Aplicación por los Tribunales españoles de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia

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7 Í ndice i n T roducción 19 c A pÍT ulo i. luces y sombr A s de l A s peT iciones espA ñol A s de decisión prejudici A l en m AT eri A de pol ÍT ic A soci A l .......... 23 Javier Gárate Castro I. Las luces ............................................... 24 1. Peticiones promotoras de cambios normativos ................ 25 A. En materia de la protección del trabajador en caso de insolvencia del empresario ........................... 26 B. En materia de tiempo de trabajo ........................ 29 a) Vacaciones ....................................... 29 b) Permiso por lactancia 32 c) Registro de jornada 33 C. En materia de la protección de seguridad social y la igualdad de trato entre hombres y mujeres 34 D. En materia de empleo público temporal 39 2. Peticiones conducentes a la aplicación de preceptos del derecho de la Unión dotados de efecto directo ............ 40 3. Peticiones conducentes a la inaplicación de preceptos de la normativa española ..................................... 42 4. Sobre las peticiones conducentes a interpretaciones conformes .... 45 II. Las sombras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 c A pÍT ulo ii. l A recepción de l A jurisprudenci A comuniTA ri A. unA visión desde el Tsj de l A comunidA d vA lenci A nA 59 Raquel Vicente Andrés I. La recepción de la jurisprudencia europea: el juez nacional como juez europeo 59 II. La cuestión prejudicial 61 III. Red de especialistas del Derecho de la Unión Europea del CGPJ 64
Índice 8 IV. La recepción de la jurisprudencia del TJUE .................... 66 1. Igualdad ............................................. 66 A. Igualdad de remuneración.............................. 67 B. Igualdad en el marco de las prestaciones de Seguridad Social, especial protección a la mujer embarazada................. 68 C. Discriminación en la contratación a tiempo parcial .......... 72 D. Discriminación por razón de discapacidad . . . . . . . . . . . . . . . . . 73 2. Despido 74 A. Los trabajadores temporales en el marco de los despidos colectivos: caso Pujante Rivera 74 a) ¿Se incluyen a los trabajadores temporales en el marco de la Directiva? ........................................ 74 b) ¿Se consideran trabajadores habituales a los efectos de la Directiva? ........................................ 75 c) ¿Tienen la misma protección que los indefinidos? ......... 75 d) ¿Engloba el concepto de despido otro tipo de extinciones como las individuales motivadas por una MSCT? .......... 75 e) ¿Deben tenerse en cuenta los contratos de duración determinada para el despido colectivo? 75 B. Cómputo de umbrales 76 a) Rabal Cañas 76 b) Doctrina del compás................................ 76 C. Tiempo de trabajo, permisos y vacaciones ................. 79 V. Las recientes dudas interpretativas de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana .......... 80 c A pÍT ulo iii. l A cuesT ión prejudici A l A n T e el T jue en el ámbiTo soci A l: p erspec T ivA his Tóric A y A lgunA s reflexiones personA les desde l A experienci A prác T ic A 83 Joan Agustí Maragall I. La importancia del «diálogo» con el TJUE ...................... 83 II. Su relevancia en España: una mirada retrospectiva ............... 85 III. El «activismo prejudicial» actual y sus causas .................... 85 IV. El carácter facultativo u obligatorio del planteamiento de la cuestión prejudicial. ¿Una cuestión obsoleta? ........................... 90 V. La «presunción de pertinencia» de las cuestiones prejudiciales y sus límites (en ocasiones, difusos) .......................... 92 1. Primer límite: La interpretación de las normas internas de los Estados Miembros 92 2. Segundo límite: la aplicación del Derecho de la Unión Europea al litigio principal 93 3. Tercer límite: las cuestiones hipotéticas, innecesarias para la resolución del litigo principal ............................. 94 4. La compatibilidad de la norma interna aplicable con el Derecho de la Unión Europea .................................... 95
