales Municipales del Programa de Adecuación Funcional Básica de Viviendas para personas mayores y personas con discapacidad y movilidad reducida, con una subvención global en torno a los 125.000 €. En total casi 350 actuaciones de rehabilitación, de mayor o menor calado, que han movilizado recursos por un valor superior a los 3.100.000 € y que han contado con el respaldo de más de 2.000.000 € de fondos públicos (con una incidencia muy notable para las pequeñas empresas constructoras de la localidad que, en la inmensa mayoría de los casos, son las que han ejecutado las obras).

5. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL DE VIVIENDA Para desarrollar y hacer efectiva su política municipal de vivienda el Ayuntamiento de Aracena se ha dotado de tres poderosos instrumentos de gestión, a fin de conseguir agilidad y eficiencia en la articu-


lación de la demanda y la ejecución de actuaciones concretas. Se trata del nuevo Plan General de Ordenación Urbana, el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida y la Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’.

5.1 EL NUEVO PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA Conscientes de que no es posible una política municipal de vivienda sin una normativa urbanística municipal que la respalde y le dé cobertura, desde el Gobierno Municipal se ha impulsado esta legislatura, con carácter preferente, la redacción de un nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), cuya tramitación culminó en el pleno del pasado mes de enero, a expensas únicamente de su aprobación definitiva por el órgano legalmente competente, la Comisión Provincial de Urbanismo de la Junta de Andalucía. El nuevo PGOU, con un horizonte temporal no inferior a una década, consolida y profundiza en un modelo de municipio vertebrado entre sus barrios históricos y sus áreas de crecimiento, habitable, sostenible, abierto y respetuoso con su entorno, cohesionado en lo social, sin zonas de exclusión, económicamente dinámico y generador de oportunidades para todos y todas. Para ello se plantean soluciones a actuales desajustes normativos y problemas urbanos, se preservan espacios de interés y se apuesta por un crecimiento muy limitado (más del 99,5% del territorio del término municipal será no urbanizable) y dirigido principalmente a conseguir los siguientes objetivos:  Garantizar a todos los ciudadanos y ciudadanas el derecho de acceso a una vivienda acorde a sus necesidades y circunstancias (fundamentalmente a través de la conversión de terrenos hasta ahora destinados a la construcción de vivienda libre en suelo para VPO y de la obtención de una importante bolsa de suelo público, tanto en Aracena como en las aldeas, para vivienda protegida).  Reservar y obtener suelo para nuevos equipamientos públicos (sociales, sanitarios, educativos, culturales, deportivos, administrativos…).

 Aumentar sensiblemente los espacios verdes de uso público.  Disponer suelo para el desarrollo e implantación de actividades económicas generadoras de empleo y riqueza. Este II Plan Municipal de Vivienda no sería, pues, más que una ambigua exposición de ideas si antes no se hubiera realizado el arduo y complejo trabajo de elaborar un nuevo PGOU, ya que éste dispone los suelos precisos y los instrumentos urbanísticos oportunos para ejecutar, sin obstáculos, todas y cada una de las actuaciones aquí contempladas.

5.2 EL REGISTRO MUNICIPAL DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA El 1 de febrero de 2010 el Ayuntamiento de Aracena, tras la aprobación, publicación y entrada en vigor de la correspondiente ordenanza, puso en marcha el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, un nuevo servicio que está llamado a ser el instrumento imprescindible para la ordenación y concertación de la demanda y la oferta residencial en nuestra ciudad y sus aldeas, así como el referente público para el efectivo ejercicio del derecho a la vivienda que reconoce de forma efectiva la ley 1/2010 Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía. Este Registro, homologado por la Junta de Andalucía, tiene dos finalidades fundamentales, en primer lugar determinar las necesidades de vivienda del municipio en función de las circunstancias concretas de cada demandante (situación personal, familiar, laboral, económica…), lo que permitirá ajustar la política municipal para dar una respuesta más eficaz en cuanto al número de viviendas a promover, su tipología (superficie, número de habitaciones, diseño…) y régimen (en alquiler, en venta o en alquiler con opción a compra). Por otra parte, ordenar esa demanda existente y organizar la selección de adjudicatarios para las distintas viviendas protegidas que se construyan tanto en Aracena como en sus aldeas.

