Revista legislacionaduanera

Page 1

Revista LEGISLACIĂ“N ADUANERA APLICADA

Aylin Montserrat Estrada Lara

{ } Marco Legal


Objeto: Esta Ley, las de los Impuestos Generales de Importación y Exportación y las demás leyes y ordenamientos aplicables, regulan la entrada al territorio nacional y la salida del mismo de mercancías y de los medios en que se transportan o conducen, el despacho aduanero y los hechos o actos que deriven de éste o de dicha entrada o salida de mercancías. El Código Fiscal de la Federación se aplicará supletoriamente a lo dispuesto en esta Ley. (Art. 1°).


14°

10°

35° Sujetos:  

Propietarios Poseedores

   

Destinatarios Remitentes Apoderados Agentes aduanales

Publicación en el DOF: 15 de diciembre de 1995 Entrada en vigor: 1° de abril de 1996

143°

Artículos más

144°

importantes

176°


Ley de

Comercio Exterior Sujeto: Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Economía.

Publicación en el DOF: 27 de Julio de 1993

Objeto: La presente Ley tiene por objeto regular y promover el comercio exterior, incrementar la competitividad de la economía nacional, propiciar el uso eficiente de los recursos productivos del país, integrar adecuadamente la economía mexicana con la internacional, defender la planta productiva de prácticas desleales del comercio internacional y contribuir a la elevación del bienestar de la población.

Los aranceles son las cuotas de las tarifas de los impuestos generales de exportación e importación, los cuales podrán ser: I. Ad-valorem: cuando se expresen en términos porcentuales del valor en aduana de la mercancía. II. Específicos: cuando se expresen en términos monetarios por unidad de medida. III. Mixtos: cuando se trate de la combinación de los dos anteriores.

Entrada en vigor: Al día siguiente de su publicación.

Estructura: 7 Títulos 98 Artículos + Transitorios


Ley de Impuestos Generales De Importación y Exportación Publicación en el DOF: 18 de Enero del 2002 22 Secciones

Última modificación entrada en vigencia: 1 de julio de 2007 Art. 1°

98 Capítulos

12450 Partidas

Estructura:

LIGIE Generales Art. 2°: Reglas Complementarias


Ley del IVA

Objeto: Gravar el valor que añade al precio de venta de un determinado bien o servicio a cada uno de los agentes económicos que participan en el proceso de producción, distribución y comercialización de un bien.

Sujeto:

A los sujetos del impuesto quienes pueden ser personas físicas y morales que realicen actividades que son objetos de dicha ley dentro del territorio nacional.

También pueden ser sujetos las sociedades mercantiles o los comerciantes, al igual que las TASAS asociaciones Tasa pasó del 15 al 16% 10 al 11% en Zonas fronterizas civiles, el estado y 0% en algunas mercancías hasta los menores de edad.

Están obligadas al pago del Impuesto al Valor Agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes”

Base imponible: La Base Imponible es el monto sobre el cual se aplica el porcentaje de impuesto, establecido en la norma legal respectiva, para determinar el gravamen que debe ser pagado; 16%.


Ley Federal

De Derechos Objeto: Se pagarán por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados y en este último caso, cuando se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en esta Ley.

Sujeto: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 11-08-2014



Reglas en materia de

Comercio Exterior Objeto:

Objeto:

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer las reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de competencia de la SE, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos, acuerdos y demás ordenamientos generales de su competencia, agrupándolas de manera que faciliten su aplicación por parte de los usuarios.

Dar a conocer, agrupar y facilitar el conocimiento de las disposiciones de carácter general mediante una publicación anual, dictadas por las autoridades aduaneras y fiscales, en materia de comercio exterior. Las RGCE que en el futuro se expidan, se harán como reforma, adición o derogación de las que contiene la presente resolución.

Sujeto: Sujeto: Aquellas personas que lleven a cabo actividades relacionadas con el comercio exterior: la importación y exportación de bienes y servicios, el despacho aduanal, el pago de contribuciones, etc.

Aquellas personas que lleven a cabo actividades relacionadas con el comercio exterior: la importación y exportación de bienes y servicios, el despacho aduanal, el pago de contribuciones, etc.

Publicación en el DOF: Publicación en el DOF:

7 de abril de 2015.

31 de diciembre de 2012

“…De conformidad con el artículo 33, fracción I, inciso g), del código fiscal de la federación, las resoluciones que establecen disposiciones de carácter general se publicarán anualmente, agrupándolas de manera que faciliten su conocimiento por parte de los contribuyentes.”

“…El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”


Ley Federal del Impuesto sobre

Automóviles Nuevos Sujeto/Objeto: Artículo 1. Están obligadas al pago del impuesto sobre automóviles nuevos establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que realicen los actos siguientes: I. Enajenen automóviles nuevos. II. Importen en definitiva al país automóviles, siempre que se trate de personas distintas al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos.

Tarifas: Artículo 3. I.- Tratándose de automóviles con capacidad hasta de quince pasajeros, al precio de enajenación del automóvil de que se trate: Límite inferioR

Límite superior

Cuota fija

Tasa para aplicarse sobre el excedente del límite inferior %

0.01

233,343.40

0.00

2.0

233,343.41

280,012.02

4,666.79

5.0

280,012.03

326,680.83

7,000.33

10.0

326,680.84

420,017.94

11,667.19

15.0

420,017.95

En adelante

25,667.73

17.0


R

epresenta al compendio de diversos aspectos fiscales, cuyo objetivo es determinar las contribuciones y las diversas obligaciones que se deben cumplir en relación con los impuestos federales. Importancia. El fin de los recursos que se obtienen a través de esta vía es la manutención propia del Gobierno Federal y los beneficios que se aportan a la población en general. Publicación en el DOF. Publicado el Diario Oficial de la Federación el 31 de Diciembre de 1981. Entra en vigor al día siguiente.

Código

Fiscal de la Federación IMPUESTOS FEDERALES  Impuesto al Valor Agregado  Impuesto Sobre la Renta  Impuesto Especial sobre Producción y Servicios  Impuesto sobre Depósitos en Efectivo  Impuesto Empresarial a Tasa Única

IMPUESTOS ESTATALES  Impuesto sobre la Remuneración al Trabajo Personal  Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

IMPUESTOS MUNICIPALES  Impuesto por la Prestación del Servicio de Hospedaje  Impuesto sobre Diversiones y Espectáculos Públicos

IMPUESTOS SOBRE EL PATRIMONIO  Impuesto Predial  Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles  Impuesto Municipal sobre Tenencia o Uso de Vehículos  Impuesto sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones


Fuentes

http://800voluntarios.com/1/fondo-de-compensacion-del-impuesto-sobreautomoviles-nuevos/#.VeR3BflVhHx http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/ctar/leyes/lisan.html http://www.sat.gob.mx/ http://www.diputados.gob.mx www.aduanas-mexico.com.mx 

SE (ACUERDO por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior). 2012. 01 de septiembre de 2015. Sitio web: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5283884&fecha=31/12/2012 SHCP (2015). REGLAS Generales de Comercio Exterior para 2015 y su anexo 22.. 1 de septiembre de 2015, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/SICETECA/Reglas/Reglas/REGLAS%20S AT%202015/ORIGINAL%2007042015.pdf


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.