Índice 9 c A pÍT ulo iv. l A discriminAción por A soci Ación en el ámbiTo l A bor A l A l A luz de l A s más recien T es resoluciones judici A les .. 97 Yolanda Maneiro Vázquez I. La doctrina del tribunal de justicia como origen de la discriminación por asociación en España 98 1. La sentencia Coleman: una nueva mirada a la Directiva 2000/78/CE y a la discriminación por discapacidad del no discapacitado ....................................... 100 2. El avance hacia la discriminación indirecta por asociación: la sentencia CHEZ y el camino hacia la discriminación por razón de etnia a la que no se pertenece ......................... 102 3. La sentencia Hakelbracht: la Directiva 2006/54/CE y la discriminación por razón de sexo del testigo que no es tal 103 II Un análisis de las decisiones judiciales más destacadas en materia de discriminación por asociación: su evolución hacia otras causas más allá de la discapacidad 107 1. El ámbito subjetivo y la compleja interpretación judicial de la conexión entre las partes ............................ 107 2. El ámbito objetivo: la ampliación de las causas de la discriminación por asociación ............................. 111 A. La discapacidad como el origen, pero no como el fin, de la discriminación por asociación ........................... 111 B. Las circunstancias familiares como causa de la discriminación por asociación 112 C. El acoso discriminatorio como causa de discriminación 114 D. La lesión de la libertad sindical por asociación 116 III La consolidación y el expreso reconocimiento de la discriminación por asociación en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional 118 IV Últimas sentencias: represalias, despidos y discriminación por apariencia de discapacidad 123 1. Vulneración de la garantía de indemnidad por asociación ....... 123 2. La sentencia Coleman como (fallida) sentencia de contraste en unificación de doctrina: la importancia de alegar la existencia de una discriminación por asociación en la instancia ........... 127 3. El complejo caso de los despidos por futura paternidad como supuesto de discriminación por asociación: la contradictoria doctrina de los Tribunales Superiores de Justicia 128 A. La STSJ Galicia de 16 de abril de 2021: despido discriminatorio por embarazo y parto que también afecta al padre 129 B. STSJ Cataluña de 22 de octubre de 2021: sin comunicación del embarazo ni de la relación de pareja con la trabajadora embarazada ......................................... 131
Índice 10
futuro padre que sí comunicó el embarazo de su pareja ... 133 D. STSJ Castilla y León (Valladolid) de 25 de abril de
(Rec. 683/2022): discriminación por asociación (y no indirecta) del futuro padre trabajador ............................. 136 V. Reflexión final ........................................... 137 cA pÍT ulo v. «l A recepción por los TribunA les espA ñoles de l A jurisprudenciA comuniTAriA sobre discApAcidAd y no discriminAción. en pA rTicul A r, el despido y el concep To de enfermedA d » ......... 139 Sara Alcázar Ortiz I. La Convención de las Naciones Unidas acerca de los derechos de las personas con discapacidad. Su aplicación en el ámbito de la Unión Europea ......................................... 140 II. El marco jurídico antidiscriminación de la Unión Europea en el ámbito de la discapacidad .................................. 143 1. Formas de discriminación ................................ 144 A. Discriminación directa ................................ 