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Las características esenciales de este nuevo Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida, cuyo reglamento puede consultarse en la página web del Ayuntamiento (www.aracena.es), son las siguientes:  La inscripción en el mismo es requisito indispensable para poder acceder a una vivienda protegida.  La selección de adjudicatarios de cualquier tipo de vivienda de protección oficial, ya sea promovida por una entidad pública o por una empresa privada, se realizará obligatoriamente a través del Registro, de acuerdo con los mecanismos establecidos en su ordenanza reguladora (desaparecen, pues, las convocatorias independientes para cada promoción que hacían los operadores públicos y la discrecionalidad que tenían hasta ahora los promotores privados).  Además de exigir el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica para el acceso a cada tipo de vivienda, los criterios de selección priman el empadronamiento en Aracena, la antigüedad en la inscripción y las solicitudes conjuntas, en el caso de compra, y la antigüedad en el empadronamiento y las circunstancias socioeconómicas, en el caso de alquiler, recurriéndose siempre en caso de empate al sistema de sorteo.  La antigüedad de inscripción en el nuevo Registro será determinante para que las administraciones garanticen el derecho de acceso a una vivienda por lo que, a fin de asegurar la igualdad de oportunidades, todos los inscritos durante los tres primeros meses de su funcionamiento tienen a efectos legales la misma antigüedad.  El Registro, organizado a través de una aplicación informática creada especialmente para ello por la Junta de Andalucía, garantiza el cumplimiento de la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal. Se trata, por tanto, de un nuevo sistema mucho más riguroso, transparente y justo que permitirá dar respuesta a todas y cada una de las necesidades en materia de vivienda en un tiempo razonable. Las personas interesadas pueden solicitar su inscripción en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de forma presencial en el

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Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Aracena o telemáticamente a través de la página web www.aracena.es.

5.3 LA EMPRESA MUNICIPAL ‘VIVIENDA Y DESARROLLO DE ARACENA S.L.’ Se trata de una sociedad mercantil de capital íntegramente municipal creada, principalmente, para impulsar y promover la ejecución de aquellas actuaciones en materia de vivienda que planifica el Ayuntamiento de Aracena, buscando, al regirse por la normativa mercantil y no por el derecho administrativo, una mayor agilidad y eficacia en la gestión local. Este ente público sin fines lucrativos, cuyo presidente y consejero delegado es el propio alcalde de Aracena y que cuenta con un Consejo de Administración integrado por siete miembros (incluido el presidente) nombrados por el Pleno Municipal en proporción a la composición política del mismo (cargos todos ellos no retribuidos), tiene encomendada por el Ayuntamiento la labor de promover la construcción de vivienda protegida, si bien, al carecer de personal propio, suele externalizar sus servicios, tanto en lo referente a gestión administrativa como a la redacción de proyectos y la ejecución de obras, lo cual incide indirecta y positivamente en el empleo y la economía local. En las dos últimas décadas, la dinámica del mercado residencial en nuestro país, y también en Aracena, con grandes beneficios para la promoción de vivienda libre por las empresas privadas, hizo que éstas renunciaran a construir vivienda protegida, de ahí que, hasta ahora, la Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’ haya centrado mayoritariamente sus esfuerzos en la promoción de vivienda protegida para su posterior venta (más de 170, frente a 30 en alquiler), como única posibilidad de que numerosos aracenenses pudieran acceder a la compra de una vivienda. Sin embargo, el brusco reajuste inmobiliario de los dos últimos años ha hecho que la iniciativa privada vuelva su mirada hacia la V.P.O., lo que ha permitido al Ayuntamiento de Aracena negociar y alcanzar acuerdos para que diversas empresas oferten y construyan vivienda protegi-


da en venta, con las mismas condiciones y controles que la promoción pública, y garantizando la selección pública de los adquirentes a través del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. Ante esta nueva realidad, la Empresa Municipal va a seguir jugando un papel activo y relevante en el desarrollo de este II Plan Municipal, pero centrándose ahora, principalmente, en asegurar el acceso a la vivienda a aquellas personas y colectivos con menores recursos (y sin capacidad para comprar, no ya una vivienda libre, sino protegida) a través de las fórmulas del alquiler y el alquiler con opción a compra, no compitiendo con la promoción privada de V.P.O. en venta, sino complementándola allí donde ésta no existe (como es el caso de algunas aldeas) y, por supuesto, concluyendo los proyectos ya iniciados (promociones en Feria, Boleta y Santo Domingo).

