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p rólogo

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La pretensión de este estudio es abordar el fenómeno del concepto de asunción del riesgo propio, como término omnicomprensivo, a su vez, de la autopuesta y de la heteropuesta en peligro, cuyos matices serán delimitados en el desarrollo de este libro.

El tratamiento pormenorizado de ambas figuras sin discriminar por ramas de la actividad humana, ya sean estas profesionales/laborales o de mero esparcimiento u ocio, exigirían una extensión argumental que excedería con creces de la sencilla pretensión que, por otra parte, constituye el objeto de esta obra: analizar la auto puesta y la heteropuesta en peligro por parte de la víctima, dentro del estricto ámbito del tránsito motorizado y de la práctica del deporte, con sus pertinentes diferenciaciones.

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Abordaré inicialmente el obligado (o al menos así lo siento yo) estudio doctrinal donde expondré las teorías y delimitaciones conceptuales que nos brindan los autores más autorizados en la materia con el fin de clarificar, de la mejor forma posible, en qué consiste el fenómeno de la asunción del riesgo propio por parte de la víctima con sus distintas matizaciones y delimitaciones.

Una vez superado el escenario de lo doctrinal, más dogmático y quizás menos entretenido (no hay que negarlo) pasaré a desgranar la interrelación que existe entre la asunción del riesgo por parte de la víctima y el siempre recurrente tránsito motorizado. Se abordará la posible reducción indemnizatoria a los ocupantes de un vehículo o sus perjudicados, en caso de fallecimiento, quienes sabedores del estado de embriaguez (ya sea por consumo etílico o de otras sustancias enajenantes) deciden subirse al vehículo correspondiente asumiendo un patente riesgo de sufrir lesiones, o incluso la desdichada muerte, para los supuestos más graves.

En igual sentido a lo anterior, se abordará la asunción del riesgo por quienes no hacen uso o realizan un uso indebido de sistemas pasivos de seguridad y casos en los que además de esta circunstancia, el ocupante que decide no hacer uso de los referidos sistemas de seguridad también es consciente del previo consumo etílico del conductor, asumiendo con ello un riesgo mayor aún.

Asimismo, y como consecuencia de la honda reforma sustantiva y procesal que la entrada en vigor de la ley 8/2021 de 2 de junio1 ha generado en nuestro ordenamiento jurídico, veremos cómo queda y cómo se conjuga ahora la asunción del riesgo respecto de aquellas personas que antes de la referida ley 8/2021, eran calificadas como discapacitadas y cómo queda ahora su situación ex post a la entrada en vigor de la mentada norma.

También, pasaré por el análisis jurisprudencial de esta controvertida materia, respecto de la culpa exclusiva de la víctima, circunstancia exoneradora de la responsabilidad del conductor, donde veremos que también existen no pocas divergencias jurisprudenciales en su correspondiente acogimiento.

El segundo bloque de esta obra es consecuencia de mi doble condición de abogado y de persona apasionada del deporte, en sus muy distintas vertientes, aunque, sin rubor alguno, reconozco que la práctica de determinadas actividades, calificadas como de «riesgo», prefiero reservarlas para aquellos espíritus más intrépidos dis-

1. Ley 8/2021 de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Autopuesta en peligro en el tránsito motorizado y en la práctica deportiva puestos a superarse a sí mismos y a otros competidores, sin obviar que el riesgo que deciden asumir es especialmente cualificado. Mis respetos a todos.

Por tanto, en ese segundo bloque, se analizará las evidente interrelación y efectos entre la asunción del riesgo y la práctica de actividades que, sin perder su condición de «deportivas», también pueden recibir otra nomenclatura, tales como de aventura o de ocio, además de las estrictamente calificadas como de riesgo extremo. Se hará un previo abordaje de las distintas posiciones doctrinales acerca de esta materia para que el lector pueda conocer las distintas clasificaciones existentes en función de los diversos parámetros diferenciadores que cada autor describe. Veremos que hay deportes de riesgo individual y otros de carácter colectivo y veremos también el papel que juega la víctima en cada uno de los escenarios antes expuestos.

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