144 B. Discriminación indirecta ............................... 144 C. Acoso ............................................. 145 D. Orden de discriminar a otra persona ..................... 145 2. Considerandos de la Directiva 2000/78/CE ................... 145 III. Principios esenciales de la discriminación por motivos de discapacidad en el ámbito del empleo 147 1. Definición de la discapacidad 147 2. Ajustes razonables 149 3. Acción positiva 150 4. Carga de la prueba ..................................... 150 IV. Jurisprudencia fundamental del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de discapacidad y empleo .................. 151 V. Jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de discapacidad 156 VI. Reflexión final 158 Bibliografía 158 c A pÍT ulo vi. con T r ATAción T empor A l y jurisprudenci A comuniTA ri A: sobre los l Í miT es A l enc A denA mien To de con T r ATos T empor A les ...................................... 161 Ángel Luis de Val Tena I. Introducción ............................................. 162 II. La Directiva 1999/70/CE y las obligaciones derivadas para los Estados Miembros ......................................... 163
C. La contradicción está en Madrid: las sentencias del STSJ Madrid de 7 de febrero y de 21 de marzo de 2022: la tutela del
2022
Índice 11 III. Los límites al encadenamiento de contratos temporales en la legislación nacional ....................................... 165 1. El reformado artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores y otras disposiciones complementarias....................... 165 A. Del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores de 1995 a las modificaciones normativas de 2001 .............. 165 B. La relevante reforma legislativa de 2006 ................... 167 C. La consolidación y el refuerzo de las reglas limitadoras por el legislador reformista de 2010 168 D. La suspensión temporal de las limitaciones al encadenamiento de contratos temporales en el periodo 2011-2012 170 E. El nuevo texto refundido del Estatuto de los Trabajadores de 2015 ............................................ 171 IV. La sentencia del TJUE de 24 de junio de 2021 (Asunto C-550/19): doctrina sobre sucesión de contratos de duración determinada ...... 174 1. Premisas.............................................. 174 2. La sucesión de contratos de duración determinada «fijos de obra» . 177 V. A modo de conclusiones ................................... 180 VI. Epílogo: la reforma de la legislación laboral por el RD-ley 32/2021 y su incidencia en la contratación temporal ..................... 182 c A pÍT ulo vii. novedA des jurisprudenci A les sobre empleo público. h Ay vidA más A llá de l A direc T ivA 1999/70/ce 185 José María Miranda Boto I. La creciente importancia del derecho de la unión europea en la regulación del empleo público de sus estados miembros 185 II. Los bomberos búlgaros y las transposiciones plurales 187 III. Ampliando las fronteras de nuestro empleo público .............. 190 IV. Subcontratación y reversión de contratas ....................... 193 V. Adaptaciones inspiradas… y las que faltan...................... 198 c A pÍT ulo viii. ordenAción del T iempo de T r A bAjo en l A doc T rinA judici A l europe A y nAcionA l . A lgunA s cl Aves pA r A su comprensión ............................................. 201 Lourdes López Cumbre I. Regulación Europea sobre «determinados» aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo 202 1. Progreso o retroceso en la delimitación y distribución de la jornada en una sociedad terciarizada y digitalizada ............ 202 2. La labor legislativa europea en la ordenación del tiempo de trabajo .............................................. 204 3. La recepción nacional de la legislación europea en materia de ordenación del tiempo de trabajo .......................... 207