6. OBJETIVOS DEL II PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA DE ARACENA Desde la convicción de que el acceso a la vivienda es un derecho básico de toda persona que no puede estar al arbitrio de la dinámica del libre mercado, ni al exclusivo impulso de la rentabilidad económica, este II Plan Municipal de Vivienda constituye un mecanismo de intervención pública para resolver sus necesidades residenciales a quienes el sector privado, por sí sólo, excluye de su iniciativa. Partiendo de este principio esencial y general, el Plan se formula con una serie de objetivos precisos:  Dar cumplimiento a las obligaciones que encomienda a los municipios la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y demás normativa sectorial.  Ofrecer soluciones de vivienda ajustadas a sus circunstancias a todos los inscritos en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Aracena.  Fijar y, en su caso, aumentar la población de Aracena y sus aldeas, evitando que la falta de una vivienda adecuada sea un factor determinante para marchar a otro municipio.

 Contribuir a la emancipación de los jóvenes, facilitando condiciones asequibles para su acceso a la vivienda.  Disponer suelo suficiente para acoger las nuevas viviendas protegidas que nuestro municipio necesita a corto y medio plazo.  Dar un nuevo impulso a las actuaciones de rehabilitación, especialmente en el Conjunto Histórico de Aracena y en sus seis aldeas.  Movilizar un volumen de recursos, entre públicos y privados, en torno a los 46 millones de euros, buscando también un importante impacto en la economía local y el empleo.  Sumar la iniciativa empresarial de promotores y constructores al esfuerzo por la promoción de vivienda protegida en venta.  Reorientar la labor de la Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’ a aumentar la oferta de alquiler y alquiler con opción a compra para aquellas personas que, con carácter transitorio o indefinido, no puedan plantearse la compra de una vivienda, aunque sea protegida.

6.1 ACTUACIONES: VIVIENDA NUEVA DE PROMOCIÓN PÚBLICA  FERIA: 22 viviendas. • Ubicación: Terrenos de titularidad municipal en lateral del Recinto Ferial (traseras Calle Tenerías) con una superficie de 2.988 m2. • Régimen: Viviendas Protegidas Programa Joven en Venta. • Tipología: Pisos en torno a 70 m2 útiles, con patio y/o trastero. • Destinatarios: Menores de 35 años, con ingresos entre 1 y 2,5 veces el IPREM. • Programación Temporal: 2010/2011. • Promotor: Empresa Municipal “Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.”. • Inversión: 1.674.473,55 €, más urbanización.

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 BOLETA: 20 viviendas. • Ubicación: Terrenos adquiridos por el Ayuntamiento, mediante el sistema de expropiación, entre las calles Almendros y Boleta, con una superficie de 6.627 m2. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen General en Venta • Tipología: Casas adosadas en torno a 80 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 3,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/2012. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 2.226.621,05 €.

tamiento en el sector de ‘La Cornicabra’, junto a la zona deportiva de La Umbría, con una superficie de 3.600 m2. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen Especial en Venta y de Régimen Especial en Alquiler con Opción a Compra. • Tipología: Pisos y casas adosadas con una superficie máxima de 70 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 2,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/2013 (por fases, en función de la demanda en la aldea) • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 2.000.000 €.  VALDEZUFRE - OLIVAR: 35 viviendas.

