INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA DE AYUDA AL ALQUILER DE VIVIENDA PARA LOS EJERCICIOS 2015-2016, CONFORME A LAS BASES APROBADAS POR RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA DEL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA DE 13 DE MARZO DE 2015 Objeto de la subvención La actividad que está destinada a subvencionarse es el arrendamiento de una vivienda para destinarla a domicilio habitual y permanente. Beneficiarios de la subvención. Serán beneficiarios los mayores de edad que reúnan los requisitos siguientes: Ser Titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento (ley 29/1994), con mención expresa de su referencia catastral. Si se es titular de un contrato en la fecha de solicitud de subvención aportar el mismo, y en caso de no ser titular, tiene un plazo de 30 días desde la resolución de la concesión de la subvención (quedando condicionada su aportación), en este caso el certificado de empadronamiento deberá aportarse en el plazo de los 30 días mencionados anteriormente. 1. Los ingresos de todos los integrantes de la vivienda objeto de solicitud no podrán exceder del límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (CLIUC) que da acceso a la subvención o excepcionalmente, será inferior a 3 veces el IPREM ( R.D. 233/2013). 2. La renta de la vivienda objeto de contrato no podrá exceder de 450€ mensuales. No Podrá concederse la Subvención : 1. Cuando alguno de los convivientes sea propietario o usufructuario de alguna vivienda en España. 2. Que alguno de los convivientes tenga parentesco por consanguinidad o afinidad en primer o segundo grado con la parte arrendadora. 3. Que alguno de los convivientes sea socio o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/a 4. Tampoco se concederá la subvención cuando alguno de los convivientes estén incurso en alguna de las circunstancia previstas en al artículo 13 y 14 de la Ley 38/2003 de 17 de diciembre , General de Subvenciones. Procedimiento El procedimiento de concesión de la subvención de ayuda al alquiler será por concurrencia competitiva, mediante la comparación y prelación de las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en el R.D. 233/2013 de 5 de abril, C/ Carlos J.R. Hamilton, nº 16
C/ Profesor Agustín Millares Carló, nº 18
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