III. Veinte años de aplicación de la normativa europea sobre tiempo de trabajo y una cierta obsolescencia en su regulación

1. Reconocimiento interno de la obsolescencia de la regulación europea y un intento aún no logrado de modificación

2. El teletrabajo: otra forma de ordenar el tiempo de trabajo .......

3. La realidad virtual en el Metaverso: la jornada del avatar .......

c A pÍT ulo ix . r eversión de los servicios públicos y l A sucesión de empresA. l A doc T rinA del TJUE: en pA rT icul A r, l A sT jue de 26 de noviembre de 2015, A sun To c -509/14, c A so A ir A pA scuA l . su A plic Ación por los T ribunA les espA ñoles. ...................

I. La más relevante doctrina del TJUE

1. STJUE de 20 de enero de 2011 (asunto C-463/09, caso Clece) 248

Índice 12 II. Evolución en la doctrina judicial europea sobre ordenación del tiempo de trabajo: tesis clásicas que perduran y tesis más modernas que se imponen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 209 1. Algunas líneas presentes en las tesis más clásicas de la justicia europea en relación al tiempo de trabajo .................... 209 A. Aplicación de las excepciones contenidas en la regulación europea: la actividad predetermina el sector y el sector se incluye o excluye del ámbito de aplicación normativa 209 B. Tiempo de trabajo versus tiempo de descanso: la implacable dualidad que no admite un tertium genus en las decisiones judiciales europeas 212 C. Desplazamiento del trabajador al trabajo cuando no hay centro de trabajo: tiempo de trabajo, con control empresarial ....... 215 2. Algunas líneas de las tesis más modernas de la justicia europea en relación al tiempo de trabajo que imponen su vigencia ....... 218 A. Sobre la disponibilidad del trabajador al servicio del empleador con o sin presencia física ..................... 218 B. El descanso en vacaciones y su consideración como jornada de trabajo 223 C. Cómputo de los períodos de formación del trabajador fuera de la jornada laboral 225 3. La recepción «adaptada» de las decisiones judiciales europeas en la jurisprudencia nacional .............................. 226 A. Los períodos de formación laboral del trabajador fuera de su horario: una aplicación «forzada» de la doctrina judicial europea ............................................ 226 B. Tiempo de disponibilidad con o sin presencia física; un margen de discrecionalidad para aplicación de la doctrina europea 228 C. Desplazamiento del trabajador al trabajo cuando no hay centro de trabajo: aplicación íntegra de la doctrina judicial europea 230
........... 232
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Garbiñe Biurrun Mancisidor
248
Índice 13 A. Los antecedentes del caso .............................. 248 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados ................ 248 C. Las dudas de la Sala en relación a la Directiva 2001/23/CE.... 249 D. La respuesta del TJUE ................................ 249 2. STJUE de 26 de noviembre de 2015, asunto C-509/14, caso Aira Pascual ........................................... 253 A. Los antecedentes del caso .............................. 253 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados 254 C. Las dudas de la Sala en relación con la Directiva 2001/23/CE 254 D. Las razones para plantear la cuestión prejudicial 256 E. La respuesta del TJUE 256 F. La resolución del caso por el TSJ ........................ 259 3. STJUE de 20 de julio de 2017 (Asunto C-416/16, caso Piscarreta Ricardo) .............................................. 260 A. Los antecedentes del caso .............................. 260 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados ................ 261 C. La respuesta del TJUE ................................ 262 4. STJUE de 7 de agosto de 2018 (asunto C-472/16, caso Colino Sigüenza) 265 A. Los antecedentes del caso 265 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados 266 C. La respuesta del TJUE ................................ 267 5. STJUE de 13 de junio de 2019 (asunto c-317/18, caso Correia Moreira) ........................................ 272 A. Los antecedentes del caso .............................. 272 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados ................ 273 C. La respuesta del TJUE ................................ 274 6. STJUE de 27 de febrero de 202 (asunto C-298/18, caso Grafe y Pohle) 276 A. Los antecedentes del caso 276 B. El objeto del litigio. Los hechos enjuiciados. 277 C. La respuesta del TJUE 278 II. La aplicación de la doctrina del TJUE por el Tribunal Supremo 282 1. La STS de 9 de febrero de 2016 (Rcud. 400/2014) ............. 282 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados ................ 282 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 283 2. Las SSTS de 9 de diciembre de 2016 —Rcud 1674/2015—, y (dos) de 26 de enero de 2017 (Rcuds. 3847/2015 Y 2982/2015) .. 285 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados ................ 285 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 286 3. Las SSTS (cuatro) de 19 de septiembre de 2017 (Rcuds. 2612/2016, 2629/2016, 2650/2016 y 2832/2016) y (dos) de 19 de diciembre de 2017 (Rcuds. 2657/2016 y 2800/2016) 288 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados 288 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 288 4. La STS de 26 de septiembre de 2017 (Rcud. 3533/2015) ......... 290 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados ................ 290