 SANTO DOMINGO: 16 viviendas. • Ubicación: Terrenos adquiridos por el Ayuntamiento, mediante convenio de gestión urbanística, en las traseras de la Plaza de Santo Domingo, con una superficie de 831,8 m2. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen Especial en Venta. • Tipología: Apartamentos en torno a 50 m2 con accesos independientes. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 2,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2.011/2.012. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 1.042.171,27€

• Ubicación: Terrenos adquiridos en Valdezufre por el Ayuntamiento, mediante convenio urbanístico, en el olivar de la zona de Valladares y Angostura, junto al barranco. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen Especial en Venta y de Régimen Especial en Alquiler con Opción a Compra. • Tipología: Pisos y casas adosadas con una superficie máxima de 70 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 2,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/2013 (por fases, en función de la demanda en la aldea). • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 3.000.000 €.

 ANTIGUO MATADERO: 25 viviendas.  FÁBRICA DE CORCHO: 27 viviendas. • Ubicación: Terrenos del antiguo matadero y almacenes municipales entre la Calle San Jerónimo y la Calleja del Tapiés, 1.996 m2. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen Especial en Alquiler con Opción a Compra. • Tipología: Pisos con una superficie máxima de 70 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/2013. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 2.200.000 €.  LA UMBRÍA - CORNICABRA: 20 viviendas. • Ubicación: Terrenos adquiridos por el Ayun-

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• Ubicación: Parcela de titularidad municipal en la antigua fábrica de corcho, junto a las traseras de la Avda. Reina de los Ángeles, con una superficie de 1.642 m2. • Régimen: Alojamientos Protegidos en Régimen de Alquiler de Renta Básica. • Tipología: Apartamentos de 45 m2 (25) y 75 m2 (2) con zonas comunes. • Destinatarios: Personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM (preferentemente jóvenes menores de 35 años que desean emanciparse). • Programación temporal: 2011/2012. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 1.781.812,78 €.


 C/ AULAGA: 18 viviendas. • Ubicación: Parcela de titularidad municipal en la calle Aulaga, con una superficie de 841,41 m2. • Régimen: Alojamientos Protegidos en Régimen de Alquiler de Renta Básica. • Tipología: Apartamentos en torno a los 50 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM (preferentemente jóvenes menores de 35 años que desean emanciparse). • Programación temporal: 2011/2013. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 1.200.000 €.  ANTIGUO CUARTEL: 50 viviendas. • Ubicación: Terrenos e instalaciones del antiguo Cuartel de la Guardia Civil en la Avenida de Huelva, con una superficie de 3.006 m2. • Régimen: Alojamientos Protegidos en Régimen de Alquiler de Renta Básica. • Tipología: Apartamentos en torno a los 50 m2 útiles y espacios de uso público y social. • Destinatarios: Personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM (preferentemente menores de 35 años que desean emanciparse) • Programación temporal: 2011/2014. • Promotor: Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena S.L.’. • Inversión: 3.300.000 €.

6.2 ACTUACIONES: VIVIENDA NUEVA DE PROMOCIÓN PRIVADA La dinámica del mercado de la vivienda en nuestro país hasta finales de la pasada década estuvo caracterizada por un fuerte componente especulativo, fomentado, entre otros factores, por el alto riesgo asumido por las entidades de crédito en el sector inmobiliario y generando una burbuja que ha afectado gravemente a la economía española en su conjunto. Consecuencia de ello es una importante bolsa de suelo y/o vivienda libre que no encuentra salida en

el mercado actualmente y que lastra, en muchos casos, la supervivencia de empresas y la solvencia de entidades financieras. En lo que a Aracena respecta, se plantean dos líneas de actuación en el marco de este Plan Municipal, cuyo resultado siempre va a depender de la voluntad de acuerdo de los promotores, ya que el Ayuntamiento no puede conculcar derechos adquiridos: A) Pacto con aquellos propietarios de suelo urbanizable aún no desarrollado y destinado a vivienda libre para promover vivienda protegida en un plazo determinado, compensando la pérdida de rentabilidad con un aumento del número de viviendas sin superar la edificabilidad, posibilidad ésta recogida por la normativa andaluza y que puede aprobar el Ayuntamiento, si lo considera oportuno, a petición del afectado. Esta opción se ha planteado a todos los posibles interesados, habiéndose concretado hasta la fecha tres acuerdos (los dos primeros ya tramitados y aprobados por el pleno municipal) y no descartándose el que pueda lograrse alguno más:  PLAN PARCIAL 9B - LA AGUILEJA: 134 viviendas. • Ubicación: Terrenos de propiedad privada situados entre la Avda. Reina de los Ángeles y la C/ Camino de Linares, con una superficie de 21.915 m2, destinados, mediante convenio entre sus propietarios y el Ayuntamiento, a la construcción de vivienda protegida. • Régimen: Viviendas Protegidas en Venta (50 de Régimen Especial y 84 de Régimen General). • Tipología: Pisos y casas adosadas entre 70 y 90 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 3,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/2014. • Promotor: Empresa Privada. • Inversión: 14.500.000 €.  PLAN PARCIAL 1 - PARCELA 9: 75 viviendas. • Ubicación: Terrenos de propiedad privada situados en las traseras de la Hospedería Reina de los Ángeles, con una superficie de 2.903 m2, destinados, mediante convenio entre sus propietarios y el Ayuntamiento, a la

