REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO CENTRO DE DISCAPACITADOS PSÍQUICOS DE ARUCAS. (En vigor pero en fase de rectificación) 1.- INTRODUCCIÓN. El Excelentísimo Ayuntamiento de Arucas, siguiendo las directrices marcadas por el Plan General de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias, ha impulsado, desde su concejalía de Servicios Sociales, la integración laboral y social de las personas con cualquier tipo de minusvalía. Si medimos el desarrollo de los pueblos a través del nivel cultural de los ciudadanos no debemos olvidar a ese sector de la población, que pese a sus discapacidades psíquicas no dejan de ser y considerarse como parte integrante de la sociedad. La exclusión de aquellos miembros de nuestra sociedad con ciertas deficiencias ha dejado de existir gracias a la voluntad y preocupación de las instituciones por crear centros especializados capaces de dar respuesta a las familias que demandan la intervención de profesionales cualificados. Hasta el momento y ante la falta de un recurso propio, para las personas con discapacidades psíquicas, el Ayuntamiento de Arucas, ha debido trasladar y derivar al Centro Ocupacional Comarcal de Santa María de Guía a buen número de casos. A pesar de ello, no se logra cubrir la totalidad de las necesidades de asistencia de aquellos discapacitados y de sus familias, debido a la larga lista de espera y a las limitaciones que tiene dicho centro Ocupacional. Este motivo ha propiciado que el Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Arucas vea la necesidad de la creación den un Centro Ocupacional, con el objetivo de proporcionar un nuevo servicio a los ciudadanos del municipio procurando dar una respuesta integradora y eficaz a todos / as los discapacitados / as y sus familias. Este Centro, se encuentra situado en Los Portales, barrio cercano a la ciudad. Con este fin, el Excmo. Ayuntamiento ha acondicionado un antiguo colegio de primaria que permita acogerse a la normativa vigente y dar un servicio en las mejores condiciones de infraestructura posibles. 2.- USUARIOS. Podrán ser usuarios del Centro de Discapacitados Psíquicos, todas aquellas personas que presenten una minusvalía psíquica diagnosticada a través del Centro Base del Gobierno de Canarias, así como, el correspondiente documento del mismo organismo que determine que reúne el perfil de usuario de un Centro Ocupacional. a) Ser mayores de 16 años. b) Haber sido calificados y valorados como discapacitados psíquicos por los equipos multiprofesionales (atr. 10 de la L.I.S.M.I.). c) Disponer de una resolución motivada por los equipos multiprofesionales, sobre la necesidad de la integración del usuario en un centro ocupacional. d) Minusválidos psíquicos con deficiencia mental severa sin trastornos asociados graves. e) Minusválidos psíquicos con deficiencia mental moderada con o sin trastornos asociados.