Índice 14 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 290 5. La STS de 27 de febrero de 2018 (Rcud. 724/2016) ............ 292 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados ................ 292 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 293 6. La STS de 28 de enero de 2022 (Rcud. 3781/2020) ............. 295 A. Antecedentes del caso y hechos acreditados ................ 295 B. Razonamiento y decisión del Tribunal Supremo ............. 296 c A pÍT ulo x . seguridA d soci A l p úblic A y discriminAción sexisTA en l A jurisprudenci A del T ribunA l de jusT ici A de l A unión europe A y su A plic Ación en espA ñA ................................... 301 José Fernando Lousada Arochena I. La directiva 79/7/CE
de
de
entre hombres y mujeres en materia de seguridad social ...... 302 1. Contexto normativo y ubicación en el contexto ................ 302 2. Las debilidades de la Directiva 79/7/CEE..................... 303 II. Jurisprudencia del tribunal de justicia de la unión europea sobre la directiva 79/7/CEE ........................................ 305 1. Una primera etapa jurisprudencial con España fuera del partido (desde 1979 hasta 2011) .................................. 305 A. Las diferentes edades de jubilación según el sexo para el acceso a las prestaciones de la Seguridad Social Pública 306 B. Otras discriminaciones directas en la Seguridad Social pública 309 C. Trabajo a tiempo parcial y discriminaciones indirectas en la Seguridad Social pública ............................... 311 D. Otras discriminaciones indirectas en la Seguridad Social pública ............................................ 314 2. Una segunda etapa con España como protagonista estelar (desde 2012 en adelante)....................................... 316 A. Trabajo a tiempo parcial y discriminación sexista indirecta: el Caso Elbal Moreno y los Casos post-Elbal Moreno 316 B. No se acaban en el trabajo a tiempo parcial las discriminaciones sexistas indirectas en la Seguridad Social de España 321 C. Las discriminaciones sexistas directas siempre reaparecen: el complemento español de aportación demográfica, y alguna otra cosilla ......................................... 323 D. Discriminaciones (directas) por maternidad fuera de la 79/7/CEE: la prestación española por riesgo durante la lactancia natural ................................... 326 III. A modo de conclusión ..................................... 327 c A pÍT ulo xi. l A jurisprudenci A del T jue sobre el complemen To por m AT ernidA d y su A plic Ación por l A jurisprudenci A espA ñol A 329 Juan Antonio Maldonado Molina
del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, relativa a la aplicación progresiva del principio
igualdad
trato
Índice 15 I. La STJUE de 12 de Diciembre de 2019 ........................ 330 1. La retroactividad del complemento por maternidad reconocido a los hombres ......................................... 332 A. Supuestos planteados ................................. 332 a) Supuestos ordinarios ................................ 332 b) Pensionistas que causaron la pensión antes de 2016 (discriminación por edad)............................ 332 c) Casos de revisión de grado de IP tras 2016. La STS de 4 de octubre de 2022 333 d) Jubilados antes de 2016 o de manera voluntaria anticipada sin que la resolución denegatoria aludiera a esta circunstancia ...................................... 335 B. La posición de la Administración de la Seguridad Social ...... 336 C. Los divergentes criterios de los Tribunales Superiores de Justicia ............................................ 338 a) Retroactividad total al momento de reconocimiento de la pensión ......................................... 339 b) Retroactividad limitada a un máximo de tres meses antes de la solicitud 342 c) Retroactividad como máximo a la fecha de publicación de la STJUE 346 d) Retroactividad a la fecha de solicitud del complemento ..... 348 D. La jurisprudencia del TS: SSTS de 17 de febrero y de 30 de mayo de 2022 ....................................... 348 2. El carácter unitario o no del complemento: posibilidad de cobro simultáneo del complemento por padre y madre. La STS de 26 de julio de 2022 ..................................... 353 II. La STJUE de 12 de Mayo de 2021 ............................ 356 III. Reflexiones y valoración general ............................. 357 IV. Bibliografía citada ......................................... 363 c A pÍT ulo xii. l A doc T rinA rönfeldT y su recepción por los T ribunA les espA ñoles 367 Cristina Sánchez-Rodas Navarro I. Introducción ............................................. 367 II. Los reglamentos de coordinación de sistemas de seguridad social .... 368 III. Sobre el concepto de Convenio de Seguridad Social ............. 369 IV. Concurrencia entre Convenios de Seguridad Social y Reglamentos de coordinación: evolución de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ..................................... 370 1. La cuestión prejudicial Rönfeldt: La norma más favorable por espigueo 371 V. ¿Inderogabilidad de los Convenios internacionales de Seguridad social?: el caso Thévenon 373