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construcción de vivienda protegida. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen Especial y Régimen General en Venta. • Tipología: Pisos con una superficie máxima de 90 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 y 3,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2012/2014. • Promotor: Empresa Privada. • Inversión: 6.400.000 €.

de viviendas disponibles, a la par que se facilite el acceso a una vivienda asequible a aquellas personas que la necesitan y demandan.

 PLAN PARCIAL 8 - ARACENILLA: 77 viviendas.

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Aracena, a punto de culminar su tramitación, tiene entre sus principales objetivos el ofrecer una respuesta precisa a la demanda de vivienda presente y futura, configurando un adecuado equilibrio entre vivienda libre y vivienda protegida. Con esta última finalidad se establece un notable incremento del Patrimonio Municipal de Suelo, que va a dotar al Ayuntamiento de Aracena de la más importante reserva de suelo público de su historia para destinarlo a la promoción pública de vivienda, principalmente de alquiler con opción a compra.

• Ubicación: Terrenos de propiedad privada situados en las traseras de la Barriada de Aracenilla, con una superficie de 24.038 m2, destinados, mediante convenio entre sus propietarios y el Ayuntamiento, a la construcción de vivienda protegida. • Régimen: Viviendas Protegidas de Régimen General en Venta • Tipología: Casas adosadas con una superficie máxima de 90 m2 útiles. • Destinatarios: Personas con ingresos entre 1 Y 3,5 veces el IPREM. • Programación temporal: 2011/ 2014. • Promotor: Empresa privada. • Inversión: 6.600.000 €. B) En los casos en los que las viviendas libres, construidas o sin terminar, estén sin vender y no tengan perspectivas de venta a corto o medio plazo, se contactará con los propietarios (ya sean promotores inmobiliarios o entidades financieras, en su caso) para estudiar alternativas tales como:  Acogerse a la iniciativa de la Junta de Andalucía “Medida de impulso Económico y Acceso a la Vivienda”, que persigue facilitar a los ciudadanos andaluces el acceso a una vivienda en condiciones ventajosas (rebaja del 20% sobre su precio de mercado, sin entrada y con cuota hipotecaria reducida los primeros años, etc…) al tiempo que reactivar la economía con la venta de viviendas disponibles. Además, para conciliar oferta y demanda, tanto los vendedores como los posibles adquirentes disponen del sitio web tuviviendaenandalucia.es.

6.3 ACTUACIONES: RESERVA DE SUELO

La situación y características de estos suelos son las siguientes:  PLAN PARCIAL 13 - MOLINILLA Y BOCA DE ORO: • Ubicación: Terrenos situados en la prolongación del Cercado de Reyes. • Superficie de titularidad municipal a conseguir y desarrollar mediante convenio urbanístico ya firmado: 15. 730 m2. • Nº de viviendas de promoción pública: 63.  PLAN PARCIAL 14 – SAN JERÓNIMO: • Ubicación: Terrenos situados entre el Polideportivo Municipal (que verá ampliada su superficie) y la Ermita de San Jerónimo (que pasará al patrimonio municipal para su rehabilitación e inclusión en una gran zona verde). • Superficie de titularidad municipal a conseguir y desarrollar mediante convenio urbanístico ya firmado: 12. 929 m2. • Nº de viviendas de promoción pública: 19.  PLAN PARCIAL 16 – LA UMBRÍA:

 Cualquier otro tipo de acuerdo específico con el Ayuntamiento (a estudiar caso por caso) que igualmente suponga ir reduciendo el parque

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• Ubicación: Terrenos situados junto a la zona deportiva de la Aldea de La Umbría.


• Superficie de titularidad municipal: 11.609 m2. • Nº de viviendas de promoción pública: En función de las necesidades de la aldea, hasta un máximo de 20.  OTRAS RESERVAS DE SUELO: • Además de las anteriores, el nuevo PGOU también contempla otras reservas de suelo, tanto en Aracena como en las Aldeas de Carboneras, Castañuelo y Jabuguillo, destinadas a equipamiento municipal compatible con vivienda protegida, a desarrollar, según los mecanismos establecidos legalmente, en función del interés general y las necesidades concretas de cada momento.

6.4 ACTUACIONES: REHABILITACIÓN  ÁREA DE REHABILITACIÓN CONCERTADA DEL CENTRO HISTÓRICO DE ARACENA: La Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Aracena conveniaron en noviembre de 2005 la creación del Área de Rehabilitación Concertada del Centro Histórico de Aracena, con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de los vecinos y contribuir a revalorizar el patrimonio urbano, arquitectónico y económico de la zona. Fruto de ese acuerdo entre ambas administraciones ha sido la creación de una oficina de gestión de este Área en la calle Monasterio de la Rábida, a través de la que se han puesto en marcha una serie de ayudas para que los propietarios y/o inquilinos de ese ámbito puedan rehabilitar sus viviendas, especialmente aquellos que cuentan con ingresos medios o bajos, destacando el Programa de Rehabilitación Autonómica con más de 140 actuaciones hasta el momento. La singularidad del Área de Rehabilitación Concertada (sólo existen una treintena en toda Andalucía y dos en Huelva) radica en

poner a disposición de una zona urbana, en este caso el Conjunto Histórico de Aracena, todos los programas en materia de vivienda de los que dispone la Junta de Andalucía sin límites temporales ni competencia con el resto de poblaciones, centralizándose su gestión en una Oficina de Rehabilitación. Al mismo tiempo, Junta y Ayuntamiento conciertan otro tipo de intervenciones dentro del ámbito considerado, que van desde la promoción de vivienda nueva protegida a la restauración y puesta en valor del patrimonio histórico monumental o la mejora de espacios públicos. El objetivo para los próximos años es consolidar y potenciar esta Área de Rehabilitación Concertada del Centro Histórico de Aracena (incluso solicitando a la Junta de Andalucía la ampliación de su ámbito territorial para acoger a otros barrios y aldeas) con la aprobación y puesta en marcha de un Programa de Actuación que incluiría como principales acciones, y entre otras, las siguientes: • Continuar e incrementar los programas dirigidos a la rehabilitación de vivienda con el objetivo de alcanzar, al menos, el centenar de actuaciones, lo que supondrá una inversión pública en torno al 1.000.000 €. • Acción integral de rehabilitación de las viviendas anejas a la Iglesia de Santo Domingo (Pasaje Sánchez Dalp) que lo necesiten. • Revisión del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico, para mejorar su conservación y funcionamiento. • Elaboración de una guía arquitectónica de espacios y edificios singulares. • Proseguir con el arreglo y recuperación de empedrados tradicionales y espacios públicos. • Programa de eliminación y/o minoración de la contaminación visual. • Restauración y adecuación del Edificio de la Fundación Ángeles Martín Carne para usos socioeducativos. • Regeneración y acondicionamiento del Cerro del Castillo como un gran espacio verde de uso público. • Rehabilitación y mejora del Parque Municipal ‘Arias Montano’.  PROGRAMA DE REHABILITACIÓN AUTONÓMICA: Este programa va dirigido a personas con ingresos familiares inferiores a 2,5 veces el IPREM