VI. La aplicación de la doctrina Rönfeldt también en caso de sucesión de Convenios internacionales de seguridad social: la cuestión

VII. La aplicación de la doctrina Rönfeldt a todo tipo de prestaciones de seguridad social: el caso Kaske y el caso Agapito Mateos

c A pÍT ulo xiii. dos ejemplos cl Ave de l A incidenci A de l A doc T rinA del TJUE sobre el ordenA mien To espA ñol: el obligA do renAcimien To del m A rco norm AT ivo de l A esT ibA porT uA ri A y l A

Índice 16
prejudicial Wachter ........................................ 374
.......... 375
Reglamento
doctrina Rönfeldt? .. 376 IX.
aplicación
... 377 1. Convenio Hispano-Suizo.................................. 381 2. Convenio Hispano-Sueco ................................ 382 3. Convenio Hispano-Italiano ................................ 383 4. Convenio Hispano-Belga ................................. 383 5. Convenio Hispano-Alemán ................................ 384 6. Convenio Hispano-Francés 385 7. Convenio Hispano-Holandés 386 8. Convenio Hispano-Inglés 387 9. Convenio Hispano-Portugués 387 X. Conclusiones 388
VIII.
883/2004 y el anexo II: ¿el fin de la
La
de la doctrina Rönfeldt por los tribunales españoles
revisión del escenA rio de
compAT ibilidA d de pensiones en el sisT em A de seguridA d soci A l 389 Inmaculada Ballester Pastor
La sentencia
de 2014: un punto de inflexión hacia la reconstrucción del marco jurídico laboral en el sector de la estiba 390 1. El incumplimiento del art. 49 TFUE y primeros requerimientos a España 390 2. El contenido del Fallo de la Sentencia del TJUE de 11 de diciembre de 2014 ................................. 394 3. El renacer de un nuevo marco normativo tras la Sentencia del TJUE de 14 de diciembre de 2014 ....................... 399 II. Discriminación indirecta por razón de sexo y compatibilidad de dos pensiones por incapacidad permanente ........................ 402 1. La cuestión prejudicial contenida en el Auto de 13 de octubre de 2020 del Juzgado nº 26 de Barcelona .................... 402 A. El supuesto de hecho: la imposibilidad de percibir dos pensiones de incapacidad permanente total sucesivas en el RGSS 403 B. La compatibilidad entre pensiones si es posible si se reconocen en diferentes regímenes del Sistema de la Seguridad Social 404 C. La apreciación de la discriminación indirecta se dificulta porque los datos son insuficientes ....................... 409 D. El supuesto es excepcional y extraordinario. ............... 409
l A
I.
del TJUE de 11 de diciembre
Índice 17 2. La Sentencia del TJUE (Sala Segunda) de 30 de junio de 2022 (Asunto C-625/20) ...................................... 410 A. La diferencia de trato y el colectivo favorecido y perjudicado .. 411 B. La desventaja de las trabajadoras ha de acreditarse .......... 411 C. La comparativa entre las situaciones de los colectivos: los datos que faltan .................................. 411 a) La aparición de la discriminación indirecta por razón de sexo por la falta de justificación de la diferencia de trato desfavorable 413 D. La respuesta a la primera cuestión prejudicial 414 E. ¿Aparece, pues, la discriminación indirecta?: un pronunciamiento inacabado al que debe dar respuesta el Juez remitente ........................................... 414 F. La incidencia del pronunciamiento en el ordenamiento de la Seguridad Social ..................................... 416