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a fin de ayudarles en la rehabilitación de sus viviendas, pudiendo beneficiarse de asistencia técnica para la redacción del proyecto de obras y la dirección de las mismas, así como de una subvención equivalente al 50% del presupuesto de ejecución material (con una cuantía máxima, actualmente, de 9.000 €). Para poder acogerse a este programa el Ayuntamiento solicitará a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda la correspondiente declaración de Municipio de Rehabilitación Autonómica, siendo dicha Delegación la que fijará cada convocatoria el número de viviendas beneficiadas. Teniendo en cuenta que el Área de Rehabilitación Concertada tiene acceso directo a este programa, por este procedimiento ordinario sólo se beneficiaran las viviendas que estén excluidas de ese área, especialmente en las aldeas. Se fija como objetivo para los próximos cuatro años la inclusión de 40 actuaciones de rehabilitación a través de este programa, principalmente en las aldeas, con una inversión pública en torno a 360.000 €.

Este programa de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda está dirigido a ayudar a aquellas personas mayores de 65 años o con discapacidad (minusvalía reconocida superior al 40% y movilidad reducida) a mejorar la seguridad y adecuar funcionalmente su residencia habitual y permanente, para lo cual pueden beneficiarse de una subvención del 70% del coste de las obras (con un máximo actualmente de 1.800 €). Por su fuerte componente social, el Ayuntamiento de Aracena canaliza la tramitación de estas ayudas a través de una trabajadora social de los Servicios Sociales Municipales, que presta no sólo asesoramiento, sino una ayuda total a las personas interesadas o necesitadas de las mismas, habiéndose presentado 112 solicitudes entre 2007 y 2010. Teniendo en cuenta la demanda de los últimos años y la mayor esperanza de vida de la población, el objetivo para los próximos cuatro años es actuar en 100 viviendas, tanto de Aracena como de sus aldeas, lo que implicará una aportación pública de 180.000 €.

 TRANSFORMACIÓN DE LA INFRAVIVIENDA: Entendiendo por infravivienda aquellas edificaciones de uso residencial carentes de unas mínimas condiciones de habitabilidad, este programa pretende actuar sobre las mismas a través de una actuación de carácter integral. La persona promotora, cuyos ingresos familiares no pueden superar el IPREM, podrá beneficiarse de la asistencia técnica para la redacción del proyecto y la dirección de obra y de una subvención igual al presupuesto de ejecución material (con una cuantía máxima actualmente de 30.000 €). Al igual que en el programa anterior, el Ayuntamiento deberá solicitar a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda la declaración de Zona de Actuación de Infravivienda, en este caso de aquellos barrios o aldeas que están fuera del Área de Rehabilitación Concertada, ya que ésta está eximida de ese requisito. Por tanto el objetivo es acoger a este programa, en los próximos cuatro años, 10 viviendas, principalmente de las aldeas, lo que supondría una inversión pública de 300.000 €.  PROGRAMA DE ADECUACIÓN FUNCIONAL BÁSICA DE VIVIENDAS:

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6.5 ACTUACIONES: ACCESO A LA PROPIEDAD DESDE EL ALQUILER En los años 80 del pasado siglo, la Junta de Andalucía promueve en Aracena la construcción de 73 viviendas en alquiler para familias con recursos limitados en la Barriada Rafaela Flores (48 viviendas) y las calles Zulema y La Pasá (25 viviendas), por lo que se plantea la oportunidad de facilitar el acceso a la propiedad de sus inquilinos, teniendo en cuenta que la mayoría de ellos llevan residiendo en esas viviendas más de 2 décadas. Ese acceso a la propiedad se canalizará a través de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía en base a una oferta caracterizada, a grandes rasgos por las siguientes condiciones:  Establecimiento de un precio de venta muy asequible, a razón de 370 €/m2.


 Descuento al precio de venta de las cantidades abonadas en concepto de alquiler por el adquirente, y bonificación del 3% a aquellos que hayan pagado dicho alquiler regularmente, con lo que el precio final se verá aún más reducido.

 Están dirigidas a jóvenes de entre 22 y 30 años que, entre otras cuestiones, sean titulares de un contrato de alquiler y dispongan de una fuente regular de ingresos inferiores a 22.000 € brutos anuales.

 Concertación con diversas entidades de crédito de condiciones ventajosas para el acceso a créditos hipotecarios, avalados, en su caso, por la propia EPSA.

 Los beneficiarios pueden recibir:

Ya antes (en el caso de la Barriada Rafaela Flores) y durante la elaboración de este II Plan Municipal (en el caso de La Pasá y Zulema) un buen número de personas arrendatarias se han acogido a esta iniciativa, que permanecerá abierta para el resto. No obstante, aquellos que, aún en esas condiciones, no puedan acceder a la propiedad, no estén interesados o no cumplan los requisitos establecidos, podrán seguir manteniendo su contrato de alquiler.

• 210 € mensuales para el pago del alquiler de su vivienda habitual, durante un máximo de cuatro años. • 600 € de préstamo, que se puede utilizar para la fianza. • Si se necesita aval, 120 € para los gastos de su tramitación. Además de la denominada Renta Básica de Emancipación, también se contempla una ayuda distinta a inquilinos que puede resumirse a grandes rasgos así:  Está destinada a inquilinos (preferentemente que no sean mayores de 35 años) con ingresos familiares que no excedan 2,5 veces el IPREM.

6.6 ACTUACIONES: AYUDA AL ALQUILER El Gobierno de España creó en 2007 la figura de la renta básica de emancipación de los jóvenes, estableciendo en el Real Decreto 1.472/2007 un conjunto de ayudas para favorecer la independencia de los jóvenes mediante su acceso a viviendas de alquiler, las condiciones que han de reunir los beneficiarios y las líneas básicas del procedimiento de solicitud, tramitación y pago. Teniendo en cuenta que un requisito fundamental para poder acceder a estas ayudas es que los contratos de arrendamiento estén intermediados por una agencia de fomento del alquiler homologada por la comunidad autónoma correspondiente, y no existiendo ninguna con ese reconocimiento en toda nuestra comarca, el Ayuntamiento de Aracena ha conseguido homologar como agencia de fomento del alquiler a la Empresa Municipal ‘Vivienda y Desarrollo de Aracena, S.L.’, convirtiéndose, actualmente, en la única entidad con ese reconocimiento, facilitando también la tramitación de esas ayudas. Gracias a ello se han gestionado, hasta la fecha, diversas ayudas de alquiler. Las principales características de estas ayudas son:

 La cuantía máxima anual de la ayuda es un 40% de la renta anual, no excediendo los 2.880 €, con una duración máxima de 24 meses. Puede encontrarse más información sobre esta materia en la página web del Ministerio de Fomento www.alquilerjoven.es. No obstante, el Ayuntamiento de Aracena continuará asesorando y ayudando, en su caso, a tramitar las ayudas para alquiler que establezca cualquier administración pública a aquellas personas interesadas.

7. DESARROLLO TEMPORAL, EVALUACIÓN Y REVISIÓN DEL II PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA DE ARACENA El espacio temporal en el que se ejecutará el II Plan Municipal de Vivienda de Aracena es de cinco años, correspondiente a los ejercicios de 2011 a 2015, si bien, teniendo en cuenta el dinamismo del mercado residencial y la incidencia de los posi-

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bles cambios en el marco normativo general y en la planificación de las políticas de vivienda de las administraciones estatal y autonómica a través de la formulación de sus correspondientes planes, anualmente el Ayuntamiento de Aracena realizará una evaluación del desarrollo de este Plan Municipal a fin de certificar el grado de cumplimiento y, en su caso, ajustarlo a las nuevas circunstancias, demandas y oportunidades. Para ello, se redactará un informe en el que se dará cuenta pormenorizada del estado de ejecución de las actuaciones comprometidas y de las previsiones de evolución para el ejercicio siguiente, al tiempo que podrán incluirse aquellas nuevas acciones que se estime por conveniente para mejorar la eficacia y/o ampliar los objetivos inicialmente planteados. Al concluir el marco temporal fijado se realizará una evaluación final que servirá de base para la planificación de las futuras políticas municipales de vivienda.

Nota: El IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) es un índice que fija anualmente el Gobierno de la Nación, y que en 2.011 se sitúa en 7.455,14 € anuales.

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