i n T roducción

De una manera algo inesperada, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha acabado asumiendo un papel clave en la conformación del Derecho español de trabajo y seguridad social. Más allá del efecto directo que la sentencia comunitaria tiene en la resolución del proceso en el que el juez nacional presenta la cuestión prejudicial, la jurisprudencia comunitaria ejerce una influencia indirecta sobre el conjunto de la doctrina judicial y la jurisprudencia nacionales, incluyendo el Tribunal Constitucional, quienes deben ejercer su función jurisdiccional adecuando la interpretación de la norma nacional a la interpretación judicial comunitaria. La influencia de su doctrina alcanza también al legislador, que en no pocas ocasiones ha tenido que acometer reformas para ajustar nuestro ordenamiento jurídico a la interpretación del Tribunal comunitario. Pero, por encima de todo, la jurisprudencia comunitaria ha reforzado los derechos de los trabajadores y, superando el principio de territorialidad y la tradicional primacía del Derecho nacional, lleva a cabo una labor de uniformización en la aplicación de los pilares del modelo social europeo, contribuyendo a su consolidación y al reforzamiento del sentimiento europeísta.

Los tribunales laborales españoles han contribuido notablemente al incremento de la jurisprudencia comunitaria. A fecha de 1-12-2022, de las mil ochocientas once sentencias comunitarias dictadas en materia social desde que iniciara su actividad en 1952, ciento dieciocho de estas sentencias resolvieron cuestiones prejudiciales procedentes de tribunales españoles, número nada despreciable si se le compara con las procedentes de otros Estados miembros, de mayor antigüedad en la Unión Europea.

Cronológicamente, los últimos años han sido especialmente prolíficos: en el año 2022 se han dictado 6 sentencias en cuestiones prejudiciales procedentes de juzgados o tribunales de lo social españoles; en el año 2021, fueron 7; en el año 2020, fueron 3; en el año 2019, fueron 10; en el año 2018, 13 sentencias; 4 en el año 2017; 6 en el 2016; 8 en el año 2015; 4 en el 2014. Con todo, la influencia de esta jurisprudencia en la conformación de los derechos laborales es mucho más amplia dado el carácter general de su doctrina en relación a cualesquiera asuntos en los que pueda cuestionarse el ajuste de los ordenamientos

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jurídicos nacionales a las disposiciones comunitarias dada la obligación de los tribunales nacionales de aplicar el Derecho de la Unión Europea, que forma parte del ordenamiento jurídico español, de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (art. 4 bis LOPJ).

En los últimos tres años (2020-22), el grupo de investigación 060 de la Universidad Jaume I de Castellón Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales hemos desarrollado el Proyecto de Investigación “Aplicación por los Tribunales españoles de la jurisprudencia comunitaria en materia social”. Como se desprende de su denominación, su objetivo ha sido llevar a cabo un estudio de la recepción de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por el legislador y los tribunales españoles del orden social; en definitiva, analizar el grado de penetración (o de incidencia) de la doctrina jurisprudencial en el ordenamiento jurídico español.

En un planteamiento histórico, quisimos llevar a cabo un estudio sistemático de la doctrina jurisprudencial comunitaria en materia social procedente de jurisprudencia ya existente hasta la fecha de inicio de ejecución del proyecto y su recepción por el ordenamiento jurídico español. En un planteamiento de presente, el proyecto quería llevar a cabo un análisis jurídico de las cuestiones prejudiciales en materia social que fuera resolviendo el TJUE durante el periodo de ejecución del proyecto (2020-2022), con especial atención a aquéllas cuya doctrina pudiera tener incidencia en nuestro ordenamiento jurídico, procedieran o no de órganos judiciales españoles.

Hasta fechas recientes, la jurisprudencia del Tribunal de Justicia comunitario no había sido objeto de especial atención por parte de la doctrina científica ni, desde luego, por parte de los responsables de su recepción: el legislador y los tribunales españoles. En los últimos años, la doctrina científica sí ha dirigido su atención a algunos pronunciamientos judiciales comunitarios especialmente relevantes para nuestro ordenamiento jurídico al ser el resultado de cuestiones prejudiciales con origen español y en cuestiones especialmente sensibles, a lo que también ha contribuido un renovado interés de la opinión pública en relación a la precarización de las condiciones de trabajo a resultas de las distintas reformas legislativas. En general, han sido estudios puntuales, mas fruto del compromiso personal de investigadores/as con el Derecho social comunitario que de proyectos de investigación conjuntos.

Lo anterior encuentra una excepción en el grupo de investigación español dirigido por el Prof. Miranda Boto, de la Universidad de Santiago de Compostela, quienes desarrollaron un proyecto de investigación en el marco del Plan Nacional de Investigación, con una finalidad muy similar. De hecho, podría decirse que nuestro proyecto de investigación es una continuidad de aquél, abordando algunos objetivos adicionales tales como la recopilación sistemática de todas las sentencias dictadas en materia social en cuestiones prejudiciales desde 1986 y su grado de recepción por nuestro ordenamiento jurídico y el análisis de la recepción de esta jurisprudencia por los tribunales nacionales. Es por este motivo y por el importante papel de divulgación de la jurisprudencia comunita-

Introducción 20

ria que lleva a cabo a través del Observatorio Jurídico-Laboral del Tribunal de Justicia y de sus listas de difusión por correo-e por lo que su cita es obligada.

El propósito era ambicioso, por lo que quisimos contar con la colaboración de esos investigadores/as que, individual o colectivamente, han visto en el Tribunal de la Unión Europea un actor clave en la protección de algunos de los derechos sociales de los ciudadanos comunitarios: Ángel de Val Tena (Universidad de Zaragoza); Yolanda Maneiro Vázquez (Universidad Santiago de Compostela); Lourdes López Cumbre (Universidad de Cantabria); Cristina Sánchez-Rodas (Universidad de Sevilla); Sara Alcázar Ortiz (Universidad de Zaragoza); José Mª Miranda Boto (Universidad de Santiago de Compostela), Javier Gárate Castro (Universidad de Santiago de Compostela), y Juan Antonio Maldonado Molina (Universidad de Granada). No han sido los únicos: también hemos querido contar con la colaboración de algunos magistrados/as que han tenido un papel especialmente activo desde órganos jurisdiccionales españoles en la presentación de cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia: Raquel Vicente Andrés (TSJ Comunidad Valenciana); Joan Agustí Maragall (TSJ Cataluña); Fernando Lousada Arochena (TSJ Galicia) y Garbiñe Biurrun Mancisidor (TSJ País Vasco) han participado con sus ponencias en las cuatro Jornadas que se han organizado en el marco de este proyecto. Son las versiones escritas de su participación las que se recogen en este libro y los vídeos pueden consultarse en la página Web de nuestro grupo de investigación (www.dtss.es) y en nuestro canal de YouTube. Desde el punto de vista temático, el proyecto tenía una perspectiva omnicomprensiva: cualquier materia social, procedente o no de España, que pudiera afectar a los derechos sociales de los trabajadores y ciudadanos españoles. En su perspectiva histórica, se ha seleccionado toda la jurisprudencia comunitaria desde el año 1986 clasificándola por temáticas más cercanas a los “tesauros” habitualmente manejados en el ámbito nacional. Esperamos que pronto podamos compartir esta base de datos con la comunidad académica y científica a través de nuestras redes sociales. La actualidad ha mandado, fundamentalmente, en las investigaciones sobre la jurisprudencia del periodo 2020-22, tanto en las Jornadas como en otros trabajos de investigación publicados por los integrantes del equipo durante el periodo 2020-22, y otros que verán su publicación en años venideros: contratación temporal, discriminación por diferentes motivos (sexo, género, asociación, enfermedad…), tiempo de trabajo, seguridad social, empleo público, asistencia sanitaria, reversión de servicios públicos, trabajo portuario… son solo algunos de los temas abordados en el marco del proyecto.

A 6-12-2022 están pendientes de resolución por el TJUE unas pocas cuestiones prejudiciales planteadas en materia social o contencioso-administrativa por algún órgano jurisdiccional español sobre temas tan recurrentes como despidos colectivos, empleo público, tutela judicial efectiva y mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de transmisión de empresas. El futuro traerá más. Tenemos constancia de que se están preparando otras cuestiones prejudiciales desde los mismos o diferentes órganos judiciales españoles. Habrá que permanecer atentos.

Castellón, 6 de diciembre de 2022

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